Anexo3EstandaresyProcedimientosdelSitio
Anexo3EstandaresyProcedimientosdelSitio
Anexo3EstandaresyProcedimientosdelSitio
Todos los documentos que forman parte de SIGMEL, se encuentran disponibles en el siguiente link:
https://www.mel.cl:449/sigmel/sigmel.aspx
El Contratista los declara haber recibido, conocer cabalmente, haberlos leído a objeto de formular su
Oferta, y aceptarlos en todas sus partes.
En SIGMEL se incluyen todos los documentos relacionado a Higiene y Salud Ocupacional,
Seguridad, Medio ambiente y Comunidad que deben ser consultados, y seguidos para garantizar
que las actividades se realicen conforme a los requisitos legales y corporativos exigidos en Minera
Escondida.
El documento principal es el Reglamento Especial para empresas Contratistas y Sub Contratistas,
en él se establecen los procedimientos administrativos, requerimientos y obligaciones en materias
de Prevención de Riesgos HSEC que deben cumplir las Empresas Contratistas y Subcontratistas,
durante el desarrollo de actividades y/o servicios contratados por Minera Escondida, a fin de
garantizar condiciones de higiene y seguridad adecuadas para todos los trabajadores y el cuidado
del Medio Ambiente.
El cual se complementa con el proceso de capacitación, aprendizaje y personal en periodo de
inducción deben contener los tópicos que indica el instructivo de capacitación, aprendizaje y personal
en periodo de inducción, el cual se encuentra en SIGMEL/ Administración de riesgo/ Instructivos.
Los cursos se pueden realizar a través del sistema de gestión de aprendizaje de BHP - LMS (learning
Mangement System). En donde se deben inscribir en la siguiente plataforma de BHP Contractor
Website en el siguiente link: https://contractor.bhp.com.
Todos los inventarios de riesgos, deben ser ingresados a la plataforma a través del siguiente link:
https://bhp.lifeon.cl, el cual se basa en el procedimiento para la identificación, evaluación, analisis
y gestión de riesgos HSE, cuyo documento se encuentra en SIGMEL/ Administración de riesgo/
procedimientos. A través de esta plataforma se podrá revisar y aprobar los inventarios de riesgos
HSE en línea.
Una vez recibido el mandato firmado, se contacta a la empresa, a través de su Contract Owner y
contacto entregado por la empresa para indicarle las instrucciones para comenzar con los exámenes
aleatorios.
El sorteo es realizado al 4% de la dotación que ingresa a faena MEL, campamento 2 y Coloso. La
modalidad de selección de los trabajadores que serán testeados, es aleatorio a través de sistema
informático Tecnólogos médicos a cargo del programa deben contactar a empresa y trabajador por
correo electrónico o teléfono, para asegurar que trabajador sorteado se presente a realizar examen.
El costo de los exámenes será cobrado al sistema de salud del trabajador y el copago será asumido
por Minera Escondida.
Los casos no negativos son informados a la persona de contacto indicada y al trabajador. Al
trabajador examinado se le tomará una contra-muestra que será enviada a un laboratorio certificado
para análisis.
Los resultados de esta contra-muestra deben ser retirados por el trabajador y un representante de
la empresa con el respaldo de la cadena de custodia y cedula de identidad en el lugar donde se haya
realizado el examen a partir de 15 días hábiles después de enviado a confirmación.
PRIMERO: El Contratista manifiesta que, conforme a sus reglamentos y demás normativa interna, y
con el propósito de proteger la vida y salud de sus trabajadores y cumplir con lo dispuesto en la
normativa laboral vigente y en el Decreto Supremo N°132, del Ministerio de Minería, Reglamento de
Seguridad Minera, se encuentra facultado para realizar los controles necesarios para verificar la
ingesta de alcohol, drogas o sustancias sicotrópicas o estupefacientes ilegales por parte de sus
trabajadores. Dichos controles pueden realizarse, entre otros, en caso de incidentes o accidentes,
causa razonable y por sistemas aleatorios. Ellos pueden llevarse a efecto directamente por un tercero
que la propia empresa Minera Escondida defina, siempre cumpliendo con las normas legales
vigentes.
SEGUNDO: Por el presente instrumento, el Contratista encarga y autoriza a Minera Escondida
Limitada, en adelante, la “Compañía”, para que ésta directamente o a través de terceros, realice
materialmente los controles de alcohol y drogas a sus trabajadores dependientes que se
desempeñen al interior de los recintos de la Compañía, a exclusión de los eventuales controles pre-
ocupacionales, todo ello de acuerdo a las siguientes reglas:
a) Tales controles podrán llevarse a efecto directamente por la Compañía o por quien ésta designe, de
acuerdo al procedimiento que ésta dispone para tales efectos, el que es conocido y aceptado por el
Contratista.
b) El Contratista se compromete a informar oportunamente a la Compañía de toda modificación que
experimente su Reglamento de la empresa Contratista en materia de controles de alcohol y drogas.
c) El Contratista declara y acepta que la Compañía podrá ejercer el encargo que se le confía y autoriza
en este instrumento, en cualquier tiempo u oportunidad.
d) El presente mandato y autorización mantendrá su vigor durante toda la vigencia de los Contratos
señalados en la cláusula primera anterior y no podrá ser dejado sin efecto por el Contratista sin la
autorización expresa de la Compañía. Lo anterior no obstante a que el Contratista, de acuerdo a sus
propios procedimientos, pueda realizar directamente los controles que estime convenientes.
e) El Contratista acepta expresamente la facultad de la Compañía para poner término anticipado, en
cualquier momento y sin expresión de causa, y sin derecho a indemnización de ninguna especie, al
presente mandato o autorización.
f) La presente autorización y mandato será sin obligación de rendir cuenta, quedando liberada la
Compañía de cualquier reclamo o perjuicio que pueda generarse en su contra a causa del ejercicio
o no ejercicio del encargo que se le confía y autoriza.
4. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES
Cualquier notificación o comunicación, bajo los términos del presente Contrato, deberá ser hecha
por escrito por el Administrador del Contrato de la Parte Contratista dirigida al Contract Owner de la
Compañía, o viceversa.
El envío será por correo certificado o courier, confirmando acuso de recibo, a la dirección de dicha
Parte contratante establecida en el Contrato, o a aquella dirección que haya sido determinada por
medio de una notificación por escrito.
La Compañía podrá en cualquier tiempo determinar en reemplazo o complemento de los medios
antes referidos, el uso del sistema de “Libro de Obra Digital LOD” para las comunicaciones y
notificaciones del Contrato, cuyo uso será obligatorio a partir de la fecha indicada por la Compañía,
salvo que dicho “Libro de Obra Digital LOD” ya se encontrare operativo al inicio del Trabajo o Servicio.
En estos casos, las comunicaciones relativas a coordinación y control permanente de las Obras o
de los Servicios contratados se efectuarán mediante el respectivo Libro de Obra Digital.
El Contract Owner de la Compañía y el Administrador del Contrato del Contratista, podrán designar
y facultar a otra persona para utilizar los referidos libros, dejando expresamente instruido en el
respectivo libro el nombre y cargo del delegado. Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán acordar
la utilización de libros anexos para controles de laboratorio, de topografía, de inspección, u otros,
según las necesidades y volumen de información a manejar. De la existencia de estos medios
anexos se dejará constancia en el referido libro de Obras o libro de comunicaciones, ya sea físico o
digital.
El “Libro de Obra Digital LOD”, como medio de comunicaciones y notificaciones del Contrato, se
regirá por las siguientes disposiciones:
· Constituirá el único medio formal de las comunicaciones entre las partes, cuyo uso será obligatorio
para ellas, salvo para notificar los hechos y decisiones que se deben comunicar de otra manera de
acuerdo a lo señalado en el presente Contrato. Para los efectos señalados, la Compañía define la
aplicación denominada “Libro de Obra Digital (en adelante LOD)”, sistema informático o software que
opera en Internet.
· Toda comunicación formal entre los representantes designados por las partes, esto es,
Administradores de Contratos, se formulará a través de la aplicación LOD utilizando el Libro de Obra
Maestro. Cada comunicación, denominada transacción, deberá ser suscrita con firma digital
avanzada. Será de responsabilidad y costo del Contratista su obtención ante los organismos
acreditados legalmente para tal efecto.
· Toda transacción que registre una de las partes en el Libro de Obra Digital se dará por conocida por
la otra, sin más prueba que su envío y firma.
