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Constitución de Asociación

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ACTA DE FUNDACIÓN, ELECCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO,

APROBACIÓN DE ESTATUTOS Y AUTORIZACIÓN DE GESTIÓN DE LA


ASOCIACIÓN “4 PATAS Y AMOR”
En Lima, a los…días del mes de… de 2023 siendo las 10:30 a.m, horas en el
local…, ubicado en…, balneario de Santa Rosa, distrito de Santa Rosa,
provincia y región de Lima Metropolitana y departamento de Lima. A
convocatoria de un grupo de personas se reúnen los firmantes, con la finalidad
de tomar acuerdos, para organizarse en una Asociación sin fines de lucro, lo
que deciden por
unanimidad.===================================================
Actuando como Presidente…, con DNI N.°… y como Secretario de Actas …,
con DNI N.°…, los que fueron elegidos por unanimidad. Luego se conformó el
Primer Consejo Directivo de la Asociación denominada “…” por acuerdo
unánime: ====
PRESIDENTE:…, con DNI N.°…=================================
TESORERO:…, con DNI N.°… ==================================
SECRETARIA DE ACTAS:…, con DNI N.°…
==========================
FISCAL:…, con DNI N.°…
========================================

El Consejo Directivo electo aceptó y juramentó el cargo, proponiendo


inmediatamente a la Asociación los siguientes Estatutos Sociales para su
aprobación: ===================================================

=========================ESTATUTO==========================

========================CAPITULO I ==========================

DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO =========================

ARTÍCULO 1.- Bajo la denominación de “…” se constituye la presente


Asociación, como Persona Jurídica de derecho privado, sin fines de lucro.
========================================================

ARTÍCULO 2.- La presente es de duración indeterminada e iniciara sus


actividades desde su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.
=======

ARTÍCULO 3.- La Asociación fija su domicilio en el distrito de Santa Rosa,


provincia y región de Lima Metropolitana y departamento de Lima, pudiendo
establecer filiales, dentro y fuera de la República, por decisión del Consejo
Directivo. ========================

=======================CAPÍTULO II ===========================
ARTÍCULO 4.- La Asociación tiene los siguientes fines y objetivos:
==========

1. Rescate y atención de los animales, cuyo objetivo principal es poder


brindarle atención y alimentación a los animales maltratados,
abandonados o que han sufrido algún tipo de abuso una segunda
oportunidad de vida digna y llena de cariño; buscar hogar o
internamiento a los animales caninos y felinos que han sido
abandonados y promoviendo y procurando una adopción responsable.
==============
2. Atender los casos particulares de crueldad hacia mascotas, buscando
rescatar a los animales en situaciones de emergencia para rehabilitarlos
e integrarlos a un hogar responsable, y en casos extremos recurrir a la
eutanasia humanitaria para terminar con su sufrimiento previa
autorización del médico veterinario tratante. Prevenir y remediar el
maltrato hacia mascotas en instituciones oficiales, privadas y educativas,
asesorar y canalizar a los dueños de mascotas sobre la atención médica
de las mismas, así como brindar tratamiento a animales enfermos con
dueños de escasos recursos.=================================
3. Promover el aprecio de los animales como individuos capaces de
desarrollar Sistemas Sociales semejantes a los nuestros; como seres
sensibles con emociones y sentimientos similares a los humanos, con un
rol específico y esencial en la conservación de los ecosistemas.=======
4. Abocada también a la educación y concientización respecto de las
causas y efectos de la sobrepoblación canina. A la erradicación de la
discriminación, racismo e indiferencia hacia los animales mestizos. A
brindar una segunda opción de adquirir una mascota a través de la
adopción. A esterilizar como medida para disminuir la sobrepoblación
canina previa autorización del médico veterinario
tratante.============
5. Crear conciencia sobre el sufrimiento de los animales causado por el
abandono, las enfermedades y el maltrato, esto con el fin de reducirlos
tanto como sea posible, despertando en la ciudadanía la sensibilidad a
este
sufrimiento.===========================================
6. Trabajar en conjunto para evitar la explotación de animales en
espectáculos y prácticas, dentro de la industria de consumo y la
experimentación educativa y científica.==========================

