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ES2318248T3 - Composiciones cosmeticas que comprenden un copolimero de acido metacrilico, particulas minerales insolubles y un polimero cationico o anfoterico y su utilizacion. - Google Patents

Composiciones cosmeticas que comprenden un copolimero de acido metacrilico, particulas minerales insolubles y un polimero cationico o anfoterico y su utilizacion. Download PDF

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ES2318248T3
ES2318248T3 ES04290370T ES04290370T ES2318248T3 ES 2318248 T3 ES2318248 T3 ES 2318248T3 ES 04290370 T ES04290370 T ES 04290370T ES 04290370 T ES04290370 T ES 04290370T ES 2318248 T3 ES2318248 T3 ES 2318248T3
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Serge Restle
Beatrice Perron
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LOreal SA
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Abstract

Composición cosmética, caracterizada por contener, en un medio cosméticamente aceptable, al menos un copolímero entrecruzado de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo C1-C4, al menos un polímero catiónico o anfotérico y al menos partículas minerales sólidas insolubles en agua seleccionadas entre las arcillas, las partículas esencialmente constituidas por alúmina, las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio y el sulfuro de selenio.

Description

Composiciones cosméticas que comprenden un copolímero de ácido metacrílico, partículas minerales insolubles y un polímero catiónico o anfotérico y su utilización.
La presente invención se relaciona con nuevas composiciones cosméticas que contienen, en un medio cosméticamente aceptable, al menos un copolímero de ácido metacrílico/acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} entrecruzado, al menos un polímero catiónico o anfotérico y al menos partículas minerales sólidas insolubles en agua seleccionadas entre las arcillas, las partículas esencialmente constituidas por alúmina, las partículas esencialmente constituidas por carbonato de calcio y el sulfuro de selenio.
Es bien sabido que cabellos que resultaron sensibilizados (es decir, estropeados y/o fragilizados) en diversos grados bajo la acción de agentes atmosféricos o bajo la acción de tratamientos mecánicos o químicos, tales como coloraciones, decoloraciones y/o permanentes, son con frecuencia difíciles de desenredar y de peinar y que carecen de suavidad.
Se preconizó ya en las composiciones para el lavado o el cuidado de las materias queratínicas, tales como el cabello, la utilización de agentes acondicionadores, especialmente polímeros catiónicos o anfotéricos o siliconas, para facilitar el desenredado del cabello y para comunicarle suavidad y flexibilidad. Sin embargo, las ventajas cosméticas antes mencionadas se acompañan desafortunadamente también, sobre cabellos secos, de ciertos efectos cosméticos juzgados indeseables, a saber, una pesadez del peinado (falta de ligereza del cabello) y una falta de lisura (cabello no homogéneo de la raíz a la punta).
Además, el uso de los polímeros catiónicos o anfotéricos con este fin presenta diversos inconvenientes. Debido a su gran afinidad por el cabello, algunos de estos polímeros se depositan de manera importante cuando se realizan utilizaciones repetidas y dan lugar a efectos indeseables, tales como un tacto desagradable y cargado, una rigidez del cabello y una adhesión entre fibras que afecta al peinado. Estos inconvenientes se acentúan en el caso de cabellos finos, que carecen de nervosidad y de volumen.
Se propuso ya la utilización de partículas en composiciones con aclarado para mejorar el tacto y el aspecto del cabello. A modo de ilustración, la patente EE.UU. 5.334.376 propone la adición de partículas de carbonato de calcio a composiciones de acondicionamiento del cabello que contienen una silicona, un alcohol graso y una amida.
En la solicitud de patente DE 199 46 784, se propuso también la utilización de partículas de diferentes óxidos, hidróxidos, carbonatos, silicatos o fosfatos en composiciones capilares para reducir el aspecto graso del cabello. Se prevé, en general, asociar estas partículas a los ingredientes clásicos de los champúes.
Sin embargo, se constató que estas partículas conducían a la formación de una capa poco estética en la superficie del champú perjudicial para los rendimientos del champú. Para evitar la aparición de este fenómeno, se utilizan frecuentemente agentes estabilizantes tales como los polímeros acrílicos entrecruzados del tipo Carbopol. No obstante, estos agentes estabilizantes presentan el inconveniente de disminuir los rendimientos cosméticos de los champúes, especialmente haciendo al cabello más cargado y más áspero.
Resumiendo, se ve que las composiciones cosméticas actuales que contienen polímeros catiónicos o anfotéricos no dan aún una completa satisfacción.
Se conocen en el estado de la técnica composiciones cosméticas, en particular detergentes, que contienen un copolímero de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo como agente estabilizador o de suspensión de ingredientes insolubles en agua, como siliconas o cuerpos grasos. Tales composiciones fueron descritas especialmente en la solicitud de patente WO01/76552. Las calidades de espuma y las propiedades cosméticas obtenidas con estas composiciones no son aún suficientemente satisfactorias.
La solicitante ha descubierto ahora que la asociación de un copolímero entrecruzado de ácido metacrílico/acrilato de alquilo C_{1}-C_{4}, de un polímero catiónico o anfotérico y de las partículas minerales particulares permitía remediar estos inconvenientes.
En efecto, se constató que la utilización de dicho copolímero acrílico en las composiciones de la presente invención permitía obtener sobre las materias queratínicas, especialmente el cabello, muy buenas propiedades cosméticas, particularmente a nivel de la ligereza, de la suavidad y de la lisura al tacto y a nivel de la flexibilidad y de la maleabilidad sobre cabello seco. También se constató que las composiciones de la invención permitían aportar textura al cabello (sensación de mayor espesor) y una mejor permanencia del peinado.
Por otra parte, las composiciones según la invención son estables y presentan un aspecto visual estético. Las propiedades de uso (aspecto, consistencia, abundancia de la espuma, eliminación de la espuma) son muy satisfactorias.
Las composiciones de la invención aplicadas sobre la piel, especialmente en forma de baño espumante o de gel de ducha, aportan un mejoramiento de la suavidad de la piel.
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Así, la presente invención tiene por objeto nuevas composiciones cosméticas que contienen, en un medio cosméticamente aceptable, al menos un copolímero de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} entrecruzado, al menos un polímero catiónico o anfotérico y al menos partículas minerales sólidas insolubles en agua seleccionadas entre las arcillas, las partículas esencialmente constituidas por alúmina, las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio y el sulfuro de selenio.
La invención tiene igualmente por objeto la utilización de una composición tal como se ha definido antes para aportar flexibilidad al cabello.
Otro objeto de la invención se relaciona con un procedimiento de tratamiento de las materias queratínicas, tales como el cabello, caracterizado por consistir en aplicar sobre dichas materias composiciones cosméticas según la invención.
Según la presente invención, por materias queratínicas se entiende el cabello, las pestañas, las cejas, la piel, las uñas, las mucosas o el cuero cabelludo, y más particularmente el cabello.
Otro objeto de la invención se relaciona con la utilización de un copolímero entrecruzado de ácido metacrílico/acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} en, o para, la fabricación de una composición cosmética que contiene un polímero catiónico o anfotérico y al menos partículas minerales sólidas insolubles en agua seleccionadas entre las arcillas, las partículas esencialmente constituidas por alúmina, las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio y el sulfuro de selenio.
Por insolubles en agua, se entienden según la invención los compuestos insolubles en agua a una concentración superior o igual al 0,1% en peso en agua a 25ºC, es decir, que no forman una solución macroscópicamente isotrópica y transparente.
Se detallarán ahora los diferentes objetos de la invención. El conjunto de los significados y definiciones de los compuestos utilizados en la presente invención que se dan a continuación son válidos para el conjunto de los objetos de la invención.
Una de las características esenciales de la invención es la presencia de un copolímero de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} entrecruzado.
El ácido metacrílico está presente preferiblemente en cantidades que van del 20 al 80% en peso y más particularmente del 25 al 70% en peso, y aún más particularmente del 35 al 60% en peso, con respecto al peso total del copolímero.
El acrilato de alquilo está presente preferiblemente en cantidades que van del 15 al 80% en peso y más particularmente del 25 al 75% en peso, y aún más particularmente del 40 al 65% en peso, con respecto al peso total del copolímero. Es seleccionado especialmente entre el acrilato de metilo, el acrilato de etilo o el acrilato de butilo, y más particularmente es el acrilato de etilo.
Este copolímero está parcial o totalmente entrecruzado por al menos un agente entrecruzante clásico. Los agentes entrecruzantes son especialmente compuestos poliinsaturados, en particular etilénicamente poliinsaturados. Estos compuestos son especialmente los éteres polialquenílicos de sacarosa o de polioles, los ftalatos de dialilo, el divinilbenceno, el (met)acrilato de alilo, di(met)acrilato de etilenglicol, la metilenbisacrilamida, el tri(met)acrilato de trimetilolpropano, el itaconato de dialilo, el fumarato de dialilo, el maleato de dialilo, el (met)acrilato de zinc, los derivados de aceite de ricino o de polioles fabricados a partir de ácidos carboxílicos insaturados.
Como agente entrecruzante, se pueden utilizar igualmente compuestos monoméricos insaturados y que lleven un grupo reactivo susceptible de reaccionar con una insaturación para formar un copolímero entrecruzado.
El contenido en agente entrecruzante varía, en general, del 0,01 al 5% en peso y preferiblemente del 0,03 al 3% en peso, y aún más particularmente del 0,05 al 1% en peso, con respecto al peso total del copolímero.
Según una forma particularmente preferida, el copolímero de la invención puede presentarse especialmente en forma de dispersión en agua. El tamaño medio numérico de las partículas de copolímero en la dispersión está generalmente comprendido entre 10 y 500 nm y preferiblemente entre 20 y 200 nm, y más preferiblemente entre 50 y
150 nm.
Estos copolímeros están especialmente descritos en la solicitud WO01/76552.
Se utilizará más particularmente el copolímero de ácido metacrílico/acrilato de etilo entrecruzado en forma de dispersión acuosa al 30% de materia activa fabricado y vendido bajo la denominación CARBOPOL AQUA SF-1 por la sociedad NOVEON.
La concentración de copolímero está generalmente comprendida entre el 0,01 y el 10% en peso con respecto al peso total de la composición y preferiblemente entre el 0,1 y el 5% en peso.
Las partículas según la invención pueden tener una forma cualquiera, por ejemplo la forma de esferas, de lentejuelas, de agujas o de plaquetas o formas totalmente aleatorias.
En el sentido de la presente invención, se entiende por "tamaño primario de partícula" la dimensión máxima que se puede medir entre dos puntos diametralmente opuestos de una partícula individual. El tamaño puede ser determinado por microscopía electrónica de transmisión o a partir de la medida de la superficie específica por el método BET.
Las arcillas pueden ser de origen natural o sintético, pero preferiblemente natural.
Se entiende que las composiciones según la invención pueden contener una o más arcillas.
Las arcillas son productos ya bien conocidos per se, que están descritos, por ejemplo, en la obra "Minéralogie des argiles, S. Caillère, S. Hénin, M. Rautureau, 2ª edición 1982, Masson", cuyas enseñanzas son aquí incluidas a modo de referencia.
A modo de ejemplos de tales productos, se pueden citar las arcillas de la familia de la caolinita, tales como la caolinita, la dickita y la nacrita, y las arcillas de la familia de la halloisita, de la dombasita, de la antigorita, de la bertierina, de la pirofilita, de las montmorillonitas, de la beidellita, de las vermiculitas, del talco, de la estevensita, de las hectoritas, de las saponitas, de las cloritas y de la sepiolita.
Las arcillas pueden también estar modificadas químicamente por diversos compuestos, tales como los ácidos acrílicos, los polisacáricos (por ejemplo la carboximetilcelulosa) o los cationes orgánicos.
Según un modo particularmente preferido de realización de la presente invención, la arcilla utilizada es seleccionada entre caolinita, las montmorillonitas y las hectoritas.
El sulfuro de selenio utilizado según la presente invención puede llevar un átomo de selenio por dos átomos de azufre. Puede también tener una estructura cíclica SexSy en la cual x+y=8.
El disulfuro de selenio utilizable según la invención es un polvo cuyas partículas tienen un tamaño medio numérico inferior a 200 micras y preferiblemente inferior a 25 micras.
Las partículas esencialmente constituidas por alúmina según la invención contienen al menos un 70% en peso de alúmina, preferiblemente más de un 90% en peso de alúmina. Pueden presentar un tamaño primario medio numérico comprendido entre 2 y 200 nm y preferiblemente entre 5 y 50 nm.
Las partículas de alúmina según la invención están esencialmente constituidas por una alúmina cualquiera eventualmente hidratada, tal como, por ejemplo, la boehmita.
Las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio según la invención contienen preferiblemente al menos un 70% en peso de carbonato de calcio, preferiblemente más de un 90% en peso de carbonato de calcio. Pueden presentar un tamaño primario medio numérico comprendido entre 2 nm y 2 micras, preferiblemente entre 5 y 500 nm y más preferiblemente aún entre 10 y 250 nm.
Según la presente invención, las partículas pueden ser partículas másicas formadas por entero de carbonato de calcio. El carbonato de calcio puede también constituir total o parcialmente el corazón de la partícula, estando este último recubierto por otro constituyente, como por ejemplo un óxido, un silicato o un metal. El carbonato de calcio puede aún formar únicamente el revestimiento de un substrato de constitución química diferente, como por ejemplo un óxido, un silicato o un metal.
En caso de que las partículas estén formadas por carbonato de calcio y otras cargas, el carbonato de calcio se halla en estado libre y no forma uniones químicas con las otras cargas. Se trata entonces de una aleación entre el carbonato de calcio y otras cargas, especialmente con óxidos de metales o de metaloides, en particular obtenida por fusión térmica de estos diferentes constituyentes.
