F67.p1.ivc Formato Lista de Chequeo Centro de Internamiento Preventivo Cip Srpa v2
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IVC
Proceso 08/05/2017
Inspección, Vigilancia y Control Versión 2
Lista de Chequeo para Inspección a Página 1 de 174
Centro de Internamiento Preventivo - CIP - SRPA Clasificación de la Información
CONFIDENCIAL
DIRECCION :
PROFESIONAL 1: NOMBRE:
PROFESIONAL 2: NOMBRE:
PROFESIONAL 3: NOMBRE:
PROFESIONAL 4: NOMBRE:
FECHA DE LA ACCIÓN:
1. COMPONENTE LEGAL
2. COMPONENTE TÉCNICO
Verifique que la entidad desarrolle los procesos de atención a adolescentes y jovenes con sus derechos inobservados,amenazados y
vulnerados y sus familias y redes vinculares de apoyo de acuerdo con el PAI que esta aprobado. La Entidad debe poner en práctica la
planificación llevada a cabo previamente y cumplir con las metas propuestas de atención, para el restablecimiento de derechos.
Solicite las estrategias de evaluación institucional las cuales deben estan orientadadas a establecer conclusiones acerca del grado de
cumplimiento de los objetivos, identificando fortalezas y debilidades, orientado al mejoramiento contínuo en términos de eficiencia y
optimización de los recursos. Como resultado de esta evaluación se estructuran los planes de mejoramiento y las modificaciones
pertinentes al PAI.
De forma complementaria, el PAI debe desarrollar los siguientes aspectos: 1. Cronograma, 2. Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo, 3. Plan de Prevención de desastres y 4. Plan de manejo ambiental
Historia de atención.
Del listado de adolescentes y jovenes, identifique los adolescentes y jovenes con permanencia mayor a 45 días y establezca la muestra de
acuerdo con el anexo No. 1 (uno) "tabla para la muestra" , de cada uno de ellos determine si existe su correspondiente Historia de
Atención. Registre el resultado en el Anexo No. 2 (dos) Registro del Proceso de Atención
Esta Historia de Atención debe contener en detalle:
a) Orden judicial u orden de ubicación expedida por autoridad judicial o administrativa dependiendo la modalidad de atención.
b) Documentos de identificación del adolescente o joven y su acudiente.(tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía)
c) Las valoraciones y el registro de los seguimientos por cada área de intervención (Psicología, Trabajo Social, Pedagogía, Medicina,
Odontología, Nutrición, Educación, entre otras), ya sean actividades individuales, grupales, o institucionales, así como la intervención con
familias y cualquier otra condición relevante para el proceso de atención y seguimiento.
d) El Plan de Atención individual
e) Certificación de vinculación a salud, (soporte físico o magnético) y certificados escolares (aportados por la familia u obtenidos a partir
del proceso de atención).
f) Certificación de vinculación a educación con los reportes periódicos por parte del establecimiento o programa académico.
g) Registro de las intervenciones por cada área.
h) Registro de los comités de estudio de caso.
i) Informes de evolución y de resultados del proceso de atención.
j) Para el caso de adolescentes y jovenes de grupos étnicos debe contar con la certificación de pertenencia a este grupo étnico expedida
por la autoridad tradicional.
k) Deben diligenciarse en forma clara, legible, sin tachones, enmendaduras, intercalaciones, sin dejar espacios en blanco y sin utilizar
siglas. Cada anotación debe llevar la fecha y hora en que se realiza, con el nombre completo y firma del autor de la misma.
l) El uso de medios electrónicos para la gestión de las historias de atención debe garantizar la confidencialidad y seguridad, así como el
carácter permanente de registrar en ella y en otros registos asistenciales, sin que se puedan modificar los datos una vez se guarden los
registros
m) Disponibles en el lugar donde se encuentra el adolescente o joven.
n) Resguardadas para garantizar el uso restringido solo a las personas autorizadas y manejarse con criterio de confidencialidad.
o) Debidamente foliadas, archivadas y organizadas.
p) Deben estar rotuladas en la parte externa con información sobre: Nombre de la institución, nombre del adolescente o joven,
identificación, fecha de ingreso, medida o sanción y modalidad de atención, autoridad (es) competente(s) a cargo del caso y espacio para
la fecha de egreso y el número de folios.
Además debe permitir la trazabilidad, entendida como la capacidad para seguir la historia, la aplicación o la localización de todo aquello
que está bajo consideración (NTCGP1000:2004).
En los casos en que el adolescente, no cuente con afiliación y lleve menos de tres meses en la entidad, verifique que exista gestión por
parte de la autoridad competente o de la institución.
En los casos en que el adolescente, no cuente con documento de identidad y lleve menos de tres meses en la entidad, verifique que exista
gestión por parte de la autoridad competente o de la institución.
Diagnóstico Integral.
En la documentación contenida en las carpetas de los adolescentes y jovenes seleccionados en la muestra a evaluar, establezca si se
realizó, maximo a los 30 días posteriores al ingreso y enviarla a la autoridad judicial, una vez se conozca a cuál de ellas corresponde el
caso por reparto. Registre el resultado en el Anexo No. 2 (dos) Registro del Proceso de Atención.
El Diagnóstico integral es un concepto analítico y sintético que se elabora en Estudio de Caso con el Equipo Técnico Interdisciplinario del
operador y que:
a) Debe realizarse con base en las valoraciones iniciales que llevan a cabo los profesionales del equipo interdisciplinario del operador y las
valoraciones realizadas por otros profesionales en los casos que de acuerdo con sus características se requiera. No se trata de la suma
de estas valoraciones sino que estas son el insumo para elaborar el diagnóstico integral. Es importante tener presente que al igual que las
valoraciones iniciales, el diagnóstico integral debe tener en cuenta el enfoque de derechos y el enfoque diferencial, y debe estar basado
en el principio del interés superior y de igualdad y no discriminación.
b) Debe involucrar aspectos de salud, académicos, formativos, ocupacionales, psicosociales y de inclusión social, que determinen
claramente su plan de atención individual.
c) Debe integrar los diagnósticos médicos relacionados, en el caso de los adolescentes y jovenes con discapacidad o con enfermedad de
cuidado especial, y los adolescentes que lo requieren deben contar con una valoración en consumo de sustancias psicoactivas por parte
de los profesionales psicosociales del operador pedagógico y, de ser necesario, recibir la atención respectiva orientada a mitigar el
consumo y reducir el daño.
d) Debe integrar y analizar las valoraciones iniciales realizadas por los profesionales del equipo interdisciplinario.
e) Debe integrar tambièn la información proporcionada por la autoridad administrativa competente, el equipo técnico interdisciplinario y la
autoridad tradicional (cuando se trate de adolescentes y jovenes pertenecientes a grupos étnicos) para la comprensión del caso.
f) Debe incluir un resumen de los factores de generatividad y vulnerabilidad identificados.
g) )Debe generar un concepto global del estado inicial del beneficiario.
h) Debe estar desarrollado en FORMATO DE VALORACIÓN INTEGRAL FAMILIA-ADOLESCENTE-CONTEXTO.