===========================CAPITULO III=======================

DE LOS BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO


SOCIAL=============

ARTÍCULO 5.- El Patrimonio Social estará constituido por los aportes


ordinarios o extraordinarios de los asociados, por las donaciones, legados,
préstamos y aportes de financiamiento que se reciban, tanto en efectivo como
en bienes, de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
Conformara también el patrimonio, los bienes que se obtengan en la realización
de actividades desarrolladas para su
captación.====================================

=========================CAPITULO IV========================

DE LA ORGANIZACIÓN=========================================

ARTÍCULO 6.- Son órganos de la Asociación:


==========================

A) La Asamblea General;======================================
B) El Consejo Directivo; =======================================

ARTÍCULO 7.- Son atribuciones de la Asamblea General;


=================

A) Aprobar o desaprobar la memoria y el balance anual del


ejercicio.======
B) Nombrar y remover a los miembros del Consejo
Directivo.============
C) Modificar los Estatutos
Sociales.===============================
D) Disolver la Asociación.======================================
E) Autorizar las operaciones de disposición o gravamen de los activos fijos
de la Asociación.==========================================
F) Aprobar y modificar el reglamento interno.=======================
G) Las demás que establezca la Ley.=============================

ARTÍCULO 8.- La Asamblea General puede ser ordinaria o extraordinaria. La


primera deberá efectuarse dentro del primer trimestre de cada año; y la
segunda, cuando el interés de la asociación lo
requiera.==========================

ARTÍCULO 9.- La Asamblea General es convocada por el Presidente del


Consejo Directivo, cuando lo acuerde dicho Consejo Directivo o cuando lo
soliciten no menos de la décima parte de los Asociados.==================

ARTÍCULO 10.- Para la convocatoria deberá cursarse notificación por escrito,


con anticipación no menor de cinco (05) días, precisándose la agenda a tratar
en la Asamblea General.
============================================

ARTÍCULO 11.- Para la validez de las reuniones de la Asamblea General se


requiere, en primera convocatoria, la concurrencia de mas de la mitad de los
asociados. En segunda convocatoria, basta la presencia de cualquier número
de asociados. Los acuerdos se adoptan con el voto de más de la mitad de los
miembros concurrentes.==========================================
Para modificar el estatuto o para disolver la Asociación se requiere en primera
convocatoria, la asistencia de mas de la mitad de los Asociados. Los acuerdos
se adoptan con el voto de mas de la mitad de los miembros concurrentes. En
segunda convocatoria, los acuerdos se adoptan con los Asociados que asistan
y que representen no menos de la décima
parte.========================

ARTÍCULO 12.- Los Asociados pueden ser representados en Asamblea


General, por otra persona; pudiendo ser este asociado o
no.===============

La representación se otorgará por Escritura Pública. También puede conferirse


por Carta Poder Legalizada y solo con carácter especial para cada
Asamblea.==

Ningún asociado tiene derecho por si mismo a mas de un


voto.==============

ARTÍCULO 13.- El Consejo Directivo es el órgano ejecutivo de la Asociación y


estará integrado por cuatro (04) miembros elegidos por la Asamblea General; lo
constituyen: 01 Presidente, 01 Secretario de Actas, 01 Tesorero y 01 Fiscal.
===

Los miembros del Consejo Directivo son elegidos por el período de tres años,
pudiendo ser reelegidos. Los que se mantendrán en sus cargos hasta que se
elija el nuevo Consejo Directivo.====================================

El Presidente del Consejo o quien haga sus veces, debe convocar al menos
una vez al año y cada vez que lo juzgue necesario para los intereses de la
Asociación o cuando lo solicite cualquier miembro. La citación se hará por
esquelas, con cargo de recepción y con anticipación, no menor de tres días a la
fecha señalada para la reunión: indicándose el lugar, día, hora y materia a
tratar en la reunión. Se puede prescindir de la convocatoria cuando se reúnen
todos los miembros y acuerden por unanimidad sesionar y los asuntos a tratar.

