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SM - AS Módulo 3

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SEMINARIO MALVINAS – ATLÁNTICO SUR

MÓDULO
3
PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE 1774 - 1831

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FUNDAMENTACIÓN
El Reino Unido de Gran Bretaña y la Argentina firmaron en 1825 un Tratado de Amistad, Comercio y Navegación sin reserva en cuanto
a la soberanía de las Islas Malvinas.

Con el decreto del 10 de junio de 1829, Argentina manifiesta con claridad su posición respecto al archipiélago, pero la carta de
Beckington junto a la comunicación de Langdon con el Foreign Office provocarían un giro en los acontecimientos.

Objetivos

• Conocer los sucesos que se produjeron como antecedentes a la usurpación de las Islas Malvinas.

• Analizar los sucesos que se produjeron como antecedentes a la usurpación de las Islas Malvinas

Problemática: ¿Qué sucesos se produjeron entre 1774 y 1831 que sentarían las bases de la usurpación de las Islas?

Bibliografía obligatoria:

Del Carril, B (1986). La cuestión de las Malvinas. Buenos Aires. Hyspamérica. (pp.27-38).

Gamba, V (1984). El Peón de la Reina, Buenos Aires, Editorial Sudamericana. (pp. 38-46).

Quellet, R (2012). Geopolítica de las Islas Malvinas. Buenos Aires. Universidad Maimónides. (pp.51-58).

Romero, A (compilador) (2010). La cuestión Malvinas en el marco del Bicentenario, Buenos Aires. Ediciones del
Observatorio Parlamentario Cuestión Malvinas/Honorable Cámara de Diputados de la Nación/Biblioteca del Congreso de la
Nación. Disponible en: http://alfredoatanasof.com.ar/link-libro/la-cuestión-malvinas- (completo).

Tondini, B (2007). Islas Malvinas, su Historia, la Guerra, la Economía y los Aspectos Jurídicos su vinculación con el derecho
humanitario. Biblioteca Virtual de derecho, Economía y Ciencias Sociales. Disponible en:
http://www.uemed.net/libros/2007b/278 (pp.14-19).

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¿Qué sucedió en el período 1774 - 1831?

Vuelta España a señorear sola desde 1774 las Islas Malvinas, ejerció su soberanía pacífica, continuada, física y
administrativamente, hasta la revolución del
25 de Mayo de 1810, en que se inició el proceso de independencia en el Virreinato
del Río de la Plata. En ese período, a partir del primero designado, capitán Felipe
Ruiz Puente, se sucedieron diecinueve gobernadores españoles, sin
inconvenientes, sin dificultad, y sin reclamación alguna por parte de cualquier potencia. En el antiguo Puerto Luis de la Malvina
Este, llamado ahora Fuerte de la
Soledad, residió permanentemente un gobernador político y militar, que actuaba bajo la dependencia de las autoridades de Buenos
Aires.
Producida en 1810 la Revolución, las Islas Malvinas continuaron formando parte de Buenos Aires, Así fue interpretado por la Primera
Junta Gubernativa, que en fecha 30 de mayo cursó un oficio firmado por su presidente, Corlenio de Saavedra, y por el secretario Juan
José Paso, remitiendo a los ministros generales de Real Hacienda una documentación necesaria para sustanciar un pedido de pago
de emolumentos efectuado por el ex gobernador español de las Malvinas, teniente de navío Gerardo Bordas. Claramente revela esto
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la continuidad entre el Estado español y la Revolución . Posteriormente, algunos buques argentinos viajaron a las Islas, y el 6 de
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noviembre de 1820, en nombre del Gobierno de Buenos Aires, el teniente coronel de marina David Jewitt , al mando de la fragata Heroína,
retomó física y formalmente la posesión de las Islas para el Gobierno argentino. Esto fue hecho público mediante una circular, sin que
diera lugar a reclamación o queja alguna.
A ello sucedieron una serie de medidas administrativas: concesiones, la designación en 1823 de Pablo Areguatí como comandante
de las Islas y otras, hasta llegar al 10 de junio de 1829, fecha en que el Gobierno de Buenos Aires dictó el siguiente decreto:
Cuando por la gloriosa revolución del 25 de Mayo de 1810 se separaron estas Provincias de la dominación de la Metrópoli, la España
tenía una posesión material de las Islas Malvinas, y de todas las demás que rodean al cabo de Hornos, incluso la que se conoce bajo de
denominación de Tierra del Fuego, hallándose justificada aquella posesión por el derecho del primer ocupante, por el consentimiento de
las principales potencias marítimas de Europa y por la adyacencia de estas islas al Continente que formaba el Virreinato de Buenos
Aires, de cuyo Gobierno dependían. Por esta razón, habiendo entrado el Gobierno de la República en sucesión de todos los derechos
que tenía sobre estas Provincias la antigua Metrópoli y de que gozaban sus virreyes, ha seguido ejerciendo actos de dominio en
dichas Islas, sus puertos y costas, a pesar de que las circunstancias no han permitido hasta ahora dar aquella parte del territorio de la
República, la atención y cuidados que su importancia exige; pero siendo necesario no demorar por más tiempo las medidas que pueden
poner a cubierto los derechos de la República, haciéndole al mismo tiempo gozar de las ventajas que puedan dar los productos de aquellas
Islas, y asegurando la protección debida de su población, el Gobierno ha acordado y decreta:
Artículo 1°: Las Islas Malvinas y las adyacentes al cabo Hornos, en el mar Atlántico, serán regidas por un Comandante Político
y Militar, nombrado inmediatamente por el Gobierno de la República.
Artículo 2°: La residencia del Comandante Político y Militar hará será en la isla Soledad, y en ella se establecerá una batería, bajo el
pabellón de la República.
Artículo 3°: El Comandante Político y Militar hará observar por la población de dichas Islas las leyes de la República, y cuidará
sus costas de la ejecución de los reglamentos sobre pesca de anfibios.
Artículo 4°: Comuníquese y publíquese.

