Concepto de Flagrancia
Concepto de Flagrancia
Concepto de Flagrancia
Se podrá detener a una persona sin orden judicial en el caso de flagrancia, eso
es cuando la persona es detenida en el momento de estar cometiendo el delito,
o inmediatamente después de cometerlo es detenida por que fue sorprendida
cometiendo el delito, o inmediatamente después de cometerlo es detenida por
que fue sorprendida cometiendo el delito, o inmediatamente después de
cometerlo es detenida por que fue sorprendida cometiendo el delito y es
perseguida material e ininterrumpidamente, o bien cunado es señala por la
victima u ofendido, algún testigo presencial o quien hubiere intervenido en ella
en la comisión del delito y cuando tenga en su poder objetos productos del
delito o se cuente con información o indicios que hagan presumir que este
intervino en el mismo. En el caso de que haya sido detenida inmediatamente
después de cometerlo, es porque hubo un señalamiento, siempre y cuando,
inmediatamente después de cometer el delito no se haya interrumpido su
búsqueda o localización.
LA FLAGRANCIA PROPIAMENTE DICHA
Se suscrita cuando el autor del delito se ha retirado del lugar donde delinquió,
pero es inmediatamente perseguido por la víctima (agraviado), algún testigo
(incluye los serenos municipales) o autoridad policial; así también, nuestro
ordenamiento jurídico ha contemplado el supuesto en el cual dicha persecución
se suscita por medios tecnológicos, como mediante videovigilancia, sea por
cámaras de seguridad públicas o privadas, o por dispositivos tecnológicos que
tienen el mismo objeto (teléfonos celulares, por ejemplo), lo que permite la
plena identificación del autor. Así, el autor es intervenido o capturado a
inmediación del lugar de los hechos y corto tiempo después de su ejecución,
manteniendo un vínculo directo con estos.
LA FLAGRANCIA PRESUNTA