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Ensayo Sobre Derecho Penal Como Medio de Control Social

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Universidad Mariano Gálvez de Guatemala

Campus villa nueva


Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Catedrático: Lic. Ruben Emilio Quiroa


Curso: Derecho penal l

Ensayo sobre derecho penal como medio de control social

Sección: B
5150-22-991
Zulmy Yojana Pinto Figueroa

Guatemala 5 de septiembre de 2,022


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Índice

Justificación ............................................................................................................. 3
Derecho penal como medio de control social .......................................................... 4
Control social informal ......................................................................................... 7
Control social formal ............................................................................................ 8
Protección de los bienes jurídicos ..................................................................... 10
Prevención de los comportamientos delictivos .................................................. 10
Importancia del Derecho Penal en la sociedad ..................................................... 12
Conslusión............................................................................................................. 14
Bibliografía ............................................................................................................ 15
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Justificación
Conocer porque es de suma importancia el Derecho Penal como medio de control
social. Sobre todo, desarrollar porque motivo existe el control social y porque es uno
de los principales derechos en los que la sociedad debe de vivir bajo sus normas
establecidas por la ley.

Esta investigación analiza el derecho penal como medio de control social y explica
la utilidad de la misma en los individuos. Esto con la finalidad de entender mejor el
tema y de aclarar que para tener una comunidad libre de delincuencia, de violencia
y acciones incorrectas está creado el derecho penal, ya que sin este no podríamos
tener un desarrollo integral en nuestra sociedad, paz en nuestro hogar y armonía
con las demás personas.

Como todo medio de control social este atiende a evitar determinados


comportamientos sociales que reputan indeseables, acudiendo para ello la
amenaza de imposición distintas sanciones para el caso de dichas conductas.
4

Derecho penal como medio de control social


El derecho penal como Control Social de reacción institucionalizado no tendría la
fuerza coactiva que lo caracteriza, si no fuera por el Control Social de acción, ya
que todo el mundo sabe que conductas universales como el robar o matar está
prohibido, pero este conocimiento se adquiere primeramente como norma social y
sólo posteriormente como Norma Jurídica Penal. De igual forma dichas instancias
motivadoras pertenecientes al Control Social de Acción tampoco podrían existir, si
no fueran confirmadas por el derecho penal y en general por el Sistema Jurídico
Penal.

Históricamente siempre se ha hecho necesaria la existencia de un mecanismo que


regule el poder punitivo del Estado. A este poder se le denomina Derecho Penal
constituyendo desde luego la expresión más enérgica del poder, ya que tiene como
objetivo salvaguardar los intereses más fundamentales para la sociedad. El derecho
penal en general es considerado como un medio del control social formal o
institucionalizado punitivo, el cual deberá basarse en cuatro garantías
fundamentales: la libertad; justicia, seguridad y bienestar, a fin de que dicho derecho
no se convierta en un derecho represivo o de terror.

El Derecho penal ha sido denominado de distintas formas, dependiendo del país en


el que se utilizó o utiliza el término, o bien conforme a las distintas corrientes de
pensamiento. Autores como Malo Camacho nos establecen que en tiempo de los
Romanos para designar al derecho penal se usaban expresiones como us poenale
e ius criminale, mismas que se utilizaron en la Edad Media.

Entre otras denominaciones encontramos que el derecho penal es también


conocido como derecho represivo, derecho sancionatorio, derecho de penas y
medidas de seguridad, y derecho protector de los criminales concepto dado en
España por Dorado Montero. Entre las denominaciones que destacan o que
responde a una corriente de pensamiento en específico, encontramos que las más
utilizadas son derecho criminal y derecho penal, ambas parecían responder a dos
diferentes puntos de interés, eligiéndose criminal o penal, según se tome la pena o
el delito como base.
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Las Constituciones de que se dotan las sociedades democráticas recogen el


contenido básico de un acuerdo social que incorpora un conjunto de valores que
constituyen los principios superiores que orientan el desarrollo social, inspiran la
actuación de los poderes públicos y fijan los objetivos que la sociedad aspira
alcanzar. (Toribio, 2016. P.1)

El derecho penal queda reservado exclusivamente para las formas más graves en
las que se exponen a ser puestos en peligro o ser lesionados esos bienes jurídicos
que protege. Podemos entender que su función está dirigida al control social, no
lleva a cabo la misma de una forma absoluta sino solo en cuanto esta posibilita la
vida en sociedad. Por esto afirmamos que el derecho penal interviene de manera
alternativa cuando no hay otro medio adecuado para alcanzar estos fines que
persigue así mismo estableciendo algunas sanciones, castigos y normas para
quienes incurren en los mismos, y precisando cuál es el procedimiento que se
seguirá para aplicarlos.