· Las comunicaciones efectuadas a través de este medio, podrán recaer indistintamente, solo a modo
ejemplar, sobre cualquiera de los contenidos que se indican a continuación:
o El Estado de operación y disponibilidad de máquinas y equipos, cuando
corresponda.
o Cumplimiento o atraso del programa de trabajo e hitos contractuales.
o Observaciones a la forma en que se ejecuta el Contrato.
o Observaciones respecto de seguridad y control de los riesgos, y respecto de
incidentes o eventos que afecten al medio ambiente.
o Recepción de hitos, provisional, parcial, única o definitiva de los Trabajos.
o Llegada y salida de recursos de maquinaria y equipos, cuando corresponda.
o Incidentes, sean accidentes, casi accidentes o fallas operacionales.
o Rechazo, aprobación u observaciones a la calidad, o al procedimiento para su
control.
o Incumplimiento o atraso de cualquier obligación de las partes.
o Seguros y garantías.
o Multas.
o Interferencias.
o Avance de los Trabajos.
o Retenciones adicionales.
o Solicitudes, reclamos, felicitaciones
o Recursos utilizados.
o Cambio de personal superior.
o Aumento o disminución de los Trabajos.
o Modificaciones al programa de trabajo.
o Ordenes de Cambio.
o Trabajos extraordinarios.
o Obligaciones laborales del Contratista.
o Aumentos o disminuciones de plazo.
o Paralización parcial o total.
o Actas de inicio de actividades.
o Acta de entrega de terreno, según corresponda.
o Evaluaciones de desempeño, parciales y final.
o Cambios organizacionales tanto del equipo interno o externo (si aplica).
Cualquier información relevante asociado a la ejecución del contrato.El Libro de Obra, o libro de
comunicaciones, no podrá utilizarse bajo ningún respecto para comunicar materias que puedan
modificar cláusulas y obligaciones esenciales de las partes que emanen del Contrato.
En caso que se requiera establecer comunicaciones entre otras personas que intervienen en la
ejecución del Contrato; por ejemplo, inspección técnica, especialistas, laboratorios u otros; las partes
podrán acordar por escrito la utilización de libros anexos informáticos. De su existencia, se dejará
constancia en el Libro de Obra Digital. Con todo, dicho libro anexo digital, deberá cumplir los mismos
requerimientos del Libro de Obra Maestro. En caso que se acuerde utilizar un libro anexo digital, éste
recibirá la denominación de “Libro de Obra Auxiliar N°X” que operará en forma complementaria al
Libro de Obra Maestro, Multidivisional, Divisional, según sea el caso. Asimismo, las partes acordarán,
por escrito, para cada Libro de Obra Auxiliar.
En caso de contradicción o conflicto entre el libro de Obra o distintos Libros señalados en la presente
cláusula, el orden de precedencia será 1) lo señalado por el Administrador del Contrato de cada
parte en el LOD y 2) lo señalado por el Administrador del Contrato de cada parte en el libro Obra
Auxiliar respectivo.
Los párrafos anteriores se aplicarán sin perjuicio de las comunicaciones que consten en las Actas
de Reunión, en cuyo caso el documento firmado por los miembros asistentes deberá ser validad por
los Administradores, mediante su conversión a un archivo electrónico, firmados digitalmente por
estos e incorporado al libro digital de comunicaciones.
Las comunicaciones anteriores a la implantación del sistema digital acordado, continuarán teniendo
el valor que originalmente les haya sido asignado en el Contrato.
Definiciones: Para todos los efectos del Contrato, los conceptos tendrán el siguiente significado:
i. Libro de Obra Digital o también LOD: Aquella plataforma tecnológica que se utiliza como elemento
único de comunicación formal durante la vigencia del Contrato. Permite formalizar, en un ambiente
digital, las comunicaciones entre las partes, permitiendo a cada una de ellas el acceso a ciertos
Libros.
ii. Libro de Obra Maestro: Aquella herramienta electrónica y de uso obligatorio que, utilizando la
plataforma del LOD, permite formalizar las comunicaciones entre los Administradores de Contrato
de la Compañía y del Contratista.
iii. Libro de Obra Auxiliar: Aquella herramienta electrónica que permite comunicaciones entre
especialistas de cada parte que intervienen en la ejecución del Contrato; por ejemplo, inspección
técnica, prevencionistas, laboratorios, operación diaria o cualquier otra persona que participe en
calidad de Asesor Técnico de cada parte en la Obra o Servicio.
Además, el contratista deberá accesos a los sistemas de administración de contratos a fin que se
mantenga actualizada la información requerida por la autoridad
6. OTRAS MATERIAS
Las ideas de mejoramiento propuestas deberán ser presentadas en el informe de gestión y discutidas
en la reunión mensual, con el objeto de seleccionar y priorizar aquellas que deberán ser evaluadas
mediante la metodología que la Compañía defina. Asimismo, se utilizará esta metodología para las
fases de implementación y captura de beneficios.
Con el fin de evaluar las mejoras, el Contratista deberá entregar por iniciativa propia y a
requerimiento de la Compañía, toda la información necesaria para las evaluaciones
correspondientes, principalmente en lo relacionado a la estructura de costos anterior y posterior a la
implementación de las mejoras.
Contrato: Artículo:
El proveedor deberá proporcionar:
"OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA".
• instalaciones de trabajo seguras y
Anexo 3: Programa Salud, Seguridad y
saludables, medidas de precaución
Medio ambiente. Norma Chilena: Código
adecuadas para proteger a los empleados
del Trabajo, LIBRO II : DE LA
contra los riesgos relacionados con el trabajo,
PROTECCIÓN A LOS TRABAJADORES
y anticipación a los peligros en el lugar de
DS 594
trabajo;
El proveedor debe:
Contrato: Artículo:
• Seguir todas las leyes, reglamentos y "OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA".
directivas en los países en los que se lleven a Anexo 3: Programa Salud, Seguridad y
cabo las actividades del contrato para Medio ambiente.
proporcionar un lugar de trabajo seguro y
saludable;
Contrato: Artículo:
"OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA".
Anexo 3: Programa Salud, Seguridad y
• asignar la responsabilidad sobre salud y Medio ambiente. Norma Chilena: Código
seguridad a un representante de la empresa. del Trabajo, LIBRO II : DE LA
PROTECCIÓN A LOS TRABAJADORES
i. Para servicios: el proveedor debe enviar al usuario del servicio información detallada del cobro que realizará,
esta información puede ser enviada como pre-factura (PDF) o como un correo electrónico, lo importante es
entregar todo el detalle del cobro que se está por hacer.
El usuario (contract owner) revisará la información y procederá a aprobar/rechazar el pago o solicitará más
detalles. Una vez que el pago haya sido aprobado, el proveedor deberá generar la solicitud de HES (Hoja de
entrada de Servicio) a través del link https://case.bhpbilliton.com/es-ES/BHPB-Vendor-ServiceEntrySheet/.
En el caso de proveedores enrolados en ARIBA, ingresar a través del link www.ariba.com/es y luego hacer
click en ingresar.
Una vez generada la HES, el usuario del servicio la aprobará en nuestro sistema.
Para proceder con la facturación, es importante que la factura emitida por el proveedor incluya el número de
HES aprobada y número de la orden de compra (OC) o ésta será rechazada.
ii. Para materiales: Al momento de entregar un material, el proveedor debe asegurarse de que la persona que
lo reciba firme la correspondiente guía de despacho. La cantidad entregada no puede ser más de lo que indica
la orden de compra o su factura será rechazada.
8.2. A continuación se describen los campos relevantes que deben ser ingresados por el contratista al
momento de facturar a las compañías de BHP:
b) Identificación de la Compañía
En este campo se ingresa la identificación de la Compañía para el cual está definida la orden de compra
correspondiente:
i. BHP CHILE INC.
Dirección: Cerro El Plomo 6000, piso 15, Las Condes, Santiago. RUT: 86.160.300-8
Giro: Explotación de otras minas y canteras
ii. COMPAÑÍA MINERA CERRO COLORADO
Dirección: Cerro El Plomo 6000, piso 15, Las Condes, Santiago RUT: 94.621.00-5
Giro: Extracción de Cobre
iii. MINERA ESCONDIDA LIMITADA
Dirección: Cerro El Plomo 6000, piso 15, Las Condes, Santiago. RUT: 79.587.210-8
Giro: Explotación de otras minas y canteras
iv. MINERA SPENCE S.A.
Dirección: Cerro El Plomo 6000, piso 15, Las Condes, Santiago RUT: 86.542.100-1
Giro: Extracción de Cobre
v. BHP BILLITON CHILE INVERSIONES LIMITADA
Dirección: Cerro El Plomo 6000, piso 15, Las Condes, Santiago RUT: 77.950.280-5
Giro: Servicios de Almacenamiento y Depósito
vi. TAMAKAYA ENERGIA SPA
Dirección: Cerro El Plomo 6000, piso 15, Las Condes, Santiago RUT: 76.349.223-0
Giro: Generación en Centrales Termoeléctricas.
vii. KELTY S.A.
