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Universidad abierta y a distancia de México

Módulo 7 procedimiento administrativo

Unidad 2 derecho procesal administrativo

Sesión 2 desarrollo del procedimiento administrativo

Actividad integradora: recurso administrativo

Actividad 1 acto administrativo

Actividad 2 responsabilidad de los servidores públicos y del estado

Alumno: José Ortega Gómez

División de ciencias sociales y administrativas (DCSA)

LICENCIATURA EN DERECHO

Asesor: Lic. Ana Guadalupe González González

21/07/2019
INTRODUCCION

siendo que el acto administrativo es el representante de toda la actividad o función


administrativa según el artículo 2 de la ley de procedimientos administrativos del Distrito
Federal, demonizándose como una declaración unilateral de voluntades emanadas de la
administración pública del distrito federal para ejercer las facultades conferidas por el
ordenamiento jurídico con el objeto de crear, trasmitir, modificar, reconocer o extinguir
alguna situación jurídica y concreta para satisfacer un interés en general, dentro del acto
administrativo se tienen las siguientes características:

Ser un acto jurídico, ser de derecho público, emitido por órganos estatales o de la
administración pública, son impugnables y no definitivos y se persiguen de forma directa o
indirecta según el interés público. Algunos ejemplos son las concesiones, licencias,
permisos o autorizaciones, todo esto regulado por la ley federal de proceso administrativo
y la supervisión de servidores públicos.

como lo veremos durante la realización del presente trabajo donde abordaremos el tema
de las responsabilidades en las que podrían llegar a incurrir los servidores públicos y que
está regulada en el titulo cuarto constitucional y en el artículo 109 Y 110 de la CPEUM,

Desprendiéndose cuatro variantes de la responsabilidad de los servidores públicos como


lo son:

La responsabilidad política determinada para los servidores públicos de alto rango por la
comisión u omisión de actos que inducen en perjuicio de los interese públicos.

Responsabilidad penal para aquellos servidores que incurran en delito

Responsabilidad administrativa para aquellos que falten a su honradez, lealtad


imparcialidad eficiencia o legalidad y

Responsabilidad civil para todo aquel que con su obrar cause daños a particulares, así
como hay responsabilidad también existen recursos administrativos que se encargaran de
realizar la revisión a un acto particular y determinado el cual afecta sus intereses con esta
revisión se podrá revocar, anular o reformarlo en caso de encontrar alguna ilegalidad
siendo así estos recursos un medio de defensa establecidos por la ley. Siendo la
autoridad competente la misma que dicto el acto o una de jerarquía mayor u órgano
especial y distinto.
Desarrollo de la actividad integradora

Actividad integradora. Recurso administrativo

1. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea.

2. Actividad integradora, para esta actividad, deberán de buscar información


fidedigna, sobre los siguientes casos, sólo deberán de escoger 1.

Medicamentos administrados en niños con cáncer, lo cuales eran falsos.

“Tenemos ya resultado de un laboratorio que señaló que el medicamento que se


administraba a niños, una quimioterapia que se administraba a niños, no era
realmente un medicamento, sino que era un compuesto inerte, era agua
prácticamente destilada”, dijo Yunes en conferencia de prensa.

Las secretarías de Salud federal y de Veracruz informaron fue fueron halladas 21


ampolletas falsas de quimioterapia y se presentó denuncia por irregularidades en
pruebas de VIH/Sida

A través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios


(Cofepris), la Secretaría de Salud y la dependencia estatal, se dieron a conocer los
resultados de la investigación derivada de denuncias públicas presentadas por el
gobierno de Veracruz.