Toda norma o regla que no se lleve a cabo tiene su respectiva sanción, ya que por
ordenamiento en la sociedad están prescritas, para que no se violen ninguna de
ellas y por ese motivo sea una sociedad libre de delincuencia y libre de faltas hacía
la persona y hacia la ley.

Cabe resaltar que el Derecho Penal se concentra en los comportamientos que se


consideran más inadmisibles, esto es, en los ataques más graves contra el sistema
social. También, es necesario recalcar que las sanciones que aplica son las más
rigurosas y el procedimiento que emplea para imponerlas es el más formalizado.

El Derecho Penal, como sistema de Control social, proporciona las respuestas más
graves a los ataques más intolerables, es por ello que solo puede ser utilizado como
último mecanismo, quiere decir de ultima ratio, reservado solo para aquellos casos
en que la inadaptación o inadecuación de los comportamientos individuales no
puede repararse o corregirse mediante otros instrumentos menos lesivos, que estos
mecanismos se muestren insuficientes, o que la gravedad de los ataques a los
valores comúnmente aceptados ponga en serio peligro a la organización social.
6

El mencionado principio de intervención mínima o principio de ultima ratio orienta la


aplicación del Derecho Penal a la sanción de las conductas que lesionen los bienes
jurídicos con mayor gravedad, considerando que estas son los realmente
necesarios y dignos de ser protegidos. De igual forma la pena es considerada el
último recurso, a falta de otros medios, que deben emplearse con la única finalidad
de proteger los intereses que el legislador entiende indispensables para el
funcionamiento del Estado derecho. Vemos entonces que las bases de las
sociedades actuales se centran en la libertad del individuo, cuestión que representa
un límite para la intervención del Derecho y por tanto del Estado. Esta cuestión
inspirará al legislador al momento de elaborar cada norma, que en este sentido
encontrará límites, que permitirán la aplicación del Derecho Penal como medio de
control social, sin desvirtuar esos principios fundamentales del ordenamiento en la
sociedad.

El derecho es un instrumento jurídico muy importante, ya que su mayor trabajo es


proteger al individuo y no solo al individuo, si no también a los valores que le han
sido fundamentados a cada persona con la finalidad de que en el país haya un
debido orden social para una convivencia pacífica, realmente las relaciones de las
personas en la sociedad a veces no son pacificas, por el contrario son violentas y
de agresión en donde los medios de control natural no pueden intervenir estas
conductas sino que realmente tiene que haber la intervención de un control jurídico
como lo es en este caso el derecho penal ya que el derecho penal se aplica a la
violencia y siempre está sometida al Derecho y a la Constitución. Debemos
establecer que el control social no es que quiera ponerle límites a la sociedad, sino
que lo que realmente se busca es que entre todas las personas podamos llevar una
armonía y convivencia en paz.

La sociedad tiene como fin fundamental es lograr un desarrollo colectivo, es decir,


el bienestar común. Lamentablemente no todas las relaciones que se dan en su
interior son pacíficas, por lo que se necesita cierto tipo de regulación y control.

El control social es el medio por el que se quieren evitar determinados


comportamientos en la persona, comportamientos que alteran la paz y que no son
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adecuados para la sociedad, haciendo una revisión en la parte doctrinaria del


derecho penal encontramos dos clases de control social, las cuales son las
siguientes:

Control social informal

Este tipo de control social está constituido por la familia, los amigos, la religión y la
escuela. Debido a que en este control social no están prescritas reglas y normas.
trata de modelar al individuo de modo que tenga una disciplina tanto interna como
externa que le permita convivir en sociedad

Este tipo de control puede actuar por tanto de manera de manera positiva y
negativa. Por poner un ejemplo, mediante la moralidad y la supervisión, podemos
crear sentimientos en la persona de culpa, temor, conciencia o estigmatización o
mediante la ayuda mutua podemos generar sentimientos de solidaridad,
apartamiento, ostracismo y vergüenza (Hulsman et al., 1993).