Dirección: Cerro El Plomo 6000, piso 15, Las Condes, Santiago RUT: 76.454.918-K
Giro: Transmisión de energía eléctrica.
c) Fecha de Emisión:
La fecha de emisión de la Factura debe estar comprendida dentro del periodo tributario (30
días) inmediatamente siguiente al día de la recepción conforme del bien o servicio.
d) Documentos de Referencia:
i. Orden de Compra de Bienes: Se requiere indicar el N°OC 45XXXXXXXX, los ítems que se
están facturando (45XXXXXXXX/10) y el número de la guía de despacho.
ii. Orden de Compra de Servicios: Se requiere indicar el N° OC 45XXXXXXXX y N°
HES 100XXXXXXX
e) Caso Factura Electrónica:
El código XML debe incluir la información anterior de acuerdo al siguiente detalle:
A. Orden de Compra de Bienes
<Referencia>
<NroLinRef>1</NroLinRef>
<TpoDocRef>801</TpoDocRef>
<FolioRef>4500XXXXXX</FolioRef>
<FchRef>2012-10-17</FchRef>
<Referencia>
B. Orden de Compra de Servicios
<Referencia>
<NroLinRef>1</NroLinRef>
<TpoDocRef>801</TpoDocRef>
<FolioRef>4500XXXXXX</FolioRef>
<FchRef>2012-10-17</FchRef>
<Referencia>
<Referencia>
<NroLinRef>2</NroLinRef>
<TpoDocRef>HES</TpoDocRef>
<FolioRef>100XXXXXXX</FolioRef>
<FchRef>2012-10-17</FchRef>
<Referencia>
f) Detalle:
La descripción de la Factura debe incluir el detalle de cada uno de los ítems cobrados, según la misma
numeración indicada en la orden de compra correspondiente. De esta forma:
i. N°: Indica el número del ítem de la Orden de Compra (no es un número correlativo cualquiera).
ii. Cantidad: cantidad facturada que debe ser igual a la cantidad entregada.
iii. Unidad: unidad de medida del ítem que debe corresponder a la unidad definida en la Orden de Compra.
iv. Precio: Precio unitario definido en la Orden de Compra
<Detalle>
<NroLinDet>1</NroLinDet>
<Cdgitem>
<TpoCodigo>QBLI</TpoCodigo>
<VlrCodigo>003</VlrCodigo>
</CdgItem>
<NmbItem>Material ejemplo tipo A</NmbItem>
<QtyItem>500</QtyItem>
<PrcItem>280</PrcItem>
<MontoItem>140.000</MontoItem>
</Detalle>
i. La cesión de un crédito contenido en una Factura electrónica deberá realizarse a través de medios
electrónicos y se pondrá en conocimiento de la Compañía, en conformidad a la ley, a través de la anotación
en el Registro Público Electrónico de Transferencias administrado por el S.I.I.
ii. Para las notas de crédito aplica exactamente el mismo procedimiento mencionado anteriormente.
iii. En el caso de que la Factura no cumpla con los requerimientos solicitados por BHP, no podrá ser procesada,
por lo que la Compañía estará facultada para reclamar de su contenido dentro de los plazos dispuestos en el
presente instrumento.
a) Facturación Electrónica:
Una vez que la HES/eHES (Hoja de Entrada de Servicio) haya sido aprobada y que el Contratista haya
recibido el número de HES/eHES aprobado, o bien se hubiera recibido la mercadería mediante guía de
despacho timbrada, el Contratista procederá a la emisión de su Factura, la cual, deberá ser enviada en formato
XML, dado lo anteriormente explicado, sólo a una (1) de las siguientes direcciones electrónicas según
corresponda. Debe tener en cuenta que si es enviada a más de una casilla, será considerado como envío
duplicado y podría ser motivo de rechazo por parte de la Compañía:
b) Facturación Manual:
A partir del 1 de febrero del 2018, todas las empresas deben facturar electrónicamente según ley 20.727.
El Contratista deberá preparar y presentar sus Facturas de acuerdo con lo siguiente:
Una vez que la HES/eHES (Hoja de Entrada de Servicio) haya sido aprobada y que el Contratista haya
recibido el número de HES/eHES aprobado, o bien se hubiera recibido la mercadería mediante guía de
despacho timbrada, el Contratista procederá a la emisión de su Factura, la cual una vez emitida en
conformidad a la ley, enviará a la Compañía con sus copias legales por medio de una carta indicando que su
contenido es una Factura y su número, dirigida exclusivamente a la única dirección de correo postal y de
acuerdo a la siguiente información de facturación:
Para hacer seguimiento a las Facturas y/o realizar consultas de pagos, los únicos canales a los cuales el
Contratista se puede dirigir, son los siguientes:
Paso 1a: Ingresar a Plataforma Consulta de Proveedores www.sbschile.cl buscar información de la Factura
a consultar.
Paso 1b: Si existe una discrepancia con el pago a realizar o realizado (fecha o monto) o no existe la factura
vía plataforma o requiere un comprobante del pago realizado, se debe levantar un caso a través del link
https://www.bhp.com/info/supplying-to-bhp detallando el problema y entregando todos los antecedentes más
copia de la Factura. Tiempo de respuesta 5 días hábiles.
6. Si el Contratista realiza una acción distinta en forma y plazos a lo explicado anteriormente para consultar por
algún pago asociado a una Factura en particular, la Compañía no estará obligada a responder de ningún
daño.
Luego de entregar el material con recepción conforme, el proveedor puede generar factura. Esta última debe
incluir en forma obligatoria el número de orden de compra o será rechazada.
Las Facturas Extranjeras u otros documentos de cobro, tales como: boletas de honorario, notas de cobro,
nota de crédito o nota de débito, entre otros, deben enviadas a PSInvoices@bhpbilliton.com indicando en el
cuerpo del PDF el número de orden de compra, de lo contrario documento no será pagado en los tiempos
acordado. Tener en cuenta que el correo electrónico del envío debe contener solo el documento a
contabilizar. Si es más de una factura, estás deben ser enviadas en correos electrónicos por separado.
En caso de rechazo, la notificación será enviada al correo de donde se envió la factura.
Cualquier envío de documento tributario o factura que hiciere el Contratista en forma o destino distintos del
aquí mencionado podrá considerarse por parte de la Compañía como Factura extranjera o documento de
cobro no recibido por el canal formal y podrá no ser contabilizado por parte de la Compañía.
En caso que el Contratista sea residente de algún país con el que Chile tenga un Convenio para Evitar la
Doble Imposición vigente, deberá entregar a BHP la información señalada en las subcláusulas 2.3.1 y 2.3.2
siguientes, con la finalidad de poder beneficiarse de las tasas reducidas que dicho Convenio pudiera
establecer. La documentación deberá ser entregada al momento de la suscripción del Contrato o de los
correspondientes Términos y Condiciones. En caso que el Contratista no acompañe la documentación
requerida, se aplicarán las tasas generales establecidas en la Ley sobre Impuesto a la Renta de Chile. El
Contratista no podrá en caso alguno reclamar responsabilidad de BHP por la no aplicación de las tasas
reducidas del Convenio para Evitar la Doble Imposición correspondiente en caso de no entrega de la
documentación exigida. La documentación que el Contratista deberá entregar a la compañía es la siguiente:
8.6.1.1. Declaración Jurada
La declaración que se adjunta a continuación debe ser firmada por el representante legal de la empresa, en
virtud de la cual, el Contratista declara no haber constituido en Chile un establecimiento permanente en Chile.
La Declaración Jurada tendrá validez de 1 año, por lo que, en caso de mantenerse la relación del Contratista
con BHP, éste deberá actualizar la información contenida en la Declaración Jurada anualmente.
Debe ser emitido por la autoridad tributaria del país de residencia del Contratista. El Contratista deberá
actualizar la entrega del señalado certificado, en caso que se produzca un cambio en su residencia fiscal o
cuando se cumpla 1 años desde la entrega del mismo a BHP.
El último Estado de Pago del Contrato, es preparado por el Contratista valorizando todo el trabajo y/o servicio
satisfactoriamente terminado de acuerdo con los términos del Contrato. Sólo después de que el Contratista
se haya desmovilizado y entregado toda la documentación conforme a los
procedimientos de salida de faena, y los stakeholders, involucrados en el proceso interno de cierre y finiquito,
entreguen al Administrador de Contrato de la Compañía su V°B° relacionado con las tareas que le compete
revisar o realizar, el contratista preparará y presentará su factura final de acuerdo con la autorización de pago
final aprobada.
El monto del Incentivo que corresponderá al Contratista se determinará en conformidad a la siguiente fórmula:
FACTOR
MONTO BASE Seguridad (índice por
X MODIFICADOR X
Corrección)
PRECIO Cu
Seguridad:
25% Índice Frecuencia Global+
25% Índice Gravedad Global+
25% Índice Frecuencia Individual (del contrato) +
25% Índice Gravedad Individual (del contrato)
Dónde:
Monto Base: Corresponde a una suma bruta trimestral de $423.854 (trescientos cincuenta mil pesos, valor
de noviembre 2018), por la dotación del contratista.
Precio del Cobre: Precio promedio del cobre determinado por la bolsa de metales de Londres, para el
trimestre respectivo, expresado en dólares de los Estados Unidos de América para el trimestre respectivo.
Factor Modificador de Precio del Cobre: Valor porcentual resultante de ajustar el precio de la libra de cobre,
mediante una curva previamente establecida, la que se ilustra a continuación:
Componentes de Seguridad: Corresponde a Índice de Frecuencia CTP e Índice de Gravedad por Días
Perdidos, global e individual (del contrato), definidas en Decreto Supremo N° 40 (Título IV: De las estadísticas
de accidentes), artículo N°12.
Índice de Frecuencia CTP: Corresponde a una meta de reducción del índice de frecuencia de los accidentes
con tiempo perdido, que se medirá conforme a las normas generales aplicables al interior de la Compañía.
