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Estatuto Grupo Guías y Scout Huenulavquen
Estatuto Grupo Guías y Scout Huenulavquen
Estatuto Grupo Guías y Scout Huenulavquen
Santiago, Chile
2014
NDICE
INTRODUCCIN .................................................................................................................................. 3
TTULO I: DENOMINACIN, DEFINICIONES, OBJETO, DURACIN Y CONFESIN. .............. 6
TTULO II: ORGANIZACIN INTERNA ............................................................................................. 9
TTULO III: FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LAS UNIDADES ................................................ 11
TITULO IV: SOBRE LOS DISTINTOS INTEGRANTES DEL GRUPO DE GUAS Y SCOUT
HUENULAVQUN.............................................................................................................................. 14
Del Miembro Beneficiario ............................................................................................................... 14
De las Guiadoras y Dirigentes ....................................................................................................... 16
Del Responsable y Asistente de Grupo ........................................................................................ 18
Del Staff de Dirigentes.................................................................................................................... 20
De los Padres y Apoderados ......................................................................................................... 22
Del Comit de Grupo ...................................................................................................................... 23
De la Institucin Patrocinante ........................................................................................................ 26
Del Representante de la Institucin Patrocinante ........................................................................ 27
Del Consejo de Grupo .................................................................................................................... 29
TTULO IV: DISOLUCIN ................................................................................................................. 31
TTULO V: MODIFICACIONES DEL ESTATUTO ........................................................................... 32
TTULO VI: ACEPTACIN Y CONSTITUCIN DEL ESTATUTO..33
INTRODUCCIN
Conforme al artculo segundo del ttulo primero de los Estatutos de la Asociacin de Guas y
Scout de Chile, en adelante AGSCH, la finalidad del Movimiento Gua y Scout, en adelante el
Movimiento, consiste en el desarrollo integral de la personalidad, carcter y temperamento de
nios, nias y jvenes, capacitndolos para ejercer plenamente su libertad e integrarse solidaria
y servicialmente en la comunidad en que viven. Para cumplir esta labor formativa,
complementaria al hogar y a la escuela, el Mtodo Gua y Scout adoptado por la AGSCH,
propone a los jvenes un conjunto de actividades de adhesin voluntaria, y con
responsabilidades progresivas de acuerdo a su crecimiento.
Durante estos 27 aos de existencia, el Grupo de Guas y Scout Huenulavqun ha logrado sentar
sus bases gracias al trabajo duro y constante que muchos dirigentes y guiadoras han depositado
en l, as como tambin gracias a la confianza y apoyo de los padres y apoderados de los
miembros beneficiarios que en l participaron o participan.
Hoy, siendo uno de los Grupos de Guas y Scout ms grandes a nivel Zonal, queremos dar un
paso ms en la concretizacin de la misin y visin del Movimiento. Es por eso que hemos
plasmado nuestras normas, reglas y acuerdos en este instrumento, con la finalidad de ofrecer a
futuros dirigentes y guiadoras un marco normativo probado y efectivo que les permita a ellos,
Nuestro Grupo de Guas y Scout se encuentra desde hace ya varios aos dentro de los registros
de Grupos a nivel nacional que lleva la AGSCH. Esto, obliga a nuestro Grupo a respetar y aplicar
las normas institucionales de la AGSCH, es decir sus Estatutos y su Reglamento, como tambin
las normas complementarias y las Polticas Institucionales de la misma. Si bien en lo que respecta
al funcionamiento del Grupo se han adoptado la mayora de esas normas, existen algunas
diferencias que se han establecido dadas las caractersticas particulares de nuestro Grupo. En
ningn caso esto quiere decir que nuestro Grupo no respeta ni reconoce dichos documentos.
La orgnica interna que establece la AGSCH para el funcionamiento de sus estructuras bases
(Grupos), no es un postulado de carcter obligatorio para stos, sino que corresponde a una
proposicin, es decir, a un modelo que presenta caractersticas que lo convierten en un esquema
favorable y beneficioso para el buen funcionamiento de un Grupo. Es por esto, que nuestra
intencin a travs de este instrumento es dejar establecido el funcionamiento particular que ha
utilizado el Grupo de Guas y Scout Huenulavqun desde hace ya varios aos, funcionamiento
que toma como base lo propuesto por la AGSCH.
En razn de lo anterior, en varias ocasiones este instrumento citar artculos de las normas
institucionales de la AGSCH. Pero tambin existirn disposiciones que no adoptan lo propuesto
por la AGSCH. En este ltimo caso, prevalecer lo contenido en este instrumento. En todo lo que
no previsto por este instrumento, regirn de forma supletoria las normas antes mencionadas de
la AGSCH.
Misin
El Grupo de Guas y Scout Huenulavquen tiene como misin contribuir en la formacin integral
de nios, nias y jvenes en el marco valorativo de la Ley y la Promesa propuestos por el Mtodo
Gua y Scout de la AGSCH.
