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Demanda de Matrimonio 123

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Comprobación de unión

libre cuando no esta


registrada
INGRESO DE LA DEMANDA
DEMANDA
 JUZGADO PÚBLICO MIXTO DE FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TURNO DE SACABA
 -Demanda Extraordinaria de Reconocimiento de Unión Libre
 OTROSI. -
 NILSA SAUCEDO VILLARROEL, con C.I. 8937428 Cbba., Mayor de edad hábil por ley vecina y
domiciliada en la zona de catachilla baja de Sacaba de la Provincia Chapare del Departamento de
Cochabamba, de Ocupación labores de casa, presentándome ante su Autoridad, con las debidas
consideraciones de respeto expongo y pido:
 I.-ANTECEDENTES
 Señor Juez, Resulta que ambas partes de libre y voluntaria decidimos constituir un hogar con el objeto de
tener un vínculo conyugal o de convivencia, orientado a establecer un proyecto de vida en común siempre
reuniendo las condiciones de estabilidad de mantener una unión conyugal estable, donde nos iniciamos el
06 de Junio del 2012, hasta el 19 de febrero del 2021, estableciéndonos como domicilio conyugal en la
localidad de sacaba, zona de catachilla baja, viviendo primeramente en alquiler, pero luego tuvimos la
suerte de poder comprar la vivienda que fue registrado a nombre de mi pareja, pero lamentablemente todo
termino cuando el falleció, en un accidente de tránsito haciendo un total de 1 año y 6 meses, este tiempo
hemos convivido con el padre de mis hijos de nombre EDWIN GARCÍA MANCILLA con C.I. 5921222
Cbba., resultado de estos tuvimos 2 hijos:
 .
 1.- EDEMIR GARCÍA SAUCEDO, de 8 años de edad, nacido en fecha 30 de mayo del 2014.
 2.- YOLANDA GARCÍA SAUCEDO, de 5 años de Edad, nacida en fecha 06 de abril del 2017.
 Pero resulta que con mi concubino salió a pescar el 18 del mes de febrero del 2021, y me
llamaron de madrugada en fecha 20 de febrero del 2021, del hospital México de esta localidad de
Sacaba y me hicieron conocer que alzaron el cuerpo del km. 46 carretera a Santa Cruz,
trasladándolo en ambulancia hasta el mismo hospital, pero en el trayecto llego a fallecer producto
del accidente que tuvo.
 II.- FUNDAMENTO JURÍDICOS:
 Las uniones libres o, de hecho, que reúnan las condiciones de estabilidad y singularidad, y sean
mantenida entre una mujer y un hombre sin impedimento legal producido los mismos efectos
que el matrimonio civil, se encuentran amparadas por el Art. 63 Numeral II, de la Constitución
Política del Estado Plurinacional. En estricta concordancia, el Art. 137. 138, 139 del Código de
las Familias y del Proceso Familiar, ya que son instituciones sociales que dan lugar al vínculo
conyugal o de convivencia orientado a establecer un proyecto de vida en común siempre que
reúnan las condiciones cuando el varón y la mujer, voluntariamente, constituyen hogar y hacen
vida en común en forma estable y singular, con la concurrencia de los requisitos establecidos
por los Art. 166 Numeral II, inciso b) de la ley Nº. 603, por el fallecimiento de uno de los
conyugues Presupuesto táctico que es cumplido a cabalidad por nosotros y en estricta
adecuación a las normas anteriormente transcritas, concurriendo por lo tanto con los requisitos
exigidos por la ley. Conforme a. lo dispuesto por el Art. 258 del Código de las Familias y del
Proceso Familiar. Por tal razón es que acudo por ante su autoridad con el fin de conseguir se
reconozca legalmente mi unión conyugal libre y de hecho con mi concubino ahora fallecido el
EDWIN GARCIA MANCILLA.
 III.- PETITORIO:
 Por lo tanto, la presente demanda la dirijo contra el hermano de mi fallecida pareja, el cual
responde al nombre de ANTONIO GARCIA MANCILLA con Cedula de identidad Nº
6452852 cbba, mayor de edad, estado civil soltero, de ocupación albañil con domicilio en
la calle bolívar entre sucre, s/n, del municipio de sacaba, provincia chapare departamento
de Cochabamba.
 Por tal motivo pido a su autoridad sirva a declarar en SENTENCIA PROBADA mi
demanda, según el Art. 258 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, y
disponiendo la COMPROBACION JUDICIAL DE LA UNION LIBRE, y en consecuencia
disponga el registro ante el Servicio De Registro Civil (SERECI), a objeto de que se me
extienda el correspondiente certificado de matrimonio, para efectos legales que
corresponde por ley y sea con formalidades de ley, así poder regularizar mi derecho
propietario en el porcentaje que me corresponde como copropietaria y heredera del bien
inmueble adquirido durante nuestra vida en convivencia.
 OTROSI PRIMERO. – Para cumplir con lo establecido Conforme al Art.
261, 324, y Art. 346, 347, Art. 346 de la ley 603, acompaño en calidad de prueba literal
preconstituida y Testifical, misma que probara la estabilidad la convivencia y el proyecto
en común, que tuvimos y el tiempo que hemos vivido nos hemos guiado como esposa y
esposo:
 1.- El certificado de defunción de mi pareja fallecida EDWIN GARCIA MANCILLA, de la Oficialía Nº. 4015,
Libro Nº. 10 Partida Nº. 54 extendido el 25 de febrero del 2021.
 2.- Certificado de nacimiento de mis dos hijos menores.
 3.- Fotografías donde se evidencia toda nuestra familia.
 4.- Fotocopias de mi cédula de identidad.
 5.-Certificado de Soltería de mi persona
 6.-Documentos de Alquiler y posterior compra de nuestro domicilio actual
 7.-Certificacion de la OTB que acredita la convivencia de ambos como pareja en la zona durante todo el tiempo que
decidimos estar juntos como pareja.
 8.- fotocopia de la cedula de identidad de EDWIN GARCIA MANCILLA