Cuando las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio contienen además un óxido de metal o de metaloide, éste es especialmente seleccionado entre el óxido de silicio, de boro o de aluminio.
Preferiblemente, las partículas contienen al menos un 50% en peso de carbonato de calcio, mejor aún al menos un 70% en peso, y las partículas constituidas por más de un 90% en peso de carbonato de calcio son particularmente preferidas según la presente invención.
Más ventajosamente aún, las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio son partículas de carbonato de calcio substancialmente puro.
El carbonato de calcio conveniente en las composiciones de la presente invención puede ser de origen natural o puede ser de origen sintético. En este último caso, puede ser obtenido a partir de óxido de calcio, de peróxido de calcio o de acetato o de etilato de calcio.
Las partículas minerales sólidas insolubles son utilizadas preferiblemente en una cantidad comprendida entre el 0,001 y el 20% en peso con respecto al peso total de la composición. Más preferentemente, esta cantidad está comprendida entre el 0,005 y el 15% en peso con respecto al peso total de la composición y aún más preferentemente entre el 0,01 y el 10% en peso.
Los polímeros catiónicos utilizables según la presente invención pueden ser seleccionados entre todos los ya conocidos per se como mejoradores de las propiedades cosméticas del cabello, a saber, especialmente los descritos en la solicitud de patente EP-A-0.337.354 y en las solicitudes de patentes francesas FR-A-2.270.846, 2.383.660, 2.598.611, 2.470.596 y 2.519.863.
De forma aún más general, en el sentido de la presente invención, la expresión "polímero catiónico" designa todo polímero que tenga grupos catiónicos y/o grupos ionizables en grupos catiónicos.
Los polímeros catiónicos preferidos son seleccionados entre los que contienen unidades que llevan grupos amina primaria, secundaria, terciaria y/o cuaternaria que pueden, o bien formar parte de la cadena principal polimérica, o bien ser llevados por un substituyente lateral directamente unido a ésta.
Los polímeros catiónicos utilizados tienen generalmente una masa molar media numérica o ponderal comprendida entre 500 y 5.10^{6} aproximadamente, y preferiblemente comprendida entre 10^{3} y 3.10^{6} aproximadamente.
Entre los polímeros catiónicos, se pueden citar más particularmente los polímeros del tipo poliamina, poliaminoamida y poliamonio cuaternario. Son productos conocidos.
Los polímeros del tipo poliamina, poliamido-amida y poliamonio cuaternario utilizables según la presente invención que pueden ser especialmente mencionados son los descritos en las patentes francesas Nº 2.505.348 ó 2.542.997. Entre estos polímeros, se pueden citar:
(1) Los homopolímeros o copolímeros derivados de ésteres o de amidas acrílicos o metacrílicos y que llevan al menos una de las unidades de las fórmulas siguientes:
\vskip1.000000\baselineskip
1
2
\vskip1.000000\baselineskip
donde:
los R_{3}, idénticos o diferentes, designan un átomo de hidrógeno o un radical CH_{3};
los A, idénticos o diferentes, representan un grupo alquilo, lineal o ramificado, de 1 a 6 átomos de carbono, preferiblemente 2 ó 3 átomos de carbono o un grupo hidroxialquilo de 1 a 4 átomos de carbono;
R_{4}, R_{5}, R_{6}, idénticos o diferentes, representan un grupo alquilo de 1 a 18 átomos de carbono o un radical bencilo y preferiblemente un grupo alquilo de 1 a 6 átomos de carbono;
R_{1} y R_{2}, idénticos o diferentes, representan hidrógeno o un grupo alquilo de 1 a 6 átomos de carbono y preferiblemente metilo o etilo;
X designa un anión derivado de un ácido mineral u orgánico, tal como un anión metosulfato o un haluro tal que cloruro o bromuro.
Los copolímeros de la familia (1) pueden contener además una o más unidades derivadas de comonómeros que pueden ser seleccionados entre la familia de las acrilamidas, metacrilamidas, diacetonas acrilamidas, acrilamidas y metacrilamidas substituidas en el nitrógeno por alquilos inferiores (C_{1}-C_{4}), ácidos acrílicos o metacrílicos o sus ésteres, vinillactamas tales como la vinilpirrolidona o la vinilcaprolactama y ésteres vinílicos.
Así, entre estos copolímeros de la familia (1), se pueden citar:
- los copolímeros de acrilamida y de metacrilato de dimetilaminoetilo cuaternizado con sulfato de dimetilo o con un haluro de dimetilo, tales como el vendido bajo la denominación HERCOFLOC por la sociedad HERCULES;
- los copolímeros de acrilamida y de cloruro de metacriloiloxietiltrimetilamonio descritos, por ejemplo, en la solicitud de patente EP-A-080.976 y vendidos bajo la denominación BINA QUAT P 100 por la sociedad CIBA GEIGY;
- el copolímero de acrilamida y de metosulfato de metacriloiloxietiltrimetilamonio vendido bajo la denominación RETEN por la sociedad HERCULES;
- los copolímeros de vinilpirrolidona/acrilato o metacrilato de dialquilaminoalquilo cuaternizados o no, tales como los productos vendidos bajo la denominación "GAFQUAT" por la sociedad ISP, como por ejemplo "GAFQUAT 734" o "GAFQUAT 755", o bien los productos denominados "COPOLYMER 845, 958 y 937". Estos polímeros están descritos con detalle en las patentes francesas 2.077.143 y 2.393.573;
- los terpolímeros de metacrilato de dimetil-aminoetilo/vinilcaprolactama/vinilpirrolidona, tales como el producto vendido bajo la denominación GAFFIX VC 713 por la sociedad ISP;
- los copolímeros de vinilpirrolidona/meta-crilamidopropildimetilamina comercializados especialmente bajo la denominación STYLEZE CC 10 por ISP;
- y los copolímeros de vinilpirrolidona/meta-crilamida de dimetilaminopropilo cuaternizada, tales como el producto vendido bajo la denominación "GAFQUAT HS 100" por la sociedad ISP.
(2) Los polisacáridos catiónicos, especialmente las celulosas y las gomas de galactomananos catiónicas. Entre los polisacáridos catiónicos, se pueden citar más particularmente los derivados de éteres de celulosa que llevan grupos amonio cuaternarios, los copolímeros de celulosa catiónicos o los derivados de celulosa injertados con un monómero hidrosoluble de amonio cuaternario y las gomas de galactomananos catiónicas.
Los derivados de éteres de celulosa que llevan grupos amonio cuaternarios descritos en la patente francesa
1.492.597, y en particular los polímeros comercializados bajo las denominaciones "JR" (JR 400, JR 125, JR 30M) o "LR" (LR 400, LR 30M) por la Sociedad AMERCHOL. Estos polímeros están igualmente definidos en el diccionario CTFA como amonios cuaternarios de hidroxietilcelulosa que han reaccionado con un epóxido substituido por un grupo trimetilamonio.
Los copolímeros de celulosa catiónicos o los derivados de celulosa injertados con un monómero hidrosoluble de amonio cuaternario están descritos especialmente en la patente EE.UU. 4.131.576, tales como las hidroxialquilcelulosas, como las hidroximetil-, hidroxietil- o hidroxipropilcelulosas injertadas especialmente con una sal de metacriloiletiltrimetilamonio, de metacrilmidopropiltrimetilamonio o de dimetildialilamonio.
Los productos comercializados que responden a esta definición son más particularmente los productos vendidos bajo la denominación "Celquat L 200" y "Celquat H 100" por la Sociedad National Starch.
Las gomas de galactomanano catiónicas están descritas más particularmente en las patentes EE.UU. 3.589.578 y 4.031.307, en particular las gomas de guar que contienen grupos catiónicos trialquilamonio. Se utilizan, por ejemplo, gomas de guar modificadas por una sal (por ejemplo, cloruro) de 2,3-epoxipropiltrimetilamonio.
Tales productos están comercializados especialmente bajo las denominaciones comerciales de JAGUAR C13 S, JAGUAR C 15, JAGUAR C 17 o JAGUAR C162 por la sociedad RHODIA.
(3) Los polímeros constituidos por unidades de piperazinilo y por radicales divalentes alquileno o hidroxialquileno de cadenas lineales o ramificadas, eventualmente interrumpidas por átomos de oxígeno, de azufre o de nitrógeno o por anillos aromáticos o heterocíclicos, así como los productos de oxidación y/o de cuaternización de estos polímeros. Tales polímeros están especialmente descritos en las patentes francesas 2.162.025 y 2.280.361.
(4) Las poliaminoamidas solubles en agua preparadas, en particular, por policondensación de un compuesto ácido con una poliamina; estas poliaminoamidas pueden estar entrecruzadas por una epihalohidrina, un diepóxido, un dianhídrido, un dianhídrido no saturado, un derivado bisinsaturado, una bishalohidrina, un bisazetidinio, una bishaloacildiamina o un bishaluro de alquilo, o también por un oligómero resultante de la reacción de un compuesto bifuncional reactivo frente a una bis-halohidrina, un bisazetidinio, una bishaloacildiamina, un bishaluro de alquilo, una epihalohidrina, un diepóxido o un derivado bisinsaturado; siendo utilizado el agente entrecruzante en proporciones que van de 0,025 a 0,35 moles por grupo amina de la polimaoamida; estas poliaminoamidas pueden estar alquiladas o, si llevan una o más funciones amina terciarias, cuaternizadas. Tales polímeros están especialmente descritos en las patentes francesas 2.252.840 y 2.368.508.
(5) Los derivados de poliaminoamidas resultantes de la condensación de polialquilenpoliaminas con ácidos policarboxílicos, seguida de una alquilación mediante agentes bifuncionales. Se pueden citar, por ejemplo, los polímeros de ácido adípico-dialquilaminohidroxi-alquildialoilentriamina en los cuales el radical alquilo lleva de 1 a 4 átomos de carbono y designa preferiblemente metilo, etilo o propilo. Tales polímeros están especialmente descritos en la patente francesa 1.583.363.
Entre estos derivados, se pueden citar más particularmente los polímeros de ácido adípico/dimetil-aminohidroxipropilo/dietilentriamina vendidos bajo la denominación "Cartaretine F, F4 o F8" por la sociedad Sandoz.
(6) Los polímeros obtenidos por reacción de una polialquilenpoliamina que lleva dos grupos amina primaria y al menos un grupo amina secundaria con un ácido dicarboxílico seleccionado entre el ácido diglicólico y los ácidos dicarboxílicos alifáticos saturados de 3 a 8 átomos de carbono. Estando comprendida la razón molar entre la polialquilenpoliamina y el ácido dicarboxílico entre 0,8:1 y 1,4:1; reaccionando la poliaminoamida resultante con epiclorhidrina en una razón molar de epiclorhidrina con respecto al grupo amina secundaria de la poliaminoamida comprendida entre 0,5:1 y 1,8:1. Tales polímeros están especialmente descritos en las patentes americanas 3.227.615 y 2.961.347.
Polímeros de este tipo están en particular comercializados bajo la denominación "Hercosett 57" por la sociedad Hercules Inc. o bien bajo la denominación de "PD 170" o "Delsette 101" por la sociedad Hercules en el caso del copolímero de ácido adípico/epoxipropilo/dieti-lentriamina.
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(7) Los ciclopolímeros de alquildialilamina o de dialquildialilamonio, tales como los homopolímeros o copolímeros que llevan como constituyente principal de la cadena unidades que responden a las fórmulas (II) o (III):
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3
fórmulas en las cuales k y t son iguales a 0 ó 1, siendo la suma k + t igual a 1; R_{12} designa un átomo de hidrógeno o un radical metilo; R_{10} y R_{11}, independientemente el uno del otro, designan un grupo alquilo de 1 a 6 átomos de carbono, un grupo hidroxialquilo en el cual el grupo alquilo tiene preferiblemente de 1 a 5 átomos de carbono o un grupo amidoalquilo inferior (C_{1}-C_{4}), o R_{10} y R_{11} pueden designar conjuntamente con el átomo de nitrógeno al que están unidos grupos heterocíclicos, tales como piperidinilo o morfolinilo; Y^{-} es un anión tal como bromuro, cloruro, acetato, borato, citrato, tartrato, bisulfato, bisulfito, sulfato o fosfato. Estos polímeros están especialmente descritos en la patente francesa 2.080.759 y en su certificado de adición 2.190.406.
R_{10} y R_{11}, independientemente el uno del otro, designan preferiblemente un grupo alquilo de 1 a 4 átomos de carbono.
Entre los polímeros antes definidos, se pueden citar más particularmente el homopolímero de cloruro de dimetildialilamonio vendido bajo la denominación "MERQUAT 100" por la sociedad NALCO (y sus homólogos de bajas masas molares medias ponderales) y los copolímeros de cloruro de dialildimetilamonio y de acrilamida comercializados bajo la denominación "MERQUAT 550".