Ser un organismo de educacin no formal que apoye a sus integrantes y los aliente a ser agentes
de cambio activos dentro de su comunidad.
Ser una institucin basada en el trabajo en equipo, en donde todas las opiniones sean
escuchadas, se genere dialogo y sean los nios, nias y jvenes los protagonistas de su propio
crecimiento y el de sus pares.
Visin
Ser formadores de nios, nias y jvenes, que mediante la adhesin voluntaria a la Ley y la
Promesa del Movimiento Scout, las cuales recogen una serie de principios espirituales, sociales
y personales, participen en la construccin de un mundo mejor, en el cual todas las personas se
desarrollen ntegramente y alcancen la plenitud de sus posibilidades fsicas, intelectuales, ticas,
emocionales, sociales y espirituales.
Ser un Grupo Scout con participacin activa a travs de lderes que generen cambios y aporten
en las comunidades distritales, zonales, nacionales e internacionales entendiendo que en la
diversidad est el aprendizaje y buscando aportar en el crecimiento global del la Asociacin de
Guas y Scouts.
Artculo 2. Definiciones.
Para efectos del presente instrumento y/o documentos futuros de carcter normativo o
informativo, se deber dar uso a los siguientes trminos y conceptos de la siguiente forma, sin
perjuicio de lo indicado en el Estatuto y en el Reglamento de la AGSCH:
Escultismo: accin de realizar actividades conforme al Mtodo Gua y Scout, creado por Roberto
Baden Powell y adoptado por la AGSCH.
Rama Scout: grupo de nios, nias o jvenes que encontrndose en el mismo rango de edad,
son agrupados segn su gnero en Golondrinas, Lobatos, Guas, Scout, Pioneros y Caminantes.
Unidad: Grupo de nios, nias o jvenes que pertenecen a la misma Rama Scout definidas por
el Reglamento de la AGSCH y en forma conjunta experimentan y realizan las actividades llevadas
a cabo por el Grupo.
Staff de Dirigentes: Estamento conformado por la totalidad de los dirigentes y guiadoras que
pertenecen al Grupo.
Consejo de Grupo: autoridad mxima del Grupo, conformado por el Staff de Dirigentes, el Comit
de Grupo y el Representante de la Institucin Patrocinante.
Comit de Grupo: Estamento formado por los Apoderados Representantes de las distintas
unidades que conforme en Grupo.
Responsable de Grupo: dirigente o guiadora que siendo elegido/a por la mayora del Staff de
Dirigentes, asume la conduccin y orientacin del Grupo, en conjunto con el Asistente de Grupo.
Asistente de Grupo: dirigente o guiadora que siendo elegido/a por el Responsable de Grupo,
asume la conduccin y orientacin del Grupo, en conjunto con el Responsable de Grupo.
Responsable de Unidad: dirigente o guiadora que siendo elegido/a por el resto de los Asistentes
de Unidad, asume la conduccin y orientacin de su Unidad respectiva.
Artculo 3. Objeto.
El objeto del Grupo es promover y practicar el escultismo dentro de la comunidad Compaa de
Mara Apoquindo y en las comunidades locales, nacionales e internacionales, inspirndose en la
misin y visin del Grupo, antes indicada, y bajo el patrocinio del Colegio Compaa de Mara
Apoquindo. Toda accin que se realice para cumplir con el objeto antes indicado se llevar a
cabo dentro del proyecto educativo de la Compaa de Mara y de la AGSCH.
Artculo 4. Duracin.
El Grupo tendr duracin indefinida. Su disolucin y el procedimiento correspondiente para
efectuarla, deber ceirse a lo establecido en el Ttulo V y siguientes de este documento.
Artculo 6. Integrantes.
El Grupo estar conformado por personas pertenecientes a la Comunidad Compaa de Mara.
Tambin podrn formar parte del Grupo, los familiares directos de dirigentes y guiadoras que se
encuentren en servicio o que ya estn retirados.
Para el ingreso de un integrante que no califique con estas condiciones, dicho integrante deber
presentar una solicitud formal al Consejo de Grupo, la cual deber sealar el compromiso a
adherir a todos los deberes establecidos en este documento, a los principios bsicos del
Escultimo, y al proyecto educativo de la Compaa de Mara. La aprobacin de ingreso de un
nuevo integrante, deber ser sometida a votacin y adoptada por simple mayora de sus
miembros integrantes y se deber levantar un Acta de Ingreso que indique que el procedimiento
se ha cumplido.
La edad de los miembros beneficiarios del Grupo deber fluctuar entre 8 y 20 aos, lo que implica
que debern estar cursando desde el tercer ao de enseanza bsica en adelante.
adoptado todas las medidas posibles para su mantenimiento y sea evidente la imposibilidad de
realizar accin alguna para cambiar la situacin que genera la necesidad de disolucin.
por los padres y apoderados al comienzo del ao scout, por concepto de Inscripcin Scout.
