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Ingreso y Salida de Vehículos para El Turismo.
Ingreso y Salida de Vehículos para El Turismo.
Ingreso y Salida de Vehículos para El Turismo.
Fortalecimiento de la Educacin
INGRESO Y SALIDA DE
VEHCULOS PARA EL
TURISMO.
ASIGNATURA:
LEGISLACIN ADUANERA.
DOCENTE:
TEMA:
ALUMNO:
2015
INTRODUCCIN.
La posibilidad de las personas de salir de sus pases y, en el caso que
este a su alcance, transitar con sus propios vehculos para realizar
turismo en el pas que visita, impuls a la Aduana a crear un mecanismo
administrativo para admitir el ingreso de dichos vehculos de manera
temporal bajo un rgimen de excepcin sin las restricciones de un
proceso
de
importacin
temporal
convencional,
sujeta
tres
condiciones:
i)
De orden material,
ii)
iii)
tursticos,
De orden personal, debe ser de propiedad del turista y
De orden temporal. Todo ello con la finalidad de promover el
turismo
el
intercambio
cultural
de
la
comunidad
internacional.
As, que el 4 de junio de 1954 se suscribe la Convencin de New York
que en su artculo primero resume
dice:
Cada uno de los Estados Contratantes admitir
temporalmente, libres de derechos y
gravmenes de
importacin y sin aplicar las prohibiciones y restricciones
relativas a la importacin, pero sujetos a la obligacin de
reexportacin, y a las dems condiciones indicadas en la
presente Convencin, los vehculos, propiedad de personas
que residan normalmente fuera de su territorio,
importados y utilizados para su uso privado con motivo de
una visita temporal, por los propietarios de los vehculos o
por otras personas que residan normalmente fuera de su
territorio.
NDICE.
INTRODUCCIN.........................................................................................2
NDICE.......................................................................................................3
1. INGRESO Y SALIDA DE VEHCULOS PARA EL TURISMO........................5
DEFINICIONES...................................................................................13
CARACTERSTICAS............................................................................14
ANTECEDENTES LEGALES.................................................................14
APLICACIN: PROCEDIMIENTO OPERATIVO.......................................15
5.1. PROCEDIMIENTO GENERAL..........................................................15
5.
VENTAJAS Y DESVENTAJAS................................................................35
5.1. VENTAJAS:....................................................................................35
5.2. DESVENTAJAS:.............................................................................35
6.
DERECHO COMPARADO....................................................................36
6.1.
6.2.
6.3.
6.4.
7.
CASUSTICA.......................................................................................42
7.1.
7.2.
7.3.
7.4.
7.5.
7.
8.
ARGENTINA..................................................................................36
BOLIVIA........................................................................................37
CHILE:..........................................................................................37
MEXICO:.......................................................................................39
Caso
Caso
Caso
Caso
Caso
1.........................................................................................42
2.........................................................................................45
3.........................................................................................46
4.........................................................................................47
5.........................................................................................47
CONCLUSIONES................................................................................49
BIBLIOGRAFA...................................................................................52
permitiendo
el
ingreso
de
vehculos
para
su
ingreso
temporal
de
vehculos
permite
al
turista,
el
PARA
EL
INGRESO
DE
VEHCULOS
EXTRANJEROS.
El ingreso temporal de vehculos para uso privado de los turistas
se permitir sin aplicar las prohibiciones y restricciones con
relacin a la importacin, ya que como turista, no podr realizar
actividades remuneradas o lucrativas.
Debe solicitar la autorizacin para el ingreso temporal de su
vehculo en el puesto de control fronterizo peruano.
Libreta
de
Pasos
por
Aduana
Carnet
de
Automobils
Automovilstica
Internacional
Clubs
Internacional
de
Internationale
(FIAC),
Turismo
des
(AIT)
Automobile
Federacin
(FAI),
o
Alianza
Association
Clubs
Reconnus
(AIACR).
de
excepcin
que
permite
el
ingreso,
Para
ello
se
otorga
un
Certificado
de
de
carcter
improrrogable.
concedido,
sern
decomisados
Supremo N. 055-2005-RE,
medida
bilateral
y se trata de una
tendiente
facilitar
el
aplican
temporal
igualmente
de
sus
para
equipajes
la
admisin
y vehculos, de
Podr
ingresar
con
su
vehculo
de
uso
10
pas
no
podr
superar
el
periodo
de
sobre
vehculos,
Trnsito
de
personas,
embarcaciones
martimas
aeronaves:
fluviales
Mediante
ste
personas
fronteriza
se
en
entender
el
caso
por
de
regin
Ecuador
las
Cajamarca.
Trnsito
debe
Transfronterizo: El
portar
su
documento
conductor
nacional
de
vehculo,
licencia
de
conducir
la
ser hasta un
11
de
ingreso,
Documento
los
documentos
Nacional
de
siguientes:
Identidad,
la
ser hasta un
Obligatorio
de
Accidentes
de
Trnsito
(SOAT).
El SOAT, es un seguro establecido por la Ley General de
Transporte
Trnsito
Terrestre
27181
sus
12
2. DEFINICIONES.
simultnea.
