Derecho Comercial y Laboral
Derecho Comercial y Laboral
Derecho Comercial y Laboral
Objetivo de Aprendizaje
Caso Práctico
La ciudadana Valeria Tovar Forero, el 1 de agosto de 2015 firmó un contrato laboral con
el Hospital Local de Colombia E.S.E. para desempeñarse como enfermera, devengando
un salario de un millón de pesos ($1.000.000 M/Cte.), contrato que tenía como fecha de
vencimiento el treinta y uno (31) de diciembre de 2015. El primero (1) de enero de 2016,
la peticionaria suscribió un nuevo contrato laboral con el mencionado Hospital por el
término de un (1) mes, es decir, finalizaba el treinta y uno (31) de enero de 2016. Afirma
la actora que, después del vencimiento del contrato reseñado en el numeral anterior,
siguió prestando sus servicios al Hospital Local de Colombia E.S.E. “por renovación
tácita”. El veinte (20) de febrero, tuvo conocimiento de su estado de embarazo el cual
notificó verbalmente a la Gerente del Hospital. El cinco (5) de marzo de 2016 se le
informó por parte del Hospital que su contrato de trabajo vencía ese día, es decir, el cinco
(5) de marzo de 2016, por lo cual quedaría desvinculada a partir de esa fecha. Para este
momento, la accionante contaba con nueve (9) semanas de gestación según exámenes
médicos de la misma fecha.
1.¿La señora Valeria Tovar Forero tiene derecho al principio de estabilidad laboral
Respuesta:
La estabilidad laboral reforzada ampara a las mujeres en estado de embarazo y en estado
de lactancia, ya que la estabilidad laboral reforzada por la maternidad es una protección
de la constitución y por ello es deber del empleador y de las autoridades administrativas y
judiciales proteger a las mujeres embarazadas y en estado de lactancia. Sobre la
protección a la maternidad de aquellas personas vinculadas mediante contratos de
prestación de servicios o término fijo, la Corte precisó que la estabilidad laboral
reforzada se predica para todos los contratos sin importar su naturaleza, sin importar si el
empleador o contratante es del sector público o privado.
Podemos concluir que la Corte Constitucional afirmó que el ordenamiento jurídico
colombiano, ha desarrollado medidas para impedir la discriminación de la mujer en
estado de embarazo o lactancia, ya que estas medidas buscan otorgarles herramientas
para la protección de su derecho a la estabilidad laboral reforzada para asegurar los
ingresos económicos que les garanticen condiciones de vida dignas a las madres cabeza
de hogar y al que está por nacer o recién ha nacido para así poder tener una vida digna y
hacer que se respeten sus derechos.
2.) ¿Es procedente la renovación del contrato de la señora Valeria Tovar Forero, para el
desempeño de un cargo igual o superior al que venía desempeñando cuando se produjo la
terminación del contrato de prestación de servicios?
Respuesta:
Para dar respuesta a esta pregunta debe utilizar las fórmulas de liquidación de prima de
servicios, cesantías e intereses de cesantías que están en el eje 2º del módulo.
Respuesta:
● Fórmula Cesantías
4.) ¿Es viable ordenar al Hospital Local Colombia E.S.E el pago de las cotizaciones
respectivas a seguridad social, después de la cesación del contrato, durante el periodo de
gestación?, ¿Justifique la respuesta?
Respuesta: sí, ya que según el 1º de la Ley 1822 de 2017 la trabajadora debe contar
con sus prestaciones sociales aseguradas durante todo el tiempo de gestación y licencia,
ya que es un derecho
5.) ¿La señora Valeria Tovar Forero tiene derecho a la licencia de maternidad
remunerada?, ¿Justifique la respuesta?
Respuesta: No, ya que ella no puede ser desvinculada, ya que se encuentra en estado de
embarazo y lo que se busca es garantizar el derecho a la salud y el bienestar de la madre
gestante.
CONCLUSIONES
A partir de la lectura de legislación laboral del eje 4, la ley 1822 y 1823 de 2017 y la
conocimientos previos fue posible adquirir práctica a los procesos de análisis y estudio
tienen unos derechos y deberes los cuales nos rigen de proceder en nuestras
labores.
BIBLIOGRAFIA.
● https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/laboral-y-seguridad-social/
estabilidad-laboral-reforzada-de-embarazadas-y
● https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=78833
● http://www.icef.com.co/index.php/component/k2/item/2573-ley-1823-empresas-
deben-adoptar-salas-amigas-de-la-familia-lactante
● https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/INEC/
IGUB/ley-1823-2017.pdf