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Harina de Maca

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FICHA DE REQUISITOS TÉCNICOS

DE ACCESO AL MERCADO DE EE.UU.


Requisitos No Arancelarios

Productos de Hortalizas, Plantas, Raíces y


Tubérculos Alimenticios
Nombre comercial en Español: Harina de Maca
Nombre comercial en Inglés: Maca Flour
Partida arancelaria: 1106.20.10.00
Descripción arancelaria: Harina de maca
CONTENIDO

N° Título Página

A. GENERALIDADES DEL PRODUCTO 3


A.1 Características 3
A.2 Propiedades y Aspectos Nutricionales 3
A.3 Producción 4

B. ASPECTOS ARANCELARIOS 5
B.1 Partida Arancelaria 5
B.2 Preferencia Arancelaria 5

C. REQUISITOS TÉCNICOS NO ARANCELARIOS PARA EXPORTAR A EE.UU.


6
C.1 Entidades que regulan 6
C.2 Procedimiento de Importación establecidos por la FDA 7
C.3 Requisitos Físicos, Químicos, Microbiológicos y Sensoriales 8
C.4 Requisitos relativos a Colorantes, Aditivos, Acidificación y Control del
Permiso de Emergencia 9
C.5 Buenas Prácticas de Manufactura 9
C.6 Sistema de Análisis de Peligros y de Puntos de Control Crítico (HACCP) 9
C.7 Comercialización 10
C.7.1. Envase 10
C.7.2 Embalaje 11
C.7.3 Marcado y Etiquetado 11
C.7.4. Transporte 12
C.7.5 Registro de Marcas 12
C.7.6 Ley contra el Bioterrorismo 12
C.7.7. Información sobre distritos aduaneros más frecuentes en EE.UU. 12
C.7.8. Certificación CTPAT y BASC 13
C.8 Reglas de Origen y Certificación de Origen 13
C.9 Pasos a seguir para la Exportación 15

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A. GENERALIDADES DEL PRODUCTO

A.1 CARACTERÍSTICAS

Es un producto elaborado con la raíz seca de la Maca sometida a lavado, desinfectado, picado,
pulverizado y envasado. La maca presenta un alto contenido de Calcio, Fósforo, Hierro, Cobre
y Carbohidratos, necesarios para mantener y recobrar las energías. Tiene una cantidad
importante de aminoácidos esenciales y contiene ácidos grasos, de los cuales el linoleico,
palmítico y oleico son los más representativos, es rica en esteroles y con un alto contenido
mineral. Sus propiedades ayudan en el síndrome de fatiga crónica, disminuye los estados de
estrés, aumento de resistencia física, mejora la percepción y el estado de ánimo, mejora la
memoria, anti-depresivo, aumento del vigor y resistencia física, combate la anemia y estimula el
sistema inmunológico, combate la impotencia masculina, altamente eficaz en la etapa de
menopausia y post-menopausia femenina, regula la secreción hormonal, regulador del ciclo
menstrual femenino, combate disfunciones hormonales y ayuda en problemas de osteoporosis.

A.2 PROPIEDADES Y ASPECTOS NUTRICIONALES

A continuación en el siguiente cuadro se muestra la composición Nutricional de la


Harina de Maca por cada Valor por 100 gramos de contenido comestible:

COMPUESTO CANTIDAD
Calorías 176 hasta 384 Kcal.
Agua 5,0 - 19,62%
Proteína 10,10 - 18,25%
Grasa 0,2 - 2,2%
Cenizas 3,46 - 6,43%
Carbohidratos 51,81 - 76,05%
Fibra 3,85 - 8,50%
VITAMINAS (mg/100g)
Carotenos 0.07
Tiamina (B1) 0,15 - 1,17
Ácido Ascórbico 0,80 - 3,52
Niacina 37,27 - 43,03
Riboflavina (b2) 0,31 - 076
MINERALES (mg/100g)
Calcio 150,00 - 650,35
Magnesio 70,0 - 114,63
Hierro 62-86ppm y de 9,93 - 24,37mg/100g
Fósforo 183 - 329
Potasio 1000 - 2050
Cobre 6 a 8ppm y 5,9 mg/100g
Fuente: Maca - Planta Medicinal y Nutritiva del Perú, Lida Obregón Vilches, enero 1998.
http://www.ethnohealth.com/esp/mca/mcaref.htm

Fuente de información:
Food and Agriculture Organization of the United Nations (FAO)
http://www.fao.org/inpho/content/documents/vlibrary/ae620s/pfrescos/maca.htm
Food and Agriculture Organization of the United Nations
Paso 1: Directory Listing ForPaso 2: content; Paso 3: documents; Paso 4: library; Paso 5: procesados

A.3 PRODUCCIÓN

Se recomienda que el fabricante establezca, de manera previa al inicio del proceso


productivo, un sistema de control de proveedores con el fin de asegurar que los bienes

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adquiridos (por ejemplo, insumos, aditivos, etc.) cumplan los requisitos establecidos por
el mismo fabricante, incluyendo los requisitos referidos a la inocuidad.

