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Actividad - Unidad 5

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ACTIVIDAD - UNIDAD V

Alumno: Benitez Kevin Omar.


Universidad: Universidad Catolica de Salta.
Carrera: Abogacia.
Materia: Derecho Privado Parte General.

A) Complete el cuadro especificando las diferencias entre la declaración de


incapacidad, la declaración de restricción de la capacidad y la inhabilitación.
Incapacidad Restricción de la Inhabilitación
capacidad
Causales posibles Adicción o Adicción o Quienes por la
alteración mental enfermedad mental prodigalidad en la
permanente o permanente o gestión de sus
prolongada de tal prolongada de bienes expongan a
grado que un suficiente gravedad, cónyuge, conviviente
individuo resulte que deje expuesta a o hijos menores o
inepto y la persona a realizar discapacitados. Toda
totalmente actos perjudiciales a persona que padece
imposibilitado su persona o a sus una alteración
para gobernar su bienes. funcional
persona o sus permanente o
bienes sin que ello prolongada.
pueda ser suplido
por los sistemas
de apoyo.
Legitimados para El insano, el El propio La acción solo
pedirla denunciante y el interesado, el corresponde al
Ministerio Pupilar. cónyuge, en tanto cónyuge, conviviente
no esté separado de y a los ascendientes
hecho, los parientes y descendientes.
consanguíneos
hasta el cuarto
grado y hasta el
segundo grado si es
por afinidad, el
ministerio público.
Régimen de Durante el Durante el proceso, La declaración de
protección proceso, el juez el juez debe ordenar inhabilitación
debe ordenar las las medidas importa la
medidas necesarias para designación de un
necesarias para garantizar los apoyo.
garantizar los derechos personales
derechos y patrimoniales de
personales y la persona. En tal
patrimoniales de caso, la decisión
la persona. En tal debe determinar
caso, la decisión qué actos requieren
debe determinar la asistencia de uno
qué actos o varios apoyos, y
requieren la cuales la
asistencia de uno representación de
o varios apoyos, y un curador. También
cuales la puede designar
representación de redes de apoyo y
un curador. personas que
También puede actúen con
designar redes de funciones
apoyo y personas específicas según el
que actúen con caso.
funciones
específicas según
el caso.
Qué actos puede La sentencia es la La sentencia es la Son capaces por
realizar por sí que determina la que determina la regla general, solo
mismo expansión y expansión y alcance pesan sobre ellos las
alcance de la de la restricción y restricciones
restricción y especificar las establecidas
especificar las funciones y actos expresamente en la
funciones y actos que se limitan en ley. Pueden
que se limitan en cada caso particular. administrar sus
cada caso Procurando que la bienes, pero no
particular. afectación de la disponer de los
Procurando que la autonomía personal mismos.
afectación de la sea la menor
autonomía posible.
personal sea la
menor posible.
Qué actos no Desempeñarse Desempeñarse El apoyo designado
puede realizar como tutor o como tutor o debe asistir al
sin asistencia curador. curador. inhabilitado.
Qué sucede si los Son nulos. Son nulos. Son nulos y nulidad
realiza es relativa.
B) Busque en el Código procesal de la provincia en la que usted se encuentra y
resuma las reglas del juicio de declaración de incapacidad (es posible que se llame
juicio de insania). Recuerde que los Códigos de fondo, sustanciales, como el Código
Civil y Comercial de la Nación son de carácter nacional, en cambio los códigos de
procedimiento, son provinciales. Los puede encontrar en internet fácilmente.

Código de Procesal Civil y Comercial de Misiones


ARTICULO 43.- Muerte o incapacidad.- Cuando la parte que actuare
personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobado el hecho, el juez o
tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante
legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuesto en el Artículo 53 Inciso 5.
ARTICULO 53. Inciso
5) Por muerte o incapacidad del poderdante. En tales casos el apoderado
continuará ejerciendo su personería hasta que los herederos o representante
legal tomen la intervención que les corresponda en el proceso, o venza el plazo
fijado en este mismo inciso. Mientras tanto, comprobado el deceso o la
incapacidad, el juez señalará un plazo para que los interesados concurran a estar
a derecho, citándolos directamente si se conocieran sus domicilios, o por edictos
durante dos (2) días consecutivos, si no fuesen conocidos, bajo apercibimiento
de continuar el juicio en rebeldía en el primer caso y de nombrarles defensor en
el segundo.

Cuando el deceso o la incapacidad hubieren llegado a conocimiento del


mandatario, éste deberá hacerlo presente al juez o tribunal dentro del plazo de
diez (10) días, bajo pena de perder el derecho a cobrar los honorarios que se
devengaren con posterioridad. En la misma sanción incurrirá el mandatario que
omita denunciar el nombre y domicilio de los herederos, o del representante
legal, si los conociere.

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