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CUESTIONARIOS DERECHOS REALES (Derecho Civil)

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Universidad Mariano Gálvez de Guatemala

Extensión Escuintla
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Curso Derecho Civil II
Secciones A y B
Ciclo II 2022
MSc. Licda. Angela de la Luz González Carrera
Decreto 526 Ley de Expropiación

LABORATORIO No. 1
1. Estructure su ley:
a) número de Decreto
Decreto No. 529
b) Nombre de la Ley
Ley de expropiación
c) número de Artículos
Contiene 49 artículos
d) Numero libros, títulos y capítulos
Título I De la declaración
Título II Quien puede instar la expropiación
Título III Del objeto de la expropiación
Título IV De la indemnización
Título V, Capítulo I Del procedimiento diligencias previas
Capítulo II De la expropiación
Capítulo III De los trámites
Título VI De la consumación de la expropiación
Título VII La expropiación de urgencia
Título VIII Del abandono de la expropiación
Título IX De la reversión
Titulo X Disposiciones finales
e) Vigencia de la Ley
El 9 de julio de 1948
2. Cuál es el fundamento constitucional de la presente ley?

DECRETO NUMERO 529 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA


DE GUATEMALA, LEY DE EXPROPIACIÓN
3. Cuáles son las razones por las cuales se puede expropiar?

Todo lo que tienda a satisfacer una necesidad colectiva,


bien sea de orden material o espiritual.
4. A quien le corresponde realizar la declaratoria de la expropiación debidamente
razonada?
Congreso de la Republica
5. Quienes pueden instar a la expropiación?

1. El Estado
2. Las municipalidades
3. Los contratistas o concesionarios de servicios
públicos o de obras y servicios de utilidad pública
4. Las empresas o compañías legalmente autorizadas
5. La universidad de San Carlos de Guatemala.
6. Qué clase de bienes se pueden expropiar?

Toda clase de bienes estén o no en el comercio.


7. Cuál es la excepción de la expropiación según el artículo 35 de la constitución
política de la república de Guatemala.
8. Hasta donde llega el límite de la expropiación

Solamente la porción publica donde se construirá la obra


pública o necesidad colectiva, salvo en los casos de su
realización o financiación donde necesitar una porción
más grande y deberán de declararlo respectivamente.
9. En la expropiación se pueden incluir los accesorios del bien o hay alguna
exclusión, explique

Se podrá siempre y cuando el accesorio sea posible


quitarlo sin desmedro material y que esos accesorios no
hayan sido nombrado como objetos principales en la
expropiación.
10. A quien expropian?

Al propietario de una porción territorial y dicho lugar es


necesitado para construir una obra pública o satisfacer
una necesidad colectiva.
11. Que comprende la indemnización al expropiado?

Debe comprender la satisfacción al propietario del valor


del bien y todos los daños, desmerecimientos y
erogaciones que sean consecuencia de la expropiación.
12. Como debe fijarse la indemnización?
Debe fijarse en dinero, a no ser que expropiante y
expropiado convengan en otra forma de pago.
13. Si no hay acuerdo entre el expropiado y el expropiante quien es el
encargado de fijar la indemnización?

Será fijada por expertos valuadores quienes para su


determinación deberán tomar en consideración los
elementos, circunstancias y condiciones que determinen
su precio real.
14. Como se fija la indemnización si la expropiación es parcial?

El mayor valor que pudiera resultar para la fracción


sobrante, en cuanto sea consecuencia de un
mejoramiento o plusvalía por la naturaleza y el sobrante
aumente su valor por motivo de su nueva situación se
evaluara el mayor por la indemnización.
15. Se puede vender la finca que ya está siendo objeto de expropiación, explique.

No impiden ésta, pues el titular del nuevo derecho se


considerará subrogado en las derechos y obligaciones del
propietario anterior
16. La indemnización es previa o posterior a la expropiación.

Debe de ser previa a la expropiación del bien, salvo en


invasiones o ataques a territorio nacionales no será
forzosa la indemnización previa.
17. Dentro del procedimiento de la expropiación cual es el plazo en el cual el
propietario dará la contestación para el pago total.

