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Protocolos Situaciones de Violencia
Protocolos Situaciones de Violencia
Protocolos Situaciones de Violencia
SITUACIONES DE VIOLENCIA
detectadas o cometidas en el sistema educativo
TERCERA EDICIÓN
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Lenín Moreno Garcés
MINISTRA DE EDUCACIÓN
Monserrat Creamer Guillén
Viceministra de Educación
Susana Araujo Fiallos
Ilustraciones
Guido Chaves Larrea
Índice
1. Información general 7
Introducción 9
Ámbito y población objetivo 10
Objetivos 12
a. General 12
b. Específicos 12
Enfoques 13
Enfoque de derechos 13
Enfoque de género 13
Enfoque intergeneracional 14
Enfoque intercultural 14
Enfoque inclusivo 15
Enfoque pedagógico 15
Enfoque restaurativo 15
Glosario 16
2. Desarrollo conceptual 21
Definición de violencia 23
Categorización de la violencia 24
a. Tipologías según su manifestación 25
b. Tipologías según la relación entre la víctima
y la persona agresora 36
c. Tipologías según los motivos socioculturales y/o situaciones
de vulnerabilidad 41
3. Desarrollo normativo 49
Protección integral 51
7. Instructivos 103
INFORMACIÓN
GENERAL
9
En este contexto, el Ministerio de Educación ha actualizado este docu- mento,
denominado Protocolos y rutas de actuación frente a situaciones de
violencia detectadas o cometidas en el sistema educativo, cuyo fin es
guiar la actuación de la comunidad educativa ante casos de violencia.
Las rutas y los protocolos que constan en esta edición fueron sometidos a un
proceso de revisión por parte de organizaciones de la sociedad ci- vil (OSC).
Esto, con el propósito de contar con observaciones de distin- tos contextos y
realidades a nivel territorial, ya que son las OSC las que conocen y actúan ante
casos específicos de vulneraciones de derechos. Posteriormente, este documento
fue validado por las instituciones del Estado que pertenecen al Sistema Nacional
de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia: la Fiscalía General del Estado
(FGE), el Consejo de la Judicatura (CJ), la Defensoría Pública, la Defensoría del
Pueblo, el Consejo Nacional de Igualdad de Género (CNIG), el Consejo
Nacional de Igualdad Intergeneracional (CNII), el Ministerio de Salud Pública
(MSP) y el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
INFORMACIÓN 11
GENERAL
Ámbito y población objetivo
Objetivos
General
Establecer lineamientos de actuación para todas las personas que con- forman la
comunidad educativa, frente a situaciones de hechos de vio- lencia cometidos o
detectados en el ámbito educativo, mediante la apli- cación de acciones y
directrices, con el fin de garantizar la prevención, atención especializada y
oportuna, protección y restitución inmediata de los derechos vulnerados,
evitando la revictimización, fortaleciendo el proceso de prevención y
acompañamiento a la persona agresora, cuan- do se trate de estudiantes.
Específicos
• Informar a la comunidad educativa sobre la violencia en sus distintas
manifestaciones, para facilitar procesos adecuados de prevención,
protección y reparación.
Enfoques
Enfoque de derechos
Implica el reconocimiento de que todas las personas son titulares de dere- chos,
independientemente de su edad, sexo, género, identidad de género, orientación
sexual, condición de movilidad humana, discapacidad, etnia, raza, condición
socioeconómica o cualquier otra distinción que tenga por objeto o resultado
menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejerci- cio de derechos. Trabajar
desde este enfoque permite generar nuevas prácticas en las que toda la
comunidad educativa sea responsable de la garantía y ejercicio de derechos,
promoviendo la participación de todas las esferas de la sociedad en la
realización de acciones concretas.
Enfoque de género
Promueve una cultura equitativa de respeto hacia las personas y los co- lectivos
sociales. Se basa en el principio de igualdad y no discriminación, y en el
ejercicio y la garantía de los derechos humanos. Este enfoque apunta a resaltar
la construcción sociocultural alrededor de los géneros, proponiendo
valoraciones que promuevan la igualdad de oportunidades y permitan la
reflexión sobre la influencia de los estereotipos sociales en los procesos de
desarrollo y formación individual y cultural. El enfoque de género, al ser una
categoría de análisis de las construcciones socia- les, pretende incorporar
estrategias para contrarrestar las relaciones de poder que se encuentran
naturalizadas, para aportar a la transformación social mediante el
reconocimiento de la diversidad.
INFORMACIÓN 13
GENERAL
Enfoque intergeneracional
Implica reconocer que las personas, en todas las etapas de los ciclos de vida
(niñez, adolescencia, juventud, adultez y vejez), son interlocutoras válidas con
opiniones concretas que deben ser escuchadas y considera- das. Esta mirada
sugiere que todas las personas tienen necesidades particulares.
Enfoque intercultural
Hace un llamado a reconocer que el Estado ecuatoriano es plurinacional e
intercultural. Resalta las distintas formas de entender el mundo que se expresan
en lenguajes, lenguas, costumbres, códigos e identidades. Es- tas incluyen a los
pueblos y nacionalidades indígenas, a las comunida- des afroecuatoriana,
montubia y mestiza, y también a aquellas personas en situación de movilidad
humana. Esta perspectiva promueve el respe- to y aprendizaje mutuo entre las
culturas, para nutrir las relaciones huma- nas y el desarrollo integral de las
personas.
Enfoque pedagógico
Se fundamenta en el concepto de una educación para la vida que posi- bilite la
formación y el desarrollo humano desde una visión integral, en la que el
estudiantado viva experiencias esenciales y afines a sus intereses, aptitudes y
actitudes, y fortalezca la toma de decisiones personales con conocimiento.
Enfoque restaurativo
Rompe con el esquema punitivo de gestión de la convivencia escolar y plantea
la transformación de los conflictos desde la aceptación de res- ponsabilidad y la
reparación de daños; es decir, rechaza la violencia y ha- ce efectiva la cultura de
paz.
INFORMACIÓN 15
GENERAL
Glosario
• Coerción. Medio con que se fuerza a un sujeto a desarrollar una ac- tividad
en contra de su voluntad.
• Constitución. La más alta norma jurídica del país, que rige dentro de él a
la ciudadanía tanto ecuatoriana como extranjera. Toda ley política o pública
y toda actuación en general debe cumplir con los mandatos de este cuerpo
normativo.
• Delito. Infracción grave de carácter penal, que produce una incapaci- dad
física para el trabajo de más de tres días y conlleva penas priva- tivas de
libertad de más de un mes.
INFORMACIÓN 17
GENERAL
• Entrevista. Técnica de recopilación de información (relato y compro-
bación de hechos, circunstancias, opiniones) para la obtención de da- tos
relevantes y significativos sobre un tema puntual. Consiste en un acto de
comunicación interpersonal (diálogo) entre profesionales (quienes evalúan) y
personas entrevistadas.
• LGBTI. Sigla que designa los siguientes términos: lesbianas, gays, bi-
sexuales, transexuales, transgénero, travestis e intersexuales. Ha sido
utilizada como signo de autoidentificación por los colectivos de per- sonas
con orientaciones e identidades sexuales diversas, para reivin- dicar sus
derechos.
INFORMACIÓN 19
GENERAL
Internacional de Prácticas Restaurativas (IIRP) diferencia entre prácti- cas
restaurativas y justicia restaurativa, pues se entiende a esta última como un
subgrupo de aquellas que actúa, mediante respuestas for- males o informales,
una vez ocasionado un delito; esto es, siempre de manera reactiva. Por su
parte, las prácticas restaurativas pueden an- ticiparse al delito o a conductas
no deseadas para prevenirlas, forjan- do proactivamente las relaciones y
creando o fortaleciendo el senti- miento comunitario (Watchel, 2012).
