TDR Tipo3 Estudio
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INTRODUCCION
2. OBJETIVOS
3. LOCALIZACION Y COBERTURA
6. METODOLOGIA
7. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
9. ESPECIFICACIONES DE LA ENTREGA
15. MONITOREO
19. PRESUPUESTO
*Se recuerda que este antecedente debe ser considerado de manera referencial y no
constituye un documento definitivo. El municipio deberá completarlo con la
información adecuada para cada caso.
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I. INTRODUCCION.
En ese contexto la Municipalidad de xxx han desarrollado los estudios que forman parte
de la "Actualización del Plan Regulador Comunal", financiado inicialmente por fondos
sectoriales, y elaborado mediante la contratación de una consultoría.
La presente iniciativa se encuentra inserta dentro de los requisitos finales que conforman
el proceso de elaboración y aprobación para la actualización del Plan Regulador Comunal
de la Comuna de xxx, correspondiente a: la elaboración del Informe de Evaluación
Ambiental Estratégica, la actualización del Estudio de Capacidad Vial, incorporación de
las nuevas disposiciones contenidas en los recientes Documentos de Desarrollo Urbano
(DDU) respecto a la determinación y reconocimiento de áreas de Valor Patrimonial (DDU
240) y las Instrucciones respecto a circulares técnicas elaboradas por la División en la
formulación y ámbitos de acción de los planes reguladores (DDU 227).
Los municipios hoy carecen de la capacidad real y medios adecuados para responder a
tales presiones, y requiere disponer de sus instrumentos de planificación y gestión,
adoptando los criterios de planificación local para involucrar efectivamente a la sociedad
civil e integrando de modo equilibrado, el crecimiento económico y social, seguridad,
transporte, infraestructura y medioambiente, apoyándose para ello en las potencialidades,
conocimiento y creatividad de sus recursos humanos.
Este apoyo se traduce en el Plan de Acción 2012, que tiene por finalidad, elaborar los
antecedentes necesarios (según la realidad de cada comuna adscrita al Plan), para
financiar mediante FNDR, Circ. 33, determinados Estudios Especiales de los Planes
Reguladores Comunales (PRC), así como también la publicación del Decreto
Promulgatorio y Ordenanza en el Diario Oficial, según lo señalado en el artículo 2.1.11 de
la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
Sin embargo en la actualidad se ha podido detectar que los municipios adscritos al Plan
de Acción presentan diversos problemas relacionados principalmente con la
desactualización de alguno de los antecedentes antes elaborados, como es el caso de los
Estudios de Capacidad Vial a partir de la modificación del art 59 de la LGUC respecto a la
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III. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Actualizar el procedimiento de Elaboración en cuanto a:
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La actualización del Estudio de Capacidad Vial tiene por objetivo actualizar el análisis y
redefinir la capacidad de las vías estructurantes en función de las características de
desarrollo que establezca el Plan Regulador Comunal. En otros términos, lograr que la red
vial prevista en el Plan Regulador Comunal sea capaz de satisfacer la futura demanda de
desarrollo urbano propuesta por el PRC, tomando como referencia, el Estudio de
Capacidad que dispone la municipalidad, en relación al escenario vial actual, posterior a
los efectos de la modificación del art 59 de la L.G.U.C.
Caracterización Comunal:
Definición del tipo de comuna para la cual se está actualizando el respectivo Plan
Regulador Comunal y la actualización de Estudio de Capacidad Vial.
Esta definición implica la revisión del estudio previo a la modificación del art 59 de
la L.G.U.C. y la metodología de cálculo realizada por el Ministerio de Vivienda y
Urbanismo para Capacidad Vial de los Planes Reguladores.
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Art 2.1.18 O.G.U.C establece que las “Áreas de Protección de Recursos de Valor
Patrimonial Cultural” corresponden a zonas o inmuebles de conservación
histórica al igual que aquellos declarados como monumentos nacionales en sus
distintas categorías
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PLAZO: 6 meses
ETAPA DISEÑO
ETAPA
APROBACIÓN
Preinforme
El titular deberá dejar constancia por escrito de los siguientes aspectos, los que serán
remitidos al Ministerio del Medio Ambiente para su conocimiento:
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Informe Ambiental
Se deberá realizar un informe ambiental, que de cuenta de la EAE realizada, la que
deberá enviarse al Ministerio del Medio Ambiente (MMA).
