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Debitum Peccati Ibanez

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LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA,

RAZN TEOLGICA
DE SU INMACULADA CONCEPCIN

JAVIER IBEZ IBEZ

El transcurso del tiempo nos ha llevado a la conmemoracin del 150 ani-


versario de aquel da de incomparable regocijo en que el papa Po IX pro-
clam y declar de revelacin divina que Mara fue, desde el primer instante
de su concepcin, totalmente limpia de pecado original. Aunque a siglo y
medio de distancia, no se puede esperar, como afirmaba Po X en los cin-
cuenta aos de la proclamacin, que reavivado el recuerdo de la Virgen
Inmaculada renueve los magnficos espectculos de fe y amor hacia la
augusta Madre de Dios que se contemplaron en aquel pasado ya lejano? Lo
que le da seguridad al Pontfice es el celo de los catlicos, siempre dis-
puestos y que se presta a todo nuevo honor, a todo nuevo testimonio de
amor que hay que rendir a la sublime Virgen1.
Nosotros nos hemos propuesto tratarlo de nuevo en su relacin con la
Maternidad divina de Mara. Mara, aunque descendiente de Adn, fue
Inmaculada porque deba ser Madre de Dios. As lo percibi siempre el
sensus fidelium, y ello no ofrece dificultad alguna. Sin embargo, no hay
acuerdo todava sobre el alcance de la incompatibilidad de la Maternidad
divina con el pecado original. Se puede afirmar que, por ser Madre de
Dios, Mara no necesitara ser preservada para no incurrir en dicho pecado?
Dicha Maternidad divina, es incompatible con el pecado pero no con el
dbito de contraerlo? Y esta necesidad de contraer dicho pecado, afect a

1. PO X, Epst. enc. Ad diem illum, en MARN, Documentos Marianos, p. 365.

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su propia persona o fue en ella meramente un dbito de naturaleza?


Pero en el problema de la incompatibilidad de la Maternidad divina de
Mara con el pecado original existe un tope dogmtico que no es otro que el
de la redencin de Mara por su divino Hijo. En definitiva, hay que explicar
de tal modo su inmunidad e incompatibilidad, que no la eximan de ser redi-
mida. Esto es lo que impona la fidelidad a la revelacin, segn la cual, todos
los hombres, incluida la Madre de Dios, necesitan ser redimidos por
Jesucristo. Esto es lo que mantuvieron los mayores telogos de la Iglesia,
condicionando la aceptacin del privilegio todava incierto a su compagina-
cin con el de la redencin universal operada por Cristo. La Iglesia supo con-
cordar ambas verdades definiendo que la Virgen fue Inmaculada y redimida.
Nuestro trabajo constar de dos partes: A- Mara, por ser Madre de Dios,
fue Inmaculada; y B- Contenido doctrinal de dicho privilegio.

A. Mara, por ser Madre de Dios, fue Inmaculada

1. La Maternidad de Mara razn de su preservacin


El plan eterno de la encarnacin, con el Verbo humanado y para el Verbo
humanado, inclua la existencia de una mujer planeada a la luz del mismo Verbo
y a la exigencia del Espritu del amor de Dios. Una mujer segn esa medida divi-
na, que demandaba su Maternidad divina. Una mujer que fuese digna Madre de
Dios, hecho Hijo suyo. Pero esta misin de Mara, como madre, no es la ms
importante de la historia de la humanidad, dado que, por encima de ella, y sobre-
pasndola infinitamente, est la misin de su Hijo, el Hombre-Dios. Aparece
claramente que, predestinada Mara para Madre del Hijo de Dios, Redentor del
mundo, la condicin y la misin del Hijo reverberan su excelsitud y su trascen-
dencia sobre la condicin y la misin de la Madre. El inefable Dios slo en Ella
se complaci con sealadsima benevolencia. Por lo cual tan maravillosamente
la colm de la abundancia de todos los celestiales carismas... que Ella, absoluta-
mente siempre libre de toda mancha de pecado y toda hermosa y perfecta, mani-
festase tal plenitud de inocencia y santidad, que no se concibe en modo alguno

2. PO IX, Epst. apost. Ineffabilis Deus, en MARN, Documentos Marianos, p. 141.


3. J. IBEZ, F. MENDOZA, Mara, Madre nuestra espiritual, Mundo Cristiano, Madrid 1994,
pp. 12-13.

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mayor despus de Dios y nadie puede imaginar fuera de Dios2. Y as, tal Madre
para tal Hijo. Tal misin maternal para tal misin filial3.
Pero, cmo supo la Iglesia que Dios haba hecho Inmaculada a la sant-
sima Virgen preservndola del pecado en el que por nuestro mismo origen
humano incurrimos todos los dems hombres? Hay que afirmar que la
Inmaculada Concepcin de Mara no se encuentra explcitamente revelada
en la Sagrada Escritura y que no consta en ninguna parte que fuera transmi-
tida por comunicacin expresa de los Apstoles en la Iglesia. La Iglesia cier-
tamente lo supo porque conoca que Mara es Madre de Dios y la Madre de
Dios tiene que ser pursima.
sta es la razn que fundamenta la preservacin de Mara. Era conve-
nientsimo, ensea Po IX, que brillase siempre adornada de los resplando-
res de la perfectsima santidad y que reportase un total triunfo de la antigua
serpiente, enteramente inmune aun de la misma mancha de la culpa origi-
nal, tal venerable Madre, a quien Dios Padre dispuso dar a su nico Hijo, a
quien ama como a s mismo, engendrado como ha sido igual a s de su cora-
zn, de tal manera que naturalmente fuese uno y el mismo Hijo comn de
Dios Padre y de la Virgen, y a la que el mismo Hijo en persona determin
hacer substancialmente su Madre y de la que el Espritu Santo quiso e hizo
que fuese concebido y naciese Aqul de quien l mismo procede4.
El mismo Pontfice afirma que la Maternidad divina de Mara y su consi-
guiente altsima dignidad ha sido la razn proclamada por la Iglesia durante
siglos. La Iglesia catlica (...) jams desisti de explicar, poner de manifiesto y dar
calor, de variadas e ininterrumpidas maneras y con hechos cada vez ms esplndi-
dos, a la original inocencia de la augusta Virgen, junto con su admirable santidad,
y muy en consonancia con la altsima dignidad de Madre de Dios, por tenerla
como doctrina recibida de lo alto y contenida en el depsito de la revelacin5. Los
mismos Padres y escritores de la Iglesia, ensea Po IX, adoctrinados por las divi-
nas enseanzas, no tuvieron tanto en el corazn, en los libros compuestos para
explicar las Escrituras, defender los dogmas y ensear a los fieles, como el predi-
car y ensalzar de muchas y maravillosas maneras, y a porfa, la altsima santidad

4. PO IX, ibidem, en MARN, Documentos Marianos, pp. 171-172.


5. Ibidem, p. 172.
6. Ibidem, p. 180.

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de la Virgen, su dignidad y su inmunidad de toda mancha de pecado y su glorio-


sa victoria del terrible enemigo del humano linaje6. Por consiguiente, la
Santsima Virgen, que siempre estuvo con Dios y unida con l con eterna
alianza, y que nunca estuvo en las tinieblas, sino siempre en la luz, fue aptsima
morada para Cristo, no por disposicin corporal, sino por la gracia original7.
Tambin san Po X, en su encclica Ad diem illum con motivo del quin-
cuagsimo aniversario de la proclamacin del dogma de la Inmaculada, ense-
a que la Maternidad divina es la razn de su Concepcin Inmaculada. Cmo
en todo tiempo, se pregunta el Pontfice, ha aparecido esa creencia de la
Inmaculada Concepcin de la Virgen tan conforme al sentido catlico, que se
ha podido tener como incorporada y como innata en el alma de los fieles? He
aqu la contestacin de Dionisio el Cartujano: Causa horror confesar que la
mujer que iba a quebrantar la cabeza de la serpiente, fue por ella quebrantada
en algn tiempo, y que la Madre de Dios fue hija del diablo (Sen. d. 3, q. 1).
No; la inteligencia cristiana no poda acostumbrarse a esta idea: que la carne
de Cristo, santa, sin mancha e inocente, se hubiese engendrado en el seno de
Mara de una carne que hubiera, aunque slo fuese por un rpido instante, con-
trado alguna mancha. Y, por qu as, sino porque una oposicin infinita sepa-
ra a Dios del pecado? ste es el origen de aquella conviccin comn a todos los

7. Ibidem, p. 185.
8. PO X, Epst. enc. Ad diem illum, en MARN, Documentos Marianos, pp. 374-375. Dionisio el
Cartujano, antes citado por san Po X en su encclica, nace el 1402 en Rickel del Limburgo belga
y a los 21 aos es admitido en la Cartuja de Ruremonde en donde muere el 12 de marzo de 1471.
Es ciertamente un autor inmaculista que no duda lo ms mnimo de este privilegio mariano. De
los distintos momentos en que se pronuncia sobre este punto, unas veces afirma simplemente el
hecho de que Mara fuera Inmaculada, otras veces predica de Mara su absoluta pureza, en oca-
siones habla de su santidad en trminos que apuntan una concepcin sin pecado. En algunos
prrafos afirma el hecho de la Inmaculada Concepcin y lo razona: Mara fue preservada del peca-
do original por la gracia proveniente de su Hijo. A Mara le convena una santidad tan excelsa
que incluso fue preservada de toda mancha a fin de ser digna Madre de Dios.
Hay un lugar donde estudia con amplitud y profundidad la Concepcin Inmaculada de
Mara: su Comentario al libro de las Sentencias. Al glosar el libro III, en su distincin III, plantea
la siguiente cuestin: si la gloriossima Virgen fue santificada antes de ser concebida, de
suerte que nunca estuvo bajo culpa original. A la hora de pronunciarse lo hace a favor de la
sentencia inmaculista de Scoto, pero no apoyndose fundamentalmente en sus razones, sino
en la reciente definicin dogmtica de la Concepcin Inmaculada, que haba proclamado el
concilio de Basilea en el ao 1439, aunque para esa ocasin el concilio mencionado haba
perdido su condicin de ecumnico y la referida definicin careca de valor vinculante. Cfr.
J. IBEZ, F. MENDOZA, Mariologa de Dionisio el Cartujano, Zaragoza 1986, 215 pginas.

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cristianos, de que Jesucristo, aun antes de tomar naturaleza humana y lavarnos


de nuestros pecados con su sangre, debi conceder a la Virgen Madre aquella
gracia y aquel privilegio especial de ser preservada y exenta desde el primer
instante de su concepcin de todo contagio de pecado original8.
El mismo san Po X, al abordar en su encclica el tratamiento del raciona-
lismo y la verdad de la Inmaculada Concepcin, ensea con toda claridad y
precisin que si la fe no es otra cosa que el fundamento de las cosas que se
esperan (Heb 11, 1)... la Inmaculada Concepcin de Mara confirma nuestra fe
y reaviva nuestra esperanza. Tanto ms que si la Virgen fue exenta del pecado
original, fue porque deba ser la Madre de Cristo; y fue Madre de Cristo a fin
de que nuestras almas pudiesen revivir a la esperanza de los bienes eternos9.
Por su parte, Po XII, en el centenario de la definicin dogmtica de la
Inmaculada Concepcin, decreta, por tal motivo, con su encclica Fulgens
corona (8-IX-1953), la celebracin de un Ao Mariano en todo el mundo.
La enseanza de Po XII es tajante y definitiva. Clarsimamente se ve, afir-
ma el Pontfice, que, entre todos los santos y santas, de esta sola mujer es
posible decir que no cabe ni plantearse la cuestin cuando se trata del peca-
do, de cualquier clase que ste sea, y que, adems, este singular privilegio,
a nadie concedido, lo obtuvo de Dios precisamente por haber sido elevada
a la dignidad de Madre de Dios... Pues esta excelsa prerrogativa... mayor
que la cual ninguna parece que pueda existir, exige plenitud de gracia divi-
na e inmunidad de cualquier pecado en el alma, puesto que lleva consigo la
dignidad y santidad ms grandes despus de la de Cristo10.
Finalmente, tambin Juan Pablo II habla en repetidas ocasiones sobre
la Concepcin Inmaculada de Mara. Ante todo establece con claridad el
origen absolutamente divino de este privilegio mariano: la Concepcin
Inmaculada de Mara es un don de la Santsima Trinidad11. Por eso, el mis-
terio de la Inmaculada no se inicia con el comienzo de la existencia de Mara

9.PO X, Epst. enc. Ad diem illum, en MARN, Documentos Marianos, p. 379.