• Víctima. Para efectos del presente documento, referirá a toda perso- na que
haya sufrido un hecho de violencia.
23
DESARROLLO CONCEPTUAL
Categorización de la violencia
Violencia física
Violencia psicológica
25
DESARROLLO CONCEPTUAL
Violencia sexual
Asimismo, la violencia sexual está constituida por los actos que aten- tan o
restringen el derecho a la integridad sexual y reproductiva. 1 En ese sentido,
existen algunos elementos centrales para comprender la violencia sexual en
particular:
1 Art. 166.- Acoso sexual.- “La persona que solicite algún acto de naturaleza sexual, para sí o pa- ra un
tercero, prevaliéndose de situación de autoridad laboral, docente, religiosa o similar, sea tutora o tutor,
curadora o curador, ministros de culto, profesional de la educación o de la salud, personal responsable en
la atención y cuidado del paciente o que mantenga vínculo familiar o cualquier otra forma que implique
subordinación de la víctima, con la amenaza de causar a la víctima o a un tercero un mal relacionado con
las legítimas expectativas que pueda tener en el ámbito de dicha relación…” (COIP, 2014).
• Exhibicionismo y voyerismo
2 Art. 170.- Abuso sexual.- “La persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue
a ejecutar sobre sí misma u otra persona un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso
carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años” (COIP, 2014).
27
DESARROLLO CONCEPTUAL
• Contacto con un NNA vía internet, con propósitos sexuales
Según el Código Orgánico Integral Penal (2014), las siguientes son las
principales tipologías de violencia sexual:
Acoso sexual
Abuso sexual
Estupro
Este acto violento comprende a una persona mayor de dieciocho años que,
recurriendo al engaño, tenga relaciones sexuales con otra mayor de catorce
y menor de dieciocho años (art. 167 del COIP). Es- te tipo de violencia
muchas veces se encuentra oculto en un falso enamoramiento, pero es
importante reconocer que se basa en una relación inequitativa en la que una
persona ejerce poder sobre otra.
Debido a las relaciones que se presentan en la web, sobre todo en las redes
sociales, surgen diversas modalidades de delitos graves que ponen en
riesgo la integridad de NNA. En el caso específico de
29
DESARROLLO CONCEPTUAL
la violencia sexual, las agresiones que ocurren mediante el uso de
tecnologías de la información y la comunicación implican todas aquellas
modalidades de violencia sexual a través de cualquier tipo de plataforma o
dispositivo tecnológico que cuente con conexión a internet y que disponga
de una cámara de video para captar imáge- nes en vivo o en tiempo real
(cámara web). La violencia sexual digi- tal puede efectuarse a través de
recursos tecnológicos como com- putadoras, celulares, tabletas, iPods,
videojuegos, correo electrónico, mensajería instantánea y redes sociales, o
mediante la inadecuada utilización de los navegadores web, difundiendo
mensajes, fotos y/o videos de naturaleza sexual que atentan a la dignidad de
la persona agredida (Gómez, 2005).
Las prácticas negligentes más comunes ejercidas hacia NNA en los hogares
son la ausencia de protección y cuidado de sus necesida- des básicas; no
proveer alimentación adecuada para su etapa de de- sarrollo; la desatención
de sus necesidades médicas; la privación del derecho a la educación; su
utilización en la mendicidad u otra activi- dad que pueda entorpecer el
ejercicio de su derecho a la educación; la falta de supervisión adecuada (lo
que puede conducir al consumo de alcohol, tabaco y drogas); no brindar la
atención, el afecto y el apego necesarios de acuerdo con su etapa evolutiva;
la restricción de muestras de afecto; la omisión del deber de denuncia ante
una vulneración a sus derechos, y el incumplimiento de medidas de pro-
tección y restitución de derechos.
Violencia virtual
Las principales formas de violencia virtual contra NNA que se pue- den
detectar en las instituciones educativas son:
31
DESARROLLO CONCEPTUAL
• Phishing.3 También conocido como suplantación de identidad,
constituye un modelo de abuso o delito informático que se come- te
mediante prácticas caracterizadas por el intento de adquirir, de forma
fraudulenta, información confidencial (una contraseña, da- tos sobre
tarjetas de crédito u otra información bancaria) (Skou- dis, 2008).
3 Tomado de https://es.wikipedia.org/wiki/Phishing
4 Texto parafraseado de https://es.wikipedia.org/wiki/Sextorsi%C3%B3n
Los avances tecnológicos han facilitado la interacción social. Es- tos las
redes sociales y las aplicaciones móviles permiten que el contenido
explícito de fotos y videos tenga gran impacto.
33
DESARROLLO CONCEPTUAL
• Hacking.5 Es la acción de manipulación de la conducta normal de un
equipo y de los sistemas que tiene conectados. En su versión delictiva,
es el acto de desbloquear códigos y contraseñas, con el fin de obtener
beneficios económicos de dicha información.
• Grooming. Ocurre cuando una persona adulta se hace pasar por una
persona edad menor para obtener imágenes relativas a actos sexuales o
eróticos, y luego chantajear a la víctima para conseguir favores sexuales
y otro tipo de delitos (Pantallas Amigas, 2019).
5 Parafraseado de https://www.avast.com/es-es/c-hacker
Son delitos:
35
b. Tipologías según la relación entre la
víctima y la persona agresora
Violencia intrafamiliar
37
DESARROLLO CONCEPTUAL
cual puedan ejercer los derechos que la familia, el Estado y la co-
munidad les han vulnerado. Emergiendo como grupos de la po- breza
extrema, la exclusión y la falta de oportunidades, las pandi- llas buscan
satisfacer sus derechos a la supervivencia, protección y participación,
organizándose sin supervisión y desarrollando sus propias normas y
criterios de membresía, afianzando una te- rritorialidad y una
simbología que otorgue sentido a la pertenencia grupal” (2007).
39
DESARROLLO CONCEPTUAL
violencia por razones de género, un fenómeno que afecta a millones de
personas de ambos sexos. Esta violencia implica maltrato sexual, físico o
psicológico dentro y alrededor de las escuelas, y tiene su ori- gen en la
dinámica de relaciones desiguales de poder.
Violencia de género
41
DESARROLLO CONCEPTUAL
Violencia por motivos de orientación sexual
o identidad de género
• Transición. Proceso a través del cual una persona trans busca vivir su
vida de acuerdo con la identidad de género elegida.
43
DESARROLLO CONCEPTUAL
transgénero buscan cambios físicos o tienen acceso a ellos. La decisión
con respecto a qué pasos tomar como parte de una tran- sición es una
elección personal, profunda y privada, por lo que se debe evitar
preguntar sobre los procedimientos realizados o a realizar en el futuro.
6 La trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes son delitos tipificados. Además, constituyen
vulneraciones de los derechos humanos de múltiples formas. La trata de personas es la capta- ción, el
transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la
fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de po- der o de una situación de
vulnerabilidad; o a la concesión o recepción de pagos o beneficios, para obtener el consentimiento de que
una persona tenga autoridad sobre otra con fines de ex- plotación (Convención contra la Delincuencia
Organizada Transnacional-Convención de Paler- mo). Por su parte, el tráfico de personas es “la
facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado parte del cual dicha persona no sea nacional
o residente permanente, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero o
beneficio de orden material” (UNODC, 2014).
7 Rechazo y/o discriminación del que viene de fuera del grupo de pertenencia, esencialmente del grupo de
pertenencia nacional o nación (ONU, 2002).