(8) Los polímeros de diamonio cuaternario que contienen unidades recurrentes que responden a la fórmula:
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fórmula (IV) en la cual:
R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16}, idénticos o diferentes, representan radicales alifáticos, alicíclicos o arilalifáticos de 1 a 20 átomos de carbono, o radicales hidroxialquilalifáticos inferiores, o bien R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16}, juntos o por separado, constituyen con los átomos de nitrógeno a los que están unidos heterociclos que tienen eventualmente un segundo heteroátomo distinto del nitrógeno, o bien R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16} representan un radical alquilo C_{1}-C_{6} lineal o ramificado substituido por un grupo nitrilo, éster, acilo, amida o -CO-O-R_{17}-D o -CO-NH-R_{17}-D, donde R_{17} es un alquileno y D un grupo amonio cuaternario;
A_{1} y B_{1} representan grupos polimetilénicos de 2 a 20 átomos de carbono que pueden ser lineales o ramificados, saturados o insaturados, y que pueden contener, unidos a la cadena principal o intercalados en ella, uno o más anillos aromáticos, o uno o más átomos de oxígeno o de azufre o grupos sulfóxido, sulfona, disulfuro, amino, alquilamino, hidroxilo, amonio cuaternario, ureido, amida o éster, y
X^{-} designa un anión derivado de un ácido mineral u orgánico;
A_{1}, R_{13} y R_{15} pueden formar con los dos átomos de nitrógeno a los que están unidos un anillo piperazínico; además, si A_{1} designa un radical alquileno o hidroxialquileno lineal o ramificado, saturado o insaturado, B_{1} puede también designar un grupo (CH_{2})_{n}-CO-D-OC-(CH_{2})_{n} en el cual D designa:
a) un resto de glicol de fórmula: -O-Z-O-, donde Z designa un radical hidrocarbonado lineal o ramificado o un grupo que responde a una de las fórmulas siguientes:
-(CH_{2}-CH_{2}-O)_{x}-CH_{2}-CH_{2}-
-[CH_{2}-CH(CH_{3})-O]_{y}-CH_{2}-CH(CH_{3})-
donde x e y designan un número entero de 1 a 4 que representa un grado de polimerización definido y único, o un número cualquiera de 1 a 4 que representa un grado de polimerización medio;
b) un resto de diamina bissecundaria, tal como un derivado de piperazina;
c) un resto de diamina bisprimaria de fórmula: -NH-Y-NH-, donde Y designa un radical hidrocarbonado lineal o ramificado, o bien el radical bivalente
-CH_{2}-CH_{2}-S-S-CH_{2}-CH_{2}-;
d) un grupo ureileno de fórmula: -NH-CO-NH-;
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Preferiblemente, X^{-} es un anión tal como el cloruro o el bromuro.
Estos polímeros tienen una masa molar media numérica generalmente comprendida entre 1.000 y 100.000.
Se describen polímeros de este tipo especialmente en las patentes francesas 2.320.330, 2.270.846, 2.316.271, 2.336.434 y 2.413.907 y en las patentes EE.UU. 2.273.780, 2.375.853, 2.388.614, 2.454.547, 3.206.462, 2.261.002, 2.271.378, 3.874.870, 4.001.432, 3.929.990, 3.966.904, 4.005.193, 4.025.617, 4.025.627, 4.025.653, 4.026.945 y 4.027.020.
Se pueden utilizar más particularmente los polímeros que están constituidos por unidades recurrentes que responden a la fórmula:
5
donde R_{1}, R_{2}, R_{3} y R_{4}, idénticos o diferentes, designan un radical alquilo o hidroxialquilo de 1 a 4 átomos de carbono aproximadamente, n y p son números enteros que varían de 2 a 20 aproximadamente y X^{-} es un anión derivado de un ácido mineral u orgánico.
Un compuesto de fórmula (V) particularmente preferido es aquél para el cual R_{1}, R_{2}, R_{3} y R_{4} representan un radical metilo y n = 3, p = 6 y X = Cl, denominado Hexadimethrine chloride según la nomenclatura INCI (CTFA).
(9) Los polímeros de poliamonio cuaternarios que tienen unidades de fórmula (VI):
6
fórmula en la cual:
R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21}, idénticos o diferentes, representan un átomo de hidrógeno o un radical metilo, etilo, propilo, \beta-hidroxietilo, \beta-hidroxipropilo o -CH_{2}CH_{2}(OCH_{2}CH_{2})_{p}OH;
donde p es igual a 0 ó a un número entero comprendido entre 1 y 6, con la condición de que R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21} no representen simultáneamente un átomo de hidrógeno;
r y s, idénticos o diferentes, son números enteros comprendidos entre 1 y 6;
q es igual a 0 ó a un número entero comprendido entre 1 y 34;
X^{-} designa un anión, tal como un haluro;
A designa un radical de un dihaluro o representa preferiblemente -CH_{2}-CH_{2}-O-CH_{2}-CH_{2}-.
Tales compuestos están especialmente descritos en la solicitud de patente EP-A-122.324.
Se pueden citar, por ejemplo, entre éstos, los productos "Mirapol® A 15", "Mirapol® AD1 ", "Mirapol® AZ1" y "Mirapol® 175" vendidos por la sociedad Miranol.
(10) Los polímeros cuaternarios de vinilpirrolidona y de vinilimidazol tales como, por ejemplo, los productos comercializados bajo las denominaciones Luviquat® FC 905, FC 550 y FC 370 por la sociedad B.A.S.F.
(11) Las poliaminas como el Polyquart® H, vendido por COGNIS, referenciado bajo el nombre de "POLY-ETHYLENEGLYCOL (15) TALLOW POLYAMINE" en el diccionario CTFA.
(12) Los polímeros entrecruzados de sales de metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})amonio, tales como los polímeros obtenidos por homopolimerización de dimetilaminoetilmetacrilato cuaternizado con cloruro de metilo, o por copolimerización de acrilamida con dimetilaminoetilmetacrilato cuaternizado con cloruro de metilo, yendo seguida la homo o la copolimerización de un entrecruzamiento con un compuesto con insaturación olefínica, en particular la metilenbisacrilamida. Se puede utilizar más particularmente un copolímero entrecruzado de acrilamida/cloruro de metacriloiloxietiltrimetilamonio (20/80 en peso) en forma de dispersión que contiene un 50% en peso de dicho copolímero en aceite mineral. Esta dispersión está comercializada bajo la denominación de "SALCARE® SC 92" por la Sociedad CIBA. También se puede utilizar un homopolímero entrecruzado de cloruro de metacriloiloxietiltrimetilamonio que contiene aproximadamente un 50% en peso del homopolímero en aceite mineral o en un éster líquido. Estas dispersiones están comercializadas bajo las denominaciones de "SALCARE® SC 95" y "SALCARE® SC 96" por la Sociedad CIBA.
Otros polímeros catiónicos utilizables en el marco de la invención son proteínas catiónicas o hidrolizados de proteínas catiónicas, polialquileniminas, en particular polietileniminas, polímeros que tienen unidades de vinilpiridina o vinilpiridinio, condensados de poliaminas y de epiclorhidrina, poliureilenos cuaternarios y los derivados de al quitina.
Las polialquileniminas utilizadas preferentemente según la invención son polímeros que tienen de 6 a 20.000 unidades de repetición. Preferiblemente, se eligen polialquileniminas que tengan al menos un 5% de aminas terciarias, ventajosamente al menos un 10% de funciones amina terciarias y aún más preferentemente al menos un 20%. Estos polímeros pueden ser homopolímeros o copolímeros, lineales, ramificados o de estructuras dendriméricas.
Estos polímeros incluyen las unidades repetitivas siguientes:
7
donde:
i representa un número entero superior o igual a 2 y preferiblemente inferior o igual a 6; preferentemente, i=2;
n representa un número entero que varía de 6 a 20.000 y preferiblemente de 8 a 2500;
R representa un átomo de hidrógeno o una unidad
8
en la cual m representa un número entero superior o igual a 2; preferentemente m=2;
Estos polímeros acaban generalmente en funciones amina terminales, especialmente aminas primarias.
Según la invención, las polialquileniminas son preferiblemente polialquilen(C_{2}-C_{4})iminas y más particularmente polietileniminas.
Las polialquileniminas utilizadas según la invención tienen, en general, un peso molecular medio ponderal comprendido entre 300 y 100.000 y preferiblemente entre 350 y 50.000 y más particularmente entre 400 y 10.000.
Los pesos moleculares son determinados por difusión cuasi elástica de la luz.
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Las polialquileniminas tienen preferiblemente una densidad de carga catiónica inferior o igual a 20 meq/g y preferiblemente superior o igual a 0,05 meq/g.
La densidad de carga puede ser determinada según el método Kjeldahl o calculada.
Las polialquileniminas están especialmente descritas en la obra "Polymer Science Dictionary", 2ª edición, Mark ALGER, CHAPMAN & HALL, 1997.
Entre todos los polímeros catiónicos susceptibles de ser utilizados en el marco de la presente invención, se prefieren utilizar los derivados de éter de celulosa cuaternarios, tales como los productos vendidos bajo la denominación "JR 400" por la Sociedad AMERCHOL, los ciclopolímeros catiónicos, en particular los homopolímeros o copolímeros de cloruro de dimetildialilamonio, vendidos bajo las denominaciones 2MERQUAT 1002, "MERQUAT 550" y "MERQUAT S" por la sociedad NALCO, los polímeros cuaternarios de vinilpirrolidona y de vinilimidazol, los homopolímeros o copolímeros entrecruzados de sales de metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})amonio, las polialquileniminas, en particular las polietileniminas, y sus mezclas.
Los polímeros anfotéricos utilizables según la presente invención pueden ser seleccionados entre los polímeros que llevan unidades K y M repartidas estadísticamente en la cadena polimérica, donde K designa una unidad derivada de un monómero que lleva al menos un átomo de nitrógeno básico y M designa una unidad derivada de un monómero ácido que lleva uno o más grupos carboxílicos o sulfónicos, o bien K y M pueden designar grupos derivados de monómeros zwitteriónicos de carboxibetaínas o de sulfobetaínas; K y M pueden igualmente designar una cadena polimérica catiónica que lleva grupos amina primaria, secundaria, terciaria o cuaternaria, donde al menos uno de los grupos amina lleva un grupo carboxílico o sulfónico unido por medio de un radical hidrocarbonado, o bien K y M forman parte de una cadena de un polímero con unidad etilen-\alpha, \beta-dicarboxílica donde uno de los grupos carboxílicos ha reaccionado con una poliamina que lleva uno o más grupos amina primaria o secundaria.
Los polímeros anfotéricos que responden a la definición dada anteriormente más particularmente preferidos son seleccionados entre los polímeros siguientes:
(1) Los polímeros resultantes de la copolimerización de un monómero derivado de un compuesto vinílico portador de un grupo carboxílico, tal como más particularmente el ácido acrílico, el ácido metacrílico, el ácido maleico o el ácido alfa-cloracrílico, y de un monómero básico derivado de un compuesto vinílico substituido que contiene al menos un átomo básico, tal como más particularmente los dialquilaminoalquilmetacrilato y -acrilato y las dialquilaminoalquilmetacrilamida y -acrilamida. Tales compuestos están descritos en la patente americana Nº 3.836.537. También se puede citar el copolímero de acrilato de sodio/cloruro de acrilamidopropiltrimetilamonio vendido bajo la denominación POLYQUART KE 3033 por la Sociedad COGNIS.
El compuesto vinílico puede ser igualmente una sal de dialquildialilamonio, tal como el cloruro de dimetildialilamonio. Los copolímeros de ácido acrílico y de este último monómero están propuestos bajo las denominaciones MERQUAT 280, MERQUAT 295 y MERQUAT PLUS 3330 por la sociedad NALCO.
(2) Los polímeros que llevan unidades derivadas:
a) de al menos un monómero seleccionado entre las acrilamidas o las metacrilamidas substituidas sobre el nitrógeno por un radical alquilo,
b) de al menos un comonómero ácido que tiene uno o más grupos carboxílicos reactivos y
c) de al menos un comonómero básico tal como ésteres con substituyentes amina primaria, secundaria, terciaria y cuaternaria de los ácidos acrílico y metacrílico y el producto de cuaternización del metacrilato de dimetilaminoetilo con el sulfato de dimetilo o dietilo.
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Las acrilamidas o metacrilamidas N-substituidas más particularmente preferidas según la invención son los grupos cuyos radicales alquilo contienen de 2 a 12 átomos de carbono, y más particularmente la N-etilacrilamida, la N-terc-butilacrilamida, la N-terc-octilacrilamida, la N-octilacrilamida, la N-decilacrilamida y la N-dodecilacrilamida, así como las metacrilamidas correspondientes.
Los comonómeros ácidos son seleccionados más particularmente entre los ácidos acrílico, metacrílico, crotónico, itacónico, maleico y fumárico, así como los monoésteres de alquilo de 1 a 4 átomos de carbono de los ácidos o de los anhídridos maleico o fumárico.
Los comonómeros básicos preferidos son metacrilatos de aminoetilo, de butilaminoetilo, de N,N'-dimetilaminoetilo o de N-terc-butilaminoetilo.
Se utilizan particularmente los copolímeros cuya denominación CTFA (4ª Ed., 1991) es Octylacrylamide/acrylates/
butylaminoethylmethacrylate copolymer, tales como los productos vendidos bajo la denominación AMPHOMER o LOVOCRYL 47 por la sociedad NATIONAL STARCH.
(3) Las poliaminoamidas entrecruzadas y alquiladas parcial o totalmente derivadas de poliaminoamidas de fórmula general:
9
donde R_{4} representa un radical divalente derivado de un ácido dicarboxílico saturado, de un ácido alifático mono- o dicarboxílico con doble unión etilénica, de un éster de un alcanol inferior de 1 a 6 átomos de carbono de estos ácidos o de un radical derivado de la adición de uno cualquiera de dichos ácidos con una amina bisprimaria o bissecundaria, y Z designa un radical de una polialquilenpoliamina bisprimaria, mono- o bissecundaria, y preferiblemente representa:
a) en proporciones de un 60 a un 100% molar, el radical de fórmula (VIII)
10
donde x=2 y p=2 ó 3, o bien x=3 y p=2,
derivando este radical de la dietilentriamina, de la trietilentetraamina o de la dipropilentriamina;
b) en proporciones de un 0 a un 40% molar, el radical (VIII) anterior, donde x=2 y p=1 y que deriva de la etilendiamina, o el radical derivado de la piperazina:
11
c) en proporciones de un 0 a un 20% molar, el radical -NH-(CH_{2})_{6}-NH- derivado de la hexametilendiamina, estando estas poliaminoaminas entrecruzadas por adición de un agente entrecruzante bifuncional seleccionado entre las epihalohidrinas, los diepóxidos, los dianhídridos y los derivados bisinsaturados por medio de 0,025 a 0,35 moles de agente entrecruzante por grupo amina de la poliaminoamida y alquiladas por acción del ácido acrílico, del ácido cloracético o de una alcanosultona o de sus sales.