2. En un documento de texto, completa la siguiente tabla

Recurso señalado Ante qué autoridad se interpone El particular puede solicitar:


en la legislación
mexicana
Reconsideración Se interpone ante la misma El particular puede solicitar una modificación
administrativa autoridad que ha dictado la o reconsideración
resolución que agravia al particular
Considerando que la reconsideración no es
propiamente un medio de defensa sino
considerada una oportunidad adicional que
tendrán los afectados de solicitar ante las
autoridades sanitarias de corregir las
actuaciones para obtener una nueva
resolución favorable donde se pueda
modificar o revocar la resolución que esta
afectando a los particulares

Revocación Esta deberá presentarse ante la El recurso de revocación procede contra lo


administrativa autoridad superior y procederá siguiente: Artículo 83. Los interesados
contra resoluciones definitivas afectados por los actos y resoluciones de las
Conforme al Código Fiscal de la autoridades administrativas que pongan fin al
Federación en su artículo 116 se procedimiento administrativo, a una instancia
señala este recurso “contra los o resuelvan un expediente, podrán interponer
actos administrativos dictados en el recurso de revisión o, cuando proceda,
materia fiscal federal”; mientras que intentar la vía jurisdiccional que corresponda.
en el artículo 117 establece que el
recurso procederá contra I.- Las
resoluciones definitivas dictadas por
autoridades fiscales federales que:
d) Cualquier resolución de carácter
definitivo que cause agravio al
particular en materia fiscal, salvo
aquéllas a que se refieren los
artículos 33-A, 36 y 74 de este
Código. II.- Los actos de
autoridades fiscales federales que:
c) Afecten el interés jurídico de
terceros, en los casos a que se
refiere el artículo 128 de este
Código.

Revisión Es un recurso ordinario que no Revisión de las sentencias dictadas El


agota la vía administrativa y puede recurso de revisión puede interponerse
interponerse ante el superior cuando los actos y resoluciones de las
jerárquico de la autoridad que dicta autoridades administrativas, ponen fin al
la resolución que agravia al procedimiento administrativo, a una instancia
particular. o resuelvan un expediente, afecten la esfera
de derechos de una persona física o moral.
Es de anotar que el recurso de revisión es
opcional; es decir, se puede interponer el
recurso de revisión o en su caso, intentar la
vía jurisdiccional correspondiente.

3. Señala el o los recursos adecuados al procedimiento administrativo planteado por


tu docente en línea.

RECURSO DE REVOCACIÓN

En este caso es el tema que nos ocupa, debo señalar que en el Código Fiscal de la
Federación en vigor, está previsto el recurso de revocación en el artículo 116, el cual
dispone:

ARTÍCULO 116 - "Contra los actos administrativos dictados en materia fiscal federal, se
podrá interponer el recurso de revocación."

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y
todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por
el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda
la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes
y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las
Constituciones o leyes de las entidades federativas.
Conclusiones

el acto administrativo se forma de una declaración de voluntades y deseos de


conocimiento siendo este unilateral o de una manera ejecutiva para construir una decisión
que proviene de una persona o sujeto mediante una administración publica donde se
puede ejercer para crear o modificar una situación jurídica de algún caso en especial, por
tal motivo podemos mencionar que la legitimidad de un acto administrativo proviene de la
misma ley, también se debe mencionar que la ejecución del acto administrativo se rige por
las siguientes normas:

 siendo exigible y obligatorio por lo que deberá cumplirse

 la autoridad administrativa es la facultada para su ejecución en caso de


presentarse oposición del obligado

Este acto es una categoría jurídica muy distinta a una sentencia y su manifestación o
resultado dependen del ejercicio de la administración que habilite el ordenamiento jurídico

Para buscar el bien de la colectividad, dentro de la administración se realizan actos


jurídicos ya sean unilaterales o individuales así como contractuales o generales.

en otras palabras la finalidad del acto administrativo es la realización de una norma y su


contenido para realizar una declaración jurídica que manifieste derechos y obligaciones
para dar resolución a una situación jurídica concreta, creando o modificando según sea el
caso, también se aprende que así como existen los actos administrativos hay extinción de
los mismos actos donde se encuentran diferentes maneras ya sea de forma inmediata o
por transcurrir cierto tiempo al establecido al acto, así como por una revocación o
renuncia del particular interesado, o por la nulidad del acto donde estos deben estar
apegados a ciertas normas jurídicas, donde al declararse un acto nulo lógicamente este
será invalido donde los particulares no tendrán obligación de cumplirlo, no así los
servidores públicos ya que ellos sí tendrán que justificar su negativa a la realización de
dicho acto.

