Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Actividad 1 JMNR

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 7

UNIVERSIDAD VERACRUZANA

FACULTAD DE DERECHO – SEA

ACTIVIDAD 1

EE: PRÁCTICA FORENSE CIVIL Y MERCANTIL


ALUMNO: JESÚS MANUEL NÁPOLES RAMÍREZ
CATEDRÁTICO: MARÍA DEL CARMEN GARCÍA PASARÓN
C. JUEZ EN TURNO DE PRIMERA INSTANCIA

PRESENTE

Juana Hernández Pérez, en mi carácter de arrendadora con domicilio para oír y


recibir notificaciones en el despacho ubicado en calle Insurgentes No. 23 col.
Centro con C.P. 91000, de esta ciudad de Xalapa, y autorizando para tales efectos
al Lic. Jesús Manuel Nápoles Ramírez, ante usted, con el debido respeto
comparezco y expongo:

Que vengo en términos del presente escrito, y en la Vía Ordinaria Civil, a


demandar el pago de las prestaciones que más adelante detallaré, de Omar
Juárez Rodríguez, en su calidad de arrendataria, quien pude ser emplazada en
calle Pípila No. 54 col. Francisco Sarabia con C.P. 91030, Xalapa, Veracruz., el
pago de las siguientes:

PRESTACIONES

a) La recisión del contrato de arrendamiento y como consecuencia la


desocupación y entrega material de la localidad ubicada en calle Pípila No.
54 col. Francisco Sarabia con C.P. 91030, Xalapa, Veracruz.

b) El pago de la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.),


por concepto del importe de las rentas que me adeuda por los meses de
septiembre y octubre de 2023.

c) El pago de la cantidad de $650.00 (SEICIENTOS CINCUENTA PESOS


00/100 M.N.), atento a la Cláusula Primera del Contrato que se acompaña
como base de la acción.

d) El pago de las rentas que se sigan venciendo posteriores a la terminación


del Contrato y hasta el momento en que la parte demandada desocupe y
entregue la localidad materia de la presente controversia por la cantidad
de$15,000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.) atento a la cláusula
octava del contrato de arrendamiento que se acompaña como base de la
acción.

e) El pago del cincuenta por ciento del importe de las rentas de un año,
consistente en la cantidad de $90,000 (NOVENTA MIL PESOS 00/100
M.N.), por concepto de pena convencional en caso de no entregar el
inmueble al vencimiento del contrato, y atento a la cláusula segunda del
contrato que se acompaña como base de la acción.

f) El pago de la cantidad de $4500.00 (CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS


00/100 M.N.),, por concepto de impuesto al Valor Agregado I.V.A., generado
por las mensualidades de las rentas vencidas hasta el mes de octubre de
dos mil veintitrés, así como el pago de dicho impuesto que se genere por
las mensualidades de renta que sigan venciéndose hasta que se obtenga la
desocupación y entrega material del inmueble, atento a la cláusula octava
del contrato que se acompaña como base de la acción.

g) El recibo de finiquito ante Comisión Federal de Electricidad, comprobante


de pago de agua potable, baja de la línea telefónica a nombre de Omar
Juárez Rodríguez atento a la cláusula decima segunda del contrato de
arrendamiento.

h) El pago de los honorarios en términos del contrato de prestación de


servicios que se acompaña, atento a la cláusula primera del contrato base
de la acción.

HECHOS

1) En fecha uno de noviembre de dos mil veintidós, celebramos contrato de


arrendamiento respecto al bien inmueble ubicado en calle Pípila No. 54 col.
Francisco Sarabia con C.P. 91030, Xalapa, Veracruz, siendo arrendatario el
hoy demandado Omar Juárez Rodríguez, como se demuestra en el original
del contrato que se acompaña a al presente demanda.

2) En el contrato mencionado se tiene como fecha de inicio el primero de


noviembre de dos mil veintidós y teniendo como fecha de vencimiento el día
treinta y uno de octubre de dos mol veintitrés , pactando que la localidad
arrendada se destinaría para uso comercial, y que la renta mensual sería
de $15000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.), que la parte arrendataria
debería cubrir con puntualidad, en el domicilio del arrendador.