El quórum del Consejo Directivo es de la mitad mas uno de sus miembros. Si el


número es impar, el quórum es el número entero inmediato superior al de la
mitad de aquel. Cada miembro tiene un
voto.===========================

Los acuerdos del Consejo Directivo deben adoptarse por mayoría absoluta del
voto de los miembros concurrentes. En caso de empate, el Presidente del
Consejo Directivo será quien
decida.=================================

ARTÍCULO 14.- Son atribuciones del Consejo Directivo:==================

A) Representar a la
Asociación.==================================
B) Hacer cumplir todos los acuerdos de las Asambleas Generales;
Planificando, Coordinando y Ejecutando las actividades de la
Asociación.
C) Calificar el ingreso de nuevos Asociados.========================
D) Formular la memoria y el balance anual, en el plazo máximo de cuarenta
y cinco días, contando a partir del cierre del ejercicio; documentos que
serán aprobados en Asamblea General.=========================
E) Dirigir la marcha económica y administrativa de la
Asociación.=========
F) Encomendar determinados asuntos a uno o más de sus miembros, sin
perjuicio de los poderes que pueda conferir a cualquier
persona.=======
G) Crear comisiones especiales de trabajo.=========================
H) Elaborar el reglamento interno de la Asociación.===================
I) Aprobar la celebración de convenios interinstitucionales con entidades
Nacionales o Extranjeras.====================================
J) Tiene el manejo directo de la Asociación, para lo cual puede disponer de
sus recursos, estando facultado a abrir, manejar y cerrar cuentas
bancarias de todo tipo, efectuar cobros a nombre de la Asociación y, en
general, a celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios,
para el cumplimiento de sus
fines.==================================
K) Elaborar el plan de trabajo anual de la Asociación, programas o
proyectos, de acuerdo a las propuestas de las respectivas secretarias o
comisiones especiales, y formulando el calendario de
actividades.===============
L) Dictaminar el ingreso y juramentación de los nuevos
miembros.========
M) Fijar los premios y/o sanciones a los miembros y dar cuenta a la
Asamblea
General.================================================

ARTÍCULO 15.- Quien ejerce el cargo de PRESIDENTE será quien presida


las reuniones del Consejo Directivo y la Asamblea General, y sus
atribuciones son:
======================================================

A) Conducir a la Asociación.====================================
B) Tomar juramento a todos los Nuevos
Asociados.===================
C) Convocar, Presidir y Dirigir la Asamblea General, así como velar que sus
acuerdos estén enmarcados dentro de los fines que persigue la
Asociación, de acuerdo al
Estatuto.=============================
D) Celebrar y suscribir convenios aprobados por la Asamblea
General.=====
El Presidente como representante legal es responsable de la política
general de la Asociación, tiene las facultades generales de representación y
las especiales contenidas en los artículos 74° y 75° del Código Procesal
Civil, pudiendo realizar todos los actos de disposición de derechos
sustantivos y, en particular, presentar denuncias penales, recursos de
nulidad ante la Corte Suprema, para demandar, reconvenir, contestar
demandas y reconvenciones, desistirse del proceso y de la pretensión,
allanarse a la pretensión, conciliar, apersonarse a los Centros de
Conciliación Extrajudicial, transigir, someter a arbitraje las pretensiones
controvertidas en el proceso, sustituir o delegar la representación y para los
demás actos que expresa la
Ley.======================================================

En buena cuenta será el representante de la Asociación ante instituciones


públicas y/o privadas, autoridades científicas, educativas, administrativas,
entre otras.=================================================

