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Derecho - Sociedades Comerciales
Derecho - Sociedades Comerciales
Derecho - Sociedades Comerciales
Respuestas
1.a. Define sociedad comercial.
Una sociedad comercial es la figura jurídica que surge cuando dos o más personas se asocian para
aportar un capital y desarrollar una o varias actividades comerciales.
● La principal diferencia entre unas y otras es que las sociedades comerciales se deben
matricular en el Registro Mercantil, mientras que las sociedades civiles no tienen esta
posibilidad.
● En la sociedad Civil sólo se realizan balances para dar a conocer resultados entre sus
integrantes, pero los mismos no necesariamente se registran en el Consejo de Ciencias
Económicas
1. Dos o más personas que la forman: Es el requisito esencial para la vida de una
sociedad y también característica que la diferencia de la empresa unipersonal. La sociedad
nace con el contrato social, y por medio del mismo se exterioriza el acuerdo entre los socios,
y se regulan derechos y obligaciones de los mismos.
2. Obligación de aportar: Es característica distintiva de la sociedad comercial, el
compromiso de realizar aportes de diversa naturaleza: efectivo, crédito, bienes, así como la
capacidad o idoneidad técnica necesaria para llevar adelante una determinada actividad.
Estos aportes posibilitan una gran afluencia de recursos, y a través de ellos las empresas
alcanzan una dimensión que con el aporte individual resultaría prácticamente imposible de
conseguir. Es la fuente de financiación inicial y a veces la más significativa.
3. Fin de lucro: Los aportes se destinan a la producción o intercambio de bienes y servicios
para lucrar con su enajenación, siendo el objetivo empresarial la maximización de los
beneficios, sin perjuicio de contentarse con márgenes de ganancias razonables. De allí el
desarrollo de la actividad económica, que es la característica del tipo de actividades que
hacen las empresas.
4. Constitución conforme a uno de los tipos legislados por la ley: La elección
de la naturaleza jurídica de la sociedad es un acto importante y que tiene proyección futura,
porque tendrá incidencia en el desenvolvimiento de la empresa. La elección del tipo más
adecuado, dentro de los contemplados por la norma legal, debe resultar de un profundo
estudio de factores: impositivos, financieros, tipo de actividad, dimensión económica que se
busca alcanzar, responsabilidad que desean asumir los socios, posibilidades de aporte de los
mismos.
5. Resultados: El desarrollo de actividad económica con la intención de obtener ganancias
conlleva riesgos, y por ello si bien los resultados serán habitualmente positivos, puede ocurrir
en algunos períodos que los mismo sean negativos. Para ello los socios deben convenir de
antemano, en el contrato social la forma de distribución o participación de las ganancias, y la
proporción de la participación de las pérdidas.
Requisitos
requisitos generales que se deben cumplir para constituir una sociedad comercial, que son:
1. Registro Mercantil: Pide en el Registro Mercantil una certificación negativa del nombre
de la sociedad. Este documento acredita que no existe otra sociedad con el mismo nombre.
2. Cuenta en un banco: Abre una cuenta en el banco a nombre de la sociedad, deposita el
capital social y pide al banco una certificación que acredite el depósito del dinero.
3. Redacta los estatutos sociales
4. Redacta un Pacto de Socios: El Pacto de Socios puede ser esencial para la viabilidad de
la sociedad en el futuro. Es un acuerdo privado entre los cofounders.
5. Escritura ante notario: Formalización ante notario de la Escritura Pública de
constitución de sociedad. Deberán asistir todos los socios personalmente o con un poder.
6. CIF e IAE: Obtén el CIF provisional, date de alta en el IAE y realiza la declaración
censal (modelo 036).
7. Inscripción en el Registro Mercantil: Inscribe la Escritura de Constitución de la sociedad
en el Registro Mercantil. El plazo es de 3 meses desde la fecha de constitución de la
sociedad.
8. Solicita el CIF definitivo: Una vez que la escritura está inscrita en el Registro Mercantil,
tendrás que acudir de nuevo a Hacienda y pedir el CIF definitivo.
El contrato de la sociedad comprende varias especies o tipos, que dependerán de las características
de la en que se encuadre la sociedad en formación, esta deberá encuadrarse en la estructura que
exige la ley 19.550 en su Art 1.
e. En que organismos públicos debe inscribirse el contrato de la sociedad comercial, enuncia los requisitos de
dicha inscripción.
El contrato constitutivo o modificatorio se inscribirá en el Registro Público de Comercio del domicilio
social, en el término y condiciones de los artículos 36 y 39 del Código de Comercio.
Si no se presenta la escritura constitutiva ante el Registro Público de Comercio dentro del término de
15 días a partir de su fecha, la sociedad es irregular, sin embargo, cualquier socio podrá demandar
en la vía sumaria el registro de la escritura constitutiva.
Requisitos
1- Denominación de la Sociedad: Indicar tres nombres posibles en orden de prioridad.
2.- Datos completos de los Socios: apellido y nombres, nacionalidad, estado civil, nupcias y nombre
del cónyuge, D.N.I. (incluir fotocopia), C.U.I.T. , domicilio real, fecha de nacimiento y profesión.
3.- Domicilio legal o sede de la Sociedad: (el que debe fijarse dentro de la jurisdicción de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires).
4.- Objeto social: Describir a qué actividad se dedicará la sociedad; el objeto debe ser único, preciso
y determinado y además debe estar relacionado con el capital social que se establecerá.
8.- Designación de Autoridades: En caso de las S.R.L. designar socio/s Gerente/s, y en las S.A.
designar Presidente y Director Suplente; tanto los gerentes como los miembros del directorio, esto
es, Presidente y Director Suplente, deben fijar domicilio especial en Capital Federal (generalmente en
la misma sede social).
la C, Es falso, aun cuando el contrato requiera mínimas formalidades debe hacerse por escrito (por
escritura pública o instrumento privado).