Respecto a la Responsabilidad Administrativa, como pudimos analizarlo en la Introducción


de la presente actividad, donde diversos mandamientos jurídicos nos brinda una
conceptualización de la misma, podemos concluir que es aquella en la que incurre un
servidor público por realizar actos u omisiones que afecten los bienes jurídicos tutelados
por la propia Constitución y demás leyes aplicables, en el desempeño de sus empleos,
cargos o comisiones

Respecto a la responsabilidad de los servidores públicos y que en su forma y persona han


sido caracterizados y responsabilizados para cumplir funciones administrativas, civiles,
políticas, penales contables, fiscales o de hecho profesionalmente y de los cuales una de
sus responsabilidades será la de indemnizar por los actos que ellos realicen y de los
cuales pudieran causar algún daño a los derechos de particulares o privados,

De ello que en los poderes judicial, legislativo o ejecutivo ya sea dentro del ámbito
nacional, provincial o municipal estos deberán responder ante terceros por los daños o
perjuicios que se ocasiones al actuar o por alguna negligencia, los servidores públicos al
incurrir en su responsabilidad tendrán que acatar alguna de las sanciones penales ya sea
prisión, multa, destitución o inhabilitación de su cargo o comisión que tuviera a su cargo.

Si en nuestro país se tuviera por bien que al término de su mandato o función asignada se
realizara una obligación de rendir cuentas tal como lo marca la ley no se verían tantos
desvíos de fondos o errores cometidos por no acatar los dictámenes establecidos, pero
para ello hay también medios de justificación hacia las faltas o las resoluciones dictadas
por los diferentes organismos estos medios de defensa se llaman recursos
administrativos:

Por mencionar algunos son: medios de defensa, recurso administrativo de revocación


donde el particular es quien interpone el recurso ya que ve afectado sus intereses y
cuenta con un plazo para interponerlo.

Dentro del caso asignado se concluye que la corrupción es una enfermedad que sigue
atacando a la nación donde no hay igualdad ni equidad donde muchos funcionarios
deberían ser tratados igual que todos los delincuentes y sancionados como tal, ya que
buscan los recursos para que no sean castigados por las faltas cometidas durante el
ejercicio de sus funciones.

Finalmente, queda en manos de las propias autoridades el supervisar, investigar y


sancionar la conducta de los servidores públicos durante el ejercicio de sus cargos, de tal
manera que las obligaciones a las que deben dar cumplimiento, lo hagan con estricto
apego a derecho y con actitud de servicio en favor del interés común.
BIBLIOGRAFIA:

CODIGO ADMINISTRATIVO. (01 de 09 de 2001). Obtenido de CAPITULO CUARTO De la extinción de


los actos administrativos:
http://ihaem.edomex.gob.mx/sites/ihaem.edomex.gob.mx/files/files/JURIDICO/ESTATAL/
CODIGOADMINISTRATIVOESTADOMEXICO_70.pdf

DE LA NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO. ( 18 de 05 de 2018). Obtenido de


LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/112_180518.pdf

DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR. (11 de 09 de 2017). Obtenido de REGLAMENTO


DE TRANSITO DEL ESTADO DE MEXICO:
http://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/rgl/vig/
rglvig079.pdf

Denuncian que niños mexicanos recibieron "agua" en lugar de quimioterapia. (18 de 01 de 2017).
Obtenido de 20MINUTOS.ES/EFE: https://www.20minutos.es/noticia/2936453/0/mexico-
duarte-agua-destilada-quimioterapia/

Desarrollo del procedimiento administrativo. (s.f.). Obtenido de Derecho Procesal Administrativo:


https://unadmexico.blackboard.com/webapps/blackboard/content/listContent.jsp?
course_id=_65008_1&content_id=_2169296_1&mode=reset

La ejecución de los actos administrativos. (8 de 08 de 2011). Obtenido de Derecho administrativo y


regulación económica: file:///C:/Users/Jose/Downloads/Dialnet-
LaEjecucionDeLosActosAdministrativos-5085083%20(2).pdf

Recursos contra los actos administrativos. (s.f.). Obtenido de UNIVERSIDAD AUTONOMA DE


MÜIVO LEON: http://eprints.uanl.mx/1433/1/1020131281.PDF

RESPONSABILIDAD CIVIL. (s.f.). Obtenido de RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS:


http://www.contraloriadf.gob.mx/contraloria/cursos/MARCOJURIDICO/paginas/rc.php

Actividad 1 acto administrativo

Con el propósito de identificar los componentes del acto administrativo, realiza la siguiente
actividad.

