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Derecho Comercial y Laboral

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Análisis de caso simulado: La Maternidad

Ingrid Johana Martínez Alarcón,


Oscar Javier Amaya Pineda,
Angie Viviana Martinez
Agosto 2020.

Fundación Universitaria del Área Andina.


Administración de Empresas.
Derecho Comercial y Laboral
1

Objetivo de Aprendizaje

Analizar y comprender la temática sobre la protección a la maternidad.


identificar el principio de estabilidad laboral reforzada a favor de las mujeres trabajadoras
en estado de gravidez
aplicar conocimientos estudiados respecto a la jornada laboral, prestación de servicios,
licencias de maternidad, la prohibición de despido, y el descanso remunerado durante a la
lactancia.
TALLER

Caso Práctico

La ciudadana Valeria Tovar Forero, el 1 de agosto de 2015 firmó un contrato laboral con
el Hospital Local de Colombia E.S.E. para desempeñarse como enfermera, devengando
un salario de un millón de pesos ($1.000.000 M/Cte.), contrato que tenía como fecha de
vencimiento el treinta y uno (31) de diciembre de 2015. El primero (1) de enero de 2016,
la peticionaria suscribió un nuevo contrato laboral con el mencionado Hospital por el
término de un (1) mes, es decir, finalizaba el treinta y uno (31) de enero de 2016. Afirma
la actora que, después del vencimiento del contrato reseñado en el numeral anterior,
siguió prestando sus servicios al Hospital Local de Colombia E.S.E. “por renovación
tácita”. El veinte (20) de febrero, tuvo conocimiento de su estado de embarazo el cual
notificó verbalmente a la Gerente del Hospital. El cinco (5) de marzo de 2016 se le
informó por parte del Hospital que su contrato de trabajo vencía ese día, es decir, el cinco
(5) de marzo de 2016, por lo cual quedaría desvinculada a partir de esa fecha. Para este
momento, la accionante contaba con nueve (9) semanas de gestación según exámenes
médicos de la misma fecha.

De acuerdo con el anterior caso, resuelva las siguientes preguntas:


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1.¿La señora Valeria Tovar Forero tiene derecho al principio de estabilidad laboral

reforzada, explique su respuesta?

Respuesta:
La estabilidad laboral reforzada ampara a las mujeres en estado de embarazo y en estado
de lactancia, ya que la estabilidad laboral reforzada por la maternidad es una protección
de la constitución y por ello es deber del empleador y de las autoridades administrativas y
judiciales proteger a las mujeres embarazadas y en estado de lactancia. Sobre la
protección a la maternidad de aquellas personas vinculadas mediante contratos de
prestación de servicios o término fijo, la Corte precisó que la estabilidad laboral
reforzada se predica para todos los contratos sin importar su naturaleza, sin importar si el
empleador o contratante es del sector público o privado.
Podemos concluir que la Corte Constitucional afirmó que el ordenamiento jurídico
colombiano, ha desarrollado medidas para impedir la discriminación de la mujer en
estado de embarazo o lactancia, ya que estas medidas buscan otorgarles herramientas
para la protección de su derecho a la estabilidad laboral reforzada para asegurar los
ingresos económicos que les garanticen condiciones de vida dignas a las madres cabeza
de hogar y al que está por nacer o recién ha nacido para así poder tener una vida digna y
hacer que se respeten sus derechos.

2.) ¿Es procedente la renovación del contrato de la señora Valeria Tovar Forero, para el
desempeño de un cargo igual o superior al que venía desempeñando cuando se produjo la
terminación del contrato de prestación de servicios?

Respuesta:

Es obligatorio para el empleador renovar el contrato de trabajo de la señora Valeria


Tovar Forero ya que se encuentra en estado de embarazo además en el caso de las
trabajadoras en periodo de gestación o estado de lactancia, el empleador está obligado a
renovar el contrato de trabajo ya se ha a término fijo o prestación de servicios, esta ha
sido la posición histórica de la Corte constitucional. Podemos adicionar que el empleador
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tendrá que postergar elcontrato durante el periodo de lactancia y cuando termine el


contrato se deberá dar finalizado el contrato o renovarlo y en caso de que este quiera
despedirla durante el periodo de embarazo tendrá que comunicarse con el ministerio de
trabajo.
Cuando el empleador conoce el estado de gestación de la trabajadora se establecen
alternativas ya que, si se desvincula antes del vencimiento del contrato sin la autorización
correspondiente, el despido es ineficaz y se debe reintegrar y pagar todo lo que dejo de
recibir en ese periodo y se le debe aplicar la protección laboral.