10. PO XII, Epst. enc. Fulgens corona, en MARN, Documentos Marianos, pp. 708-709.
11. JUAN PABLO II, La Inmaculada Concepcin. En el ngelus (8-XII-1979), en J. IBEZ,
F. MENDOZA, Juan Pablo II habla de la Virgen, Nuestro Tiempo, Pamplona 1982, n. 102.
12. JUAN PABLO II, La Inmaculada Concepcin. En el ngelus (8-XII-1979), op. cit., n. 154.
13. JUAN PABLO II, Homila en su primera visita a la Baslica de Santa Mara la Mayor en Roma
(8-XII-1978), op. cit., n. 10.

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en la tierra, sino con el comienzo de la historia de la salvacin, e incluso con


el pensamiento y amor eternos de Dios12. Tambin determina la realidad
sobrenatural que este misterio entraa: en Mara, al ser concebida sin peca-
do original, se cumple la total victoria del bien sobre el mal13, en Ella se da
la plenitud de la gracia14, la abundancia especial de la gracia divina15; en
Ella se da una total invasin del amor de Dios, quedando Mara como for-
mada del todo por el amor santsimo de Dios16.
En virtud de este don singular de la Trinidad, Mara Inmaculada se consti-
tuy en la imagen ms perfecta de su Hijo17, en el modelo ms perfecto de la
Iglesia18 y en tipo perfecto de la misma19. Este privilegio mariano no excluye a
la santsima Virgen del mbito de la redencin, antes bien la Concepcin
Inmaculada de Mara se verifica en atencin a los mritos previstos de su Hijo20,
por lo que Mara, que es adornada con este don para ser digna Madre de Dios21,
deviene redimida de modo eminente y es as la primera de los rescatados22,
viniendo a ser por ello signo de esperanza23. La grandeza de este privilegio hace
de Mara una persona de pureza, santidad, hermosura y belleza nicas e irrepe-
tibles que hacen afirmar a Juan Pablo II que, por lo que significa y entraa, el
nombre de Inmaculada es ms importante que el mismo de Mara24.

2. La dignidad suma y cuasi-infinita de la Madre de Dios,


razn comn de su concepcin sin mancha

14. JUAN PABLO II, Espaa, tierra de Mara. Al Congreso Mariano Internacional de Zaragoza
(12-X-1979), op. cit., n. 79.
15. JUAN PABLO II, Plegaria a la Virgen Inmaculada. En la Piazza di Spagna (8-XII-1979), op.
cit., n. 103.
16. JUAN PABLO II, Homila en su primera visita a la Baslica de Santa Mara la Mayor en Roma
(8-XII-1978), op. cit., n. 155.
17. JUAN PABLO II, Homila en Frascati (8-IX-1980), op. cit., n. 143.
18. JUAN PABLO II, A las religiosas. Washington (7-X-1979), op. cit., n. 75.
19. JUAN PABLO II, Al Captulo General de los Franciscanos (21-VI-1979), op. cit., n. 58.
20. JUAN PABLO II, Homila en la Baslica de la Aparecida (4-VII-1980), op. cit., n. 135.
21. JUAN PABLO II, Homila en su primera visita a la Baslica de Santa Mara la Mayor de Roma
(8-XII-1978), op. cit., n. 10.
22. JUAN PABLO II, Homila en la casa de la Virgen (feso) (30-XI-1979), op. cit., n. 99.
23. Cfr. nota 21.
24. JUAN PABLO II, Homila en santa Misa transmitida por radio (10-II-1979), op. cit., n. 29.

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La dignidad de la Maternidad divina es la mxima que cabe pensar despus


de la de Dios. Tan maravillosamente, ensea Po IX, la colm de la abun-
dancia de todos los celestiales carismas, sacada del tesoro de la divinidad, muy
por encima de todos los ngeles y santos, que Ella, absolutamente siempre
libre de toda mancha de pecado y toda hermosa y perfecta, manifestase tal
plenitud de inocencia y santidad, que no se concibiese en modo alguno mayor
dignidad despus de Dios y nadie puede imaginar fuera de Dios25.
Este Magisterio pontificio no haca ms que reflejar la tradicin catli-
ca de la Iglesia26. Valga, a modo de ejemplo, este testimonio de Conrado
de Sajonia, perteneciente al siglo XIII: Cabe algo ms admirable que el
ser Madre de Dios?... Puede el Altsimo fabricar un mundo mayor; puede
extender un cielo ms espacioso; pero una madre mayor y ms excelente que
la Madre de Dios no puede hacerla el Todopoderoso27.
La razn teolgica de estas afirmaciones ciertamente habr que buscarla
en el hecho de que la dignidad de una persona creada radica en la mayor o
menor proximidad en su relacin con Dios, su supremo principio. Y as
aparece claramente que ninguna persona creada puede estar unida tan nti-
mamente con Dios como Mara, en razn de su divina Maternidad. Y se
puede afirmar que hasta tal punto es mxima esta dignidad que, en cierto
modo y con palabras de Santo Toms, puede llamarse infinita: La
Bienaventurada Virgen, por ser Madre de Dios, tiene cierta dignidad infi-
nita en razn del bien infinito Dios mismo que Ella engendr28. El argu-

25. PO IX, Epst. apost. Ineffabilis Deus, en MARN, Documentos Marianos, p. 171.
26. Cfr. CIRILO ALEJANDRINO, Homiliae diversae 4, PG 77, 991: Ecquis hominum laudabilissimam
illam Mariam pro dignitate celebrare queat; JUAN DAMASCENO, Homilia I de nativitate Mariae
Virginis 7, PG 96, 672: Vere res omnes conditas dignitate antecelluisti, quia ex te sola summus ille
opifex partum assumpsit. Por su parte Ambrosio de Miln se pregunta: Quid nobilius Dei
Matre? Quid splendidius Ea quam splendor elegit? en De virginibus 2, 2. 7, PL 16, 209.
Finalmente PEDRO CRISLOGO que afirma: Vere benedicta, quae fit major caelo, fortior terra,
orbe latior; nam Deum, quem mundus non capit, sola capit, en Sermo 143, PL 52, 584.
27. Speculum Beatae Mariae Virginis, lec 10.
28. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 1, q. 25, a. 6 ad 4.
29. Cfr. Dionisio el Cartujano quien ve muy acordes con la razn los argumentos de los grandes te-
logos para probar la dignidad cuasiinfinita de la Madre de Dios: non irrationabiliter asserunt magni
Theologi, quod ratione huiusmodi maternae fecunditatis maternitatis Dei, Beatssima Virgo sit dignitatis
quodammodo infinitae, en Sermo I de Conceptione B. Mariae Virginis. Estudio monogrfico del autor
en J. IBEZ, F. MENDOZA, Mariologa de Dionisio el Cartujano, Zaragoza 1986, pp. 86-90.

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Virgen con un racimo de uva.


Catedral de Worms am Rhein (Alemania). Ao 1488.

mento del Anglico se fundamenta en que la Maternidad dice relacin al


trmino engendrado, del cual recibe su valor. Y siendo infinito el trmino
engendrado en el caso de Mara, sguese de ah la dignidad de dicha
Maternidad, y no ciertamente de un modo absoluto, pero s en razn del
trmino o fruto engendrado, es decir, de un modo relativo29.
Pero esta dignidad suma y, en cierto modo, infinita de Mara supera ade-
ms la dignidad del orden de la naturaleza y de la gracia. Dicho de otro modo,
Mara por su Maternidad, pertenece al orden hiposttico relativo. Hay que recor-
dar, aunque sea brevemente, que suele distinguirse un orden natural, median-
te el cual Dios creador se comunica a las criaturas naturalmente; un orden
sobrenatural, mediante el cual Dios se comunica a las criaturas elevndolas a

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participar inefablemente de la divina naturaleza mediante la gracia santifi-


cante; y un orden hiposttico, mediante el cual Dios se comunica personalmen-
te a la naturaleza humana. As pues, los distintos rdenes se diferencian por
la diversa comunicacin que Dios hace de su esencia, de su naturaleza o de su
Persona divina. Lgicamente el orden supremo es el hiposttico, al cual tien-
den todas las realidades del universo, si bien de una manera extrnseca.
Para que una realidad pertenezca intrnsecamente al orden hiposttico se
requiere que tenga una necesaria conexin y una ntima relacin con la
unin hiposttica. A este orden hiposttico pertenece intrnsecamente, ante
todo, la naturaleza humana de Cristo, unida de modo misterioso a la Persona
del Verbo. Pertenece tambin de modo intrnseco la Maternidad divina de
Mara, que en cuanto tal se ordena a dicha unin hiposttica. Y no slo la
Maternidad divina de Mara, sino la misma persona de Mara, ya que no cabe
pensar en una unin ms estrecha entre personas distintas que la que se da
entre madre e hijo, y en nuestro caso es el Hijo de Dios y Mara. Por supues-
to que una cosa es el orden hiposttico y otra la unin hiposttica, a la que
pertenece intrnsecamente slo Cristo. El orden hiposttico absoluto perte-
nece slo a Cristo, ya que solamente en l subsisten las dos naturalezas bajo
la Persona del Verbo30.
Por tanto, si la dignidad de Mara fue suma, cuasi-infinita, superior a
la del orden de la naturaleza y de la gracia por ser la dignidad de la Madre
de Dios, Mara fue necesariamente inmaculada. La suma dignidad de la
Madre del Hijo de Dios reclama especialmente una unin muy peculiar
con Dios Padre; una mutua pertenencia y compenetracin entre Ella y el
Verbo. Era, pues, muy conveniente, ensea Po IX, que brillase siempre
adornada de los resplandores de la perfectsima santidad y que reportase un
total triunfo de la antigua serpiente, enteramente inmune aun de la misma
mancha de la culpa original, tan venerable Madre, a quien Dios Padre dis-
puso dar a su nico Hijo, a quien ama como a s mismo, engendrado como
ha sido igual a s de su corazn, de tal manera, que naturalmente fuese uno
y el mismo Hijo comn de Dios Padre y de la Virgen, y a la que el mismo
Hijo en persona determin hacer sustancialmente su Madre y de la que el

30. Cfr. J. IBEZ, F. MENDOZA, La Madre del Redentor, ed. Palabra, Madrid 1988, pp. 35-38.
31. PO IX, Epst. apost. Ineffabilis Deus, en MARN, Documentos Marianos, pp. 172-173.

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Espritu Santo quiso e hizo que fuese concebido y naciese Aqul de quien l
mismo procede31.
As pues, por razn de su divina Maternidad y de su consiguiente per-
tenencia intrnseca al orden hiposttico, Mara queda unida a la Santsima
Trinidad de un modo particular.
a. En relacin con Dios Padre
Mara, al engendrar al mismo Hijo, fue asociada al Padre de tal modo
que, en expresin de santo Toms, Ella es la nica que junto con Dios
Padre puede decir al Hijo de Dios: T eres mi Hijo32. Pero Mara,
estrictamente hablando, no debe ser llamada Esposa del Padre, como
alguna vez lo fue; Mara, en cambio, debe, por una especial razn, ser
llamada Hija del Padre, como frecuentemente la llaman los Padres. Y
esto por una semejanza perfectsima que Mara, en su Maternidad, tiene
con Dios Padre: el Padre engendra solo en una naturaleza, lo mismo
Ella; el Padre engendra solo y sin madre, Ella engendra sola y sin padre;
el Padre engendra sin mutacin alguna, Ella sin lesin alguna de su vir-
ginidad. Es propio del Hijo proceder del Padre como imagen personal
y semejanza del mismo. Consiguientemente, Mara es de una manera
especial Hija del Padre, y ello porque no slo tiene la semejanza con el
Padre, sino porque a Mara le fue dado el ser para llevar esta semejanza
a cabo33.
Por consiguiente, la Concepcin Inmaculada de Mara era algo que
convena de parte de Dios Padre, y precisamente por razn de la semejanza
que Mara tuvo con l. En efecto, Dios Padre la asoci a S en la genera-
cin de su Hijo divino. Y, por tanto, deba hacerla, en la medida de lo
posible, semejante a S, santidad por esencia. No hubiera sido conve-
niente que el que haba sido concebido y nacido, desde siempre, en el
seno santsimo del Padre, fuese, llegada la plenitud de los tiempos, con-
cebido y nacido temporalmente en el seno de una madre manchada por

32. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 3, q. 30, a. 1.


33. Cfr. J. A. ALDAMA, Mariologia seu de Matre Redemptoris, en BAC, n. 62, Madrid 1956,
pp. 403-405.
34. SAN ANSELMO, De conceptu Virginis, c. 18, PL 158, 451.