Tendrá un por lo menos 5 días y máximos 10 días para su


respectiva respuesta.
18. Que sucede si el propietario sujeto de expropiación se encuentra fuera de la
Republica. Explique

Si no se encuentra domiciliada en Guatemala lo


publicaran 3 veces en el diario oficial en el lapso de 30
días. Requiriéndolo su respuesta esperaran 15 días más
después de la última publicación.
19. Cuales con casos señalados por la ley en donde las diligencias previas
quedarán sin efecto y se procederá a la expropiación.

Declarado un bien afecto a utilidad o necesidad públicas,


o interés social, el Estado, las municipalidades y la
Universidad de San Carlos de Guatemala, podrán
adquirirlo directamente del propietario llenando los
requisitos de esta ley.
20. Según el artículo 20 si no hay acuerdo con respecto al pago de la
indemnización del bien expropiado cual es la salida legal para el expropiante.

El expropiante requerirá del propietario que manifieste la


suma que aceptaría en pago de total indemnización, La
contestación deberá darla el propietario dentro del plazo
que se le fije en el requerimiento
21. Como debe realizarse el trámite de la expropiación?

1. Gobernación a quien se dirige.


2. Indicación del expropiante (Estado, municipalidad,
Universidad, concesionario o contratista)
3. Nombre, apellido y domicilio del propietario.
4. Designación del bien cuya expropiación se persigue,
con todos los datos que puedan identificarlo.
5. Certificación de la oficina respectiva en que conste el
valor de la declaración fiscal.
6. Indicación de la disposición legal en virtud de la cual se
declara de utilidad o necesidad públicas o interés social,
el bien.
7. Expresión de la suma que ofrece el expropiante, en
concepto de indemnización total, debiendo fundamentar
sus conclusiones; y
8. Cuando se trate de inmuebles, informe técnico de que
el bien expropiado es el que se necesita para ejecutar la
obra.
22. Ante quien se sustanciara el trámite de la expropiación?

Ante las gobernaciones departamentales.


23. Enumere los requisitos que contendrá la solicitud de expropiación (tramite)

1. Nombre, apellido y domicilio.


2. Conformidad o disconformidad con los datos que el
solicitante atribuye al bien, rectificando tales datos.
3. Indicación de las hipotecas, embargos, anotaciones de
demanda y demás gravámenes que pesen sobre el
inmueble.
4. Conformidad u oposición del propietario, a la
expropiación, debiendo fundar sus conclusiones;
5. Expresión de la suma que pretende en concepto total
de la indemnización.
24. Cuál es el plazo que se le corre al propietario de la solicitud de la expropiación
de su propiedad

En el término de 7 días
25. Escriba los requisitos del escrito de contestación del propietario para evacuar
el traslado?

1. Nombre, apellido y domicilio.


2. Conformidad o disconformidad con los datos que el
solicitante atribuye al bien, rectificando tales datos.
3. Indicación de las hipotecas, embargos, anotaciones de
demanda y demás gravámenes que pesen sobre el
inmueble.
4. Conformidad u oposición del propietario, a la
expropiación, debiendo fundar sus conclusiones; y
5. Expresión de la suma que pretende en concepto total
de indemnización.
26. En qué momento se consuma la expropiación?

Agotados los trámites anteriores, el gobernador


encargado de sustanciar el expediente, con audiencia del
Ministerio Público, y previo pago o depósito de la
indemnización, ordenará que se otorgue la escritura
traslativa de dominio y se inscriba la propiedad.
27. Antes que el expropiado retire el deposito del pago de la expropiación que
debe de acreditar?

Previa justificación de su dominio y de que el bien está


libre de gravámenes o limitaciones.
28. Que sucede y cuál es el plazo si el expropiante abandona la expropiación?

Si en el lapso de 2 años no procede a realizarla a partir


de que la vigencia de la ley lo autorice
29. En qué casos puede darse la reversión de la expropiación?

1. Cuando el expropiante dé al bien un destino distinto al


establecido al efectuar la expropiación, salvo que el
cambio de destino sea dispuesto por la ley y la sustitución
tenga por causa el interés colectivo.
2. En caso de no ejecutarse la obra que hubiere exigido la
expropiación, el que la sufrió podrá pedir la reversión del
bien, reintegrando el valor que hubiere percibido, más las
mejoras si se hubieren realizado o restando el demérito
en su caso.
30. Según el artículo 37 numeral 1 cuál es el plazo para iniciar la reversión?

