CONTRATO No LICO-GADMCD-10-2022 RECAPEO DE VARIAS CALLES DEL CANTÓN DURÁN - Firmado
CONTRATO No LICO-GADMCD-10-2022 RECAPEO DE VARIAS CALLES DEL CANTÓN DURÁN - Firmado
CONTRATO No LICO-GADMCD-10-2022 RECAPEO DE VARIAS CALLES DEL CANTÓN DURÁN - Firmado
LICO-GADMCD-10-2022
“RECAPEO EN VARIOS SECTORES DEL CANTÓN DURÁN”
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que los
Gobiernos Autónomos Descentralizados gozan de autonomía política, administrativa
y financiera.
Que, el artículo 253 de la Constitución de la República del Ecuador señala que cada
cantón tendrá un concejo cantonal, que estará integrado por la alcaldesa o alcalde y las
concejalas y concejales elegidos por votación popular y que la alcaldesa o alcalde será su
máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto dirimente.
Que, el Artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador 2008 tipifica las
competencias exclusivas que los Gobiernos Autónomos Descentralizados tendrán,
sin perjuicio de otras que determine la ley.
Que, el artículo 288 del citado cuerpo legal, expresamente determina que: “las compras
públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad
ambiental y social. Se priorizan los productos y servicios nacionales, en particular los
provenientes de la economía popular y solidaria y de las micro, pequeña y mediana
unidades productivas”.
Que, mediante nombramiento del Consejo Nacional Electoral, declara que una vez
presentados los resultados definitivos de las Elecciones Seccionales del 2019, y de
conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 218 de la Constitución
de la República del Ecuador, en concordancia con lo prescrito en el artículo 9
del Régimen de Transición; y, artículos 25, numeral 1; 166 y, la Disposición
Transitoria Primera de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la
República del Ecuador, Código de la Democracia, la Junta Provincial Electoral del
Guayas, confiere al Econ. Dalton Rafael Narváez Mendieta, la credencial de Alcalde
del GAD del Cantón Durán, para el período comprendido desde el 15 de mayo
del 2019 al 14 de mayo del 2023;
Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 303 del 19 de octubre del 2010,
se publicó el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización – COOTAD, el mismo que establece la organización política y
administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio: El régimen de los diferentes de
niveles de gobiernos autónomos y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su
autonomía política, administrativa y financiera.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD) en su Art. 54, establece todas las funciones que deben
realizar y cumplir los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, y las
demás que determine la ley.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD) en su Art. 55, establece todas las competencias
exclusivas, sin perjuicio de otrasque determine la ley.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD) en su Art. 60, literal a), le corresponde al alcalde o la
alcaldesa, ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado
municipal; y la representación judicial conjuntamente con el procurador síndico.
Que, el artículo 278 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización – COOTAD, establece que la adquisición o arrendamiento de
bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, los
Gobiernos Autónomos Descentralizados observarán las disposiciones, principio,
herramientas e instrumentos previsto en la Ley que regule la contratación pública;
Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 del 04 de Agosto del 2008,
se publicó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP,
la misma que establece el Sistema Nacional de Contratación Pública y determina los
principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la
adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios,
incluidos los de consultoría que realicen, de conformidad a lo dispuesto en el numeral
4 del artículo 1, entre otros, las entidades que integran el régimen seccional autónomo;
Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 588 del 12 de mayo del 2009, se publicó
el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
- RGLOSNCP, cuyo objeto es el desarrollo y aplicación de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública;
Que, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 100 de 14 de octubre de
2013, sepublicó la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública - LOSNCP;
Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 134 del 29 de noviembre del
2013, se publicóla Reforma al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública RGLOSNCP;
Que, el numeral 9ª del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública define la Delegación como la “traslación de determinadas
facultades y atribuciones de un órgano superior a otro inferior, a través de la Máxima
Autoridad, en el ejercicio de su competencia y por un tiempo determinado”.