Este componente será un valor porcentual que se determinará en función del cumplimiento efectivo de la meta
establecida para el respectivo trimestre, tanto para Escondida, como para sus empresas contratistas.
Índice de Gravedad por Días Perdidos: Corresponde a una meta de reducción del índice de días perdidos
por accidentes con tiempo perdido, que se medirá conforme a las normas generales aplicables al interior de
la Compañía. Este componente será un valor porcentual que se determinará en función del cumplimiento
efectivo de la meta establecida para el respectivo trimestre, tanto para Minera Escondida, como para sus
empresas contratistas.
Metas de los Componentes de Seguridad: Metas determinadas por la Compañía para cada trimestre e
informadas formalmente a sus empresas contratistas.
Cumplimiento de las Metas de Seguridad: Valor porcentual resultante de comparar el cumplimiento real de
las metas con las metas fijadas por la Compañía para el respectivo trimestre.
Cumplimiento Corregido de Metas de Seguridad: Valor porcentual resultante de ajustar el porcentaje de
cumplimiento de cada uno de los Componentes de Seguridad del respectivo período, por la tabla que se
señala a continuación:
Dotación de Personal o “Dotación”: Corresponde a los Trabajadores del Contratista asociados a este
contrato que hayan sido presentados por el Contratista para desempeñarse prestando servicios en régimen
de subcontratación de manera permanente al interior de la faena minera de la Compañía y que posean
contrato de trabajo vigente con el Contratista durante el respectivo trimestre. En la determinación del número
de Trabajadores que integran la dotación, se excluirá al administrador del Contrato, ejecutivos, socios y/o
dueños de la empresa Contratista. Cada trabajador subcontratado solo podrá ser considerado una vez para
el cálculo del incentivo, sólo una vez, independientemente del número de subcontratos a los que se encuentre
asociado.
Adicionalmente, sólo serán contemplados en la dotación los Trabajadores subcontratados que hayan
cumplido de manera efectivamente un mínimo de 510 horas trabajadas en su jornada laboral, en el respectivo
trimestre. La determinación del cumplimiento de esta condición será acreditada por la Compañía en
conformidad a la información proporcionada por el Contratista, y corresponderá a las horas trabajadas que
deben ser informadas mensualmente al SERNAGEOMIN por la Compañía.
Se consideraran como horas trabajadas también los periodos en el que el Trabajador subcontratado se
encuentre gozando de
a) Vacaciones (feriado legal)
b) Permiso legal de Natalidad
c) Permiso de Matrimonio
d) Permiso legal por Defunción de un familiar directo
e) Permiso Sindical
f) Permiso hasta cinco días por catástrofes naturales
El monto máximo del Incentivo que corresponda pagar al contratista por trabajador de la dotación afecta será
$530.112 (quinientos veinticinco mil pesos, valor de noviembre 2018), brutos. En el caso de aquellos
Trabajadores integrantes de la dotación que tengan la calidad de supervisores de la empresa Contratista, es
decir, que de acuerdo a sus funciones tengan personal a cargo y contrato de supervisor, el Incentivo será
incrementado en un 20% respecto de su valor base, por lo que el monto máximo del Incentivo calculado en
base a los trabajadores del contratista que tengan la calidad de supervisores será de $630.000 (seiscientos
treinta mil pesos), brutos.
Será condición esencial y objetiva para que proceda el pago del Incentivo en el trimestre de que se trate, que
se dé cumplimiento a la totalidad de las siguientes condiciones suspensivas copulativas:
Mantener durante el respectivo trimestre en forma normal, segura, continuada y sin afectaciones, alteraciones
ni interrupciones de ningún tipo (salvo el caso del ejercicio de huelga legal), la continuidad operacional de los
servicios del Contratista.
No afectar la Continuidad operacional de MEL.
No afectar la Continuidad operacional objeto del contrato.
No participación en actos ilegales (esta obligación afecta por igual a la persona jurídica del Contratista y a su
dotación de trabajadores).
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones mencionadas anteriormente generan que la condición
suspensiva de pago del Incentivo se considere fallida y en consecuencia la verificación de una cualquiera de
ellas inhabilita el pago del Incentivo por el trimestre de que se trate, independientemente del número de
trabajadores involucrados, de la duración de los hechos de que se trate o de un eventual carácter parcial de
la suspensión de la continuidad operacional.
Las partes pactan un Incentivo denominado de Seguridad Contratistas Extraordinario o ISC Extraordinario,
de naturaleza civil, sujeto a condición suspensiva, que se pagará anualmente a la Empresa Contratista en los
casos y términos previstos en el presente contrato.
El propósito del ISC Extraordinario es reconocer el aporte de la Empresa Contratista al logro de las metas de
producción y seguridad de la Compañía.
La Empresa Contratista por su parte, se ha comprometido a motivar a sus propios trabajadores al logro de las
señaladas metas de producción y seguridad. Sin perjuicio de lo anterior, las partes declaran expresamente
que dada la obligación legal que recae sobre la Empresa Contratista de establecer y desarrollar su propio
sistema de administración de personal y definir la estructura de remuneraciones e incentivos aplicable a sus
trabajadores, el ISC Extraordinario acordado en este instrumento en ningún caso puede modificar ni tampoco
puede interpretarse de forma tal que pudiera llegar a alterar en forma alguna dicha obligación legal, como
tampoco de las facultades de administración de la Empresa Contratista ni las responsabilidades y derechos
que le correspondan como empleador de sus trabajadores.
11.2. Polinomio
En caso que verifique el cumplimiento de las condiciones copulativas suspensivas a que está sujeto, la
Compañía pagará a la Empresa Contratista por una vez cada Año Fiscal, un Incentivo Extraordinario cuya
base de cálculo se determinará en función de la siguiente fórmula:
1. Para la Dotación Afecta (DA) que haya cumplido 12 meses de trabajo continuo en el respectivo año fiscal y
siempre que se trate de la DA que haya generado el pago del Bono ISC (Incentivo Seguridad Contratista) por
los cuatro trimestres del respectivo año fiscal (Jul-Sep, Oct-Dic, Ene- Mar y Abr-Jun).
ISC Extraordinario = PBAF
2. Para la Dotación Afecta (DA) que haya cumplido entre 9 y 11 meses de trabajo continuo en el respectivo año
fiscal y siempre que se trate de la DA que haya generado el pago del Bono ISC (Incentivo Seguridad
Contratista) por los tres últimos trimestres del respectivo año fiscal (Oct-Dic, Ene-Mar y Abr-Jun).
ISC Extraordinario = 0.75*PBAF
3. Para la Dotación Afecta (DA) que haya cumplido entre 6 y 8 meses de trabajo continuo en el respectivo año
fiscal y siempre que se trate de la DA que haya generado el pago del Bono ISC (Incentivo Seguridad
Contratista) por los dos últimos trimestres del respectivo año fiscal (Ene-Mar y Abr-Jun ).
ISC Extraordinario = 0.50*PBAF
4. Para la Dotación Afecta (DA) que haya cumplido entre 3 y 5 meses de trabajo continuo en el respectivo año
fiscal y siempre que se trate de la DA que haya generado el pago del Bono ISC (Incentivo Seguridad
Contratista) por el último trimestre del respectivo año fiscal (Abr-Jun).
ISC Extraordinario = 0.25*PBAF
El PBAF se determinará por la Compañía en razón del valor en dinero que corresponde al porcentaje del valor
promedio trimestral del ISC en el respectivo Año Fiscal, corregido en base al porcentaje de cumplimiento de
la meta de producción de la Compañía. Lo anterior por aplicación de la siguiente tabla:
% de cumplimiento de la meta de producción de la % del valor promedio trimestral del ISC del Año
Compañía Fiscal
Menor a 96% 0
96% 6%
97% 8%
10%
98%
11%
99%
13%
100%
25%
Mayor o igual a 101%
La Compañía informará anualmente a la Empresa Contratista el porcentaje de cumplimiento de las metas de
producción alcanzadas en el Año Fiscal de que se trate y el valor del PBAF que le corresponda para ese Año
Fiscal.
Dónde:
Incentivo Seguridad Contratistas: ISC trimestral.
Incentivo Seguridad Contratistas Extraordinario: ISC Extraordinario.
PBAF: Precio bruto del ISC Extraordinario para el Año Fiscal de que se trate.
Año Fiscal (AF): periodo comprendido entre el mes de Julio de un año y el mes de Junio del año siguiente.
Dotación Afecta (DA): La Dotación Afecta corresponde a los trabajadores de la Empresa Contratista
asociados a este contrato que hayan sido presentados por el Contratista para desempeñarse prestando
servicios en régimen de subcontratación de manera permanente al interior de la faena minera de la Compañía
y que posean contrato de trabajo vigente con la Empresa Contratista, excluidos el administrador del Contrato,
los ejecutivos, socios y/o dueños de la Empresa Contratista. Cada trabajador de la Dotación Afecta solo podrá
ser considerado una vez para el cálculo de este incentivo, independientemente del número de subcontratos
a los que se encuentre asociado. Adicionalmente, sólo serán contemplados en la Dotación Afecta los
trabajadores que hayan cumplido de manera efectiva un mínimo de 510 horas trabajadas prestando servicios
en régimen de subcontratación de manera permanente al interior de la faena minera de la Compañía en cada
uno de los cuatro últimos trimestres. En otras palabras, que hayan servido de base para generar el pago del
ISC a la Empresa Contratista.