Los ácidos carboxílicos saturados son seleccionados preferiblemente entre los ácidos de 6 a 10 átomos de carbono, tales como el ácido adípico, 2,2,4-trimetiladípico y 2,4,4-trimetiladípico y tereftálico, los ácidos con doble unión etilénica, como por ejemplo los ácidos acrílico, metacrílico e itacónico.
Las alcanosultonas utilizadas en la alquilación son preferiblemente la propano- o la butanosultona y las sales de los agentes de alquilación son preferiblemente las sales de sodio o de potasio.
(4) Los polímeros que llevan unidades zwitteriónicas de fórmula (IX):
12
donde R_{5} designa un grupo insaturado polimerizable, tal como un grupo acrilato, metacrilato, acrilamida o metacrilamida, y y z representan un número entero de 1 a 3, R_{6} y R_{7} representan un átomo de hidrógeno, metilo, etilo o propilo, R_{8} y R_{9} representan un átomo de hidrógeno o un radical alquilo, de tal forma que la suma de los átomos de carbono en R_{8} y R_{9} no pase de 10.
Los polímeros que incluyen tales unidades pueden igualmente llevar unidades derivadas de monómeros no zwitteriónicos, tales como el acrilato o el metacrilato de dimetil- o dietilaminoetilo, o acrilatos o metacrilatos de alquilo, acrilamidas o metacrilamidas o el acetato de vinilo.
A modo de ejemplo, se puede citar el copolímero de metacrilato de butilo/metacrilato de dimetil-carboximetilamonioetilo, tal como el producto vendido bajo la denominación DIAFORMER Z301 por la sociedad SANDOZ.
(5) Los polímeros derivados del quitosano que llevan unidades monoméricas que responden a las fórmulas (X), (XI) y (XII) siguientes:
13
estando presente la unidad (X) en proporciones comprendidas entre el 0 y el 30%, la unidad (XI) en proporciones comprendidas entre el 5 y el 50% y la unidad (XII) en proporciones comprendidas entre el 30 y el 90%, entendiéndose que, en esta unidad (XII), R_{10} representa un radical de fórmula:
14
donde
si q=0, R_{11}, R_{12} y R_{13}, idénticos o diferentes, representan cada uno un átomo de hidrógeno, un resto metilo, hidroxilo, acetoxi o amino, un resto monoalquilamina o un resto dialquilamina eventualmente interrumpidos por uno o más átomos de nitrógeno y/o eventualmente substituidos por uno o más grupos amina, hidroxilo, carboxilo, alquiltío o sulfónico o un resto alquiltío cuyo grupo alquilo lleva un resto amino, siendo uno al menos de los radicales R_{11}, R_{12} y R_{13} en este caso un átomo de hidrógeno;
o, si q=1, R_{11}, R_{12} y R_{13} representan cada uno un átomo de hidrógeno, así como las sales formadas por estos compuestos con bases o ácidos.
(6) Los polímeros derivados de la N-carboxialquilación del quitosano, como el N-carboximetilquitosano o el N-carboxibutilquitosano, vendido bajo la denominación "EVALSAN" por la sociedad JAN DEKKER.
(7) Los polímeros que responden a la fórmula general (XIII), tales como los descritos, por ejemplo, en la patente francesa 1.400.366:
15
\newpage
donde R_{14} representa un átomo de hidrógeno, un radical CH_{3}O, CH_{3}CH_{2}O o fenilo; R_{15} designa hidrógeno o un radical alquilo inferior, tal como metilo o etilo; R_{16} designa hidrógeno o un radical alquilo inferior, tal como metilo o etilo; R_{17} designa un radical alquilo inferior, tal como metilo o etilo o un radical que responde a la fórmula: -R_{18}-N(R_{16})_{2}, representando R_{18} un grupo -CH_{2}-CH_{2}-, -CH_{2}-CH_{2}-CH_{2}- o -CH_{2}-CH(CH_{3})- y teniendo R_{16} los significados antes mencionados,
así como los homólogos superiores de estos radicales y que tienen hasta 6 átomos de carbono.
(8) Polímeros anfotéricos del tipo -D-X-D-X- seleccionados entre:
a) los polímeros obtenidos por acción del ácido cloracético o del cloracetato de sodio sobre los compuestos que llevan al menos una unidad de fórmula:
(XIV)-D-X-D-X-D-
donde D designa un radical
16
y X designa el símbolo E o E'; E o E', idénticos o diferentes, designan un radical bivalente, que es un radical alquileno de cadena lineal o ramificada que lleva hasta 7 átomos de carbono en la cadena principal no substituida o substituida por grupos hidroxilo y que puede llevar además átomos de oxígeno, de nitrógeno o de azufre o de 1 a 3 anillos aromáticos y/o heterocíclicos; estando presentes los átomos de oxígeno, de nitrógeno y de azufre en forma de grupos éter, tioéter, sulfóxido, sulfona, sulfonio, alquilamina o alquenilamina, de grupos hidroxilo, bencilamina, óxido de amina, amonio cuaternario, amida, imida, alcohol, éster y/o uretano;
b) los polímeros de fórmula:
(XV)-D-X-D-X-
donde D designa un radical
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17
y X designa el símbolo E o E' y al menos una vez E', teniendo E el significado indicado anteriormente, y siendo E' un radical bivalente, que es un radical alquileno de cadena lineal o ramificada de hasta 7 átomos de carbono en la cadena principal, substituido o no por uno o varios radicales hidroxilo y que lleva uno o más átomos de nitrógeno, estando substituido el átomo de nitrógeno por una cadena de alquilo interrumpida eventualmente por un átomo de oxígeno y que lleva obligatoriamente una o más funciones carboxilo o una o más funciones hidroxilo, y betainizadas por reacción con ácido cloracético o cloracetato de sodio.
(9) Los copolímeros de alquil(C_{1}-C_{5}) vinil éter/anhídrido maleico modificado parcialmente por semi-amidación con una N,N-dialquilaminoalquilamina, tal como la N,N-dimetilaminopropilamina, o por semiesterificación con una N,N-dialcanolamina. Estos copolímeros pueden también llevar otros comonómeros vinílicos, tales como la vinilcaprolactama.
Los polímeros anfotéricos particularmente preferidos según la invención son los de la familia (1), especialmente los copolímeros de sal (por ejemplo haluro) de dimetildialilamonio y de ácido acrílico.
Según la invención, el o los polímeros catiónicos o anfotéricos pueden representar de un 0,001% a un 20% en peso, preferiblemente de un 0,01% a un 10% en peso y más particularmente de un 0,1 a un 5% en peso con respecto al peso total de la composición final.
Según un modo de realización particular, las composiciones según la invención contienen además al menos una silicona u otro agente beneficioso para las materias queratínicas, en particular el cabello, tal como especialmente los ésteres de ácidos carboxílicos C_{1}-C_{30} y de alcoholes mono- o polihidroxilados C_{1}-C_{30}, los aceites vegetales, animales, minerales o de síntesis, las ceras, las ceramidas y las pseudoceramidas.
Las siliconas adicionales utilizables según la invención son, en particular, poliorganosiloxanos insolubles en la composición y pueden presentarse en forma de aceites, de ceras, de resinas o de gomas, y las siliconas organomodificadas.
Estos organopolisiloxanos adicionales se definen con más detalle en la obra de Walter NOLL "Chemistry and Technology of Silicones" (1968) Academic Press. Pueden ser volátiles o no volátiles.
Cuando son volátiles, las siliconas adicionales son más particularmente seleccionadas entre las que poseen un punto de ebullición comprendido entre 60ºC y 260ºC, y más particularmente aún entre:
(i) las siliconas cíclicas que llevan de 3 a 7 átomos de silicio y preferiblemente de 4 a 5. Se trata, por ejemplo, del octametilciclotetrasiloxano comercializado especialmente bajo la denominación de "VOLATILE SILICONE 7207" por UNION CARBIDE o "SILBIONE 70045 V 2" por RHODIA CHIMIE, o del decametilciclopentasiloxano comercializado bajo la denominación de "VOLATILE SILICONE 7158" por UNION CARBIDE o "SILBIONE 70045 V 5" por RHODIA CHIMIE, así como sus mezclas.
También se pueden citar los ciclocopolímeros del tipo dimetilsiloxanos/metilalquilsiloxano, tales como la "SILICONE VOLATILE FZ 3109" comercializada por la sociedad UNION CARBIDE, de estructura química:
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También se pueden citar las mezclas de siliconas cíclicas con compuestos orgánicos derivados del silicio, tales como la mezcla de octametilciclotetrasiloxano y de tetratrimetilsililpentaeritritol (50/50) y la mezcla de octametilciclotetrasiloxano y de oxi-1,1'-(hexa-2,2,2',2',3,3'-trimetilsililoxi)bisneopentano;
(ii) las siliconas volátiles lineales que tienen de 2 a 9 átomos de silicio y que poseen una viscosidad inferior o igual a 5.10^{-6} m^{2}/s a 25ºC. Se trata, por ejemplo, del decametiltetrasiloxano comercializado especialmente bajo la denominación "SH 200" por la sociedad TORAY SILICONE. También se describen siliconas que entran en esta clase en el artículo publicado en Cosmetics and Toiletries, Vol. 91, Enero 76, pp. 27-32 - TODD & BYERS "Volatile Silicone Fluids for Cosmetics".
Estas siliconas adicionales son más particularmente seleccionadas entre los polialquilsiloxanos, entre los cuales se pueden citar principalmente los polidimetilsiloxanos con grupos terminales trimetilsililo que tienen una viscosidad de 5.10^{-6} a 2,5 m^{2}/s a 25ºC y preferiblemente de 1.10^{-5} a 1 m^{2}/s. La viscosidad de las siliconas es, por ejemplo, medida a 25ºC según la norma ASTM 445, Apéndice C.
Entre estos polialquilsiloxanos, se pueden citar de forma no limitativa los productos comerciales siguientes:
- los aceites SILBIONE de las series 47 y 70 047 o los aceites MIRASIL comercializados por RHODIA CHIMIE, tales como por ejemplo el aceite 70 047 V 500 000;
- los aceites de la serie Mirasil comercializados por la sociedad RHODIA CHIMIE;
- los aceites de la serie 200 de la sociedad DOW CORNING, tales como más en particular el DC200, con una viscosidad de 60.000 cSt;
- los aceites VISCASIL de GENERAL ELECTRIC y ciertos aceites de las series SF (SF 96, SF 18) de GENERAL ELECTRIC.
También se pueden citar los polidimetilsiloxanos con grupos terminales dimetilsilanol (Dimeticonol según la denominación CTFA), tales como los aceites de la serie 48 de la sociedad RHODIA CHIMIE.
En esta clase de polialquilsiloxanos, se pueden citar igualmente los productos comercializados bajo las denominaciones "ABIL WAX 9800 y 9801" por la sociedad DEGUSSA, que son polialquil(C_{1}-C_{20})siloxanos.
Las gomas de silicona utilizables como aditivo son especialmente polidiorganosiloxanos que tienen masas molares medias numéricas elevadas comprendidas entre 200.000 y 1.000.000, utilizados solos o en mezcla en un solvente. Este solvente puede ser seleccionado entre las siliconas volátiles, los aceites polidimetilsiloxánicos (PDMS), los aceites polifenilmetilsiloxánicos (PPMS), las isoparafinas, los poliisobutilenos, el cloruro de metileno, el pentano, el dodecano, el tridecano o sus mezclas.
Se pueden citar más particularmente los productos siguientes:
- polidimetilsiloxano,
- las gomas de polidimetilsiloxanos/metilvinilsiloxano.
Son productos más particularmente utilizables mezclas tales como:
\bullet las mezclas formadas a partir de un polidimetilsiloxano hidroxilado en el extremo de la cadena (denominado dimeticonol según la nomenclatura del diccionario CTFA) y de un polidimetilsiloxano cíclico (denominado ciclometicona según la nomenclatura del diccionario CTFA), tales como el producto Q2 1401 comercializado por la sociedad DOW CORNING;
\bullet las mezclas formadas a partir de una goma de polidimetilsiloxano con una silicona cíclica, tales como el producto SF 1214 Silicone Fluid de la sociedad GENERAL ELECTRIC; este producto es una goma SF 30 correspondiente a una dimeticona, que tiene un peso molar medio numérico de 500.000, solubilizada en el aceite SF 1202 Silicone Fluid correspondiente al decametilciclopentasiloxano;
\bullet las mezclas de dos PDMS de viscosidades diferentes, y más particularmente de una goma PDMS y de un aceite PDMS, tales como el producto SF 1236 de la sociedad GENERAL ELECTRIC. El producto SF 1236 es la mezcla de una goma SE 30 antes definida que tiene una viscosidad de 20 m^{2}/s y de un aceite SF 96 que tiene una viscosidad de 5.10^{-6} m^{2}/s. Este producto lleva preferiblemente un 15% de goma SE 30 y un 85% de un aceite SF 96.
Las resinas de organopolisiloxanos utilizables como aditivo son sistemas siloxánicos entrecruzados que contienen las unidades:
R_{2}SiO_{2/2}, R_{3}SiO_{1/2}, RSiO_{3/2} y SiO_{4/2}, en las cuales R representa un grupo hidrocarbonado de 1 a 16 átomos de carbono o un grupo fenilo. Entre estos productos, son particularmente preferidos aquéllos en los cuales R designa un radical alquilo inferior C_{1}-C_{4}, más particularmente metilo, o un radical fenilo.