1. Plantea un ejemplo de acto administrativo dentro de la administración pública.

3. En un documento de texto, identifica dentro de una tabla, los siguientes puntos:


Ejemplo de acto administrativo Licencia de conducir estado de México

Órgano competente Articulo 40.- Es competencia de las autoridades estatales el otorgamiento de


las licencias y permisos para conducir vehículos en cualquiera de las
diferentes clases de servicio, expidiendo al efecto, los documentos oficiales
correspondientes. Las autoridades municipales en términos de los acuerdos
o convenios que al efecto se suscriban, podrán asumir esas funciones.

Voluntad administrativa Las licencias se expedirán a los conductores bajo las distintas modalidades
a solicitud del interesado; previo cumplimiento de los requisitos establecidos
en los Reglamentos de esta Ley (Artículo 41 del Reglamento de Tránsito del
Estado de México)

Motivo o causa El Artículo 41 del Reglamento de Tránsito del Estado de México señala que
para conducir vehículos automotores y motocicletas en el Estado, se
requiere de licencia o permiso expedido por las autoridades de Movilidad de
esta Entidad, o de cualquiera otra de la Federación o del extranjero,
conforme al tipo de vehículo que la misma señale, independientemente del
lugar en que se haya registrado el vehículo

Contenido u objeto Artículo 42.- Para los efectos de este Reglamento las licencias que se
expidan serán y autorizan a manejar:

I. Motociclista; autoriza a conducir motocicletas.

II. Automovilista; autoriza a conducir automóviles particulares.

III. Chofer para servicio particular; autoriza a conducir automóviles,


camionetas y camiones de servicio particular.

IV. Chofer para servicio público y tarjeta de identificación personal para


operadores de transporte público; autoriza a conducir automóviles,
camionetas, camiones y autobuses de servicio particular y público.

Finalidad Que Los conductores de unidades de las distintas clases de transporte


tendrán las obligaciones siguientes:

I. Obtener y portar la licencia o permiso para conducir


correspondiente;

II. Mostrar a las autoridades de transporte o tránsito cuando se


les solicite la licencia o permiso para conducir, y, en su caso, la
documentación que faculte la prestación del servicio; y

III. Abstenerse de conducir cuando estén impedidos para hacerlo


por circunstancias de salud o de cualquier otra que implique
disminución de sus facultades físicas o mentales.

IV. Informar a los propietarios o poseedores de las unidades de


manera pronta y expedita cuando se cometa cualquier delito al
interior de la unidad o del que sean víctima los pasajeros

La finalidad es que toda persona que conduzca un vehículo en la


infraestructura de la entidad deba obtener y mantener su licencia de
manejo correspondiente al tipo de vehículo y servicio al que se disponga
sobretodo habiendo sido expedido por la autoridad competente y
facultada para ello

forma Artículo 43. Para la obtención de licencias y tarjeta de identificación personal


se requiere lo siguiente:
A) Motociclista y Automovilista, Chofer para servicio particular

I. Pagar los derechos respectivos,

II. Acta de nacimiento y demostrar ser mayor de 18 años de edad,

III. Identificación oficial vigente,

IV. Comprobante de domicilio vigente,

V. Si es extranjero deberá mostrar su Fórmula Migratoria, o documento que


demuestre su legal estancia en el país.

VI. Firmar el manifiesto.

C) Chofer para servicio público y la tarjeta de identificación personal para


operadores de transporte público:

I. Pagar los derechos respectivos,

II. Acta de nacimiento y demostrar ser mayor de 21 años de edad.

III. Identificación oficial vigente,

IV. Comprobante de domicilio vigente,

V. Contar con certificado de antecedentes no penales.

VI. Aprobar el examen Médico,

VII. Aprobar el examen Psicométrico,

VIII. Aprobar el examen Toxicológico,

IX. Firmar el manifiesto.

• Alternativas en la ejecución del acto.

la mediación es una alternativa para la ejecución de un acto administrativo ya que así lo


menciona El Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los
Municipios, reconoce que el procedimiento administrativo puede terminar por un
Convenio entre los particulares y las autoridades administrativas, y cuyo cumplimiento
podrá ser demandado ante el Tribunal o los Juzgados, agregando que Las autoridades
administrativas podrán celebrar con los particulares acuerdos o convenios de carácter
conciliatorio que pongan fin a los asuntos, siempre que no sean contrarios a las
disposiciones legales aplicables ni afecten derechos de terceros

• Formas de extinción del acto administrativo.

