Trabajo de Valoracion Aduanera
Trabajo de Valoracion Aduanera
Trabajo de Valoracion Aduanera
VALORACION
ADUANERA
INTEGRATES:
VICTOR CHAVEZ
CI:
ADRIANA CALDERON CI:
YUREISY ACOSTA CI:
SANDRA SILVA CI:
ZULEINY MONTERO:
DESARROLLO:
25.334.777
f)- ltimo Recurso: en el cual se prev que cuando no se haya logrado la valoracin
mediante la aplicacin de los mtodos anteriores, se deben utilizar otros criterios
razonables, compatibles con los principios y disposiciones del Acuerdo.
4. VALOR DE LA OMC Y SUS DISPOSICIONES EN MATERIA DE VALORACION
ADUANERA
Valor de transaccin
El precio realmente pagado o por pagar es el pago total que por las mercancas
importadas haya hecho o vaya a hacer el comprador al vendedor o en beneficio de ste e
incluye todos los pagos hechos como condicin de la venta de las mercancas importadas
por el comprador al vendedor, o por el comprador a una tercera parte para cumplir una
obligacin del vendedor.
Prueba de la venta
Debe existir prueba de una venta para la exportacin al pas de importacin (es decir,
facturas comerciales, contratos, pedidos, etc.).
ser iguales en todos los aspectos, con inclusin de sus caractersticas fsicas, calidad
y prestigio comercial;
Para que pueda aplicarse este mtodo, las mercancas deben haberse vendido al mismo
pas de importacin que las mercancas objeto de valoracin. Deben tambin haberse
exportado en el mismo momento que las mercancas objeto de valoracin, o en un
momento aproximado.
Excepciones
Se admiten algunas excepciones, en particular:
a)- cuando no existan mercancas idnticas producidas por la misma persona en el pas
de produccin de las mercancas objeto de valoracin, podrn tenerse en cuenta
mercancas idnticas producidas por una persona diferente en el mismo pas;
b)- las pequeas diferencias de aspecto no impedirn que se consideren como idnticas
las mercancas que en todo lo dems se ajusten a la definicin.
c)-La definicin excluye las mercancas importadas que incluyen trabajos de ingeniera,
trabajos artsticos, etc. suministrados por el comprador al productor de las mercancas
gratis o a precio reducido, realizados en el pas de importacin y que no hayan sido objeto
de un ajuste en virtud del artculo 8.
que puedan cumplir las mismas funciones que las mercancas objeto de
valoracin y ser comercialmente intercambiables;
Valor deductivo
Deduccin del valor a partir del precio a que se venda la mayor cantidad total
Con arreglo al prrafo 1 del artculo 5, el valor en aduana debe establecerse sobre la base
del precio unitario al que se venda la mayor cantidad total de las mercancas importadas o
de otras mercancas importadas que sean idnticas o similares a ellas. Segn la nota
interpretativa de ese artculo, el precio unitario a que se venda la mayor cantidad total de
las mercancas es el precio a que se venda el mayor nmero de unidades a personas no
vinculadas al primer nivel comercial despus de la importacin al que se efecten dichas
ventas. Para determinar esa mayor cantidad total de mercancas, se renen todas las
ventas realizadas a un precio dado y se compara la suma de todas las unidades de
mercancas vendidas a ese precio con la suma de todas las unidades de mercancas
vendidas a cualquier otro precio. El mayor nmero de unidades vendidas a un precio
representa
la
mayor
cantidad
total.
Como el punto de partida para calcular el valor deductivo es el precio de venta en el pas
de importacin, es preciso efectuar las siguientes deducciones para reducir ese precio al
valor en aduana pertinente:
Con arreglo al valor reconstruido, que es el mtodo ms difcil y menos utilizado, el valor
en aduana se determina sobre la base del costo de produccin de las mercancas objeto
de valoracin ms una cantidad por concepto de beneficios y gastos generales igual a la
reflejada habitualmente en las ventas de mercancas de la misma especie o clase del pas
de exportacin al pas de importacin. El valor reconstruido es la suma de los siguientes
elementos:
materias primas tales como madera, acero, plomo, arcilla, textiles, etc.; gastos en que se
haya incurrido para llevar las materias primas al lugar de produccin; subconjuntos, como
circuitos integrados; y elementos prefabricados que finalmente hayan de armarse. Los
gastos de fabricacin incluirn el costo de la mano de obra, los gastos de montaje cuando
se trate de una operacin de montaje en vez de un proceso de fabricacin, y gastos
indirectos en concepto, por ejemplo, de supervisin y mantenimiento de las fbricas,
horas extraordinarias, etc. El costo o valor se determinar sobre la base de la informacin
relativa a la produccin de las mercancas objeto de valoracin, proporcionada por el
productor o en su nombre. De no estar incluidos supra, se aadirn el costo de los
embalajes y los gastos conexos, los servicios auxiliares, los trabajos de ingeniera, los
trabajos
artsticos,
etc.
realizados
en
el
pas
de
importacin.