Se pueden citar entre estas resinas el producto comercializado bajo la denominación "DOW CORNING 593" o los comercializados bajo las denominaciones "SILICONE FLUID SS 4230 y SS 4267" por la sociedad GENERAL ELECTRIC y que son siliconas de estructura dimetil/trimetil siloxano.
También se pueden citar las resinas del tipo trimetilsiloxisilicato comercializadas especialmente bajo las denominaciones X22-4914, X21-5034 y X21-5037 por la sociedad SHIN-ETSU.
Las siliconas organomodificadas utilizables según la invención son siliconas tales como las antes definidas y que llevan en su estructura uno o más grupos organofuncionales fijados por medio de un radical hidrocarbonado.
Entre las siliconas organomodificadas, se pueden citar los poliorganosiloxanos que llevan:
- grupos polietilenoxi y/o polipropilenoxi que llevan eventualmente grupos alquilo C_{6}-C_{24}, tales como el producto denominado dimeticona copoliol comercializado por la sociedad DOW CORNING bajo la denominación DC 1248, o los aceites SILWET L 722, L 7500, L 77 y L 711 de la sociedad UNION CARBIDE y el alquil(C_{12})meticona copoliol comercializado por la sociedad DOW CORNING bajo la denominación Q2 5200;
- grupos aminados substituidos o no, como los productos comercializados bajo la denominación GP 4 Silicone Fluid y GP 7100 por la sociedad GENESEE o los productos comercializados bajo las denominaciones Q2 8220 y DOW CORNING 929 ó 939 por la sociedad DOW CORNING. Los grupos aminados substituidos son en particular grupos aminoalquilo C_{1}-C_{4};
- grupos tiol, como los productos comercializados bajo las denominaciones "GP 72 A" y "GP 71" de GENESEE;
- grupos alcoxilados, como el producto comercializado bajo la denominación "SILICONE COPOLYMER F-755" por SWS SILICONES y ABIL WAX 2428, 2434 y 2440 por la sociedad GOLDSCHMIDT;
- grupos hidroxilados, como los poliorganosiloxanos con función hidroxialquilo descritos en la solicitud de patente francesa FR-A-8.516.334;
- grupos aciloxialquilo, tales como, por ejemplo, los poliorganosiloxanos descritos en la patente US-A-4.957.732;
- grupos aniónicos del tipo carboxílico, como por ejemplo en los productos descritos en la patente EP 186.507 de la sociedad CHISSO CORPORATION, o de tipo alquilcarboxílico, como los presentes en el producto X-22-3701E de la sociedad SHIN-ETSU; 2-hidroxialquilsulfonato; 2-hidroxialquiltiosulfato, tal como los productos comercializados por la sociedad GOLDSCHMIDT bajo las denominaciones "ABIL S201" y "ABIL S255";
- grupos hidroxiacilamino, como los poliorganosiloxanos descritos en la solicitud EP 342.834. Se pueden citar, por ejemplo, el producto Q2-8413 de la sociedad DOW CORNING.
Según la invención, se pueden utilizar también siliconas que contienen una porción de polisiloxano y una porción constituida por una cadena orgánica no siliconada, constituyendo una de las dos porciones la cadena principal del polímero y estando la otra injertada sobre dicha cadena principal. Estos polímeros están, por ejemplo, descritos en las solicitudes de patente EP-A-412.704, EP-A-412.707, EP-A-640.105 y WO 95/00578, EP-A-582.152 y WO 93/23009 y en las patentes EE.UU. 4.693.935, EE.UU. 4.728.571 y EE.UU. 4.972.037. Estos polímeros son preferiblemente aniónicos o no iónicos.
Tales polímeros son, por ejemplo, los copolímeros susceptibles de ser obtenidos por polimerización de radicales a partir de la mezcla de monómeros constituida por:
a) de un 50 a un 90% en peso de acrilato de terc-butilo;
b) de un 0 a un 40% en peso de ácido acrílico;
c) de un 5 a un 40% en peso de macrómero siliconado de fórmula:
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siendo v un número de 5 a 700; siendo calculados los porcentajes en peso con respecto al peso total de los monómeros.
Otros ejemplos de polímeros siliconados injertados son especialmente polidimetilsiloxanos (PDMS) sobre los cuales se injertan, por medio de un eslabón de unión de tipo tiopropileno, unidades poliméricas mixtas del tipo ácido poli(met)acrílico y del tipo poli(met)acrilato de alquilo y polidimetilsiloxanos (PDMS) sobre los cuales se injertan, por medio de un eslabón de unión de tipo tiopropileno, unidades poliméricas del tipo poli(met)acrilato de isobutilo.
Según la invención, todas las siliconas pueden ser utilizadas tal cual o en forma de soluciones, de emulsiones, de nanoemulsiones o de microemulsiones.
Las siliconas particularmente preferidas según la invención son:
- las siliconas no volátiles seleccionadas dentro de la familia de los polialquilsiloxanos con grupos terminales trimetilsililo, tales como los aceites que tienen una viscosidad comprendida entre 0,2 y 2,5 m^{2}/s a 25ºC, como los aceites de la serie DC200 de DOW CORNING, en particular el que tiene una viscosidad de 60.000 cSt, de la serie MIRASIL DM y más particularmente el aceite MIRASIL DM 500 000 comercializado por la sociedad RHODIA CHIMIE o el aceite de silicona AK 300.000 de la sociedad WACKER, los polialquilsiloxanos con grupos terminales dimetilsilanol, tales como los dimeticonoles, o los polialquilarilsiloxanos, tales como el aceite MIRASIL DPDM comercializado por la sociedad RHODIA CHIMIE;
- los polisiloxanos con grupos aminados, tales como amodimeticonas o las trimetilsililamodimeticonas.
Según la invención, las siliconas adicionales o los otros agentes beneficiosos adicionales pueden representar de un 0,001% a un 20% en peso, preferiblemente de un 0,01% a un 10% en peso y más particularmente de un 0,1 a un 5% en peso con respecto al peso total de la composición final.
Las composiciones de la invención contienen además ventajosamente al menos un agente tensioactivo, que está generalmente presente en una cantidad comprendida entre el 0,01% y el 50% en peso aproximadamente, preferiblemente entre el 0,1% y el 40% y aún más preferiblemente entre el 0,5% y el 30%, con respecto al peso total de la composición.
Este agente tensioactivo puede ser seleccionado entre los agentes tensioactivos aniónicos, anfotéricos, no iónicos, catiónicos o sus mezclas.
Los tensioactivos que convienen para la práctica de la presente invención son especialmente los siguientes:
(i) Tensioactivo(s) aniónico(s)
Su naturaleza no reviste, en el marco de la presente invención, un carácter verdaderamente crítico.
Así, a modo de ejemplo de tensioactivos aniónicos utilizables, solos o en mezclas, en el marco de la presente invención, se pueden citar especialmente (lista no limitativa) las sales (en particular sales de metales alcalinos, especialmente de sodio, sales de amonio, sales de aminas, sales de aminoalcoholes o sales de magnesio) de los compuestos siguientes: los alquilsulfatos, los alquil éter sulfatos, alquilamido éter sulfatos, alquilaril poliéter sulfatos, monoglicérido sulfatos; los alquilsulfonatos, alquilfosfatos, alquilamidasulfonatos, alquilarilsulfonatos, \alpha-olefinasulfonatos, parafinasulfonatos; los alquilsulfosuccinatos, los alquil éter sulfosuccinatos, los alquilamidasulfosuccinatos; los alquilsulfosuccinamatos; los alquilsulfoacetatos; los alquil éter fosfatos; los acilsarcosinatos; los acilisetionatos y los N-aciltauratos, llevando el radical alquilo o acilo de todos estos diferentes compuestos preferiblemente de 8 a 24 átomos de carbono y designando el radical arilo preferiblemente un grupo fenilo o bencilo. Entre los tensioactivos aniónicos aún utilizables, se pueden citar igualmente las sales de ácidos grasos tales como las sales de los ácidos oleico, ricinoleico, palmítico o esteárico y los ácidos de aceite de copra o de aceite de copra hidrogenado, y los acillactilatos cuyo radical acilo lleva 8 a 20 átomos de carbono. También se pueden utilizar tensioactivos débilmente aniónicos, como los ácidos de alquil-D-galactósido urónicos y sus sales, así como los ácidos alquil(C_{6}-C_{24}) éter carboxílicos polioxialquilenados, los ácidos alquil(C_{6}-C_{24})aril éter carboxílicos polioxialquilenados, los ácidos alquil(C_{6}-C_{24})amido éter carboxílicos polioxialquilenados y sus sales, en particular los que llevan de 2 a 50 grupos óxido de etileno, y sus mezclas.
Entre los tensioactivos aniónicos, se prefieren utilizar según la invención las sales de alquilsulfatos y de alquil éter sulfatos y sus mezclas.
(ii) Tensioactivo(s) no iónico(s)
Los agentes tensioactivos no iónicos son, también ellos, compuestos bien conocidos per se (véase especialmente en este sentido "Handbook of Surfactants", de M.R. PORTER, ediciones Blackie & Son (Glasgow and London), 1991, pp. 116-178) y su naturaleza no reviste, en el marco de la presente invención, un carácter crítico. Así, pueden ser especialmente seleccionados entre (lista no limitativa) los alcoholes, los alfa-dioles, los alquilfenoles o los ácidos grasos polietoxilados, polipropoxilados o poliglicerolados, que tienen una cadena grasa de, por ejemplo, 8 a 18 átomos de carbono, pudiendo ir el número de grupos óxido de etileno u óxido de propileno especialmente de 2 a 50 y pudiendo ir el número de grupos glicerol especialmente de 2 a 30. También se pueden citar los copolímeros de óxido de etileno y de propileno, los condensados de óxido de etileno y de propileno sobre alcoholes grasos; las amidas grasas polietoxiladas que tienen preferiblemente de 2 a 30 moles de óxido de etileno, las amidas grasas poligliceroladas que llevan como media de 1 a 5 grupos glicerol y en particular de 1,5 a 4; los ésteres de ácidos grasos del sorbitán oxietilenados que tienen de 2 a 30 moles de óxido de etileno; los ésteres de ácidos grasos de la sacarosa, los ésteres de ácidos grasos del polietilenglicol, los alquilpoliglicósidos, los derivados de N-alquilglucamina y los óxidos de aminas tales como los óxidos de alquil(C_{10}-C_{14})aminas o los óxidos de N-acilaminopropilmorfolina. Se observará que los alquilpoliglicósidos constituyen tensioactivos no iónicos que encajan particularmente bien en el marco de la presente invención.
(iii) Tensioactivos(s) anfotérico(s)
Los agentes tensioactivos anfotéricos, cuya naturaleza no reviste un carácter crítico en el marco de la presente invención, pueden ser especialmente (lista no limitativa) derivados de aminas secundarias o terciarias alifáticas, donde el radical alifático es una cadena lineal o ramificada de 8 a 22 átomos de carbono y que contiene al menos un grupo aniónico hidrosolubilizador (por ejemplo carboxilato, sulfonato, sulfato, fosfato o fosfonato); se pueden citar también las alquil(C_{8}-C_{20})betaínas, las sulfobetaínas, las alquil(C_{8}-C_{20})amidoalquil(C_{1}-C_{6})betaínas o las alquil(C_{8}-C_{20})amidoalquil(C_{1}-C_{6})sulfobetaínas.
Entre las alquil(C_{8}-C_{20})amidoalquil(C_{1}-C_{6})betaínas, se pueden citar la cocoamidopropilbetaína, vendida especialmente por DEGUSSA bajo la denominación de TEGOBETAINE F50.
Entre los derivados de aminas, se pueden citar los productos comercializados bajo la denominación MIRANOL, tales como los descritos en las patentes US-2.528.378 y US-2.781.354 y de estructuras:
(2)R_{2}-CONHCH_{2}CH_{2}-N(R_{3})(R_{4})(CH_{2}COO^{-})
donde:
R_{2} designa un radical alquilo derivado de un ácido R_{2}-COOH presente en el aceite de copra hidrolizado o un radical heptilo, nonilo o undecilo; R_{3} designa un grupo beta-hidroxietilo, y R_{4} un grupo carboximetilo;
y
(3)R_{5}-CONHCH_{2}CH_{2}-N(B)(C)
donde:
B representa -CH_{2}CH_{2}OX';
C representa -(CH_{2})_{z}-Y', siendo z = 1 ó 2;
X' designa el grupo -CH_{2}CH_{2}-COOH o un átomo de hidrógeno;
Y' designa -COOH o el radical -CH_{2}-CHOH-SO_{3}H;
R_{5} designa un radical alquilo de un ácido R_{9}-COOH presente en el aceite de copra o en el aceite de lino hidrolizado, un radical alquilo, especialmente C_{7}, C_{9}, C_{11} o C_{13}, un radical alquilo C_{17} y su forma iso o un radical C_{17} insaturado.
Estos compuestos están clasificados en el diccionario CTFA, 5ª edición, 1993, bajo las denominaciones Disodium Cocoamphodiacetate, Disodium Lauroamphodiacetate, Disodium Caprylamphodiacetate, Disodium Capryloamphodiacetate, Disodium Cocoamphodipropionate, Disodium Lauroamphodipropionate, Disodium Caprylamphodipropionate, Disodium Capryloamphodipropionate, Lauroamphodipropionic Acid y Cocoamphodipropionic Acid.
A modo de ejemplo, se pueden citar el cocoamphodiacetate comercializado bajo la denominación comercial MIRANOL C2M concentrado por la sociedad RHODIA CHIMIE.