Los agentes de control social informal son los delegados a dirigir al sujeto, de
enseñarle las reglas sociales, por medio de un proceso que empieza en el núcleo
familiar y continúa, en el colegio o los medios de comunicación entre otros. Tras
todo este proceso, la persona interioriza todo lo aprendido y encamina su historia.
Entre las diferentes instancias de control social informal que intervienen en la
educación y socialización del individuo (mencionadas brevemente en el apartado
anterior), podemos destacar las siguientes:

La familia: La familia es quien marcara las primeras directrices en la conducta de


la persona. Será quien enseñe lo que se debe hacer y lo que no se debe hacer, lo
que está bien y lo que está mal. Es necesario que cada familia fije los roles
pertenecientes a cada uno, es necesario que se impongan normas y que se fijen
límites.

La escuela: Aquí se adquieren nuevos conocimientos y se empieza a entablar


relación con personas diferentes de las pertenecientes al seno familiar, uniéndose
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a aquellos con los que sea más afín y adaptándose a las nuevas normas que se le
imponen.

La religión: Puede tener una gran importancia. Su objetivo es marcar el camino a


sus fieles, mostrándoles la manera de actuar correctamente según sus creencias.
La religión puede suponer un freno en la comisión de delitos basado en el miedo.
La idea del castigo divino, si cometemos un acto ilegal, será suficiente para desistir
en la idea de delinquir.

Control social formal

Es evidente, que el control formal es el que se ejerce por parte de las instituciones
por medio del poder coactivo que la propia sociedad les atribuye. Por ello, este tipo
de control será el que ejercen las instituciones que se encuentran dentro de la esfera
del sistema penal (Administración de Justicia, Fiscalía, Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad e Instituciones Penitenciarias).

Ya hemos citado las instituciones que se encuentran vinculadas al control social


formal, por el papel que desarrollan las mismas en la sociedad es evidente que su
función se encuentra delimitada por la norma y en este sentido, íntimamente
relacionado con el Derecho ya que este no sólo contiene las normas que podemos
considerar más graves sino que regula aquellas que podemos considerar como
menos graves o leves ya que utiliza diferentes mecanismos, garantías, y formas de
ejecutarlas en función de la gravedad del comportamiento realizado así no será lo
mismo la vulneración de una norma administrativa que normalmente se sancionará
con una multa y su sistema de garantía recaerá en el ámbito del derecho
administrativo que la realización de una acción u omisión contemplada en el código
penal; ya que este última puede con llevar medidas más graves para el autor, como
puede ser la pena privativa de libertad.

La represión no es otra cosa que es la respuesta que el Estado por delegación de


la sociedad dan al comportamiento desviado; esta se suele centrar en el ámbito
legislativo ya que de este modo el poder criminaliza o descriminaliza conductas que
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entiende han de ser delictivas o han de dejar de serlo y les asigna un determinado
castigo administrativo o penal. Por tanto, dentro del Estado el poder Legislativo y
Ejecutivo persiguen la desviación al determinar que conductas han de ser
reprobables, el poder Judicial aplica la ley y el sistema penitenciario garantiza el
cumplimiento de las penas. Entre tanto, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tratan
de vigilar, denunciar y detener a aquellos individuos que no ajustan su
comportamiento a lo establecido en las normas o leyes.

Algunas de las diferencias del control social formal e informal son:

1. El control social formal incluye declaraciones escritas, formalizadas y


codificadas en leyes, normas y regulaciones. En lo que el control informal no
tiene ni una regla redactada.

2. Las agencias de control formales son agencias autorizadas creadas por el


régimen y las agencias de control informales son creadas por redes sociales
y empresas empero no por el régimen.

3. El control formal es muchísimo más efectivo y profundo que el control social


informal. Cualquier situación que no podría ser manejada por control informal
está sujeta a formal.

4. El control formal es efectivo inclusive para gigantes equipos de población, sin


embargo, el control informal es efectivo solo para un diminuto conjunto de
individuos.

El control social informal y el control social formal son de suma importancia en el


derecho penal ya que ayudan a poder regular el comportamiento de las personas
en una sociedad, para que se pueda armonizar una agrupación pacifica y de
desarrollo integral. Sin estos medios de control sería una sociedad de violencia,
intranquilidad, escándalos y de muchos delitos sin pena alguna, no habría orden ni
paz en los ciudadanos, solo delincuencia y malos tratos.
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En opinión de Hurtado Pozo (2005, p.9) el Derecho Penal regula el comportamiento


de las personas, es un medio de control social, que determina pautas culturales de
comportamiento de las personas, con la finalidad de lograr una vida comunitaria
respetuosa y garantizadora de los intereses de las personas, superar las tensiones
sociales generales, de grupo y o de individuos, recurriendo a la amenaza de la pena,
pudiendo acudir a la sanción cuando no se logra el objetivo.