Se fija en un año a contar desde que se le diere al bien


un destino distinto
31. Según el artículo 37 numeral 2 cuál es el plazo para iniciar la reversión?

Desde que el expropiante entró en posesión del bien.


32. Que sucede si un bien esta arrendado y se expropia?

El que la vaya a expropiar deberá de pagarla al


arrendatario contrato haya sido anterior a la declaración
de utilidad o necesidad pública se estimara una
indemnización por expertos.
33. Por cuenta de quien corren las costas del bien expropiado

Las costas de expediente se harán a cargo del


expropiante.
34. Si el bien inmueble expropiado está hipotecado tendrá algún derecho el
acreedor?

El acreedor hipotecario no tendrá derecho alguno a una


indemnización especial; sólo ejercerá el que le
corresponde contra la cantidad concedida al expropiado,
aun cuando no se hayan vencido el termino para el pago
de créditos No tendrá derecho a reclamar el pago de todo
un crédito, si el resto de la finca que quedare al deudor
fuere, a juicio de los expertos.
35. Que sucede si sobre la finca expropiado hay una anotación de demanda o
embargo?

Se podrá entregar la indemnización al expropiado,


siempre que el resto de la finca pueda responder por los
derechos anotados, o se dé fianza de otro propietario en
garantía de que se devolverá esa suma a quien
corresponda legalmente, En caso contrario se depositará.
36. Explique el artículo 1 del Decreto 306 (adjunto al Decreto 529)

Decreto 306 Dice que se crea el programa nacional de


competitividad
Decreto 529 tiene por objeto dar un cumplimiento alo
preceptuado del art.106 del código de salud para una
buena preservación sobre el medio ambiente sus medidas
de seguridad

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala


Extensión Escuintla
DERECHO CIVIL II
IV SEMESTRE SECCION “A y B”
DECRETO 126-97 Áreas de reservas territoriales del Estado de Guatemala (solo la ley)

LABORATORIO No. 2

1. Estructure su ley.
a) número de Decreto
Decreto No. 126-97
b) Nombre de la Ley
Ley Áreas de reservas territoriales del Estado de
Guatemala
c) número de Artículos
Contiene 36 artículos
d) Numero libros, títulos y capítulos
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II CONDICIONES DE LOS
ARRENDAMIENTOS
CAPITULO III REQUISITOS, TRÁMITES Y RECURSOS
FRENTE A LA SOLICITUD
CAPITULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS,
DEROGATIVAS Y FINALES

e) Vigencia de la Ley

5 de febrero de 1979

2. En que consisten las áreas de reserva territorial del Estado de Guatemala?

Las áreas contenidas en la faja terrestre de tres


kilómetros a lo largo de los océanos, contadas a partir
de la línea superior de las mareas; de doscientos
metros alrededor de las orillas de los lagos; de cien
metros a cada lado de las riberas de los ríos
navegables; de cincuenta metros alrededor de las
fuentes y manantiales donde las aguas surtan a las
poblaciones
3. Quien es la entidad encargada del control de las áreas de reserva territorial del
Estado de Guatemala.
El Organismo Ejecutivo por medio del Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Alimentación, y a través de la
Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado
“OCRET”
4. Menciones las coordinaciones interinstitucionales que contempla la ley.

Comisión Nacional del Medio Ambiente, el Consejo


Nacional de Áreas Protegidas, el Instituto Nacional de
Bosques, el Instituto Guatemalteco de Turismo y las
Municipales
5. Cuales son las prohibiciones que tienen los inmuebles situados en las áreas de
reserva territorial del Estado de Guatemala.

Los inmuebles situados dentro de las áreas de reserva


territorial del Estado de Guatemala, no pueden titularse
supletoriamente, ni otorgarse en usufructo a
particulares, ni en adscripción, salvo documentación
legalmente constituida.
6. A quienes les puede arrendar el Estado reservas territoriales.

Personas naturales o jurídicas legalmente constituidos


en Guatemala.
7. Según la presente ley que NO podrá darse en arrendamiento.