Que, el inciso primero del artículo 46 de la Ley Ibídem dispone que: … “las Entidades
Contratantes deberán consultar el catálogo electrónico previamente a establecer procesos de adquisición
de bienes y servicios. Sólo en caso de que el bien o servicio requerido no se encuentre catalogado se
podrá realizar otros procedimientos de selección para la adquisición de bienes o servicios, de
conformidad con la presente Ley y su Reglamento…”;
Que, el artículo 4 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública señala que, …” en aplicación de los principios de Derecho
Administrativo son delegables todas las facultades previstas para la Máxima Autoridad, tanto
en la Ley como en el Reglamento General, aun cuando no conste en dicha normativa la facultad de
delegación expresa. La Resolución que la Máxima Autoridad emita para el efecto, determinará el
contenido y alcance de la delegación……”
Que, el artículo 20 del Reglamento General de la Ley Ibídem señala: “…La entidad
contratante elaborará los pliegos para cada contratación, para lo cual deberá observar
los modelos elaborados por el INCOP que sean aplicables. Los Pliegos serán aprobados
por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado…”;
Que, el literal 3 del artículo 48 del capítulo III de la Ley Orgánica del Sistema Nacional
de Contratación Pública Ibídem, señala que “… Para contratar la ejecución de obras,
cuando su presupuesto referencial sobrepase el valor que resulte de multiplicar el
coeficiente 0,00003 por el monto del Presupuesto inicial del Estado del
correspondiente ejercicio económico…”;
Que, el Servicio Nacional de Contratación Pública –SERCOP-, mediante Resolución
No. RE- SERCOP-2016-0000072, del 31 de agosto de 2016, resuelve expedir la
Codificación y Actualización de las Resoluciones Emitidas por el Servicio Nacional
de Contratación Pública,la cual deberá ser aplicada de manera obligatoria por las
entidades contratantes establecidas en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública.
Que, mediante Memorando No. GADMCD-DGOP-P-M.A-2022-031-M del 29 de
marzo del 2022, la Ing. Mariela Ávila Beatriz – Analista de costos de Obras Públicas,
presenta al Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras Públicas,
el presupuesto referencial para “RECAPEO DE VARIAS CALLES
VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, mediante Memorando No. GADMCD-DGOP-P-M.A-2022-030-M del 29 de
marzo del 2022, la Ing. Mariela Ávila Beatriz – Analista de costos de Obras Públicas,
presenta al Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras Públicas,
la desagregación tecnológica para “RECAPEO DE VARIAS CALLES
VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, mediante memorándum No. GADMCD-DGOP-2022-01027-M de fecha 28 de
marzo de 2022, el Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras
Públicas solicita a la Econ. Silvia Davis Agurto – Directora General de Planificación a
la cual solicita la certificación plurianual PAPP para la actividad de “RECAPEO DE
VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, mediante memorándum No. GADMCD-DGOP-2022-01026-M de fecha 28 de
marzo de 2022, el Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras
Públicas solicita a la Econ. Silvia Davis Agurto – Directora General de Planificación a
la cual solicita la Certificación PAPP para la actividad de “RECAPEO DE VARIAS
CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, la Econ. Silvia Davis Agurto - Directora General de Planificación Institucional,
le hace conocer al Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras
Públicas, mediante memorando No. GADMCD-DGPI-2022-0302-M del 01 de abril
del 2022, la Certificación Plurianual de las Políticas Públicas No. 005 para
“RECAPEO DE VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, la Econ. Silvia Davis Agurto - Directora General de Planificación Institucional,
le hace conocer al Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras
Públicas, mediante memorando No. GADMCD-DGPI-2022-0301-M del 01 de abril
del 2022, la Certificación PAPP No. CPAPP-0150-2022 para “RECAPEO DE
VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, el Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras Públicas, le
hace conocer a la Ing. Pamela Delgado España – Directora General Financiera (S),
mediante memorando No. GADMCD-DGOP-2022-01170-M del 08 de abril del 2022,
la solicitud de certificación de disponibilidad presupuestaria para “RECAPEO DE
VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, la Ing. Priscila Yépez Espinales - Directora General Financiera, le hace conocer
al Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras Públicas, mediante
memorando No. GADMCD-DGF-2022-0634-M del 08 de abril del 2022, la
Certificación Presupuestaria No. 00245-2022 para la actividad de “RECAPEO DE
VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, el Ing. Héctor Velastegui Montenegro – Director General de Obras Públicas, le
hace conocer al Abg. Jorge Buñay Cantos Director General de Compras Públicas,
mediante memorando No. GADMCD-DGOP-2022-1173-M del 08 de abril del 2022,
la entrega de expediente para el inicio de proceso del proyecto para “RECAPEO DE
VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, mediante memorándum No. GADMCD-DGCP-2022-129-M de fecha 28 de
abril del 2022 el Abg. Jorge Buñay Cantos Director General de Compras Públicas
adjunta los pliegos del proceso No. LICO-GADMCD-06-2022, para “RECAPEO
DE VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”, dirigido a la
máxima autoridad del cantón para su aprobación.