E) A sola firma podrá abrir, transferir y cerrar cuentas corrientes bancarias,


girar, endosar, descontar y protestar letras de cambio, vales, pagarés,
warrants, retirar giros, certificados de conocimiento, pólizas, cartas
fianzas, comprar y vender valores, aceptar, reaceptar, girara, renovar
cualquier clase de documentos mercantiles y civiles, otorgar recibos y
cancelaciones, sobregirarse en cuenta corriente, solicitar avances en
cuenta corriente, con garantía o sin ella, arrendar muebles, inmuebles,
solicitar toda clase de préstamos con garantía hipotecaria, prendaria y
cualquier otra forma y comprar, vender y gravar los bienes de la
Asociación, sean muebles o inmuebles, incluso edificaciones, de
cualquier tipo, sean inmuebles urbanos o de playa o de campo,
suscribiendo los respectivos documentos ya sean privados o por
Escritura Pública. Asimismo, podrá traspasar la posesión de inmuebles
mediante la suscripción de Instrumentos
Privados.==========================
F) Presentar a la Asamblea General el balance y la memoria anual.
G) Entregar bajo inventario los bienes muebles de la Asociación,
conjuntamente con los demás miembros del Consejo Directivo, al cesar
el
cargo.==================================================
H) Presentar la memoria de las actividades de todos los miembros del
Consejo Directivo, al finalizar el período para lo cual fueron
elegidos.====

ARTÍCULO 17.- Quien ejerce el cargo de SECRETARIO DE ACTAS tendrás


bajo su responsabilidad la administración documentaria de la Asociación; y
tendrá las siguientes
funciones:=====================================
A) Llevar el Libro de Registro de Asociados, el Libro de Actas de las
Asambleas Generales y del Consejo Directivo.====================
B) Dar cuenta del Despacho y de toda la correspondencia recibida y
remitida, previo conocimiento del
Presidente.============================
C) Preparar y Presentar al Presidente la documentación para ser puesta en
conocimiento de la Asamblea General.==========================
D) Asistir puntualmente a todas las
sesiones.========================
E) Suscribir, con el Presidente, las Actas de las Asambleas Generales,
Ordinarias y Extraordinarias, así como todos los documentos de carácter
oficial de la
Asociación.======================================
F) Tener a su cargo y responsabilidad el archivo de documentos de la
Asociación.==============================================

ARTÍCULO 18.- Quien ejerza el cargo de TESORERO será responsable


directo del movimiento económico y el custodio del Patrimonio de la
Asociación. Este cargo deberá recaer en un Asociado idóneo. Tiene las
siguientes funciones:====

A) Llevar el control de los ingresos y gastos de la


Asociación.============
B) Llevar los Libros Principales de Contabilidad. Estos Libros y la
documentación sustentatoria correspondiente, deberá elevarlos al
Presidente del Consejo Directivo, para que conjuntamente con los otros
miembros formulen la memoria y el balance
anual.==================
C) Firmar conjuntamente con el Presidente los documentos relacionados
con el movimiento económico, sin cuyo conocimiento y/o autorización no
podrá efectuarse ninguna operación que signifique el empleo de los
fondos de la
Asociación.=====================================
D) Dar cuenta trimestralmente de la situación económica, al Consejo
Directivo, para el informe en Asamblea
General.===================
E) Recaudar las cotizaciones Ordinarias y Extraordinarias de la
Asociación.=
F) Velar por la correcta recaudación de las cuentas y gastos de acuerdo a
lo
presupuestado.===========================================
G) Denunciar el incumplimiento del pago de cotizaciones y multas de los
Asociados que no cumplan con su obligaciones económicas con la
Asociación.==============================================
H) Mantener en su poder, con pleno conocimiento y autorización del
presidente, un fondo de caja chica, para cualquier eventualidad, dando
cuenta de la misma cada treinta días.===========================
I) Depositar los fondos de la Asociación en las cuentas bancarias y
retirarlas firmando conjuntamente con el
Presidente.=======================
J) Percibir las cuotas de los miembros y otros, realizando al final de su
período el balance
respectivo.=================================
K) Proponer actividades para incrementar los Recursos
Económicos.======
L) Al cese de sus funciones entregará a su sucesor mediante un inventario
que contenga la relación de los Libros de Contabilidad, documentación
sustentatoria y demás documentos que hagan conocer el Estado de los
Bienes que conforman el Patrimonio de la
Asociación.===============
M) Elaborar periódicamente el presupuesto de la Institución de acuerdo a
los requisitos de la Asociación y Plan
Operativo.======================

