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Diapositivas Procedimiento Administrativo
Diapositivas Procedimiento Administrativo
Diapositivas Procedimiento Administrativo
ADMINISTRATIVO
Ley 1437 de 2011
Por: Andrés Rodríguez Gutiérrez
Ph.D.
CONTENIDO
1. Introducción
2. Globalización
3. Mimetismo
4. Nociones Generales del Procedimiento Administrativo
5. Medios Electrónicos en el Procedimiento Administrativo
6. Derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones
7. Derecho de Petición- Ley 1755 de 2015
8. Derecho de Petición Verbal Decreto 1166 del 19 de julio de 2016.
9. Procedimiento Administrativo General
10. Mecanismos de Consulta Previa
11. Procedimiento Administrativo Sancionatorio
12.Procedimiento Administrativo De Cobro Coactivo
13. Publicaciones, citaciones, comunicaciones y notificaciones
14. Recursos
15. Silencio Administrativo
16. Revocatoria Directa de los Actos Administrativos
17. Conclusión del Procedimiento Administrativo
18.Extension de la Jurisprudencia
1. INTRODUCCIÓN
2. GLOBALIZACIÓN Y DERECHO
3. MIMETISMO
4. NOCIONES GENERALES DEL
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
4.1. Historia
Alguno avances en los sistemas de gestión administrativa
y los introducidos en la constitución de 1991 llevaron al
Consejo de Estado y a la Jurisdicción Contenciosa
Administrativa ha revisar el contenido de todas las
instituciones y procedimientos para la actuación de la
Administración Pública en sus relaciones con los
individuos.
NO OLVIDAR!
Que las relaciones entre la Administración Pública y los ciudadanos se rigen
fundamentalmente por el Código Contencioso Administrativo que en su esencia
se encuentra contenido en el decreto ley 01 de 1984, que fue un compendio de
normas expedido durante a vigencia de la constitución de 1886, donde se
preocupaba exclusivamente de la protección de las estructuras y los órganos,
situación que genero introducir cambios sustanciales en las disposiciones que
regulaban los procedimientos administrativos.
TAL VEZ ESTE FUE UNO DE LOS ANTECEDENTES MÁS IMPORTANTES PARA CREAR UN CAMBIO
DEFINITIVO EN TODA LA ESTRUCTURA DE LA JURIDICCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA.
EL CAMBIO!
Los ciudadanos se convierten en el núcleo de la actuación
administrativa y es por eso que el actual código regula, no
sólo los procedimientos contenciosos administrativos, sino
que hace especial énfasis en aquellos procedimientos
administrativos que se desarrollan en la relación directa
entre la autoridad y la persona.
NOVEDADES
1. Se dan un impulso al derecho de petición como mecanismo principal para
poner en movimiento la actuación administrativa, además, que el nuevo
código dispone que la sola presentación de una petición se entenderá como el
ejercicio de ese derecho.
2. Otra novedad, es la búsqueda de la protección de los derechos de terceros
que puedan verse afectados por los alcances de una decisión administrativa,
razón por la cual se le dan herramientas a ese tercero para que pueda
intervenir y pueda hacer parte del procedimiento.
3. Otras novedades son la consulta previa, los recursos, medios electrónicos,
el silencio administrativo entre otros.
OBJETIVO
1. Su autenticidad
2. Su integridad LEY
3. Disponibilidad
SEDE ELECTRÓNICA
TODA AUTORIDAD DEBERÁ TENER AL MENOS UNA DIRECCIÓN
ELECTRÓNICA.
CALIDAD
SEGURIDAD
LA AUTORIDAD GARANTIZARÁ DISPONIBILIDAD
ACCESIBILIDAD
NEUTRALIDAD
6. Derechos, deberes, prohibiciones,
impedimentos y recusaciones
DERECHOS
✔Toda persona tiene derecho ante la autoridad pública a
presentar peticiones, solicitar información y
orientación en cualquiera de sus modalidades, verbal o
por escrito, sin apoderado. Así mismo que la respuesta
sea oportuna y eficaz en el plazo establecido.
✔ Conocer el estado de cualquier actuación o tramite y
obtener copias.