En la siguiente página se presenta el diagrama de flujo recomendado del proceso para


obtener harina de maca:

Maca fresca

Lavado

Pre calentado

Pelado y Lavado

Inspección y Recorte

Cortado

Blanqueado

Cocido

Aplastado

Secado

Tamizado

Envasado

Fuente de información:
Instituto de Desarrollo Agroindustrial - INDDA.
Universidad Nacional Agraria La Molina.

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B. ASPECTOS ARANCELARIOS

B.1 PARTIDA ARANCELARIA

La partida arancelaria en ambos países concuerda en los seis primeros dígitos,


difiriendo en los posteriores.

PERÚ

PARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCIÓN

1106.20.10.00 Harina de maca (Lepidium meyenii)

EE.UU.

PARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCIÓN


Flour, meal and powder of sago, or of roots or tubers of heading 0714
1106.20.90.00
(excluding Chinese water chestnuts)

Fuente de información:
• Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT
http://www.aduanet.gob.pe/
Paso 1: Portal principal de Aduanet; Paso 2: Operatividad aduanera; Paso 3: Una partida (Arancel);
Paso 4: Hacer la búsqueda por código o por descripción; Paso 5: Seleccionar partida
• United Status International Trade Commission – USITC
http://www.usitc.gov/
Paso 1: Portal principal del USITC; Paso 2: HTS Online Search

B.2 PREFERENCIA ARANCELARIA

El Tratado de Libre Comercio (TLC) entre los EE.UU. y el Perú, el cual entró en
vigencia el 01 de febrero del 2009, ha establecido el siguiente arancel para la harina de
maca:

Unidad de Arancel Categoría de


HTS8* DESCRIPCIÓN
Cantidad Base Desgravación

Flour, meal and powder of sago, or of roots or tubers of (f)


1106.20.90 Kg Free F
heading 0714 (excluding Chinese water chestnuts)
*Las preferencias arancelarias fueron negociadas a 08 dígitos.
(f): las mercancías originarias incluidas en la categoría F continuarán recibiendo un tratamiento libre de
aranceles.

Para que el producto se beneficie de las preferencias arancelarias asignadas por el


TLC, este debe ser originario de los países signatarios del mismo, para lo cual debe
cumplir con los criterios de calificación de origen indicados en dicho Tratado (ver la
sección de Reglas de Origen y Certificación de Origen).

Si un producto no califica origen la tarifa arancelaria a pagar es la del Arancel


General.

Para conocer cuál es el Arancel General que paga un producto en EE.UU., puede
visitar USITC, y luego de buscar la partida correspondiente al producto de interés,
fijarse en la columna “General” de las columnas de la sección “Rates of Duty”.

Diferencia entre Arancel Base y Arancel General

La diferencia entre Arancel Base y Arancel General o Nación Más Favorecida (NMF) es
que el primero se define dentro del acuerdo comercial entre los países signatarios para
servir como base en el cálculo del arancel a pagar en un momento determinado dentro

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de un cronograma de desgravación arancelaria. Por otro lado el Arancel General o
MNF, es el arancel que paga cualquier nación que pertenezca a la Organización
Mundial de Comercio (OMC) y que exporte hacia un país determinado con el cual no
tiene un trato preferencial por medio de algún acuerdo.

Para conocer exactamente cual es el arancel a pagar en el año de la consulta, puede


visitar USITC (segunda fuente de información del presente punto) y luego de buscar la
partida correspondiente al producto de interés, fijarse en la columna “Special” de las
columnas de la sección “Rates of Duty”, en la cual se deberá buscar las iniciales “(PE)”
– de Perú – en este punto se puede presentar uno de los dos siguientes casos:

• Si en “(PE)” aparece una tasa arancelaria, ésta es la tasa arancelaria


preferencial a pagar.
• Si en “(PE)” aparece “See 99…” con un link, se deberá ingresar al mismo y
buscar en la columna de “Article Description” la partida del producto y luego de
encontrarla se deberá buscar el arancel a pagar en la columna “Special” de las
columnas de la sección “Rates of Duty”.