Estudio de caso.
En la documentación contenida en las carpetas de los adolescentes y/o jóvenes seleccionados en la muestra a evaluar,verifique que
contenga:
1. Información previa preparada para desarrollar el estudio de caso.
2. El documento donde se registró el desarrollo del estudio de caso.
3. El Plan de Acción.
4. La evaluación de la eficacia del Plan de Acción.
Los comités son parte del seguimiento que debe hacer la Defensoría de Familia o quien haga sus veces, al proceso de atención, en todos
los casos vinculados al SRPA o a servicios de medidas complementarias y/o restablecimiento en administración de justicia. Para aquellos
que no se encuentran en medio institucional, estos deberán realizarse por parte de las Defensoría de Familia o quien haga sus veces,
como seguimiento del caso dentro del Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos. Registre el resultado en el Anexo No. 2
(dos) Registro del Proceso de Atención.
Cualquier intervención externa especializada que se realice, deberá quedar registrada en el informe de seguimiento que se envía a la
autoridad judicial y/o administrativa. Todos los informes y valoraciones deben ser avalados por cada uno de los profesionales
responsables, y deberán permanecer archivados con la firma y el nombre legible, el registro profesional y la fecha de su elaboración.
De igual manera se evaluan los Informes Extraordinarios, solicitados por autoridad judicial o administrativa en cualquier momento
definiendo objetivos y plazo de entrega, con fines concernientes al proceso judicial o garantía de derechos; en caso de que esto no ocurra
se presentará en el formato informe de seguimiento, que deben estar enmarcados en los logros propuestos en el plan de atención
individual. Estos se presentaran para la autorización de permisos de salida de fin de semana, de estudio, que puedan influir positivamente
en el adolescente y su proceso, aclarando que las decisiones y consecuentes autorizaciones, son exclusivas de la autoridad competente.
Se registrara en el FORMATO INFORME EXTRAORDINARIO PLAN DE ATENCION INDIVIDUAL.
a) Solicitar y asistir a cita para el seguimiento al estado de salud física cuando se requiera.
b) Asegurar el suministro, manejo, control adecuado y oportuno de medicamentos, de acuerdo con los tratamientos específicos requeridos.
c) Desarrollar acciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, promoción de la salud sexual y reproductiva, prevención
de consumo de alcohol y sustancias psicoactivas.
d) Con base en las indicaciones o contraindicaciones medicas, la entidad tendrá que tomar las medidas pertinentes para prevenir deterioro
de la salud del beneficiario.
Los periodos establecidos para la realización del seguimiento nutricional, así como las curvas a utilizar como referencia y los indicadores a
evaluar de acuerdo con la edad, son los definidos por la Resolución 2121 de 2011 y la " Guía Técnica del Componente de Alimentación y
Nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF".
Acuerdo de Convivencia
A partir de verificación documental del acuerdo de convivencia, identifique si se realizó de forma participativa sobre las normas, acuerdos
de convivencia, el respeto por los derechos de los demás, por la diferencia, concebido desde un Enfoque Restaurativo, toda vez que las
respuestas restaurativas ante situaciones de convivencia, crean oportunidades de aprendizaje, lo cual está en total sintonía con el sentido
pedagógico de las medidas y sanciones en los servicios de atención del SRPA.
Para la cosntruccion del mismo se debio conformar el Comité de Convivencia, el cual es una instancia de apoyo para el manejo de
situaciones especiales que afecten la armonía, coexistencia en el diario de un programa de atención. El comité apoya a los educadores y
coordinadores en la organización de eventos de recreación y formación, así como en el manejo de situaciones especiales para lo cual
deberá definirse paralelo dentro del pacto:
1) Procedimientos para elegir delegados de representación
2) Se establecen los términos de tiempo y los procedimientos para que los adolescentes elijan su personero y los delegados ante el comité
de convivencia.
3) Procedimientos para resolver conflictos
4) Se establecen los criterios y procedimientos para resolver los conflictos entre los adolescentes, precisando la instancia, el tiempo y las
demás condiciones para promover su solución pacífica.
5) Se tiene en cuenta el Comité de Convivencia como instancia preferente para resolver los conflictos mediante el diálogo y la conciliación.
6) El objetivo es solucionar los conflictos con oportunidad y justicia; y derivar de este proceso, aprendizajes para mejorar la convivencia y
el clima institucional.
7) Se debe contar con todos los actores involucrados, en especial con participación de los adolescentes y jóvenes, las familias, los
profesionales, educadores y personal administrativo de la entidad operadora, y hasta algunos agentes significativos de la comunidad local;
es por ello que se recomienda que las acciones que se planteen allí partan de las prácticas restaurativas como primer ejercicio en
búsqueda de la resolución pacífica de los conflictos, y dado el caso en que algún conflicto no logre se resolverse por este medio, se
buscarán otros medios que profundicen la intervención individual, familiar y/o grupal por parte de los equipos interdisciplinarios y se
buscará de ser necesario la participación de la o el Defensor de Familia, o llegado el caso, hasta del análisis o el punto de vista emitido por
el Juez.
Encuesta de satisfacción.
A partir de verificación documental establezca el cumplimiento de los criterios normativos aplicables. Solicite la evidencia de envio de
resultados de la aplicación de la encuesta y el plan de acción al supervisor de contrato a los 15 (quince) días de la aplicación de la misma.
Tome en cuenta que la encuesta de satisfacción es un instrumento que permite la obtención de datos mediante consulta a los
adolescentes vinculados a las modalidades SRPA, para determinar su grado de satisfacción con respecto a la prestación del servicio.
a) La encuesta debe realizarse semestralmente, por muestreo aleatorio simple o mínimo el 20% de la población vinculada al programa,
una aplicación en el primer semestre y otra en el segundo semestre, la muestra la define la Subdirección de Evaluación y Seguimiento del
ICBF
b) Una vez se cuente con los resultados de la aplicación de la encuesta en las regionales, se realice el análisis y discusión de los líderes
de las regionales y operadores del SRPA de tal forma que incida en la asistencia técnica para cualificar la atención de los adolescentes y
jóvenes en las unidades de servicio.
Para el SRPA es necesaria la elaboración de encuestas de satisfacción periódicas para ampliar aspectos como:
1) Atención y trato (amabilidad, calidez y cordialidad), Interés y respeto, diálogo y comunicación (Lenguaje utilizado)
2) Información y orientación al ingreso. Acompañamiento, Intervención y ayuda durante la permanencia en el servicio.
3) Personal capacitado para su atención
4) Espacios y estrategias de la participación para los adolescentes. Material escrito informativo.
5) Manejo en situaciones de conflicto o de orden disciplinario.
6) Vinculación de la familia, Vinculación de la comunidad.
7) Prevención de riesgos, información de planes de evacuación.
8) Remisión o prestación de servicios de salud, educación, formación laboral.