3.) Realice la liquidación de prestaciones sociales (prima de servicios, cesantías e


intereses de cesantías) a las cuales tiene derecho la señora Valeria Tovar Forero.
Teniendo en cuenta que la fecha de terminación del contrato es el cinco (5) de marzo de
2016 y la fecha probable del parto es el seis (6) octubre de 2016.

Para dar respuesta a esta pregunta debe utilizar las fórmulas de liquidación de prima de
servicios, cesantías e intereses de cesantías que están en el eje 2º del módulo.

Respuesta:

● Formula Prima Servicio

prima de servicio =salario promedio de semestre * 180 días


360

● Fórmula Cesantías

Cesantías =salario base* # días laborables


360
4

● Formula Interés de Cesantías

Cesantías =salario base* # días laborales


360

4.) ¿Es viable ordenar al Hospital Local Colombia E.S.E el pago de las cotizaciones
respectivas a seguridad social, después de la cesación del contrato, durante el periodo de
gestación?, ¿Justifique la respuesta?

Respuesta: sí, ya que según el 1º de la Ley 1822 de 2017 la trabajadora debe contar
con sus prestaciones sociales aseguradas durante todo el tiempo de gestación y licencia,
ya que es un derecho

5.) ¿La señora Valeria Tovar Forero tiene derecho a la licencia de maternidad
remunerada?, ¿Justifique la respuesta?

Respuesta: Sí, ya que la Constitución, la ley y la jurisprudencia de la Corte


Constitucional han reforzado el principio de estabilidad laboral para la trabajadora en
estado de embarazo y después del parto en el período de lactancia. Lo que permite dar
continuidad a su contrato laboral teniendo como beneficio la licencia de maternidad y su
salario y prestaciones sociales garantizadas.
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6.) ¿Es viable la indemnización por despido sin justa causa?

Respuesta: No, ya que ella no puede ser desvinculada, ya que se encuentra en estado de
embarazo y lo que se busca es garantizar el derecho a la salud y el bienestar de la madre
gestante.
CONCLUSIONES

A partir de la lectura de legislación laboral del eje 4, la ley 1822 y 1823 de 2017 y la

sentencia del 28 de marzo de 2017 de la Corte Suprema de Justicia y de nuestros

conocimientos previos fue posible adquirir práctica a los procesos de análisis y estudio

del caso expuesto del Hospital local de la Gran Colombia E.S.E.

● De acuerdo a las leyes de 1822 y 1823 de 2017 y de la sentencia del 2017 se

tienen unos derechos y deberes los cuales nos rigen de proceder en nuestras

labores.

● Este análisis es esencial en la vida profesional, laboral y personal para conocer y

defender los derechos de los trabajadores.

● Es de gran importancia para nosotros conocer los derechos de las trabajadoras en

estado de gestación para poder evitar atropellos e injusticias futuras.

Es importante tener conocimiento de cuáles son los tipos de vinculaciones laborales


existentes, cuales son los derechos y deberes del empleador y el empleado.
6

Ademas de tener claridad en que situaciones se puede realizar la terminacion de un


contrato y a que conlleva dicho suceso.

BIBLIOGRAFIA.

Lectura del referente del pensamiento del eje # 2 y paginas consultadas

● https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/laboral-y-seguridad-social/

estabilidad-laboral-reforzada-de-embarazadas-y

● https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=78833

● http://www.icef.com.co/index.php/component/k2/item/2573-ley-1823-empresas-

deben-adoptar-salas-amigas-de-la-familia-lactante

● https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/INEC/

IGUB/ley-1823-2017.pdf

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