Rodriguez,
Salvador María del Carril

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Se ha transcrito íntegramente este decreto, porque en él, con toda claridad, se reseñan los títulos y la
posición de la República Argentina respecto a las Islas. Sucesora de España, le correspondía lo que era
de aquélla, y tomaba medidas para cuidar de sus posesiones.
Como se ha señalado, hasta entonces la Gran Bretaña había guardado un permanente silencio
respecto a las Malvinas. En 1825 había concertado con el nuevo Estado un Tratado de Amistad,
Comercio y Navegación, sin reserva en cuanto a la soberanía de las Islas. Todo parecía calmo y
sin problemas. Sin embargo, el citado decreto dio lugar a objeciones por parte del encargado de negocios
británico en Buenos Aires, Woodbine Parish, quien remitió al Gobierno de Buenos Aires una nota
exponiéndolas.
Cabe aquí preguntar qué es lo que había motivado esa nueva actitud británica.
¿Por qué ese cambio? La respuesta se encuentra en la parte pertinente del acta de la 1552ª Sesión de
la IV Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas,
de fecha 9 de noviembre de 1965. En esa oportunidad, el representante especial
argentino, doctor Bonifacio del Carril, expresó:
“En agosto de 1829 el Foreign Office dirigió una nota oficial al Encargado de Negocios en Buenos
Aires, en la que se decía, entre otras cosas, que dándose cuenta de la importancia creciente de las Islas
(Malvinas) para sus relaciones con los diversos Estados sudamericanos, y de su extenso comercio
en el océano Pacífico, el Gobierno del Reino Unido estimaba altamente deseable la posesión de algún
punto seguro donde sus buques pudieran abastecerse, y si era necesario carenarse; y en la posibilidad de
que el Reino Unido se hallara empeñado en una guerra con el Hemisferio Occidental, tal estación sería
casi indispensable para poder proseguirla con éxito”.
Las Malvinas constituían un punto estratégico. Servirían, asimismo, de base de aprovisionamiento para
los barcos provenientes de Australia, y el Pacífico meridional. Tenían, además, ricos recursos
pesqueros. Todo ello motivó el cambio de actitud, el reclamo y la fundamentación de supuestos títulos
a la soberanía de las Islas que argumentó Woodbine Parish en su nota citada.

Era, debe recordarse, la época del equilibrio político, del afán expansionista, en que sólo el propio
poder garantizaba la integridad territorial; especialmente, en las regiones periféricas de Europa.

Este reclamo preparó las bases para una acción que se desarrolló algo menos de cuatro años
después.
Tres años después de la acción de Jewitt, el Gobierno de Buenos Aires nombró un gobernador de
las Islas, e hizo dos concesiones de tierra de pastoreo y derechos de pesca. Uno de esos
concesionarios fue Louis Vernet, sobre cuya nacionalidad y ciudadanía no se tiene ninguna seguridad.
Se creía que era francés de nacimiento. Había vivido durante cierto tiempo en la ciudad de Hamburgo,
y en
1820 se encontraba en Buenos Aires. Parish lo conoció en 1829. Dijo de él que era
“una persona muy inteligente”; y por cierto que, teniendo en cuenta lo que aseguró de las Malvinas- dijo
el Cónsul General británico-, es evidente que tenía una cabal y aguda comprensión de las posibilidades
comerciales y de producción de las Islas.
En el momento de la entrevista con Parish, Vernet ya había pasado tres inviernos en las
Malvinas. Creía que las tierras de pastoreo de las Islas podían sustentar grandes rebaños de ovejas y
manadas de ganado en general.