Sin embargo, el orden social, puede lograrse, con una reducida conflictividad social
cuando está regulado en interés de toda la sociedad y además que existan agentes
que puedan controlarlo, tratando de impedir la marginación como fenómeno social;
en sentido general solo serán legítimas siempre que se realice en un marco legal y
de respeto a la dignidad del hombre.

El derecho penal es el que se encarga de controlar los delitos y las penas en la


sociedad, también de regular las conductas que son prohibidas en la humanidad. El
derecho penal como medio de control social busca dos objetivos principales los
cuales son:

Protección de los bienes jurídicos

Lo que busca el derecho penal al prohibir delitos es la protección de los bienes


jurídicos de la agresión de las conductas indebidas. Los bienes jurídicos son
intereses vitales de la comunidad a los que el derecho penal otorga su protección,
que mediante normas jurídicas se prohíben con amenaza de pena las acciones
idóneas para menoscabar de modo particularmente peligroso los intereses vitales
de la comunidad.

Prevención de los comportamientos delictivos

El derecho penal aparte de prohibir los delitos también busca mayormente


prevenirlos a través de la ley penal. Este método se cumple a través de la
11

prevención general que se refiere a la sociedad en general, así mismo está la


protección especial que se dirige a la persona culpable del delito.

Estos son los dos objetivos principales del derecho penal en la sociedad, ahora bien,
lo cierto es que toda sociedad, necesita de una disciplina que garantice la
coherencia interna de sus miembros; de ahí las incesantes búsquedas de
mecanismos que aseguren su conformidad con las normas y pautas de conductas.

Es necesario tener en cuenta que todo sistema jurídico penal, constituye un sistema
en que se trata de compaginar los derechos del individuo, incluso del individuo
delincuente, con los derechos de una sociedad que en ocasiones vive con miedo.
Por supuesto la sociedad tiene derecho a defender sus intereses, recurriendo a la
pena si fuera necesario, pero también el delincuente tiene derecho a ser tratado
como persona y no quedar definitivamente apartado de la sociedad, sin esperanza
de reintegrarse a la misma. Por otra parte, es de significar que la misión del derecho
penal es limitar el poder punitivo del Estado, que, en ocasiones decidido a terminar
a toda costa con la criminalidad, puede imponer sanciones excesivas o arbitrarias,
sacrificando con ellas las garantías mínimas de los individuos y la de la
proporcionalidad.

El derecho desarrolla un papel fundamental, por la función integradora que sirve


para disminuir los potenciales elementos de conflictos y para engrasar la maquinaria
social. Es solamente mediante una herencia aun sistema de reglas, que el sistema
de interacción social puede funcionar sin romperse y evitar conflictos crónicos, el
derecho no solo tiene un pode coactivo, sino persuasivo y educativo y puede ser un
factor de cambio social. La ley como modo de control social tiene todas las fuerzas,
pero también toda la debilidad de la dependencia de la fuerza sería entonces un
error pensar que la ley por sí sola puede resolver todas las tareas del control social.
La ley debe funcionar apoyando a los mecanismos de control social informal.

No se trata de prohibir por prohibir, ni castigar por castigar, sino de hacer posible la
convivencia y la paz social. Es inimaginable un Derecho Penal desconectado de las
demás instancias del Control Social, de ahí que el derecho penal, solo tiene sentido
si se le considera, como la continuación de un conjunto de instituciones públicos y
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privados, cuya tarea consiste igualmente en socializar y educar para la convivencia


de los individuos, a través del aprendizaje e interiorización de determinadas pautas
de comportamiento, dentro de todo este entramado de normas sociales y penales,
la norma penal es la más vulnerable para mantener el sistema de valores, ya que
sobre el descansa la sociedad.

El Derecho Penal, solo puede proteger con efectividad a largo plazo los bienes
jurídicos cuando las personas, convencidas de lo justo de esa protección, cooperan
en esa función. Su misión más importante es la reafirmación y el aseguramiento de
las normas fundamentales de la sociedad y la cultura jurídica. Esta misión solo se
puede realizar reforzando los valores éticos y sociales de la acción y afianzando el
reconocimiento normativo sin olvidar su base sociológica.