Será condición esencial y objetiva para que proceda el pago del ISC Extraordinario en el Año Fiscal de que
se trate, que la empresa dé cumplimiento a la totalidad de las siguientes condiciones suspensivas copulativas:
· Mantener la continuidad operacional de los servicios de la Empresa Contratista durante el respectivo periodo
Año Fiscal en forma normal, segura, continuada y sin afectaciones, alteraciones ni interrupciones de ningún
tipo.
· No afectar la Continuidad operacional ni la producción de la Compañía.
· No participación en actos ilegales (esta obligación afecta por igual a la persona jurídica de la Empresa
Contratista y a su Dotación Afecta).
· Que se reporten oportunamente todos los accidentes, con o sin tiempo perdido, ocurridos en el respectivo
año fiscal que involucre o en el cual haya tenido participación un trabajador de la Empresa Contratista
asociado al Contrato.
El ISC Extraordinario se pagará el mes de septiembre mediante un estado de pago especial, para estos
efectos se adicionará el IVA correspondiente.
Esta plataforma permite que el Proveedor pueda agendar o tomar la reserva de algún horario del día,
disponible para entregar un producto en alguna de las sucursales del operador logístico o en su defecto
registrarse para el retiro del material desde sus dependencias.
Para que el proveedor pueda acceder a esta plataforma, debe contar con una cuenta, ingresando a ella a
través de una clave, que es entregada por el operador logístico. Para su obtención, el proveedor debe
contactarse a la siguiente dirección:
WEB: https://gts.sitrans.cl/gts
EMAIL: agendamiento@sitrans.cl
CONTACTO: +56 9 5247 1833
· La Negra: Ruta del cobre n°50, Sitio 2 Manzana J, Barrio Industrial La Negra.
· Santiago: Avenida Jorge Alessandri Rodriguez 10.700, San Bernardo.
· Pozo Almonte: En el caso de los proveedores que entregaban en Pozo Almonte, esto cambio a solo
modalidad de retiro.
·
Algunas consideraciones importantes que el proveedor debe tener presente para reservar una hora
en la plataforma y al momento de la entrega:
1. La reserva de hora sólo se puede tomar en el mismo mes al que corresponde la fecha de la Delivery Date
(fecha de entrega comprometida).
2. El proveedor debe siempre presentarse con el Turno de Agendamiento impreso, en el momento de la entrega
del material.
3. Los campos de datos e información solicitada en la plataforma de agendamiento deben ser completados
íntegramente, caso contrario el operador logístico estará facultado para NO recepcionar o retirar el material
agendado.
4. Mismo caso ocurrirá en situaciones en que los datos de las dimensiones o peso de la carga no este
correctamente registrado o no sea el real, verificado al momento de la entrega o retiro. Los datos que ahí se
ingresen deben corresponder a los reales, de lo contrario puede dar origen a No Conformidad. Lo mismo
ocurrirá en caso que las dimensiones y pesos indicados para el retiro de la carga no corresponda.
5. Durante la entrega, el agendamiento impreso debe ser el fiel reflejo de la Guía de Despacho, en cuanto al
material se refiere y cuya fecha de la guía de despacho debe coincidir con la fecha del agendamiento.
6. Durante la entrega, el Proveedor deberá presentarse con la OC e Itemes individualizados en el agendamiento.
7. Se debe subir a la plataforma, una fotografía de la carga una vez que está se encuentre lista en su embalaje
de entrega.
8. Si el proveedor determina que no entregará el material en la fecha y hora reservada, debe anular el turno o
reagendarse para otra fecha, a lo menos, al mediodía del día anterior. De esta manera dejará libre el horario
para que otro proveedor pueda reservar esa hora liberada.
9. El proveedor deberá evitar reservar un turno por cada Orden de Compra y en su defecto podrá incorporar en
el agendamiento todas las OC que tenga en condiciones de entrega.
10. El proveedor deberá informar a más tardar las 17:00 hrs. del día anterior al agendamiento registrado para
eliminar el turno correspondiente.
11. En caso que el contratista este obligado a entregar bienes bajo múltiples Órdenes de Compra, el contratista
deberá empacar y rotular cada uno de los bienes en forma separada según cada Orden de compra.
· El Operador Logístico NO recibirá mercadería sin la correspondiente Orden de Compra y que haya sido
previamente aceptada por el Proveedor.
· La Orden de Compra debe encontrarse activa y del mes en curso.
· Al momento de la entrega, se debe adjuntar una Guía de Despacho por cada Orden de Compra que se
entregue.
· El Proveedor debe entregar la carga sellada con Film Plástico (mínimo 3 vueltas completas) y con un precinto
(cinta scotch con logo y/o nombre de la empresa) que lo identifique.
· La carga/componente que se entrega debe tener una Etiqueta de Identificación con la siguiente información:
o Número de la Orden de Compra
o Número del Ítem de la Orden de Compra.
o Número de la Guía de Despacho.
o Destino de carga
o Código de material (para el caso de material de Stock)
· Si la carga es de una condición “Peligrosa” o “Químico”, se debe adjuntar archivo con Hoja Datos Seguridad
(HDS) y fotografía de la misma en todos los agendamientos.
· Para todos aquellos materiales que se entregan en cajones cerrados, es imperativo que a lo menos dos días
antes de la entrega, se le envíe al Operador Logístico una fotografía del material dentro del cajón;
especificando claramente el tipo de anclaje instalado y sujeción de la carga, para evitar que se desplace y
pierda su ubicación durante el transporte y manipulación.
· El proveedor/transportista, además de presentarse con su número de agendamiento impreso, debe hacerlo
con la Guía de Despacho, que indique el detalle de la carga.
· La carga debe ser contenida íntegramente en la superficie del pallet, no debiendo salir de su estructura.
· Para el caso de las tuberías, las maderas, cuartones y cuñas para soportar y separar las tuberías serán
provistas por el proveedor. De la misma manera, las Eslingas para las Membranas y Geomembranas.
· Las fajas de sujeción serán aporte del Operador Logístico para el caso de retiro y traslado de carga de cargas
a faena.
· Materiales y componentes de estructura redonda o de formas que dificulta la sujeción con las bandas de
zunchos, se debe utilizar madera para que el zuncho pueda cumplir su efecto de presión para una mejor
sujeción del material en el pallet.
· Ante la imposibilidad de poder establecer un palletizado o embalaje para cada tipo de carga, el Proveedor
tendrá que considerar todas y cada una de las recomendaciones definidas, quedando la decisión de recibir o
rechazar el material, en el Operador Logístico, quien sobre todas las condiciones estará velando por la entrega
segura de la carga y siempre bajo un ambiente de la seguridad de las personas y del material.
Existe una gran diversidad de tuberías y fittings con diferentes diámetros, tipo de material, formas y longitud,
por lo cual se describirá en términos generales las condiciones de embalaje y estiba.
· La tubería corrugada de HDPE, que por su diámetro y extensión de 6 metros, puede ser transportada en
Paquetes o Racks debe contar al menos cuatro anillos de madera resistente, clavada o apernada y sobre ella
un zuncho metálico que le entregue consistencia y resistencia al racks para la manipulación y transporte.
La madera utilizada en la base de los anillos, debe ser que un mayor espesor, de tal manera que los tubos
queden a no menos de 12 cms. del suelo, para que permita el ingreso de las uñas de la Grúa Horquilla, sin
riesgo de causar daño al material.
· Los racks no podrán transportarse remontados, de tal manera que no sobrepasen las puertas laterales de las
ramplas y deberán tener un sistema de bloqueo en los extremos de los que evite los desplazamientos hacia
adelante o hacía atrás.
· Tuberías de mayor diámetro, que no se entregan en racks deben tener sistemas de separadores de madera
(cuartones) con cuñas para evitar los desplazamientos durante el transporte. Para mayor adherencia, se
utilizará un cuartón base que evita el contacto directo con la superficie de la rampla y un cuartón intermedio
para los tubos remontados, de tal manera de evitar daño durante el transporte.
· La rampla utilizada debe considerar los pilares y sus cuerdas de vida correspondientes para evitar el
desplazamiento lateral de los tubos. Adicionalmente, considerar que los tubos sean fijados con sus
respectivas fajas en forma independiente, de manera, evitar caídas cuando se estén descargando cualquier
otro tubo.
Cuartón Base
Parapeto Cuartón Base Cuartón Intermedio
· En ningún caso los tubos remontados deben sobrepasar el Parapeto de la Rampla, en el caso que ocurra
deslizamiento de los tubos hacia adelante.
· Se debe colocar la faja en la zona donde se encuentra la madera divisoria, para poder ejercer apreté de faja
sin dañar la carga.
· Los Fittings de reducido tamaño deben ser embalados en jaulas de madera o en su defecto con varias
vueltas de film plástico (más de tres vueltas, como se muestra en la foto), de tal manera, que se eviten los
desplazamientos y desfases de la carga con el pallet.