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LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

la culpa. Mara, semejante, al Padre en la generacin del Hijo, deba ser


tambin semejante a l en la gracia, es decir, una gracia que no puede
pensarse mayor despus de la de Dios34. Conveniencia sta, claramente
enseada por Po IX: Pues no caa bien, afirma, que aquel objeto de
eleccin fuese atacado de la universal miseria, pues, diferencindose
inmensamente de los dems, particip de la naturaleza, no de la culpa;
ms an, muy mucho convena (immo prorsus decebat) que, como el uni-
gnito tuvo Padre en el cielo, a quien los serafines ensalzan por
Santsimo, tuviese tambin en la tierra Madre que no hubiera jams
sufrido mengua en el brillo de su santidad35.
b. En relacin con Dios Hijo
El ttulo Esposa de Cristo, referido a Mara, se encuentra en la tra-
dicin tanto patrstica como litrgica36. La razn no parece ser otra que
la semejanza que media entre la unin de la Madre de Dios con Dios y
la unin hiposttica. Los Padres suelen llamar a esta unin matrimonio,
y Mara, segn santo Toms37, fue la que, en nombre de la naturaleza
humana, dio su consentimiento a este matrimonio, lo cual es propio de
la esposa.
Pero Mara es todo lo que es por ser Madre: Madre de Dios y de los hom-
bres, Madre de Cristo y de los cristianos, Madre Universal38. Y la dignidad
de la Madre del Hijo de Dios reclama una mutua pertenencia y compene-
tracin entre Ella y el Verbo, como son: en primer lugar, una donacin filial
del Hijo de Dios a Mara y la correspondiente posesin maternal del Verbo por
Mara; adems, la donacin maternal de Mara al Verbo sigue como correla-
tiva a la donacin filial del Verbo a Mara y a esta donacin maternal de
Mara corresponde la posesin filial de Mara por el Verbo. En tercer lugar, la

35. PO IX, Epst. apost. Ineffabilis Deus, en MARN, Documentos Marianos, pp. 185-186.
36. Cfr. A. PIOLANTI, Sicut sponsa ornata monlibus suis. Mara come sponsa Christi in
alcuni teologi del secolo XII, Virgo Inmaculata, 5, pp. 181-193.
37. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 3, q. 30, a. 1.
38. M. LLAMERA, La maternidad universal de Mara, Maria in Sacra Scriptura, 1, pp. 415-
438; idem, La maternidad espiritual de Mara, Estudios Marianos, 3 (1944), pp. 67-162.
39. Cfr. M. LLAMERA, La Maternidad divina y la Concepcin Inmaculada de Mara, Virgo
Inmaculata, 9, pp. 206-209; y J. IBEZ, F. MENDOZA, Mara, Madre nuestra espiritual,
Mundo Cristiano, Madrid 1994, pp. 12-17.

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Maternidad divina de Mara, ordenada a la unin hiposttica, est ordenada a sus


mismos fines, de donde se deduce que tiene que haber una comunicacin a la
Madre de las virtualidades del Hijo. Finalmente, los mismos fines, la misma
misin supona la repercusin vital en Mara de la gracia llena de Cristo que la
virtualizara para tan ntima convivencia y universal cooperacin39.
Es el momento de sacar conclusiones. 1.- La donacin filial del Hijo
de Dios a Mara, es la ms grande que Dios puede hacer despus de la
unin hiposttica, y la entrega de este bien excluye hasta la posibilidad
de todo mal en Mara. 2.- La unin vital entre Mara y Jess y la pose-
sin maternal del Verbo por Mara es la mxima despus de la unin
hiposttica. Ninguna unin como la que establece entre ellos la
Maternidad divina puede ser mayor para hacer de la Madre y del Hijo
como un solo principio de universal regeneracin. Si por ser hija de
Adn, deba nacer privada de Dios, por ser Madre de Dios, no poda no
poseerle. 3.- La predestinacin divina de Mara a la divina Maternidad y,
por consiguiente, a su donacin maternal, fue disponer desde la eternidad
su vida a los fines de esta maternidad o, en otros trminos, una dedicacin
esencial y absoluta a su Hijo divino, lo que hace inconcebible una separa-
cin de l como lo significara la concepcin en pecado. El s de la encar-
nacin fue la ratificacin definitiva de un s que comenz con su misma
existencia. 4.- La posesin de Mara por el Hijo de Dios fue la causa de la
donacin maternal de la Virgen. Y esta divina posesin filial de Mara
haca imposible la sujecin al dominio del enemigo de Dios. La Esclava
del Seor nunca estuvo esclavizada al diablo. 5.- Resulta, por tanto, que
la Maternidad divina es la mxima razn de la asociacin regeneradora de
Jesucristo y Mara, incluyendo, por su misma naturaleza, la unin de
Mara con Cristo en la obra de nuestra divina regeneracin. Fin de la
Encarnacin, y por tanto de la divina Maternidad, la destruccin tanto
del pecado original como de todos los que provienen de l. La depen-
dencia esencial que la Maternidad divina tiene de la Encarnacin, deba
independizar a Mara de toda sujecin a la obra de Adn. Un fin comn
el de Mara con su Hijo y, por consiguiente, partcipe de sus funciones
soteriolgicas. Mara, con su Hijo y por su Hijo, es la destructora de la
muerte y la madre de la vida; y por ello, como vencedora y vivificadora,
no poda ser derrotada y muerta. 6.- Y finalmente, la misma misin, los
mismos fines entre Cristo y su Madre requeran una vital repercusin en

256 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

Mara de la gracia llena de Cristo. Mara, como ensea santo Toms, estu-
vo unidsima a la Humanidad Santificadora de Jess, que la recibi de
Ella. Por eso, la semejanza de la gracia de Mara con la de Cristo es tal y
tanta, que reproduce los fines y virtualidades de la gracia de Jess y cons-
tituye a Mara en coprincipio y concausa universal, supeditada a Cristo,
de nuestra redencin40. Resumiendo: Mara es Madre de Dios, y por serlo
es llena de gracia, y por ser llena de gracia es Madre de la gracia, de toda
gracia. Y la llena de gracia no particip en la humana desgracia.

c. En relacin con Dios Espritu Santo


Mara, en relacin con Dios Espritu Santo, queda asociada al ser Madre
del Hijo que, como nico principio con el Padre, espira al Espritu Santo.
Por apropiacin se relaciona Mara con la Tercera Persona Divina a modo de
Templo y de Esposa del Espritu Santo. Desde la antigedad cristiana Mara
es llamada Templo del Espritu Santo y no slo a ttulo de la gracia santifi-
cante, sino por otro ttulo, totalmente especial, en cuanto que Mara,
cubierta por la sombra del Espritu Santo, empieza a ser Madre del Verbo.
Ms recientemente se le ha llamado a Mara Esposa del Espritu Santo, ttu-
lo que antiguamente rara vez se le conceda41.
El amor especial del Espritu Santo hacia la Virgen, su Esposa, exiga la
Inmaculada Concepcin de Mara. El Espritu Santo, amor sustancial del
Padre y del Hijo ama a la Santsima Virgen ms que a todos los otros san-
tos juntos42 y esto desde el principio de su existencia. Consecuentemente,
se debe conceder a la Santsima Virgen, desde el primer instante de su exis-
tencia, una plenitud singularsima de gracia que la preservase de incurrir en
la culpa original43.

40. Cfr. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 3, q. 27, a. 5 c.


41. Cfr. S. ALAMEDA, La excelencia de la divina Maternidad en los padres, Revista Espaola de
Teologa, 3 (1943), pp. 493-558; J. M. BOVER, La gracia de la Madre de Dios, Revista
Espaola de Teologa, 5 (1945), pp. 65-86; y J. M. ALONSO, Relationes Inmaculati Cordis
B. M. Virginis ad personas Santissimae Trinitatis, Alma Socia Christi, 6, 2, pp. 54-81.
42. SUREZ, De Incarnatione, P. II, disp. 18, sect. 4, Opera, XVII, Venetiis 1746, p. 154, col. 1.
43. Cfr. G. M. ROSCHINI, La Madonna secondo la fede e la teologia, v. III, Roma 1953, pp. 82-83.
44. SAN ANSELMO, Cur Deus homo I, 10, PL 158, 375: In Deo ad quodlibet parvum inconveniens,
sequitur imposibilitas.

ScrdeM 257
JAVIER IBEZ IBEZ

Son razones de conveniencia todas las que hemos aducido, pero no de una
simple conveniencia, sino de una conveniencia tal cuyo contrario es lo
inconveniente. Y, segn la clebre frase de san Anselmo, en Dios, al mni-
mo inconveniente sigue lo imposible44.

3. Razn teolgica entre Maternidad divina y Concepcin


Inmaculada

La Inmaculada Concepcin es hoy un dogma de fe revelado por Dios


como contenido en otras verdades formalmente reveladas. Y la verdad reve-
lada en la que se contena la Concepcin Inmaculada de Mara es su divina
Maternidad. Con sta, pues, tendr siempre una vinculacin teolgica cuya
eficacia habr que valorar.
Todos los telogos admitieron siempre el siguiente principio: A Mara,
digna Madre de Dios, hay que atribuirle toda aquella gracia y santidad que
sea compatible con el honor de su Hijo, esto es, con su redencin por
Jesucristo. Ninguna duda sobre cmo se haba entendido siempre el gratia
plena de Lucas. Pero lo que constituy el punto cntrico de las discusiones
en el desarrollo del dogma de la Inmaculada fue la premisa de que cabe a
la vez ser concebido sin pecado original y ser redimido por Jesucristo.
Pero esta premisa, tan absoluta y sin discusiones, resultaba falsa, y la
conclusin deba ser errnea, hasta que en la idea de pecado original se
distinguieron bien los conceptos de culpa y dbito y en la idea de redencin se
distinguieron los conceptos de redencin post peccatum contractum y redencin
preservativa. Hay que hacer notar que una Inmaculada inmune de todo lo que
lleva consigo el pecado original, es decir, de toda culpa y de todo dbito,
sera una Inmaculada no redimida en modo alguno. Y una Inmaculada no
redimida con ninguna forma de redencin, siquiera con redencin
preservativa, ciertamente una Inmaculada errnea. Escoto fue quien inici

45. SCOTUS, In 3 Sent. d. 3, q. 1: Per idem patet ad rationis factas pro prima opinione, quia Maria
maxime indiguisset Christo ut Redemptore; ipsa enim contraxisset originale peccatum ex ratione
propagationis communis nisi fuisset preventa per gratiam Mediatoris: et sicut alii indiguerunt
Christo, ut per eius meritum remitteretur eis peccatum iam contractum, ita Maria magis indiguit
mediatore preveniente peccatum, ne ipsa contraheret. Escoto, aunque distingue ya entre culpa y
dbito, no habla todava claramente sobre la necesidad del dbito personal o prximo, sin
el cual apenas parece posible una verdadera y propia redencin personal.

258 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

la solucin verdadera del problema aplicando a la nocin de redencin la


distincin de redencin post peccatum contractum y redencin preservativa45.
Con las distinciones apuntadas, la premisa, punto central de las discu-
siones, cabe a la vez ser concebido sin pecado original y ser redimido por
Jesucristo quedaba formulada as: la inmunidad de toda culpa original,
con tal de que exista verdadero dbito personal o prximo, es compatible
con la verdadera y propia redencin preservativa por Jesucristo. As pues,
con una premisa de fe, admitida por todos, y una menor clara y cierta, la
conclusin dogmtica de la Inmaculada estaba asegurada.
A la hora de valorar cmo la Inmaculada est incluida en la Maternidad
divina, el P. Marn Sol afirma: No estamos, pues, conformes con los que
creen que en el desarrollo de este dogma no ha habido proceso lgico, ni con
los que, admitiendo que lo ha habido, dan a entender que, desde el punto
de vista de este proceso, el dogma de la Inmaculada no est contenido en el
dogma de la Maternidad divina, o no sale de l sino de una manera proba-
ble. A juicio nuestro, se contiene en l y sale de l de una manera cierta y
por riguroso proceso teolgico; por el mismo proceso exactamente que
emplearon la Tradicin y la teologa para demostrar que la Madre de Dios
tuvo que estar inmune de todo pecado actual46.
El sabio dominico navarro no est del todo conforme con aqullos que
atribuyen, en el desarrollo y definicin del dogma de la Inmaculada, todo
al sentimiento comn de los fieles, y nada, o poco, a la razn teolgica. Tal sen-
timiento no hubiera llegado a ser unnime, ni se hubiera sostenido por
largo tiempo sin la ayuda y direccin de la razn teolgica. La razn teol-
gica de los Maestros del siglo XIII, demostrando que era errnea una
Inmaculada no redimida, puso diques infranqueables a tal sentimiento cuan-
do amenaz lanzarse por derroteros falsos. Fueron los telogos posteriores
los que, sealando las verdaderas distinciones con las que poda y deba
defenderse una Inmaculada redimida, los que abrieron un cauce amplio y
seguro a ese sentimiento para poder ser universal e irresistible. Y todo ello,
sin olvidar el factor principal, es decir, la autoridad de la Iglesia que fue

46. F. M ARN S OL , La evolucin homognea del dogma catlico, en BAC, Madrid 1952,
p. 374.

ScrdeM 259
JAVIER IBEZ IBEZ

guiando tanto el sentimiento de los fieles como la razn de los telogos.


