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SIE-GADPC-2023-15

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE INICIO DEL PROCESO No. SIE-GADPC-2023-15

LA MÁXIMA AUTORIDAD DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL


CANTÓN PEDRO CARBO

CONSIDERANDO:
QUE, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 288 establece que: “Las
compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad,
responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en
particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y
medianas unidades productivas”;
QUE, con fecha 4 de agosto de 2008, fue publicada en el registro Oficial Nº 395, y entró en
vigencia la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, derogando por
ende la codificación de la Ley de Contratación Pública; y en el segundo suplemento del
Registro Oficial de fecha 14 de octubre de 2013 se publicó la Ley Orgánica Reformatoria a
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, modificado el 16 de mayo
de 2023, la misma que establece los principios y normas para regular los procedimientos
de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y
prestación de servicios, incluidos los de consultoría que realicen, de conformidad a lo
dispuesto en el numeral 4 del artículo 1, entre otros, las entidades que integran el
régimen seccional autónomo;
QUE, el Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
(Decreto Ejecutivo No.1700, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 588 de
12 de mayo del 2009), actualizado con la reforma realizada a través de Decreto Ejecutivo
No. 458 de fecha 18 de junio de 2022 y última modificación el 17 de febrero del 2023;
QUE, el numeral 16 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública establece: “Máxima autoridad. - Quien ejerce administrativamente la
representación legal de la entidad u organismo contratante. Para efectos de esta Ley, en
los gobiernos autónomos descentralizados, la máxima autoridad será el ejecutivo de cada
uno de ellos”;
QUE, el artículo 47 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece. -
“Subastas Inversas. - Para la adquisición de bienes y servicios normalizados que no
consten en el catálogo electrónico, las entidades contratantes deberán realizar subasta
inversa en las cuales los proveedores de bienes y servicios equivalentes, pujan hacia la
baja el precio ofertado, en acto público o por medios electrónicos a través del portal de
COMPRAS PUBLICAS”;
QUE, el artículo 129 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública establece: “Se realizará cuando las entidades contratantes requieran
adquirir bienes y servicios normalizados cuya cuantía supere el monto equivalente al
0,0000002 del Presupuesto Inicial del Estado, y que no puedan contratar a través del
procedimiento de catálogo electrónico”;
QUE, mediante Acción de Personal Nro. 1739 de fecha 15 de mayo de 2023 suscrita por la Ing.
Sabrina Barrera Rodríguez en calidad de Analista de Talento Humano, se resuelve.- (...) De
conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 219 de la Constitución de la

Dirección:Av.9deOctubreyDaulePedro
Carbo - Guayas - EcuadorTeléfax:
2704-
124municipio@pedrocarbo.gob.ecwww.
pedrocarbo.gob.ec
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República del Ecuador y artículo 25 numeral 1 y 166 de la Ley Orgánica Electoral y de


Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia se otorga el
NOMBRAMIENTO AUTORIDAD NOMINADORA, de ALCALDE AL Sr. MSc. NERY JAVIER
JARAMILLO TOAPANTA. (...);
QUE, mediante Acción de Personal Nro. 1747 de fecha 15 de mayo de 2023 suscrita por la Abg.
Leonid Alex Arboleda Fabara en calidad de Jefe de Talento Humano (e), se resuelve.- (...)
El suscrito Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro
Carbo, en uso de sus deberes y atribuciones que le confiere la COOTAD , LOSEP y Orgánico
Funcional vigente.- ACUERDA OTORGAR el NOMBRAMIENTO LIBRE REMOCIÓN, de
DIRECTOR DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS GENERALES al Sr. MONTENEGRO
MORAN FREDDY LUIS.(...)

