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CUN Derechos Pecuniarios
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SALA GENERAL
ACUERDO No. 07
(30 de noviembre de 2021)
POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LOS DERECHOS PECUNIARIOS PARA EL AÑO
2022 DE LA CORPORACION UNIFICADA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR.
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Número 6218 del 23 de diciembre del 2005 el ministerio de Educación
Nacional otorgo a la Corporación Unificada Nacional de Educación Superior, la correspondiente
redefinición institucional para poder ofrecer formación por ciclos propedéuticos hasta el nivel
profesional.
Que la Constitución Política, en su Artículo 69, consagra la autonomía universitaria, permitiendo que
las Instituciones de Educación Superior (IES) puedan darse sus directivas y regirse por sus propios
estatutos, de acuerdo con la ley.
Que de acuerdo con el literal a) del artículo 23 del Estatuto Orgánico es función de la Sala General
es función de la Sala General formular, orientar y evaluar periódicamente las políticas académicas,
administrativas y financieras de la institución.
Que el artículo 122 de la Ley 30 de 1992 establece que las Instituciones de Educación Superior
legalmente aprobadas, fijarán el valor de los derechos pecuniarios consagrados en dicho artículo.
Que compete al Ministerio de Educación Nacional las funciones de control, inspección y vigilancia
de las Instituciones de Educación Superior, por ende es dable informarle en debida forma sobre el
incremento en el valor de las matrículas y otros derechos pecuniarios de las Instituciones de
Educación Superior así como su correspondiente justificación.
Que el literal e) del artículo 23 del Estatuto Orgánico de la Corporación, establece como función de
la Sala General establecer los valores por concepto de servicios académicos y demás derechos
pecuniarios de acuerdo con la ley.
Que esta disposición es respetuosa del marco constitucional, legal y reglamentario predicable a la
fijación de derechos pecuniarios, especialmente en lo referente a lo consagrado en el artículo
2.5.3.9.1.1. del Decreto 1075 de 2015 y en el artículo 4 de la Resolución 019591 de 2017 del
Ministerio de Educación que modificó el artículo 10 de la Resolución 20434 de 2016.
Que la Sala General de manera unánime manifiesta que es imperativo para la Corporación garantizar
la calidad académica y promover una constante mejora en sus servicios educativos, y que para
dichos propósitos es viable y conducente el incremento de derechos pecuniarios referido en este
acuerdo tanto en su parte motiva como resolutiva al igual que sus anexos.
Artículo Primero: Disponer los valores a cobrarse como importes de matrícula para el año Dos
mil veintidós (2022) los dispuestos en el Anexo No 001 de este acuerdo.
Parágrafo: Los anteriores valores serán reajustados en un 20% para aquellos
estudiantes que se matriculen en período extraordinario de conformidad con
el Reglamento Estudiantil.
Artículo Segundo: Disponer los valores a cobrarse como importes diferentes a los de matrícula
para el año Dos mil veintidós (2022) los dispuestos en el Anexo No 002 de
este acuerdo.
Artículo Tercero: Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga lasdisposiciones
que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D. C., a los treinta (30) días del mes de noviembre de Dos mil veintiuno (2021)
__________________________________
SANDRA BIBIANA CASTILLO CASTILLO
SECRETARIA GENERAL
ANEXO No 01
Cifras en Pesos
VALOR BASE DE MATRICULA
2022
MODALIDAD SEDE PROGRAMA CICLO NUEVOS ANTIGUOS
BARRANQUILLA
Comunicación Social
TECNOLÓGICO $ 2.727.000 $ 2.727.000
Cifras en Pesos
Comunicación Social
TECNOLÓGICO $ 2.727.000 $ 2.727.000
TÉCNICO $ 1.553.000
Administración de Empresas TECNOLÓGICO $ 1.830.000
PROFESIONAL $ 2.118.000
TÉCNICO $ 1.553.000
Administración Pública TECNOLÓGICO $ 1.830.000
PROFESIONAL $ 2.118.000
NACIONAL
TÉCNICO $ 1.553.000
SIN OFERTA
Administración Turística y Hotelera TECNOLÓGICO $ 1.830.000
PROFESIONAL $ 2.118.000
TÉCNICO $ 1.553.000
Contaduría Pública TECNOLÓGICO $ 1.830.000
PROFESIONAL $ 2.118.000
TÉCNICO $ 1.553.000
Gestión Social y Salud Comunitaria
TECNOLÓGICO $ 1.830.000
DISTANCIA
Bogotá CAT`S
TÉCNICO $ 1.553.000 $ 1.553.000
Yopal,
Villavicencio, TECNOLÓGICO $ 1.830.000 $ 1.830.000
Sincelejo,
Santa Marta,
Pereira, Pasto,
Neiva,
Montería,
Ipiales, Administración de Empresas
Ibagué,
Granada,
Florencia,
Cúcuta, Chía,
Cartagena,
Buenaventura,
Barranquilla
Armenia. PROFESIONAL $ 2.118.000 $ 2.118.000
Bogotá CAT`S
TÉCNICO $ 1.553.000 $ 1.553.000
Villavicencio,
Santa Marta, TECNOLÓGICO $ 1.830.000 $ 1.830.000
Magdalena, Administración de Empresas Agroindustriales
Montería,
Ibagué,
Florencia PROFESIONAL $ 2.118.000 $ 2.118.000
EDUCACIÓN VIRTUAL
Único Bogotá,
TÉCNICO $ 2.156.000 $ 2.156.000
(Sujeto a Santa
expedición de Marta, Comunicación Social
acto Ibagué, TECNOLÓGICO $ 2.727.000 $ 2.727.000
administrativo Neiva y
MEN) Virtual PROFESIONAL $ 3.136.000 $ 3.136.000
ANEXO No 02
2022
DESCRIPCIÓN TÉCNICO TECNÓLOGO PROFESIONAL
CREDITO ADICIONAL (Presencial) $ 113.000 $ 144.000 $ 167.000
CREDITO ADICIONAL (Distancia) $ 83.000 $ 98.000 $ 115.000
CREDITO ADICIONAL (Virtual) $ 167.000 $ 181.000 $ 232.000
DERECHOS DE GRADO (Presencial) $ 556.000 $ 605.000 $ 652.000
DERECHOS DE GRADO (Distancia) $ 329.000 $ 369.000 $ 380.000
DERECHOS DE GRADO (Virtual) $ 543.000 $ 642.000 $ 765.000
EXAMEN DE SUFICIENCIA (Presencial) $ 255.000 $ 292.000 $ 330.000
EXAMEN DE SUFICIENCIA (Distancia) $ 165.000 $ 181.000 $ 183.000
EXAMEN DE SUFICIENCIA (Virtual) $ 423.000 $ 499.000 $ 596.000
HABILITACION** (Presencial) $ 102.000 $ 117.000 $ 131.000
HABILITACION** (Distancia) $ 62.000 $ 70.000 $ 70.000
HABILITACION** (Virtual) $ 99.000 $ 124.000 $ 153.000