ARTÍCULO 19.- Quienes ejercen el cargo de FISCAL tendrán las siguientes


funciones:====================================================

A) Velará por el correcto uso de los Bienes de la


Asociación.============
B) Velará por el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los demás
miembros del Consejo
Directivo.===============================
C) Vigilará y hará respetar el Estatuto y el reglamento interno de la
Asociación.==============================================
D) Recibirá las denuncias de los Asociados e investigará las mismas
haciendo un informe el mismo que será presentado al Consejo Directivo
para su discusión. =========================================
E) Vigilará el correcto desenvolvimiento de los Asociados y del Consejo en
las Asambleas y Reuniones que se realicen.
======================

ARTÍCULO 21.- Los miembros del Consejo Directivo son responsables ante la
Asociación conforme a las reglas de la representación, excepto aquellos que no
hayan participado del acto causante del daño o que dejen constancia de su
oposición.====================================================

====================CAPÍTULO V==============================

DE LAS CONDICIONES PARA LA INCORPORACIÓN, RENUNCIA Y


EXCLUSIÓN DE LOS MIEMBROS.=================================

ARTÍCULO 22.- Son miembros fundadores de la Asociación los firmantes del


Acta de Constitución. Son miembros plenos los que posteriormente a la
Constitución de la Asociación se incorporen mediante solicitud escrita previa
calificación del Consejo Directivo.===================================
ARTÍCULO 23.- Son miembros honorarios los que por razones de sus
cualidades personales, profesionales, culturales y filantrópicas aporten al
desarrollo de la Asociación y, en general, de la sociedad. Su incorporación se
hará a solicitud de uno de los Asociados, previa calificación del Consejo
Directivo. =====================================================

ARTÍCULO 24.- La renuncia de los Asociados debe ser formulada por escrito,
la misma que será aceptada una vez que el Consejo Directivo emita informe
favorable sobre sus cotizaciones y
encargos.===========================

ARTÍCULO 25.- Podrán ser excluidos de la Asociación los miembros que


atenten Contra la Vida o Salud de sus semejantes. Para ello se requiere del
Quórum y forma de adopción de acuerdos previstos en el artículo 87° del
Código Civil, primer
párrafo.=================================================

=======================CAPÍTULO VI==========================

DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS ===============

ARTÍCULO 26.- Es deber de los Asociados cumplir el presente Estatuto


efectuar las acciones que les sean encomendadas para la consecución de los
objetivos sociales; además de:
============================================

A) Asistir a las reuniones del Consejo Directivo y Asambleas Generales


convocadas en plena conformidad con el presente Estatuto.
==========
B) Pagar puntualmente las cuotas Ordinarias y Extraordinarias que fije la
Asociación.==============================================
C) Asistir obligatoriamente a los programas y eventos organizados por la
Asociación.==============================================

ARTÍCULO 27.- Los Asociados tienen derecho a: ======================

A) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.==============


B) Renunciar a la Asociación, por pedido escrito.
=====================
C) Impugnar judicialmente los acuerdos que violen las disposiciones legales
o estatutarias, la misma que podrá ejercitarse conforme a lo señalado en
el Artículo 92° del Código Civil.================================
D) Denunciar ante la Asociación, cualquier irregularidad que perjudique los
intereses de la Asociación y reclamar apoyo solidario cuando demuestre
el perjuicio.==============================================
E) Elegir y ser elegido para los cargos y comisiones que se nombre en la
Asociación.==============================================
F) Proponer y debatir sobre los problemas de la Asociación que sean
tratados orgánicamente y emitir su voto de consecuencia. ===========
G) Ser representado en Asamblea General, cuando las circunstancias así lo
requieran. ===============================================