(iv) Los tensioactivos catiónicos pueden ser seleccionados entre:
A) Las sales de amonio cuaternarias de la fórmula general (XVI) siguiente:
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donde X es un anión seleccionado entre el grupo de los haluros (cloruro, bromuro o yoduro) o alquil(C_{2}-C_{6})sulfatos, más particularmente metilsulfato, de los fosfatos, de los alquil- o alquilaril-sulfonatos y de los aniones derivados de ácido orgánico, tales como el acetato o el lactato;
y
a) los radicales R_{1} a R_{3}, que pueden ser idénticos o diferentes, representan un radical alifático, lineal o ramificado, de 1 a 4 átomos de carbono, o un radical aromático tal como arilo o alquilarilo. Los radicales alifáticos pueden llevar heteroátomos, tales como especialmente oxígeno, nitrógeno, azufre o los halógenos. Los radicales alifáticos son, por ejemplo, seleccionados entre los radicales alquilo, alcoxi o alquilamida;
R_{4} designa un radical alquilo, lineal o ramificado, de 16 a 30 átomos de carbono.
Preferiblemente, el tensioactivo catiónico es una sal (por ejemplo, cloruro) de beheniltrimetilamonio.
b) los radicales R_{1} y R_{2}, que pueden ser idénticos o diferentes, representan un radical alifático, lineal o ramificado, de 1 a 4 átomos de carbono, o un radical aromático tal como arilo o alquilarilo. Los radicales alifáticos pueden llevar heteroátomos tales como especialmente oxígeno, nitrógeno, azufre o los halógenos. Los radicales alifáticos son, por ejemplo, seleccionados entre los radicales alquilo, alcoxi, alquilamida e hidroxialquilo, con aproximadamente de 1 a 4 átomos de carbono;
R_{3} y R_{4}, idénticos o diferentes, designan un radical alquilo, lineal o ramificado, de 12 a 30 átomos de carbono, incluyendo dicho radical al menos una función éster o amida.
R_{3} y R_{4} son especialmente seleccionados entre los radicales alquil(C_{12}-C_{22})amidoalquilo(C_{2}-C_{6}) y alquil(C_{12}-C_{22})acetato.
Preferiblemente, el tensioactivo catiónico es una sal (por ejemplo, cloruro) de estearamidopropildimetil(miristilacetato)amonio.
\newpage
B) Las sales de amonio cuaternario del imidazolinio, como por ejemplo la de la fórmula (XVII) siguiente:
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donde R_{5} representa un radical alquenilo o alquilo de 8 a 30 átomos de carbono, por ejemplo derivado de los ácidos grasos del sebo; R_{6} representa un átomo de hidrógeno, un radical alquilo C_{1}-C_{4} o un radical alquenilo o alquilo de 8 a 30 átomos de carbono; R_{7} representa un radical alquilo C_{1}-C_{4}; R_{8} representa un átomo de hidrógeno o un radical alquilo C_{1}-C_{4}; X es un anión seleccionado entre el grupo de los haluros, fosfatos, acetatos, lactatos, alquilsulfatos y alquil- o alquilaril-sulfonatos. Preferiblemente, R_{5} y R_{6} designan una mezcla de radicales alquenilo o alquilo de 12 a 21 átomos de carbono, por ejemplo derivados de los ácidos grasos del sebo, R_{7} designa metilo y R_{8} designa hidrógeno. Tal producto es, por ejemplo, el Quaternium-27 (CTFA 1997) o el Quaternium-83 (CTFA 1997), comercializados bajo las denominaciones "REWOQUAT" W 75, W90, W75PG y W75HPG por la sociedad WITCO.
C) Las sales de diamonio cuaternario de fórmula (XVIII):
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donde R_{9} designa un radical alifático de aproximadamente 16 a 30 átomos de carbono, R_{10}, R_{11}, R_{12}, R_{13} y R_{14}, idénticos o diferentes, son seleccionados entre el hidrógeno o un radical alquilo de 1 a 4 átomos de carbono y X es un anión seleccionado entre el grupo de los haluros, acetatos, fosfatos, nitratos y metilsulfatos. Tales sales de diamonio cuaternario incluyen especialmente el dicloruro de propanosebodiamonio.
D) Las sales de amonio cuaternario que tienen al menos una función éster de la fórmula (XIX) siguiente:
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donde:
- R_{15} es seleccionado entre los radicales alquilo C_{1}-C_{6} y los radicales hidroxialquilo o dihidroxialquilo C_{1}-C_{6};
- R_{16} es seleccionado entre:
-
el radical
24
-
los radicales R_{20} hidrocarbonados C_{1}-C_{22} lineales o ramificados, saturados o insaturados,
-
el átomo de hidrógeno;
- R_{18} es seleccionado entre:
-
el radical
25
-
los radicales R_{22} hidrocarbonados C_{1}-C_{6} lineales o ramificados, saturados o insaturados,
-
el átomo de hidrógeno;
- R_{17}, R_{19} y R_{21}, idénticos o diferentes, son seleccionados entre los radicales hidrocarbonados C_{7}-C_{21}, lineales o ramificados, saturados o insaturados;
- n, p y r, idénticos o diferentes, son números enteros de 2 a 6;
- y es un número entero de 1 a 10;
- x y z, idénticos o diferentes, son números enteros de 0 a 10;
- X^{-} es un anión simple o complejo, orgánico o inorgánico;
con la condición de que la suma x + y + z valga de 1 a 15; de que, cuando x valga 0, entonces R_{16} designe R_{20}, y de que, cuando z valga 0, entonces R_{18} designe R_{22}.
Se utilizan más particularmente las sales de amonio de fórmula (XIX) en la cual:
- R_{15} designa un radical metilo o etilo;
- x e y son iguales a 1;
- z es igual a 0 ó 1;
- n, p y r son iguales a 2;
- R_{16} es seleccionado entre:
-
el radical
\vskip1.000000\baselineskip
26
-
los radicales metilo, etilo o hidrocarbonados C_{14}-C_{22}.
-
el átomo de hidrógeno;
- R_{17}, R_{19} y R_{21}, idénticos o diferentes, son seleccionados entre los radicales hidrocarbonados C_{7}-C_{21}, lineales o ramificados, saturados o insaturados;
- R_{18} es seleccionado entre:
-
el radical
\vskip1.000000\baselineskip
27
-
el átomo de hidrógeno.
\newpage
Tales compuestos están, por ejemplo, comercializados bajo las denominaciones DEHYQUART por la sociedad COGNIS, STEPANQUAT por la sociedad STEPAN, NOXAMIUM por la sociedad CECA y REWOQUAT WE 18 por la sociedad REWO-WITCO.
Entre las sales amonio cuaternario, se prefieren el cloruro de beheniltrimetilamonio, o también el cloruro de estearamidopropildimetil(miristilacetato)amonio, comercializado bajo la denominación "CERAPHYL 70" por la sociedad VAN DYK, el Quaternium-27 o el Quaternium-83, comercializados por la sociedad WITCO.
En las composiciones según la invención, se pueden utilizar mezclas de agentes tensioactivos y en particular mezclas de agentes tensioactivos aniónicos, mezclas de agentes tensioactivos aniónicos y de agentes tensioactivos anfotéricos, catiónicos o no iónicos, o mezclas de agentes tensioactivos catiónicos con agentes tensioactivos no iónicos o anfotéricos. Una mezcla particularmente preferida es una mezcla que incluye al menos un agente tensioactivo aniónico y al menos un agente tensioactivo anfotérico.
La composición de la invención puede también contener al menos un aditivo seleccionado entre los espesantes, los perfumes, los agentes nacarantes, los conservantes, los filtros solares siliconados o no, los polímeros aniónicos o no iónicos no siliconados, las proteínas no catiónicas, los hidrolizados de proteínas no catiónicas, el ácido 18-metileicosanoico, los hidroxiácidos, las vitaminas, las provitaminas tales como el pantenol y cualquier otro aditivo clásicamente utilizado en el ámbito cosmético que no afecte a las propiedades de las composiciones según la invención.
Las composiciones según la invención pueden así contener hasta un 5% de agentes nacarantes u opacificantes bien conocidos en el estado de la técnica, tales como, por ejemplo, los palmitatos de sodio o de magnesio, los estearatos e hidroxiestearatos de sodio o de magnesio, los derivados acilados de cadena grasa, tales como los monoestearatos o diestearatos de etilenglicol o de polietilenglicol, los éteres de cadenas grasas, tales como por ejemplo el éter diestearílico o el 1-(hexadeciloxi)-2-octadecanol, los alcoholes grasos, en particular los alcoholes estearílico, cetílico, behenílico y sus mezclas.
Estos aditivos están eventualmente presentes en la composición según la invención en proporciones que pueden ir del 0,001 al 20% en peso con respecto al peso total de la composición. La cantidad precisa de cada aditivo es determinada fácilmente por el experto en la técnica según su naturaleza y su función.
El medio fisiológicamente y de forma especial cosméticamente aceptable puede estar constituido únicamente por agua o por una mezcla de agua y de un solvente cosméticamente aceptable, tal como un alcohol inferior C_{1}-C_{4}, como el etanol, el isopropanol, el terc-butanol y el n-butanol; los alquilenglicoles como el propilenglicol, y los éteres de glicoles.
Preferiblemente, la composición incluye de un 50 a un 95% en peso de agua con respecto al peso total de la composición y más particularmente de un 60 a un 90% en peso.
Las composiciones según la invención presentan un pH final generalmente comprendido entre 3 y 10. Preferiblemente, este pH está comprendido entre 4 y 8. El ajuste del pH al valor deseado puede ser realizado clásicamente por adición de una base (orgánica o mineral) a la composición, por ejemplo amoníaco o una (poli)amina primaria, secundaria o terciaria, como la monoetanolamina, la dietanolamina, la trietanolamina, la isopropanolamina o la 1,3-propanodiamina, o también por adición de un ácido mineral u orgánico, preferiblemente un ácido carboxílico, tal como, por ejemplo, el ácido cítrico.
Las composiciones según la invención pueden ser más particularmente utilizadas para el lavado o el tratamiento de las materias queratínicas, tales como el cabello, la piel, las pestañas, las cejas, las uñas, los labios, el cuero cabelludo y más particularmente el cabello.
Las composiciones según la invención pueden ser composiciones detergentes, tales como champúes, geles de ducha y baños espumantes. En este modo de realización de la invención, las composiciones incluyen al menos un tensioactivo detergente.
El o los tensioactivos pueden ser indistintamente seleccionados, solos o en mezclas, en el seno de los tensioactivos aniónicos, anfotéricos o no iónicos tales como los definidos anteriormente.
En las composiciones detergentes según la invención, se utilizan preferiblemente al menos uno o más tensioactivos aniónicos o mezclas de al menos uno o más tensioactivos aniónicos y de al menos uno o más tensioactivos anfotéricos o de al menos uno o más tensioactivos no iónicos.
Una mezcla particularmente preferida es una mezcla consistente en al menos un agente tensioactivo aniónico y al menos un agente tensioactivo anfotérico.
Se utiliza preferiblemente un agente tensioactivo aniónico seleccionado entre los alquil(C_{12}-C_{14})sulfatos de sodio, de trietanolamina o de amonio, los alquil(C_{12}-C_{14}) éter sulfatos de sodio, de trietanolamina o de amonio oxietilenados con 2,2 moles de óxido de etileno, el cocoilisetionato de sodio y el alfa-olefina(C_{14}-C_{16})sulfonato de sodio y sus mezclas con:
- o bien un agente tensioactivo anfotérico tal como los derivados de amina denominados disodium cocoamphodipropionate o sodium cocoamphopropionate comercializados especialmente por la sociedad RHODIA CHIMIE bajo la denominación comercial "MIRANOL C2M CONC" en solución acuosa al 38% de materia activa o bajo la denominación MIRANOL C32;
- o bien un agente tensioactivo anfotérico de tipo zwitteriónico tal como las alquilbetaínas o las alquilamidobetaínas, y en particular la cocobetaína comercializada bajo la denominación "DEHYTON AB 30" en solución acuosa al 32% de MA por la sociedad COGNIS, o la cocoamidopropilbetaína vendida especialmente por DEGUSSA bajo la denominación de TEGOBETAINE F50.
La cantidad y la calidad de los tensioactivos son las suficientes para conferir a la composición final un poder espumante y/o detergente satisfactorio.
Estas composiciones detergentes son preferiblemente espumantes y el poder espumante de las composiciones según la invención, caracterizado por una altura de espuma, es generalmente superior a 75 mm, preferiblemente superior a 100 mm, medido según el método ROSS-MILES (NF T 73-404/ISO696) modificado.
Las modificaciones del método son las siguientes:
Se realiza la medición a una temperatura de 22ºC con agua osmotizada. La concentración de la solución es de 2 g/l. La altura de la caída es de 1 m. La cantidad de composición que cae es de 200 ml. Estos 200 ml de composición caen en una probeta que tiene un diámetro de 50 mm y que contiene 50 ml de la composición de ensayo. Se realiza la medición 5 minutos después de detener el vertido de la composición.
Así, según la invención, los tensioactivos detergentes pueden representar de un 3% a un 50% en peso, preferiblemente de un 6% a un 35% en peso y aún más preferiblemente de un 8% a un 25% en peso del peso total de la composición final.
Las composiciones detergentes pueden también contener tensioactivos para mejorar la espuma, especialmente alcanoamidas de ácido graso C_{12}-C_{20}.
La invención tiene aún por objeto un procedimiento de tratamiento de las materias queratínicas, tales como la piel o el cabello, caracterizado por consistir en aplicar sobre las materias queratínicas una composición cosmética tal como se ha definido anteriormente y en efectuar luego eventualmente un aclarado con agua.
Así, este procedimiento según la invención permite el mantenimiento del peinado, el tratamiento, el cuidado o el lavado o el desmaquillaje de la piel, del cabello o de cualquier otra materia queratínica.