No se concederá en arrendamientos cuando su finalidad


sea para cultivos agrícolas
8. Cuales son los plazos de los arrendamientos.

a) Cuando el destino del área solicitada sea para


vivienda, reforestación, desarrollo sostenible del medio
ambiente, recreación, industria, comercio, ganaderos,
avícolas, apícolas y explotación de salinas, el plazo de
arrendamiento no podrá ser mayor de treinta (30)
años, mismos que podrán ser prorrogables.
b) Cuando el destino del área solicitada sea para
construcción de hoteles, centros recreativos, sociales,
deportivos o estudios de investigación científica, el
plazo de arrendamiento podrá ser hasta de treinta (30)
años que podrán ser prorrogables.
El plazo de arrendamiento se computará a partir de la
fecha de la resolución respectiva, que emitirá la
Jefatura de la OCRET.
9. Como debe pagarse el arrendamiento y en dónde.

Será cancelada en forma anual y anticipada en las


cajas de la Oficina Encarga del Control de las Áreas de
Reserva del Estado OCRET. Además hay otra forma de
pago es abonando un 20% de la cuota anual.
10. Que pasa si se incumpliere en el pago del arrendamiento y cual es la consecuencia
jurídica.

Al incumplir en un retraso de 6 meses OCRET le enviara


una solicitud para pagar dicha deuda con un plazo de
30 días vencido este plazo rescindirá el contrato y en
consecuencia el inmueble retornará al control directo
de la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado
11. SI el arrendatario se negare a pagar que procede según OCRET.

Se trasladará el expediente a la Procuraduría General


de la Nación, quien en representación del Estado,
tramitará las acciones correspondientes para que se
abra el proceso tendiente a la desocupación del
inmueble, a efecto de que éste vuelva a poder del
Estado
12. Donde debe ser presentada la solicitud de arrendamiento y cuales son los
requisitos.

Se presentara a la Oficina Encargada del Control de


Áreas de Reserva del Estado.
a) Nombres, apellidos y datos de identificación personal
del solicitante, así como el lugar para recibir
notificaciones.
b) Planos originales de ubicación y localización con
colindancias y áreas del inmueble que se solicita,
firmado y sellado por un profesional de la materia;
indicando la finalidad o finalidades que se le dará al
inmueble.
c) Solo mediante los criterios complementarios
estipulados en el reglamento correspondiente, podrán
anexarse otros documentos, en el entendido que éstos
serán requeridos para solventar extremos particulares
de acuerdo al área solicitada.
13. Como se suscribe el contrato de arrendamiento.

Deberá suscribirse el instrumento público


correspondiente, en el que se transcribirá la resolución
respectiva. El arrendatario deberá presentar a OCRET,
copia legalizada de la escritura pública para los efectos
del control y registro correspondiente.
14. Cuantas áreas de reserva territorial puede arrendar una persona y cuál es la
limitante.

Toda persona individual o jurídica podrá arrendar un


terreno solamente.
15. Puede sucederse el arrendamiento en caso de fallecimiento del arrendatario.

El derecho de Arrendamiento, puede adquirirse por


herencia debiéndose comprobar tal calidad con la
certificación del auto de declaratoria de herederos.
16. Cuando se vence el contrato de arrendamiento y cual es el plazo dentro del cual se
puede solicitar una prórroga.

Seis meses antes de la fecha de vencimiento del plazo


del contrato el arrendamiento deberá presentar, si
desea continuar arrendando el inmueble ante la OCRET.
Junto con la solicitud deberá adjuntarse el último pago
de su renta.
17. Que se necesita para ceder los derechos de arrendamiento y compraventa de
mejoras.

a) Aviso notarial de la cesión de derechos de


arrendamiento y compraventa de mejoras, primer
testimonio de escritura pública de cesión de derechos y
compraventa de mejoras;
b) Copia legalizada del contrato de arrendamiento y
estar al día en el pago, acompañando el recibo
respectivo; y
c) Dirección para recibir notificaciones.
18. Cuando proceden las recisiones de los contratos de arrendamiento.

Cuando incumpla las obligaciones contenidas en el


contrato de arrendamiento, por parte del arrendatario
podrá rescindir del contrato sin ningún trámite por
medio de una resolución.