45
DESARROLLO CONCEPTUAL
de violencia que sus pares sin discapacidades, y es casi tres veces más
posible que sean víctimas de violencia sexual, con las niñas y adolescentes
mujeres en mayor riesgo. La vulnerabilidad aumenta aún más en niños,
niñas y adolescentes con enfermedades mentales o discapacidades
cognitivas, quienes presentan casi cinco veces más probabilidades de ser
víctimas de violencia sexual (ONU, 2013).
47
DESARROLLO CONCEPTUAL
48 PROTOCOLOS Y RUTAS DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA
DETECTADAS O COMETIDAS EN EL SISTEMA EDUCATIVO
3 Desarrollo
normativo
Protección integral
51
DESARROLLO
toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las
normas y los derechos de las partes”.
El art. 341 establece: “El Estado generará las condiciones para la protec- ción
integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y
principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la
diversidad y la no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos
que requieran consideración especial por la per- sistencia de desigualdades,
exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su condición etaria, de
salud o de discapacidad”. Además, se explica que “la protección integral
funcionará a través de sistemas espe- cializados, de acuerdo con la ley. Los
sistemas especializados se guiarán por sus principios específicos y los del
Sistema Nacional de Inclusión y Equidad Social”. También expresa que “el
Sistema Nacional Descentra- lizado de Protección Integral de la Niñez y la
Adolescencia será el encar- gado de asegurar el ejercicio de los derechos de
niñas, niños y adoles- centes. Serán parte del sistema las instituciones públicas,
privadas y comunitarias”.
El art. 11 menciona que “el interés superior del niño es un principio que está
orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los dere- chos de los
niños, niñas y adolescentes; e impone a todas las autorida- des administrativas y
judiciales y a las instituciones públicas y privadas el deber de ajustar sus
decisiones y acciones para su cumplimiento. Pa- ra apreciar el interés superior
se considerará la necesidad de mantener un justo equilibrio entre los derechos y
deberes de niños, niñas y adoles- centes, en la forma que mejor convenga a la
realización de sus derechos y garantías. Este principio prevalece sobre el
principio de diversidad ét- nica y cultural”. Además, se explica que “el interés
superior del niño es un principio de interpretación. Nadie podrá invocarlo contra
norma ex- presa y sin escuchar previamente la opinión del niño, niña o
adolescente involucrado, que esté en condiciones de expresarla”.
El art. 73 manifiesta: “Es deber de todas las personas intervenir en el ac- to para
proteger a un niño, niña o adolescente en casos flagrantes de maltrato, abuso
sexual, tráfico y explotación sexual y otras violaciones a sus derechos; y
requerir la intervención inmediata de la autoridad admi- nistrativa, comunitaria
o judicial”.
DESARROLLO
53
1. “Las políticas sociales básicas y fundamentales, que se refieren a las
condiciones y los servicios universales a que tienen derecho todos los niños,
niñas y adolescentes, de manera equitativa y sin excepción, co- mo la
protección a la familia, la educación, la salud, la nutrición, la vi- vienda, el
empleo de los progenitores y la seguridad social, entre otras.
• Prevención integral
• Detección y denuncia
• Medidas de protección
• Reparación y restitución
• Acompañamiento
• Seguimiento
CICLO DE LA PROTECCIÓN 57
Eje de prevención integral de la violencia
En el Modelo de Funcionamiento de los Departamentos de Consejería
Estudiantil (DECE), se menciona que “la prevención integral es el conjun- to de
acciones y estrategias orientadas a toda la comunidad educativa hacia el
ejercicio pleno de los derechos humanos, fortaleciendo el desa- rrollo integral,
la construcción de una cultura de paz en el marco del Buen Vivir, a través de la
adopción de medidas encaminadas a impedir que aparezcan problemáticas
psicosociales que afecten el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, e
impedir que las deficiencias causadas por su aparecimiento no prevalezcan en el
tiempo” (2016).
La prevención integral es toda acción que evite que se presenten los eventos
riesgosos, porque es una forma de adelantarse a lo que pueda ocurrir. Es, por
otro lado, la generación de acciones que puedan informar para tomar decisiones
de manera responsable.
PROFESIONALES DECE
Socializar con toda la comunidad educativa y las personas que brindan un servicio en el ámbito educativo los prot
Programar espacios de encuentro con madres, padres de familia y/o representantes legales y do- centes tutores, pre
Construir planes, programas y proyectos orientados a la prevención de problemáticas psicosocia- les para prom
Elaborar proyectos de promoción y prevención de la violencia, dirigidos a toda la comunidad edu- cativa, tomando
ACCIONES CONJUNTAS
Participar en la construcción del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Código de Convivencia, fortaleciendo
Reforzar la formación en valores y actitudes como la responsabilidad, la autonomía, la coopera- ción, el respeto
Reflexionar sobre actitudes como la discriminación, la intolerancia, la violencia, el etnocentrismo, la indiferenc
Mantener un liderazgo positivo, evitando posturas y actitudes autoritarias.
Contribuir en la deconstrucción de estereotipos de género, sociales y étnicos.
Omitir comentarios ofensivos o utilizar apodos que afecten la identidad e integridad de niños, niñas y adolescen
59
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
b. Fomentar y fortalecer la resolución pacífica
de conflictos
La resolución pacífica plantea la transformación de los conflictos desde la
asunción de responsabilidad y reparación de daños. El en- foque, además de
proporcionar prácticas pacíficas ante cualquier si- tuación conflictiva,
plantea también estrategias a nivel preventivo, aportando nuevas
metodologías para la gestión de las relaciones en el entorno educativo.
PROFESIONALES DECE
Promover la participación activa de niños, niñas y adolescentes en la definición e implementación de planes, programas y proyectos orientados a la
Facilitar el autoconocimiento de cada estudiante identificando y potenciando sus fortalezas y habilidades desde las particularidades.
Elaborar proyectos de sensibilización, promoción y prevención de la violencia, dirigidos a toda la comunidad educativa, tomando en consideració
Motivar al estudiantado a buscar formas alternativas de distracción y grupos de personas con inte- reses saludables (practicar deporte, actividades
Ejecutar los procesos de resolución alternativa de conflictos: círculos restaurativos preventivos, círculos restaurativos reactivos, reuniones restaurativ
Motivar al estudiantado a buscar formas de alternativas de distracción y a juntarse con personas con intereses saludables (practicar deporte, realiz
Ejecutar los procesos de resolución alternativa de conflictos: círculos restaurativos preventivos, círculos restaurativos reactivos, reuniones restaura
ACCIONES CONJUNTAS
Ejecutar prácticas democráticas en el aula, reconociendo capacidades estudiantiles de liderazgo.
Promover el desarrollo de habilidades para la vida, que permitan que los grupos de estudiantes aprendan a resolver los conflictos de manera pacífic
No considerar las situaciones violentas como normales; detenerlas y generar otras respuestas frente a los conflictos que estén detectando.
Fomentar el diálogo respetuoso y democrático al interior de las instituciones educativas.
Fortalecer la coeducación en el entorno educativo, lo que permitirá reconocer las potencialidades de niños, niñas y adolescentes, para construir co
PROFESIONALES DECE
Generar acciones orientadas a fortalecer los vínculos afectivos de las familias, considerándolas co- mo uno de l
61
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
es necesario que todas las personas conozcan los procesos que forman parte de
la construcción de un sistema articulado de protección. El eje de atención en
casos de violencia consta de dos momentos: la detección y denuncia
(administrativa y judicial), y la aplicación de las medidas de protección. Estos
deben ser cumplidos de forma ordenada.