Las composiciones de la invención pueden también presentarse en forma de producto para después del champú con aclarado o sin él, de composiciones para permanente, desrizado, coloración o decoloración, o también en forma de composiciones con aclarado, para aplicar antes o después de una coloración, una decoloración, una permanente o un desrizado o también entre las dos etapas de una permanente o de un desrizado.
Cuando la composición se presenta en forma de un producto para después del champú eventualmente con aclarado, contiene ventajosamente al menos un tensioactivo catiónico, estando su concentración generalmente comprendida entre el 0,1 y el 10% en peso y preferiblemente entre el 0,5 y el 5% en peso con respecto al peso total de la composición.
Las composiciones de la invención pueden también presentarse en forma de composiciones de lavado para la piel, y en particular en forma de soluciones o de geles para el baño o la ducha o de productos desmaquilladores.
Las composiciones según la invención pueden también presentarse en forma de lociones acuosas o hidroalcohólicas para el cuidado de la piel y/o del cabello.
Las composiciones cosméticas según la invención pueden presentarse en forma de gel, de leche, de crema, de emulsión, de loción espesa o de espuma y ser utilizadas para la piel, las uñas, las pestañas, los labios y más particularmente el cabello.
Las composiciones pueden estar acondicionadas bajo diversas formas, especialmente en vaporizadores o en frascos bomba o en recipientes aerosoles, con el fin de asegurar una aplicación de la composición en forma vaporizada o en forma de espuma. Tales formas de acondicionamiento están indicadas, por ejemplo, cuando se desea obtener un spray, una laca o una espuma para el tratamiento de las materias queratínicas, en particular del cabello.
En todo lo que sigue o lo que antecede, los porcentajes expresados son en peso.
La invención va a ser ahora más completamente ilustrada con ayuda de los ejemplos siguientes, que no sabrían ser considerados como limitantes de la misma a los modos de realización descritos.
En los ejemplos, MA significa materia activa.
Ejemplo 1
Se preparó el champú según la invención de la composición siguiente:
28
Las composiciones son estables. El cabello mojado no está cargado y es más fácil darle forma.
Ejemplo 2
Se preparó el champú según la invención de la composición siguiente:
100
Ejemplos 3 y 4
Se prepararon dos champúes según la invención de la composición siguiente:
29
La composición es estable. El cabello mojado no está cargado y es más fácil darle forma.

Claims (44)

1. Composición cosmética, caracterizada por contener, en un medio cosméticamente aceptable, al menos un copolímero entrecruzado de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo C_{1}-C_{4}, al menos un polímero catiónico o anfotérico y al menos partículas minerales sólidas insolubles en agua seleccionadas entre las arcillas, las partículas esencialmente constituidas por alúmina, las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio y el sulfuro de selenio.
2. Composición según la reivindicación 1, caracterizada por el hecho de que, en dicho copolímero, el ácido metacrílico está presente en cantidades que van del 20 al 80% en peso y más particularmente del 25 al 70% en peso y aún más particularmente del 35 al 60% en peso con respecto al peso total del copolímero.
3. Composición según la reivindicación 1 ó 2, caracterizada por el hecho de que, en dicho copolímero, el acrilato de alquilo está presente en cantidades que van del 15 al 80% en peso y más particularmente del 25 al 75% en peso y aún más particularmente del 40 al 65% en peso con respecto al peso total del copolímero.
4. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 3, caracterizada por el hecho de que, en dicho copolímero, el acrilato de alquilo es seleccionado entre el acrilato de metilo, el acrilato de etilo o el acrilato de butilo.
5. Composición según la reivindicación 4, caracterizada por ser el acrilato de alquilo el acrilato de etilo.
6. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 5, donde el copolímero de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} está entrecruzado por al menos un agente entrecruzante etilénicamente polinsaturado.
7. Composición según la reivindicación 6, caracterizada por variar el contenido en agente entrecruzante del 0,01 al 5% en peso y preferiblemente del 0,03 al 3% en peso y aún más particularmente del 0,05 al 1% en peso con respecto al peso total del copolímero.
8. Composiciones según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizadas por seleccionar la arcilla entre las arcillas de la familia de la caolinita, de la halloisita, de la dombasita, de la antigorita, de la bertierina, de la pirofilita, de las montmorillonitas, de la beidellita, de las vermiculitas, del talco, de la estevensita, de las hectoritas, de las saponitas, de las cloritas y de la sepiolita.
9. Composiciones según la reivindicación precedente, caracterizadas por seleccionar la arcilla entre la caolinita, las montmorillonitas, las hectoritas y sus mezclas.
10. Composiciones según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 7, caracterizadas por estar comprendido el tamaño primario medio numérico de las partículas esencialmente constituidas por alúmina entre 2 y 200 nm, preferiblemente comprendido entre 5 y 50 nm.
11. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por contener las partículas esencialmente constituidas por alúmina al menos un 90% en peso de alúmina.
12. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 7 y 10 a 11, caracterizada por ser la alúmina una alúmina eventualmente hidratada.
13. Composición según la reivindicación precedente, caracterizada por ser la alúmina la boehmita.
14. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 7, caracterizada por presentar las partículas que contienen al menos 10% en peso de carbonato de calcio un tamaño primario medio numérico comprendido entre 2 nm y 2 micras, más preferiblemente entre 5 y 500 nm y más preferiblemente aún entre 10 y 250 nm.
15. Composición según la reivindicación precedente, caracterizada por contener las partículas al menos un 50% en peso de carbonato de calcio, mejor aún al menos un 70% en peso y aún mejor más de un de 90% en peso de carbonato de calcio.
16. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 14 ó 15, caracterizada por ser las partículas partículas de carbonato de calcio substancialmente puro.
17. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 16, caracterizada por incluir el sulfuro de selenio un átomo de selenio por dos átomos de azufre o poseer una estructura cíclica SexSy en la cual x+y=8.
18. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 7 y 17, caracterizada por ser el disulfuro de selenio un polvo cuyas partículas tienen un tamaño medio numérico inferior a 200 micras y preferiblemente inferior a 25 micras.
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19. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 18, caracterizada por seleccionar los polímeros catiónicos entre los que contienen unidades que llevan grupos amina primarios, secundarios, terciarios y/o cuaternarios que pueden, o bien formar parte de la cadena principal polimérica, o bien ser llevados por un substituyente lateral directamente unido a ésta.
20. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por seleccionar dicho polímero catiónico entre:
(1) Los homopolímeros o copolímeros derivados de ésteres o de amidas acrílicos o metacrílicos y que llevan al menos una de las unidades de las fórmulas siguientes:
31
donde:
los R_{3}, idénticos o diferentes, designan un átomo de hidrógeno o un radical CH_{3};
los A, idénticos o diferentes, representan un grupo alquilo, lineal o ramificado, de 1 a 6 átomos de carbono o un grupo hidroxialquilo de 1 a 4 átomos de carbono;
R_{4}, R_{5}, R_{6}, idénticos o diferentes, representan un grupo alquilo de 1 a 18 átomos de carbono o un radical bencilo;
R_{1} y R_{2}, idénticos o diferentes, representan hidrógeno o un grupo alquilo de 1 a 6 átomos de carbono;
X designa un anión derivado de un ácido mineral u orgánico.
(2) Los polisacáridos catiónicos.
(3) Los polímeros constituidos por unidades de piperazinilo y por radicales divalentes alquileno o hidroxialquileno de cadenas lineales o ramificadas, eventualmente interrumpidas por átomos de oxígeno, de azufre o de nitrógeno o por anillos aromáticos o heterocíclicos, así como los productos de oxidación y/o de cuaternización de estos polímeros.
(4) Las poliaminoamidas solubles en agua preparadas, en particular, por policondensación de un compuesto ácido con una poliamina; estas poliaminoamidas pueden estar entrecruzadas por una epihalohidrina, un diepóxido, un dianhídrido, un dianhídrido no saturado, un derivado bisinsaturado, una bishalohidrina, un bisazetidinio, una bishaloacildiamina o un bishaluro de alquilo, o también por un oligómero resultante de la reacción de un compuesto bifuncional reactivo frente a una bis-halohidrina, un bisazetidinio, una bishaloacildiamina, un bishaluro de alquilo, una epihalohidrina, un diepóxido o un derivado bisinsaturado; siendo utilizado el agente entrecruzante en proporciones que van de 0,025 a 0,35 moles por grupo amina de la polimaoamida; estas poliaminoamidas pueden estar alquiladas o, si llevan una o más funciones amina terciarias, cuaternizadas.
(5) Los derivados de poliaminoamidas resultantes de la condensación de polialquilenpoliaminas con ácidos policarboxílicos, seguida de una alquilación mediante agentes bifuncionales.
(6) Los polímeros obtenidos por reacción de una polialquilenpoliamina que lleva dos grupos amina primaria y al menos un grupo amina secundaria con un ácido dicarboxílico seleccionado entre el ácido diglicólico y los ácidos dicarboxílicos alifáticos saturados de 3 a 8 átomos de carbono.
(7) Los ciclopolímeros de alquildialilamina o de dialquildialilamonio.
(8) Los polímeros de diamonio cuaternario que contienen unidades recurrentes que responden a la fórmula:
32
fórmula (IV) en la cual:
R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16}, idénticos o diferentes, representan radicales alifáticos, alicíclicos o arilalifáticos de 1 a 20 átomos de carbono, o radicales hidroxialquilalifáticos inferiores, o bien R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16}, juntos o por separado, constituyen con los átomos de nitrógeno a los que están unidos heterociclos que tienen eventualmente un segundo heteroátomo distinto del nitrógeno, o bien R_{13}, R_{14}, R_{15} y R_{16} representan un radical alquilo C_{1}-C_{6} lineal o ramificado substituido por un grupo nitrilo, éster, acilo, amida o -CO-O-R_{17}-D o -CO-NH-R_{17}-D, donde R_{17} es un alquileno y D un grupo amonio cuaternario;
A_{1} y B_{1} representan grupos polimetilénicos de 2 a 20 átomos de carbono que pueden ser lineales o ramificados, saturados o insaturados, y que pueden contener, unidos a la cadena principal o intercalados en ella, uno o más anillos aromáticos, o uno o más átomos de oxígeno o de azufre o grupos sulfóxido, sulfona, disulfuro, amino, alquilamino, hidroxilo, amonio cuaternario, ureido, amida o éster, y
X^{-} designa un anión derivado de un ácido mineral u orgánico;
A_{1}, R_{13} y R_{15} pueden formar con los dos átomos de nitrógeno a los que están unidos un anillo piperazínico; además, si A_{1} designa un radical alquileno o hidroxialquileno lineal o ramificado, saturado o insaturado, B_{1} puede también designar un grupo (CH_{2})_{n}-CO-D-OC-(CH_{2})_{n} en el cual D designa:
a) un resto de glicol de fórmula: -O-Z-O-, donde Z designa un radical hidrocarbonado lineal o ramificado o un grupo que responde a una de las fórmulas siguientes:
-(CH_{2}-CH_{2}-O)_{X}-CH_{2}-CH_{2}-
-[CH_{2}-CH(CH_{3})-O]_{y}-CH_{2}-CH(CH_{3})-
donde x e y designan un número entero de 1 a 4 que representa un grado de polimerización definido y único, o un número cualquiera de 1 a 4 que representa un grado de polimerización medio;
b) un resto de diamina bissecundaria, tal como un derivado de piperazina;
c) un resto de diamina bisprimaria de fórmula: -NH-Y-NH-, donde Y designa un radical hidrocarbonado lineal o ramificado, o bien el radical bivalente
-CH_{2}-CH_{2}-S-S-CH_{2}-CH_{2}-;
d) un grupo ureileno de fórmula: -NH-CO-NH-;
Preferiblemente, X^{-} es un anión.
(9) Los polímeros de poliamonio cuaternarios que tienen unidades de fórmula (VI):
33
fórmula en la cual:
R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21}, idénticos o diferentes, representan un átomo de hidrógeno o un radical metilo, etilo, propilo, \beta-hidroxietilo, \beta-hidroxipropilo o -CH_{2}CH_{2}(OCH_{2}CH_{2})_{p}OH;
donde p es igual a 0 ó a un número entero comprendido entre 1 y 6, con la condición de que R_{18}, R_{19}, R_{20} y R_{21} no representen simultáneamente un átomo de hidrógeno;
r y s, idénticos o diferentes, son números enteros comprendidos entre 1 y 6;
q es igual a 0 ó a un número entero comprendido entre 1 y 34;
X^{-} designa un anión, tal como un haluro;
A designa un radical de un dihaluro o representa preferiblemente -CH_{2}-CH_{2}-O-CH_{2}-CH_{2}-.
(10) Los polímeros cuaternarios de vinilpirrolidona y de vinilimidazol.
(11) Las poliaminas referenciadas bajo el nombre de "POLY-ETHYLENEGLYCOL (15) TALLOW POLYAMINE" en el diccionario CTFA.
(12) Los polímeros entrecruzados de sales de metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})amonio.
(13) Polialquileniminas, en particular polietileniminas, polímeros que tienen unidades de vinilpiridina o vinilpiridinio, condensados de poliaminas y de epiclorhidrina, poliureilenos cuaternarios y los derivados de la quitina.
21. Composición según la reivindicación precedente, caracterizada por seleccionar dicho polímero catiónico entre los ciclopolímeros catiónicos, los polisacáridos catiónicos, los polímeros cuaternarios de vinilpirrolidona y de vinilimidazol, los homopolímeros o copolímeros entrecruzados de sales de metacriloiloxialquil(C_{1}-C_{4})trialquil(C_{1}-C_{4})amonio, las polialquileniminas y sus mezclas.
22. Composición según la reivindicación 21, caracterizada por seleccionar dicho ciclopolímero entre los homopolímeros del cloruro de dialildimetilamonio y los copolímeros del cloruro de dialildimetilamonio y de acrilamida.