 TESTIFICAL
 1.- JUAN YEVARA MANCILLA, con C.I. 5895901 Cbba, quien es mayor de edad hábil por ley vecino y
domiciliado en la zona de catachilla baja, de sacaba, provincia chapare departamento de Cochabamba, ocupación
Agricultor.
 2.- EDITH YARITA CHAO DE MERCADO, con C.I. Nº. 5598613 Cbba., Domiciliada en la zona de catachilla baja,
de sacaba, provincia chapare departamento de Cochabamba, de ocupación Labores de Casa.
 OTROSI SEGUNDO. - La presente demanda lo dirigió contra Presuntos Interesados O Herederos, del
fallecido EDWIN GARCIA MANCILLA hacer la correspondiente citación mediante edictos, con la demanda en
méritos de de la ley 603.
 OTROSI TERCERO. - Anuncio que los honorarios profesionales de abogado serán cancelados
con lo regulado por el arancel del Ministerio de Justicia y Trasparencia Institucional mediante
ley 387 y resolución ministerial Nº 087/2021, en vigencia.
 OTROSI CUARTO. - Señalo mi Domicilio procesal, la calle porvenir of. 3 del
profesional que suscribe, Whatsapp. 71111111, correo electrónico
trabajodelauniversidad@gmail.com y ciudadanía digital 756465 para posteriores notificaciones
y diligencias.
 OTROSI QUINTO. - Citaciones y notificaciones con oficial de diligencias.
 Sacaba, 12 de septiembre del 2.022
AUTO DE ADMISION DE LA DEMANDA
PRUEBAS DOCUMENTALES Y TESTIGOS
LA CONTESTACION ALA DEMANDA
 SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO PUBLICO MIXTO DE FAMILIA NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA Nº3 de SACABA

 - Nurej: 30296091
 - Responde a la Demanda Extraordinaria de Reconocimiento de Unión Libre
 OTROSÍ. -
 ANTONIO GARCIA MANCILLA con Cedula de identidad Nº 6452852 cbba, mayor de edad,
estado civil soltero, de ocupación albañil con domicilio en la calle bolívar entre sucre, s/n, del
municipio de sacaba, provincia chapare departamento de Cochabamba, dentro de la Demanda
Extraordinaria de Reconocimiento de Unión Libre, interpuesta contra mi persona por la Sra.
NILSA SAUCEDO VILLARROEL, presentándome ante su autoridad con el debido respeto
expongo y pido:
 I.- APERSONAMIENTO:
 Señora Juez, fui notificado con la demanda Demanda Extraordinaria de Reconocimiento
de Unión Libre, de fecha 12 de septiembre y auto de admisión de fecha 20 de septiembre del
2022, por lo que a los fines de estar a derecho me APERSONO ante su autoridad, pidiendo se
 II.- CONTESTACION:
 En tiempo oportuno como dispone el Atr.268, de la ley 603 el Código de las familias y del
proceso familiar, me permito Contestar Aceptado Íntegramente En Todas Sus Partes La
Demanda Extraordinaria de Reconocimiento de Unión Libre, por ser evidente los hechos
que se afirman en ella, con los siguientes argumentos de orden legal.
 1. – Es verdad señora juez que mi hermano EDWIN GARCÍA MANCILLA, tuvo una
vida en convivencia con la señora NILSA SAUCEDO VILLARROEL, en el cual tuve
conocimiento que adquirieron un bien inmueble durante su vida como pareja.
 2. También es verdad que tienen dos hijos menores de edad, y que esta demanda la
realizan para poder regularizar su derecho propietario en cuestión de su bien inmueble.
 Por ello, pido a su autoridad dígnese dictar SENTENCIA, declarando PROBADA LA
DEMANDA en apego de la ley 603 del Código de las familias y del proceso familiar
 OTROSÍ I.- solicito se tenga presente que los honorarios profesionales son de acuerdo al
arancel mínimo del colegio de abogados.
 OTROSÍ II.- Señalo mi Domicilio procesal, la calle padilla of. 7 del profesional que
suscribe, Whatsapp. 72211111, correo electrónico trabajo@gmail.com y ciudadanía digital
74559696 para posteriores notificaciones y diligencias.
 OTROSÍ III.- Citaciones y notificaciones con oficial de diligencias.

 Sacaba, 23 septiembre del 2022

 ANTONIO GARCIA MANCILLA


PARTICIPANTES
MEJIA ANA MARIA
VICTORIA PORCE QUISPE

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