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Pymes
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DECIMA SEXTA: En cada ejercicio de harán los siguientes apartados: a) Un cinco por ciento
(5%) de los beneficios netos para la formación de Reserva Legal, hasta que alcance un diez por
ciento (10%) por lo menos del capital social. b) Los apartados especiales para la reserva, garantías y
diversos fines que fueren ordenados. c) Calculados los beneficios y hecha la deducción de gastos
generales y de toda clase de diversos apartados, el saldo favorable podrá ser distribuido total o
parcialmente entre los socios y en la forma y fecha que lo disponga la Asamblea General de
Accionistas al decretar el respectivo dividendo.
DECIMA SEPTIMA: La Asamblea General de Accionistas elegirá un Comisario, el cual durara en
sus funciones cinco (5) años y en todo caso hasta que la Asamblea General de Accionistas le
designe sustituto no podrá ser removido en cualquier momento por la misma Asamblea General de
Accionistas.
DECIMA OCTAVA: La compañía expresa o tácitamente no podrá dar fianza a personas que no
sean socios de la compañía ni por asuntos que no sean de interés de la misma.
DECIMA NOVENA: Cuando los administradores sean accionistas de la empresa deberán
depositar en la caja social de la misma, la cantidad de cinco (5) acciones para responder por el
cumplimiento de sus funciones y administración hasta que dure su ejercicio, según el procedimiento
pautado en el Articulo 244 del Código de Comercio Venezolano Vigente. En caso contrario
deberán dar caución o garantía real a juicio de los administradores de la compañía.
VIGESIMA: En este acto se han efectuado las siguientes designaciones: como PRESIDENTE al
accionista JOSE MANUEL SOSA COLMENARES, y como VICEPRESIDENTE al accionista
JOSE MANUEL SOSA ROMERO. Para el cargo de COMISARIO ha sido designada la
Licenciada MARYURIS DEL VALLE ACOSTA ORENCE, mayor de edad, venezolana, de este
domicilio, titular de la cedula de Identidad N°. 14.505.058, Contador Público Inscrito, inscrito en el
Colegio de Contadores Públicos bajo el N° C.P.C. 80.057
VIGESIMA PRIMERA: Se Autoriza plena y suficientemente al ciudadano JOSE MANUEL
SOSA ROMERO, quien es venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cedula de
Identidad
N°. 10.929.684, Registro de Información Fiscal (RIF) N°. V- 109296844, abogado en ejercicio
e
Inscrito en el I.P.S.A bajo el Numero 59.358 y de este mismo domicilio, para cumplir con las
formalidades de Registro y publicación de este documento.
Es Justicia en la Ciudad de Tucupita a la fecha de su presentación.
CIUDADANO.
SU DESPACHO.
Yo, JOSE MANUEL SOSA ROMERO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de
la Cedula de Identidad N°. 10.929.684, con Registro de Información Fiscal (RIF) N°.V- 109296844
y de este mismo domicilio, debidamente autorizado para este acto de conformidad con lo
establecido en la Cláusula VIGESIMA PRIMERA de los Estatutos de la Sociedad Mercantil en
formación, denominada “ SERVICIO ODONTOLOGICO SOSA (PYME)”, ante usted con el
debido respeto ocurro para exponer y solicitar: A los fines previstos en el Articulo 215 del Código
de Comercio Venezolano Vigente, acompaño a este escrito de participación, el Acta Constitutiva y
estatutos Sociales de mi representada, para que una vez comprobado que en su formación se
cumplieron los requisitos de ley, se sirva ordenar su Registro y Publicación y la formación del
expediente respectivo. Igualmente acompaño para que sea agregado al expediente a formarse, el
Inventario Inicial de Bienes aportados por los socios donde se evidencia el pago total del capital
social de la empresa y la carta de aceptación del Comisario, finalmente solicito que una vez
solicitados los tramites de rigor, ordene se me expida copia certificada de dicha Acta Constitutiva-
Estatutos Sociales, de este escrito de participación, sus anexos y del auto que la provea, a los fines
de proceder a la publicación de ley.