2.28
Buzón de sugerencias
Verifique que existe una urna debidamente rotulada que debe estar a disposición de los adolescentes, para que sean depositadas las
sugerencias o comentarios en relación con la atención prestada. La apertura del buzón y el trámite de las sugerencias se debe hacer
mensualmente por parte de los operadores del SRPA y con la presencia del supervisor cuando realice visita a la unidad de atención.
Se debe solicitar:
1) Acta de apertura del buzón de sugerencias, la cual debe tener como soporte las sugerencias, quejas o reclamos formulados por los
adolescentes, así como las acciones que se van a adelantar.
2) Evidencia de envio del acta al supervisor de contrato y enlace de aseguramiento de la calidad y gestión realizada.
Nota: Los indicadores, los resultados de las encuestas de satisfacción aplicadas a los adolescentes y jóvenes, el consolidado de las actas
de apertura del buzón de sugerencias y la gestión realizada, deben ser remitidos semestralmente a los coordinadores de protección y
líderes del SRPA de las regionales, de acuerdo con la organización establecida por el ICBF.
2.30
Acciones ante fallecimiento de un adolescente o joven mientras está cobijado por alguno de los servicios del SRPA.
Solicitar documento referente a las acciones en caso de muerte de un adolescente durante su ubicación en el servicio.
Ante lo cual la Entidad debe:
1) Dar aviso al ICBF por vía telefónica de manera urgente e inmediata y confirmarlo por escrito, a más tardar el día hábil siguiente.
2) La comunicación escrita debe dirigirse al Defensor de Familia a cargo del seguimiento del caso, debe adjuntar el resumen de la historia
clínica y la epicrisis (en caso de haber sido hospitalizado) y debe dar a conocer los hechos y circunstancias en los cuales se produjo el
fallecimiento.
Solicitar el protocolo establecido en caso de regreso voluntario por parte del adolescente:
a. En caso de presentarse solo se abordará individualmente al adolescente para establecer la situación por la cual se evadió y regresa,
por parte del equipo responsable del caso quien diseñará un plan para su adecuado reintegro informando de esto a las autoridades
competentes.
b. Se informará al Defensor de Familia buscando que desde esta instancia se entre en contacto con la familia o la red de apoyo y se
aborde la situación (aplicación del Decreto 860).
c. En caso de presentarse con su familia se establecerán compromisos que prevengan la presencia de este tipo de situaciones y se
brindarán los elementos de apoyo y soporte familiar a favor de la responsabilidad con el proceso y la comunicación.
d. En caso de un regreso masivo se atenderán individualmente cada caso.
Tenga en cuenta que cuando ocurre una situación de abuso o maltrato que ponga en riesgo la vida e integridad física, sexual, emocional o
mental de los adolescentes, se deben reportar de manera inmediata a la Autoridad Competente, sobre la ocurrencia del hecho, con la
información básica necesaria (nombre, edad, sexo del adolescente agredido; nombre, edad, sexo del presunto agresor, circunstancias
conocidas de tiempo, lugar y modo indicando si existen personas conocedoras de la ocurrencia del hecho.), para que el ICBF o la entidad
competente adelante las acciones pertinentes.
2.33 Protocolo de Intervención en Crisis en los Servicios de Privación de Libertad del Sistema de Responsabilidad Penal para
Adolescentes
Verifique que la Entidad tenga documentado y se encuentre implementando el Protocolo de Intervencion en Crisis de acuerdo con el
lineamiento de servicios para medidas y sanciones del proceso judicial SRPA.
Cumplimiento de las actividades programadas, de acuerdo con el cronograma diario del servicio.
Identifique la existencia de un cronograma visible con las actividades del diario vivir y contraste con las actividades que se están
desarrollando en los diferentes ámbitos de la jornada. las actividades se deben desarrollar de acuerdo con el período de contratación, si
tiene contrato con el ICBF o al año calendario si no se tiene contrato con el ICBF. El seguimiento y ajuste a este cronograma se debe
2.34 realizar trimestral como mínimo o antes en caso de requerirse.
Notas:
1. Para poblaciones pertenecientes a grupos étnicos, la minuta patrón será elaborada a partir de la concertación con las autoridades
respectivas. La modificación del patrón, en ningún caso puede aportar menor cantidad de calorías y nutrientes a la definida en la minuta
patrón original, por grupo de edad; el ciclo de menús para alimentación a grupos étnicos será de mínimo una semana. En todos los casos,
el nutricionista del ICBF deberá aprobar la propuesta del operador.
2. En caso de que la institución preste el servicio de alimentación por tercerización, adicional a los requisitos establecidos, se deben
solicitar los soportes establecidos en la Guía del Componente de Alimentación y Nutrición del ICBF. Soportar con contrato con la empresa
que suministre la alimentación, concepto sanitario del mismo, registro de seguimientos realizado por la institución en cuanto a
cumplimiento de las características de la alimentación y de las instalaciones físicas.
3. Para la verificación de esta variable tenga en cuenta Anexo No. 12 (doce) Condiciones de inocuidad
2.38
Notas:
1. Resolución 378 de 2012, aplica solo para Bogotá.
2. Para la verificación de esta variable tenga en cuenta el Anexo No.12 (doce) Condiciones de inocuidad.
Almacenamiento en seco
1. En los sitios o lugares destinados al almacenamiento de materias primas, insumas y productos terminados no podrán realizarse
actividades diferentes a éstas.
2. La edificación y sus instalaciones deben estar construidas de manera que se faciliten las operaciones de limpieza, desinfección y control
de plagas según lo establecido en el plan de saneamiento del establecimiento.
3. En los sitios o lugares destinados al almacenamiento de materias primas, insumas y productos terminados no podrán realizarse
actividades diferentes a éstas.4. El espacio cuenta con las dimensiones de acuerdo con los volúmenes almacenados.
4. Los alimentos se encuentran separados entre sí, según tipo de alimentos y están separados de pisos y paredes, elevadas del piso por
lo menos 15 centímetros.
5. El almacenamiento se da por grupos de alimentos: cereales, tubérculos y leguminosas.
6. El espacio destinado para el almacenamiento es de exclusividad para los alimentos (no se encuentran elementos distintos como
enseres, maquinaria, artículos de aseo como jabones, desinfectantes, insecticidas)
7. Los alimentos almacenados a granel como: azúcar, arroz, granos etc. pueden ser retirados de sus empaques originales y almacenados
en canecas plásticas con tapa y debidamente rotulados, estas canecas deben estar sobre estibas plásticas o canastillas plásticas. Sin
embargo, debe contar con rotulo que indique como mínimo fecha de vencimiento, nombre de producto y lote.
8. Los productos empacados individualmente, como galletas y otros que presenten largos periodos de vida útil, se deben ubicar en
estanterías de manera organizada y con un rotulo que indique nombre del producto, fecha de ingreso, fecha de vencimiento y número del
lote; éste rotulo debe ser ubicado en forma visible en la estantería en frente del producto
9. Los huevos deben ser almacenados a temperatura ambiente y traspasados a un recipiente plástico higienizado, el cual deberá estar
rotulado con la fecha de vencimiento tomada del empaque original.
