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100 Princios Generales Del Derecho
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ESPECIALIDAD: MAESTRIA EN ADMINISTRACION DE LA CONSTRUCCION. MATERIA: LEGISLACION Y REGLAMENTACION EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION. CATEDRA TICO: DD. FERNANDO DELGADO CHONG.
ALUMNO: MARTIN VALDIVIESO CABRERA. TRABAJO: 100 PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Y SU APLICACIN PRCTICA FECHA DE ENTREGA: 03-06-2011.
1.- Lo accesorio sigue la suerte de lo principal. Ejemplo: al momento de comprar un automvil, se sabe que vendr con sus retrovisores, asientos, volantes, ya que estos son accesorios de lo principal en este caso del automvil 2.- Quien puede lo ms, puede lo menos. Ejemplo: una cafetera que est llena y los meseros no se dan abasto para servir a los clientes, el gerente al ver esto atiende y sirve a las personas, se da por hecho que al ser el superior puede hacer el trabajo de un rango inferior. 3.- Quien sabe y consiente no recibe injuria ni engao. Ejemplo: miguel quiere construir su casa en un terreno que compro, pero al hacer las pruebas el ingeniero le dice que el terreno no es apto para construccin, miguel le dice por escrito al ingeniero que construya en ese lugar su casa. Tiempo despus la casa se cae, Miguel no puede demandar al ingeniero por que se le aviso; antes de la construccin, de los problemas de su terreno y de sus consecuencias si construan. 4.- Nadie est obligado a lo imposible. Ejemplo: un ingeniero que inicia la construccin de una casa para su cliente, unos das despus llega el cliente y le dice que su casa la quiere para el da siguiente, el constructor no puede ser obligado a lo imposible 5.- Nadie debe ser condenado sin ser odo. Ejemplo: un nio llega llorando a decirle a su mama que su hermano le pego, la mama no debe ir y castigar a su otro hijo, antes debe escuchar su versin de la ria. 6.- Lo que no consta en los autos del pleito, no existe en el mundo. Ejemplo: una persona que solicita un prstamo a un amigo, das despus paga su deuda y le dan un recibo el cual momentos despus extrava, meses despus su amigo quiere cobrarle la misma deuda y como no existe documento que compruebe que ya pago debe volver a
24.- EL DERECHO PUBLICO NO PUEDE RENUNCIARSE A LOS PARTICULARES. (Ej. un empresario construye un hotel en una playa, pasado el tiempo, cerca los lmites de su hotel, solo permite ingresar a sus clientes, que ocupan el hotel, este derecho pblico lo ha hecho particular, lo cual prohbe este principio)
25.-LA IGNORANCIA DE LA LEY NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO. (Ej. en las zonas de reserva federal para la proteccin de la flora y la fauna, est prohibida la cacera de ciertas especies protegidas, muchas veces la gente nativa, por costumbre ancestral, practica la caza, cuando son sorprendidos en flagrancia, alegan desconocimiento de dichas leyes, esto no ser argumento que los exima de culpa.)
27.- LA COSA QUE HA SIDO ENTRE UNOS, NO BENEFICIA, NI PERJUDICA A LOS DEMAS. (Ej. Un pleito o ria callejera no puede afectar a los vecinos, solo a los involucrados en el acto)
28.- NO HAY PENA SIN LEY. (Ej. Si el ladrn de una joyera fue sorprendido robando, la aplicacin de la pena ser aplicada en base a la ley correspondiente.)
29.- LOS HECHOS NEGADOS NO NECESITAN PRUEBA. (Ej. Si una mujer presenta hematomas en la cara y ella niega haber sido golpeada, es suficiente para comprobar que fue golpeada por alguien)
30.- NADIE TIENE DERECHO A HACER JUSTICIA POR SU PROPIA MANO. (Ej.Si encuentras a la persona que mato a tu familiar, lo ms sensato es que lo entregues a las autoridades). 31.- NO HAY TRIBUTO SI NO ESTA PERMITIDO EN LA LEY. (Ej. Si los maestros de la escuela del pueblo exigen a la poblacin que se les deber pagar estancia y alimentos. Cuando ellos fueron enviados por la SEP. a impartir clases)
33.-LAS LEYES NUEVAS DEBEN DE RESPETAR LOS DERECHOS ADQUIRIDOS. (Ej. Si la ley del medio ambiente entro en vigor en 1988 para efecto de las construcciones. Las construidas en aos anteriores quedarn sin efecto su aplicacin)
34.-NO SE PUEDE CONOCER LA VERDAD, SINO ATENDIENDO LAS CIRCUNSTANCIAS DE LOS HECHOS. (Ej. Un doctor no puede recetar si no hace el estudio previo del enfermo.)