Vale la pena mencionar que si al buscar el arancel a pagar en el año de la consulta se


presenta el segundo caso, para efectos estadísticos Estados Unidos también utiliza la
partida del capítulo 99 para la cual se define el “Article Description” que contiene la
partida arancelaria del producto que se ha buscado.

Fuente de información:
• Tratado de Libre Comercio Perú – EE UU.
http://www.tlcperu-eeuu.gob.pe
• Preferencia arancelaria
Paso 1: Portal principal del TLC Perú – EE.UU.; Paso 2: Acuerdo de Promoción Comercial Perú-
EE.UU. – Textos Completos; Paso 3: Capítulo Dos: Lista Arancelaria de EE.UU.; Paso 4: Buscar por
Capítulo de acuerdo a la partida arancelaria.
• Categoría de desgravación
Paso 1: Portal principal del TLC Perú – EE.UU.; Paso 2: Acuerdo de Promoción Comercial Perú-
EE.UU. – Textos Completos; Paso 3: Capítulo Dos: Trato Nacional y Acceso de Mercancías al
Mercado ; Paso 4: Buscar Anexo 2.3 “Eliminación Arancelaria”.
• “Aprovechando el TLC Perú-EE.UU. Guía práctica para la Empresa”. Año 2008. Asociación de
Exportadores – ADEX.
• United Status International Trade Commission – USITC
http://www.usitc.gov/
Paso 1: Portal principal del USITC; Paso 2: HTS Online Search

C. REQUISITOS TÉCNICOS NO ARANCELARIOS PARA EXPORTAR A EE.UU.

Todos los productos alimenticios que se comercializan en los EE.UU. deben cumplir con los
patrones de salud y seguridad de los alimentos establecidos bajo la Ley Federal de Alimentos,
Drogas y Cosméticos (Federal Food, Drug, and Cosmetic Act - FD&C Act). En EE.UU., la
normativa relacionada con la importación de productos agroindustriales procesados no se
encuentra centralizada en una sola entidad sino en diferentes organismos.

C.1 ENTIDADES QUE REGULAN

En PERU: DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental). Es el órgano técnico-


normativo en los aspectos relacionados al saneamiento básico, salud ocupacional,
higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente. Es la entidad que norma y
evalúa el Proceso de Salud Ambiental en el Sector, asimismo concerta el apoyo y
articulación para el cumplimiento de sus normas con los organismos públicos y
privados que apoyan o tienen responsabilidades en el control del ambiente y coordina
el marco técnico-normativo con los Institutos Especializados, Organismos Públicos
Descentralizados de Salud, y con la Comunidad Científica Nacional e Internacional.

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En EE.UU: FDA (Food and Drug Administration). Su tarea es hacer cumplir la Ley
Federal de Alimentos y Cosméticos, Ley de Salud Pública, Etiquetado de Alimentos,
mariscos y pescados, y la inspección de residuos de pesticidas en productos
procesados, con excepción de los productos que son competencia del FSIS (Food
Safety and Inspection Service - United States Department of Agriculture) que se
encarga de regular de la comercialización de carnes, aves de corral y huevos.

Fuente de información:
• Dirección General De Salud Ambiental – DIGESA (Ministerio de Salud – Perú)
http://www.digesa.minsa.gob.pe/
• Food and Drug Administration - FDA
http://www.fda.gov

C.2 PROCEDIMIENTO DE IMPORTACION ESTABLECIDOS POR LA FDA

Los productos que ingresan a EE.UU. son generalmente inspeccionados a su arribo al


puerto. Los pasos que la autoridad sanitaria realiza al ingreso de los alimentos están
regulados por la Food and Drug Administration (FDA) y considera realizar un examen
físico, un examen en el muelle, o un examen de muestras. La decisión sobre colectar
una muestra y enviarla al laboratorio para confirmar que el producto cumple con la Ley
Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FD&C) está basada en la
naturaleza del producto, las prioridades del FDA y la historia previa del producto.

