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Exp. 02344-2023-0-1706-JP-LA-01 - Resolución - 03409-2024
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RESOLUCION N° UNO
Chiclayo, cuatro de diciembre
Del año dos mil veintitrés. -
5. PRECISAR que el link de acceso a la Video Conferencia a través del APP Google
Hangouts Meet será proporcionado al momento de realizar las coordinaciones
previas (sin perjuicio que para acceder a la video conferencia se pueda utilizar
también el correo de enlace enviado a los abogados y/o las partes en el que en el
rubro “Información para unirse: Unirse con Google Meet” o “Unirse con Hangouts” está
el link para “Unirse a la video llamada” o también se puede utilizar el APP Google
Calendar en el que se visualizará la programación de la audiencia y podrá
accederse a través del link “unirse con googlemeets” o “unirse a hangouts”).
9. AUTORIZAR a las partes procesales que para los efectos de las coordinaciones
preliminares a la realización de la audiencia –de ser el caso- se comuniquen al
celular N° 946956209 de la Especialista de Audiencias, ARACELY FONSECA
LOPEZ – en el horario de lunes a viernes de 15:00 a 17:00- o a su correo institucional
aracelyfonsecalopez6@gmail.com, a efecto de verificar la factibilidad,
compatibilidad y evitar fallas en el inicio y desarrollo de la audiencia virtual, BAJO
APERCIBIMIENTO DE TENERSE POR BIEN REALIZADAS LAS
COORDINACIONES PARA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA e imputarle a
las partes procesales (ambas) la frustración de la audiencia; debiendo tenerse en
consideración el principio de buena fe y lealtad procesal.
10. REQUERIR a ambas partes procesales, sus abogados y apoderados que con el
propósito de poder efectuar adecuadamente el contacto virtual, UTILICEN EL
CORREO ELECTRÓNICO GMAIL.