35.- NO PUEDE SER OIDO EN JUICIO, EL QUE PIDE COSA CONTRADICTORIA, O SE CONTRADICE ASI MISMO). Ej. Un pederasta que pide la patria potestad de sus hijos no podr ser odo ante juicio. 36.- EL ABOGADO SOLO DEBE ALEGAR RAZONES, NO DENUESTOS. (Ej. Cuando en un juicio se conduce por la razones de hechos. Como el agravio de difamacin o por lesiones graves. Y no porque el fulano me vio feo o me dijo feo).
37.- UNA COSA ES VENDER Y OTRA CONSENTIR LA VENTA. (Ej. El hecho de que en una poblacin la venta de droga se haga en forma clandestina y la autoridad no se d cuenta de esto. No quiere decir que est autorizado hacerlo). 38.- EL ALEGATO DE UNA PARTE, DE NINGUNA MANERA D DERECHO. (Ej. Si un grupo gentes de una poblacin siendo minoras quieren ejercer el castigo de muerte a los criminales. No estando de acuerdo la mayora de los pobladores). 39.- NINGUNO PUEDE PONER A OTRA, NINGUNA CONDICION INICUA.
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40.- EL ARGUMENTO QUE SE TOMA DEL ABSURDO, ES VALIDO EN DERECHO. (Ej. Un indgena que argumenta de conocer las leyes de la naturaleza se vuelve valido de acuerdo a sus usos y costumbres de la poblacin).
41.-EN DERECHO, ES VALIDO EL QUE SE TOMA DEL SENTIDO CONTRARIO. (Ej. Si un abogado presenta pruebas y el abogado del contrademandante presenta pruebas tambin es vlido).
42.- EL ARGUMENTO QUE SE TOMA DEL SENTIDO CONTRARIO CESA SI LO CONTRADICEN OTRAS LEYES. (Suponemos que el individuo es gobernado por usos y costumbres, y comete un delito fuera del pueblo de donde es. Ser juzgado por las leyes del pueblo donde cometi el delito.) 43.- DEL CASO OMITIDO SE DECIDE POR DERECHO COMUN. (Ej. Suponiendo que a un individuo se le aclara que el hurto es un delito. y este lo lleva acabo) 44.- LA VOLUNTAD AUNQUE SEA FORZADA ES LIBERTAD. (Ej. Esto. si por costumbre en la familia las casas paternas se heredan a las hijas. Las casas pasarn a ser de las hijas a un en contra de mi voluntad). 45.- LA CONFESION HECHA UNA VEZ NO PUEDE RETRACTARSE, SINO EN EL ACTO. (Ej. En el caso en que en el juzgado se manifest el hecho, que el homicidio de la nia Polette fue por asfixia, y que posteriormente quiso ser desmentido por la madre; diciendo que el padre la haba asesinado) 46.- LA COSTUMBRE ES LA MEJOR INTRPRETE DE LAS LEYES.
47.- NO CORRE LA PRESCRIPCION CONTRA EL QUE NO PUEDA VALERSE. (Ej. Esto es si un nio o una persona privada de sus facultades. se pretende ser juzgado)
48.- CONTRA TESTIMONIO ESCRITO, NO A DE TRAERSE TESTIMONIO NO ESCRITO. (Ej. Cuando en un juicio se presente por escrito el testimonio del perito y la parte demandada tambin presentara su testimonio escrito). 49.- LA LEY SE ENTIENDE CORREGIDO, CUANDO LO HA SIDO EN SU RAZON. (Ej. Esto es si en un accidente automovilstico se provoc dado que la vialidad en que se ocasiono es de un solo sentido y al salir otro vehculo de otra calle en sentido contrario, recibe el golpe del que vena en el sentido correcto. Se entender como sancionado el que vena en sentido contrario).
50.- EL DELITO DEBE CASTIGARSE DONDE SE COMETIO. (Ej. Esto es si en Mxico se cometi un crimen y el asesino fue detenido por la polica de los EEUU en San Antonio Texas, este ser extraditado a Mxico. En los contratos se establecen los tribunales competentes, as como la renuncia a los fueros en razn de domicilio presente o futuro)
51.- ACADA CUAL LO SUYO. (Ej. Esto es si yo soy campesino y me dedico a sembrar tomate. Yo soy el que se sembrar y cosechar tomate.