Los lineamientos de este documento son de aplicación obligatoria para todas las
instituciones educativas públicas, particulares, municipales y fiscomisionales, lo
que implica que quien no los cumpla comete una in- fracción (administrativa
y/o penal de acuerdo con el caso), según lo es- tablece el Código Orgánico
Integral Penal (COIP) en sus arts. 277 y 422, así como la Ley Orgánica de
Educación Intercultural y su Reglamento.
Cabe mencionar que las denuncias deben llevarse a cabo en el marco del debido
proceso, conforme a lo establecido en la política de cero tolerancia ante los
casos de violencia, respaldada por el Ministerio de Educación.
63
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
Hay que tomar en cuenta que nadie de la comunidad edu- cativa
podrá solicitar a la víctima que muestre signos o le- siones que
no se puedan observar a simple vista. Si se presupone su
existencia, debe contactarse con la Fiscalía inmediatamente, para
que se realice el respectivo peritaje.
65
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
INDICADORES ESPECÍFICOS DE NEGLIGENCIA
DE PARTE DE MADRE, DE PARTE DE AUTORIDADES
PADRE O REPRESENTANTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
• Abandono físico (NNA que pasan solos en el ho- gar • Abandono físico (inasistencia o impuntualidad de
por períodos prolongados, padres o madres ausentes) docentes a sus horas de clase, no remitir al NNA a la
asistencia médica requerida, etc.)
• Abandono emocional (padres o madres que no
comparten tiempo con sus hijos o hijas, ausencia de • Abandono emocional (p. ej.: no escuchar al NNA,
comunicación en el hogar, etc.) no preocuparse de su bienestar emocio- nal y
social, no receptar sus pedidos, etc.)
• NNA con desatención en escolaridad y salud (p. ej.:
• NNA a quienes se expone a situaciones de riesgo
nadie se preocupa de su rendimiento acadé- mico, no
dentro del plantel educativo o en sus
reciben asistencia en sus tareas escola- res, no visitan
inmediaciones
al doctor cuando necesitan, no asisten al plantel en las
convocatorias, etc.) • NNA a quienes no se brinda atención y super- visión
(p. ej.: accidentes reiterados, falta de vi- gilancia en
• NNA que presentan constante fatiga, cansancio, el uso de internet, desatención du- rante recreos y
sueño o hambre espacios deportivos, etc.)
• NNA en condición famélica, de bajo peso, raqui- • NNA que no cuentan con la adecuada retroali-
tismo, desnutrición (que no obedezca a condición mentación por parte de docentes (p. ej.: sobre su
médica o socioeconómica del hogar) desempeño, calificaciones, logros, necesi- dades,
etc.)
• Constante pedido o hurto de alimentos por parte del
NNA • NNA que merodean por los espacios educati- vos
sin actividades
• NNA que presentan pautas de desarrollo con re- traso
• NA con pautas de desarrollo con retraso para la
para su edad (p. ej.: falta de estimulación oral, motriz,
edad (p. ej.: por falta de estimulación oral, motriz,
etc.) que no se deban a factores or- gánicos o
etc.)
intrínsecos del NNA
• NNA con reiteradas horas libres en la jornada
• NNA con higiene personal deficiente de manera escolar
habitual
• Desacatamiento de las recomendaciones de atención
• NNA sujetos a constante falta de atención y su- que requiere el NNA (p. ej.: no ejecu- tar las
pervisión (p. ej.: presencia de accidentes reitera- dos, indicaciones de abordaje recomenda- das por el
ingesta frecuente de sustancias tóxicas, des- DECE, no priorizar la atención indi- vidualizada, no
conocimiento respecto a las amistades que frecuentan, fomentar prácticas inclusivas en el aula, etc.)
falta de vigilancia en el uso de inter- net, etc.) • Falta de comunicación oportuna respecto a una
• Constante incumplimiento en la asistencia o en los situación de violencia y/o violencia sexual al
horarios de llegada de NNA al plantel educati- vo (por personal del DECE
responsabilidad de las personas adultas encargadas) • Falta de respuesta o acompañamiento nece- sario
al NNA frente a una situación de violen- cia (p.
• NNA con señales de haber sido expuestos prolon-
ej.: bullying, agresiones entre el estu- diantado,
gadamente a condiciones climáticas adversas (p. ej.:
etc.)
insolación, quemaduras solares, enfermeda- des
respiratorias por exposición al frío, etc.) • Descreimiento o desestimación del reporte de un
NNA sobre un hecho de violencia y/o vio- lencia
• NNA que asumen responsabilidades propias de sexual
personas adultas (p. ej.: son responsables de me- nores
• Justificación de la violencia o prevalencia de los
de edad o encargados de la manutención económica del
intereses del plantel por encima de los del NNA (p.
hogar, etc.)
ej.: acogerse al “espíritu de cuerpo” frente a un
hecho de violencia y/o violencia sexual, para
desmentirlo u ocultarlo)
11 Sérgio Pinheiro, Paulo. Informe Mundial sobre la violencia contra los niños y niñas.
España. UNICEF. 2010.
67
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
Nota técnica: Es importante recordar que en niños y ni-
ñas menores de 5 años se debe prestar mayor atención a las
expresiones lúdicas (juego y dibujo) implícitas en el lenguaje
oral, por el nivel de desarrollo propio de la edad.
Factores de protección
69
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
INDIVIDUAL FAMILIAR ESCOLAR SOCIAL
• Contar con educa- • Ser conscientes sobre • Ser una comunidad
ción integral de la la importancia de la educativa abierta al
sexualidad enmarca- da familia y afecti- vidad diálogo sobre te-
en el enfoque de que se debe brindar a mas de importancia
derechos y de desa- niños, niñas y social.
rrollo de habilidades adolescen- tes, siempre
para la vida. encami- nada al respeto
• Fomentar la autoes- de los derechos.
tima y toma de deci- • Participación activa en
siones autónomas. actividades esco- lares,
acompañar en el
proceso educativo de
niñas, niños y
adolescentes a lo
largo de la vida.
• Generar actitudes
responsables con la
propia vida y la toma
de decisiones
asertivas.
71
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
Nota Los indicadores de violencia, conjugados con los
factores de riesgo y las características de una potencial
persona agresora, permiten a quienes conforman el DECE
identificar posibles situaciones de violencia antes de que
ocurran, y también cuando ya han sucedido, lo que les
posibilita activar los procesos obligatorios de atención.
12 Acuerdo ministerial de octubre de 2017, a través del cual el Ministro de Educación dispuso que,
independientemente de las acciones judiciales iniciadas, la Junta Distrital de Resolución de Conflictos
(JDRC) debe separar inmediatamente a la persona denunciada, suspendiéndola de sus funciones desde
la presentación de la denuncia hasta la conclusión del proceso admi- nistrativo, sin posibilidad de que
pueda solicitar su traslado o traspaso administrativo a otro establecimiento educativo.
En caso de violencia entre pares (que no corresponda con formas de vio- lencia
sexual) es la autoridad educativa institucional la que debe sustan- ciar el proceso
disciplinario, de acuerdo con lo establecido por el Regla- mento General a la
LOEI. Para la toma de decisiones, quienes conforman el DECE podrán elaborar
el informe de seguimiento en el que se estable- cerán las recomendaciones,
según las necesidades del grupo involucra- do de estudiantes, considerando que
se debe fortalecer el aprendizaje de habilidades de resolución alternativa de
conflictos y la construcción de espacios de convivencia. Si la institución
educativa no cuenta con profesionales del DECE, la autoridad educativa
institucional podrá solici- tar al equipo docente o tutor un informe de
seguimiento en el que se ha- ga énfasis en el acompañamiento pedagógico y
relacional de la persona agresora con sus pares.
