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Actividad 3 Derecho Administrativo y Politicas Publicas

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Reporte

Nombre: Laura Gpe Salgado Ocejo Matrícula: 2840555


Nombre del curso: Nombre del profesor:
Derecho de la Administración Joel Armando Prieto Olivares
políticas Publica
Módulo: Actividad:
2 Actividad 3
Fecha:
Bibliografía:

1. Planteen un caso real donde se simulen los servicios de un mandatario o de un


prestador de servicios para una situación concreta, determinando los siguientes
puntos:
o Decidan quién será el prestador de servicios o, en su caso, mandatario, y
quién será el cliente o, en su caso, mandante.
o Elige al abogado que los apoye en la realización de sus contratos.
2. Diseñar una guía con los puntos más importantes a considerar, como:
o Las condiciones que deben considerarse, tomando en cuenta el rol del
abogado y las partes involucradas.
o Los derechos y obligaciones a los que se comprometieron en el contrato.

Contrato de Prestación de Servicios Profesionales que celebran, por una


parte “EL CUCHARÓN DE LA SILLA S.C.“, Sociedad Civil, a la que en lo
sucesivo se le denominara “El Cliente”, debidamente representado por el
señor licenciado CAMPOS MARTINEZ EMMANUEL EDUARDO y por
otra parte el Contador Público HERIBERTO RUIZ PEÑALOSA, a quien
en lo sucesivo se le denominara como “El Profesionista“, conforme al
tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

I. Declara “El Cliente”:

a. Ser una sociedad mexicana debidamente constituida conforme a


las leyes mexicanas y bajo la denominación de EL CUCHARÓN DE LA
SILLA S.C., lo cual acredita con su escritura constitutiva número 123
de fecha dos de mayo de mil novecientos noventa otorgada ante la fe
del señor Licenciado PEDRO NETLOP DEL MONTE, Notario Público Nº 974
Reporte

, y con registro de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del


Comercio No 98745.
b. Que cuenta con la clave de Registro Federal de Contribuyentes
X0X0XXX0XX.
c. Que acredita la personalidad con la escritura pública número
21212 de fecha dos de mayo de mil novecientos noventa y
nueve otorgada ante la fe del señor Licenciado PEDRO NETLOP
DEL MONTE, Notario Público Nº 3333 del estado, la cual no le
ha sido modificada, ni revocada en forma alguna a la fecha de
firma del presente contrato.
d. Que para los efectos del presente contrato señala como
domicilio social el ubicado en avenida El MEZON NUMERO
NUEVE DE LA COLONIA NUEVA VISTA, EN LA CIUDAD DE
QUERÉTARO QRO..
e. Que requiere para la realización de su objeto social de los
servicios de “El Profesionista” para llevar a cabo las acciones
materia de este contrato, consistentes en la nómina y
contabilidad en general.

II. Declara “El Profesionista”:

a. Ser persona física, de nacionalidad mexicana y que ostenta el


título de Contador Público, lo cual lo acredita con la cédula profesional
número 989789987, y de la cual anexa copia de la misma.
b. Que cuenta con los conocimientos profesionales, técnicos y la
experiencia necesaria para realizar las labores contenidas en
este contrato.
c. Contar con el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave
XX000XX00x exhibiendo el original de su cédula de
identificación fiscal y anexando copia de la misma como anexo
del presente contrato.
d. Que señala como domicilio el ubicado en calle de las Remuras
numero noventa colona el saladito, en la ciudad de Querétaro,
Qro..
Reporte

Expuesto lo anterior, las partes sujetan sus compromisos a los


términos y condiciones insertos en las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- “El Profesionista” se obliga a prestar a “El Cliente”,


sus servicios profesionales con el objeto de realizar las
actividades consistentes en contabilidad y auditoría de la
empresa según se expresa a continuación:

1.
1. DECLARACIÓN MENSUAL ANTE EL SAT DE IVA
E ISR
2. DECLARACIÓN MENSUAL ANTE EL SAT DE
ISPT
3. DECLARACIÓN MENSUAL DE IMPUESTOS
ESTATALES
4. DECLARACIÓN ANUAL DE IVA E ISR
5. AUDITORIA TRIMESTRAL DEL BALANCE
GENERAL

SEGUNDA.- “El Profesionista” se obliga a desarrollar las


actividades mencionadas en la cláusula primera con toda
diligencia a efecto de dejar plenamente satisfecho a “El
Cliente”, obligándose a aportar toda su experiencia y capacidad,
dedicando todo el tiempo que sea necesario para dar
cumplimiento al presente contrato.

