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Resolución Exenta 4254-2022 DTPR PROGRAMA FOMENTO 2
Resolución Exenta 4254-2022 DTPR PROGRAMA FOMENTO 2
Resolución Exenta 4254-2022 DTPR PROGRAMA FOMENTO 2
Santiago, 28/09/2022
CONSIDERANDO:
RESUELVO:
1° CRÉASE el “PROGRAMA
ESPECIAL DE MEJORA DEL ESTÁNDAR DE SERVICIOS PRESTADOS EN
REGIONES Y REGIÓN METROPOLITANA EXCLUIDA LA PROVINCIA DE
SANTIAGO, Y LAS COMUNAS DE SAN BERNARDO Y PUENTE ALTO, MEDIANTE
LA OPERACIÓN DE BUSES ELECTRICOS”, en el marco del Programa de Apoyo al
Transporte Regional establecido en el artículo 5° de la Ley N° 20.378.
3° APRUÉBASE la siguiente
metodología de implementación del “PROGRAMA ESPECIAL DE MEJORA DEL
ESTÁNDAR DE SERVICIOS PRESTADOS EN REGIONES Y REGIÓN
METROPOLITANA EXCLUIDA LA PROVINCIA DE SANTIAGO, Y LAS COMUNAS
DE SAN BERNARDO Y PUENTE ALTO, MEDIANTE LA OPERACIÓN DE BUSES
ELECTRICOS”.
1 Contexto general
De igual forma el artículo 1° bis del Decreto Supremo N° 212 de 1992 de este Ministerio,
ha considerado un mecanismo regulatorio de carácter transitorio y excepcional, aplicable
en aquellos casos en que no resulte posible poner en marcha nuevos servicios licitados
inmediatamente después que expiren la vigencia de la concesión de uso de vías para la
prestación de servicios de transporte público de pasajeros que le ha antecedido. En
estos casos, y siempre que concurran razones de interés público, de buen servicio y se
configuren los requisitos establecidos en el artículo 3° de la ley N° 18.696, se faculta al
Ministerio para establecer condiciones de operación, condiciones de utilización de vías
específicas para determinados tipos o modalidades de servicio, tarifas, estructuras
tarifarias y demás condiciones que estime pertinentes.
Si bien las regulaciones vigentes y futuras de los sistemas de transporte regional han
significado un gran avance en lo que a operación y gestión de los sistemas de transporte
locales respecta, se requieren acciones especiales destinadas a dotar a las regiones de
un servicio de transporte de alto estándar y bajo impacto ambiental, mejorando las
condiciones de movilidad y calidad de vida de sus usuarios.
Como se ha señalado, además, dentro de los lineamientos que inspiran las políticas
públicas de transporte público del actual gobierno de S.E el Presidente de la República,
don Gabriel Boric Font, destaca el compromiso por sistemas de transporte público
sustentables e inclusivos para los usuarios y las usuarias actuales y potenciales de aquel.
De esta manera se busca elevar los estándares de prestación de servicio a los usuarios
y usuarias – actuales y potenciales-; equiparando la prestación de servicios con los
estándares provistos por sistemas ya existentes en el país, como es el caso de RED
Metropolitana de Movilidad, y mejorando así la experiencia de viaje de aquellos.
En relación a las regulaciones sobre las cuales se implementará este programa, se
establecerán distintos mecanismos para dar certezas tanto al sistema de transporte
como a las partes intervinientes en los diversos instrumentos legales que serán
necesarios para la provisión de bienes y servicios complementarios que deberán
adquirirse y/o contratarse para la implementación de este programa.
2 Definiciones
4 Requisitos
i) Podrán postular los operadores de transporte público de pasajeros con un folio vigente
en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, que a la época de la
postulación acrediten – según lo establezcan las bases del concurso- contar con el
compromiso de un proveedor de buses eléctricos y un proveedor de energía en orden a
proveer los bienes y/o servicios requeridos, según corresponda, suscritos entre dichos
proveedores y el Operador de Transporte.
5 Variables de asignación
i) Un número mínimo de Buses Eléctricos de Alto Estándar que se incorporarán, que será
establecido en las bases de cada convocatoria a realizar por el MTT.
La ponderación específica de cada variable será definida en las convocatorias que realice
el Ministerio.
No obstante lo anterior, serán los términos que regulen cada convocatoria, los cuales
contendrán los criterios de selección, pudiendo estos responder a características propias
de las zonas geográficas en que se desarrollen estos procesos, políticas públicas
medioambientales, técnicas o sociales vigentes, o las cuales determine la autoridad a la
hora de desarrollar cada proceso concursal.
6. Implementación
Para una adecuada implementación de los objetivos de este programa, éste podrá
aplicarse bajo cualquier condición regulatoria en la que operen los servicios de transporte
público, especialmente perímetros de exclusión.
ii) Se podrá generar la afectación de los buses y/o centros de carga al sistema regulado,
de manera de independizar el uso de los buses del operador de transporte y la duración
de su contrato.
iii) Se generarán los ajustes regulatorios en los contratos del operador de transporte, de
corresponder, como por ejemplo ajustes en los polinomios de reajustabilidad tarifaria u
otros.
b. Sistemas operando en marco del Decreto Supremo 212 de 1992 del MTT:
ii) Se podrá generar la afectación de los buses y/o centros de carga al sistema regulado,
de manera de independizar el uso de los buses del operador de transporte y la duración
de su contrato.
CMR / CPA / NCL / DRP / PSS / ASN / MSD / RVR / RAL / JSG / czg
Distribución:
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL LOS RIOS
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL ANTOFAGASTA
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL ARICA Y PARINACOTA
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL ATACAMA
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL AYSEN
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL BIO – BIO
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL COQUIMBO
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL GRAL. B. OHIGGINS
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL LA ARAUCANIA
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL LOS LAGOS
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL MAGALLANES Y LA ANTARTICA CHILENA
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL MAULE
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL ÑUBLE
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL RM
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL TARAPACA
SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL VALPARAISO
GABINETE MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
GABINETE SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
DIVISION LEGAL
DIVISION DE TRANSPORTE PUBLICO REGIONAL – OFICINA DE PARTES
SUBTRANS – OFICINA DE PARTES
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616678 E152934/2022