Acompañamiento integral
Desde el sistema educativo se busca reparar y restituir el daño ocasiona- do y
los derechos vulnerados, mediante acciones de acompañamiento a las víctimas y
demás integrantes de la comunidad educativa, en articula- ción con otras
instancias del sistema de protección integral.
73
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
los distintos procesos de reparación y restitución de sus derechos. El equipo de
profesionales del DECE debe enmarcar su accionar en los li- neamientos que
ofrece el Modelo de Funcionamiento de los Departa- mentos de Consejería
Estudiantil. Los establecimientos que no cuenten con un DECE deberán
contactar al personal del DECE de la institución educativa eje, que acompañará
a las autoridades y al equipo de docen- tes tutores de la institución educativa
enlazada.
75
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
y Social, establece las siguientes pautas de abordaje, según el tipo de
discapacidad.
Discapacidad física • Trasladarse al lugar donde niños, niñas y adolescentes se encuen- tren, o
garantizar un espacio accesible y cómodo.
• Considerar un espacio en la primera planta para facilidad de movili-
zación y/o un espacio que cuente con rampas de acceso.
• No asumir que las personas afectadas son incapaces de entender o de
comunicarse.
• Preguntar si hay alguna persona o profesional a la que quieran que se
contacte para que esté presente en el momento del abordaje.
• Hablar de forma clara y pausada. Utilizar preguntas e instrucciones cortas
y sencillas.
• Separar la información compleja en piezas pequeñas y utilizar ejem- plos
claros para un mejor entendimiento. No sobrecargar de infor- mación.
Discapacidad intelectual
• Evitar realizar preguntas cerradas.
• Utilizar puntos de referencia al realizar la entrevista.
• Si no responden o responden otra cosa que no tenga nada que ver, repetir las
preguntas tantas veces como sea necesario, con distintas palabras o
formas.
• Evitar preguntas complicadas.
77
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
c. Lineamientos para acompañar a los familiares
de víctimas de violencia
Con el objetivo de apoyar a la familia, el equipo del DECE, el equipo do- cente
a cargo o la autoridad institucional encargada del acompañamien- to debe
realizar las siguientes acciones.
• Recomendar al grupo familiar que muestre respeto y empatía, sin for- zar a
la víctima a hablar de la situación de violencia si no quiere. Es im- portante
contener y evitar reacciones alarmantes, o que nieguen o mi- nimicen la
situación.
• Recordar que las víctimas nunca son culpables, que no son ellas quie- nes se
exponen, sino que la culpa es de la persona agresora que ha co- metido estos
hechos. Esta situación va a movilizar a toda la familia, por lo que es
importante que sus integrantes busquen ayuda especializada.
79
CICLO DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL
Para brindar atención médica y psicológica especializada en situacio- nes de
violencia, el Ministerio de Salud Pública (MSP) cuenta con cen- tros ubicados
estratégicamente, que se guían por las directrices de ma- nuales de atención
específicos en temas de violencia contra la niñez y la adolescencia.
De igual modo, se debe identificar y articular con otros servicios locales, como
fundaciones u organizaciones no gubernamentales (ONG) que puedan brindar el
servicio de acompañamiento psicosocial y asesoría le- gal a las víctimas de
violencia y sus familiares.
Seguimiento
El seguimiento implica verificar que todas las acciones dictadas en favor de las
víctimas se cumplan en los plazos establecidos y de acuerdo con las normativas,
tanto en el aspecto social como en el legal, de modo que se garantice la
reparación integral en articulación con las demás instan- cias, evitando la
revictimización o la sobreintervención.
Prevención integral
Una de las herramientas que se pueden usar como estrategia de preven- ción es
la metodología de círculos restaurativos. Implica un cambio de posicionamiento
y de mentalidad, individual y colectiva, en relación con la gestión de las
situaciones de conflicto, con el objetivo de fomentar el respeto mutuo, el sentido
de responsabilidad, la reparación y la resolu- ción cooperativa. Esta
metodología se indica únicamente como instru- mento de prevención, jamás
como herramienta de intervención con víc- timas de violencia sexual.
PROTOCOLOS Y RUTAS DE
ACTUACIÓN FRENTE A CASOS
85
Estrategias de prevención de la violencia sexual
para la comunidad educativa
Sobre el consentimiento
• Sana autoestima.
• Buena comunicación.
Factores sociales
Factores institucionales
Atención y protección
Poner atención a indicadores y factores de riesgo que puedan alertar so- bre un
posible hecho de violencia sexual es imprescindible para poder proteger de
manera inmediata a la víctima. En este sentido, una vez que se detecte o se
presuma un hecho de violencia sexual, se debe denunciar
• Baja autoestima.
• Hacinamiento crítico.
• Dificultad de aprendizaje.
Reparación y restitución
Desde el sistema educativo, se busca reparar y restituir los derechos, en casos de
que se dé su vulneración. Cuando se detecta una situación de violencia, es
fundamental garantizar una adecuada acogida del relato de la víctima y brindar
la contención emocional y la información que oportu- namente requiera saber,
de acuerdo con su estado emocional y sus ne- cesidades o inquietudes
particulares. En los casos de violencia sexual, no se debe indagar a la víctima
sobre lo sucedido, a menos que esta acuda a una persona profesional de
confianza para relatar el hecho.
• Infórmele que todo acto de violencia sexual debe ser denuncia- do a las
autoridades competentes y sobre las próximas acciones que se llevarán
a cabo, de manera concreta y empática.
• Si se realiza una denuncia y recibe amenazas por ello, puede pre- sentar
otra por intimidación, lesiones, etc., y solicitar medidas de protección
para usted, la persona denunciante y su familia.
• Procure que los espacios escolares: baños, canchas, pasillos, bo- degas,
entradas y salidas e iluminación de la escuela sean super- visados y
brinden seguridad y privacidad.
• Si se realiza una denuncia y recibe amenazas por ello, puede pre- sentar
otra por intimidación, lesiones, etc., y solicitar medidas de protección
para usted, la persona denunciante y su familia.
• Crea en la palabra de quien denuncia. Así podrá actuar para redu- cir
riesgos y proteger a niñas, niños y adolescentes.
• Aun si el hecho de violencia haya ocurrido fuera del sistema educati- vo, el
área jurídica de la Dirección Distrital debe realizar el respectivo seguimiento
del caso en las Unidades Judiciales competentes y Jun- ta Cantonal de
Protección de Derechos, para conocer los procesos judicial y de protección
del niño, niña o adolescente. La autoridad educativa institucional y
profesionales del DECE deben dar segui- miento a las medidas de protección
y restauración dictadas para ga- rantizar su cumplimiento dentro de la
institución educativa.
PROTOCOLOS Y RUTAS DE
ACTUACIÓN FRENTE A CASOS
103
Reparación y restitución frente a casos de violencia
intrafamiliar
• Para brindar un adecuado acompañamiento en situaciones de violen- cia
sexual, remitirse a los lineamientos para hacer acompañamiento que constan
en la IV parte: ciclo de la protección integral.
• La persona del DECE a cargo del caso debe seguir de cerca la evolu- ción
académica, física, emocional y social del niño, niña o adolescen- te, dentro y
fuera de la institución educativa, planificando actividades en ella y
articulándolas con las demás instancias.
• El personal del DECE, según el caso, debe referir a la víctima a una atención
externa donde, junto con su familia, pueda recibir apoyo emocional y
tratamiento psicológico sostenido. Si no se cuenta con profesional del
DECE, será la autoridad educativa institucional quien realizará este proceso.