ARTÍCULO 28.- Las Personas Jurídicas que formen parte de la Asociación,


deberán acreditar un representante legal, para su representación.
===========

ARTÍCULO 29.- La calidad de Asociado es inherente a la persona y no es


transmisible. ==================================================

ARTÍCULO 30.- Los Asociados renunciantes, los excluidos y los sucesores de


los Asociados muertos quedan obligados al pago de las cuotas que hayan
dejado de abonar, no pudiendo exigir el reembolso de sus aportaciones.
============

====================== CAPÍTULO VII ==========================

FALTAS DE LOS ASOCIADOS


====================================

ARTÍCULO 31.- Son faltas de los Asociados los siguientes:


================

A) No cumplir ni dar cuenta oportuna de encargos, delegaciones,


comisiones especiales y otros que reciban de la Asociación.
===================
B) Por cometer Delitos Ilícitos en agravio de la Asociación, de los directivos
y de los Asociados. ========================================
C) Por adulterar o falsificar documentos para obtener beneficios o ventajas
económicas en provecho propio o de terceros.
====================
D) Apropiarse ilegalmente de bienes inmuebles, muebles, enseres, dinero,
documentos de propiedad de la Asociación.
======================
E) Hacer reclamos infundados que solo tengan interés personal y no
colectivo.
================================================
F) Retener indebidamente documentos e informaciones de interés colectivo
de la Asociación. ==========================================
G) Presentarse en Estado etílico a las Asambleas, y por actuar
inmoralmente.
H) Fomentar desorden e indisciplina. =============================
I) Por cometer fraude, desfalco, malversación de fondos de la Asociación,
adulterando documentos de ingreso y egreso de dinero.
=============
J) Por incumplir y/o utilizar con fines personalistas los cargos para los que
fueron elegidos.
===========================================
K) No cumplir con los Estatutos sociales, el reglamento interno el Código de
Ética y los acuerdos adoptados por la Asociación. =================

Las sanciones a aplicarse a los Asociados en caso de cometer algunas de


las faltas señaladas será la de amonestación, suspensión, destitución del
cargo, multas y en caso de ser necesario con la exclusión, dichas sanciones
serán determinadas por la Asamblea General teniendo en cuenta la forma y
adopción de acuerdos previstas en el artículo 87° del Código Civil, primer
párrafo. ===================================================

======================= CAPÍTULO
VIII=======================

DE LA MODIFICACIÓN DE ESTATUTO
===========================

ARTÍCULO 32.- Para la modificación del Estatuto se tendrá en cuenta lo


señalado en el segundo párrafo, del artículo 87° del Código Civil.
=========

====================== CAPÍTULO IX ========================

DE LA DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y DESTINO FINAL DE SUS


BIENES=

ARTÍCULO 33.- La Asociación se disuelve por las causales señaladas en la


ley, con la convocatoria y quórum señalados en el segundo párrafo del
artículo 87° del Código Civil. ====================================

La Asamblea General que decida la disolución nombrará un liquidador, el


mismo que luego de pagar las obligaciones, donará el remanente del
patrimonio a otra institución que persiga los mismos fines. La institución a la
que se le haga entrega el haber neto resultante deberá estar ubicada en
zonas de notoria necesidad económica.
============================

======================= CAPÍTULO X
========================

DE LAS OMISIONES =========================================

ARTÍCULO 34.- En todo lo que no este previsto en estos Estatutos serán de


aplicación los artículos 80° al 98° del Código Civil Peruano.
=============
======================= FIN DE LOS ESTATUTOS
==============

Asimismo, dejamos expresa constancia que debatidos los Estatutos que


anteceden, fueron aprobados por unanimidad. En este acto la Asamblea
constitutiva autoriza a:… DNI N.°,,,, a firmar la minuta y posterior Escritura
Pública de Constitución, y a suscribir y tramitar sin mas de tratar, concluyo a
hora 13:00 de la tarde del mismo día y suscriben sin enmendadura alguna
la presente los asistentes.

Sigue la siguiente relación de nombres con su firma y N° de DNI.


=========

NOMBRES Y APELLIDOS

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