10. Los alimentos empacados tienen fecha de vencimiento, registro sanitario y rotulado.
Almacenamiento en frío
1. Se realiza control de temperaturas diario y se lleva registro del mismo. Refrigeración < 4ºC y congelación <18ºC.
2. Los alimentos se deben rotular con nombre, fecha de llegada y de vencimiento.
3. El almacenamiento se da por grupos de alimentos: En refrigeración: frutas y verduras; en congelación: carnes
4. Las carnes deben rotularse con nombre del corte y fecha de llegada
Notas:
1. En la unidad deben estar almacenados la cantidad de alimentos suficientes para el suministro de todos los tiempos de comida, de
acuerdo con la modalidad prestada, la cantidad de usuarios atendidos y la frecuencia de llegada de entrega de alimentos.
2. En caso de evidenciarse un producto con fecha de vencimiento cumplida, se debe separar del resto de los alimentos y marcarlo de
manera que se diferencie y no sea utilizado y dar de baja de acuerdo con el procedimiento establecido por el operador del servicio.
3. Para la verificación de esta variable tenga en cuenta el Anexo No.12 (doce) Condiciones de inocuidad.
Almacenamiento en frío
1. Se realiza control de temperaturas diario y se lleva registro del mismo. Refrigeración < 4ºC y congelación <18ºC.
2. Los alimentos se deben rotular con nombre, fecha de llegada y de vencimiento.
3. El almacenamiento se da por grupos de alimentos: En refrigeración: frutas y verduras; en congelación: carnes
4. Las carnes deben rotularse con nombre del corte y fecha de llegada
Notas:
1. En la unidad deben estar almacenados la cantidad de alimentos suficientes para el suministro de todos los tiempos de comida, de
acuerdo con la modalidad prestada, la cantidad de usuarios atendidos y la frecuencia de llegada de entrega de alimentos.
2. En caso de evidenciarse un producto con fecha de vencimiento cumplida, se debe separar del resto de los alimentos y marcarlo de
manera que se diferencie y no sea utilizado y dar de baja de acuerdo con el procedimiento establecido por el operador del servicio.
3. Para la verificación de esta variable tenga en cuenta el Anexo No.12 (doce) Condiciones de inocuidad.
NOTA: Para la verificación de esta variable tenga en cuenta el Anexo No.12 (doce) Condiciones de inocuidad.
NOTA: Para la verificación de esta variable tenga en cuenta el Anexo No.12 (doce) Condiciones de inocuidad.
1. Se cuenta con un documento que incluya los programas de higiene y desinfección, de agua segura, de residuos sólidos y de control de
plagas.
2. Se realizan actividades para dar cumplimiento a cada uno de los programas del plan de saneamiento y se verifica a través de los
registros de las mismas.
3. Se cuenta con certificados de fumigación y lavado de tanques (donde aplique) vigentes.
NOTA: Para la verificación de esta variable tenga en cuenta el Anexo No. 12 (doce) Condiciones de inocuidad.
Notas:
1. Para verificar los numerales 1 y 4 tener en cuenta el ANEXO N°10.INSPECCIÓN DE EQUIPOS.
2. Para revisar el numeral 4, verifique que el certificado de calibración indique que "el proveedor tenga su propia trazabilidad con patrones
de medida
Nacionales, que se encuentren calibrados por laboratorios acreditados por el Organismo
Nacional de Acreditación – ONAC"
3. Para equipos nuevos será válido el certificado inicial de calibración del fabricante. Un equipo es considerado nuevo hasta los seis
meses de uso.
4. La verificaciones intermedias se deben iniciar a partir de los 6 meses de uso del equipo, con una periodicidad de tres meses.
5. Las verificaciones intermedias aplican para equipos de medición de masa y temperatura.
5. En caso de que aplique la verificación del numeral 5, tenga en cuenta lo definido en el numeral 6.5 EQUIPOS O INSTRUMENTOS NO
CONFORMES de la Guía Técnica para la Metrología Aplicable a los Programas de los Procesos Misionales del ICBF.
Tenga en cuenta las condiciones mínimas de inspección referidas el Anexo No. 11 (once) Inspección de Equipos
3 COMPONENTE ADMINISTRATIVO
3.1 INFRAESTRUCTURA Y DOTACIONES
3.1.1 Estándares de infraestructura física
La institución debe contar con licencia sanitaria además de disponer de los servicios básicos (acueducto, alcantarillado, gas, energía
eléctrica y sistema de comunicación), con el fin de garantizar las condiciones para la atención de los adolescentes.
NOTA: Las características de las nuevas infraestructuras para la prestación de los servicios del SRPA se constituyen en el Anexo F del
Lineamiento para los servicios medidas o sanciones del SRPA denominado “Guía para la elaboración de conceptos mínimos y estándares
arquitectónicos para infraestructura del SRPA”.
1. Dormitorios: 3.00 m2 o más por adolescente incluido el espacio ocupado por el mobiliario.
2. Aulas 1.50 m2 o más adolescente
3.Talleres 2.30 m2 o más adolescente
Para la medición de la capacidad instalada en dormitorios, ésta debe ser medida de forma independiente para cada dormitorio y no por
sumatoria de todos los dormitorios.
3.1.4
Dotación institucional de áreas y básica
Para la verificación de este criterio, el Anexo No. 4 (cuatro) Dotaccion institucional de áreas (con la periodicidad establecida en la Tabla 5)
Observe y determine la existencia de cada área relacionada y registre el resultado para cada uno de ellos.
NOTA: Se considera viable la ubicación de dos adolescentes o jóvenes, en un dormitorio dotado con camarote sencillo con capacidad de
dos plazas verticales, con asignación de un adolescente o joven por cada plaza, siempre y cuando se garantice un espacio de movilidad
que no sea inferior a dos metros cuadrados, con la precisión de que el camarote no debe tener nido, ni colchoneta en el piso, medida que
debe complementarse con acompañamiento y vigilancia nocturna para garantizar la protección y seguridad de los ocupantes, aspectos
que deben ser corroborados por la Dirección Regional respectiva.
La ropa debe ser nueva, de uso personal ,de buena calidad, de la talla del adolescente o joven, y debe llevársela cuando egrese de la
modalidad.
Debe realizarse una (1) entrega al momento de ingreso. Elementos de dotación persona se realiza el cambio según la necesidad
identificada (deterioro por uso, daño o pérdida).Se debe contar con un mecanismo que permita identificar que la dotación es de uso
personal.
En todo caso se garantizará al adolescente o joven la disponibilidad de tres mudas de manera permanente y 4 juegos de ropa interior.
Nota: No obstante ser necesario garantizar la organización, disciplina y presentación al interior de los programas, atendiendo normas
internacionales adoptadas por Colombia, se debe evitar estigmatizar a los adolescentes con cualquier tipo de atuendo que vulnere el
derecho al libre desarrollo de la personalidad.