Se utilizará el formato de informe de derivación que se encuentra en el anexo
2 de este documento.
PROTOCOLOS Y RUTAS DE
ACTUACIÓN FRENTE A CASOS
107
Reparación y restitución frente
a casos de violencia institucional
• Para brindar un adecuado acompañamiento en situaciones de violen- cia
sexual, remitirse a los lineamientos para hacer acompañamiento que constan
en la IV parte: ciclo de la protección integral.
• La persona del DECE a cargo del caso debe seguir de cerca la evolu- ción
académica, física, emocional y social del niño, niña o adolescen- te, dentro y
fuera de la institución educativa, planificando actividades en la institución y
en articulación con las demás instancias.
• El personal del DECE, según el caso, debe referir a la víctima a una atención
externa donde, junto con su familia, pueda recibir apoyo emocional y
tratamiento psicológico sostenido. En caso de no contar con profesional del
DECE, será la autoridad educativa institucional quien realizará este proceso.
Se deberá utilizar el formato de informe de derivación que se encuentra en el
anexo 2 de este documento.
• Si se trata de una falta muy grave, según lo establece el artículo 330 del
Reglamento General de la LOEI, referente a las faltas de estudian- tes, la
máxima autoridad de la institución educativa debe proceder de conformidad
con el Reglamento General a la LOEI. La autoridad de la institución
educativa debe realizar el proceso disciplinario respetando las garantías
constitucionales de conformidad con los lineamientos establecidos en el
Acuerdo Ministerial No. 434-2012 de 28 de sep- tiembre de 2012, en el que
la Autoridad Educativa Nacional expide la “Normativa sobre solución de
conflictos en las Instituciones Educati- vas”, mediante reforma incorporada
en el Acuerdo No. MINEDUC- ME-2015-00017-A, de 15 de enero del 2015,
y lo establecido en el Re- glamento General a la LOEI, siendo la Junta
Distrital de Resolución de Conflictos la entidad que establezca la sanción
correspondiente a la persona agresora.
• Paralelamente, el personal del DECE tiene que aplicar medidas alter- nativas
de resolución de conflictos. Pueden ser círculos restaurativos, reuniones
restaurativas o reuniones de grupo familiar. Es relevante se- ñalar que el uso
y la implementación de las prácticas restaurativas re- quieren de una
formación específica sobre la temática, previa a su apli- cación. Se deben
utilizar estas herramientas solo con el grupo de estudiantes que se
involucraron directa o indirectamente en un hecho puntual de conflicto o
violencia específica, no con quien agredió y la víctima, ni en ninguna otra
ruta de este protocolo.
• En caso de que quien haya realizado la agresión sea estudiante, la au- toridad
educativa institucional debe tomar contacto con sus familiares o
representantes legales para informar de lo sucedido y sobre las me- didas
disciplinarias que se van a tomar desde el sistema educativo, tomando en
consideración el RLOEI, el Código de Convivencia de la institución
educativa y el Acuerdo Ministerial No. 434-12 (sobre solu- ción de
conflictos de 28 de septiembre de 2012; por medio de este documento se
expidió la normativa sobre solución de conflictos en las instituciones
educativas, reformado mediante Acuerdo No. MINE- DUC-ME-2015-
00017-A, del 15 de enero del 2015).
• La persona del DECE a cargo del caso debe seguir de cerca la evolu- ción
académica, física, emocional y social del niño, niña o adolescente. Si no se
cuenta con profesional del DECE, la autoridad educativa insti- tucional y/o
docente tutor o tutora deberá realizar dicho seguimiento.
PROTOCOLOS Y RUTAS DE
ACTUACIÓN FRENTE A CASOS
117
demás responsabilidades establecidas en el artículo 343: responsabi- lidades
en casos de vulneración de derechos, del Reglamento Gene- ral de la LOEI.
• Este proceso también se puede hacer en línea a través del siguiente enlace:
https://servicios.educacion.gob.ec/mogac-web/faces/pagi-
nas/formularioCiudadano.xhtml
• Este proceso también se puede hacer en línea a través del siguiente en- lace:
https://servicios.educacion.gob.ec/mogac-web/faces/paginas/
formularioCiudadano.xhtml
• En caso de que quien se presume que ha realizado la agresión sea al- gún
integrante de la familia o persona externa a la institución educativa, la
denuncia debe estar direccionada hacia la Unidad Judicial de Con-
travenciones, Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer y la Familia o la
Unidad Judicial Multicompetente; si quien cometió la agresión forma parte
de la institución educativa, la denuncia debe estar dirigida a la Di- rección
Distrital con el Informe de reporte del hecho de violencia (ane- xo 2).
Cualquiera de estas instancias, según el caso y persona agreso- ra, dispondrá
las medidas de protección correspondientes.
• Este proceso también se puede hacer en línea a través del siguiente enlace:
https://servicios.educacion.gob.ec/mogac-web/faces/pagi-
nas/formularioCiudadano.xhtml
• Si se trata de una falta leve o grave —artículo 330 RLOEI— será la au-
toridad educativa institucional quien determine la sanción. Si se trata de una
falta muy grave, la autoridad educativa deberá notificar el ca- so a la
Dirección Distrital con el informe sobre la presunta situación de violencia
(anexo 2), para que la JDRC sea quien determine la sanción.
• Este proceso también se puede hacer en línea a través del siguiente enlace:
https://servicios.educacion.gob.ec/mogac-web/faces/paginas/
formularioCiudadano.xhtml
• Si se trata de una falta leve o grave —artículo 330, RLOE— será la au-
toridad educativa institucional quien determine la sanción. Si se trata de una
falta muy grave, la autoridad educativa deberá notificar el ca- so a la
Dirección Distrital con el informe sobre la presunta situación de violencia
(anexo 2), para que la JDRC sea quien determine la sanción.
15 Guía de actuación frente a situaciones de violencia y situaciones asociadas al alcohol, cigarrillo y drogas,
detectadas o cometidas en ofertas educativas extraordinarias para jóvenes y adultos con escolaridad
inconclusa.
Denunciar el hecho de
violencia en un plazo
máximo de 24 horas a
la Fiscalía General del Unidad Autoridad
Judicial educativa
Estado
o Fiscalía
Notificar a la Dirección
distrital con la copia
de la denuncia y
un informe sobre la Informe de
presunta situación de hecho de
violencia violencia
Dirección
Distrital de
Educación
Llamar en caso
de emergencia
Departamento
de Consejería Estudiantil Analista Zonal
(DECE)
/ Técnico EBJA
En el caso de que quien se encargue del DECE tenga conocimiento del hecho a
partir de una tercera persona, no deberá entrevistar a la víctima, a fin de evitar
procesos de revictimización, sino que se deberá realizar una entrevista a la
persona denunciante, señalando lo que la víctima le relató (tomando como
referencia el formato de entrevista que consta en el modelo DECE).
El informe deberá ser enviado a la Dirección Distrital. Una copia se entre- gará
al profesional del DECE para que realice inmediatamente las accio- nes de
acompañamiento, garantizando la protección integral de la vícti- ma. A su vez,
se entregará una copia de respaldo a la persona que registra el informe de
reporte del hecho de violencia.
133
ANEXOS
El personal del DECE tendrá la responsabilidad de conservar el documen- to en
el expediente personal del estudiante o la estudiante y el acceso se- rá
restringido. Únicamente se facilitará la información cuando sea solici- tada por
la Dirección Distrital y las entidades judiciales de manera oficial para los fines
pertinentes de los procesos judiciales y administrativos.