Que, conforme acta de apertura de ofertas, de fecha 24 de marzo del 2022, suscrito
por la comisión técnica delegado de la Máxima Autoridad, se dio inicio a la apertura
del proceso, No. LICO-GADMCD-06-2022 para “RECAPEO DE VARIAS
CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”;
Que, de acuerdo al informe de evaluación de ofertas para el proceso, No. LICO-
GADMCD-06-2022, para el “RECAPEO DE VARIAS CALLES
VEHICULARES CANTÓN DURÁN”, las mismas que fueron evaluada de forma
legal y técnica, conforme lo que ordena los pliegos del proceso en su numeral 4.2 –
Evaluación por puntaje de la propuesta económica de menor valor;
Que, mediante oficio Nro. SERCOP-DSP-2022-2718-OF de fecha 22 de junio del
2022 lo recomendado por la entidad reguladora SERCOP es declarar desierto, el
proceso, No. LICO-GADMCD-06-2022, para el “RECAPEO DE VARIAS
CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”
Que, mediante Memorando Nro. GADMCD-DGCP-2022-235-M de fecha 07 de julio
del 2022 el Abg. Jorge Buñay Cantos. Mgs, Director General de Compras Públicas,
conforme al oficio N° SERCOP-DSP-2022-218, recomienda la declaratoria desierto
del proceso de acuerdo al Art. 33.- Declaratoria de Procedimiento Desierto. - La
máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, declarará desierto el
procedimiento de manera total o parcial, en los siguientes casos de acuerdo al literal d
del artículo 33: “… d. Si una vez adjudicado el contrato, se encontrare que existe inconsistencia,
simulación o inexactitud en la información presentada por el adjudicatario, detectada por la Entidad
Contratante, la máxima autoridad de ésta o su delegado, de no existir otras ofertas calificadas que
convengan técnica y económicamente a los intereses nacionales o institucionales, declarará desierto el
procedimiento sin perjuicio del inicio de las acciones que correspondan en contra del adjudicatario fallido
…”, una vez iniciada esta acción se solicita las gestiones necesarias para su reapertura del mismo.;
Que, mediante memorándum No. GADMCD-DGCP-2022-246-M de fecha 13 de julio
del 2022 el Abg. Jorge Buñay Cantos Mgs. - Director General de Compras Públicas,
manifiesta adjunta los pliegos del proceso No. LICO-GADMCD-10-2022, para el
“RECAPEO DE VARIAS CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”,
dirigido a la máxima autoridad del cantón para su aprobación.
Que, conforme acta de apertura de ofertas, de fecha 08 de agosto del 2022, suscrito
por la comisión técnica delegado de la Máxima Autoridad, se dio inicio a la apertura
del proceso, No. LICO-GADMCD-10-2022 para “RECAPEO DE VARIAS
CALLES VEHICULARES CANTÓN DURÁN”, donde se deja constancia que se
recibió dos ofertas de la empresa CONSTRUCCIONES DIEZ Y DIEZ
ANDALUCIA S.L. con RUC: 1792363039001, con representante legal la Sra.
Gabriela Jijón Andrade con CI: 1755130596 y CONSORCIO DURAN documento
de identificación 0302109103, procurador común Andrés Mauricio Cadme Cárdenas
CI: 0302109103.
OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
a) OBJETIVO GENERAL
Contribuir a optimizar la calidad de vida de los duraneños a través de las
obras de excavación, relleno, mejoras en el sistema de alcantarillado
pluvial, pavimentación de vías y reparación de guías domiciliarias en estos
sectores del cantón.
b) OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Presupuesto referencial.
