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Tax Free en Perú
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CODIGO: 201913135A
CUSCO – PERÚ
2023
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CONTABILIDAD HOTELERA
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Nota
• Se abonará en la tarjeta de débito o de crédito del turista cuyo número haya
sido consignado en su solicitud.
• La EC podrá cobrar al turista una comisión por el servicio.
Procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la EC
El turista puede utilizar el kiosco de autogestión o la aplicación móvil.
Kiosco de autogestión:
1. Ingresar el número de su documento de identidad.
3. Se muestran las Constancias “TAX FREE” emitidas a nombre del turista,
seleccionar los bienes que estén siendo llevados al exterior a su salida del país.
4. El sistema del kiosco asigna al turista un canal de control: rojo o verde.
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En todos los casos, los bienes siempre deben ser trasladados por él mismo turista
que las adquirió.
Aplicación Movíl:
1. Ingresar a la aplicación móvil, escanear el código QR de corresponder y
seguir las instrucciones que le muestre dicha aplicación.
2. Se muestran las Constancias “TAX FREE” emitidas a nombre del turista,
seleccionar los bienes que estén siendo llevados al exterior a su salida del
país, la aplicación móvil le asigna un canal de control, rojo o verde (tener
en cuenta lo dispuesto anteriormente).
3. Valida el número de la tarjeta de débito o de crédito del turista, en la que
se le abonará el importe del IGV a devolver, el aplicativo genera la solicitud
de devolución.
Dentro del plazo de cinco (5) días calendarios, contados a partir del día calendario
siguiente de registrada la solicitud, la EC abona en la tarjeta del turista el importe
correspondiente, descontando previamente la comisión que dicha entidad le
cobre por la prestación de este servicio.
La Entidad Colaboradora (EC)
• Es una P.J. domiciliada en el país que debe cumplir con determinadas
condiciones
• Mediante R.S. la SUNAT incorporará a la EC en el procedimiento de
devolución del IGV a turistas.
• Se exigirá como una de las condiciones experiencia en la devolución de
impuestos a turistas.
• Cumplir sus obligaciones con SUNAT, EA y turistas.
• La EC podrá dejar de tener dicha condición voluntaria y por
incumplimiento.
La EC deberá presentar ante la SUNAT una liquidación en los plazos establecidos,
a efectos de poder dar cumplimiento al control de la devolución del IGV.
Reembolso a la Entidad Colaboradora (EC)
• Debe presentar el Formulario Virtual N.° 1649 - Solicitud de devolución, a
través de SUNAT Virtual, utilizando la clave SOL. A la solicitud de
reembolso se adjunta la liquidación un archivo Excel de hasta veinte (20)
MB de tamaño.
• El sistema genera de manera automática una constancia de presentación.
• La entidad colaboradora puede presentar la solicitud de reembolso hasta
en dos (2) oportunidades por mes. Si opta por esta, la segunda se presenta
luego de que hayan transcurrido, como mínimo, quince (15) días
calendarios de presentada la primera solicitud.
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