• Si un niño, niña o adolescente les hace saber que está viviendo una situación
de violencia dentro o fuera de la institución educativa, debe controlar la
situación, expresarle su apoyo y brindarle ayuda.
• Culpabilizar a la víctima.
• “Te lo advertí”
• Explicar que la situación revelada no debe ser causal para sentir ver- güenza
ni culpa, remarcando lo positivo de haberlo denunciado.
ANEXOS
135
• Informar acerca del apoyo que va a recibir por parte de la institución
educativa, siempre evitando generar falsos compromisos. Nunca se debe
mentir al niño, niña o adolescente, ni prometer algo que no se va a cumplir.
• Aplicar una escucha activa prestando atención a todo lo que la víc- tima
trate de expresar o decir, mantener una actitud abierta para es- cuchar sin
criticar ni juzgar, absteniéndose de emitir prejuicios o acti- tudes
discriminatorias.
• Prestar atención al lenguaje verbal del niño, niña o adolescente (pala- bras
empleadas, formas de expresarse, tartamudeos, silencios, etc.) y a su
lenguaje no verbal (gestos, manera de sentarse, de ubicar sus manos, tics,
temblores, etc.); detalles que no serán descritos en el in- forme, pero que
facilitan el proceso de acompañamiento.
• Informar al niño, niña o adolescente que cada persona afronta y pro- cesa
una situación de violencia de forma distinta, indicándole que se le
acompañará y apoyará durante su proceso particular.
Edad: 9 años
Cédula de identidad:
Otras
7. RESUMEN DEL PRESUNTO HECHO DE VIOLENCIA COMETIDO O DETECTADO (Transcriba detalladamente lo expresado
por el/la estudiante o la persona que refiere la presunta situación, de manera objetiva)
(Nombre y apellido persona que registra el informe de reporte de hecho) (Nombre y apellido Autoridad Educativa Institucional)
Observaciones:
Edad:
Número de cédula:
Lugar:
Cédula de identidad:
Cargo:
Otras, especifique:
7. RESUMEN DEL PRESUNTO HECHO DE VIOLENCIA COMETIDO O DETECTADO (Transcriba detalladamente lo expresado
por el/la estudiante o la persona que refiere la presunta situación, de manera objetiva)
MARQUE CON UNA (X) EN EL ASPECTO QUE USTED CONSIDERE QUE EL ESTUDIANTE O LA ESTUDIANTE
PRESENTA SIGNOS DE VIOLENCIA O PROBLEMÁTICA SOCIAL
Signos o indicadores Conductas que se pueden identificar
Signos o indicadores de comportamiento
físicos evidentes en la institución educativa
Marcas en el cuerpo (heridas, Disminución del rendimiento
Somatizaciones (dolores de cabeza, mareos,
moretones, mordeduras o quema- duras, académico, incumplimiento
desmayos, taquicardia, sensación de ahogo o
entre otros), irritación en boca, de tareas escolares y desinterés en el
vómito, entre otras manifestaciones)
extremidades, dedos estudio
Lesiones, fracturas, esguinces sin
Falta de concentración, distracción
explicación coherente o que no Trastornos alimenticios
constante
concuerden con la causa alegada
Conductas disruptivas frecuentes en
Problemas de salud frecuentes Trastornos del sueño
clase
Temor a permanecer en el esta-
Cambios bruscos de comportamiento
blecimiento, miedo de ir a casa
Rehuir o negarse a hablar sobre
Sentimientos de culpa
sí mismo/a o su familia
Desgano, apatía, pasividad, silencio llamativo, Visitas frecuentes al departamen- to
aislamiento médico o enfermería
Cautela con respecto al contacto
Tristeza permanente, depresión, llanto fácil
físico con personas adultas
Conductas agresivas (hacia
Mentiras, tartamudeo
sus pares y/o personas adultas)
Uso de vestimienta inadecuada para el clima (para Comportamientos extremos o
ocultar lesiones) temerarios
Introducción
El Estado tiene como deber garantizar el efectivo goce de los derechos
constitucionales fundamentales de la ciudadanía, enfatizando en los gru- pos de
atención prioritaria. En este contexto, el Ministerio de Educación, en
conformidad con lo que establece la Ley Orgánica de Educación Inter- cultural
(LOEI), tiene la responsabilidad de garantizar el desarrollo holísti- co e integral
de niños, niñas y adolescentes, fortaleciendo el respeto, la equidad de género, la
justicia, la solidaridad y la paz. Dentro de los dere- chos constitucionales se
encuentra el derecho a vivir una vida libre de vio- lencia; las instituciones
estatales encargadas de velar por el cumplimien- to de este derecho deben
garantizar la seguridad y la salud pública. Para ello, las normas, estructuras y
prácticas de intervención y prestación de servicios deben realizarse de forma
oportuna, eficiente y articulada.
Las instituciones educativas son espacios de interacción entre niños, ni- ñas y
adolescentes. En este sentido, se debe potenciar relaciones sanas y la
erradicación de cualquier tipo de violencia interna.
Recuerde:
• Entrevistas con los familiares en las que se podrán abordar temas como:
• Situación familiar.
145
INSTRUCTIVOS
• Indicadores físicos, de comportamiento y conductuales del niño, niña o
adolescente que puedan evidenciar la situación de violen- cia y el grado
de afectación.
• Evitar la revictimización.
147
INSTRUCTIVOS
FORMATO: INFORME TÉCNICO DE ACOMPAÑAMIENTO A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
Edad:
Nacionalidad: ECUATIORIANO
Número de cédula:
• SITUACIÓN FAMILIAR. (Breve explicación de con quién vive el NNA, su configuración familiar, su situación familiar, etc.)
INDICADORES (LLENAR DE ACUERDO CON LINEAMIENTOS DE LA SECCIÓN 3.2.1 A. PROTOCOLOS Y RUTAS):
Comportamientos o conductas que
Signos físicos Signos de comportamiento
se pueden identificar
en la institución educativa
FACTORES DE RIESGO Y PROTECCIÓN (LLENAR DE ACUERDO CON LINEAMIENTOS SECCIÓN 3.2.1 B. PROTOCOLOS Y RUTAS):
RENDIMIENTO ACADÉMICO (Explicar de manera breve y concisa el rendimiento académico del niño, niña o adolescente, identificando si
ha presentado dificultades o cambios dentro y fuera del aula —si aplica el caso—):
4. ACCIONES DE ACOMPAÑAMIENTO* (Resuma brevemente las acciones inmediatas de acompañamiento, por ejemplo: entrevistas
con padres y madres de familia, entrevista con docentes, seguimiento académico, derivaciones a centros de salud y atención psicológica, talleres
preventivos, entre otras)
1. REFERENCIA EXTERNA
• Procedimiento de referencia a instancias externas (marcar uno o más círculos según corresponda):
Fiscalía
Juzgados de Violencia contra la Mujer y la Familia
Junta Distrital de Resolución de Conflictos (JDRC)
Junta Cantonal de Protección de Derechos
Centro de Salud
Organización especializada en atención de casos de violencia
• Procedimiento recomendado de referencia externa para tratamiento psicológico-social (marcar uno o más círculos según
corresponda):
Centro de Protección de Derechos (MIES/INFA). Indicar nombre:
Centros de Salud. Indicar nombre:
Hospitales. Indicar nombre:
Universidades (que cuenten con servicios de atención psicológica o legal).