53.- EN LOS CASOS FORTUITOS, NO SE PRESUME CULPA, SI NO SE PRUEBA. (Ej. Esto es si un rayo provoca el incendio forestal de un terreno y se culpa a la persona que se vio pasar en ese momento por sus alrededores) 54.- LA CULPA LATA, SE COMPARA AL DOLO. (Ej. Una supuesta invitacin para hacer obra en el estado de Chiapas, sin embargo estando en la reunin se pide entregar una determinada suma de dinero antes de asignar las obras, esto sin exigir documentacin. as como entregar el dinero al siguiente da para llevar a cabo la firma de contrato. Posterior entregar documentos) 55.- CUANDO UNO SE PROHIBE COSAS, SE PROHIBEN LAS COSAS QUE SIGUEN DE ELLA. (Ej. Cuando el enfermo por infeccin intestinal es tratado por el doctor, se entiende como consecuencia de esto, que se le suspender el suministro de alimentos, as como la extrema higiene, la toma de sueros, hidratantes y el aislamiento de los dems. 56.- CUANDO ES ABSURDO EL DERECHO DE LAS PARTES, SE HA DE FAVORECER MS AL REO QUE AL ACTOR. (Ej. Cuando el cura de una iglesia afirma que el monaguillo le robo 100 pesos de limosna, y los feligreses lo contradicen diciendo que fueron 200 pesos; dando el testimonio este. que no haba dinero de limosna). 57.- LAS LEYES FAVORECEN AL ENGAADO, NO AL QUE ENGAA. (Ej. El ejemplo de las cajas de ahorro que engaaron a los ahorradores. No pagndoles el dinero ahorrado y sus intereses al desaparecer estas del mercado) 58.- EL DICHO DE UN TESTIGO, ES COMO EL DE NINGUNO. (Ej. Cuando se acusa alguien de asesinato. Con gentes presenciales que lo vieron cometerlo)
60.- LAS DUDAS DEBEN DE RESOLVERSE EN EL SENTIDO MAS FAVORABLE. (Ej. Juan se encuentra un billete, llega Pedro y afirma que es de l, despus pasa Javier y pregunta quien se encontr el billete y le contesta Juan es mo.Javier deber aplicar el sentido comn para decir que es del que lo vio primero) 61.- LA LEY ES DURA, PERO ES LA LEY. (Ej. Un violador es enjuiciado con la pena mxima constitucional aun. No le guste)
62.- LAS LEYES DEBEN SER MS INCLINADAS A RESOLVER QUE A CONDENAR. (Ej. Debemos de resolver el conflicto, antes de llegar a la demanda) 63.- EL QUE PUEDE DEDUCIR ACCION PUEDE CON MAYOR RAZON OPONER EXCEPCION. (El que conoce ya las cosas de antemano puede resolverlo con mayor facilidad)
64.- EL QUE DE DOS CONSECUENCIAS NIEGA UNA SE PRESUME QUE AFIRMA LA OTRA. (Si no eres culpable debes de negar todo, no solo alguna parte) 65.- EL QUE CALLA PARECE QUE CONSIENTE (Cuando nos dicen que somos culpables de cierto acto y nos defendemos damos por hecho que si lo somos.
66.- CUALQUIERA PUEDE MEJORAR PERO NO EMPEORAR LA CONDICION DEL OTRO. (No ser abusivo, solo para defenderte)
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68.- LO QUE ABUNDA NO DAA. (pon todos tus argumentos para defenderte, aunque lo veas muy insignificante)
69.- LO QUE EL TIEMPO SEALA PARA HACERSE PUEDE VERIFICARSE EN CUALQUIERA (puede hacerlo en cualquier tiempo determinado)
70.- PUEDE ALEGARSE RAZON A CAUSA DE DERECHO ESCRITO. (Defiende tus argumentos aun sin conocer tus derechos)
71.- LA COSA PASA A OTRO CON SUS CARGAS. (Si te dejan una herencia y entre la herencia tu padre deja una deuda debes recibir todo los bienes y pagar la deuda
72.- LA COSA ES DE SU DUEO, SEA QUIEN SEA EL POSEEDOR. (La responsabilidad es nuestra hasta que nos desagamos de ello legalmente)
73.- EN LO GENERAL SE COMPRENDE SIEMPRE LO ESPECIAL. (Hay que acentuar siempre lo ms importante)
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75.- NINGUNO PUEDE SER TESTIGO EN CAUSA PROPIA. (Necesitamos tener siempre de testigo a otra persona)
76.- EN LOS TESTIGOS DEBE ATENDERSE MAS A SUS CUALIDADES QUE A SU NUMERO, (La calidad de informacin que proporcione es mejor, aunque sean muchos los que declaren)
77.- LO UTIL NO DEBE SER VICIADO POR LO INUTIL. (No exceder en informacin no necesaria)
78.- LAS PALABRAS DUDOSAS SE INTERPRETAN CONTRA EL QUE PROMETIO. (Usar siempre palabras claras para que no sean usadas en tu contra).