QUE, el artículo 6 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública prescribe.- “Delegación.- Son delegables todas las facultades
previstas para la máxima autoridad tanto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública como este Reglamento General, aun cuando no conste en dicha
normativa la facultad de delegación expresa. La resolución que la máxima autoridad emita
para el efecto determinará el contenido y alcance de la delegación.”;
QUE, el artículo 58 del Reglamento General de la LOSNCP, establece.- "Comisión Técnica.- La
máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, conformará una comisión
técnica para todos los procedimientos de contratación establecidos en la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública y en el presente Reglamento, incluidos los
procedimientos de régimen especial y procedimientos espaciales cuyo presupuesto
referencial sea igual o superior a multiplicar el coeficiente 0,000002 por el Presupuesto
Inicial del Estado del correspondiente ejercicio fiscal";

QUE, Mediante Memorando Nro. GADMCPC-ADM-2023-0907-M, de fecha 29 de agosto de


2023 suscrito por el Ing. Freddy Luis Montenegro Morán – DIRECTOR DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS GENERALES, donde indica textualmente: (…) El Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Carbo, es un organismo
administrativo público, autónomo en proceso de buscar el mejoramiento del Cantón, por
lo que me permito solicitar a usted la respectiva autorización para proceder a la
contratación del servicio que detallo a continuación: “Adquisición e instalación de línea
trifásica y mantenimiento del alumbrado eléctrico, para el polideportivo Municipal del
Cantón Pedro Carbo.” .(…)”.

QUE, Mediante Memorando Nro. GADMCPC-ADM-2023-0907-M, de fecha 29 de agosto de


2023 suscrito por el Ing. Freddy Luis Montenegro Morán – DIRECTOR DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS GENERALES, se adjuntó el documento denominado
"INFORME DE NECESIDAD” con firma electrónica de responsabilidad del Ing. Freddy Luis
Montenegro Morán suscrito el día 29 de agosto de 2023 a las 11:34:16 P.M.

QUE, Mediante Memorando Nro. GADMCPC-ADM-2023-0907-M, de fecha 29 de agosto de


2023 suscrito por el Ing. Freddy Luis Montenegro Morán – DIRECTOR DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS GENERALES, se adjuntó el documento denominado

Dirección:Av.9deOctubreyDaulePedro
Carbo - Guayas - EcuadorTeléfax:
2704-
124municipio@pedrocarbo.gob.ecwww.
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"ESPECIFICACIONES TECNICAS” con firma electrónica de responsabilidad del Ing. Freddy


Luis Montenegro Morán suscrito el día 29 de agosto de 2023 a las 11:34:16 P.M.

QUE, Mediante Memorando Nro. GADMCPC-ALC-2023-0310-M, de fecha 30 de agosto de 2023


suscrito por el Mgs. Nery Javier Jaramillo Toapanta – Alcalde, manifestó: "En atención al
GADMCPC-ADM-2023-0907-M, de fecha 29 de agosto de 2023, suscrito por el Director de
Gestión Administrativa y Servicios Generales, por medio de la presente y en virtud de lo
expuesto AUTORIZAO a usted la realice las gestiones pertinentes a fin de proceder a la
“Adquisición e instalación de línea trifásica y mantenimiento de alumbrado eléctrico, para
el polideportivo Municipal del Cantón Pedro Carbo".

QUE, Mediante Memorando Nro. GADMCPC-GM-2023-0265-M, de fecha 7 de septiembre de


2023 suscrito por la Ing. Sabrina Leonor Barrera Rodríguez – Jefa de Guardalmacen -
Subrogante, donde indica textualmente: (…) En referencia al GADMCPC-ADM-2023-0961-
M, manifiesta textualmente “En referencia al Memorando Nro. GADMCPC-ALC-2023-0310-
M “Adquisición e instalación de línea trifásica y mantenimiento de alumbrado eléctrico,
para el polideportivo Municipal del cantón Pedro Carbo”, emitido por el Msc. Nery Javier
Jaramillo Toapanta – Alcalde. Solicito muy comedidamente se proceda a verificar si existe
el stock en Guardalmacén, lo que se detalla a continuación: Con respecto a lo que
antecede comunico que NO DISPONEMOS de los materiales antes mencionados. (…)”.