Análisis de precios unitarios.
Cronograma valorado de trabajo.
Estudio referencial
Especificaciones técnicas.
Planos para la construcción de la obra.
Cuadro de equipo mínimo.
Cuadro de personal técnico mínimo.
Certificado Ambiental
Guía de Buenas Prácticas Ambientales para la construcción de calles,
aceras y bordillos, CAT. I.
Desagregación Tecnológica
PRECIO PRECIO
No. RUBROS/DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD
UNITARIO GLOBAL
FRESADO ASFALTICO
1 1" m2 4.340,00000 1,31000 5.685,40000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
2 IMPRIMACION ) m2 4.340,00000 10,33000 44.832,20000
3 RECONFORMACION m3 9.360,00000 1,00000 9.360,00000
BASE CLASE 1(INC.
4 TRANSPORTE )e=0.20m m3 1.864,00000 25,75000 47.998,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
5 IMPRIMACION ) m2 9.300,00000 10,33000 96.069,00000
FRESADO ASFALTICO
6 1" m2 8.100,00000 1,31000 10.611,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
7 IMPRIMACION ) m2 8.100,00000 10,33000 83.673,00000
FRESADO ASFALTICO
8 1" m2 6.700,00000 1,31000 8.777,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
9 IMPRIMACION ) m2 6.900,00000 10,33000 71.277,00000
EXCAVACION SIN
CLASIFICAR INC
10 DESALOJO m3 2.960,00000 4,33000 12.816,80000
RELLENO DE MATERIAL
DE PRESTAMO
11 IMPORTADO m3 32,00000 12,91000 413,12000
RELLENO DE MATERIAL
DE MEJORAMIENTO
12 PEDRAPLEN m3 2.100,00000 13,37000 28.077,00000
BASE CLASE 1(INC.
13 TRANSPORTE )e=0.20m m3 648,00000 25,75000 16.686,00000
HORMIGON SIMPLE
PAVIMENTO FC=210
14 KG/CM2 e=20cm m3 2,00000 178,93000 357,86000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
15 IMPRIMACION ) m2 3.500,00000 10,33000 36.155,00000
FRESADO ASFALTICO
16 1" m2 3.400,00000 1,31000 4.454,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
17 IMPRIMACION ) m2 7.600,00000 10,33000 78.508,00000
FRESADO ASFALTICO
18 1" m2 5.600,00000 1,31000 7.336,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
19 IMPRIMACION ) m2 5.600,00000 10,33000 57.848,00000
FRESADO ASFALTICO
20 1" m2 4.500,00000 1,31000 5.895,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
21 IMPRIMACION ) m2 6.800,00000 10,33000 70.244,00000
EXCAVACION SIN
CLASIFICAR INC
22 DESALOJO m3 2.960,00000 4,33000 12.816,80000
SUMINISTRO E
INSTALACION DE
23 BORDILLO CUNETA m 1.810,00000 27,18000 49.195,80000
MURO DE
CONFINAMIENTO
(0.15X0.40) FC=210
24 KG/CM2 m 1.810,00000 15,48000 28.018,80000
HORMIGON SIMPLE
ACERA FC=210 KG/CM2
25 e=10cm m2 2.175,00000 15,31000 33.299,25000
RELLENO DE MATERIAL
DE PRESTAMO
26 IMPORTADO m3 180,00000 12,91000 2.323,80000
RELLENO DE MATERIAL
DE MEJORAMIENTO
27 PEDRAPLEN m3 546,00000 13,37000 7.300,02000
SUMINISTRO E
INSTALACION DE
28 TUBERIA PVC 250MM m 62,00000 31,07000 1.926,34000
EXCAVACION Y
RELLENO PARA
ESTRUCTURAS
29 MENORES m3 764,00000 13,98000 10.680,72000
SUMINISTRO E
INSTALACION DE
SUMIDERO (INC
30 REJILLA) u 6,00000 195,61000 1.173,66000
BASE CLASE 1(INC.