El operador debe asegurar que los adolescentes y jovenes, cuenten diariamente con los elementos de uso personal y de uso común,
teniendo en cuenta que los elementos de uso personal, como su nombre lo indica, son individuales y no pueden compartirse. Para ello, se
debe llevar un control de la entrega y de uso adecuado,que permita que los adolescentes y jovenes cuenten diariamente, con la dotación
de higiene y aseo personal requerida.
NOTA: Los siguientes elementos pueden ser de uso institucional (no individual) siempre y cuando se garantice su disponibilidad
permanente a cada adolescente a través de dispensadores: Talco para pies, jabón de cuerpo líquido, champú, crema dental, papel
higiénico, betún y cepillo para betún.
3.1.8 Dotación Institucional implementos convivencia, deportivos - Actividades Ocupacionales y Proyectos de Interés
De acuerdo con el Anexo No. 8 (ocho) Dotación Lúdico - Deportiva, determine su existencia y estado.
Nota: los implementos deportivos o lúdicos se pueden modificar o diversificar de acuerdo con las prácticas culturales de la región
Tenga en cuenta los anexos: Anexo No.17 (diecisiete) Talento Humano y Anexo No.17A (diecisiete A) Conversion del Talento Humano
Identifique si cuenta con el plan de inducción, formación y capacitación . Posteriormente verifique la existencia de la documentación
relacionada en el Anexo No. 18 (dieciocho) Documentos del Talento Humano y registre el resultado en la casilla correspondiente.
En las hojas de vida seleccionadas verifique que el Código de ética este incluido en los procesos de inducción, y de evaluación del
desempeño del talento humano.
4 COMPONENTE FINANCIERO
4.12 Pago de Salarios, Servicios Profesionales y del Sistema General de Seguridad Social.
Revise el cumplimiento con el Pago oportuno de Salarios, Servicios Profesionales y del Sistema General de Seguridad Social para
contratos de trabajo y de prestación de servicios.
TIPO: FECHA:
TELÉFONO: CARGO:
FECHA DE VIGENCIA DEL CONTRATO: D/M/A CUPOS CONTRATADOS: NOMBRE DEL SUPERVISOR
DEL CONTRATO:
CARGO: DEPENDENCIA:
CARGO: DEPENDENCIA:
CARGO: DEPENDENCIA:
CARGO: DEPENDENCIA:
Ley 1209 del 14 de julio de 2008, por medio de la cual se establecen normas
de seguridad en piscinas. Artículos 1, 2, 9 y 10.
Decreto 554 del 27 de marzo de 2015, por el cual se reglamenta la Ley 1209
de 2008. Artículo 13.
Decreto 1260 del 27 de julio de 1970, Por el cual se expide el Estatuto del
Registro del Estado Civil de las personas - Artículo 3 Nombre.
Nota: Tome en cuenta que para las instituciones que desarrollan el servicio en la
Cuidad de Bogotá, es aplicable la Resolución 378 de 2012, Artículo Cuarto, en
lo que se refiere a la duración del curso de capacitación en manipulación
higiénica de alimentos, la cual debe ser de mínimo seis (6) horas.
Decreto 1443 del 31 de julio de 2014 Por el cual se dictan disposiciones para
la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
(SG-SST)" Artículo 25
Decreto 1443 del 31 de julio de 2014 Por el cual se dictan disposiciones para
la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
(SG-SST). Artículo 25. Numeral 10.
Decreto 926 de 2010, modificado por el Decreto 092 de 2011. Por el cual se
establecen los requisitos de carácter técnico y científico para construcciones
sismo resistentes NSR -10:
Título J. Requisitos de Protección contra incendios en edificaciones, numeral J
4.3.2.3. Extintores de fuego portátiles.
Decreto 2650 de 1993, por el cual se modifica el plan único de cuentas para
comerciantes. Normas de Contabilidad. Artículos 1 al 6.
Decreto 2650 de 1993, por el cual se modifica el plan único de cuentas para
comerciantes. Normas de Contabilidad.
Capítulo II, Catálogo de Cuentas, clase 1 Activo, Cuenta 11 Disponible,
Subcuenta 1110 Bancos. Dinámica.
Para la selección de los casos que conformarán la muestra, debe partir de un listado
completo de todas las unidades de observación que están en la institución (adolescentes
y/o mayores de 18 años, profesionales, carpetas, historias de atención, etc.)
NOMBRE DE LA ENTIDAD:
NOTA: Una vez establecida la muestra,diligencie el nombre de cada adolescente y joven y registre el resultado de la verific
Competencias básicas de
2.2. Historia de Atención
Orden Judicial
aprendizaje
Ingreso
Ingreso
Edad
Nombre Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
FECHA DE LA ACCIÓN:
Desarrollo Humano
(Proyecto de Vida)
Social
Ingreso
No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No
Los extintores deben tener carga vigente y estar ubicados de acuerdo con la
28
normatividad vigente.
Tomas eléctricas con sus tapas, cableado fijado adecuadamente, sin enchufes o tornillos
29
sueltos, sin cables pelados o expuestos al calor o la humedad.
Con una ambientación o decoración agradable y cálida para la atención de los
30
adolescentes, jovenes y sus familias.
31 Paredes limpias.
Debe contar con aviso de atención que indique la prestación del servicio Publico de
32
Bienestar Familiar.
No
Área Elemento Cantidad Cumple
cumple
[1] Los consultorios deben cumplir con la normatividad establecida en la resolución 2003 de 2014 expedida por el Ministerio de Salud y Protecció
[3] Segùn con lo establecido en la Guia técnica del componente de alimentación y nutrición
[4] Para más de 50 usuarios, el número de lavaderos o lavadoras será proporcional al número de adolescentes.
[5]Se debe contar con biblioteca por unidad de servicio, la cual contenga libros y documentos que aporten en el desarrollo de cada adolescente.
[6] Para más de 50 usuarios, el número de espejos será proporcional al número de adolescentes y jovenes.
[7]Para color y uso de canecas tener en cuenta normatividad vigente.
NOMBRE INSTITUCION
DOTACION PERSONA
BRASIER O FORMADOR
CAMISA - BLUSA DIARIO
FALDA O PANTALON DE
PANTYES (INTERIOR
PANTALON DIARIO*
SACO- CHAQUETA
(CALZONCILLO)
PANTAONCILLO
FEMENINO)
PIJAMA
MUJER
No. NOMBRE DEL ADOLESCENTE Y/O JOVEN
3 1 4 4 2 3 1 2
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
** Es opcional de acuerdo con las posibilidades de la familia y la institución en el área deportiva y de recreación y el clima de ubicación de la institución.
*** Los implementos deportivos, lúdicos, de centros de interés y de seguridad industrial pueden variar de acuerdo con los proyectos o estrategias que trabaje cada cen
NOTA 1: En todo caso se garantizará al adolescente o joven la disponibilidad de tres mudas de manera permanente y 4 juegos de ropa interior.