Cuando se detecta una violación a la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y


Cosméticos, la FDA emite una Nota de Detención y Audiencia al servicio de Aduanas
de EE.UU. y al importador, dando inicio a un proceso en el cual el importador o su
representante deben presentar evidencia que el producto cumple con los requisitos con
el propósito de obtener la Nota de Liberación. En el Anexo P-01 se presenta el
procedimiento establecido por la FDA para este fin, señalándose en la fuente de
información abajo indicada la dirección electrónica para acceder a esta información.

Por el lado de Perú, no existen requisitos sanitarios obligatorios por parte de DIGESA
para la exportación de los productos procesados. En caso que el cliente lo requiera, se
puede solicitar a DIGESA el Certificado de Libre Comercialización cuyos requisitos
para obtenerlo se indican a continuación:
• Solicitud del exportador, indicando el RUC (Registro Único de Contribuyentes).
• Fotocopia del registro sanitario.
• Recibo de pago original por el monto del 5% de la UIT (Unidad Impositiva
Tributaria) por cada certificado.
• Plazo para la expedición del certificado: no mayor de 5 días hábiles de hallar
conforme el expediente.

Fuente de información:
• Center Food Safety & Applied Nutrition – CFSAN (FDA)
Procedimientos para Importación de la FDA
http://www.cfsan.fda.gov/
Paso 1: Portal principal del CFSAN; Paso 2: Imports; Paso 3: FDA Import Procedures.
• Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA (Ministerio de Salud – Perú)
Requisitos para obtener Certificado Sanitario Oficial de Exportación
http://www.digesa.sld.pe/
Paso 1: Portal Principal de DIGESA; Paso 2: Requisitos y Formularios; Paso 3: Alimentos - Requisitos
para Obtener Certificado Libre Venta
• Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT
http://www.sunat.gob.pe/
Paso 1: Portal Principal de la SUNAT; Paso 2: Indicadores; Paso 3: Unidad Impositiva Tributaria (UIT)

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C.3 REQUISITOS FÍSICOS, QUIMICOS, MICROBIOLOGICOS Y SENSORIALES

No existen requisitos físicos, químicos, microbiológicos, ni sensoriales reglamentados u


obligatorios para el ingreso de la harina de maca a los EE.UU. Los requisitos que debe
cumplir el producto se basarán en lo indicado en el contrato o solicitud de compra.
Sin embargo, para los requisitos de la harina de maca se puede tomar en cuenta las
tolerancias especificadas por la NTP. Que presentan los diferentes requisitos como sus
respectivas características:

Requisitos de Calidad

Requisitos Organolépticos:
El producto objeto de ésta Norma Técnica Peruana debe cumplir con los requisitos
organolépticos que se señalan en la Tabla 1.

TABLA 1- REQUISITOS ORGANOLÉPTICOS


Componentes Características

Polvo Homogéneo, libre de grumos, exento de toda sustancia o material extraño a su


Aspecto naturaleza.
Aroma Intenso, característico de la maca

Color Cercano al crema, dependiendo del grado de secado.

Requisitos Fisicoquímicos:
El producto objeto de esta Norma Técnica Peruana debe cumplir con los requisitos
fisicoquímicos que se señalan en la Tabla 2.

TABLA 2- REQUISITOS FISICOQUÍMICOS


Componentes Características Método Analítico
AOAC Official Method 925.10 Solids
Humedad % Máximo 5
(total) and Masture in Flour.
Como máximo 0,5% del peso de la harina
quedará retenido en la malla de 180
Tamaño de partícula NTC 2160. Harina de Avena para
micras y como máximo el 50% del peso
retenido, % consumo Humano Capítulo 6.9
de la harina quedará retenido en la malla
de 150 micras.
AOAC Offical Method 979.09 Protein in
Proteína cruda, % 15 a 25
Grains
AOAC Offical Method 923.03 Ash of
Cenizas, % Máximo 5
Flour.

Aflatoxinas B1, B2, G1, AOAC Offical Method 968.22 Aflatoxins


Máximo 10
G2 (ppb) in Peanuts and Peanut Products.

Requisitos Microbiológicos:
El producto objeto de esta Norma Técnica Peruana deberá cumplir con los requisitos
microbiológicos que se señalan en la Tabla 3.