Pero, cul es el proceso por el cual el dogma de la Inmaculada se dedu-
ce del dogma de la Maternidad divina?
El dogma de la Inmaculada se deduce del de la Maternidad divina por
el mismo proceso y con la misma certeza que el dogma de la inmunidad de
todo pecado actual. Si esta ltima deduccin no encontr dificultades, y la
primera las encontr grandsimas, eso no provino de la diferencia en cuan-
to a la continencia, ni en cuanto a la deduccin, sino de que la primera
deduccin, a pesar de ser tan lgica como la segunda, pareca no poder con-
cordarse con el dogma de la redencin; y en el progreso dogmtico no sola-
mente hay que atender a la lgica especulativa entre la conclusin y el
dogma o principio de donde se deduce, sino tambin a la concordancia de
esa conclusin con todos los otros dogmas. Las dificultades, disputas y tar-
danzas no consistieron en cambiar el proceso de deduccin, ni en hacerlo
ms evidente, sino en hacer desaparecer su oposicin aparente con otro
dogma. Tan pronto como se vio claro que Inmaculada y redimida no eran
cosas contradictorias, la conclusin qued clara y definible47.
La Iglesia proclam siempre a Mara Madre dignsima de Dios y esta dig-
nidad reclama necesariamente la pureza de la gracia y excluye la impureza
de la culpa, lo cual no se realiza sin un proceso lgico estricto. En otros tr-
minos, la dignidad altsima de Mara se expresa en una afirmacin univer-
sal condicionada por la dependencia de la superior dignidad del Hijo, a la
que pertenece el ser Redentor de todos los hombres, incluso de Mara48. As
pues, el proceso de deduccin del dogma de la Inmaculada Concepcin,
contenido en el depsito revelado como particular en un universal condi-
cionado, fue en este caso el siguiente: a la dignidad de la Madre de Dios se
deben todos los grados de pureza que sean compatibles con su redencin
por Jesucristo. Es as que la pureza original es compatible con la redencin
por Jesucristo. Luego a la dignidad de la Madre de Dios se debe la pureza
original.
La conclusin a la que se ha llegado no es implcito-formal sino implcito-

47. Ibidem, p. 376.


48. Cfr. M. LLAMERA, op. cit., en nota 39, p. 210.

260 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

virtual, porque la comprobacin de la condicin requerida, afirma Marn


Sol, exige raciocinio propio, y hasta profundo y dificilsimo. Exige la inter-
vencin de un concepto nuevo, cual es el concepto de concepcin con dbito y sin
mancha. En la revelacin se conoca ya el concepto dogmtico de concepcin
con dbito y con mancha, que es el concepto de la concepcin ordinaria; se
conoca tambin el concepto dogmtico de concepcin sin mancha y sin dbito,
que es el concepto de la concepcin de Jesucristo; pero no se conoca toda-
va el concepto de concepcin con dbito y sin mancha, que era precisamente
el que haca falta para concordar el concepto de Inmaculada con el concep-
to de redencin. Todas las dudas, tardanzas y disputas se redujeron a dar con
ese concepto nuevo, que es precisamente el nuevo dogma de la Inmaculada49.
Despus de todo lo expuesto, se puede concluir que entre la Maternidad
divina de Mara y su Inmaculada Concepcin existe una conexin tal, que
fundamenta una deduccin teolgica cierta y necesaria, y como tal virtual-
mente revelada y definible como dogma.

B. Contenido doctrinal de dicho privilegio

El plano en el que nos vamos a situar para el estudio del contenido doc-
trinal del privilegio de la Inmaculada, nos lo ofrece la misma frmula defi-
nitoria de la Bula. Dice as:
Declaramos, afirmamos y definimos que ha sido revelada por Dios y,
por consiguiente, que debe ser creda firme y constantemente por todos los
fieles, la doctrina que sostiene que la Santsima Virgen Mara fue preserva-
da inmune de toda mancha de pecado original, en el primer instante de su
concepcin, por singular gracia y privilegio de Dios omnipotente, en aten-
cin a los mritos de Jesucristo, salvador del gnero humano50.
La Bula, entre otros temas, nos ofrece para desarrollar no slo el sujeto y
el objeto ste en su aspecto negativo y positivo del privilegio, sino tam-
bin la causa y el modo del mismo. Empezamos.

49. F. MARN SOL, op. cit., p. 377.


50. PO IX, Epst. apost. Ineffabilis Deus, en MARN, Documentos Marianos, pp. 190-191.

ScrdeM 261
JAVIER IBEZ IBEZ

1. Mara, sujeto del privilegio

En la Bula, el sujeto no es la accin en virtud de la cual fue concebida


Mara; es Mara misma. Querer explicar el misterio a base de una interven-
cin divina en la accin generadora de los padres, hacindola anormal,
queda excluida de la frmula definitoria. Tambin Ella sera beneficiada por
el privilegio concedido en la generacin activa, pero no por un don que se
le concediera directa e inmediatamente, sino por un don hecho a sus
padres51. El sujeto inmediato del privilegio es Mara, que fue Inmaculada por
un don que Dios le hizo y que fue recibido inmediatamente en su persona.
Mara fue concebida como todos los hombres, y nada anormal apareci en
Ella en virtud de una supuesta sobrenaturalidad de la accin de sus padres.
Pero la teologa habla de la concepcin pasiva, como contrapuesta a la acti-
va. Santificada en su concepcin pasiva es santificarla en lo que Ella es, sin
tener en cuenta la accin que la concibe, sin mediacin de la accin conci-
piente paterna.
En efecto, la santificacin del sujeto concebido podra explicarse como
santificacin recibida en la carne antes de la animacin por el alma racional;
como santificacin recibida en el alma, en el momento en que es infundida
a la carne concebida por los padres; y finalmente, como santificacin de la
persona, constituida por la infusin del alma y la informacin del cuerpo por
ella. As al misterio de la Inmaculada se podran dar tres explicaciones, de
las que la frmula dogmtica excluye dos: la de un privilegio aparecido en
la concepcin pasiva del embrin y la de un privilegio aparecido en la infu-
sin del alma en el cuerpo.
El privilegio no pudo ser concedido en la concepcin pasiva del embrin
o del cuerpo de la Virgen, respondan los telogos de la Edad Media. Y esto,

51. De la concepcin de Mara en las entraas de santa Ana se han dicho muchas cosas. Entre
ellas: que fue concebida por obra del Espritu Santo, como Cristo fue concebido en la suya;
que fue concebido por obra de varn pero sin mediar relacin carnal, o con relacin carnal,
pero sin concupiscencia. Naturalmente los que afirmaban tales cosas estaban fuera de la
norma que rige la transmisin del pecado original. Y de este modo, Mara no lo tendra.
52. Cfr. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., q. 27, a. 2.
53. SANTO TOMS DE AQUINO, De Malo, q. 4, a. 3: Peccatum originale est in carne, id est, in car-
nali semine, virtute, sicut in causa instrumentali.

262 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

precisamente porque la carne no es sujeto de gracia, ni de pecado, y, por


consiguiente, de redencin52. En el embrin o cuerpo de Mara slo perma-
neci lo normal en la humanidad cada, la intentio peccati existente en
toda carne procedente de Adn, y que se convertira en pecado al infundir-
le el alma, ya que el sujeto sera entonces capaz de tenerlo, si la gracia no lo
impidiera53.
As pues, el cuerpo de Mara no es sujeto de pecado, ni de gracia, ni de
redencin, ni, por consiguiente, de privilegio. Pero, y el alma? Conocemos
que el alma no viene por generacin, sino que la crea Dios inmediatamen-
te al ser infundida al cuerpo, y no la crea en pecado. Fue santificada el alma
de la Virgen o le fue infundida la gracia al ser infundida en el cuerpo, y, por
tanto, no contrajo el pecado que deba contraer?
As lo afirma el papa Alejandro VII en la Bula Sollicitudo omnium
ecclesiarum del 8 de diciembre de 1661 al decir que existe un antiguo y pia-
doso sentir de los fieles de Cristo hacia una madre beatsima, la Virgen
Mara, segn la cual el alma de Ella fue preservada inmune de la mancha
del pecado original en el primer instante de su creacin e infusin en el
cuerpo, por especial gracia y privilegio de Dios...54.
Pero esta frmula de Alejandro VII no se reproduce en la definicin dog-
mtica; antes bien, se corrige despus de estudiada y discutida.
El P. Perrone la reproduca en su primitivo esquema y volvi a aparecer en
esquemas sucesivos. Los documentos publicados por Yardi55 nos lo explican.
Fue Francisco, obispo de Ungento, el que hizo observar en la comisin nom-
brada para su estudio que era necesario cambiar el trmino alma, por el de
persona, pues no fue el alma sino la persona el sujeto de la exencin. La peti-
cin del obispo debi llegar muy alto; pues la defiende en el Consistorio, del
1 de diciembre el cardenal Gioachino Pecci, el futuro Len XIII. Y la correc-
cin fue admitida e incorporada a la definicin del dogma de la Inmaculada.

54. HENRICUS DENZINGER, ADOLFUS SCHNMETZER, S. I. (DS) Enchiridion Symbolorum.


Definitionum et declarationum de rebus fidei morum, editio XXXV, Heider, Barcinone, Friburgi
Brisgoviae Romae y Neo-Eboraci 1973, 1.100.
55. Cfr. M. GORDILLO, La definicin dogmtica de la Inmaculada en la historia de la Bula
Ineffabilis Deus, Estudios Marianos, XV (1955), pp. 336-337.
56. Cfr. E. SAURAS, Contenido doctrinal del misterio de la Inmaculada, Estudios Marianos, XV
(1955), pp. 19-23.

ScrdeM 263
JAVIER IBEZ IBEZ

Coincidimos plenamente con el P. Sauras en que la determinacin del


sujeto, en el caso de la Inmaculada, no fue intento de definicin56. Pero el
cambio de sujeto hubiera desnaturalizado el dogma definido. En efecto, si
el sujeto, en vez de ser la persona, hubiera sido algo anterior a ella conside-
rado en cualquiera de las fases que preceden a su constitucin, al llegar sta
no tendra necesidad de contraer el pecado por no tener dbito ya, pues el
privilegio lo habra hecho desaparecer, y en consecuencia, no tendra ya
Mara necesidad de redencin personal57, que es precisamente una de las
cosas que se quiso quedara clara en la definicin.

2. Objeto del privilegio


Conviene afirmar que, aunque en el actual orden de la providencia habla-
mos indistintamente de inmunidad del pecado original y de pursima con-
cepcin de Mara58, existen dos frmulas para expresar este dogma: una
negativa y otra positiva. En la frmula dogmtica aparece destacada la parte
negativa: concebida sin pecado original, aunque no se olvida la parte posi-
tiva: singular gracia y privilegio de Dios omnipotente ya que la presupo-
ne como su causa, es decir, que Mara no fue inmune para darle la gracia, sino
por drsela.
Las dos frmulas aparecen tanto en los documentos del Magisterio,
como en la Liturgia. Unas veces aparecen aisladas y otras conjuntamente59,
aunque cada una de por s implica la otra. Porque no se debe olvidar que en
el orden sobrenatural no hay carencia de pecado o amistad de Dios sin gra-
cia santificante. Por tanto, la inmunidad de pecado en la Santsima Virgen
no se podra explicar sin la infusin de la gracia.
a. Frmula negativa: preservada inmune ab omni originalis
culpae labe

57. Cfr. SANTO TOMS DE AQUINO cuando ensea: oportet ponere quod quilibet personaliter
redemptione Christi indiget non solum ratione naturae; en In IV Sent. Dist. 43, q. 1, a. 4 ad 3 m.
58. Cfr. J. A. ALDAMA, Mariologia seu de Matre Redemptoris, en BAC, Madrid 1956, p. 343.
59. Cfr. ALEJANDRO VII, DS 110: Animam B. M. Virginis in sui creatione et in corpus infusione
Spiritus Sancti gratia donatam (frmula positiva) y et a peccato originali praeservatam fuisse
(frmula negativa). No hace falta hacer referencia a la Ineffabilis Deus que venimos
estudiando. Por supuesto que las dos frmulas aparecen claramente en la Liturgia: Tota
pulchra es Maria y et macula originalis non est in te.