O DOTACION PERSONAL
No. DE CUPOS
DOTACION
DOTACION PERSONAL SEGURIDAD
INDUSTRIAL***
PANTALONETA/ SHORT -
GORROS PANADERÍA -
BLUSAS PROTECCIÓN
VESTIDO DE BAÑO**
O PANTALONETA
ZAPATO DIARIO
PANTALON DE
BICICLETERO
CHANCLETAS
TAPABOCAS
SUDADERA
GUANTES
TOALLAS
OVEROL
COCINA
MEDIAS
1 1 4 1 1 1 2 1 2 200 2 2
NOMBRE INSTITUCION
FECHA:
CEPILLO DENTAL -
C/4 meses
C/4 meses
C/4 meses
C/4 meses
C/4 meses
No. NOMBRE DEL ADOLESCENTE Y/O JOVEN
1 4 1 1 1
1
2
3
4
5
6
* NOTA: Los siguientes elementos pueden ser de uso institucional (no individual) siempre y cuando se garantice su disponibilidad permanente a cada adolescente a trav
cuerpo líquido, champú, crema dental, papel higiénico, betún y cepillo para betún.
NUMERO CUPOS:
C/6 meses
C/4 meses
C/4 meses
C/4 meses
C/4 meses
PEINILLA -
C/ año
1 1 5 8 16 2 1
do se garantice su disponibilidad permanente a cada adolescente a través de dispensadores: Talco para pies, jabón de
2 JUEGOS DE MESA: loterías, dominós, ajedrez, parqués, otros 1por cada 20 adolescentes
INSTRUMENTOS MUSICALES: tambor, maracas, marimba,
1 por cada 20 adolescentes
3 guitarras, flautas, dulzaina, otros.
Aros, thera band (azules y amarillas), frisbee, lazos, fuchiball, petos,
1x10
4 conos o discos o platillos.
5 Lápices No 2 40 x 20 adolescentes
(*) Nota: Los implementos deportivos, lúdicos, de centros de interés y de seguridad industrial pueden variar de acuerdo con los proyectos o estrategias que trabaje
cada centro.
MATERIAL PEDAGOGICO
12 Cuaderno de dibujo
13 Diccionario español
14 Diccionario Inglés
17 Pinceles # 2, 4, 6
18 Colores caja x 12 unidades 2
19 Lápices mirado # 2
20 Lápices 2H
21 Tajalápices
22 Borradores de nata
23 Esferos rojos
24 Esferos negro / Azul
Caja de colores estándar prismacolor, magicolor, norma o marca de uso masivo en el mercado
NO
CRITERIO A VERIFICAR CUMPLE
CUMPLE
Nombre
Hoja de Vida
Tipo de equipo
Marca
Modelo
Serial o Lote
Fecha de Fabricación
Ubicación
Fecha de Calibración
Verificaciones Intermedias
Responsable del equipo
Fecha de Ingreso
La descripción e identificación única del fabricante del equipo, tipo,
número de serie.
La fecha en la cual se completó la calibración
El resultado de la calibración.
La identificación del proceso de calibración.
El error máximo permitido del instrumento.
Las condiciones ambientales pertinentes y una declaración sobre
cualquier corrección necesaria.
Nota 1: los criterios antes enunciados corresponden a los definidos en la Guía Técnica para la Metrología Aplicable a los Programas de
los Procesos Misionales del ICBF.
Nota 2: este anexo se deberá repetir para cada una de los equipos de medición encontrados y a los que les aplique la documentacion de
calibración.
· Daños en el plato de la balanza, en display para las balanzas digitales, u otros daños físicos que afecten la toma de las
medidas
· Cuando exista una diferencia mayor a 5 gramos entre las tomas del peso de la misma porción de alimentos; 20
gramos para las balanzas de menores de 2 años y 100 gramos para las balanzas de mayores de dos años entre las tomas
del peso del mismo niño o masa patrón.
· Los equipos no responden adecuadamente al estímulo de una medición de peso.
Termómetro
· Escala del termómetro legible.
· Respuesta a las mediciones de temperatura.
· Instrumento sin daños físicos o rupturas que impida la visualización de la medición.
Tallímetro
· Escala de medición legible y con división de escala de 1 mm
· Instrumento sin daño físico o ruptura que pueda lastimar al niño o que dificulte la correcta medición.
Las operaciones de preparación se realizan en forma secuencial y continua, de tal forma que
se protege el alimento de la proliferación de microorganismos o contaminación cruzada.
Se realizan operaciones de limpieza y desinfección de equipos, utensilios y superficies que
entren en contacto con los alimentos a través de métodos adecuados (químicos - físicos),
según el programa de limpieza y desinfección.
En los casos en que no se cuente con agua y equipos en cantidad y calidad suficientes para el
lavado y desinfección, los utensilios que se utilicen deben ser desechables con el primer uso.
Se realiza control de temperaturas diario y se lleva registro del mismo. Refrigeración < 4ºC y
Condiciones del congelación <-18ºC.
almacenamiento de alimentos
en frio Los alimentos se deben rotular con nombre, fecha de llegada y de vencimiento.
El almacenamiento se da por grupos de alimentos: En refrigeración: frutas y verduras; en
congelación: carnes
Laslos
En carnes
sitiosdeben
o lugares
rotularse
destinados
con nombre
al almacenamiento
del corte y fecha
de materias
de llegada
primas, insumas y productos
terminados no podrán realizarse actividades diferentes a éstas.
La edificación y sus instalaciones deben estar construidas de manera que se faciliten las
operaciones de limpieza, desinfección y control de plagas según lo establecido en el plan de
saneamiento del establecimiento.
En los sitios o lugares destinados al almacenamiento de materias primas, insumas y productos
terminados no podrán realizarse actividades diferentes a éstas.
El espacio cuenta con las dimensiones de acuerdo con los volúmenes almacenados.
Condiciones de los equipos y Las mesas y mesones empleados en el manejo de alimentos deben tener superficies lisas, con
utensilios bordes sin aristas y estar construidas con materiales resistentes, impermeables y lavables.
Los equipos que se utilicen en operaciones críticas para lograr la inocuidad del alimento, deben
estar dotados de los instrumentos y accesorios requeridos para la medición y registro de las
variables del proceso.
e) se cuenta con todos los utensilios, menaje y equipos requeridos para la atención en el
servicio de alimentos. Ver anexos Dotación Comedor, Dotación servicio de alimentos, Dotación
equipos, Dotación Lactancia (este último cuando aplique según nota del mismo anexo)
El personal cuenta con exámenes de laboratorio (coprológico, frotis de uñas y frotis de
garganta), reconocimiento médico donde conste aptitud para manipular alimentos y certificado
de curso de manipulación de alimentos vigente 2
El personal manipulador de alimentos debe ser mayor de 18 años.