TERCERA.- “El Profesionista”, se obliga a informar a “El


Cliente” del estado que guarde su labor, cuantas veces sea
requerido para ello, así como a rendir un informe mensual y
general al término del contrato, y no ceder los derechos y
obligaciones derivados de este contrato sin consentimiento
expreso y por escrito de “El Cliente”.
Reporte

CUARTA.- El presente contrato estará vigente del día quince


del mes de enero del dos mil dieciocho al día diez de mayo del
dos mil veinte.

QUINTA.- “El Profesionista” recibirá por concepto de


honorarios, la suma de $400.000.00 (CUATROCIENTOS MIL
PESOS 00/100 M.N.), distribuidos en percepciones mensuales
de $40.000.00 (CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.).

SEXTA.- “El Profesionista” conviene en que las remuneraciones


que perciba por la realización de los servicios materia de este
contrato, serán únicas.

SEPTIMA.- “El Cliente” se obliga a pagar los honorarios de “El


Profesionista”, previa entrega de los recibos o comprobantes
respectivos, los cuales deberán reunir los requisitos fiscales que
marca la legislación vigente en la materia.

OCTAVA.- Concluida la vigencia del presente contrato, no


podrá haber prórroga automática por el simple transcurso del
tiempo y terminará sin necesidad de darse aviso entre las
partes.

NOVENA.- Para el caso de que “El Cliente”, tuviera necesidad


de contar nuevamente con los servicios de “El Profesionista”, se
requerirá la celebración de un nuevo contrato.

DECIMA.- Queda expresamente convenido que cuando “El


Profesionista”, se apoye en personal auxiliar en el ejercicio de
sus actividades, atendiendo el trabajo que se le encomienda,
dicho personal dependerá exclusivamente de él, sin que se
establezca ningún vínculo laboral entre “El Cliente” y el
empleado, quedando a cargo de “El Profesionista”, todas las
responsabilidades civiles, laborales, fiscales, penales y de
cualquier otra índole que se pudiera derivar de la relación
Reporte

laboral proveniente de la utilización de los servicios del personal


que le apoye, y que no se considerarán empleados de “El
Cliente”.

DECIMA PRIMERA.- El presente contrato podrá darse por


terminado anticipadamente a voluntad de cualquiera de los
contratantes, previo aviso que dé al otro con DOCE días hábiles
de anticipación, con el propósito de que durante ese lapso haya
posibilidad de concluir los trabajos y pagos pendientes entre
ambos y de que, en todo caso “El Cliente” tenga oportunidad de
cerciorarse de la entrega y autenticidad de la documentación
que obre en poder de “El Profesionista”.

DECIMA SEGUNDA.- Queda expresamente convenido que la


falta de cumplimiento a cualquiera de las obligaciones que aquí
se contraen, y aquellas otras que dimanan del Código Civil
vigente para el Estado de QUERÉTARO, será motivo de rescisión
del presente contrato, y generará el pago de los daños y
perjuicios que el incumplimiento cause a la contraparte
cumplida.

DECIMA TERCERA.- Las partes manifiestan que a la firma del


presente contrato no ha habido error, dolo, violencia, mala fe o
cualquier otro vicio del consentimiento que lo pudiera invalidar.

DECIMA CUARTA.- Para la interpretación y cumplimiento del


presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y
competencia de los tribunales federales de la CIUDAD DE
QUERETARO, así como las disposiciones contenidas en el Código
Civil vigente para el Estado de QUERETARO, renunciando
expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de
su domicilio actual o futuro.

Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes del


contenido y alcances de todas y cada una de las cláusulas que
Reporte

en el mismo se precisan, lo firman por duplicado y con


asistencia de sus testigos, en la Ciudad de QUERÉTARO a los
nueve días del mes de enero del dos mil dieciocho.

_________________________
“El Cliente”

_________________________
“El Profesionista”

_________________________
Testigo

_________________________
Testigo

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