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala


Extensión Escuintla
DERECHO CIVIL II
IV SEMESTRE SECCION “A y B”
DECRETO 1427 Ley de Parcelamiento Urbanos

LABORATORIO No. 3
1. Estructure su ley.
a) número de Decreto
Decreto No. 1427
b) Nombre de la Ley
Ley de parcelamiento urbanos
c) número de Artículos
Contiene 36 artículos
d) Numero libros, títulos y capítulos
Capítulo I Disposiciones generales
Capítulo II De los parcelamientos urbanos
Capítulo III de contratación
Capitulo IV Recisión de contratos y desahucio
Capítulo V Intervención de los parcelamientos
Capítulo VI Recursos y sanciones
Capitulo VII Disposiciones especiales
Capitulo VIII Disposiciones transitorias
Capitulo IX Disposiciones finales
e) Vigencia de la Ley

20 de marzo de 1961

2. Según el primer considerando de la presente ley cual es el espíritu de la misma.

Por el incremento de la población a lo que ahora hay


una fuerte demanda para parcela con el objetivo de
hacer construcciones de casas, la cual dio una idea
para hacer una iniciativa sobre privatizar dichos
terrenos.
3. Que se entiende por Parcelamiento urbano

Es la división de una o varias fincas, con el fin de


formar otras de áreas menores. Con la finalidad
ajustarse a las leyes y reglamentos de urbanismo y a
los planos reguladores.
4. Que se debe acompañar a la solicitud para la autorización de un Parcelamiento
urbano.

a) Certificación de fecha reciente expedida por el


Registro General de la Propiedad Inmueble
correspondiente, haciendo constar la primera y última
inscripción de dominio, desmembraciones, gravámenes,
anotaciones y limitaciones del inmueble o inmuebles
que se pretenda parcelar;
b) Testimonio de la escritura pública que establezca la
personería con que actúa el solicitante, en su caso;
c) Promesa formal de garantizar la construcción o el
pago de las obras de urbanización y demás que
establezcan los reglamentos o disposiciones de la
municipalidad respectiva; y.
d) Planos del parcelamiento urbano que contenga la
distribución de los lotes, vías públicas y áreas de uso
común y de servicios públicos, debidamente acotadas y
en curvas a nivel, así como localización del
parcelamiento en relación con la cabecera municipal de
que se trate, marcando las vías de acceso y su ajuste a
los planos reguladores. Los planos que se presenten
deberán ceñirse a las condiciones y requisitos que
establezcan los reglamentos o disposiciones de la
municipalidad autorizante. Los planos deberán ser
certificados por ingeniero colegiado.
5. Cual es el interés máximo cuando se pacte una compraventa a plazos de una
fracción del Parcelamiento urbano.

El interés anual que se pacte sobre cualquier clase de


saldo no podrá exceder del ocho por ciento.
6. Quien es la entidad encargada de autorizar un Parcelamiento urbano.

La municipalidad, El Estado
7. Según el articulo 8 inciso b cual es plazo para rescindir el contrato por el retraso de
los abonos convenidos.

No podrá ser menor de seis meses de retraso en el


pago de los abonos convenidos
8. Cual es la vía según la ley para notificarle al comprador moroso por el
incumplimiento del contrato.
Deberá fijarse claramente la cuantía y el plazo de los
abonos. El plazo que se fije para que pueda darse por
rescindido el contrato o ejercitarse la acción judicial en
contra del comprador de la parcela por incurrir en mora
en el cumplimiento de sus obligaciones, no podrá ser
menor de seis meses de retraso en el pago de los
abonos convenidos
9. El parcelador podrá hipotecar el inmueble? Con que propósito.

Con el propósito de adquirir fondos para utilizarlos en


urbanización o de prestar la garantía exigida por la
municipalidad.
10. Que aéreas no entra al momento que el propietario del inmueble hipoteque la
finca.

Las áreas que de acuerdo con los planos autorizados se


hayan destinado para uso común y servicios públicos,
no serán hipotecadas.
11. Que sucede si un Parcelamiento urbano no cumple con las obligaciones y
requisitos enmarcados por la presente ley.

Serán intervenidos por la municipalidad jurisdiccional.