TABLA 3- REQUISITOS MICROBIOLOGICOS


Componentes Límites Permisibles Método Analítico
Aerobios mesófilos
10² AOAC Official Method 966.23 C
(Ufclg)
Mohos y levaduras
10² FDA / FCSAN BAM. Cap. 18
(Ufclg)
Escherichia coli (Ufclg) 10² FDA / FCSAN BAM. Cap. 4
Staphylococcus aureus
10² AOAC Offical Method 987.09
(Ufclg)
Salmonella en 25g Ausencia FDA / FCSAN BAM. Cap. 5

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Contaminantes:

Metales Pesados:
La harina de maca no deberá contener metales pesados en cantidades que puedan
representar un riesgo para la salud humana.

Fuente de información:
Norma Técnica Peruana ITINTEC HARINA DE MACA.
NTP 011.181:2008.

C.4 REQUISITOS RELATIVOS A COLORANTES, ADITIVOS, ACIDIFICACION Y


CONTROL DEL PERMISO DE EMERGENCIA

Colorantes y Aditivos

No intervienen en el proceso

Productos de Baja Acidez o Acidificados

Este punto es sólo aplicable para productos sometidos a tratamiento térmico y


envasados herméticamente. La harina de maca no es sometida a dichos procesos.

Control del Permiso de Emergencias

No aplica.

C.5 BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA

Las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM por sus siglas en español o GMP por las
siglas en inglés de “Good Manufacturing Practices”) establecen condiciones básicas y
actividades necesarias para mantener un ambiente higiénico durante la producción,
manipulación y provisión, con el fin de preparar alimentos inocuos para el consumo
humano.

El Código de Regulaciones Federales de EE.UU., Título 21, Parte 110 (21 CFR 110)
establece las disposiciones para la implementación de las BPM que incluye, entre
otros:

• Personal
• Edificios e instalaciones
• Equipos
• Producción y procesos de control
• Almacenaje y distribución

En el Anexo P-02 se presentan algunos aspectos referidos a la implementación de las


Buenas Prácticas de Manufactura.

C.6 SISTEMA DE ANALISIS DE PELIGROS Y DE PUNTOS DE CONTROL CRÍTICO


(HACCP)

Actualmente, el Sistema de HACCP es obligatorio sólo para productos hidrobiológicos y


para jugos que se fabrican y comercializan en los EE.UU., no siéndolo para la harina de
maca.

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La séptima disposición complementaria del D.S 007-98 establece que el plazo
establecido para los fabricantes de alimentos y bebidas para elaborar su plan HACCP
no es de aplicación a la pequeña y a la microempresa alimentaria actualmente.

Lo dispuesto en el mencionado párrafo sin embargo no las exime del cumplimiento de


las demás disposiciones del presente reglamento que les sean aplicables ni del control
sanitario de sus actividades por el organismo de vigilancia competente.
Fuente de información:
• Center Food Safety & Applied Nutrition – CFSAN (FDA)
HACCP Overview
http://www.cfsan.fda.gov/
Paso 1: Portal principal CFSAN; Paso 2: HACCP; Paso 3: Overview
• MINISTERIO DE SALUD
Decreto Supremo Nº 007-98-SA
Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas
www.digesa.minsa.gob.pe
Paso 1: Portal Principal Digesa; Paso 2: Normas Legales; Paso 3: Normas de Alimentos

C.7 COMERCIALIZACIÓN

En primer lugar ante la llegada del producto alimentario a las aduanas


estadounidenses, la FDA colabora con el Servicio Aduanero estadounidense (U.S.
Customs Service) en la tramitación de las importaciones de productos alimentarios. De
esta forma, el importador está obligado a declarar al Servicio Aduanero la entrada de
productos alimentarios mediante un aviso de entrada ("entry notice") así como a
depositar una garantía ("entry bond"), la cual es obligatoria para todos aquellos
productos que superen los US$ 2.000, e igualmente exigible para los productos cuyo
valor no los supera, pero que pueden ser contrarios a las exigencias de la
reglamentación estadounidense.

Para realizar la declaración de ingreso del producto se puede hacer por medio escrito o
electrónicamente utilizando el sistema de información electrónica del Servicio Aduanero
(Automated Comercial System) que permite seguir, controlar y examinar cualquier
producto importado en Estados Unidos.

C.7.1. Envase

El envasado deberá hacerse en condiciones higiénicas tales que impidan la


contaminación del producto. Los requisitos generales para los envases se
indican en el Anexo P-04.

Para el caso de la harina de maca, los envases que más se emplean son
Frascos como los que se presentan a continuación:

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Fuente de información:
Codex Alimentarius
Norma General para el etiquetado de los alimentos preenvasados
http://www.codexalimentarius.net/
Paso 1: Portal principal en español del Codex Alimentarius; Paso 2: Normas Oficiales; Paso 3:
Normas Oficiales del Codex - Lista; Paso 4: Buscar por titulo.