QUE, En fecha 15 de septiembre del 2023 se realizó la publicación de la SOLICITUD DE


PROFORMAS mediante código Nro. NC-0960001110001-2023-00024, cumplido el plazo
hasta el día 18 de septiembre del 2023, hora: 16:53 a.m. se recepto UNA proforma;

QUE, mediante Memorando Nro. GADMCPC-MA-2023-1161-M, de fecha 3 de octubre


de 2023 suscrito por el Ing. Freddy Luis Montenegro Morán – Director de Gestión
Obras Públicas, donde indica textualmente: (…) De conformidad con los antecedentes
expuesto solicito salvo mejor criterio: La aprobación del presupuesto referencial según numeral 27
del artículo 6 de la LOSNCP, la emisión de la certificación de la disponibilidad presupuestaria para
cumplir con esta obligación determinada en el artículo 24 de la LOSNCP, respaldado mediante
documento ESTUDIO DE MERCADO, autorización para contratación y por su intermedio disponga a
quien corresponda la elaboración de la Resolución de Inicio, salvo su mejor criterio. (…) ;

QUE, mediante Memorando Nro. GADMCPC-ALC-2023-0442-M, de fecha 3 de octubre


de 2023 suscrito por el Mgs. Nery Javier Jaramillo Toapanta - Alcalde, donde indica
textualmente: (…) En atención al GADMCPC-ADM-2023-1010-M, suscrito por el Ing. Freddy
Montenegro Morán - Director de Gestión Administrativa y Servicios Generales, en virtud de lo
expuesto por el funcionario en mención, por medio de la presente, AUTORIZO, el presupuesto
referencial para la ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE LÍNEA TÍFASICA Y MANTENIMIENTO DEL
ALUMBRADO ELECTRICO, PARA EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO CARBO; según
lo establecido en el numeral 27 del artículo 6 de la LOSNCP, por tanto, continúe con los trámites
correspondiente. (…);

QUE, mediante Memorando Nro. GADMCPC-ADM-2023-1215-M, de fecha 11 de


octubre de 2023 suscrito por el Ing. Freddy Luis Montenegro Morán - Director de
Gestión Administrativa y Servicio Generales, donde indica textualmente: (…) Dando
continuidad al proceso: “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE LINEA TRIFASICA Y MANTENIMIENTO DEL

Dirección:Av.9deOctubreyDaulePedro
Carbo - Guayas - EcuadorTeléfax:
2704-
124municipio@pedrocarbo.gob.ecwww.
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ALUMBRADO ELECTRICO PARA EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO CARBO(…);

QUE, Mediante certificación y disponibilidad presupuestaria Nro. 1466 de fecha 10 de


octubre de 2023, la Directora Financiera Ing. Andy Cindy Ponce Rodríguez, certifica
que existe la disponibilidad de recursos en el presupuesto del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Pedro Carbo, cuentas con recursos propios
provenientes de la partida Nro. 530406030115100 HERRAMIENTAS
ADMINISTRACION GENERAL, 530811030115100 INSUMOS, MATERIALES Y
SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION, 840104030115100 MAQUINARIAS Y
EQUIPOS ADMINISTRACION GENERAL;

QUE, mediante resolución administrativa de fecha 17 de septiembre de 2023, la máxima


autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pedro
Carbo, dispone la ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE LINEA TRIFASICA Y
MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO ELECTRICO PARA EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
DEL CANTON PEDRO CARBO;

QUE, mediante resolución administrativa de fecha 17 de septiembre de 2023 el Ing.


Freddy Montenegro Morán resolvió aprobar los pliegos de la contratación del
procedimiento de Subasta Inversa Electrónica Nro. SIE-GADPC-2023-15 cuyo
objeto es ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE LINEA TRIFASICA Y MANTENIMIENTO
DEL ALUMBRADO ELECTRICO PARA EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DEL CANTON
PEDRO CARBO;

QUE, en fecha 17 de octubre de 2023 se realizó la publicación del proceso aplicando el


procedimiento de Subasta Inversa Electrónica con código SIE-GADPC-2023-15; y de
acuerdo al cronograma del proceso se entregó ofertas técnicas físicamente hasta el
día 25 de octubre de 2023;

