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Actividad 6 Litigios

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Profesional

Ensayo

Nombre: Santiago Medina Rodríguez Matrícula: 2709475


Rodrigo Uziel López López 2844630
Eduardo Aldair Avalos Pérez 2743519
Emmanuel Eduardo Campos Martínez 2832931
Nombre del curso: Nombre del profesor:
Litigios Penales y Laborales Laura Angélica Rivas Trejo
Módulo: Actividad:
Módulo 1 Actividad 6 “Elaboración de una
teoría”
Fecha: Viernes 20 de Septiembre del 2019
Bibliografía:

EXCLUSION DE PRUEBAS.

Es claro que los antecedentes invocados en este momento por la


fiscalía no existe razonabilidad para establecer la existencia de la
calificativa de ventaja invocada en este momento ya que si bien es
cierto, tanto de las pruebas señalan que en la navaja la cual fue
usada para la privación de la vida de la menor de edad no se
encontraron huellas dactilares de mi defendido DAMIAN LEON DIAZ
por lo tanto esta defensa solicita que no se estime la calificativa de
homicidio por parte de mi defendido.

En cuanto su señoría.
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Ensayo

Acuerdos Probatorios

Su señoría, acordamos ambas partes que el arma homicida es un


cuchillo de caza que pertenece al señor Eduardo Almazán hermano
de la madrastra de la señorita Camila Vázquez del Castillo, con
nombre Lucrecia Almazán.
De igual manera la inocencia de nuestro defendido Damián León
quien es inocente hasta que se determine lo contrario.
Tanto la fiscalía como la defensa estamos de acuerdo con los
siguientes acuerdos probatorios que se han determinado.
Es cuanto su señoría.

C. juez de lo penal, LAURA ALNGELICA RIVAS TREJO


En el estado de Cancún, Quintana Roo.

La defensa no niega el lamentable suceso ocurrido aquella


madrugada en el cual pierde la vida la señorita CAMILA VAZQUEZ
DEL CASTILLO, la cual era menor de edad, y con el mayor respeto
enviamos nuestras condolencias a toda su familia, pero se niega de
una manera contundente a los hechos y a las acusaciones de la
fiscalía los cuales son en contra de mi defendido DAMIAN LEON
DIAZ, a lo cual procedo informar que mi defendido ese día acudió a
la fiesta de la señorita hoy occisa, porque ella misma se lo pidió vía
telefónica y mi defendido dudaba en ir, pero por cariño y respeto que
le tenía a la señorita CAMILA porque ya habían tenido una relación
de novios, acudió sin problema alguno.
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Ensayo

Sin embargo aquella noche que se le celebraba su fiesta de


cumpleaños a la señorita Camila; ella y Damián se retiraron a la villa
7 donde se hospeda la señorita Vázquez del Castillo, por el cual tanto
mi defendido como la señorita Camila vieron salir de la villa 7 al Sr.
Eduardo Almazán, hermano de su madrastra Lucrecia Almazán,
madrastra que tenía una pésima relación con su hijastra Camila, pero
continuaron, consumieron alcohol, cocaína y tuvieron sexo por cual
quedaron residuos de ADN en las uñas de la señorita Camila
perteneciente a mi hoy defendido Damián León, posterior a esto hay
una pequeña discusión y mi defendido se retira a su casa para evitar
mayores problemas amorosos con la señorita Camila y es ahí cuando
decide retirarse por el club de playa que le daría una salida a la
avenida principal, en ese momento es atacado cobardemente por
atrás, lo cual le causa una contusión, por tanto su señoría esta
defensa va a demostrar con tres pruebas periciales fundamentales
que son en dactiloscopia, en criminalística de campo y en psicología,
que dentro de los dictámenes se determinará que mi defendido el Sr.
Damián León no pudo haber asesinado brutalmente a su ex novia la
señorita Camila Vázquez del Castillo, mi hoy defendido es inocente,
es cuanto su señoría.

P R U E B A S:
1. Ampliación de declaración del procesado Damián León Diaz
2. Arma homicida punzocortante
3. Ampliación de Declaración amplia del ofendido Lucrecia
Almazán De Vázquez del Castillo
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4. Ampliación de Declaración amplia de los testigos Ramon


Godínez y José María Chávez Pok
5. Dictamen de los partidos
6. Prueba de video donde se demuestra que el señor Ramon
Godínez va saliendo de la habitación de la víctima minutos
después de su muerte
7. Prueba pericial en dactiloscopia, designada al perito Raül
Gómez, persona que se presentará al juzgado para efectos de
aceptación y protesta de cargo, quien deberá dictaminar sobre
los siguientes puntos:
 Hacer las preguntas que se estimen convenientes
 Determinar el uso del arma punzocortante
 Señalar por quien fue utilizada
8. Prueba pericial en criminalística de campo- designada al perito
Raymundo Martínez, que demostrara los actos ocurriros de la
noche del homicidio hacia Camila Vázquez del Castillo, donde
se determinara que mi defendido no pudo haber sido culpable
y será determinado de acuerdo a la escena del crimen el día de
los hechos
9. Prueba pericial de psicología-Donde demuestra que mi
defendido no padece con ningún problema con sus facultades
mentales. Acreditando que está 100% sano mentalmente.
Por lo tanto el no tuvo la capacidad mental para matar a su ex
novia Camila Vázquez del Castillo a la cual estimaba
demasiado.

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