264 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

La teologa nos habla de que el pecado original puede considerarse en


tres fases o momentos: una previa debitum peccati; otra formal peccatum,
que es en la que consiste; y la ltima, subsiguiente o fomes peccati. Qu
alcance tiene la expresin de la frmula dogmtica ab omni originalis culpae
labe? Significa una inmunidad del pecado en las tres fases? Veamos.
Fase previa: Mara no tuvo inmunidad de dbito
Hay que admitir una cierta necesidad objetiva en Mara de contraer el
pecado original, en la hiptesis de no haber sido preservada, no bastando la
mera posibilidad para explicar una verdadera redencin de Mara. Por otra
parte, esa cierta necesidad de contraer el pecado original, aunque es algo obje-
tivo, lo es slo hipotticamente y por ello no representa ningn tipo de
mancha en el alma de la Santsima Virgen; mientras que si se admite, expli-
ca suficientemente la verdad de que Mara ha sido realmente redimida por
Cristo. Se puede afirmar que esta cierta necesidad objetiva de contraer el
pecado original en Mara es lo que se denomina tcnicamente en teologa
como dbito del pecado original60.
Este dbito del pecado se fundamenta en la comunidad de naturaleza con
el primer padre y, en consecuencia, en la misma naturaleza en cuanto trans-
mitida por los padres posteriores, ya que de todos es comunicada carente de
justicia original. El dbito, por tanto, seguir el proceso de la naturaleza en
su generacin: del germen paterno a la carne engendrada, y de sta al alma
y a la persona, si es que en sta puede ser todava dbito y no pecado. As,
el dbito, ligado a la naturaleza, puede ser considerado como ella en tres
momentos: en Adn, en los padres y en la naturaleza misma del hombre
engendrado; y en esta naturaleza, a su vez, en la carne, an no informada
del alma, en el compuesto y en la persona misma, si tambin sta pudiera
y hubiera de ser sujeto del dbito61.
Pues bien, en la Bula dogmtica no aparece ni una sola vez el trmino
dbito del pecado. Pero lo que la Bula ensea y an define no slo es com-
patible con dicho dbito, sino que lo supone y exige como elemento sin el que

60. Cfr. J. IBEZ, F. MENDOZA, La Madre del Redentor, Edic. Palabra, Madrid 1980, pp. 92-93.
61. M. LLAMERA, El problema del dbito y la redencin preservativa de Mara, Estudios
Marianos, 15 (1955), pp. 172-173, sobre todo.

ScrdeM 265
JAVIER IBEZ IBEZ

no encuentra explicacin cabal lo que en ella se ensea.


En la Bula encontramos expresiones como Mara estuvo plenamente
inmune de la culpa original, Nunca estuvo sujeta al pecado original, etc.
En ellas se ha querido ver una exclusin del dbito y no slo de la culpa. Son
expresiones que tienen un trmino claro de referencia al pecado, y slo al
pecado. Para ver excluido el dbito en tales expresiones, hara falta atribuir al
dbito lo que se afirma del pecado y estimar que el dbito es una imperfec-
cin moral. El dbito no es mancha alguna, sino peligro de ella. Uno puede
estar en peligro de mancharse estando totalmente inmaculado. Mara tuvo
peligro, pero no cay. Ah est el privilegio de la redencin preservativa.
Pero la Bula, adems, afirma que Mara fue redimida de una manera
ms sublime que nosotros62. Y esta redencin ms sublime no consistira
en quitar a Mara toda pecabilidad que tiene toda criatura por el hecho de
ser criatura, sino que consiste en preservarla de la pecabilidad concreta que
tienen los hijos de Adn por proceder de l. Y no es que Mara fuera pre-
servada inmune de un pecado posible, que puede tener una criatura, sino
del pecado concreto, del original, que es el que viene de Adn, el que Adn
transmite a todo el gnero humano, incluido en la cada que l sufri.
Por consiguiente, si Mara fue redimida preservativamente de este peca-
do, es que estaba incluida en la cada. Y esto es el dbito, que no empe-
queece para nada la hermosura moral de Mara, que explica su venida de
Adn y adems su redencin preservativa por los mritos de su Hijo
Redentor63.
Fase formal: Mara fue preservada inmune del pecado original
El privilegio mariano definido por la Iglesia se refiere a la totalidad del
pecado original. Tal privilegio, es una preservacin total de dicho pecado.
Y de qu se preserva a Mara en el momento de ser santificada? Para con-
testar adecuadamente habra que determinar antes la esencia del pecado ori-

62. PO IX, ibidem, en MARN, Documentos Marianos, pp. 178-179.


63. Cfr. E. SAURAS, Contenido doctrinal del misterio de la Inmaculada, Estudios Marianos,
XV (1955), p. 29.
64. Cfr. J. IBEZ, F. MENDOZA, Dios Creador y Enaltecedor, Edic. Palabra, Madrid 1985,
pp. 265-342.

266 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

ginal. Y aqu topamos ya con las divergencias64.


Pero la Iglesia haba declarado ya qu es lo que acarrea consigo el peca-
do del que Mara haba sido preservada inmune. En efecto, el canon prime-
ro de la sesin quinta del concilio de Trento, define en qu consisti el
pecado de Adn. Por el pecado Adn perdi la justicia y la santidad en la
que haba sido constituido; incurri en la indignacin divina y en la muer-
te, y con la muerte en el cautiverio bajo el poder de aqul que tiene el impe-
rio de la muerte65. A su vez, el canon dos de la sesin quinta del mismo
concilio tridentino define en qu consiste el pecado que de Adn heredamos
todos sus descendientes66. En definitiva, el pecado original, dicho en otros
trminos, implica lo genrico de cualquier otro pecado, a saber: la muerte
del alma, la enemistad con Dios y la prdida de la santidad y adems la
sujecin al dolor y a la muerte.
Por consiguiente, la inmunidad total, con la que Mara fue preservada
de este pecado original, implicar: la posesin de la gracia, la amistad con
Dios y la exencin de la sumisin al dolor y a la muerte como efectos del
propio pecado contrado67.
Fase subsiguiente: Mara fue preservada inmune de la
concupiscencia o fmite del pecado
Esta concupiscencia es la habilidad que existe en la parte inferior del
hombre para moverse sin obedecer a la razn recta. Segn la enseanza
de la Iglesia no es pecado, sino que procede del pecado e inclina al peca-
do68. Ahora bien esta inclinacin al pecado, que procede del apetito sen-
sitivo, puede entenderse en dos momentos: 1) en cuanto que el apetito
sensitivo tiene disposicin prxima para realizar actos que van contra la
recta razn; y 2) en cuanto que dicho apetito realiza actos que van con-
tra la recta razn.
Evidentemente, en la Santsima Virgen no cupo la concupiscencia en
ninguno de los dos sentidos. El hecho de que en la definicin dogmtica se

65. DS. 788.


66. DS. 789.
67. Cfr. E. SAURAS, op. cit. en nota 63, p. 32.
68. DS. 792.

ScrdeM 267
JAVIER IBEZ IBEZ

hable de una exencin total de pecado implica, no slo la exencin de la ene-


mistad habida por la carencia de la gracia, sino tambin la exencin de la
concupiscencia, que forma parte de la culpa de origen. El fmite de pecado
no tiene nada que ver con Mara. No se puede proponer la existencia de un
efecto cuando se empieza por negar la existencia total de su causa. El pecado
no pudo dejar en Mara residuo alguno, cuando se empieza por decir que no
tuvo nada de ese mismo pecado. Adems, y precisamente por ser conse-
cuencia del pecado original, en un principio, antes de pecar, no la tuvieron
nuestros primeros padres. A Mara, pues, destinada a reparar la naturaleza
humana cada en el pecado, no se le iba a negar la inmunidad de concupis-
cencia que aqullos tuvieron.
Esta inmunidad de concupiscencia ha de distinguirse de la posibilidad
de padecer (pasional) y de la posibilidad de morir (mortalidad), que en un
principio no tuvieron nuestros primeros padres y son tambin secuelas del
pecado original. La concupiscencia, en efecto, es una imperfeccin moral, la
pasibilidad y la mortalidad no lo son69.
De estas penas naturales del pecado original no se dice nada, ni siquiera
remotamente, en la Bula Ineffabilis Deus. Mara recibi su naturaleza huma-
na, en cuanto a los dones preternaturales, en el mismo estado en que la dej
el pecado de nuestros primeros padres. La preservacin, por especial privi-
legio, para no incurrir en el pecado original y en las penas personales del
mismo, no implica la exencin de las penas naturales, a no ser que las con-
fundiramos o negramos la distincin existente entre ellas. Lo cual no
quiere decir que las pasiones y la muerte en Mara fueran igual que lo son en
nosotros; ms bien, el punto de referencia es Cristo, segn explica santo
Toms70.
Cierto que Jesucristo fue descendiente de Adn por voluntad libre, y
Mara por necesidad; Jesucristo asumi voluntariamente los defectos naturales
compatibles con el fin de la Encarnacin y con la Unin Hiposttica, y
Mara los acept voluntariamente para cooperar con su Hijo a los fines de la
Encarnacin. Pero Mara no los tom libremente, sino por necesidad de

69. J. IBEZ, F. MENDOZA, La Madre del Redentor, Edic. Palabra, Madrid 1980, pp. 91-92.
70. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 3 q. 15, a. 4.

268 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

naturaleza.
No obstante, estos defectos naturales no tuvieron en Mara razn de
penas del pecado original, que no contrajo, sino tan slo de necesidades de la
naturaleza. Y as la muerte y la pasibilidad fueron en Mara una necesidad
natural y no una pena del pecado.
Pero una cosa es morir por aceptacin simplemente voluntaria, no estan-
do sujeto a la muerte; otra muy distinta es estar por naturaleza sujeto a ella,
aunque se acepte voluntariamente; y otra, tambin muy distinta, es tener-
la como castigo del pecado original subjetivamente contrado. Lo primero
se afirma de Cristo, lo segundo de Mara y lo ltimo de todos los dems
hombres71.

b. Frmula positiva: por singular gracia y privilegio de Dios


omnipotente
Podramos afirmar que lo que el privilegio supone frente al mal del
que previene es consecuencia de lo que supone frente al bien del que
provee.
La gracia que se le concedi a Mara en el primer momento de su con-
cepcin no slo fue el don gratuito de ser concebida sin la mancha del peca-
do original que deba contraer; fue tambin, y sobre todo, el don gratuito
de santificarla, de hacerla grata a Dios, de divinizarla. En la economa actual
no existe otro medio de carecer de pecado que la infusin de esta gracia. Son
muchos los motivos que inducen a pensar que la gracia de la inmunidad fue
gracia santificadora.
En primer lugar, el contenido doctrinal de la Bula no tendra sentido si se
hiciera abstraccin doctrinal de la gracia santificante de la Virgen. Mara,
segn Po IX, recibi una redencin ms sublime que los dems hombres72.
Y si la redencin ordinaria, de la que nos beneficiamos nosotros, no slo
implica la liberacin de los pecados, sino, tambin, la infusin de la gracia

71. Cfr. M. CUERVO, La Concepcin Inmaculada y la muerte de Mara, Estudios Marianos, IX


(1950), pp. 220-222.
72. PO IX, ibidem, en MARN, Documentos Marianos, pp. 178-179.
73. Ibidem, p. 181.

ScrdeM 269
JAVIER IBEZ IBEZ

Virgen Consolatrix Afflictorum.