La intervención se mantendrá inicialmente por un
período de tres meses a contar de la resolución
municipal que así lo establezca, pero si transcurridos
éstos el parcelador no ha cumplido con sus
obligaciones, la intervención continuará hasta terminar
todos los trabajos de urbanización y demás requeridos
legalmente.
12. Que pasa si hay reincidencia en las infracciones cometidas en el cumplimiento a
las ordenanzas municipales.

Dará lugar, además, a que se suspenda la autorización


para la venta de parcelas por un período no menor de
un año ni mayor de tres años, según el carácter de la
infracción.
13. Puede el Estado parcelar terrenos a familias? Cuales son los requisitos.
14. Cual es la limitación de un bien parcelado por el Estado como condición al
momento de ser adquirido por el núcleo familiar.

a) La enajenación del inmueble a título de herencia,


legado o donación por causa de muerte;
b) La venta o permuta del inmueble por motivo
justificado, previa autorización del Instituto Nacional de
la Vivienda o de la entidad que haga sus veces; y
c) Los gravámenes que se establezcan por razón de
créditos hipotecarios para construcción de vivienda,
mantenimiento o mejora de la misma, constituidos a
favor de instituciones bancarias destinadas
específicamente a otorgar créditos para vivienda, salvo
expropiación por incumplimiento del comprador en el
caso de compraventa a plazos o ejecución hipotecaria
derivada de la previsión contenida en el inciso c) de
este artículo.
15. Cuando una parcela se parte o se desmembró quien DEBERA dar la autorización
para tal efecto.

Deberá ser revisada y autorizada por la municipalidad a


cuya jurisdicción pertenezca el inmueble.

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala


Extensión Escuintla
DERECHO CIVIL II
IV SEMESTRE SECCION “A y B”
DECRETO LEY 82-84 Ley Reguladora del procedimiento de localización y desmembración de
derechos sobre inmuebles pro indiviso.

LABORATORIO No. 4
1. Estructure su ley.

a) número de Decreto
Decreto No. 82-84
b) Nombre de la Ley
Ley Reguladora del procedimiento de localización y
desmembración de derechos sobre inmuebles pro
indiviso.
c) número de Artículos
Contiene 16 artículos
d) Numero libros, títulos y capítulos
No contiene títulos, libros ni capítulos
e) Vigencia de la Ley

30 de julio de 1984

2. Porque la presente ley es un Decreto Ley?

Una norma con rango de ley con el fin que el sujeto

pueda en cualquier momento desmembrar sus

territorios, propiedades.

3. Quien tiene derecho a solicitar la división de un inmueble?

El mismo copropietario que este sujeto a división de

dicho terreno propiedad etc.

4. Por qué vía se tramite el presente proceso y ante quién?

Podrá solicitar en la vía voluntaria la desmembración

ante el Juez de Primera Instancia del Ramo Civil.

5. Pueden o dos o mas condueños pedir la desmembración en el mismo trámite?

La gestión deberá realizarse conjuntamente por todos

los titulares de ese derecho

6. Si existiere un pacto de indivisión procede la desmembración?

No serán aplicables las normas de la presente ley,

cuando la indivisión provenga de disposición legal, o

cuando exista pacto expreso de los condóminos, en el

sentido de conservar la indivisión.


7. Que se requiere para que procesa el tramite de la desmembración?

A. Que el área que se pretende desmembrar, esté


cercada o que se localice conforme a los planos y
documentos que acrediten el derecho de copropiedad
del interesado, o que se identifique mediante los demás
elementos legales de prueba que se aporten; y
B. Que se notifique a los colindantes de la fracción
objeto de la localización y desmembración,
concediéndoles audiencia por el término de quince días
para que expresen su inconformidad si existiere; para
este efecto, el interesado deberá indicar el lugar en el
cual han de ser notificados.
8. Que requisitos debe contener la solicitud?

a- La descripción precisa y concreta de la fracción de

terreno que se pretenda localizar y desmembrar,

indicándose el lugar, aldea, municipio y departamento

a que pertenezca;

b- Relación de los antecedentes de los respectivos

derechos sobre la porción;

c- Extensión territorial en medidas métricas;

d- Nombres de los colindantes y las medidas lineales;

e- Identificación de la finca matriz con los números que

aparezca inscrita en el Registro de la Propiedad

Inmueble; y,

f- Proposición de dos testigos que pueden ser

copropietarios de la finca objeto de la localización y

desmembración de los derechos, o bien propietarios de


algún inmueble situado en la misma jurisdicción

municipal que el proindiviso, quienes además de

identificar la respectiva fracción, deberán indicar que el

solicitante o su causante, ha sido considerado poseedor

de la porción de inmueble a que se refieren las

diligencias, durante los últimos cinco años.