Los beneficios y gastos generales reflejados habitualmente por los productores del pas
de importacin en las ventas de mercancas de la misma especie o clase del pas de
exportacin al pas de importacin, sobre la base de informacin facilitada por el
productor. Se entiende por mercancas de la misma especie o clase las mercancas
comprendidas en el grupo o gama de productos producidos por un determinado sector o
rama de produccin, que comprenden las mercancas idnticas o similares. La cantidad
en concepto de beneficios y gastos generales ha de considerarse como un todo (es decir,
la suma de ambos conceptos). Los gastos generales podran incluir los gastos de alquiler,
electricidad, suministro de agua, gastos jurdicos, etc.
Por ltimo, debern aadirse al precio otros gastos: el costo del transporte de las
mercancas importadas hasta el puerto o lugar de importacin; los gastos de carga,
descarga y manipulacin ocasionados por el transporte de las mercancas importadas
hasta el puerto o lugar de importacin; y el costo del seguro.
aplicacin.
res de comercio exterior. Al respecto, al efectuarse un sondeo en 1982 en los pases que
lo aplicaban (que en esa poca eran mayormente economas desarrolladas) se observ
que el procedimiento de valor de transaccin era aplicado para un 95% de casos,
mientras que el 5% del resto de casos se utilizaba la metodologa complementaria
explicada en este acuerdo.
En uno de los principios se seala que la valoracin debe ser de aplicacin general, sin
distinciones por razn de la fuente de suministro, lo cual est alineado a la poltica del
GATT (ahora OMC) de la no discriminacin entre pases en las relaciones comerciales
internacionales.
En relacin a que los procedimientos de valoracin no deben utilizarse para combatir el
dumping, ello es teniendo en cuenta que el artculo VI del GATT 1947 ya aborda este
tema, el cual tambin es tratado en el GATT 1979 y posteriormente en la OMC.
c) Parte I: Normas de Valoracin en Aduana.- Las normas de valoracin establecen la
metodologa de valoracin aduanera, la cual analizaremos ms adelante segn los
principales temas.
d) Parte II: Administracin del Acuerdo. Consultas y Solucin de Diferencias.- En esta
parte se ven los temas de celebracin de consultas y solucin de diferencias, as como las
instituciones encargadas de velar por el correcto cumplimiento del Acuerdo del Valor, que
son el Comit y el Comit Tcnico del Valor, temas que analizaremos ms adelante.
Estas instituciones emiten importantes documentos con la finalidad de buscar atender
inquietudes de las administraciones aduaneras respecto a ciertos temas. Estos
documentos son denominados Decisiones del Comit e Instrumentos del Comit Tcnico
de Valoracin en Aduana.
e) Parte III: Trato Especial y Diferenciado. En este apartado se ve el tema de facilidades a los pases en desarrollo, tales como
permitir a quienes lo soliciten retrasar la aplicacin del Acuerdo del Valor GATT 1979 por
un perodo que no exceda de cinco aos contados desde la fecha de entrada en vigor del
mismo para dichos pases. Asimismo uno de los mtodos de valoracin denominado valor
reconstruido podr ser retrasado en su aplicacin por un periodo de hasta 3 aos.
Se seala que los pases desarrollados proporcionarn, en condiciones mutuamente
convenidas, asistencia tcnica a los pases en desarrollo Partes que lo soliciten. Sobre
esta base, los pases desarrollados Partes elaborarn programas de asistencia tcnica
que podrn comprender, entre otras cosas, capacitacin de personal, asistencia para
preparar las medidas de aplicacin, acceso a las fuentes de informacin relativa a los
mtodos de valoracin en aduana y asesoramiento sobre la aplicacin de las
disposiciones del presente Acuerdo.
f) Parte IV: Disposiciones Finales
El presente rubro trata sobre los aspectos referidos a la aceptacin, adhesin al Acuerdo
del Valor GATT 1979 por los pases miembros.
g) Anexo I: Notas Interpretativas
El anexo es complemento de la parte I: Normas de valoracin aduanera
h) Anexo II: Comit Tcnico de Valoracin en aduana
En este anexo se indica funciones del Comit Tcnico de Valoracin en aduana y temas
relacionados a su operatividad como reuniones, debates.
Todo artculo comprado fuera del pas, est sujeto a las polticas de nacionalizacin del
estado venezolano. La institucin responsable de estos procedimientos es el SENIAT.
Para el clculo del pago de impuestos es INDISPENSABLE que la mercanca este
acompaada de una FACTURA COMERCIAL con descripcin del contenido, porque de
ello depende que sea o no liberada por la aduana venezolana. Cuando el producto, llega
a nuestra oficina en Miami sin factura comercial, le estaremos solicitando, que nos la
enve en forma digital: Si usted compr en Amazon este es el procedimiento para generar
la factura:
1.
Ingresar en la parte superior derecha donde dice: Your Account con su logn y
clave
2.
Presionar view orders, una vez en las rdenes de compra, busca la compra que va
a imprimir la factura y en el panel de la izquierda presiona el botn view invoice.
3.
Copiar esa factura y generar el archivo (word, pdf, jpg) que nos va a adjuntar.
Equipos de Computacin 5%
Televisores 20%
Electrodomsticos 20%
Juguetes 20%
Cmara de Video 5%
Ropa 20%
Vitaminas 10%
Celulares 20%
Perfumes 20%
Libros 0%