✔ Ser tratado con respeto y consideración a la dignidad
de la persona humana.
Deberes
✔Las personas deben acatar la Constitución y las leyes.
✔ Obrar conforme al principio de buena fe, absteniéndose de
emplear maniobras dilatorias en las actuaciones, y de
efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos
falsos o hacer afirmaciones temerarias, entre otras
conductas.
✔ Ejercer con responsabilidad sus derechos, y en
consecuencia abstenerse de reiterar solicitudes ante
autoridad evidentemente improcedentes.
✔ Un trato respetuoso con los servidores públicos.
POHIBICIONES
❖Negarse a recibir las peticiones o a expedir constancias sobre las mismas
❖Exigir la presentación personal de peticiones, recursos o documentos
cuando la ley no lo exija
❖Exigir constancias, certificaciones o documentos que reposen en la
respectiva entidad. AUTORIDADES
❖No dar traslado de los documentos recibidos a quien deba decidir,
dentro del término legal
❖Demorar en forma injustificada la producción del acto, su comunicación
o notificación
CONFLICTOS DE INTERÉS IMPEDIMENTOS Y
RECUSACIÓN
❖Las autoridades, deberán habilitar los medios, tecnológicos o electrónicos disponibles que
permitan la recepción de las peticiones verbales en los términos y condiciones establecidas
en el artículo 12.3. del decreto, aun por horas de al público.
Petición Verbal:
1. Número de radicado.
2. Fecha y hora de recibido.
3. Nombres y apellidos de los solicitantes,
dirección física o electrónica.
4. Objeto de la petición.
5. Las razones que fundamentan la petición.
6. Identificación de funcionario responsable de la
recepción.
7. Constancia explicita de que la petición se
formuló de manera verbal.
Respuesta:
La respuesta al derecho de petición verbal deberá
darse en los plazos establecidos en la ley. En el
evento que se dé repuesta verbal a la petición, se
deberá indicar de manera expresa la respuesta
suministrada al peticionario en la respectiva
constancia de radicación.
9. PROCEDIMIENTO
ADMINSITRATIVO GENERAL
ACTUACIONES ADMINISTRTATIVAS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
COMÚN PRINCIPAL
TRÁMITE
VERBAL
POR
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CUANDO LAS
ESCRITO AUTORIDADES ACTUAN DE
OFICIO
MEDIO
ELETRÓNICOS
PRÁCTICA DE AUDIENCIAS
Cuando las autoridades decretan la práctica de audiencias es con una
finalidad:
PRUEBAS Practicar
Averiguaciones Preliminares
Se comunicara al interesado
ACTO ADMINISTRATIVO
Se formulan los cargos donde se señalan los hechos, las
personas sujetas a investigación, las disposiciones vulneradas y
las sanciones.
Contenido
1. La individualización de la persona
2. Los hechos, pruebas que justifican la sanción
3. Las normas infringidas
4. La decisión final
GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES
Los que deciden las Los que ordenan llevar a cabo Los que liquiden el crédito.
excepciones a favor del deudor. la ejecución.
La admisión de la demanda contra los anteriores actos
administrativos no suspende el procedimiento de cobro coactivo.
Sólo habrá lugar a la suspensión en los siguientes casos:
-Estos actos no serán obligatorios mientras no sean publicados en el Diario Oficial o en las
gacetas territoriales.
-Cuando las entidades no cuenten con un órgano oficial de publicidad se podrán divulgar:
1. Mediante avisos.
2. Distribución de volantes.
3. La inserción en otros medios.
4. La publicación en la página electrónica.
PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE CARÁCTER
GENERAL:
- Los actos administrativos de carácter particular deberán ser notificados en los términos
establecidos a continuación:
Por medio electrónico
En estrados
2.Notificación por aviso
14. RECURSOS
REPOSICIÓN
PROCEDENCIA
A QUIÉN SE INTERPONE REQUISITOS
Se interpone ante el
superior del Por escrito, dentro de los
funcionario que Cuando se rechace el
recurso de apelación. 5 días siguientes a la
expidió la decisión. notificación del acto
(Facultativo) acompañado de copia de
providencia que negó el
recurso.
Improcedencia