El apoderado judicial de la demandante presenta un recurso de apelación contra la sentencia que falló a favor de la prescripción. Argumenta que la demandante interrumpió oportunamente la prescripción al acudir a la inspección de trabajo en agosto y noviembre de 2003 para reclamar, por lo que al presentar la demanda en 2004 su derecho no estaba prescrito. Solicita que para fallar la segunda instancia se tengan en cuenta las fotocopias de las citaciones a la inspección de trabajo.
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El apoderado judicial de la demandante presenta un recurso de apelación contra la sentencia que falló a favor de la prescripción. Argumenta que la demandante interrumpió oportunamente la prescripción al acudir a la inspección de trabajo en agosto y noviembre de 2003 para reclamar, por lo que al presentar la demanda en 2004 su derecho no estaba prescrito. Solicita que para fallar la segunda instancia se tengan en cuenta las fotocopias de las citaciones a la inspección de trabajo.
El apoderado judicial de la demandante presenta un recurso de apelación contra la sentencia que falló a favor de la prescripción. Argumenta que la demandante interrumpió oportunamente la prescripción al acudir a la inspección de trabajo en agosto y noviembre de 2003 para reclamar, por lo que al presentar la demanda en 2004 su derecho no estaba prescrito. Solicita que para fallar la segunda instancia se tengan en cuenta las fotocopias de las citaciones a la inspección de trabajo.
El apoderado judicial de la demandante presenta un recurso de apelación contra la sentencia que falló a favor de la prescripción. Argumenta que la demandante interrumpió oportunamente la prescripción al acudir a la inspección de trabajo en agosto y noviembre de 2003 para reclamar, por lo que al presentar la demanda en 2004 su derecho no estaba prescrito. Solicita que para fallar la segunda instancia se tengan en cuenta las fotocopias de las citaciones a la inspección de trabajo.
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Seor
JUEZ 11 LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOT.
E. S. D.
Ref: Proceso Ordinario #2004-0719 de BLANCA NERY
JAIME CASTRO vs. INVERSIONES EL CORRAL Y CIA LTDA.
VICTOR J. MORENO GUZMN, apoderado judicial de la demandante en
el proceso de la referencia, respetuosamente concurro ante su despacho, en tiempo, con el fin de presentar el recurso de APELACIN contra la sentencia dictada el da 18 de Agosto del ao que transcurre. El motivo de mi inconformidad es que para la sentencia en mencin su despacho tuvo como base para fallar la prescripcin y dice. En el presente caso la parte accionante dej transcurrir ms de tres aos para hacer efectivo su derecho pues el mismo venci el 15 de Febrero de 2001 y la demanda solo fue presentada en el ao 2004. Pero, y valga esta parte como sustentacin del recurso presentado, el aquo no tuvo en cuenta que la demandante acudi a la inspeccin 3 a Laboral de Bogot citando al representante legal de la demandada el da 29 de Agosto y el 5 de Noviembre de 2003 con el fin de hacer la reclamacin respectiva, lo que interrumpe la prescripcin, la cual deber contarse desde la ultima fecha de la reclamacin y as las cosas al presentar la demanda en el ao 2004 su derecho no est prescrito. Las fotocopias de las citaciones aparecen en los folios 14 y 15 del cuaderno original, documentos que pido desde ahora, sean tenidos en cuenta por el Honorable Tribunal , a la hora de fallar la segunda instancia, pues fueron pruebas pedidas en la demanda, decretadas por el a-quo y no tenidas en cuanta para el fallo de primera instancia.
Seor Juez; atentamente,
__________________________ VICTOR J. MORENO GUZMN C.C.# 17103.272 de Bogot. T.P.:# 25.877.