9. En que casos NO procede la desmembración?

No procederá la desmembración, cuando los derechos

del interesado tengan menos de cinco años de estar

inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad,

salvo que provenga de una sucesión hereditaria

10. Dentro del proceso se produce la prueba reina del reconocimiento judicial, cual

será el objetivo?

El Juez previo a dictar el auto respectivo, ordenará que

se practique reconocimiento judicial sobre la fracción

correspondiente.

11. Cual es el plazo que se corre a la PGN para que omita opinión al respecto del

trámite?

Previa audiencia al Ministerio Público por ocho días, el

Juez que corresponda resolverá ordenando la

desmembración solicitada con la extensión

12. Que se debe de acompañar al Registro de la Propiedad al momento de la

inscripción de la nueva finca?


En el mismo auto que resuelva las diligencias, el Juez

ordenará compulsar aviso a la Matrícula Fiscal, para

que se proceda a inscribir a una nueva finca o bien que

se le consignen los datos complementarios si ya

estuviere declarada.

13. Si alguien no está de acuerdo en la desmembración cual es la vía de la oposición y

cuál es el plazo para interponerla?

El Juez suspenderá el trámite y en providencia

dispondrá que las partes acudan a la vía ordinaria,

dentro del término de quince días

14. Una vez realizada la desmembración ya inscrita, cual es el plazo para el reclamo de

algún otro derecho del cual hubiere alguna inconformidad?

Prescribe por el transcurso de cinco años, contados a

partir de la fecha de la inscripción en el Registro de la

Propiedad respectivo, de la desmembración ordenada.

15. Cuales son los dos procedimientos opcionales que enmarca la presente ley.

Podrán optar por el trámite que establece la presente

ley o por el previsto en el Código Procesal Civil y

Mercantil, para la división de la cosa común.

EXTENSION ESCUINTLA
DERECHO CIVIL II
IV SEMESTRE SECCION “A y B”
DECRETO 49-79 Ley de Titulación Supletoria
LABORATORIO No. 5
1. Estructure su ley.

a) número de Decreto
Decreto No. 49-79
b) Nombre de la Ley
Ley de titulación supletoria
c) número de Artículos
Contiene 20 artículos
d) Numero libros, títulos y capítulos
Título I Disposiciones transitorias y derogatorias
e) Vigencia de la Ley

21 de Agosto de 1979

2. Cuál es el espíritu de la presente ley.

Se encontraran los distintos trámites resoluciones

prescriptivas reguladas en esta ley especial para dar

una aceptación y el otorgamiento que da una autoridad

judicial para fundamental el derecho de propiedad.

3. Explique que entiende del considerando tercero de la presente ley.

Que usucapión es por hoy reconocida en nuestra

legislación guatemalteca y está regulada en nuestro

código civil ya que es una manera de adquirir bienes en

un plazo distinto pero definido

4. Quien puede iniciar un proceso de titulación supletoria.

El poseedor de bienes inmuebles que carezca de título

inscribible en el Registro de la Propiedad.

5. Ante quien se tramite el presente proceso.

Podrá solicitar su titulación supletoria ante un Juez de

Primera Instancia del Ramo Civil.


6. Cual es término de tiempo o plazo que marca la ley para iniciar el trámite del proceso de titulación

supletoria.

Durante un período no menor de diez años

7. Que regulan los artículos 618 y 633 del código civil y el 123 de la Constitución Política de la

república de Guatemala.

Art.618 El poseedor de un bien puede transmitirle a un

sucesor dicho bien para que ambas posesiones tengan

los requisitos legales.