C.7.2 Embalaje

El embalaje se utiliza con el fin de integrar y agrupar cantidades uniformes del


producto y protegerlos de manera directa, simplificando, al tiempo, su manejo.
Los materiales de empaque y embalaje se seleccionan con base en las
necesidades del producto, método de empaque, método de pre-enfriamiento,
resistencia, costo, disponibilidad, especificaciones del comprador, tarifas de
flete y consideraciones ambientales.

Las cajas de cartón son el embalaje recomendado para los productos


agroindustriales procesados.

Considerar también que todo embalaje destinado al comercio internacional,


compuesto de piezas de madera, debe ser tratado térmicamente o fumigado
con bromuro de metilo y contar con el sello de certificación de SENASA.

En el Anexo P-04 se presentan las condiciones generales para el embalaje de


dichos productos.

Fuente de información:
International Trade Centre - ITC
Envases y embalajes de exportación en la encrucijada comercio y medio ambiente
http://www.intracen.org
Paso 1: Portal principal en español del ITC; Paso 2: Apoyo a la empresa; Paso 3: Embalaje a la
exportación; Paso 4: Documents - Free documents; Paso 5: Environment - Export packaging at the
crossroads of trade and environment (Esp).

C.7.3 Marcado y Etiquetado

Todo producto alimenticio extranjero que se comercialice en los EE.UU. debe


llevar un rótulo que cumpla la normativa que le es de aplicación, que para el
presente caso se encuentran en el Código de Regulaciones Federales, Título
21, Parte 101 “Food Labeling” (21 CFR 101). De lo contrario, las autoridades
estadounidenses prohibirán la entrada del producto en su territorio.

En el Anexo P-05 se presentan los requisitos referentes al etiquetado de


productos agroindustriales procesados, de los cuales son aplicables a la harina
de maca los siguientes rubros de dicho anexo:

• Rotulado General
• Rotulado Nutricional
• Código de Barras

Fuente de información:
Center Food Safety & Applied Nutrition – CFSAN (FDA)
• 21 CFR 101: Food Labeling
http://www.cfsan.fda.gov/
Paso 1: Portal principal del CFSAN; Paso 2: Food Labeling and Nutrition; Paso 3: Industry
Information, Guidance and Regulation; Paso 4: Code of Federal Regulations Part 101 - Food
Labeling.
• Guía etiquetado FDA.
http://www.cfsan.fda.gov/
Paso 1: Portal principal del CFSAN; Paso 2: Food Labeling and Nutrition; Paso 3: Recent
Announcements - Guidance for Industry: A food Labeling Guide; Paso 4: Búsqueda de
rotulados de acuerdo al producto.

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C.7.4. Transporte

Para el caso específico de la harina de maca, se presentan a continuación las


temperaturas recomendadas para su transporte y almacenamiento.

Temperatura Humedad Duración aproximada


Producto
relativa (%) en almacén
ºC ºF
Harina 0 a 4.4 32 a 40 --- 1 año

Fuente de información:
Agricultural Marketing Service – AMS (USDA)
Agricultural Export Transportation Handbook
http://www.ams.usda.gov
Paso 1: Portal principal AMS (USDA); Paso 2: Export My Agricultural Product; Paso 3: Agricultural
Export Transportation Handbook (PDF).

C.7.5 Registro de Marcas

Una marca registrada es una palabra, un símbolo, un diseño o una


combinación de los anteriores que permite distinguir los productos o servicios
de una persona u organización de otros en el mercado. Registrar una marca no
es obligatorio pero es de suma importancia, dado que es una evidencia de
propiedad exclusiva en un país específico, en este caso en EE.UU., y da la
posibilidad de proteger más fácilmente sus derechos ante posibles infractores.

La Oficina de Patentes y Marcas Registradas de los EE.UU. (United States


Patent and Trademark Office, USPTO) es la responsable de las aplicaciones de
las marcas registradas y determina si un solicitante cumple o no con los
requisitos para el registro federal.