79.- LA OBLIGACION Y LA ACCION, UNA VEZ EXTINGUIDAS, NO REVIVEN). (Prescribiendo o caduco este ya no te pueden afectar).
80.- EL ACTOR DEBE SEGUIR EL FUERO DEL DEMANDADO. (Algn da se le terminar el fuero y entonces se aplicara el acto)
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82.- LOS ACTOS LEGITIMOS QUE NO ADMITEN TERMINO NI CONDICION, SI SE LES AADE, SE VICIAN. (Hay que delimitarlos antes de que alguien le aumente)
83.- NO SE DEBE AADIR AFLICCION AL AFLIGIDO. (No atemorizarlo de ms, si ya esta atemorizado)
84.- EL AO COMENZADO, SE CONSIDERA COMPLETO. (Aun con un da de trabajo, puede requerirlo como ao trabajado). 85.- EL DELITO DEBE CASTIGARSE DONDE SE COMETIO. (No puede renunciar al lugar de los hechos)
85.- POR DEUDOR SE ENTIENDE AQUEL A QUIEN PUEDE EXIGIRSE ALGO EN CONTRA DE SU VOLUNTAD. (Si no puedes pagar una deuda, se te requerir de cualquier forma)
86.- PARA CONCORDAR LAS LEYES, ES NECESARIO DISTINGUIR LOS TIEMPOS. (Las leyes que se hicieron al da de hoy no son retroactivas a las que se hicieron el da de ayer).
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88.- ENTRE VINCULOS JURIDICOS DE IGUAL FUERZA, EL ANTERIOR PREVALECE SOBRE EL POSTERIOR. (El conflicto que se tenga que resolver aunque haya pasado el tiempo se tiene que sujetar a la ley de su tiempo y poca).
89.- EL JUEZ NO DEBE JUZGAR DE LAS LEYES, SINO SEGN LAS LEYES. (Aunque el juez crea que existe una ley que no contemple algn punto, debe de sujetarse a ella)
89.- EN VANO INVOCA EL AUXILIO DE LA LEY EL QUE OBRA EN CONTRA DE ELLA. (Si sabes que eres culpable y pides justicia atente a la consecuencia de ella)
90.- LOS CARACTERES DE UNA LEY SON: QUE SEA JUSTA, HONESTA, POSIBLE, Y NO CONTRARIA A LA NATURALEZA, CONFORME A LAS COSTUMBRES, CONVENIENTE AL LUGAR Y TIEMPO, UTIL, CLARA Y DIRIGIDA, NO AL BIEN PRIVADO, SINI A LA UTILLIDAD COMUN DE LOS GOBERNADOS. (La ley debe ser pronta y expedita)
91.- LA LIBERTAD NO TIENE PRECIO. (nada en el mundo cuesta ms por eso es necesaria conservarla) 92.- CUANDO DOS SE OBLIGAN ALTERNATIVAMENTE, CADA UNO LO ESTADE MANERA SOLIDARIA. (en un acuerdo de dos partes estos tiene los mismos deberes y obligaciones.
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94.- CONVIENE RESTRINGIR LO ODIOSO Y EXTENDER LO FAVORABLE. (Lo que no te convenga no tiene caso ponerle atencin)
95.- NINGUNO TIENE AUTORIDAD SOBRE SU IGUAL. (No puedes juzgar ni condenar a otro a menos que te ostentes como autoridad)
96.- MAS SEGURIDAD PRESTA LA COSA QUE LA PERSONA (es mejor tener un objeto de valor , tangible, que la promesa o documento de una persona)
97.- EL POSEEDOR DE MALA FE NO GANA POR PRESCRIPCION EN NINGUN TIEMPO. (Tarde o temprano pagara por su culpa)
98.- NO TODO LO QUE ES LICITO, ES HONESTO. (actividades como el prstamo o usura , podr ser licito, pero no bien visto como honesto) 99 .- EL DERECHO NACE DEL HECHO. (las cosas o actos que estn hechas por el hombre o la naturaleza, se convierten en deberes, facultades, obligaciones y estarn regidas por las normas jurdicas. Ej. el hecho es el incumplimiento de un contrato, la lo que sucede ser una demanda que tendr consecuencias de derecho)
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