· De otros tamaños menores pueden ir sobre pallet de madera, asegurado con al menos tres vueltas de film y
enzunchado con dos tiras en cada sentido, que evite que el paquete se desarme.
· Aquellos fittings de mayor tamaño deberán ubicarse sobre pallet de manera individual y asegurados con
zuncho suficiente que le entregue una condición de seguridad a la carga.
· Cada uno de los rollos de Membranas y/o Geomembranas, material blando y flexible, deben ser cargado por
proveedor con dos Eslingas c/u, debe tener la capacidad de resistir el peso del material y permitir izarlos para
la descarga. También es posible tomarlos con la Grúa Horquilla, siempre que a las uñas se le pongan cubiertas
de HDPE, que evita dañar el material.
· Estos rollos sólo se podrán remontar sólo hasta un piso sobre el de contacto con la superficie de la rampla,
debiendo hacerse en forma piramidal, sin que se pase sobre la altura del parapeto de la rampla,
12.5.2. Corazas:
· Existen corazas y revestimientos de diferentes tamaños y formas, no obstante todo este material debe
entregarse sobre pallet, los cuales muchas veces deben se adaptados para dar seguridad al embalaje, según
sea la forma de la coraza o revestimiento.
· Los pallet de madera deben ser lo suficientemente robustos para soportar el peso de la pieza y deben
utilizarse, como sujeción sólo zunchos metálicos, de resistencia y cantidad que garantice que las piezas no
se desplazaran de su posición original.
· Las piezas de corazas no serán recepcionadas en la medida que están se encuentren remontadas sobre los
pallet. A continuación ejemplos, de malos embalajes.
12.5.3. Canoas:
· Los atriles de transporte de canoas, deben contar con topes de sujeción o con malla protectora en cada
extremo de este para evitar el desplazamiento de estas piezas en caso de un frenado brusco.
· Cada perfil de la estructura debe estar correctamente soldada o afianzada por pernos y tuercas y debe contar
con una revisión de la estructura a lo menos una vez en el mes.
· Al ser una estructura de soporte metálico y su manipulación con Grúa Horquilla, es indispensable que cada
Atril cuente con las calzas para las uñas de la grúa. De otra manera, no será posible manipular esta carga
· Las canoas a transportar, deben estar limpias, no deben contener residuos que contaminen la estructura de
la rampla. Ejemplo:
Se puede observar la malla metálica en los Atril con calzas para Grúa Horquilla (correcto)
extremos de la estructura (correcto), sin
Embargo, esta no cuenta con las calzas para las uñas
de la Grúa Horquilla. Debe tener calzas para poder
posicionar la Grúa Horquilla.
12.5.4. Goteros
· Los goteros deben montarse sobre el pallet con 4 torres de goteros, de esta manera se da mayor estabilidad
al pallet, evitando que estos se inclinen y terminen colapsando, con la vibración durante el transporte y en la
manipulación con los equipos de descarga.
· Cada torre de goteros debe tener un máximo de 4 rollos en altura, condición ideal para que el paquete quede
buen afianzado y sin riesgo de desarmarse con las vibraciones del transporte y en la manipulación.
· Cada paquete debe tener no menos de 5 vueltas de film plástico, el que debe estar pegado en su extremo
final con cinta scotch ancha.
· Los zunchos permiten hacer más compacto el paquete de los goteros con el pallet, debiendo tener dos fajas
de zunchos por cada lado, es decir 4 fajas en total. En la parte superior de los rollos debe ir un trozo de
madera (perpendicular a la entrada de uñas al pallet) para aumentar la zona de tensión de los zunchos,
evitando que se desplacen con el movimiento, perdiendo la tensión.
· Los goteros no pueden sobresalir de la superficie del pallet.
Goteros palletizados con 5 rolllos y con dos torres sobre el pallet, lo cual Desestabiliza el
palletizado para el transporte y manipulación. Asimismo, las pocas vueltas de film no están
tomadas del pallet.
Según sea su peso y dimensiones, la correa debe estar instalada en un Atril metálico, resistente a las
maniobras de izaje respectivas para su traslado. Todos los atriles metálicos deben contener un orificio en eje
central y sus respectivas memorias de cálculo.
· En el caso de correas de menores dimensiones las bases pueden ser de madera, sin embargo, estas deben
tener cuñas acordes al tamaño de la correa, de tal manera que esta cumpla con su propósito, de evitar el
posible desplazamiento sobre el pallet.
· El proveedor será el responsable de velar que los zunchos metálicos sean de las dimensiones adecuadas
para que resistan la presión de la correa durante el transporte.
· La Correa debe ser siempre cargada en rampla baja o cama baja, para bajar su centro de gravedad y darle
más equilibrio durante en el transporte.
Estructuras que cuentan con el estándar para el transporte y manipulación de las
correas transportadoras.
· Los vidrios y/o Parabrisas (independiente de su peso y dimensiones) deben ser siempre entregados en
cajones de madera y dispuestos sobre un pallet en posición vertical (en ocasiones con un pequeño ángulo de
inclinación). De no entregarse en esta posición, no podrán ser recepcionados. En el caso de que por efecto
de su masa, la madera no sea garantía de acuerdo a su cálculo de fuerzas de contención, debe ser trasladada
en atril metálico que cuente con calzos para uñas de grúa horquilla, este cálculo es de responsabilidad del
proveedor que entrega la carga.
· Deben ser siempre cargada en rampla baja o cama baja, para bajar su centro de gravedad y darle más
equilibrio durante en el transporte.
· En el interior debe tener estar rodeado y protegido con materiales especiales para evitar el roce directo con
el embalaje y que absorban las vibraciones durante el transporte. (evitar posibilidad de carga viva)
· En su parte exterior debe estar, por ambos lados, indicado que se trata de material Frágil, indicando además
su peso y que la posición permanente del pallet es vertical que tiene que tener el pallet.
Forma correcta de la posición del pallet con Vidrios (ventanas, parabrisas, espejos, etc.).Para
mayor firmeza a la carga en su posición vertical, se requiere fijar vientos de madera hacia ambos
lados del pallet.
· Los tambores de 200 Lts. deben ser palletizados de 8 piezas, 4 en la base y otros 4 remontados.
· Estos se deben afirmar al pallet con film plástico, que debe dar no menos de 3 vueltas a la carga, tomando
también el pallet para hacer una sola pieza con los tambores. El extremo final del film debe pegarse con cinta
scotch ancha para evitar que durante el transporte el film se desenrolle y el paquete pierda su consistencia.
· Para la instalación de los 4 zunchos y que estos no se resbalen en la circunferencia de contacto del tambor,
se debe poner una plancha de madera sobre los tambores o un marco de madera, de tal manera que el
zuncho ejerza presión sobre ella y apriete a los tambores sobre el pallet.
· Pallet utilizado debe ser tipo americano con 4 entradas.
12.5.8. Motores
· Todo componente o motor que sea trasladado en atriles o pallet metálicos, debe ir fijados a la estructura a
través de pernos de sujeción. Además se debe contar con zunchos metálicos que refuercen esta fijación.
· En caso que estos sean trasladados para reparación, deben contar con drenaje total de aceites y/o fluidos,
cubriendo todos los espacios por donde podrían drenar. Además, debe tener una etiqueta que indique
claramente que se el componente se encuentra drenado y sin fluidos en su interior
· El proveedor es el responsable que los pallets y/o estructura metálica a utilizar como base de traslado, sean
suficientemente resistentes para soportar cuenten con las bases firmes y se encuentren en buenas
condiciones.
· Pallet o estructura base para trasladar las cargas deben contar con las calzas para ser manipulados por las
uñas de las grúas horquillas.
En las fotos dos tipos de fijaciones, para diferentes bases, lo que dependerá del peso del
componente. Cinta o faja metálica apernada a base de madera y otra apernada directamente en
la base metálica.
· Estos tambores serán posicionados sobre el pallet y deben ser enzunchados entre sí, de tal manera, se forme
solo un paquete y evitar que se golpeen entre ellos durante el transporte. Cada pallet debe tener sólo cuatro
tambores.
· En la parte superior de los tambores debe ir un trozo de madera (perpendicular a la entrada de uñas al pallet)
que abarque dos tambores, el cual debe ir afianzado al mismo zuncho. Esto se realiza con la finalidad de dar
firmeza al embalaje y sirva a la vez para pasar la cinta de trincaje sobre ella.
· Los zunchos deben ser metálicos, dos de ellos rodeando los 4 tambores y 2 afianzando la carga hacia el pallet
por la media del tambor
· Se debe utilizar pallet americano con 4 entradas.
En ningún caso los pallets de tambores pueden ser remontados.
Estructuras de madera en la parte superior de los tambores, que facilita el apriete de los
zunchos, evitando que estos se corran de su posición y se pierda la tensión presión sobre
el pallet. Asimismo, permite que para el transporte se cruce la faja sobre la rampla. Ambos
modelos están correctos.