Automviles,
motocicletas,
en
cualquiera
de
Las
Partes.
Tambin
sern
13
3. CARACTERSTICAS.
4. ANTECEDENTES LEGALES.
14
de Internamiento Temporal
de Vehiculas
con
15
16
debe ser
de estada
se ha
vencido,
es
como
sigue:
Articulo 197.- Sancin de comiso de las mercancas.
Se aplicara la sancin de comiso de las mercancas cuando:
Tambin ser aplicable la sancin de comiso al medio de transporte que
habiendo ingresado al pas al amparo de la legislacin pertinente o de un
convenio internacional, exceda el plazo de permanencia concedido por la
autoridad aduanera. En estos casos, los vehculos con fines tursticos podrn
ser retirados del pas, si dentro de los treinta (30) das hbiles posteriores al
vencimiento del plazo de permanencia concedido por la autoridad aduanera, el
turista cumple con pagar una multa cuyo monto es establecido en la Tabla de
Sanciones aplicables a las infracciones del presente Decreto Legislativo. De no
efectuarse el pago en el citado plazo o el retiro del vehculo del pas en el
plazo establecido en su Reglamento, este caer en comiso.
().
Administrativa,
sus
normas
modificatorias,
17
2.
La
autorizacin
temporal/retorno
para
de
el
ingreso
dichos
temporal/salida
vehculos,
ser
salida
solicitada,
de
de
Passages
en
Douannes,
emitido
por
las
asociaciones afiliadas a la Alianza Internacional de Turismo AIT o la Association Internacionales des Automovil Club
Reconnus - AIACR.
4. La Libreta de Pasos por Aduana, emitida con plazo de validez no
mayor de un ao, ser admitida como instrumento habilitado para
el ingreso o salida temporal de los vehculos a que se refieran, as
como para el ingreso temporal de piezas sueltas para la reparacin
del vehculo, siendo el Touring y Automvil Club del Per quien
garantiza los tributos de importacin aplicables a esas mercancas
5. El plazo de validez de la Libreta de Pasos por Aduana que ampara
el ingreso temporal de las piezas sueltas a que se refiere el
numeral anterior, no exceder, de conformidad con el Artculo 4
de la Convencin de Nueva York 1954, el plazo de validez de la
18
19
10.
Vehculos
para
20
Turismo,
permitir
al
personal
bajo
las
modalidades
de
ingreso,
consulta,
La
Intendencia
actualizacin,
Nacional
integracin
de
Sistemas
oportuna
vela
consolidacin
por
la
de
la
VII. DESCRIPCION
A) DEL INGRESO TEMPORAL
A1) PRESENTACIN, RECEPCIN Y VERIFICACIN
A1.1 DE LA LIBRETA DE PASOS POR ADUANA.
1. El turista se presenta con el vehculo ante la autoridad
aduanera indicada en el numeral 2 del rubro VI, portando los
siguientes documentos:
a)
a)
21
b)
oficial
de
aduanas
especialista
en
aduanas
TURISTA:
Apellidos
nombres,
nacionalidad
22
EQUIPOS,
REPUESTOS,
ACCESORIOS
Y/U
OPCIONALES.
FECHA DE VENCIMIENTO.
ingresado
un
terminal
de
almacenamiento;
refrendadas,
reservndose
la
copia
para
su control y archivo.
A1.2 DEL CERTIFICADO DE INTERNACIN TEMPORAL
1. El turista se presenta con el vehculo ante la autoridad
aduanera indicada en el numeral 2 del rubro VI, portando los
siguientes documentos:
a) Pasaporte o documento de circulacin interna para
turistas otorgado por la autoridad migratoria en el
pas.
b) Tarjeta de inscripcin o de propiedad del vehculo,
expedida por la autoridad competente del pas de
origen.
c) Documento de transporte, de corresponder.
23
oficial
de
aduanas
especialista
en
aduanas
ingresado
un
terminal
de
almacenamiento,
24
efecto
adjunta
la
solicitud
del
turista,
las
pruebas
previo
25
26
al
Oficial
de
Aduanas
Especialista
en
Aduanas
27
la
salida
del
vehculo
devuelve
la
Aduana
que
autoriz
el
ingreso
temporal
efecta
28
De
ser
la
Resolucin
29
procedente,
registra
el
30
3.
del
embarque
del
vehculo,
refrenda
dicho
INTERESADO:
Apellidos
nombres,
nmero
del
documento de identidad.
FECHA DE VENCIMIENTO
B2) DE LA REGULARIZACION
Del retorno.
1. El titular de la Libreta de Pasos por Aduana se presenta con el
vehculo ante la autoridad aduanera indicada en el numeral 2)
del rubro VI, portando los siguientes documentos:
31
a)
b)
c)
3.
de
Almacenamiento
permitir
retirarlo
de
sus
de
Pasos
por
Aduana
debidamente
refrendada,
32
de
Internacin
Temporal,
el
vehculo
cae
quince
(15)
das
siguientes
al
vencimiento
de
dicho
de
tursticos, el turista
puede optar
por
la nueva escala
de multas
33
mediante
Sin
perjuicio de lo indicado,
Comiso
si el vehculo
no
5. VENTAJAS Y DESVENTAJAS.
5.1. VENTAJAS:
Constituye
temporal
facilitacin aduanera
al permitir
el ingreso
con la nica
34
5.2. DESVENTAJAS:
Defraudar al Fisco.