Fuente de información:
United States Patent and Trademark Office - USPTO
http://www.uspto.gov/
Paso 1: Portal principal del USPTO; Paso 2: Trademark; Paso 3: Law & Rules
Paso 1: Portal principal del USPTO; Paso 2: Site Index; Paso 3: Basic Facts, Trademarks

C.7.6 Ley contra el Bioterrorismo

La Ley contra el Bioterrorismo comenzó a regir en los EE.UU. a partir del 2003
y se encuentra destinada a proteger la producción, distribución y venta de
alimentos de origen norteamericano e importado, en contra de posibles
atentados terroristas. El procedimiento para la aplicación de la presente Ley
considera las siguientes etapas:

a. Registro de instalaciones alimenticias


b. Notificación previa de alimentos importados
c. Detención administrativa
d. Norma final de establecimiento y mantenimiento de registros

En el Anexo P-06 se puede encontrar el detalle de cada una de las etapas.

C.7.7. Información sobre distritos aduaneros más frecuentes en EE.UU.

Los productos procesados son admitidos por todos los puertos de los EE.UU.,
durante todos los periodos del año. A continuación se muestran los distritos
aduaneros que presentaron mayor volumen de transacción en el año 2008
para las partidas definidas en el punto B.1.

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Partida Arancelaria: 1106.20.90.00 - Flour, meal and powder of sago, or of
roots or tubers of heading 0714 (excluding Chinese water chestnuts)

• New York, NY
• Charleston, SC
• San Francisco, CA
• Los Angeles, CA
• Miami, FL
• Chicago, IL
• Seattle, WA
• Houston-Galveston, TX

Para mayor información sobre otros distritos aduaneros, visitar la página web
que se indican en la fuente de información
Fuente de información:
United States International Trade Commission – USITC
USITC Interactive Tariff and Trade DataWeb
http://www.usitc.gov/
Paso 1: Portal principal USITC; Paso 2: US Imports / Export Data (Dataweb); Paso 3: ITC trade
data web; Paso 4: Ingreso a cuenta; Paso 5: Select Trade Type, en Advanced Searching elegir
HTS ITEMS y luego ingresar en Proceed With New Query; Paso 6: Armar la consulta en Data
Selection y Data Presentation; Paso 7: Proceed To Next Step; Paso 8: Run Report.

C.7.8. Certificación CTPAT y BASC

Las certificaciones CTPAT y BASC son recomendables mas no obligatorios


para el ingreso de productos a EE.UU.

C-TPAT (Customs – Trade Partnership Against Terrorism) es una iniciativa


conjunta entre el gobierno americano y el sector privado cuyo objetivo es
construir relaciones de cooperación que fortalezcan la seguridad de toda la
cadena de suministro y la seguridad en las fronteras. C-TPAT reconoce que la
Aduana puede proveer el mayor grado de seguridad a través de una cercana
cooperación entre los propietarios de la cadena de suministro: importadores,
transportistas, agentes de aduana, almacenes de depósito, y empresas de
manufactura.

BASC (Business Alliance for Secure Commerce) - Alianza Empresarial para un


Comercio Seguro, es un organismo sin fines de lucro, cuya finalidad es de
asegurar y facilitar el comercio internacional mediante el establecimiento y
administración de estándares y procedimientos globales de seguridad
aplicados a la cadena logística del comercio, en asociación con
administraciones aduaneras y autoridades gubernamentales.

La certificación BASC, que esta dirigida a las empresas dedicadas a


actividades industriales, comerciales, y de servicio que participan en la cadena
logística, la expide La Organización Mundial BASC (OMB), siendo la vigencia
de dicha certificación de 1 año, contado a partir de la fecha de expedición.

En el Anexo P-07 se presentan los detalles referentes a la certificación CTPAT


y BASC.

C.8 REGLAS DE ORIGEN Y CERTIFICACIÓN DE ORIGEN

El Tratado de Libre Comercio (TLC) también establece en el Capítulo 4 las reglas de


origen y procedimientos de origen que deben cumplir los productos o mercancías que
sean comercializados entre Perú y EE.UU.

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Para que el producto se beneficie de las preferencias arancelarias establecidas en el
TLC debe ser procedente de los países signatarios del mismo, para el presente caso,
debe ser procedente del Perú.

De acuerdo al TLC, para productos exportados de Perú a EE.UU., se considera que un


producto o mercancía es originaria del Perú cuando:
(a) la mercancía es obtenida en su totalidad o producida enteramente en el Perú;

(b) es producida enteramente en el Perú, y

i) cada uno de los materiales no originarios empleados en la producción


de la mercancía sufre el correspondiente cambio en la clasificación
arancelaria, especificado en el Anexo 4.11 del TLC, o
ii) la mercancía, de otro modo, satisface cualquier requisito de valor de
contenido regional aplicable u otros requisitos especificados en el
Anexo 4.1 del TLC, y la mercancía cumple con los demás requisitos
aplicables del Capítulo 4 del TLC; o

(c) la mercancía es producida enteramente en el Perú a partir exclusivamente de


materiales originarios.