Los bultos que cumplen con las siguientes condiciones pueden entregarse sin pallet, entendiendo que su
manipulación manual no reviste riesgo ni esfuerzo superior a la normativa establecida:
Los Contratistas no establecidos en Chile que acepten una Orden de Compra por bienes emitida por
cualquiera de las Compañías BHP en Chile deberán tener en consideración lo siguiente:
i. El embarcador oficial de Minera Escondida, Minera Spence, Compañía Minera Cerro Colorado y BHP
Chile es DEUGRO, por lo tanto, todas las coordinaciones se realizarán a través de ellos. Las cláusulas
que activa DEUGRO son los Incoterm EXW, FOB, FCA y FAS.
ii. DEUGRO contactará al Contratista para realizar las respectivas coordinaciones en el plazo de 7 días
una vez creada la orden de compra.
iii. La documentación, tales como la factura comercial, lista de empaque y certificado de origen deben
ser enviados por el Contratista al embarcador al correo electrónico operationsscl@deugro.com Lo
anterior es mandatorio para el proceso de importación de las mercancías.
iv. Para los embarques aéreos, al momento de retirar la carga, la mercancía debe ser entregada junto
con la documentación original. Si se trata de un embarque marítimo, la documentación original debe
ser enviada con la respectiva anticipación a DEUGRO a la siguiente dirección: Avenida Américo
Vespucio Norte 1090, Suite 601, Vitacura, Santiago, Chile.
v. Para aquellas clausulas distintas a EXW, FOB, FCA y FAS se deberán realizar las coordinaciones
directamente con el embarcador designado por el Contratista, el cual debe enviar la documentación
al equipo de Comex a la casilla ComexMinAm@bhpbilliton.com y posteriormente enviar la
documentación original a la dirección: Av. Cerro El Plomo 6000, piso 15 oficina de partes, Las Condes,
Santiago.
vi. En caso de realizar una compra nacional, en donde la carga se encuentre en el extranjero, el
Contratista deberá enviar una factura electrónica de importación exenta de IVA al correo
operationsscl@deugro.com Si se trata de una factura manual, deberá enviar una copia física
legalizada ante notario a DEUGRO a la dirección: Avenida Américo Vespucio Norte 1090, Suite 601,
Vitacura, Santiago, Chile.
vii. Si las cargas provienen de un socio comercial distinto al Contratista que se realizó el trato, la
documentación necesaria debe ser proporcionada por este último para dar comienzo al proceso de
importación.
viii. Importaciones de gas natural, gas butano, gas propano, mezcla de licuado propano, ácido sulfúrico,
se podrá aceptar una factura con valores provisorios, debiéndose en un plazo no superior a noventa
días, a contar de la fecha factura provisional, adjuntar la factura con los valores definitivos.
ix. El correcto embalaje para la exportación de las mercancías es responsabilidad del Contratista, para
mayor detalle ver puntos 1.4 y 1.5 de Condiciones de Carga y Sujeción. El embarcador no realiza el
embalaje de las mercancías a exportar desde origen.
x. Los bultos deben venir con la identificación del código de stock si es un material catalogado por
nuestras compañías.
xi. El bulto debe especificar mediante una etiqueta de Contratista los siguientes parámetros:
· Orden de compra e Ítems;
· Descripción del material asociado a la orden de compra;
· Número de factura del contratista;
· Código de stock del material (si corresponde);
· Cantidad de material;
· Destino final de la carga
xii. En el caso de una importación de sustancias Peligrosas, es necesario contar con una Hoja de
Seguridad cuando proceda (MSDS), para embarques marítimos una declaración IMO y para
embarques aéreos DGR. El embalaje debe ser rotulado con la respectiva etiqueta que señale su
clasificación.
xiii. Los embalajes de madera utilizados para el comercio internacional deben ser sometidos a un
tratamiento fitosanitario para impedir el alojamiento de plagas. Posterior a la fumigación, los
embalajes deben ser marcados con una marca reconocida internacionalmente para certificar que el
tratamiento haya sido realizado correctamente (SAG).
xiv. Para las cargas de sobredimensión, es imprescindible que los puntos de izaje y centro de gravedad
sean identificados claramente para su correcta maniobra.
xv. Documentación de embarque debe ser emitida como se indica a continuación:
· Minera Escondida:
Consignee
Minera Escondida Ltda.
Rut: 79.587.210-8
Cerro El Plomo 6000, piso 15
Las Condes, Santiago – Chile
Notify Party
Minera Escondida Ltda.
Rut: 79.587.210-8
Cerro El Plomo 6000, piso 15
Las Condes, Santiago – Chile
ATT: Comex Minerals Americas
ComexMinAm@bhpbilliton.com
· Minera Spence:
Consignee
Minera Spence S.A.
Rut: 86.542.100-1
Cerro El Plomo 6000, piso 15
Las Condes, Santiago – Chile
Notify Party
Minera Spence S.A.
Rut: 86.542.100-1
Cerro El Plomo 6000, piso 15
Las Condes, Santiago – Chile
ATT: Comex Minerals Americas
ComexMinAm@bhpbilliton.com
Notify Party
Compañía Minera Cerro Colorado Ltda.
Rut: 94.621.000-5
Cerro El Plomo 6000, piso 15
Las Condes, Santiago – Chile
ATT: Comex Minerals Americas
ComexMinAm@bhpbilliton.com
· BHP Chile:
Consignee
BHP Chile Inc.
Rut: 86.160.300-8
Cerro El Plomo 6000, piso 15
Las Condes, Santiago – Chile
Notify Party
BHP Chile Inc.
Rut: 86.160.300-8
Cerro El Plomo 6000, piso 15 Las Condes, Santiago – Chile
ATT: Comex Minerals Americas
ComexMinAm@bhpbilliton.com
Notify Party
Tamakaya Energía SpA
Rut: 76.349.223-0
Cerro El Plomo 6000, piso 15
Las Condes, Santiago – Chile
ATT: Comex Minerals Americas
ComexMinAm@bhpbilliton.com
Para las órdenes de compra emitidas por Compañía Minera Cerro Colorado Ltda, que tienen asociada una
SAT (Salida de Admisión Temporal) de parte de Aduana para salir de la región a reparación, el Contratista
deberá cumplir con lo siguiente:
i. El Contratista, una vez que reciba el equipo acompañado con la SAT, deberá escanear las copias
con el timbre de la avanzada de Aduana y enviarla al equipo de Comex a la casilla
ComexMinAm@bhpbilliton.com
ii. El plazo de la SAT es de 90 días desde la fecha de salida de la región para el regreso del equipo
reparado a CMCC, por lo tanto si al día 60 el Contratista necesita solicitar una prórroga por más plazo
deberá enviar un informe técnico al equipo de Comex.
iii. Si es que no se cumplen los plazos establecidos o se extravían los documentos, Aduana generará
una multa a CMCC que será traspasada al Contratista por no cumplimiento.
14.1. Responsabilidades
Garantizar la aplicación de este procedimiento en el área de su competencia. Proveer los recursos necesarios
y asegurar la actualización del presente estándar.
Sera responsabilidad de los Gerentes de área y/o Administrador de Empresa Contratista, según corresponda,
facilitar los recursos necesarios para el cumplimiento del presente procedimiento en sus áreas de trabajo u
operación.
También será de su responsabilidad mantener bajo control los riesgos HSEC derivados de las actividades
asociadas a la operación y mantención de los patios de materiales e identificar y evaluar las no conformidades
o incidentes y definir las acciones correctivas correspondientes.
Asesorar respecto a las medidas de seguridad que los dueños del área han propuesto para asegurar patios,
bodegas, etc.
Toda vez que se requieran nuevos terrenos para ser utilizados como patios de materiales dentro de las
servidumbres de Minera Escondida y que se encuentren sin responsables sobre aquellas áreas, será la
Superintendencia de Desarrollo de Infraestructura la encargada de autorizar la utilización de estas áreas
mediante el Procedimiento de Ordenamiento Territorial (PR-PE7-209-P- 30).
Será de su responsabilidad retirar frecuentemente desde las áreas autorizadas, la chatarra y repuestos no
necesarios para la operación. Los retiros se realizarán según calendarización por áreas con previa
confirmación de los responsables de patios. Así mismo, la Head of Supply a través de su área de enajenación,
será responsable de la venta de éstos a través del contrato existente para dicho fin.
14.1.7. Supervisores, Jefes de área, Operador del Contrato Minera Escondida y Empresas
Contratistas
Sera responsabilidad de los supervisores informar y asegurar el entendimiento de los trabajadores sobre las
exigencias que se deben cumplir en este procedimiento y reportar oportunamente al especialista HSEC del
área los eventos asociados a desviaciones en la operación y mantención del patio de materiales
Los responsables de área deberán asegurar que los patios de materiales son operados y mantenidos de
acuerdo al presente procedimiento y así mismo será de su responsabilidad asegurar contar con la
infraestructura adecuada para el manejo de materiales.
Ante cualquier duda en torno a las medidas de seguridad que los dueños del área han propuesto para
asegurar patios, bodegas, etc., deberán solicitar la asesoría especializada a la SI Segurity y Emergencia.
Conocer el presente procedimiento y sus elementos constituyentes aplicables a su área de trabajo, con
particular énfasis en los controles que deben manejar y aplicar diariamente.