Santuario de Kevelaer (Alemania). Ao 1642.

santificante, sin la que stos no desapareceran, cmo poda ser considera-


da ms sublime la redencin de Mara si se limitara a preservarla de peca-
do y no la santificara?
Mara aparece en la Bula unida a l con apretadsimo e indisoluble vn-
culo, hostigando con l y por l eternamente a la venenosa serpiente, y de
la misma triunfando en toda la lnea...73. Todo ello sera inexplicable sin la
santidad positiva y con la sola carencia del pecado. Sin la santidad posi-
tiva, no se dara un vnculo indisoluble y estrecho con Cristo y tampoco
se daran enemistades y triunfos completos. Mara tuvo abundancia de
todos los carismas celestes. Todo ello quiere decir que los dones que
Dios concedi a Mara, cuando la hizo Inmaculada, la santificaron, ya

270 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

que tener los carismas celestes y carecer del mayor, que es el santificador,
es no tener nada.
A la misma conclusin se llega considerando las palabras de la frmula
dogmtica en atencin a los mritos de Jesucristo, Salvador del gnero
humano. Cristo nos mereci todo bien y toda gracia. Pero Cristo no vino
a establecer un estado de perfeccin natural en el mundo, sino que vino a
capacitar a la humanidad para llegar al Dios sobrenatural. La obra del
Redentor, al hacer desaparecer la culpa, radica en capacitar a los redimidos
para la consecucin de su destino y de su fin que no se alcanza ms que
con la gracia santificante. Cristo, al redimir, sea por liberacin, como en
nosotros, o por preservacin como en la Santsima Virgen, infunde la gracia
que santifica74.
Grado de la gracia inicial de Mara
Sobre la base de la comparacin, hecha por santo Toms75 entre la gra-
cia inicial de la Santsima Virgen y la gracia de los dems seres, se origina
una diversificacin de sentencias dentro de la teologa catlica. A partir de
Surez76, la mayora defender que la gracia inicial de Mara es superior a
la gracia final de cualquier ngel u hombre. La razn de ello es que, si Dios
otorga su gracia a medida de su amor, el que Dios tuvo a Santa Mara, en
el primer instante de su concepcin porque iba a ser su Madre, superaba
con creces el que tuvo jams a ningn santo o ngel. Por otra parte, si la
gracia se corresponde con la dignidad para la que Dios elige, la dignidad
de Madre de Dios y esto desde el primer instante excede a la de cual-
quier santo o ngel.
Ms an, se llega a afirmar que la gracia inicial de la Virgen es superior
a la gracia final de santos y ngeles juntos. La razn estriba en que la gra-
cia inicial de Mara debi ser tal que la dispusiera para ser Madre idnea del
Verbo, lo cual pertenece a un orden o categora distintos, y por ello todas

74. Cfr. E. SAURAS, op. cit. en nota 63, pp. 34-37.


75. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 3, q. 27, a. 5: Beata autem Virgo Maria propinquissima
Christo fuit secundum humanitatem; quia ex ea accepit humanam naturam. Et ideo prae caeteris
majorem debuit a Christo gratiae plenitudinem obtinere.
76. SUREZ, De Mysteriis vitae Christi, d. 18, 1-4, n. 8.

ScrdeM 271
JAVIER IBEZ IBEZ

las gracias de todas las dems criaturas no pueden constituirse en prepara-


cin adecuada.
En efecto, esta enseanza parece verse confirmada por el propio
Magisterio: Desde el principio y antes de todos los tiempos eligi y seal
una Madre a su Unignito Hijo... Por eso tan maravillosamente la colm de
la abundancia de todos los celestiales carismas sacada del tesoro de la
divinidad, muy por encima de los ngeles y los santos, que Ella, siempre
absolutamente libre de toda mancha de pecado, y toda hermosa y
perfecta, manifestase tal plenitud de inocencia y santidad que no se
concibe en modo alguno mayor despus de Dios y nadie puede imaginar
fuera de Dios77.
Por tanto, la santidad inicial de Mara super la santidad individual y
conjunta de todos.
Tenemos dos criterios para probarlo. En primer lugar, la consideracin
de los efectos negativos producidos por esta gracia; y adems la considera-
cin tambin de los fines para cuya consecucin se concedi.
La gracia inicial de Mara produjo en Ella efectos negativos que no ha
producido la de ningn santo en este mundo, dado que, como hemos
visto, la preserv del pecado de origen, de la concupiscencia o fmite del
pecado y la hizo impecable de derecho. Siendo esto as, ello nos llevara
a concluir que la gracia inicial de Mara fue superior a la de stos en su
grado ms elevado. Los santos, pues, no fueron impecables de derecho,
como lo fue la Virgen; tampoco carecieron de la concupiscencia o fmi-
te del pecado como careci Ella. Por tanto, si la gracia de Mara fue
mayor en el aspecto negativo, debi tambin serlo en el aspecto positi-
vo, habida cuenta de que, en la actual economa de salvacin, la exencin
de un mal (pecado, fmite del pecado, pecabilidad) no es una simple

77. PO IX, ibidem, en MARN, Documentos Marianos, p. 171; cfr. LEN XIII, Enccl. Magnae Dei
Matris, ASS 25, 141: De thesauro largiatur illius gratiae, qua inde ab initio donata est plena
copia a Deo, digna ut Ejus mater exsisteret; haec scilicet gratie copia, quae in multis est
praeclarissima, longe Ipsa cunctis hominum et angelorum mnibus antecellit, Christo una omnium
proxima; cfr. tambin PO XII, Enccl. Mystici Corporis, AAS, 35 (1943), 347: Veracem erga
Ecclesiam amorem mnibus impetret Deipara Virgo, cujus sanctissima anima fuit magis quam ceterae
una simul a Deo creatae, divino Jesu Christi Spiritu repleta.

272 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

exencin, implica un don positivamente santificador. Con otros trminos


podramos afirmar que es la exclusin de un mal producida por la inclu-
sin de un bien.
Por otra parte, a Mara se le concedi la gracia inicial en consideracin
del fin para cuya consecucin se le concedi, es decir, en relacin a la
Maternidad que un da iba a tener. Siendo la gracia efecto del amor de Dios;
y el amor de Dios a su Madre es superior al que tiene a los hijos de adop-
cin, se puede concluir que la gracia inicial de Mara es superior a la final
de los santos. La Virgen, en su principio, fue amada porque deba ser Madre
natural del Hijo de Dios, y los santos, al final, sern amados como hijos
adoptivos.
Pero esta plenitud o grado inicial de la gracia de Mara, con la que
designamos el organismo sobrenatural para vivir la vida divina78, no
excluye en modo alguno el aumento de la misma gracia en la Santsima
Virgen. En efecto, la plenitud de la gracia de Mara no era absoluta como
la de Cristo. Es decir, la suya no era una gracia suma, intensiva y exten-
sivamente, sino que era relativa, de acuerdo con su capacidad, teniendo
en cada instante la gracia que le corresponda en el momento. Y tampo-
co era su plenitud de gracia una plenitud de trmino, como es la de los
santos ya en el cielo. Pudo, por tanto, crecer y aumentar. Y todo ello,
porque las gracias y dones sobrenaturales no fijan la capacidad de su reci-
piente, sino que lo ensanchan y lo dilatan para nuevas comunicaciones.
Cuanto ms se ama a Dios participando de su gracia, tanto ms se capa-
cita uno para recoger las efusiones de la bondad divina. Amando se
adquieren nuevas fuerzas para amar, y quien ms ama, ms quiere y ms
puede amar. As pues, la gracia llama a la gracia, y la plenitud de gracia
a una plenitud siempre creciente.
Por otra parte, el contacto maternal, fsico y espiritual de Mara, con la

78. Este organismo sobrenatural, segn ensea LEN XIII, consta de la gracia santificante
como de una nueva naturaleza, de las virtudes infusas como de las potencias nuevas de
vida, de los dones del Espritu Santo, con los que el alma, dcil a los impulsos del
Espritu Santo, obedece ms fcil y prontamente; cfr. Encicl. Divinum illud munus, ASS
29, pp. 652-654.
79. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 3, q. 7, a. 1. Cfr. J. IBEZ, F. MENDOZA, La Madre
del Redentor, Edic. Palabra, Madrid 1980, pp. 69-71.

ScrdeM 273
JAVIER IBEZ IBEZ

humanidad Santsima de Jesucristo, constituy para Ella una fuente conti-


nua e inagotable de crecimiento de gracia. Y as, la eficacia de este trato
maternal quedara regulada por aquel principio de santo Toms: cuanto
ms cerca de la causa fontal (causae influenti) se encuentra el recipiente,
tanto ms participa de su influjo79.
Especie de la gracia inicial de Mara
No toda gracia santificante es de la misma naturaleza. Aqu y ahora nos
limitamos al hecho de la existencia de diversas especies de gracia santifi-
cante. Y la pregunta surge espontnea. La gracia inicial de Mara fue como
la que recibimos nosotros o fue de otra especie distinta y superior? Y como
Mara no recibi slo la gracia santificante, se hace preciso distinguir. Mara
recibi una gracia de filiacin divina, como la nuestra, aunque ms perfecta;
otra de Maternidad divina, de especie distinta a la nuestra; y, adems, otra
dispositiva corredentora o de maternidad espiritual, tambin de especie dis-
tinta a la nuestra80.
En primer lugar, Mara, redimida por Cristo de un modo ms subli-
me recibe ms abundantemente su gracia, idntica en especie a la nues-
tra, aunque mayor. Su gracia es gracia de filiacin. Por esta gracia Mara
queda hecha hija adoptiva de Dios, siendo la hija adoptiva ms perfecta
que Dios tiene. Es una gracia que destina a Mara al misterio de la visin
beatfica, y que le otorga el derecho a una mayor bienaventuranza. Mara,
con esta gracia inicial de filiacin adoptiva, queda totalmente plena en
cuanto al aspecto negativo, es decir, totalmente limpia y totalmente
plena de gracia, virtudes infusas y dones en cuanto al aspecto positivo
aunque esta plenitud no absoluta, sino relativa, estuviera sujeta a sucesi-
vos aumentos.
Pero Mara, adems de la gracia de filiacin, de la misma especie que
la nuestra, aunque recibida en grado mayor, tuvo dos gracias ms, de

80. Hemos hablado en el texto de tres gracias, y con ello no hemos querido afirmar que santa
Mara recibi en el primer instante de su concepcin tres hbitos santificantes distintos.
Tambin pasamos por alto dos cuestiones: en primer lugar, la de si la Santsima Virgen se
santific con tres gracias ontolgicamente distintas, o distintas slo moralmente; y final-
mente, la de si tuvo tres hbitos o uno slo con tres virtualidades.

274 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

especie distinta y superior: la de la Maternidad divina y la de la


Maternidad espiritual. Si con la gracia de la filiacin Mara quedaba habi-
litada para la visin beatfica, con las gracias de la Maternidad divina y la
Maternidad espiritual Mara quedaba incluida en el orden hiposttico y en
el orden soteriolgico respectivamente, como elemento imprescindible de
los mismos.
Aunque Mara no fue Madre de Dios, ni Madre del Redentor en el pri-
mer instante de su concepcin, Mara tuvo ya estas dos gracias, en su pri-
mera santificacin, no formal sino virtualmente. En ese mismo instante daba
el primer paso en el camino de las dos maternidades, y aunque no las tuvo
en s mismas, las tuvo en sus disposiciones previas y suficientes81. No eran
gracias formalmente maternales, pero eran preparacin suficiente para ambas
maternidades; y como preparacin suficiente, colocadas en el mismo orden
de aqullas para las que preparaban.
Mara, pues, fue llena de gracia en razn de su Maternidad divina. Santo
Toms deduce, de la idoneidad exigida por la futura Maternidad divina de
Mara, su inicial plenitud de gracia; y de la misma Maternidad o unin
maternal en la Encarnacin deducir su segunda y ms perfecta plenitud82.
Y esta plenitud de gracia, derivada de la divina Maternidad, habilita y
constituye formalmente a Mara en Madre espiritual de los hombres: la habilita. Y
esto, por cuanto la plenitud de la gracia de Mara no slo era mayor que la
de todos los hombres juntos, sino porque de la plenitud de la gracia de

81. As lo afirman Po X y Po XII. En primer lugar Po IX: Ms an, muy mucho convena
que, como el Unignito tuvo Padre en el cielo, a quien los serafines ensalzan por Santsimo,
tuviese tambin en tierra Madre que no hubiera jams sufrido mengua en el brillo de su
santidad, en MARN, Documentos Marianos, pp. 85-86. A su vez Po X, en la Enccl. Ad diem
illum, ensea que la inteligencia cristiana no poda acostumbrarse a esta idea: que la carne
de Cristo, santa, sin mancha e inocente, se hubiese engendrado en el seno de Mara de una
carne que hubiera, aunque slo fuese por un rpido instante, contrado alguna mancha. Y,
por qu as, sino porque una oposicin infinita separa a Dios del pecado?, en MARN, op.
cit., p. 375. Y finalmente Po XII escribe en la Fulgens corona que: esta excelsa prerroga-
tiva, declarada y sancionada en el concilio de feso contra la hereja de Nestorio, y mayor
que la cual ninguna parece que pueda existir, exige plenitud de gracia e inmunidad de
cualquier pecado en el alma, puesto que lleva consigo la dignidad y santidad ms grandes
despus de la de Cristo, en MARN, op. cit., pp. 708-709.
82. SANTO TOMS DE AQUINO, Suma Teol., 3, q. 27, aa. 4 y 5.