Es importante considerar que las reglas de origen se acuerdan especialmente para


evitar la triangulación, es decir, si un producto de un tercer país sea exportado a Perú y
luego éste sea reexportado a los EE.UU., este producto no se beneficie del acuerdo.

Para el presente producto, habría que considerar dos escenarios, partiendo de las
reglas generales arriba mencionadas:

a. Si es enteramente producido en el Perú y los insumos utilizados en su


producción son originarios de Perú o EE.UU.; es decir, que la maca sea
cultivada y cosechada completamente en el Perú
b. Si es enteramente producido en el Perú y los insumos utilizados en su
producción no son originarios de Perú o EE.UU.; en este caso, se deberá
revisar el Requisito Específico de Origen (REO), el cual indica que el producto
podrá ser considerado originario si los insumos utilizados en su producción se
clasifican en cualquier capítulo diferente del correspondiente al producto final,
en el caso de la harina de maca, cualquier capítulo distinto del 11.

Si la harina de maca cumple con cualquiera de estos dos puntos, se podrá considerar
como producto de origen peruano. Cabe señalar que las mercancías agrícolas y
hortícolas cultivadas en el Perú deberán ser tratadas como una mercancía originaria,
aun cuando se cultiven partir de semillas, bulbos, tubérculos, rizomas, esquejes,
injertos, retoños, yemas u otros partes vivas de plantas importadas de un país diferente
a Perú o EE.UU.

Debe considerarse que los envases y material de empaque para venta al por menor, si
están clasificados con el producto, no se tomarán en cuenta para determinar el origen
de este producto. Además, se permite el trasbordo siempre que no se altere la
naturaleza del producto y no salga del recinto aduanero del país de trasbordo, lo cual
debe estar sustentado con la documentación oficial respectiva.

Los materiales indirectos serán considerados como originarios independientemente del


lugar de su producción.

Una vez determinado si la mercancía cumple con la regla de origen, se debe solicitar el
trato preferencial a través de:

1
Para identificar si un producto es elaborado en el Perú, existen requisitos específicos de origen. Para cada partida se
establece una regla que debe cumplirse para determinar que el producto es originario y, por lo tanto, es beneficiario de
la preferencia arancelaria. Estos requisitos específicos de origen se encuentran listados en el Anexo 4.1

Proyecto BID-ADEX – RTA /HARINA DE MACA Página 14 de 15


(a) una certificación escrita o electrónica emitida por el importador, exportador o
productor2; o
(b) el conocimiento del importador de que la mercancía es originaria, incluyendo la
confianza razonable en la información que posee el importador de que la
mercancía es originaria3.

En el Anexo P-08 se brinda mayor información sobre reglas y certificación de origen.

Fuente de información:
Tratado de Libre Comercio Perú – EE UU.
http://www.tlcperu-eeuu.gob.pe
Paso 1: Portal principal del TLC Perú – EE.UU.; Paso 2: Acuerdo de Promoción Comercial Perú - EE.UU. –
Textos Completos; Paso 3: Capítulo Cuatro: Reglas de Origen y Procedimientos de Origen.

C.9 PASOS A SEGUIR PARA LA EXPORTACION

Los exportadores de productos agroindustriales procesados deberían considerar los


aspectos indicados en el Anexo P-09 para el ingreso de sus productos a los EE.UU.

Fecha de elaboración: 2009-04-03

IMPORTANTE PARA EL USUARIO

• La información consignada en la presente ficha técnica es la vigente a la fecha de su elaboración.


• Se recomienda a los usuarios de la ficha que confirmen la información de algunos rubros en las páginas webs
referenciadas, principalmente de aquellos que se vinculen a páginas web de los organismos de Estados Unidos
(APHIS, USDA, FDA, entre otros).

2
Perú deberá implementar lo concerniente a las certificaciones electrónicas, a más tardar tres años después de la
entrada en vigor del Acuerdo; y
3
Perú deberá implementar lo concerniente al conocimiento del importador, a más tardar tres años después de la
entrada en vigor del Acuerdo.

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