3) Es el caso de que el arrendatario adeuda a la fecha la renta de los meses


de septiembre y octubre del año en curso, sin que a la fecha los haya
cubierto, como se demuestra con los recibos de arrendamiento número
01153 y 01154 mismos que en original se acompañan, a pesar de que en el
contrato el arrendatario aceptó pagar la renta durante los primeros cinco
días del mes en el domicilio ubicado en calle 5 de febrero No.78 col. Centro
C.P. 91000.

4) Por lo anterior vengo a demandar la recisión por falta de pago y terminación


del contrato indicado y como consecuencia, la desocupación y entrega
material del inmueble.

5) El demandado se comprometió, al pago de la cantidad de $650.00


(SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), atento a la cláusula
primera del contrato que se acompaña como base de la acción.

6) Asimismo, el demandado se comprometió atento a la cláusula octava del


contrato de arrendamiento, al pago de las rentas que se sigan venciendo
posteriores a la terminación del contrato y hasta el momento en que la parte
demandada desocupe y entregue la localidad materia de la presente
controversia por la cantidad de $15000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100 M.
N.) cada una, más la cantidad de $15000.00 (QUINCE MIL PESOS 00/100
M. N.), como se demuestra con el contrato de arrendamiento que se
acompaña como base de la acción.

7) De igual manera, el demandado se comprometió a pagar del cincuenta por


ciento del importe de las rentas de un año, consistente en la cantidad de
$90000.00 (NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) por concepto de pena
convencional en caso de no entregar el inmueble al vencimiento del
contrato, y atento a la cláusula segunda del contrato que se acompaña
como base de la acción.

8) En las cláusulas octava, la demanda se comprometió al pago del I.V.A., así


como en la cláusula décima segunda del contrato de arrendamiento, se
comprometió a entregar el recibo de finiquito ante Comisión Federal de
Electricidad, comprobante del pago de agua potable, baja de la línea
telefónica a nombre de Omar Juárez Rodríguez.

DERECHO

En cuanto al fondo del asunto, son aplicables los artículos 2331, 2332, 2339,
2416 Fracción IV, y demás relativos y aplicables del Código Civil vigente en el
Estado.

Norman el procedimiento los artículos 1, 28, 62, 92, 109, 116, 207, 219, 221 y
demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.

PRUEBAS

1) Confesional. A cargo del demandado Omar Juárez Rodríguez, al tenor del


pliego de posiciones que deberá absolver personalmente y sin
asesoramiento legal alguno, mismo que en sobre cerrado exhibiré
oportunamente, para cuyo efecto solicito a su Señoría sea citado con el
apercibimiento establecido en el artículo 257 del Código de Procedimientos
Civiles vigente en el Estado. Esta prueba la relaciono con los hechos uno,
dos, tres, cuatro, cinco, seis, siete y ocho de esta demanda.

2) Documental privada. Consistente en el original del Contrato de


arrendamiento de fecha uno de noviembre de dos mil veintidós. Esta
prueba la relaciono con los hechos uno, dos, tres, cinco, y ocho de esta
demanda.

3) Documental privada. Consistente en dos recibos originales de


arrendamiento Número 01153 y 01154. Esta prueba la relaciono con los
hechos uno, dos, tres, cinco y ocho de esta demanda.

4) Instrumental de actuaciones. En todo lo que me favorezcan.

5) Supervinientes. Especialmente referidas a los recibos de arrendamiento


que se sigan venciendo hasta la total liquidación de este juicio.

6) Presuncional legal y humana. En todo lo que me favorezcan en su doble


aspecto.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted C. Juez, atentamente pido se


sirva:

Primero.- Tenerme por presentado con este escrito y documentos que acompaño,
demandando de Omar Juárez Rodríguez, en su calidad de arrendatario, las
prestaciones enumeradas en el proemio de este ocurso.

Segundo.- Con la copia simple de la demanda córrasele traslado y emplácese al


demandado para que produzca su contestación en términos de ley.

Tercero.- Tener por ofrecidas y relacionadas las pruebas que se expresan.


Cuarto.- En su oportunidad y previo los trámites de Ley, dictar sentencia
condenando al demandado al pago y cumplimiento de las prestaciones
reclamadas.

PROTESTO LO NECESARIO

H. XALAPA, VER. 08 DE OCTUBRE DE 2023

JUANA HERNÁNDEZ PÉREZ

También podría gustarte