El Derecho penal es una clase de control social formal que, según la doctrina
mayoritaria, admite dos puntos de vista para su definición, uno objetivo y otro
subjetivo.

El Derecho penal objetivo (ius poenale) es el conjunto de normas jurídicas que


establecen las conductas que deben ser consideradas como delictuosas, así como
las sanciones (penas y medidas de seguridad) que deben imponerse a los sujetos
que incurran en dichas conductas.

El Derecho penal subjetivo (ius puniendi) es el derecho que tiene el Estado de


castigar determinadas conductas que considera atentatorias para las normas de
convivencia social.

La imposición de las penas a los individuos solo debe de ser puestas por el Estado,
para que regule la conducta del individuo y es personalísimo, quiere decir que el
delincuente personalmente debe de asumir los cargos por el hecho cometido.

Importancia del Derecho Penal en la sociedad


La importancia del derecho penal radica en que el derecho penal construye
normativamente hablando tipos penales (delitos) que cumplen una función
13

motivadora, seleccionadora y de garantía del sistema de derecho, Constitucional


primero y del propio sistema penal después, aunado a que protege los bienes que
consideramos importantes de acuerdo a nuestros intereses, aspiraciones y
objetivos nacionales, lo que da permanencia y confirmación al propio sistema
constitucional desde abajo hasta arriba, lo que genera orden y estabilidad
económica, política y social.

Todo lo que realizamos día a día produce consecuencias jurídicas. Si una persona
atenta contra el orden jurídico y daña o intenta dañar los principales aspectos de la
vida, son sancionadas por contravenir el orden jurídico.

El Derecho mediante sus ramas y disciplinas protege lo más importante para todos:
la vida, el cuerpo o la salud; el honor, la familia, la libertad, el patrimonio, la
seguridad pública, etcétera. Y eso se conoce como bien jurídico tutelado.

En materia penal si se atenta contra el bien jurídico tutelado se comete un delito y


se produce una consecuencia jurídica llamada pena o sanción. El Derecho penal se
encuentra en la rama del Derecho público y es el “conjunto de normas jurídicas que
definen los delitos y señalan las penas o medidas de seguridad aplicables para
lograr la permanencia del orden social” (Pavón, 1990: 17). Es decir, determina las
consecuencias por la realización de conductas contrarias a la ley para mantener el
orden. Sirve para castigos de actos criminales, Así, vemos como existe un gran
desarrollo en lo que concierne a la protección de la sociedad. sin derecho no puede
haber justicia.

Lo que mayormente busca el derecho penal como medio de control social es


proteger la paz social, por medio de la regulación de las actividades del ser humano
en sociedad. Su misión es mantener las buenas relaciones entre la
sociedad mediante la aplicación de normas impuestas por la autoridad. La finalidad
del Derecho Penal es la protección de bienes jurídicos a través de la sanción de las
acciones humanas consideradas por el legislador como delitos y de esa manera,
procurar una ordenada convivencia social. Las consecuencias del derecho penal
son de las peores porque pueden llegar a significar el encierro de la persona, privar
al individuo de la libertad, esto quiere decir cárcel o prisión.
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Conslusión
El derecho como medio de control social busca que las personas se sometan a
normas de covivencia para obtener un satisfactorio proceso de convivencia con las
demás personas. Este derecho como medio de control social está creado
especificamente para ponerle un freno a las personas que tienen malas conductas
o hacen actos indebidos en nuestra sociedad. Nos da a entender que el derecho
penal está caracterizado por prihibir el nivel de delitos y delincuencia, no solo eso
aparte de prohibirlos su principal objetivo es disminuirlos. Tengamos en cuenta que
cada una de nuestras acciones que no sean corectas van a tener su debida
consecuencia.

El Derecho Penal como medio de control social emplea a la violencia y regula el


comportamiento de las personas, por el cual determina pautas culturales de
comportamiento de los individuos, con la finalidad de lograr una vida comunitaria
respetuosa y garantizadora de los intereses de las personas, superar las
tensiones sociales generales, de grupo. Para que así podamos tener un desarrollo
integro, paz y armonía en nuestra sociedad.
15

Bibliografía
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SCRIBD. https://es.slideshare.net/Kiminlovee/derecho-penal-como-medio-de-
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