Módulo 12 Responsabilidad Penal y Punibilidad: Licenciatura: Derecho
Módulo 12 Responsabilidad Penal y Punibilidad: Licenciatura: Derecho
Módulo 12 Responsabilidad Penal y Punibilidad: Licenciatura: Derecho
Grupo: DE-DERPP-2001-M12-014
Licenciatura: Derecho
Matricula: ES1821010944
Abril 2020.
Índice
Introducción
Conclusión
Fuentes de consulta
Introducción
Sin embargo, por casi cien años la justicia penal en nuestro país se regía por un
sistema denominado “inquisitivomixto”, hasta que con la reforma de junio de 2008
se implementó el Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Adversarial.
Por último, podemos decir que la historia del derecho penal obedece a la necesidad
de regular el comportamiento del ser humano en sociedad, a fin de controlar sus
acciones y proteger al grupo social. Ya que el crimen nace con el ser humano; cuando
aún no existía un orden jurídico, ni una sociedad organizada, el delito ya se
manifestaba en su forma más rudimentaria. El ser humano todavía no articulaba
palabras, pero ya desarrollaba conductas que afectaban a otros; de ahí que la
necesidad de regular tales conductas y señalar castigos para lograr orden y una
convivencia pacífica.
Actividad 1. Características del delito
Indicaciones:
1. Identifica a partir del texto de apoyo del módulo 5 que corresponda, las
características del delito.
2. Explica con tus propias palabras la definición de cada una, de acuerdo a lo que
recuerdes.
Desarrollo de la Actividad
De acuerdo al artículo 7 del Código Civil Federal el Delito es el acto u omisión que
sancionan las leyes penales, por lo que el delito será el resultado en material también
y será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenía el
deber jurídico de evitarlo, en estos casos se considerará que el resultado es
consecuencia de una conducta omisiva, cuando se determine que el que omite
impedirlo tenía el deber de actuar para ello, derivado de una ley, de un contrato o de
su propio actuar precedente
En ese orden de ideas podemos decir que el comportamiento del individuo, versa de
acuerdo con sus características biológicas, antropológicas y psicológicas.
En principio, cualquier persona puede ser sujeto pasivo, sin embargo, dadas las
características de cada delito, en algunos casos el propio tipo señala quién puede
serlo y en qué circunstancias, sin embargo, el delito consiste en la conducta típica,
antijurídica, culpable y punible; mientras que la ley penal señala del delito el bien
jurídicamente tutelado que protege, los sujetos activo y pasivo, el grado de
participación, los presupuestos de éste y su punibilidad.
Por ultimo podemos decir que la punibilidad de acuerdo al artículo 397 del Código
Penal Federal, prevé una pena de cinco a 10 años de prisión y multa de 100 a 5 mil
pesos, así mismo el artículo 399 del mismo ordenamiento nos indica que se castigará
con las sanciones del robo simple.
Por otra parte, el artículo 239 del Código Panel del Distrito Federal establece la
punibilidad como el delito de daño a la propiedad genérico.
Actividad 2. Elementos del delito
Indicaciones:
1. Identifica los elementos positivos y negativos del delito del texto de apoyo de la
presente sesión, con el texto de apoyo correspondiente del módulo 5.
Desarrollo de la actividad
Los elementos del delito en materia procesal se hablan de cuerpo del delito o
integración de los elementos del tipo penal para referirse al conjunto de elementos
que integran el mismo. En el decreto del 8 de marzo de 1999 la CPEUM volvió a incluir
la noción de cuerpo del delito (recuérdese que cuerpo del delito no es el cuerpo de
la víctima o el instrumento con que se cometió el delito). Independientemente de las
constantes reformas a la ley, y se dé el nombre que se dé, es necesaria la
comprensión de este tema, pues es fundamental, dentro del derecho penal y procesal
penal.
Pues bien, como hace referencia la teoría pentatónica, el delito es una conducta
típica, antijurídica, culpable y punible, por lo que entendemos como delito y cuales,
son sus presupuestos, elementos positivos y negativos, clasificación, tentativa,
autoría y participación, por último, podemos decir que en algunos casos
excepcionales y por algunas razones de oportunidad o de política criminal, tales
factores pueden ser condiciones objetivas de punibilidad.
Actividad integradora. Análisis de los delitos
Indicaciones
C) Resultado
D) Intencionalidad
E) Estructura
G) Duración
a) Conducta
b) Tipicidad
c) Antijuricidad
d) Imputabilidad
e) Culpabilidad
f) Condicionalidad
g) Punibilidad
Igualmente deberán de desarrollar cada uno con base al caso práctico, por Ío que
nos solicitan NO definiciones, es decir tanto en las características como en los
elementos, se deberá de explicar cuál es cada una de acuerdo con el caso práctico.
Por lo que se deben de leer todo el caso ya que por la importancia del delito y la
sentencia que se resuelve por el delito, en este caso no hay nombres de los sujetos
(por el tipo de delito) por Io que pueden poner ustedes cualquier nombre.
Desarrollo de la Actividad
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
CO000055400895
SE DICTA SENTENCIA DEFINITIVA
0038
Asunto: Juicio Oral Penal.
Carpeta judicial: 00316/2016.
Acusado: Saúl Sánchez Alizar.
Delito: Feminicidio.
Víctima: Margarita Espinoza Roldan (occisa)
Jueces de Juicio: Presidente: María del Rosario Garza Alejandro, vocal: José
Humberto de León Villarreal, relator: Gilberto de la Fuente Morales.
a) Conducta
b) Tipicidad
c) Antijuricidad
d) Imputabilidad
e) Culpabilidad
f) Condicionalidad
g) Punibilidad
Legislación
Código Penal Federal
www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpf.htm
Código Penal para el Distrito Federal
http://www.aldf.gob.mx/archivo-d261f65641c3fc71b354aaf862b9953a.pdf
Código Nacional de Procedimientos Penales
http://www2.scjn.gob.mx/Penal/Anexo/CodNalProcPenales.pdf
Código Penal para el Estado de Nuevo León
http://sgi.nl.gob.mx/Transparencia_2009/Archivos/AC_0001_0002_0117838-
0000002.pdf