31 TRANSPORTE )e=0.20m m3 182,00000 25,75000 4.686,50000
HORMIGON SIMPLE
PAVIMENTO FC=210
32 KG/CM2 e=20cm m3 5,00000 178,93000 894,65000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
33 IMPRIMACION ) m2 18.600,00000 10,33000 192.138,00000
FRESADO ASFALTICO
34 1" m2 20.000,00000 1,31000 26.200,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
35 IMPRIMACION ) m2 22.300,00000 10,33000 230.359,00000
FRESADO ASFALTICO
36 1" m2 18.000,00000 1,31000 23.580,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
37 IMPRIMACION ) m2 18.000,00000 10,33000 185.940,00000
BACHEO
ASFALTICO(INCLUYE
38 IMPRIMACION ) m2 245,00000 12,88000 3.155,60000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
SAFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 1
39 1/2"(INC. IMPRIMACION ) m2 9.800,00000 10,33000 101.234,00000
FRESADO ASFALTICO
40 1" m2 35.335,00000 1,31000 46.288,85000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
41 IMPRIMACION ) m2 35.335,00000 10,33000 365.010,55000
FRESADO ASFALTICO
42 1" m2 26.380,00000 1,31000 34.557,80000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
43 IMPRIMACION ) m2 26.380,00000 10,33000 272.505,40000
FRESADO ASFALTICO
44 1" m2 6.718,00000 1,31000 8.800,58000
CAPA DE RODADURA
45 DE HORMIGON m2 6.718,00000 10,33000 69.396,94000
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
IMPRIMACION )
FRESADO ASFALTICO
46 1" m2 14.700,00000 1,31000 19.257,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
47 IMPRIMACION ) m2 14.700,00000 10,33000 151.851,00000
FRESADO ASFALTICO
48 1" m2 4.320,00000 1,31000 5.659,20000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
49 IMPRIMACION ) m2 4.320,00000 10,33000 44.625,60000
FRESADO ASFALTICO
50 1" m2 27.240,00000 1,31000 35.684,40000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
51 IMPRIMACION ) m2 27.240,00000 10,33000 281.389,20000
FRESADO ASFALTICO
52 1" m2 18.000,00000 1,31000 23.580,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
53 IMPRIMACION ) m2 18.000,00000 10,33000 185.940,00000
FRESADO ASFALTICO
54 1" m2 11.250,00000 1,31000 14.737,50000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
55 IMPRIMACION ) m2 11.250,00000 10,33000 116.212,50000
FRESADO ASFALTICO
56 1" m2 43.769,00000 1,31000 57.337,39000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
57 IMPRIMACION ) m2 43.769,00000 10,33000 452.133,77000
FRESADO ASFALTICO
58 1" m2 4.980,00000 1,31000 6.523,80000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
59 IMPRIMACION ) m2 4.980,00000 10,33000 51.443,40000
FRESADO ASFALTICO
60 1" m2 56.500,00000 1,31000 74.015,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
61 IMPRIMACION ) m2 56.500,00000 10,33000 583.645,00000
FRESADO ASFALTICO
62 1" m2 2.830,00000 1,31000 3.707,30000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
63 IMPRIMACION ) m2 2.830,00000 10,33000 29.233,90000
FRESADO ASFALTICO
64 1" m2 77.752,00000 1,31000 101.855,12000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
65 IMPRIMACION ) m2 77.752,00000 10,33000 803.178,16000
FRESADO ASFALTICO
66 1" m2 7.500,00000 1,31000 9.825,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
67 IMPRIMACION ) m2 7.500,00000 10,33000 77.475,00000
FRESADO ASFALTICO
68 1" m2 17.615,00000 1,31000 23.075,65000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
69 IMPRIMACION ) m2 17.615,00000 10,33000 181.962,95000
FRESADO ASFALTICO
70 1" m2 37.650,00000 1,31000 49.321,50000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
71 IMPRIMACION ) m2 37.650,00000 10,33000 388.924,50000
FRESADO ASFALTICO
72 1" m2 10.030,00000 1,31000 13.139,30000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
73 IMPRIMACION ) m2 10.030,00000 10,33000 103.609,90000
FRESADO ASFALTICO
74 1" m2 4.220,00000 1,31000 5.528,20000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
75 IMPRIMACION ) m2 4.220,00000 10,33000 43.592,60000
FRESADO ASFALTICO
76 1" m2 9.140,00000 1,31000 11.973,40000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
77 IMPRIMACION ) m2 9.140,00000 10,33000 94.416,20000
FRESADO ASFALTICO
78 1" m2 10.205,00000 1,31000 13.368,55000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
79 IMPRIMACION ) m2 10.205,00000 10,33000 105.417,65000
FRESADO ASFALTICO
80 1" m2 16.000,00000 1,31000 20.960,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
81 IMPRIMACION ) m2 16.800,00000 10,33000 173.544,00000
FRESADO ASFALTICO
82 1" m2 13.400,00000 1,31000 17.554,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
83 IMPRIMACION ) m2 13.400,00000 10,33000 138.422,00000
FRESADO ASFALTICO
84 1" m2 1.170,00000 1,31000 1.532,70000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
85 ASFALTICO MEZCLADO m2 1.170,00000 10,33000 12.086,10000
EN PLANTA DE 2"(INC.
