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Constitución Política de Colombia Articulos 20 25 29 32
Constitución Política de Colombia Articulos 20 25 29 32
Constitución Política de Colombia Articulos 20 25 29 32
de Colombia
Artículos 20, 25, 29 y 30
Articulo 20
• Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su
pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e
imparcial y la de fundar medios masivos de comunicación.
• Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a
la rectificación en condiciones de equidad.
• No abra censura.
Articulo 20
Libertad de opinión, prensa e información
• Condición indispensable de la realización de los individuos y de la
democratización de la vida política.
• CONSORDANCIAS CON EL ARTICULO 20:
-Preámbulo
-Libre desarrollo de la personalidad
-Libertad de cultos
-Libertad artística
-Todos los derechos fundamentales y humanos que tengan estatus de
constitucionales y que se relaciones con libertad de expresión.
Articulo 20
Libertad de opinión, prensa e información
• La libertad de expresión desempeña un rol capital en
El pluralismo se refiere a la
la vida política. diversidad ideológica y política
• Es posible la democratización de la sociedad civil, la que existe dentro de un
conglomerado social, esa
apropiación de los derechos humanos por ejercicio diversidad también puede ser
libre y colectivo a través del dialogo y el debate. por motivo de raza, lengua,
etnia o religión, todas estas
• Es condición necesaria de la existencia del manifestaciones humanas tienen
pluralismo ideológico y de la legitimidad de las la necesidad de hacer públicas
sus ideas y manifestar de forma
decisiones publicas democráticas. libre sus creencias
Articulo 20
Libertad de opinión, prensa e información