Ser responsabilidad del Staff de Dirigentes, establecer el porcentaje de dinero de la ya citada
Inscripcin que se destinarn al Programa de Unidad.
a) Un trato digno, respetuoso, sin groseras ni insultos ni palabras ofensivas por parte de
sus dirigentes y guiadoras, y tambin por parte del resto de los miembros beneficiarios.
b) Participar en las actividades, paseos o campamentos siempre que su padre o apoderado
haya pagado la Inscripcin Scout o el monto correspondiente por dicha actividad, y haya
autorizado oficialmente y por escrito su asistencia al paseo o campamento.
c) No ser discriminado injustamente durante las actividades, paseos o campamentos.
d) Manifestar sus inquietudes y observaciones a los dirigentes o guiadoras que
correspondan.
e) Ser protagonistas del programa de su unidad.
c) Continuar con su proceso formativo, velando por conocer los marcos tericos y
normativos que rigen su actividad.
d) Realizar dentro de los dos primeros aos de permanencia en el Staff de Dirigentes, un
curso de primeros auxilios impartido por alguna institucin competente.
e) Mantener un ambiente sano, seguro y amigable para los miembros beneficiarios durante
el desarrollo de las reuniones, actividades, paseos y campamentos.
f) Mantener una relacin de asimetra con cada uno de los miembros beneficiarios.
g) Respetar los acuerdos adoptados en las instancias deliberativas, tanto reuniones del Staff
de Dirigentes o Consejo de Grupo.
h) Mantener la confidencialidad de todos los temas tratados durante las reuniones con
padres y apoderados, con el Staff de Dirigentes, con miembros beneficiarios o cualquier
otra reunin que as lo amerite.
f) Haber iniciado una relacin ntima afectiva con algn miembro beneficiario, mientras el
dirigente o guiadora formaba parte del Staff de Dirigentes.
g) Incurrir en una falta notoria e importante respecto al respeto y reconocimiento del proyecto
educativo de la Compaa de Mara.
Artculo 32. Requisitos para ser designado Responsable de Grupo y Asistente de Grupo.
Para poder ser designado Responsable de Grupo o Asistente de Grupo, se deber cumplir de
forma copulativa los siguientes requisitos:
a) Ser dirigente o guiadora del Grupo por un periodo superior a dos aos.
b) No tener el cargo de Responsable de Unidad.
c) Tener aprobado el curso de formacin, dictado por la AGSCH que lo habilite para optar
al nivel medio.
d) Adherir al proyecto educativo de la Compaa de Mara.
si a dicha jornada o campamento no asisten al menos dos tercios de los dirigentes y guiadoras
que conforman el Staff de Dirigente.
j)
Velar por la adhesin del Grupo y sus integrantes respecto de los valores del escultismo
y el proyecto educativo de la Compaa de Mara
c) Tomar decisiones y lograr acuerdos en todo lo que diga relacin con la administracin y
organizacin interna del Grupo.
Reservar cierta informacin a su exclusivo conocimiento, excluyendo al resto de los integrantes
del Consejo de Grupo, salvo aquella informacin que revierta las caractersticas de un hecho
delictivo sancionado por las leyes, y que la Institucin Patrocinante, en su calidad de recinto
educativo est obligada a denunciar.
Artculo 39. Deberes del Staff de Dirigentes.
El Staff de Dirigentes y Guiadoras del Grupo deber:
a) Trabajar en forma conjunta, es decir, excluyendo el trabajo separado e independiente de
cada Staff de Unidad.
b) Respetar las opiniones vertidas por los dirigentes y guiadoras que forman parte del Staff
de Dirigentes.
c) Respetar los acuerdos adoptados durante las reuniones del Staff de Dirigentes.
d) Respetar las decisiones e instrucciones que entreguen tanto el Responsable como el
Asistente de Grupo.
c) Tratar todos y cada uno de los temas relacionados con la administracin y organizacin
interna del Grupo.
De la Institucin Patrocinante
c) Deber junto con el Comit de Grupo colaborar en forma conjunta en los casos en que
ocurra alguna situacin fortuita que amerite una intervencin y/o interrupcin de las
actividades o campamentos.
j)
k) Llevar a cabo la toma de decisiones en todos los casos que este instrumento indique, y
velar por el cumplimiento efectivo de las mismas.
l)
Resolver aquellas situaciones no previstas por este documento, pero que debido a su
naturaleza puedan alterar el correcto funcionamiento del Grupo.
de sus miembros integrantes. En este caso, se deber comunicar esta decisin junto con las
razones que motivaron a la misma, a la Direccin de la Institucin Patrocinante y al Director o
Directora del Distrito Manquehue. La destinacin del conjunto de bienes que conformen el
patrimonio del Grupo, ser decidido por el Consejo de Grupo.
_______________________
Sr. Rodrigo Fuenzalida
Director de la Institucin Patrocinante
_______________________
Srta. Michelle Finot
Responsable de Grupo
_______________________
Sr. Felipe Pino
Asistente de Grupo