CAPITULO CUARTO
De la extinción de los actos administrativos

Artículo 1.15.- El acto administrativo se extingue por cualquiera de las causas siguientes:

I. El cumplimiento de su objeto, motivo o fin;

II. La falta de realización de la condición suspensiva dentro del plazo señalado para tal
efecto;

III. La realización de la condición resolutoria o la llegada del término perentorio;

IV. La renuncia del interesado, cuando los efectos jurídicos del acto administrativo sean
de

Interés exclusivo de éste, y no se cause perjuicio al interés público;

V. La declaración de invalidez;

VI. La revocación;

VII. El rescate;

VIII. La conclusión de su vigencia;

IX. Las demás que se establezcan en las disposiciones aplicables (CODIGO


ADMINISTRATIVO, 2001

Artículo 48.- Son motivos de suspensión de la licencia y/o permiso para conducir
vehículos y de la tarjeta de identificación personal para operadores de transporte público,
hasta por seis meses:

I. Cuando el titular cometa en el término de un año, tres infracciones, de las que se


sancionen con más de tres días de salario mínimo;

II.- Cuando el titular permita que su licencia y/o permiso y tarjeta de identificación personal
para operadores de transporte público, sea utilizada por otras personas;

III. Cuando el titular contraiga una enfermedad o le sobrevenga incapacidad que lo


inhabilite temporalmente para conducir; y

Viciando así lo determine la autoridad competente, por el tiempo que al efecto señale.

Artículo 49.- Son causas de cancelación de la licencia y/o permiso y tarjeta de


identificación personal para operadores de transporte público:
I. Manejar bajo el efecto de drogas enervantes o psicotrópicos;

II. Conducir en estado de ebriedad;

III. Cuando al titular le sobrevenga incapacidad o enfermedad alguna que lo imposibilite


permanentemente para conducir;

IV. Cuando Al titular se le sancione en dos ocasiones con la suspensión de la licencia y/o
permiso para conducir vehículos y tarjeta de identificación personal para operadores de
transporte público

V. Cuando se compruebe que la información proporcionada para su expedición sea falsa


o que alguno de los documentos exhibidos sean falsos o apócrifos; y

VI. Por resolución de la autoridad competente.

• Supuesto nulidad o anulabilidad del acto administrativo

Existirá nulidad del acto administrativo al realizar una falta o faltar alguno de los requisitos
mencionados en los artículos siguientes para que se pueda concluir el proceso del acto en
este caso la expedición de licencia de conducir

Artículo 5.- La omisión o irregularidad de los elementos y requisitos exigidos por el


Artículo 3 de esta Ley, o por las leyes administrativas de las materias de que se trate,
producirán, según sea el caso, nulidad o anulabilidad del acto administrativo.

Artículo 6.- La omisión o irregularidad de cualquiera de los elementos o requisitos


establecidos en las fracciones I a X del artículo 3 de la presente Ley, producirá la nulidad
del acto administrativo, la cual será declarada por el superior jerárquico de la autoridad
que lo haya emitido, salvo que el acto impugnado provenga del titular de una
dependencia, en cuyo caso la nulidad será declarada por el mismo.

Artículo 3.- Son elementos y requisitos del acto administrativo:

I. Ser expedido por órgano competente, a través de servidor público, y en caso de que
dicho órgano fuere colegiado, reúna las formalidades de la ley o decreto para emitirlo;

II. Tener objeto que pueda ser materia del mismo; determinado o determinable; preciso en
cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar, y previsto por la ley;
III. Cumplir con la finalidad de interés público regulado por las normas en que se concreta,
sin que puedan perseguirse otros fines distintos;

IV. Hacer constar por escrito y con la firma autógrafa de la autoridad que lo expida, salvo
en aquellos casos en que la ley autorice otra forma de expedición;