Estimaba que las manadas de ganado serían descendientes de los animales llevados allá por colonos
españoles (entre 15.000 y 20.000 cabezas). Había también buenos yacimientos de turba, de manera que
el combustible estaba asegurando. Las Islas contaban, asimismo, con abundantes aguadas. En la isla
Staten se podían obtener materiales para construcciones. Vernet comprobó que crecían bien las
papas y otros vegetales; y aunque no lo había intentado aún en 1829, confiaba en que podían
cultivarse cereales.
Creía que si se establecía en las Islas alguna orden o gobierno que impidiera a los tripulantes de
barcos pesqueros cazar el ganado para aprovisionarse, y pescar con entera libertad en las costas de las
Islas, se podría obligar a las flotillas de barcos a entrar en los puertos que Vernet se proponía establecer
allá, para comprar provisiones y abastecerse.
También creía que si con la ayuda de algún Estado pudiera establecer la facultad de fiscalizar
las pesquerías de la costa, lograría en su condición de concesionario, obtener un beneficio sustancial de
las focas, ya fuera cazándolas directamente, ya acordando licencias a otros pescadores.
En 1829, el Gobierno de Buenos Aires nombró a Vernet gobernador de las Islas, con lo cual éste
sumaba a la autoridad económica la autoridad política. Vernet se lanzó a la empresa de colonizar las
Islas. Cuando Parish lo conoció, ya había reunido un cuerpo de colonos, y estaba a punto de
partir. El grupo de colonos estaba compuesto de diez hombres blancos ciudadanos de Buenos Aires,
diez marinos ingleses o norteamericanos, un hermano y un cuñado de Vernet, dieciocho negros
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contratados por diez años, doce muchachas negras y siete alemanes solteros. Había, además,
ocho familias de nacionalidad no expresada, pero probablemente ciudadanos de la Argentina; cuatro
familias y seis hombres solteros ingleses. Como el propio Vernet, los colonos no eran específica y
enteramente ciudadanos de una determinada nación. Pero legalmente los colonos obraban bajo la
protección del Estado, la Argentina, que más había hecho por afirmar su autoridad en las Islas.
Por aquel año, un hombre llamado Beckington escribió una larga e inteligente carta al Secretario del
Foreign Office, en la que apremiaba al Gobierno para que se estableciera una colonia británica en las
Islas. Creía que las Malvinas eran de muy grande importancia para fortalecer el poder naval británico, y
porque ofrecían una base que permitiría eliminar las actividades de corsarios y piratas, y facilitaría la
pesca de la ballena. Cuando Langdon escribió al Foreign Office dieciocho meses después, confirmó los
argumentos de Beckington, y agregó uno propio: la ventajosa posición de las Islas Malvinas para
acrecentar el tráfico marítimo australiano.
Poco después de recibir la carta de Beckington, Aberdeen se dirigió a Parish y le ordenó que
protestara ante el Gobierno de Buenos aires por las acciones “cumplidas sin referencia a la validez
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de las pretensiones que Su Majestad constantemente afirmó a la soberanía de las Islas ”. En noviembre,
Parish entregó una nota oficial de protesta al general Guido, ministro de Relaciones
Internacionales. En ese momento, la Argentina aún se debatía en guera civil, y el general Rosas acababa
de establecer su autoridad en la provincia de Buenos Aires. Guido no hizo sino acusar recibo de la nota,
y prometer que “el Gobierno dedicaría particular consideración a dicha nota y tendría la satisfacción
de comunicar qué cosa se hubiera resuelto, tan pronto como [el suscrito] recibiera órdenes de
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hacerlo ”.
El Gobierno del general Rosas nunca llegó a una resolución sobre este asunto. En 1830, el
Gobierno de Buenos Aires tenía muchas otras cosas en que pensar.

En noviembre de aquel año, el lugarteniente principal de Vernet, capitán Brisbane


(súbdito británico), apareció en Buenos Aires, donde publicó para que lo leyeran los capitanes
de barco, una orden del gobernador Vernet que prohibía cazar ganado en las Islas y cazar
focas en sus costas, sin la debida autorización. Parish se entrevistó con el capitán
Brisbane para advertirle que el Gobierno británico tenía pretensiones sobre las
Islas, que Vernet pusiera cuidado en no chocar con ningún súbdito de Su Majestad.
“El señor Brisbane me prometió- informó Parish- que tendría en cuenta mi
advertencia, y que en lo cierto era que la intención del aviso
era atraer a los barcos a Soledad para que se abastecieran ahí, antes que impedirles
su entrada, cosa que por falta de medios, no podrían realizar los de las Islas”.
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En verdad, ningún barco británico o tripulación británica encontró obstáculos en las
actividades de cualquier género que pudieran haber llevado a cabo en las Islas.

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