Indicar nombre:
Consulta psicológica privada. Indicar nombre de profesional:
Fundaciones. Indicar nombre:
Otro. Indicar nombre:
• Nombre del profesional o la profesional DECE que elaboró el Informe técnico de acompañamiento a víctimas de violencia:
Firma
Guía para elaborar el plan de
acompañamiento y restitución
en las instituciones educativas
que registran situaciones de
violencia cometida o detectada
en el Sistema Educativo Nacional
151
INSTRUCTIVOS
Estructura del Plan de Acompañamiento y Restitución
Todo Plan de Acompañamiento y Restitución debe contener lo siguiente.
a. Aspecto normativo
b. Objetivos y alcance
Implica establecer el objetivo general del plan, las acciones específi- cas a
desarrollarse, plasmadas en los objetivos específicos y el al- cance que
tendrán dichas acciones.
c. Acompañamiento legal
d. Acompañamiento psicológico16
16 El acompañamiento psicológico puede implementarse por los DECE institucionales como tam- bién por
personas profesionales externas al sistema educativo con quienes previamente se ha- ya coordinado dicho
servicio.
153
INSTRUCTIVOS
Las acciones de acompañamiento psicológico deben tener claramente
identificado:
• Resultados esperados
e. Acompañamiento médico
f. Acompañamiento pedagógico
A continuación, se remite una referencia gráfica del formato que de- berá
utilizarse para capturar de forma estandarizada los procedi- mientos
relacionados con el Plan de Acompañamiento y Restitución, que debe ser
utilizado en cada caso detectado o cometido dentro o fuera del contexto
escolar.
DIAGNÓSTICO
Institución educativa: Código AMIE:
Dirección institucional:
FACTORES DE RIESGO: Describir los factores de riesgo que refieran de acuerdo con la situación de violencia.17
Modalidad de violencia
(marcar con una X) Institucional Intrafamiliar Entre pares Otros
Relación de la presunta
persona agresora con quien sufrió
la agresión
(Por ejemplo: docente, autoridad de la IE,
estudiante, personal de limpieza, familiar,
pareja, etc.).
17 Esta información se encuentra detallada en la página 57 del Protocolo de actuación frente a situaciones de violencia detecta- das o
cometidas en el sistema educativo.
NO. DE PRESUNTAS VÍCTIMAS (número total, posteriormente describir información general de cada una de ellas)
Datos de la víctima18 (ingresar solo las iniciales de la presunta vícti- ma):
Edad: Sexo:
Edad: Sexo:
18 En caso de existir más de una víctima, describir de forma general conforme formato los
datos de cada una de ellas.
2. Plan de Acompañamiento y Restitución
ACCIONES DE ACOMPAÑAMIENTO Y RESTITUCIÓN (describir brevemente los
puntos señalados)19
NÚMERO
DE PERSONAS FECHA
¿QUIÉNES FECHA DE FINALIZACIÓN
QUE RECIBIRÁN EL DE INICIO DEL
EJECUTARÁN? DEL ACOMPAÑAMIENTO
PROCESO IMPLEMENTADO ACOMPAÑAMIENTO ACOMPAÑAMIENTO
(mencione la institución (mencione la fecha de
(mencione el N° de (mencione la fecha de
que brindará el servicio) finalización del servicio)
personas que recibirán inicio del servicio)
el servicio)
Acompañamiento legal
Acompañamiento psicológico a
la o a las víctimas
Apoyo psicológico
a la comunidad educativa
Acompañamiento médico a
la o a las víctimas
Acompañamiento médico
a familiares de la o las víctimas
Acompañamiento pedagógico a
la o a las víctimas
Elaborado por :
Nombre Firma
DECE institucional
Revisado por: Autoridad
Nombre Firma
educativa
Aprobado por:
Nombre Firma
Profesional de apoyo al DECE
*Este formato se desarrollará una sola vez por cada caso que se denuncie en el Sistema Educativo Nacional. Posterior al mismo, se hará el
respectivo seguimiento a los avances mediante formato de seguimiento al Plan de Acompañamiento y Restitución.
19 En caso de que la institución educativa no cuente con una persona encargada del DECE núcleo, la profesional o el profesional del DECE
enlazado o de apoyo al DECE distrital deberá realizar dicho plan.
FORMATO: SEGUIMIENTO AL PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO INSTITUCIONAL20
Descripción institucional
1. Nombre de la institución educativa
2. Código AMIE
3. N° de presuntas víctimas21
NÚMERO
DE PERSONAS FECHA
¿QUIÉNES FECHA DE FINALIZACIÓN
QUE RECIBIRÁN EL DE INICIO DEL
EJECUTARÁN? DEL ACOMPAÑAMIENTO
PROCESO IMPLEMENTADO ACOMPAÑAMIENTO ACOMPAÑAMIENTO
(mencione la institución que (mencione la fecha de
(mencione el N° de (mencione la fecha de
brindará el servicio) finalización del servicio)
personas que recibirán inicio del servicio)
el servicio)
Acompañamiento legal
Acompañamiento psicológico a
la o a las víctimas
Apoyo psicológico
a la comunidad educativa
20 Las acciones implementadas en la ficha de seguimiento deben reportarse cada dos meses a la persona responsable del
seguimiento de casos.
21 Si en una misma institución existen algunas víctimas directas de violencia, en el formato de seguimiento se debe
incluir a párrafo seguido las iniciales de la víctima con las acciones ejecutadas.
Acompañamiento médico
a familiares de la o las víctimas
Acompañamiento pedagógico a
la o a las víctimas
Elaborado por :
DECE institucional22 Nombre Firma
Revisado por:
Autoridad educativa Nombre Firma
Aprobado por:
Profesional de apoyo al DECE Nombre Firma
* Este formato se desarrollará una sola vez por cada caso que se denuncie en el Sistema Educativo Nacional. Posterior al mismo, se hará el
respectivo seguimiento a los avances mediante formato de seguimiento al Plan de Acompañamiento y Restitución.22
22 En caso de que la institución educativa no cuente con una profesional un profesional del DECE núcleo, la persona encargada del DECE
enlazado o DECE distrital deberá realizar dicho plan.
160 PROTOCOLOS Y RUTAS DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA
DETECTADAS O COMETIDAS EN EL SISTEMA EDUCATIVO
8 Bibliografía
Agradecimientos
• Acero C. et al. (2010). Guía psicosocial para apoyar y acompañar a
mujeres víctimas de violencia sexual en el conflicto armado interno.
Bogotá: Corporación AVRE.
BIBLIOGRAFÍA 163
• Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia. (2008). Guía de aten- ción
integral para niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos se-
xuales. Quito: FLACSO – Ecuador.
165
BIBLIOGRAFÍA
• Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), Instituto de la Ni- ñez
y la Familia (INFA), Defensa de los Niños Internacional (DNI). (2009).
Investigación sobre abuso sexual a niños, niñas y adolescen- tes en
el Ecuador. Quito: MIES / INFA.
167
BIBLIOGRAFÍA
• Pueyo, A. A. y Redondo Illescas, S. (2009). Aportaciones psicológi- cas a
la predicción de la conducta violenta: reflexiones y estado de la
cuestión. Barcelona: Departamento de Personalidad, Universidad de
Barcelona, Grupo de Estudios Avanzados en Violencia (GEAV).
• ChildFund Ecuador
• Diálogo Diverso
• Horizontes Diversos
• Misión Scalabriniana
• Organización 12 de octubre
• Plan Internacional
169
AGRADECIMIENTOS
Instituciones del Estado Nacional
• Consejo Nacional de la Judicatura
• Defensoría Pública
171
AGRADECIMIENTOS
172 PROTOCOLOS Y RUTAS DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE VIOLENCIA
DETECTADAS O COMETIDAS EN EL SISTEMA EDUCATIVO