Art 633. El poseedor de bienes inmuebles podrá

solici9tar su titulación supletoria a fin de ser inscrita en

el registro de propiedad.

Art. 123 CPRG. Solamente los guatemalteco de origen

o las sociedades también que sean nacionales de la

franjas territoriales de las fronteras guatemaltecas con

sus respectivas distancias dictadas en esta ley.

8. En qué casos es prohibida la titulación supletoria.

a) Bienes inmuebles mayores de 45.125 Ha. (una

caballería);

b) Bienes inmuebles situados en la Franja Transversal

del Norte y cualquiera de las zonas de desarrollo

agrario a que se refiere el Decreto 60-70 del Congreso.

Conforme sus reglamentos y normas privativas, el

Instituto Nacional de Transformación Agraria resolverá

el otorgamiento de títulos en las áreas a que se refiere


este literal. Se exceptúan de esta disposición las

fracciones no mayores de cinco mil metros cuadrados

que se encuentren comprendidas dentro de los límites

urbanos de una población, siempre que no afecten las

zonas de desarrollo agrario;

c) Bienes inmuebles situados dentro de las reservas del

Estado; y

d) Los excesos de las propiedades rústicas o urbanas.

9. Que requisitos esenciales debe contener la solicitud para iniciar el trámite de titulación supletoria.

a) Descripción del inmueble indicándose nombre y

dirección, si la tuviere, ubicación con indicación de

aldea, municipio o departamento, su extensión, así

como su condición de rústico o urbano;

b) Nombres y apellidos de los colindantes actuales,

especificando los linderos y medidas lineales;

servidumbres activas y pasivas, edificaciones, cultivos

y cualquier otro detalle que lo haga perfectamente

determinable;

c) Nombres y apellidos de las personas de quien se

adquirió la posesión, fecha y modo de la adquisición,

acompañando los documentos que la justifiquen, de

haberlos;
d) Tiempo que el solicitante y sus antecesores han

poseído el inmueble y declaración acerca de si sobre el

mismo ha existido litigio, limitaciones o cuestión

pendiente, así como que éste no está inscrito en el

Registro de la Propiedad;

e) Proposición de experto medidor, que puede ser

empírico o profesional colegiado;

f) Indicación de si el inmueble tiene o no matrícula

fiscal y valor estimativo real del bien a titular; y

g) Proposición de dos testigos que sean vecinos y

propietarios de bienes raíces en la jurisdicción

municipal donde esté situado el inmueble.

10. Que deberá contener el informe de la Municipalidad donde se encuentre adscrito el inmueble

objeto de la titulación supletoria.

a) Existencia real del inmueble y su identificación

precisa, acreditada con inspección ocular practicada por

el propio alcalde. En el acta de la inspección ocular se

hará constar: la extensión, linderos y colindantes; las

edificaciones y cultivos; la naturaleza rústica o urbana;

el nombre o dirección del inmueble; aldea, cantón,

lugar o paraje de la jurisdicción donde esté ubicado;


b) Si en la jurisdicción municipal, el solicitante es

reputado dueño del inmueble y desde cuándo se le

tiene como tal;

c) Si el solicitante paga arbitrios o contribuciones

municipales por el inmueble y desde cuándo; d) Si los

testigos propuestos llenan los requisitos que esta ley

establece; y

e) Cualquier otra circunstancia o dato relativo al

inmueble.

11. En que plazo DEBE enviar el Secretario Municipal el informe al Juez de Primera Instancia donde se

radico el proceso de titulación supletoria

Las personas que aparecieren con interés en el

inmueble, se publique en el Diario Oficial, por tres

veces durante un mes, edictos que contengan los

nombres y apellidos del solicitante y la identificación

precisa del inmueble

12. Que sucede si alguien se considera afectada con el presente proceso.

Podrá presentarse ante el Tribunal, oponiéndose. En

este caso, el juez suspenderá el trámite y poniendo

razón en autos dispondrá que las partes acudan a la vía

ordinaria en un término de treinta días.

13. Que sucede si una persona pretende titular un inmueble que ya se encuentra inscrito en el Registro

de la Propiedad Inmueble o simplemente que esté prohibido titular.


Incurrirá en el delito de falsedad ideológica que

establece el Código Penal.

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