QUE, en fecha 30 de octubre de 2023, se suscribió el acta de calificación del


mencionado proceso en donde consta el detalle de la evaluación de las ofertas
presentadas, indicando textualmente: (...) Punto Cuatro. - Conclusiones y Clausura de la
sesión: Conforme lo indica el numeral 4.1. de la Condiciones Particulares del pliego del proceso SIE-
GADPC-2023-15, los oferentes: NARANJO PILALO FERNADO DANILO y ALAVRADO ACUÑA
MARIANO HUMBERTO cumplen con los parámetros de calificación; como se demuestra en los
cuadros antes mencionados. En este sentido, resuelve recomendar al Mgs. Nery Jaramillo
Toapanta, Alcalde disponer él envió de las ofertas económicas iniciales e invitar a la sección de
PUJA al oferente calificados por cumplir con los requisitos mínimos y parámetros de evaluación de
conformidad con el numeral 8 del artículo 130 del RGLONSCP, que establece: (...)Reglas comunes.-
Toda subasta inversa deberá cumplir con las siguientes reglas comunes:8. En caso de haber una
puja, si la oferta económica del mejor postor no fuese inferior al cinco por ciento (5%) del
presupuesto referencial de la subasta inversa convocada, la entidad contratante deberá negociar
el valor de la oferta económica con el proveedor que resultare ganador de la puja. (...) (...);

QUE, mediante oficio Nro. 1- SIE-GADPC-2023-15 de fecha 30 de octubre del 2023,


suscrito por delegado del el proceso de contratación, donde indica textualmente:
Dirección:Av.9deOctubreyDaulePedro
Carbo - Guayas - EcuadorTeléfax:
2704-
124municipio@pedrocarbo.gob.ecwww.
pedrocarbo.gob.ec
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(...) De conformidad con lo establecido en los artículos 130 numerales 6, 7 y 8 del Reglamento
General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación pongo a vuestro conocimiento el
resultado de la evaluación de las DOS (2) ofertas presentadas para el procedimiento de Subasta
Inversa Electrónica Nro. SIE-GADPC-2023-15 cuyo objeto es ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE LINEA
TRIFASICA Y MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO ELECTRICO PARA EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
DEL CANTON PEDRO CARBO. Por lo antes expuesto se recomienda a la máxima autoridad de esta
entidad resuelva aceptar la evaluación y disponer la declaratoria de desierto del proceso de
conformidad con el numeral 6) artículo 130 del RGLOSNCP que indica. - "En las subastas inversas, la
calificación de las ofertas presentadas será realizada por el responsable designado por la máxima
autoridad de la entidad contratante o su delegado, o por una comisión técnica integrada de
conformidad con lo previsto en el artículo 58 de este Reglamento General, según corresponda; "
Por lo antes expuesto solicito la autorización para continuar con el proceso de puja de los oferentes
calificados.( ...);

QUE, el numeral 8 artículo 130 del Reglamento General la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública establece: (...) Reglas comunes.- Toda subasta inversa
deberá cumplir con las siguientes reglas comunes: 8. En caso de haber una puja, si la oferta
económica del mejor postor no fuese inferior al cinco por ciento (5%) del presupuesto referencial de
la subasta inversa convocada, la entidad contratante deberá negociar el valor de la oferta
económica con el proveedor que resultare ganador de la puja. (...);

En mi calidad de máxima autoridad, de acuerdo con el artículo 47 de LOSNCP; en


concordancia con lo establecido en los artículos 130 del RGLOSNCP;

RESUELVE:
Artículo 1.- DISPONER que los oferentes presenten sus ofertas económicas iníciales a
través del portal de compras públicas www.compraspublicas.gob.ec, de conformidad con
el numeral 8 del artículo 131 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública, para el procedimiento Nro. SIE-GADPC-2023-15 cuyo
objeto corresponde: ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE LINEA TRIFASICA Y
MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO ELECTRICO PARA EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL
DEL CANTON PEDRO CARBO.

Artículo 2.- Publicar la presente resolución administrativa a través del portal de compras
públicas www.compraspublicas.gob.ec.

Comuníquese. - Dado y firmado en el despacho de Alcaldía, a los treinta días del mes de
octubre del año dos mil veintitrés.
Firmado electrónicamente por:
NERY JAVIER
JARAMILLO TOAPANTA

Lcdo. Nery Javier Jaramillo Toapanta, MSc.


ALCALDE CANTÓN PEDRO CARBO

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