IMPRIMACION )
FRESADO ASFALTICO
86 1" m2 38.000,00000 1,31000 49.780,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
87 IMPRIMACION ) m2 38.000,00000 10,33000 392.540,00000
FRESADO ASFALTICO
88 1" m2 16.500,00000 1,31000 21.615,00000
CAPA DE RODADURA
DE HORMIGON
ASFALTICO MEZCLADO
EN PLANTA DE 2"(INC.
89 IMPRIMACION ) m2 16.500,00000 10,33000 170.445,00000
TOTAL = 7.570.674,88000
5.1 Para este proceso no se considera anticipo, el pago se realizará mediante planillas
mensuales de acuerdo con el avance de obra ejecutada, hasta completar el monto
contractual. Cabe indicar que las planillas serán aprobadas por el Fiscalizador y el
Administrador del Contrato, previo al pago.
7.1 El plazo es de quinientos setenta (570) a partir del día siguiente de la firma del
contrato.
9.1 El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, por
lo tanto, no aplica reajuste de precio alguno, renunciando las partes a solicitarlo en
cualquier momento en conformidad al artículo 131 del reglamento general de la
LOSNCP.
10.2.- Procedimiento recepción definitiva: Cabe indicar que una vez que se hayan
terminado dentro del plazo todos los trabajos previstos en el contrato, la
CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE el informe de cumplimiento
respectivo.
Entregado el informe pertinente por parte de la CONTRATISTA, a la
CONTRATANTE en el término de diez días lo aprobará o formulará observaciones de
cumplimiento obligatorio para la CONTRATISTA, y la CONTRATISTA dispondrá de
diez días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar la documentación
respectiva (de ser el caso). La negativa se notificará por escrito a la CONTRATISTA y se
dejará constancia de que la misma fue practicada.
En el caso de consultoría, una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos
en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional;
cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. Salvo que
en el contrato se señale un tiempo menor, la entidad contratante dispondrá de 15 días
término para la emisión de observaciones y el consultor de 15 días término, adicionales
para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. Dependiendo
de la magnitud del contrato, estos términos podrán ser mayores, pero deben constar
obligatoriamente en el texto del contrato.
El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el
contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos
de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto.
14.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos,
serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la
administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.
15.2 Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección,
las siguientes:
LA CONTRATANTE:
Cantón Durán, Cdla. Abel Gilbert III Bloque C 31 y C 32
Teléfono: 042-592280
EL CONTRATISTA:
CONSTRUCCIONES DIEZ Y DIEZ ANDALUCIA S.L., Ciudad: Quito, calle:
Juan León Mera, referencia: la Pinta, número N1574, Edificio OPLANDEM.
Teléfono: 0998046553
Correo electrónico: diezydieza@diezydiez.com
17.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y
aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de
bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional
de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del
procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones
Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
Lcdo. Víctor Hugo Boza Lara Sr. Pablo Javier Aguilar Sánchez
DELEGADO DE LA MÁXIMA AUTORIDAD APODERADO GENERAL
GOBIERNO AUTÓNOMO de la Sra. Martha Geovanna Llerena Fuenmayor
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL REPRESENTANTE LEGAL
DEL CANTÓN DURÁN CONSTRUCCIONES DIEZ Y DIEZ
ANDALUCIA S.L
RUC 1792363039001