Cuenta con soportes de capacitación en aspectos relacionados con el funcionamiento,
organización y administración del servicio de alimentos, con el fin de evitar la contaminación de
los alimentos (ejemplo: manejo de minutas, lista de intercambios, estandarización, plan de
saneamiento)
Personal Manipulador de
Alimentos Uniforme de color claro sin botones, y sin bolsillos por encima de la cintura, los cuales están
limpios, Calzado cerrado, de material resistente e impermeable y de tacón bajo.
El personal mantiene el cabello recogido y cubierto totalmente mediante malla o gorro, usa
tapabocas, durante la manipulación de los alimentos, cubre patillas y bigotes.
Mantiene uñas cortas, limpias y sin esmalte, libre de anillos, aretes, joyas u otros accesorios, no
come, no bebe, no fuma en ningún área de manipulación de alimentos, evita prácticas
antihigiénicas tales como rascarse, toser, escupir, estornudar, etc. sobre los alimentos.
Se lavan con jabón y desinfectan desde las manos hasta los codos cada vez que sea necesario
(si usan guantes estos tienen igual tratamiento y están sin roturas.
Se cuenta con un documento que incluya los programas de limpieza y desinfección, de agua
segura, de desechos sólidos y líquidos y de control de plagas.
Plan de saneamiento básico
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Cualquier copia impresa de este documento se considera como COPIA NO CONTROLADA.
F67.P1.IVC
Proceso 08/05/2017
Inspección, Vigilancia y Control Versión 2
Lista de Chequeo para Inspección a Página 141 de 174
Centro de Internamiento Preventivo - CIP - SRPA Clasificación de la Información
CONFIDENCIAL
Plan de saneamiento básico Se realizan actividades para dar cumplimiento a cada uno de los programas del plan de
saneamiento y se verifica a través de los registros de las mismas.
Se cuenta con certificados de fumigación y lavado de tanques (donde aplique) vigentes.
1 Se exceptúan del cumplimiento de requisito de Registro Sanitario, permiso sanitario y notificación sanitaria los enunciados en la resolución 2674 de 2013 siguien
frescas, alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido sometidos a ninguna transformación, miel de abejas y otros productos apícola
de San Andrés y Providencia, para comercialización y consumo dentro de ese departamento deberán cumplir con las disposiciones que establece la ley 915 de 2004 o
No se requerirá la indicación de la fecha de vencimiento y/o de duración mínima de acuerdo con lo establecido en el resolución 5109 de 2005 para los alimentos siguie
no hayan sido peladas, cortadas o tratadas de otra forma análoga, productos de panadería y pastelería que, por la naturaleza de su contenido, se consuma por lo ge
Vinagre, sal para consumo humano, azúcar sólido, productos de confitería consistentes en azúcares aromatizados y/o coloreados, goma de mascar y panela.
2 Todas
Para los las personas
alimentos que han de
importados realizar
verifique el actividades de manipulación
registro sanitario o certificadodedealimentos deben
importación tenerpor
emitido formación en materia
la autoridad de educación
competente sanitaria, especialmente en cuant
– INVIMA.
y tener certificación vigente emitida por Empresas Sociales del Estado adscritas a las Secretarías de Salud departamentales, municipales o distritales o por el S
jurídicas o naturales idóneas que estén inscritas en las Secretarías de Salud departamentales, distritales o municipales. La vigencia de la certificación de capacitación
un año. En Bogotá las horas establecidas son 6 de acuerdo con la Resolución 378 de 2012 de la Secretaría Distrital de Salud. En todo caso, dicha vigencia,
Fuente: Anexo
disposiciones de laNo. 3 - GUÍA
autoridad TÉCNICA
de salud DELen
competente COMPONENTE
el ámbito local. DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS MODALIDADES DEL
ICBF. Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social.
ón sanitaria los enunciados en la resolución 2674 de 2013 siguientes: Alimentos naturales como granos, frutas, hortalizas
a ninguna transformación, miel de abejas y otros productos apícolas. Los alimentos producidos o importados al puerto libre
n cumplir con las disposiciones que establece la ley 915 de 2004 o norma que la adicione o sustituya.
establecido en el resolución 5109 de 2005 para los alimentos siguientes: frutas y hortalizas frescas, incluidas las papas que
lería que, por la naturaleza de su contenido, se consuma por lo general dentro de las 24 horas siguientes a su fabricación.
s aromatizados y/o coloreados, goma de mascar y panela.
mación en materia
a autoridad de educación
competente sanitaria, especialmente en cuanto a prácticas higiénicas en la manipulación de alimentos
– INVIMA.
s de Salud departamentales, municipales o distritales o por el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, o por personas
itales o municipales. La vigencia de la certificación de capacitación en manipulación de alimentos no deberá ser superior a
e la Secretaría Distrital de Salud. En todo caso, dicha vigencia, así como la duración del curso, estarán sujetas a las
NOTA 1: REALICE EL PESAJE DE CADA UNO DE LOS ALIMENTOS QUE CONFORMAN EL TIEMPO DE COMIDA OBSERVADO, PARA
CADA GRUPO DE EDAD ATENDIDO. PARA ESTE PROCEDIMIENTO UTILICE UN EQUIPO DE MEDICION QUE PERMITA SER TARADO Y
SOLICITE AL PERSONAL MANIPULADOR DE ALIMENTOS QUE REALICE EL PROCEDIMIENTO DE PESAJE DE CADA ALIMENTO QUE
CONFORMA LA RACION DEL PLATO SELECCIONADO POR EL PROFESIONAL QUE SE ENCUENTRA REALIZANDO LA VERIFICACION.
VERIFIQUE DICHO PROCEDIMIENTO PARA TODOS LOS ALIMENTOS DEL PLATO. REPITA ESTE PROCEDIMIENTO POR CADA GRUPO
DE EDAD.
Fuente: Cuadro No. 8 Dotación institucional de areas y elementos. Lineamientos técnicos del modelo para la
atención de los niños, las niñas y adolescentes con derechos inobservados, amenazados o vulnerados. GUÍA
TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS MODALIDADES DEL ICBF.
NOMBRE INSTITUCION
FECHA:
# 40 o 50 litros 0 0 3 3
Olla a presión 10 litros 1 1 1 1
Paila 46 cm. 2 2 2 3
Pinzas Grande 2 2 2 3
Acero
inoxidable
Rallador doble cara 1 1 1 1
para rallado
fino y mediano
Fuente: Cuadro No. 8 Dotación institucional de areas y elementos. Lineamientos técnicos del modelo para la
atención de los niños, las niñas y adolescentes con derechos inobservados, amenazados o vulnerados. GUÍA
TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS MODALIDADES DEL ICBF.
CANTIDAD
ENCONTRADA
NOMBRE INSTITUCION
FECHA:
Servicio de Alimentos - Equipos
Congelador 1 puerta 15
0 0 1 2
pies - Capacidad 70 Kilos.
Licuadora Industrial
0 0 1 1
capacidad mínima 10 litros.
Balanza de 25 Libras
1 1 0 0
mecánica.
