Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Director de Desarroyo Urbano Municipal

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 2

SDUMA/DDU/CD/SUB.122/1526.

22

DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO MUNICIPAL.


PRESIDENTE MUNICIPAL DE URUAPAN MICHPACAN.

RENE BULMARO MENDEZ GARCIA, gestionando con la personalidad que tengo


reconocida dentro del expediente SDUMA/DDU/CD/SUB.122/1526.22 integrado con
motivo de la solicitud de AUTORIZACION DE SUBDIVISION, señalando como domicilio
para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos personales, el ubicado en la
calle 5 de febrero de la colonia central Cupatitzio de esta ciudad, autorizando para que en
mi nombre y representación las reciban las licenciadas GLORIA ISABEL
TIERRABLANCA VALENCIA Y ESTELA DEYANIRA PACHECO RAMOS, Ante usted con
el debido respeto comparezco para exponer:

A efectos de cumplir con lo estipulado en el articulo 206 y 176 del la ley de desarrollo
urbano del estado de Michoacán, fundamento en lo establecido el articulo 8 de la
Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos y en el artículo 176 fracción
segunda del LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, vengo a
solicitar SE DETERMINE LA CANTIDAD ECONOMICA QUE DEBO ENTREGAR A LA TESORERIA
MUNICIPAL, POR CONCEPTO DEL AREA DE DONACION, PARA LA AUTORIZACION DE SUBDIVICION
DEL predio rustico denominado “LOS MAGUEYES”, siendo el lote 6 seis de la colonia los
Riyitos, ahora siendo la 2da. Privada de Calzada Benito Juárez s/n en la colonia Riyitos,
ubicado en LA CIUDAD DE URUAPAN, MICHOACAN, inmueble que tiene las siguientes
medidas y colindancias:

a) Al noreste: línea quebrada inicia de norte a oriente, 02.88mts; 06.41 mts;


20.42 mts; y 21.93 mts., colindando con sucesión de
Fausto Mendoza.
b) Al sureste: 21.02 mts., colindando con fracción que se adjudica a Rolando
Méndez.
c) Al suroeste: línea quebrada de sur a poniente, 16.35mts; 11.99mts; 11.75mts;
01.95mts; y 01.32mts., colindando con calle privada, de su ubicación
d) Al noroeste; 35.51mts., colindando con facción que se adjudica a
MARGARITA MENDEZ RODRIGUEZ.

Lo anterior toda vez que el área de donación que corresponde a dicho inmueble es
inferior a 90 metros cuadrados tal como lo estipula el articulo 176 del LEY DE DESARROLLO
URBANO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, que a la letra reza “Artículo 176.- Las
lotificaciones o subdivisiones de predios mayores de 1000 metros cuadrados, estarán sujetas a una
donación obligatoria a favor del Ayuntamiento correspondiente del 3% del área total a lotificar o
subdividir, exceptuando las contenidas en la fracción II del artículo anterior. Si la donación de
cualquier tipo de desarrollo fuere menor a una superficie de 90 metros cuadrados, se determinará
el valor comercial de la misma, a efecto de que el propietario lo entere a la Tesorería Municipal
correspondiente.”
Por lo anteriormente fundado y expuesto a usted atentamente solicito:
a) Tenga a bien mandar determinar el valor comercial del bien inmueble que se
pretende subdividir entro del expediente SDUMA/DDU/CD/SUB.122/1526.21.
b) Tenga a bien mandar determinar la cantidad que deberá entregar el suscrito a la
tesorería municipal, por concepto de área de donación del predio que se pretende
subdividir entro del expediente SDUMA/DDU/CD/SUB.122/1526.21.
c) Previo pago de la cantidad determinada por concepto de área de donación, tenga
a bien autorizar la subdivisión del predio por el cual se abrió el expediente
SDUMA/DDU/CD/SUB.122/1526.21.

URUAPAN, MICHOACAN A LA FECHA DE SU PRESENTACION.

_____________________________
RENE BULMARO MENDEZ GARCIA.

También podría gustarte