6. DERECHO COMPARADO.
6.1. ARGENTINA.
Documentacin a Presentar a la entrada:
por
el
propietario
mediante
instrumento
pblico.
35
Cuando
se
trate
de ciudadanos
argentinos
(1)
AO,
adems
de
la
documentacin
exigida
Argentino
correspondiente
la
jurisdiccin
del
36
6.3. CHILE:
INGRESO DE VEHCULO EN ADMISIN TEMPORAL.
El vehculo en el que ingrese al pas un(a) viajero(a) turista
amparado en un Ttulo de Importacin Temporal de Vehculo
(T.I.T.V) o Libreta de Paso por Aduanas (L.P.A.), podr permanecer
en Chile slo por noventa das en un mismo semestre calendario.
Los requisitos exigidos corresponden a los mismos que para el
caso de Viajeros chilenos.
El Ttulo de Importacin Temporal de Vehculos y la Libreta de
Paso
por
Aduana
permiten
que
el Turista
pueda
circular
37
en
los
Consulados
Generales
de
Mxico
en
38
Existe
un
nmero
telefnico
donde usted
puede
obtener
recomienda
los
como
el
trmite
de
expedicin
de
permiso
de
costo
de
este
permiso
de
importacin
temporal
vehicular:
Nota: El IVA de la comisin en Mdulos Fronterizos y Consulares
es a razn del 10%. El IVA de la comisin en Sucursales de
Banjercito territorio Nacional es a razn del 15%. El IVA de la
comisin por Internet es a razn del 10%. Nota: Todas las
comisiones sern ms IVA y son cobradas en moneda nacional.
Para qu tipo de vehculos se tramita este permiso?
39
40
las
pginas
7. CASUSTICA.
7.1. Caso 1.
NO PROCEDE LA SANCIN DE COMISO A LOS VEHCULOS
QUE INGRESAN AMPARADOS EN EL CONVENCIN DE NEW
YORK DE 1954 EN CASO DE EXCEDER EL PLAZO DE
ESTADA.
Mediante Informe Tcnico Electrnico N 00041-2010-3H0060, la
Oficina de Oficiales de la Intendencia de Aduana de Puno,
consulta si es procedente aplicar la sancin de comiso tipificada
en el penltimo prrafo del artculo 197 de la Ley General de
Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N 1053 (en
adelante LGA) a los vehculos de turismo que excedan el plazo de
permanencia consignado en su Libreta de Pasos por Aduana.
41
para
turismo
que
se
encuentran
vigentes,
el
Reconocimiento
del
"carnet
de
passages
en
tratamiento
legal
que
otorgan
las
disposiciones
supra
para
Turismo,
aprobado
por
la
Resolucin
de
42
Touring).
Concordante
complementando
esta
el
marco
legal
expuesto,
podemos
verificar
que
las
43
sta
deber
proceder
cobrar
los
tributos
de
44
45
7.3. Caso 3.
APLICACIN EL PRESENTE REGMEN A LOS CUIDADANOS
PERUANOS QUE CUENTEN CON DOBRE NACIONALIDAD Y
RESIDAN EN EL PERU.
Este Rgimen de excepcin solo
est
destinado
a los
documento
nacional de identidad.
Sin
7.4. Caso 4.
46
Autoridad Aduanera
concedido por la
vehculos
con
fines
de
7.5. Caso 5.
COMPETENCIA
PARA
RESOLVER
SOLICITUDES
DE
47
7. CONCLUSIONES.
48
El Rgimen
fines
tursticos
aduanera
norma
de excepcin
de facilitacin
residentes
en el Per
actividades
necesario
es una
ingresar
de turismo
precisar
conclusin final
sus vehculos
para desarrollar
algunos aspectos
es
a una
APROBADO
Reglamento, si
ingreso de los
cerrada
bien
maneja un
mecanismo gil
que fue
creada en un
es una
para el
norma
entonces
para comprar un
meses
el internamiento de vehculos de
49
se encontraba
en situacin
que permite
aos,
no
permite la incautacin.
Conforme a la Stima Disposicin Complementaria Final de la Ley
30296 modificatoria del Reglamento de Internamiento Temporal de
Vehculos (D.S. 015-87-ICTI/TUR) se espera un Reglamento ms
flexible, que permita al turista reportar
no afecte
la
DE
al primero, no
le pueden
declarar el Comiso
ni
50
el
comiso y la
del
es
posible
que
tengamos,
por
un
lado
un
reglamento
dada la apertura de
globalizado
en que vivimos,
nuestro arancel
se requiere
en la
y el mundo
de un reglamento gil,
8. BIBLIOGRAFA.
51
Derecho Aduanero
Carlos Asuaje Sequera
Segunda Edicin.
P. 20, 22.
52