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Empresas Segun Su Estructura Juridica

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CLASES DE EMPRESAS SEGUN SU

ESTRUCTURA JURIDICA
APRENDICES:
Dana Lucia Maestre Serrano
Aura Pertuz Ocampo
Angie Morelo Blanco
Jiseth Paola Saenz
Elida Marcela Bayona Añez
ESTRUCTURA JURIDICA
Es la forma en que la empresa está organizada
desde el punto de vista financiero. Es muy
importante elegir la mejor estructura legal, ya que
ésta afectará todos los aspectos de su negocio: las
operaciones del día a día, el pago de los impuestos
estatales y federales, y el riesgo o responsabilidad
financiera personales.
TIPOS DE EMPRESAS SEGUN SU
ESTRUCTURA JURIDICA
Unipersonal
Es aquella empresa en la que el propietario (la persona con
capacidad legal de ejercer comercio) responde con todo su
patrimonio y de forma totalmente ilimitada ante las personas
afectadas por su actividad empresarial.

Sociedad Colectiva
Toda aquella empresa que sea propiedad de más de una persona. En
este tipo de compañía son los socios los que responden con su
patrimonio a cambio de una participación directa en la gestión
empresarial.
Cooperativa
Por definición, una cooperativa es una empresa sin ánimo de lucro
creada para cubrir las inquietudes socioeconómicas de sus
propietarios. Los propietarios, a su vez, son trabajadores e incluso
pueden ser proveedores y/o clientes de la compañía.

Sociedad Comanditaria
Entre los tipos de empresas según su forma jurídica, la sociedad
comanditaria ostenta dos tipos de socios diferentes: los socios
colectivos con responsabilidad ilimitada y los socios comanditarios
con responsabilidades limitadas de aportación de capital.
FORMA JURÍDICA PARA SOCIEDADES
LIMITADAS
En este caso, los socios de la empresa asumen una responsabilidad limitada, de tal
forma que solo responden por el capital que han aportado a la compañía (y no por su
totalidad).

Sociedad Anónima
Es igual que la sociedad de responsabilidad limitada, pero en este caso siempre se
ofrece la posibilidad de que cualquier persona que así lo desee pueda adquirir
acciones de la empresa.
CRITERIOS PARA ESCOGER LA FORMA
JURÍDICA DE TU EMPRESA
Ahora que ya conoces los tipos de empresas según su forma jurídica, probablemente
te estés preguntando: bueno, vale, ¿pero entonces cuál elijo? A continuación te
ofrecemos seis criterios que pueden orientarte a la hora de tomar esta decisión.

Tipo de actividad. Hay sectores empresariales como la banca o los seguros que
obligan a una forma jurídica determinada.

Número de promotores. Si una empresa tiene más de un responsable, hay que


descartar la forma unipersonal y optar por algunas de las sociedades vistas más
arriba.
Inversión económica inicial. Los tipos de empresas en España dependen también
del capital invertido inicial. La constitución de una sociedad implica el aporte de un
capital inicial de 3.000 euros, mientras que una empresa inicial (en la que el dueño
es autónomo) no implica gasto inicial alguno.

Responsabilidad frente a terceros. Una empresa puede constituirse de una forma


u otra si los promotores asumen la responsabilidad de forma total o limitada.

Fiscalidad. Algunas formas jurídicas de empresa (como los autónomos) tributan por
el lado del IRPF, mientras que otras (algunas sociedades) tributan el Impuesto de
Sociedades.

Contabilidad. Las obligaciones contables varían dependiendo de los tipos de


empresas según su forma jurídica: la contabilidad de un autónomo es (relativamente)
más sencilla que la de una sociedad.
¿CÓMO ELIJO FORMA JURÍDICA DE LA
EMPRESA?
La elección de la forma jurídica va a depender de las características que necesiten los
socios. Para ello debemos tener en cuenta una serie de factores.
1. Las aportaciones de dinero mínimas que deben hacer los socios. En las empresas
individuales (autónomos) no suelen ser necesarias. Tampoco para algunas empresas de
socios. Sin embargo, algunas otras empresas necesitan una pequeña cantidad (3000 euros
en el caso de las sociedades limitadas) o una más grande (60.000 euros la sociedad
anónima).
2. La responsabilidad de los socios. Puede ser de dos tipos:
a) Responsabilidad limitada al capital aportado. En caso de deudas con el banco u otra
empresa o persona, cómo mucho puedo perder el dinero que puse para iniciar la empresa,
pero nunca más.
b) Responsabilidad ilimitada. Esto quiere decir que en caso de deuda tengo que pagar con
mi propio patrimonio (me pueden quitar la casa, el coche etc.).
 
3. Transmisión de la propiedad. Se refiere a sí puedo vender mi parte como socio
de la empresa o no. Puede ser:
a) Restringida.  En algunas empresas la transmisión es restringida, lo que
quiere decir que, si quiero vender mi parte como socio a otra empresa, los demás
socios tienen que estar de acuerdo en la persona a la que se la vendo.
b) Libre. Cuando la transmisión es libre, puedo venderla a quien yo desee.

4. Pago de impuestos. Como norma general, las sociedades pagan un porcentaje


fijo. Los autónomos pagan un porcentaje que crece al ganar más.
Si creo que voy a ganar poco es más interesante ser autónomo, ya que, con pocos
beneficios, los impuestos a pagar serán menores que en las sociedades.
 
5. El ánimo de lucro. Una empresa tiene ánimo de lucro cuando quiere ganar beneficios.
Como normal general, todas las empresas desean beneficios. Sin embargo, hay algunas
ocasiones en las que una empresa se puede crear para satisfacer las necesidades de los
socios, como algunas cooperativas.
 
Las cooperativas son un tipo de sociedad especial (llamadas de interés social) en
la que todos los socios suelen votar todas las decisiones con independencia del capital
aportado.
Aunque en realidad los tipos de empresas son bastantes más de los que vemos aquí,
vamos resumir en una tabla los tipos de empresas más habituales
 
MUCHAS GRACIAS

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