Instalaciones que se utilizan para realizar un almacenamiento de forma temporal de materiales comprados,
reparados, descartables y/o reutilizables. Estos patios no contemplan el almacenamiento de residuos de
ninguna clase.
Sustancia, elemento u objeto que el generador elimina, se propone eliminar o está obligado a eliminar. En
Minera Escondida, los residuos se clasifican en Domésticos, Industriales, Peligrosos y Enajenables
Elemento químico y sus compuestos, en estado natural u obtenido por un proceso de producción cualquiera,
incluyendo cualquier aditivo necesario para preservar la estabilidad del producto y cualquier impureza
derivada del proceso utilizado, pero excluyendo cualquier solvente que pueda ser separado sin que se afecte
la estabilidad del producto o que cambie su composición (Fuente: NCh. 2245).
Es aquella que por su naturaleza, produce o puede producir daños momentáneos o permanentes a la salud
humana, animal o vegetal, a los bienes y/o al medio ambiente. Se conocen también como materiales
peligrosos, mercancías peligrosas o cargas peligrosas (Fuente: NCh. 382).
Cada patio autorizado deberá cumplir con los requisitos mínimos señalados a continuación, sin perjuicio que
por el valor o cantidad de las especies en custodia, los encargados del área deberán solicitar la asesoría de
la SI Seguridad & Emergencia, con la finalidad de complementar las medidas de seguridad que a continuación
se señalarán, por otras que vengan a asegurar la debida custodia de los elementos en el recinto:
a) Contar con letreros que señalen claramente:
· Identificación del patioÁrea responsable.
· Nombre del responsable y el teléfono de contacto.
· Prohibición de ingreso de residuos de cualquier clase.
· Identificación de Elementos de Protección Personal obligatorios
· Restricción de ingreso a sólo a personal autorizado
b) Cierre perimetral y sistema de control de acceso permanente o mientras activos compañía se
encuentren en custodia
c) Bitácora de control de ingreso y salida de materiales
d) Cada área dentro del patio deberá encontrarse segregada por tipo de material
e) Las áreas deberán encontrarse limpias y ordenadas.
f) Aquellos elementos que presenten el riesgo de fugas de sustancias peligrosas, deben contar con los
sistemas de contención (volumen del 110% del máximo potencial de derrame) o elementos para
prevenir la ocurrencia de derrames a suelo no protegido, como por ejemplo, el uso de losa.
g) Contar con extintores y elementos de control de potenciales derrames (kit de derrames)
h) Contar con áreas de tránsito de equipos móviles y vehículos de carretera, permitiendo una buena
maniobrabilidad.
i) Deberá contar con espacios de tránsito peatonal demarcado y segregado, con la finalidad de evitar
la interacción hombre máquina.
j) Deberá contar con un plano visible que indique las áreas de almacenamiento, zonas de tránsito
peatonal y de equipos, vías de evacuación, punto de encuentro, extintores y elementos para control
de derrames.
k) El manejo manual de los materiales podrá realizarse siempre que estos no excedan los 30 [kg] de
peso, de lo contrario, se debe contar con equipamiento mecánico para su manipulación.
l) En caso de trabajos nocturnos, se debe asegurar la presencia de iluminación artificial.
m) Dependiendo de los bienes o activos que se cautelan, incorporará tecnologías asociadas a sistemas
de vigilancia.
n) Las áreas que cuentan con patios de materiales, deberán efectuar a lo menos una vez al mes pruebas
de seguridad del recinto, con la finalidad de detectar desviaciones que puedan significar
vulnerabilidades sobre cualquier activo de la compañía que ahí se encuentra. Para ello, podrá solicitar
asesoría a la SI Seguridad & Emergencia.
Nota: Atendiendo que en este tipo de dependencias o áreas serán concentrados elementos o activos de valor
para la Compañía, se deberá aplicar el procedimiento de Protección de Activos y Personas (ES-ME1-194-P-
5), que se relaciona con medidas de seguridad a implementar por parte de los dueños del área.
El almacenamiento de materiales debe tomar en cuenta que se debe evitar el mantener los siguientes
elementos:
· Residuos de cualquier tipo
· Sustancias químicas (peligrosas y no peligrosas)
· Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de exposición laboral a altitud e hipobaria y sus
medidas de control en los siguientes términos.
· Incorporar este riesgo en su sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
· Contar con un programa preventivo de trabajadores expuestos ocupacionalmente a hipobaria intermitente
crónica, por escrito, actualizado en forma anual, elaborado en conformidad con lo establecido en la Guía
Técnica señalada en la normativa.
· Impartir anualmente a los trabajadores instrucción teórico-práctica sobre el riesgo y consecuencias para
la salud de la exposición ocupacional a hipobaria intermitente crónica por gran altitud y las medidas
preventivas a considerar, el cual tendrá una duración mínima de 3 horas cronológicas y será impartido
por un profesional de la salud, con título otorgado por una entidad de educación superior reconocida por
el Estado, con un mínimo de 8 semestres de estudio y formación en los temas a tratar. Este programa
deberá constar por escrito.
Antes de su ingreso, la aptitud de los trabajadores para laborar en forma intermitente a gran altitud se
determinará mediante exámenes, efectuados en conformidad con lo señalado en la Guía Técnica.
La empresa debe cumplir con el protocolo de aclimatación según guía técnica a realizarse en policlínico de
faena al llegar a la faena o lugar de trabajo por primera vez, o si han pasado más de 6 meses sin haber subido
a gran altitud, a las 24 y a las 48horas de permanencia en faena.o por consulta espontánea de los
trabajadores, que refiera sintomatología compatible con Aclimatación Insuficiente o Mal de Montaña Agudo
Los trabajadores expuestos deberán ser incorporados al Programa de Vigilancia Ocupacional
Los trabajadores que se desempeñen en gran altitud deben realizarse anualmente un chequeo preventivo de
salud común el seguimiento de sus patologías crónicas de conformidad a su sistema previsional de salud y
presentarlos al momento de efectuarse el examen de salud ocupacional. El trabajador debe mantener en su
poder los resultados de dichos exámenes.
El médico examinador del Programa de Vigilancia debe emitir un certificado de aptitud o no aptitud del
trabajador, considerando las evaluaciones y exámenes preventivos
De acuerdo a lo señalado anteriormente, y en relación a lo establecido en el artículo 183 –C y E del Código
del Trabajo, la Compañía requerirá información sobre las medidas adoptadas por las empresas colaboradoras
de acuerdo a las nuevas disposiciones legales, entre estas el plan de implementación del sistema de gestión
de seguridad y salud en el trabajo y el Programa de Vigilancia.
En relación al cumplimiento de Resolución Exenta N° 1749 del Servicio Nacional de Geología y Minería
SERNAGEOMIN del 25 de noviembre 2013 y el artículo 71 del DS 132 de Seguridad Minera, “Nueva
Plataforma Tecnológica SIMIN ON LINE 2.0”, se indica lo siguiente:
Esta nueva plataforma dispone de los siguientes módulos para realizar trámites:
1) Declaración mensual de accidentes;
2) Gestión de Contratos;
3) Fiscalización;
4) Trámites;
5) Planes de Emergencia y
6) Gestión de cuentas de Usuario
Para dar cumplimiento a lo anterior, cada empresa contratista con servicio en Minera Escondida Ltda. debe
enviar sus documentos (Inicio de actividades, Termino de actividades, actas de Comité Paritario), en los
formatos establecidos por www.sernageomin.cl a jimmy.a.ramirez@bhpbilliton.com.
Las empresas contratistas deberán además ingresar mensualmente su Declaración de Accidente a dicho
portal. Esto no excluye el envío normal el formato E-200. Por lo anterior, cada empresa contratista deberá
designar a un Administrador de la Declaración de Accidentes quien será el único responsable ingresar dicha
información antes del 8 de cada mes. De no cumplir con dicha fecha el sistema informará en forma automática
al representante legal de su empresa.
Las empresas que no cuenten con clave de acceso, deben completar el siguiente formulario y enviarlo por
correo electrónica a jimmy.a.ramirez@bhpbilliton.com. Una vez recibida la información, se enviará clave de
acceso e Instructivo básico para el usuario.
FORMULARIO CREACION DE CUENTAS EMPRESAS CONTRATISTAS
RUT Empresa
Nombre Empresa
La firma del contrato podrá ser realizada electrónicamente en la plataforma Global Contract Management
System (GCMS) y para ello el Contratista deberá cumplir con algunos requisitos técnicos, que se describen a
continuación:
· Estar enrolado en GCMS.
· 100% completos los requerimientos del perfil del proveedor
La ley chilena 19.799 señala: “Los actos y contratos otorgados o celebrados por personas naturales o
jurídicas, suscritos por medio de firma electrónica, serán válidos de la misma manera y producirán los mismos
efectos que los celebrados por escrito y en soporte de papel. Dichos actos y contratos se reputarán como
escritos, en los casos en que la ley exija que los mismos consten de ese modo, y en todos aquellos casos en
que la ley prevea consecuencias jurídicas cuando constan igualmente por escrito”.
Ver ley completa a través del link http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=196640