ScrdeM 275
JAVIER IBEZ IBEZ

Mara poda derivar la gracia de todos ellos. La razn no puede ser otra que
la unin maternal de Mara con Cristo, principio de la gracia que la hace
repercutir en Mara con plenitud y universalidad semejante a la suya.
De hecho, Mara es constituida Madre de los hombres por la plenitud de gracia deri-
vada de la divina Maternidad. Y en virtud de la misma divina Maternidad, la pleni-
tud de gracia de Mara est ordenada a la regeneracin universal de los hombres, ya que
podemos afirmar que la plenitud de gracia exigida por la Maternidad divina, debe estar
informada por el fin soteriolgico de la misma divina Maternidad. La plenitud, pues,
de gracia constituye la fecundidad universal de Mara83.
Las conclusiones a las que llegamos en este apartado son las siguientes: 1- que la
gracia de la filiacin divina, que nos habilita para la gloria, la posee tanto la Santsima
Virgen como nosotros, aunque Ella en grado mayor; 2- que las gracias de la
Maternidad divina y de la Maternidad espiritual fueron exclusivamente de Ella sola; y
3- que estas dos gracias las recibi plena y formalmente cuando el Verbo de Dios se
encarn en las pursimas entraas de Mara.

3. Causa del privilegio

La causa eficiente y formal de la inmunidad de la mancha de pecado ori-


ginal fue la gracia divina, merecida por Jesucristo, Salvador del gnero
humano. La santidad original de Mara es, pues, el fruto primero y ms pre-
cioso de los mritos de su Hijo, Redentor del pecado.
Cristo santifica a los hombres mediante su accin redentora, que es,
ante todo y sobre todo, un acto de culto, un sacrificio. Y porque la reden-
cin es un sacrificio, es tambin un acto esencialmente sacerdotal. Segn
la Carta a los Hebreos, el Verbo se encarn para ofrecer un sacrificio de
holocausto que eran incapaces de ofrecer los hombres84. Y porque no hay
posibilidad de realizar este acto sin ser sacerdote, Cristo fue investido de
esta dignidad sacerdotal85.

83. Cfr. M. LLAMERA, La Maternidad espiritual de Mara (Su razn, naturaleza y transcenden-
cia), Estudios Marianos, 3 (1944), pp. 67-162, especialmente pp. 110-114; y tambin
J. IBEZ, F. MENDOZA, Mara, Madre nuestra espiritual, Madrid 1994, pp. 12-17.
84. Heb 10, 4-7.
85. Heb 9, 11 y ss.

276 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

Pero si hay que relacionar causalmente la santidad inicial de Mara con


la redencin de Cristo, cosa que establece la misma frmula definitoria al
afirmar que Mara fue preservada inmune intuitu meritorum Christi
Jesu Salvatoris humani generis, ello tendr que ser a travs del sacerdocio
sacrificial de Cristo. Pero el sacrificio de Cristo fue un sacrificio de expia-
cin, es decir, pro peccatis. Y Mara no tuvo pecado alguno. Sin embargo,
de aqu no se sigue que Cristo no la redimiera con los mritos de su vida
y su muerte en lo que tienen de sacrificio. Lgicamente lo que se sigue es
que no redimi a su Madre con su vida y su muerte en lo que tienen de
sacrificio que perdona los pecados, pero s en lo que tienen de sacrificio que
preserva de ellos.
Cristo ofreci por su Madre el sacrificio redentor. Y ciertamente lo ofreci
no para expiar sus culpas, ni para saldar sus deudas, que no las tuvo, sino para
merecer que no las tuviera (accin impetratoria) y para dar gracias por haber
merecido la exencin (accin eucarstica). No necesit, pues, expiar ni saldar
por su Madre. Pero Cristo necesit pedir la exencin, mereciendo lo pedido a
la vez que lo peda. Y el mismo sacrificio, con el que pidi y mereci el privi-
legio de exencin para la Madre, sirvi de accin de gracias por su concesin86.
Finalmente, y para concluir, de los cuatro valores que suelen atribuirse
al sacrificio, Cristo ofreci por su Madre tres: ofreci a Dios por Ella el culto
de latra; pidi y mereci la gracia concedida en el primer momento de su con-
cepcin y agradeci a Dios que se la concediera. Y como ya hemos dicho, el
sacrificio de Cristo fue un sacrificio pro peccatis, que en el caso de su Madre,
no fue para quitarlos, sino para no tenerlos.

4. Modo del privilegio

a. Inmaculada porque fue redimida con redencin preservativa


Mara, pues, fue Inmaculada por los mritos del Redentor que la preser-
varon del pecado original y lo fue en cuanto redimida con redencin pre-
servativa. No se puede resumir ms concisa y claramente de como lo hace

86. Cfr. E. SAURAS, op. cit. en nota 63, pp. 44-46.


87. PO IX, ibidem, en MARN, Documentos Marianos, pp. 178-179.

ScrdeM 277
JAVIER IBEZ IBEZ

Inmaculada Concepcin. Juan Carreo de Miranda. H. 1675-1685. Iglesia Parroquial de


Nuestra Seora del Carmen. Marlofa (Zaragoza). (AA.VV., El espejo de nuestra historia. La dicesis
de Zaragoza a travs de los siglos, edita Arzobispado de Zaragoza, Zaragoza 1991, p. 575).

278 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

la Bula: La Santsima Madre de Dios, la Virgen Mara, en previsin de los


merecimientos de Cristo Seor Redentor, nunca estuvo sometida al pecado,
sino que fue totalmente preservada de la mancha original, y, por consi-
guiente, redimida de una manera ms sublime87.
La accin, con la que Cristo merece el privilegio de Inmaculada para su Madre,
es una verdadera redencin. Y queremos hacer notar que en la frmula
definitoria no se habla de Redentor, sino de Salvador. Y si Redentor dice
referencia al mal del que redime, Salvador hace referencia a la salvacin, que
no implica necesariamente concomitancia con la liberacin del mal, y s con
la donacin del bien. Las palabras a las que nos referimos son: intuitu
meritorum Jesu Christi Salvatoris generis humani....
Pero, cul ser el sentido de estas palabras? El Salvador aqu es el
Redentor y, por consiguiente, el que dice relacin con el pecado, del que
habla la frmula dogmtica en los trminos ab omni originalis culpae labe
praeservata inmunis. A Mara la salvan los mritos del Salvador de los hom-
bres, que son mritos redentores, pues con ellos merece la gracia que la pre-
servar del pecado original; y la preservacin ya dice relacin a un mal, en
el caso de Mara, a la cautividad a la que deba estar sujeta.
En este caso, la traduccin autntica del trmino salvador es la de reden-
tor. La propia Bula hace la traduccin que estamos proponiendo: a) El mismo
Po IX lo afirma cuando escribe que la Virgen Mara, en previsin de los
mritos de Cristo Seor Redentor, ...88; b) en la misma Bula aparecen la pre-
destinacin de Mara y el privilegio inmaculista relacionados expresamente
con el pecado, que desde Adn llega a los hombres; c- adems, en la misma
frmula definitoria se especifican los mritos de Cristo salvador del gne-
ro humano. Y del gnero humano Cristo es salvador-redentor, es decir,

88. PO IX, ibidem, en op. cit., pp. 178-179.


89. Antigua es la piedad de los fieles cristianos para con la Santsima Madre Virgen Mara,
que sienten que su alma, en el primer instante de su creacin e infusin en el cuerpo, fue
preservada inmune de la mancha de pecado original, por singular gracia y privilegio de
Dios en atencin a los mritos de su Hijo Jesucristo Redentor del gnero humano, en
MARN, Documentos Marianos, pp. 108-109.
90. A los mritos de Cristo Redentor apela tambin Po XII en la referida encclica. Ensea que
no se puede decir que por esto se aminore la redencin de Cristo, como si ya no se extendie-
ra a toda la descendencia de Adn, y que, por lo mismo, se quite algo al oficio y dignidad
del divino Redentor... Es fcil ver cmo nuestro Seor Jesucristo ha redimido verdaderamente
a su divina Madre de una manera ms perfecta..., en MARN, Documentos Marianos, p. 710.

ScrdeM 279
JAVIER IBEZ IBEZ

mediante mritos hechos con la naturaleza humana pasible. A estos mri-


tos redentores apelaba, casi doscientos aos antes (8-XII-1661), el papa
Alejandro VII en la Bula Sollicitudo omnium Ecclesiarum89, y, un siglo
despus de la definicin dogmtica, Po XII, en su encclica Fulgens corona
(8-IX-1953)90, para conmemorar tan fausto evento.
El trmino a quo de la redencin de Mara, como de la de los dems hom-
bres, es el pecado original; pero el modo fue privilegiado (singulari gratia et
privilegio). Mientras todos los dems somos redimidos con redencin libera-
tiva, Mara no fue liberada del pecado contrado, sino preservada de con-
traerlo, es decir, redimida con redencin preservativa.
En la Bula se observa que esta preservacin del pecado no slo es reden-
cin, sino que es una redencin ms sublime que la de todos los dems
seres: sublimiori modo redempta. Mara fue redimida por cuanto fue preserva-
da del pecado original: praeservatam omnino... idcirco sublimiori modo redempta.
Luego Mara redimida del pecado original. As comprueba lo afirmado el
comparativo sublimiori modo usado por la Bula. La Virgen fue preservada por
los mritos del Redentor; los dems fuimos liberados por esos mismos mri-
tos. Mara redimida ms sublimemente en su preservacin que nosotros en
nuestra liberacin.
Finalmente se debe afirmar que la redencin de Mara tiene por tr-
mino la preservacin de la culpa original. Una Inmaculada no formal-
mente preservada es una Inmaculada no redimida; y sa no es la
Inmaculada de la fe.

b. Redimida preservativamente, sin dbito del pecado original?

La inmunidad de Mara parece excluir cualquier dependencia del peca-


do original; y la redencin preservativa, con la que queda inmunizada, pare-
ce exigir alguna necesidad de preservacin. En otros trminos: el dogma
de la Inmaculada Concepcin se puede explicar rectamente sin admitir res-
pecto de la Virgen algn dbito de pecado que exigiera su preservacin y la
hiciera redimible?
Las explicaciones teolgicas que se han dado en torno al problema del
dbito son tres: 1- la que exime a la santsima Virgen de cualquier clase de
dbito; 2- la que afirma que Mara tuvo un dbito personal para poder ser

280 ScrdeM
LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

realmente redimida; y 3- la que sostiene que slo se puede y debe defenderse


respecto de Ella un dbito natural.
Hoy, en este trabajo, nos proponemos considerar solamente la primera de las expli-
caciones teolgicas, es decir, la de los que consideran a la santsima Virgen, no slo
exenta de toda mancha de pecado, sino de todo dbito o necesidad de contraerlo91. Y
ello, para comprobar si con la negacin del dbito de pecado se puede afir-
mar la existencia de redencin preservativa de Mara.
Consideramos como autor representativo de la explicacin teolgica,
que niega el dbito en la santsima Virgen, al muy R. P. Joaqun Mara
Alonso. Expondremos brevemente su teora para hacerle luego la corres-
pondiente crtica.