V. Estar fundado y motivado;

VI.- (Se deroga) Fracción derogada DOF 24-12-1996

VII. Ser expedido sujetándose a las disposiciones relativas al procedimiento administrativo


previstas en esta Ley;

VIII. Ser expedido sin que medie error sobre el objeto, causa o motivo, o sobre el fin del
acto;

IX. Ser expedido sin que medie dolo o violencia en su emisión;

X. Mencionar el órgano del cual emana;

XI.- (Se deroga) Fracción derogada DOF 24-12-1996

XII. Ser expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación
del expediente, documentos o nombre completo de las personas;

XIII. Ser expedido señalando lugar y fecha de emisión;

XIV. Tratándose de actos administrativos deban notificarse deberá hacerse mención de la


oficina en que se encuentra y puede ser consultado el expediente respectivo;

XV. Tratándose de actos administrativos recurribles deberá hacerse mención de los


recursos que procedan, y

XVI. Ser expedido decidiendo expresamente todos los puntos propuestos por las partes o
establecidos por la ley.

Actividad 2. Responsabilidad de los servidores públicos y del Estado


En el mismo documento de texto de la actividad anterior, elabora la siguiente tabla, comparando
los elementos que definen las responsabilidades civiles y políticas de los servidores públicos, así
como las responsabilidades patrimoniales del Estado

Responsabilidades civiles Responsabilidades políticas Responsabilidades


de los servidores públicos de los servidores públicos patrimoniales del Estado
1. El establecer sanciones Se determina mediante el La responsabilidad
económicas a los Juicio Político, que consiste patrimonial directa es
servidores corruptos, como en un procedimiento aquella que se exige a una
a los corruptores, es una desarrollado ante el persona, física o moral, por
forma de reducir la Congreso Federal a partir un hecho propio.
impunidad que se da en el de la denuncia de cualquier
combate a la corrupción. ciudadano El Estado mismo el que
expresa su voluntad a
b) El procedimiento civil través de las personas
presenta ventajas respecto Su regulación, es en físicas que, como
al penal a la hora de fincar esencia análoga, servidores públicos, obran
responsabilidades, pues diferenciándose en nombre de ella,
aquél permite mayores únicamente por el tipo de
posibilidades de éxito en el sujetos a dicho juicio, y de responsabilidad patrimonial
combate a la corrupción. la responsabilidad política a solidaria la que puede
nivel federal que pudieran exigirse en su totalidad a
c) determinar la generar cualquiera de los sujetos
responsabilidad civil del que deben resarcir el daño
servidor público, así como No procede juicio político causado
de los particulares que por mera expresión de
cooperen en los actos de ideas La responsabilidad
corrupción, teniendo su patrimonial es contractual
origen en el daño que se El congreso de la unión cuando deriva de un
causa al patrimonio del valora la gravedad de los acuerdo de voluntades
Estado, incluyendo el actos u omisiones donde las propias partes
patrimonio moral que se declaradas en el artículo acordantes fijan las bases y
refleja en la imagen que la 7°de la ley federal de condiciones de
institución presenta tanto responsabilidades de los resarcimiento por falta o
en el ámbito interno como servidores públicos daño
frente a la comunidad
internacional, como en la Los gobernadores de los los servidores públicos
conciencia cívica de la estados, los diputados de causantes de un daño,
legalidad. las legislaturas locales y los responderán
magistrados de los patrimonialmente por tal
d) determinar una tribunales superiores de hecho, cuando se haya
responsabilidad justicia locales podrán ser determinado la
económica tanto para un sujetos de juicio político por responsabilidad del
servidor corrupto así como violaciones graves a la servidor público y la falta
al corruptor implicando así Constitución General de la hubiese ocasionado daños
una disuasión para la República, y perjuicios a los
comisión de actos de particulares, éstos podrán
beneficio personal acudir ante las
dependencias, entidades, o
e. considerar la regulación a la Secretaría de la
de las denuncias en el Función Pública, para que
sistema de justicia de manera directa
mexicano, de tal forma que reconocieran la
los ciudadanos tengan responsabilidad de
acceso a la información indemnizar la obligación de
necesaria para dar proceso reparar el daño
a una denuncia de acto de
corrupción

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