23. Composición según la reivindicación 21, caracterizada por seleccionar dichos polisacáridos catiónicos entre las gomas de guar modificadas por una sal de 2,3-epoxipropiltrimetilamonio y las hidroxietilcelulosas que han reaccionado con un epóxido substituido por un grupo trimetilamonio.
24. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 18, caracterizada por seleccionar dicho polímero anfotérico entre:
(1) Los polímeros resultantes de la copolimerización de un monómero derivado de un compuesto vinílico portador de un grupo carboxílico, tal como más particularmente el ácido acrílico, el ácido metacrílico, el ácido maleico o el ácido alfa-cloracrílico, y de un monómero básico derivado de un compuesto vinílico substituido que contiene al menos un átomo básico, tal como más particularmente los dialquilaminoalquilmetacrilato y -acrilato y las dialquilaminoalquilmetacrilamida y -acrilamida. El compuesto vinílico puede ser también una sal de dialquildialilamonio, tal como el cloruro de dimetildialilamonio.
(2) Los polímeros que llevan unidades derivadas:
a) de al menos un monómero seleccionado entre las acrilamidas o las metacrilamidas substituidas sobre el nitrógeno por un radical alquilo,
b) de al menos un comonómero ácido que tiene uno o más grupos carboxílicos reactivos y
c) de al menos un comonómero básico tal como ésteres con substituyentes amina primaria, secundaria, terciaria y cuaternaria de los ácidos acrílico y metacrílico y el producto de cuaternización del metacrilato de dimetilaminoetilo con el sulfato de dimetilo o dietilo.
(3) Las poliaminoamidas entrecruzadas y alquiladas parcial o totalmente derivadas de poliaminoamidas de fórmula general:
34
donde R_{4} representa un radical divalente derivado de un ácido dicarboxílico saturado, de un ácido alifático mono- o dicarboxílico con doble unión etilénica, de un éster de un alcanol inferior de 1 a 6 átomos de carbono de estos ácidos o de un radical derivado de la adición de uno cualquiera de dichos ácidos con una amina bisprimaria o bissecundaria, y Z designa un radical de una polialquilenpoliamina bisprimaria, mono- o bissecundaria, y preferiblemente representa:
a) en proporciones de un 60 a un 100% molar, el radical de fórmula (VIII)
35
donde x=2 y p=2 ó 3, o bien x=3 y p=2,
derivando este radical de la dietilentriamina, de la trietilentetraamina o de la dipropilentriamina;
b) en proporciones de un 0 a un 40% molar, el radical (VIII) anterior, donde x=2 y p=1 y que deriva de la etilendiamina, o el radical derivado de la piperazina:
\vskip1.000000\baselineskip
36
c) en proporciones de un 0 a un 20% molar, el radical -NH-(CH_{2})_{6}-NH- derivado de la hexametilendiamina, estando estas poliaminoaminas entrecruzadas por adición de un agente entrecruzante bifuncional seleccionado entre las epihalohidrinas, los diepóxidos, los dianhídridos y los derivados bisinsaturados por medio de 0,025 a 0,35 moles de agente entrecruzante por grupo amina de la poliaminoamida y alquiladas por acción del ácido acrílico, del ácido cloracético o de una alcanosultona o de sus sales.
(4) Los polímeros que llevan unidades zwitteriónicas de fórmula (IX):
\vskip1.000000\baselineskip
37
donde R_{5} designa un grupo insaturado polimerizable, tal como un grupo acrilato, metacrilato, acrilamida o metacrilamida, y y z representan un número entero de 1 a 3, R_{6} y R_{7} representan un átomo de hidrógeno, metilo, etilo o propilo, R_{8} y R_{9} representan un átomo de hidrógeno o un radical alquilo, de tal forma que la suma de los átomos de carbono en R_{8} y R_{9} no pase de 10.
\newpage
(5) Los polímeros derivados del quitosano que llevan unidades monoméricas que responden a las fórmulas (X), (XI) y (XII) siguientes:
38
estando presente la unidad (X) en proporciones comprendidas entre el 0 y el 30%, la unidad (XI) en proporciones comprendidas entre el 5 y el 50% y la unidad (XII) en proporciones comprendidas entre el 30 y el 90%, entendiéndose que, en esta unidad (XII), R_{10} representa un radical de fórmula:
39
donde
si q=0, R_{11}, R_{12} y R_{13}, idénticos o diferentes, representan cada uno un átomo de hidrógeno, un resto metilo, hidroxilo, acetoxi o amino, un resto monoalquilamina o un resto dialquilamina eventualmente interrumpidos por uno o más átomos de nitrógeno y/o eventualmente substituidos por uno o más grupos amina, hidroxilo, carboxilo, alquiltío o sulfónico o un resto alquiltío cuyo grupo alquilo lleva un resto amino, siendo uno al menos de los radicales R_{11}, R_{12} y R_{13} en este caso un átomo de hidrógeno;
o, si q=1, R_{11}, R_{12} y R_{13} representan cada uno un átomo de hidrógeno, así como las sales formadas por estos compuestos con bases o ácidos.
(6) Los polímeros derivados de la N-carboxialquilación del quitosano, como el N-carboximetilquitosano o el N-carboxibutilquitosano.
(7) Los polímeros que responden a la fórmula general (XIII), tales como los descritos, por ejemplo, en la patente francesa 1.400.366:
40
donde R_{14} representa un átomo de hidrógeno, un radical CH_{3}O, CH_{3}CH_{2}O o fenilo; R_{15} designa hidrógeno o un radical alquilo inferior, tal como metilo o etilo; R_{16} designa hidrógeno o un radical alquilo inferior, tal como metilo o etilo; R_{17} designa un radical alquilo inferior, tal como metilo o etilo o un radical que responde a la fórmula: -R_{18}-N
(R_{16})_{2}, representando R_{18} un grupo -CH_{2}-CH_{2}-, -CH_{2}-CH_{2}-CH_{2}- o -CH_{2}-CH(CH_{3})- y teniendo R_{16} los significados antes mencionados,
así como los homólogos superiores de estos radicales y que tienen hasta 6 átomos de carbono.
(8) Polímeros anfotéricos del tipo -D-X-D-X- seleccionados entre:
a) los polímeros obtenidos por acción del ácido cloracético o del cloracetato de sodio sobre los compuestos que llevan al menos una unidad de fórmula:
(XIV)-D-X-D-X-D-
donde D designa un radical
41
y X designa el símbolo E o E'; E o E', idénticos o diferentes, designan un radical bivalente, que es un radical alquileno de cadena lineal o ramificada que lleva hasta 7 átomos de carbono en la cadena principal no substituida o substituida por grupos hidroxilo y que puede llevar además átomos de oxígeno, de nitrógeno o de azufre o de 1 a 3 anillos aromáticos y/o heterocíclicos; estando presentes los átomos de oxígeno, de nitrógeno y de azufre en forma de grupos éter, tioéter, sulfóxido, sulfona, sulfonio, alquilamina o alquenilamina, de grupos hidroxilo, bencilamina, óxido de amina, amonio cuaternario, amida, imida, alcohol, éster y/o uretano;
b) los polímeros de fórmula:
(XV)-D-X-D-X-
donde D designa un radical
42
y X designa el símbolo E o E' y al menos una vez E', teniendo E el significado indicado anteriormente, y siendo E' un radical bivalente, que es un radical alquileno de cadena lineal o ramificada de hasta 7 átomos de carbono en la cadena principal, substituido o no por uno o varios radicales hidroxilo y que lleva uno o más átomos de nitrógeno, estando substituido el átomo de nitrógeno por una cadena de alquilo interrumpida eventualmente por un átomo de oxígeno y que lleva obligatoriamente una o más funciones carboxilo o una o más funciones hidroxilo, y betainizadas por reacción con ácido cloracético o cloracetato de sodio.
(9) Los copolímeros de alquil(C_{1}-C_{5}) vinil éter/anhídrido maleico modificado parcialmente por semi-amidación con una N,N-dialquilaminoalquilamina, tal como la N,N-dimetilaminopropilamina, o por semiesterificación con una N,N-dialcanolamina.
25. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por estar presente el copolímero de ácido metacrílico y de acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} en una concentración comprendida entre el 0,01% y el 20% en peso con respecto al peso total de la composición, preferiblemente entre el 0,05% y el 15% en peso.
26. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por estar presentes los compuestos minerales insolubles en una concentración comprendida entre el 0,001% y el 20% en peso con respecto al peso total de la composición, preferiblemente entre el 0,01% y el 10% en peso.
27. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por estar presente el polímero catiónico o anfotérico en una concentración comprendida entre el 0,001% y el 20% en peso con respecto al peso total de la composición, preferiblemente entre el 0,01% y el 10% en peso.
\newpage
28. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 27, caracterizada por incluir además al menos una silicona.
29. Composición según la reivindicación 28, caracterizada por ser las siliconas poliorganosiloxanos no volátiles seleccionados entre los polialquilsiloxanos, las gomas y resinas de siliconas y las siliconas organomodificadas, así como sus mezclas.
30. Composición según la reivindicación 29, caracterizada por:
(a) seleccionar los polialquilsiloxanos entre:
- los polidimetilsiloxanos con grupos terminales trimetilsililo;
- los polidimetilsiloxanos con grupos terminales dimetilsilanol;
- los polialquil(C_{1}-C_{20})siloxanos;
(b) seleccionar las gomas de silicona entre los polidiorganosiloxanos que tienen masas molares medias numéricas comprendidas entre 200.000 y 1.000.000, utilizadas solas o en forma de mezcla en un solvente;
(d) seleccionar las resinas entre las resinas que tienen las unidades: R_{3}SiO_{1/2}, R_{2}SiO_{2/2}, RSiO_{3/2}, SiO_{4/2}, donde R representa un grupo hidrocarbonado de 1 a 16 átomos de carbono.
31. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 28 a 30, caracterizada por seleccionar las siliconas adicionales entre los polialquilsiloxanos con grupos terminales trimetilsililo, los polialquilsiloxanos con grupos terminales dimetilsilanol, las mezclas de dos PDMS constituidas por una goma y un aceite de viscosidades diferentes, las mezclas de organosiloxanos y de siliconas cíclicas y las resinas de organopolisiloxanos.
32. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 31, caracterizada por incluir además al menos un agente beneficioso para las materias queratínicas seleccionado entre los ésteres de ácidos carboxílicos C_{1}-C_{30} y de alcoholes mono- o polihidroxilados C_{1}-C_{30}, los aceites vegetales, animales, minerales o de síntesis, las ceras, las ceramidas y las pseudoceramidas.
33. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 28 a 31, caracterizada por estar presente dicha silicona adicional en una concentración comprendida entre el 0,001% y el 20% en peso con respecto al peso total de la composición, preferiblemente entre el 0,01% y el 10% en peso.
34. Composición según la reivindicación 32, caracterizada por estar presente el agente beneficioso para las materias queratínicas en una concentración comprendida entre el 0,001% y el 20% en peso con respecto al peso total de la composición, preferiblemente entre el 0,01% y el 10% en peso.
35. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por incluir además al menos un agente tensioactivo seleccionado entre los tensioactivos aniónicos, no iónicos, anfotéricos, catiónicos y sus mezclas.
36. Composición según la reivindicación 35, caracterizada por seleccionar el o los agentes tensioactivos entre al menos uno o más tensioactivos aniónicos o mezclas de al menos uno o más tensioactivos aniónicos y de al menos uno o más tensioactivos anfotéricos o de al menos uno o más tensioactivos no iónicos.
37. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 35 ó 36, caracterizada por estar presentes el o los agentes tensioactivos en una concentración comprendida entre el 0,01% y el 50% en peso, preferiblemente entre el 0,1% y el 40% en peso y aún más preferiblemente entre el 0,5% y el 30% en peso, con respecto al peso total de la composición.
38. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por incluir de un 3 a un 50% en peso de un tensioactivo detergente.
39. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 38, caracterizada por contener la composición al menos un aditivo seleccionado entre los espesantes, los agentes anticaspa o antiseborreicos, los perfumes, los agentes nacarantes, los hidroxiácidos, los electrolitos, los ésteres de ácidos grasos, los conservantes, los filtros solares siliconados o no, las vitaminas, las provitaminas tales como el pantenol, los polímeros aniónicos o no iónicos, las proteínas, los hidrolizados de proteínas, el ácido 18- metileicosanoico, los aceites fluorados o perfluorados, las aminas grasas, los ácidos grasos y sus derivados y los alcoholes grasos y sus derivados, así como las mezclas de estos diferentes compuestos.
40. Composición según una cualquiera de las reivindicaciones precedentes, caracterizada por presentarse en forma de champú, de producto para después del champú, de composición para la permanente, el desrizado, la coloración o la decoloración del cabello, de composición con aclarado para aplicar entre las dos etapas de una permanente o de un desrizado o de composición de lavado para el cuerpo.
41. Utilización de una composición tal como se ha definido en una cualquiera de las reivindicaciones precedentes para el lavado o para el cuidado de las materias queratínicas.
42. Procedimiento de tratamiento de las materias queratínicas, tales como el cabello, caracterizado por consistir en aplicar sobre dichas materias una composición cosmética según una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 40 y en efectuar luego eventualmente un aclarado con agua.
43. Utilizacion de un copolímero entrecruzado de ácido metacrílico/acrilato de alquilo C_{1}-C_{4} en, o para, la fabricación de una composición cosmética que contiene un polímero catiónico o anfotérico y al menos partículas minerales sólidas insolubles en agua seleccionadas entre las arcillas, las partículas esencialmente constituidas por alúmina, las partículas que contienen al menos un 10% en peso de carbonato de calcio y el sulfuro de selenio.
44. Utilización de una composición tal como se ha definido en una cualquiera de las reivindicaciones 1 a 40 para aportar flexibilidad al cabello.
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