Dicho informe deberá contener:
a) Un índice.
b) Un resumen ejecutivo que contenga los aspectos básicos de las letras c), d), e), f),
g), h), i) y j), señaladas a continuación.
c) Un resumen de los objetivos perseguidos por la política o plan y sus relaciones con
otras políticas, planes o programas relevantes, si correspondiere. Para el caso de
las modificaciones sustanciales, se deberá acompañar un esquema que resuma y
presente el estado actual de la política o plan y lo que pretende modificarse.
d) Los órganos de la Administración del Estado convocados y que participaron en la
etapa de diseño de la política o plan y los instrumentos o estudios considerados
durante dicha etapa.
e) Las razones por las cuales la formulación de la política o plan, o bien de su
modificación sustancial, es sometida a Evaluación Ambiental Estratégica.
f) La descripción de los criterios de desarrollo sustentable considerados para la
formulación de la política o plan.
g) Los objetivos ambientales de la propuesta de la política o plan, y los medios y/o
verificadores que se utilizarán para dar cuenta de su cumplimiento.
h) Un diagnóstico ambiental estratégico del objeto de la política o plan que considere
un análisis de los aspectos ambientales relevantes para el contexto de la política o
plan, y que sea utilizado como base para la evaluación ambiental de las
alternativas que se propongan.
i) Una descripción de las alternativas de decisión consideradas para el logro de los
objetivos propuestos para la política o plan, de acuerdo a las características
propias del instrumento en formulación, y que contendrá, además,:
i.1) Una identificación, descripción y evaluación de los efectos sobre los
problemas identificados en el diagnóstico ambiental estratégico, de cada una
de las alternativas propuestas;
i.2) Una explicación de la metodología aplicada para evaluar ambientalmente
las alternativas consideradas en la política o plan; y,
i.3) Un análisis de cómo los criterios de sustentabilidad fueron considerados
en la propuesta o en la alternativa seleccionada y una descripción de cómo se
logran los objetivos ambientales propuestos.
j) La forma en que la propuesta de la política o plan considera los efectos
ambientales identificados y evaluados. Si correspondiere, deberán describirse las
medidas que se adoptarán, su finalidad y la forma en que pretenden
implementarse.
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Objetivos Ambientales
Para la definición de objetivos ambientales se debe considerar la realización de las
siguientes preguntas claves, de manera de identificar las debilidades y fortalezas
de éstos:
PREGUNTAS EJEMPLO
PRÁCTICO
VALOR Contesta la ¿Qué es importante Recursos hídricos
pregunta valorar y por qué? superficiales
META Contesta la ¿Qué se desea hacer Resguardo del
pregunta con lo valorado? recurso hídrico
(protección de la
geomorfología del
lugar o el paisaje, u
otro).
OBJETIVO Contesta la ¿Qué debo hacer Restringir
pregunta para alcanzar la actividades que
meta? atenten con lo
valorado
INDICADOR Nos indica ¿Cómo sabemos que ¿Qué propone el
estamos avanzando Plan en esta línea?
en la dirección zonificación
indicada? especial, restringida
FUENTE: Ministerio del Medio
Ambiente, 2012
Recibido el informe ambiental por parte del Ministerio del Medio Ambiente, éste evacuará
sus observaciones dentro del plazo de veinte días. Dichas observaciones deberán ser
respondidas y/o resueltas en la propuesta del Plan tanto en Memoria, Planos y
Ordenanza.
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Esta respuesta y/o resolución deberá considerar una etapa de coordinación con la
contraparte técnica.
I.Actualización de Información
- Información Base:
a) Zonificación
b) Periodización
c) Conteo de flujos
d) Encuesta Origen destino
- Uso de Suelo
- Oferta de Transporte
Plazo: 6 meses.
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3.- AJUSTES A ESTUDIO DE PLAN REGULADOR COMUNAL (MPRMS 99, DDU 240 Y
227)
DDU 240
Art 2.1.18 O.G.U.C establece que las “Áreas de Protección de Recursos de Valor
Patrimonial Cultural” corresponden a zonas o inmuebles de conservación
histórica al igual que aquellos declarados como monumentos nacionales en sus
distintas categorías
DDU 227
Instruye respecto de la formulación y ámbitos de acción de Planes
Reguladores Comunales (deja sin efecto la Circ 55)
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d) Incorporar los nuevos cuadros que contienen las vías del PRMS, es decir
Vías Expresas y Vías Troncales, separándolas de las vías que de los análisis
resultaron ser Colectoras.