Báscula de plataforma con
graduación mínima de 50
0 0 1 1
gramos. Capacidad máxima
150 Kg.
Fuente: Modificado de ICBF, Subdirección de Nutrición - Compilación y organización a partir de varias fuentes. Bejarano,
John. Cubillos, Sandra. Departamento de Nutrición. Facultad de Medicina. Universidad Nacional de Colombia. 2007. Janeth
de Castro. Estudio de costo estándar modalidad asistencia nutricional desayuno – almuerzo empresa privada. Bogotá, D.C.,
2002.
Cuadro No. 8 Dotación institucional de areas y elementos. Lineamientos técnicos del modelo para la atención de los niños,
las niñas y adolescentes con derechos inobservados, amenazados o vulnerados.
TABLA 4 CONVERSIÓN D
Número de Ad
Usuarios del
servicio / 1a4 5a7 8 a 12 13 a 17 18 a 22
proporcion en la
tabla
1 TC
1 TC no exclusivo para el servicio
Responsable del servicio
Coordinador Disponibilidad según tabla de talento humano de cada modalidad, no exclusivo para el servicio según # de cupos definido
1/2 TC X cada 100
5 horas por semana
adolescentes
50 horas mensuales
1 hora mensual por adolescente atendido
X50 adolescentes
40 horas mensuales X
1 hora mensual por adolescente atendido
40 adolescentes
40 horas mensuales X
45 minutos mensuales por adolescente atend
50 adolescentes
20 horas por 60
20 minutos mensuales por adolescente atendido
adolescentes
12.5 a 19 horas a la
1TC X cada 30* 4,5 horas por semana 9,5 horas por semana 20 -27 horas por semana 28 -35 horas por semana
semana
1 a 3.5 horas a la 4.5 a 6.5 horas a la 7.5 a 11.5 horas por 12.5 a 16 horas por 17 a 21 horas por
1TC X cada 50
semana semana semana semana semana
1 X cada 10
adolescentes X turno
-educador/Formador Disponible 24 horas Disponible 24 horas Disponible 24 horas 1 educador TC y 1 MT 2 educadores TC
Centro transitorio
1 TC X cada 25
educador-formador 1 educador por turno 1 educador por turno 1 educador por turno 1 educador por turno 1 educador por turno
internado dos turnos
1 TC X cada 20
Educador-formador 1 educador por turno 1 educador por turno 1 TC en cada turno 1 TC en cada turno 1 TC en cada turno
Diurno
1 TC X cada 100
Auxiliar o educador- 1 educador por
formador nocturno
1TC X cada 30
1.5 a 6 horas por 8 a 11 horas por 12 a 19 horas a la
educador - formador de 24 horas por semana 32 horas por semana
semana semana. semana
convivencia
Servicio de Porteria
Funciona por tur
/Recepcion
*aplica para educador de convivencia
23 a 27 28 a 32 33 a 37 38 a 42 43 a 47 48 a 52
vo para el servicio según # de cupos definido Disponibilidad según tabla de talento humano de cada modalidad, no exclusivo para el servicio según # de cupos
6 horas por semana 7 horas por semana 8 horas por semana 9.5 horas por semana 10.5 horas por semana 12 horas por semana
11 a 12.5 horas por 13 a 15 horas por 15.5 a 17.5 horas por 18 a 20 horas por 20.5 a 22.5 horas por 23 a 24.5 horas X
semana semana semana semana semana semana
escente atendido 40 horas por mes 1 hora mensual por adolescente atendido
NA NA NA NA NA NA
26.5 a 30.5 horas por 31.5 a 35.5 horas X 36.5 a 40 horas por 1 TC (48 horas X
24 horas 41 a 45 horas X semana
semana semana semana semana)
9 a 10.5 horas a la 11 a 12.5 horas a la 13 a 14.5 horas a la 15 a 16.5 horas a la 17 a 18.5 horas a la 19 a 20.5 horas a la
semana semana semana semana semana semana
11 a 12.5 horas X 13 a 15 horas por 15.5 a 17.5 horas por 18 a 20 horas por 20.5 a 22.5 horas por 23 a 24.5 horas X
semana semana semana semana semana semana
13.5 a 16 horas por 16 a 18 horas por 19.5 a 22 horas por 25.5 a 28 horas por 28.5 a 31 horas por
24 horas X semana
semana semana semana semana semana
1 TC + uno adicional 12 1 TC + uno adicional 24 1 TC + uno adicional 36 2 TC + uno adicional 12 2TC + uno adicional 24
2 TC en cada turno
horas a la semana horas a la semana horas a la semana horas a la semana horas a la semana
1 TC + un profesional de
un educador Tiempo 1 TC + un profesional 8 1 TC + un profesional 16 1 TC + un profesional 32
40 horas por semana medio tiempo (24h X
Completo horas a la semana horas a la semana horas a la semana
semana)
SRPA
53 a 57 58 a 62
ad según tabla de talento humano de cada modalidad, no exclusivo para el servicio según # de cupos definido
14.5 horas
13 horas por semana
por semana
27,5 a 29.5
25 a 27 horas por
horas por
semana
semana
45 minutos mensuales
por adolescente atendido
20 horas por
20 minutos mensuales por adolescente atendido
mes
NA NA
1 TC + un profesional 40 2
horas a la semana profesionales
1 TC + un
profesional
1 TC + un profesional 18
20 a 24
horas a la semana
horas a la
semana
1 TC + un
1 TC + un profesional
profesional 8
mas 4.5 horas a la
a 9.5 horas a
semana
la semana
1 TC 48
42 a 45 horas a la
horas a la
semana
semana
1 MT (24
21 a 22.5 horas a la
horas a la
semana
semana)
1 TC mas un
1 TC mas un por 2 a 6 por 7 a 11
horas a la semana horas a la
semana
6 educadores
5 educadores TC y 1 MT
TC
2 TC + uno
2 TC + uno adicional 12 adicional 24
horas a la semana horas a la
semana
1 TC + un profesional 40 2 educadores
horas a la semana TC
NOMBRE DE LA ENTIDAD:
FECHA DE LA ACCIÓN:
antecedentes judiciales
Fotocopia de la Cédula
antecedentes fiscales
Certificación de
Certificación de
Certficación de
Certificaciones
disciplinarios
antecedentes
académicas
Hoja de vida
Nombre Cargo Profesión SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO SI NO N/A
NOTA: Una vez establezca la muestra, diligencie el nombre de las personadas seleccionadas y registre el resultado de la verificación de la información. Diligencie la totali
NOMBRE REPRESENTANTE DE LA
ENTIDAD
Afiliación a Riesgos
experiencia laboral
secretaria de salud
Certificaciones de
Tarjeta profesional
Registro ante la
Contrato con la
departamental
para el cargo
Institución
Laborales
SI NO N/A SI NO SI NO N/A SI NO SI NO SI NO SI NO N/A SI NO N/A
CARGO: _________________________
FIRMA
____________________
FIRMA