La teora del P. Joaqun Alonso, C.M.F.92

1. Exposicin de la misma
Orden del plan divino. En esencia se podra reducir a lo siguiente: La

91. Sobre toda esta cuestin, cfr. J. A. DE ALDAMA, En torno a la redencin preservativa,
Salmanticensis, 1 (1955), pp. 164-177; J. M. ALONSO, Perspectivas mariolgicas de hoy y
de maana, Ephemerides Mariologicae, 1 (1951), pp. 219-242; idem, De quolibet debito a
B. M. V. prorsus excludendo, Ephemerides Mariologicae, 4 (1954), pp. 219-242; idem, Num
B. Virgo peccati debiti fuerit abnoxia, Ephemerides Mariologicae, 5 (1955), pp. 33-46; idem,
El dbito del pecado original en la Virgen: Reflexiones crticas, Revista Espaola de
Teologa, 15 (1955), pp. 67-96; B. DE SAN PABLO, Impresiones de un independiente sobre
la cuestin del dbito, Ephemerides Mariologicae, 5 (1955), pp. 9-32; CRIS. DE PAMPLONA,
La redencin preservativa de Mara y el requisito esencial de la preservacin, Estudios
Marianos, 15 (1955), pp. 153-167; J. M. DELGADO VARELA, Exencin del dbito segn los
marilogos espaoles de 1600 a 1650, Ephemerides Mariologicae, 1 (1951), pp. 501-526;
E. DEL SAGRADO CORAZN, La Inmaculada en la tradicin teolgica espaola: la sentencia
sobre el debitum peccati: 1595-1600, Ciencia Tomista, 95 (1954), pp. 513-564;
M. LLAMERA, El problema del dbito y la redencin preservativa de Mara, Estudios
Marianos, 15 (1955), pp. 169-223; P. DE ALCNTARA, La redencin preservativa de Mara,
Ephemerides Mariologicae, 4 (1954), pp. 243-267; A. DE VILLALMONTE, La Inmaculada y el
dbito del pecado, Verdad y Vida, 12 (1954), pp. 49-101; N. GARCA GARCS, Debi
tener la Santsima Virgen el pecado original?, Ephemerides Mariologicae, 5 (1955), pp. 95-110.
92. Los dos artculos fundamentales, en los que el P. Alonso dise primero y desarroll ms
tarde su teora, son los dos primeros citados en la nota 91, es decir, Perspectivas mariol-
gicas y De quolibet debito a B. M. V. prorsus excludendo.
93. J. M. ALONSO, Perspectivas mariolgicas de hoy y de maana, op. cit., p. 225.

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posicin concreta del problema, tal como aparece en las fuentes..., exige en
primer lugar... la gloria del Verbo Encarnado; slo que Dios ha querido, al
mismo tiempo, conseguir esa misma gloria por un medio bien extrao y
desconcertante para la inteligencia humana: la permisin del pecado que
nos diera un Verbo Encarnado ms glorioso porque Redentor93.
Con Cristo, Dios quiso y predestin a su divina Madre.
Abandonado este orden hipottico, de pura abstraccin, nos hallamos con
que, lejos de tener que recibir Mara la gracia o de perderla, lo que es lo
mismo a causa de su descendencia natural de Adn, es ste, ms bien,
quien depende de Mara en lo sobrenatural. He aqu, pues, cmo vincula-
mos absolutamente a Mara de Cristo Redentor y la desvinculamos total-
mente del Adn pecador. Ahora se comprende por qu Mara ni siquiera
deba estar sometida al pecado de origen94.
Mara, exenta de pecado y de dbito. En primer lugar, afirma el
autor, que Beatam Mariam Virginem esse inmunem a peccato originali primario et
principaliter significat eam dotatam gratia in primo instanti Inmaculatae
Conceptionis. Unde consideratio de peccato originali in B. M. Virgine non recte
statuitur, si privilegium hoc primario consideratur ut inmunitas a peccato95.
En segundo lugar, Mara no pudo tener dbito en Adn porque Beata
Maria Virgo est prior in intentione divina, id est, in vera ordine reali et
supernaturali, quam Adam ejusque peccatum; unde... sicut gratia B.M. virginis
non a propagatione naturae esset repetenda, sed a divina maternitate, ita divinae
maternitati est adscribendum quod sit extra ordinem peccati constitutam a primo
peccato Adami...96.
La Redencin de Cristo. El autor distingue una triple redencin: la
integral, la formal y la general. La primera, segn l, equivale a la per modum
meriti de santo Toms y que el Anglico denominara redencin objetiva; la
formal es el per modum redemptionis de santo Toms; y la general comprende
los cinco modos clsicos del texto tomista97.

94. Ibidem, p. 227.


95. J. M. ALONSO, De quolibet debito a B. M. V. prorsus excludendo, op. cit., p. 231.
96. J. M. ALONSO, ibidem, p. 235.
97. J. M. ALONSO, ibidem, p. 237.

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LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

La redencin, por tanto, puede considerarse en sentido amplio o general y


comprende los cinco modos clsicos, o en sentido formal que es el per modum
redemptionis, nico que dice relacin necesaria con el pecado. Y as, para que
un hombre sea redimido, no es preciso suponer en l pecado alguno; basta-
ra que lo fuera con otras virtualidades redentoras, como la meritoria. Estos
mismos redimidos, sin relacin alguna con el pecado, pueden ser conside-
rados redimidos con redencin formal per modum redemptionis porque el
mrito con que Cristo los redime es formalmente redentivo, que es una
mayor excelencia meritoria98.
La Virgen, redimida. Vamos a conceder, afirma el P. Alonso, que en
la Bula Ineffabilis la palabra Redemptoris se toma formaliter y an formalissi-
me. Pero distingamos en la Redencin, ms que el aspecto redemptivo y pre-
servativo, de uso comn, los aspectos redentivo y elevador. El primero es el
efecto producido por Cristo en aqullos que cayeron en el pecado de origen;
el segundo es el exclusivo de la Virgen. Este efecto en Ella afirmamos que lo
produce Cristo en cuanto Redentor, por ms que en Ella no tenga ningn
efecto formaliter redemptivus. Afirmamos, pues, sin contradiccin, los
dos extremos, y nos parece que son perfectamente sostenibles. Hemos dicho
que la gloria, del mrito de Cristo, intentada por Dios, es una gloria reden-
tora; en Cristo, pues, como en causa obra toda ella, pero sus efectos dependen
de los sujetos a quienes se aplica: en los verdaderamente redimidos, con
causalidad liberativa; en la Corredentora con causalidad elevadora.

2. Juicio crtico de la teora del P. Alonso

a. En el plan divino, elegido por el P. Alonso, se observa que la


Encarnacin no es querida independientemente de la redencin; y se
advierte que el Redentor prevalece sobre los redimidos y la gloria de
ste sobre la de ellos. Por consiguiente, Dios quiso un Verbo Encarnado
Redentor, es decir, al menos, con previsin del pecado redimible.
No vamos a entrar en la cuestin de nuevos planes divinos. Para sal-
vaguardar la primaca de Cristo no se precisan nuevos planes, pues,
para los escotistas, esa primaca lo es todo; y para los tomistas, que

98. J. M. ALONSO, ibidem, p. 225.

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no conocen otro plan divino de la Encarnacin que el redentor, no


posponen a Cristo en nada, ni a nadie.
b. En este plan providencial, en el que Mara comparte el intento reden-
tor del Hijo, comparte tambin la condicin de estirpe de Adn, que
necesitaba redencin, ya que no fue predestinada sino como hija de
Adn pecador. Si por ser Madre del hijo no deba seguir la mala suer-
te de Adn, por ser hija de ste deba ser preservada de ella.
La suposicin que hace el P. Alonso de que la filiacin admica no
afectaba en nada a Mara, sino que, lejos de tener que recibir Mara
la gracia o de perderla, lo que es lo mismo a causa de su descen-
dencia natural de Adn, ms bien es ste quien depende de Mara en
lo sobrenatural99, olvida el plan de la encarnacin redentora para
recaer en el de la encarnacin mediadora. Si Mara entra en el desig-
nio divino, es decir, en la predestinacin de un Dios-Hombre-
Redentor, cmo se puede hacer depender de Ella la condicin de
Adn inocente, que es previa a ese plan?
c. Nosotros pensamos que la Santsima Virgen no fue completamente indepen-
diente del pecado de Adn; y lo pensamos as, porque Santa Mara necesit ser
redimida. El P. Alonso opina que, desligada Mara no slo del pecado de Adn,
sino tambin de su dbito, queda a salvo su redencin.
Opina el autor que la redencin tiene al menos dos sentidos: uno
amplio total que abarca el mrito, el sacrificio, la satisfaccin, el res-
cate y hasta la misma eficacia; y otro parcial y formal, el per modum
redemptionis, nico relacionado con el pecado. Queda as el camino
expedito para hacer a Cristo Redentor en el primer sentido, sin que
en los redimidos se precise relacin con la culpa.
Queremos hacer algunas precisiones:
1. No es slo la redencin en sentido parcial y formal per modum
redemptionis la que supone el pecado y se ordena a su remedio,
sino tambin la redencin en sentido amplio y total. Todas ellas
son efecto de la Pasin de Cristo que tiene como causa el pecado.

99. J. M. ALONSO, ibidem, p. 227.

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LA MATERNIDAD DIVINA DE MARA, RAZN TEOLGICA DE SU INMACULADA CONCEPCIN

Decir que Cristo nos redime, o lo que es lo mismo: que merece y


satisface por nosotros y que nos reconcilia por su Pasin, equiva-
le a decir que Cristo nos redime en cuanto Vctima del pecado.
2. La redencin formal ser la que produce todas esas virtualidades
juntas que causan la salvacin. Por todas ellas inseparables es
Cristo Redentor.
3. Por tanto, si Cristo es Redentor por su Pasin, y no padece sino
por el pecado, Cristo no es Redentor de quien no necesita preser-
vacin o liberacin del mismo.
4. Finalmente, el P. Alonso debe admitir que si Cristo no pudo ser formal-
mente Redentor sin pecadores que redimir, una vez constituido tal en bien
de ellos, redime tambin a quienes slo necesitaban sus mritos, como la
santsima Virgen y los ngeles; si formalmente hablando no son redimidos,
formalmente hablando Cristo no es su Redentor100.
d. En torno a la redencin de Mara, diseada por el ilustre marilogo,
le hacemos tambin algunas puntualizaciones:
1. El uso comn, tanto en el dogma como en la teologa, distingue una
doble redencin: la liberativa y la preservativa. La primera es la que
libra del pecado a todos los hombres, la segunda, por su parte, pre-
serva de contraerlo; sta slo consta que se dio en la Santsima Virgen.
2. A la afirmacin del P. Alonso de que la Virgen no fue preservada,
ni verdaderamente redimida, pues Cristo obra en Ella con causa-
lidad exclusivamente elevadora, respondemos que la redencin es
tambin elevadora; pero sin dejar de ser liberativa o preservativa.
La sola elevacin no es redencin. Y ello, porque el sujeto eleva-
do, pero no liberado ni preservado, no tiene nada de que ser redi-
mido, ni, por tanto, el que le eleva es redentor suyo en nada.
Adems, la redencin, bien liberativa bien preservativa, es elevadora, por-
que no es posible redimir, es decir, liberar o preservar del pecado original,
sin la elevacin que lleva consigo la gracia. As pues, en cuanto la elevacin

100. Cfr. M. LLAMERA, El problema del dbito y la redencin preservativa de Mara, Estudios
Marianos, 15 (1955), pp. 186-188.

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es elemento esencial de la redencin, y en cuanto redimir es elevar, elevar es


redimir. No obstante, aunque toda redencin es elevacin, de aqu no se
deduce que toda elevacin sea redencin.
3. Este efecto elevador en Ella, afirma el P. Alonso, lo produce Cristo
en cuanto Redentor, por ms que en Ella no tenga ningn efecto
formaliter redemptivus. Afirmamos sin contradiccin los dos
extremos, y nos parece que son perfectamente sostenibles101.
Con toda lgica se puede afirmar que Cristo en Mara, no obra formalmente como
Redentor, si no ejerce en Ella una eficiencia formalmente redentiva, pues entre la forma
y el efecto tiene que existir correspondencia de naturaleza. Si el efecto no es formalmente
redemptivo en Mara, tampoco lo es la eficiencia que lo causa, ni el sujeto de la accin
obraencuantoposeedordeesaformaredentora;y,porconsiguiente,noselepuededeno-
minar por ella en orden a tal accin.
4. Finalmente, aun cuando concediramos que esa tal elevacin de
Mara, sin preservacin, la obrara Cristo en cuanto Redentor, no
quedara a salvo la verdad dogmtica, ya que Mara, segn la
Bula, no fue solamente elevada, sino realmente preservada del
pecado original; y en cuanto preservada, verdaderamente redimi-
da y ms sublimemente que los redimidos liberados.
Para terminar, nos parece que de la teora, ideada por el P. Alonso, se
deduce que Mara careci de dbito, cosa que l pretende, y adems, y esto
no lo pretende, que Jesucristo no fue Redentor de Mara.

A modo de conclusin

1.- La Maternidad divina de Mara fue en Ella la razn por la que no pudo
contraer el pecado original, y que deba contraer por pertenecer a la descenden-
cia de Adn. 2.- En virtud de los mritos redentores de su Hijo, Mara fue pre-
servada de incurrirlo y as, redimida sublimiori modo. 3.- La Maternidad divina,
como se ha visto, excluye el pecado original, pero no el dbito de contraerlo.
Javier IBEZ IBEZ
Sociedad Mariolgica Espaola
ZARAGOZA
101. J. M. ALONSO, Perspectivas mariolgicas de hoy y de maana, op. cit., p. 226.

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