Plazo: 5 Meses
VII. METODOLOGIA
(a precisar por el municipio, de acuerdo a objetivos. Se sugiere:)
La metodología deberá ser propuesta por los oferentes que postulen al proceso de
Licitación Pública previsto para la elaboración del presente Estudio. Sin perjuicio de lo
anterior el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, propone una metodología base, utilizada
en planificación urbana para la elaboración de Planos Reguladores Comunales (1), y su
respectiva Evaluación Ambiental Estratégica (2). Este esquema permite mejorar la
propuesta Metodológica, recibiendo aportes innovadores a los procedimientos
tradicionalmente ocupados para su confección.
a) PROPOSICIÓN METODOLÓGICA:
La que deberá considerar al menos los siguientes aspectos:
o Coherencia entre los objetivos planteados para el estudio y la metodología propuesta
por el Consultor para lograrlos.
o Secuencia y contenido de cada una de las actividades que se propongan desarrollar
en cada etapa, y profesional que estará a cargo.
o Tipos de indicadores a utilizar en los análisis y fuentes de información planteadas
para su desarrollo.
o Grado de profundidad que se asigna a cada tema, medida en términos de su duración
y del equipo profesional asignado.
o Presentación final de los resultados, y grado de desarrollo.
1
Circular Ord. N°935, de fecha 01/12/2009, de la División de Desarrollo Urbano, DDU 227.-
2
Circular Ord. N°254, de fecha 08/04/2011, de la División de Desarrollo Urbano, DDU 247.-
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En ese contexto la Municipalidad de xxx ha desarrollado los estudios que forman parte de
la "Actualización del Plan Regulador Comunal". Por lo tanto, la presente iniciativa se
encuentra inserta dentro de los requisitos finales que conforman el proceso de
elaboración para la actualización del Plan Regulador Comunal de la Comuna de xxx,
correspondiente a: la elaboración del Informe de Evaluación Ambiental Estratégica, la
actualización del Estudio de Capacidad Vial, incorporación de las nuevas disposiciones
contenidas en los recientes Documentos de Desarrollo Urbano (DDU) respecto a la
determinación y reconocimiento de áreas de Valor Patrimonial (DDU 240) y las
Instrucciones respecto ámbito de acción comunales de la formulación y de planes
reguladores (DDU 227).
Deberá ser conformado un equipo municipal como contraparte técnica, presidido por el
Asesor Urbanista.
A nivel municipal se asignará personal competente que conformará la Unidad Técnica
conformada por representantes de las diferentes unidades municipales, que actuará como
contraparte. El asesor urbanista, quien presidirá dicha Unidad Técnica pondrá a
disposición de la consultora la información y documentación requerida por ésta, además
apoyará en la coordinación de las reuniones que se requieran con la comunidad,
organizaciones comunales, y entidades municipales. Dicha unidad técnica determinará a
su vez subcomisiones técnicas por temáticas según las atribuciones de las diferentes
unidades municipales.
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Por su parte, la Unidad Técnica estará conformada por las siguientes Unidades
Municipales:
Los requisitos exigibles atingentes a la buena ejecución del estudio, son inherentes a los
siguientes ámbitos:
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Dispondrá de una Unidad Técnica Municipal que actuará como contraparte técnica y
supervisará el proyecto y será responsable a nivel municipal por la marcha del proyecto,
actividades, y de sus aspectos administrativos.
XVI. MONITOREO
(a precisar por el municipio. Se sugiere:)
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Deberá ser presentado por la consultora, podrá seguir el modelo de la tabla adjunto o ser
una nueva propuesta en concordancia con las etapas, actividades, acciones y
programación y descripción de actividades del punto siguiente. En cualquiera de los
casos el desarrollo del estudio no podrá exceder los 7 meses. Este plazo no considera la
revisión y corrección, de 15 cada uno, situación considerada para cada etapa.
EJECUCION PRESUPUESTARIA
(a precisar por el municipio. Se sugiere:)
El valor señalado anteriormente incluye todos los costos, impuestos vigentes, seguros y
otras reglamentaciones necesarias para el óptimo cumplimiento del contrato, sea directo,
indirecto o a causa de él, aún el costo de las garantías. Esto incluye el pago de
honorarios, impuestos, entre otros.
El Estudio se pagará mediante 3 Estados de Pago fijos, cada uno de ellos previamente
visados por la Comisión Técnica, relativo a la etapa que corresponda de acuerdo a la
siguiente tabla:
PAGOS
ETAPA INFORMES EN % EN PESO MES
er
1 1 Informe de avance 35% 19.311.145 3
2 2do Informe de avance 45% 24.828.615 6
3 Informe Final 20% 11.034.940 7
TOTAL 55.174.700
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Informe 1 : 35%
Informe 2 : 45%
Informe 3 : ENTREGA FINAL 20%
Se toma un tiempo estimativo de 280 días corridos para el desarrollo del estudio
(sin considerar revisiones y correcciones), considerando horas de trabajo de algún
expertos con experiencia comprobada en temas relacionados.
PRESUPUESTO
HONORARIOS
DESIGNACIÓN CARGO $ / HH HH / MES MESES TOTAL
TOTAL OFERTA
FIRMA
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