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Programas

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RESUMEN EJECUTIVO

EVALUACIÓN PROGRAMAS GUBERNAMENTALES


(EPG)

PROGRAMA DE DIAGNÓSTICO AMBULATORIO (DAM)


PROGRAMA DE PREVENCIÓN FOCALIZADA (PPF)
PROGRAMA DE INTERVENCIÓN ESPECIALIZADA (PIE)

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SERVICIO NACIONAL DE MENORES (SENAME)

PANELISTAS: LORENA RIVERA (COORDINADORA)


DECIO METTIFOGO
RODRIGO SALAS

La evaluación presentada en este informe fue elaborada por un Panel de evaluadores externos
e independientes, seleccionados vía concurso público, y DIPRES no necesariamente comparte
la visión y/o totalidad de las recomendaciones entregadas.

NOVIEMBRE 2020 - JUNIO 2021


NOMBRE PROGRAMAS:
DIAGNÓSTICO AMBULATORIO - DAM
AÑO DE INICIO: 2007

PROGRAMA DE PREVENCIÓN FOCALIZADA – PPF


AÑO DE INICIO: 2013

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE INTERVENCIÓN INTEGRAL ESPECIALIZADA – PIE


AÑO DE INICIO: 2006

MINISTERIO RESPONSABLE: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS


SERVICIO RESPONSABLE: SERVICIO NACIONAL DE MENORES (SENAME)

RESUMEN EJECUTIVO

PERÍODO DE EVALUACIÓN: 2017-2020


PRESUPUESTO PROGRAMA DAM AÑO 2021: $ 12.257 millones1
PRESUPUESTO PROGRAMA PPF AÑO 2021: $ 27.096 millones2
PRESUPUESTO PROGRAMA PIE AÑO 2021: $12.591 millones3

1. Descripción general de los programas

La presente evaluación comprende los siguientes programas ambulatorios del Servicio


Nacional de Menores (en adelante SENAME): Diagnóstico Ambulatorio (en adelante DAM),
Programa de Prevención Focalizada (en adelante PPF) y el Programa de Intervención
Integral Especializada (en adelante PIE).

El SENAME es un organismo gubernamental centralizado, colaborador del sistema judicial


y dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Se encarga de la protección
de derechos de niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA), y de los adolescentes entre
14 y 17 años que han infringido la ley. Además, se ocupa de regular y controlar la adopción
en Chile. Fue creado por el Decreto Ley Nº 2.465 del 10 de enero de 1979 y entró en
funciones el 1 de enero de 1980.

La Oferta Programática del SENAME puede entenderse como el conjunto de proyectos


ejecutados por los distintos Organismos Colaboradores Acreditados (en adelante OCAs) de
SENAME, que han sido reconocidos como tales a través de un acto administrativo del
mismo Servicio y que cuentan con financiamiento para el desarrollo de sus labores dirigidas
a la atención de NNA, además de los centros que son administrados directamente. Cada
programa cuenta con las orientaciones técnicas y administrativas que entregan los
lineamientos o estándares mínimos que cada proyecto debe cumplir.

El SENAME cuenta con tres ámbitos de acción, que a su vez tienen diferentes líneas
programáticas: i) Protección; ii) Adopción y; iii) Justicia Juvenil. La presente evaluación
considera tres programas que pertenecen al ámbito de Protección. Este último comprende,
por un lado, los programas de cuidado alternativo, ejecutados tanto vía administración
directa como por OCAs, y, por otro lado, de programas ambulatorios. Dentro de los
programas ambulatorios se encuentran: a. Línea de Diagnóstico; b. Oficina de Protección
de Derechos (OPD); c. Línea de Programas Ambulatorios y de Cuidado Alternativo.

En este contexto, el Diagnóstico Ambulatorio (DAM) corresponde a la Línea de Diagnóstico,


siendo el único programa de esta línea; mientras que el Programa de Prevención Focalizada
(PPF) y el Programa de Intervención Integral Especializada (PIE) pertenecen a la Línea de
los Programas Ambulatorios del ámbito de Protección.

Es importante señalar, que el 22 de diciembre de 2020 se promulga la Ley N° 21.302 4, que


crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica

1
Ley de Presupuestos Partida 10, Capítulo 07, Programa 01: Subtítulo 24, Ítem 01, Asignación 001
2
Ídem nota al pie Nº1.
3
Ídem nota al pie Nº1.
4
Se considera un año de vacancia, entrando en vigencia el 1 de octubre de 2021.

1
normas legales que indica, que éste será el encargado de proveer la oferta de protección
especializada para los NNA gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos,
siempre con el foco en el bienestar e interés superior del niño y un enfoque familiar, que
permita intervenciones integrales y eficaces. Lo anterior no sólo implica cambios
organizacionales sino también de la oferta programática del SENAME, de tal forma que
algunos programas podrían no tener continuidad o ser objeto de rediseño. En específico,
los tres programas incluidos en la presente evaluación no tendrían continuidad 5. Los
programas en ejecución serán traspasados, y continuarán por un período de transición. Es
más, el programa PPF cuenta con un programa de reemplazo denominado Programa
Multimodal Territorial6.

 Objetivos de Fin y Propósito y Componentes

Los tres programas tienen el siguiente Fin en común:

Contribuir a la prevención, promoción, protección y restitución de los derechos de niñas,


niños y adolescentes vulnerados.

Diagnóstico Ambulatorio – DAM

El DAM comenzó el año 2007 y es definido como una “instancia especializada en evaluación
jurídico forense7, a la que le compete realizar pericias psicosociales en el ámbito
proteccional, por orden de los Tribunales de Familia y Tribunales con competencia común
en materias de familia o ante sospecha o evidencia de vulneración de derechos de niñez y
adolescencia, como también en el ámbito penal, por solicitud de Fiscalía, ante sospecha o
evidencia de delitos en contra de NNA”8; Excepcionalmente, pueden recibirse derivaciones
no judicializadas cuando una autoridad extranjera lo solicite 9.

Propósito:

Apoyar la toma de decisiones de los solicitantes 10, aportando información mediante la


realización de evaluaciones y diagnósticos en el ámbito proteccional 11, respecto de las
situaciones de niños, niñas y adolescentes presuntas víctimas de vulneración de derechos,
constitutivas o no de delito.

5
Entrevistas con Subsecretaria de Subsecretaría de la Niñez del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y
equipos técnicos de Sename.
6
Disponible en https://programassociales.ministeriodesarrollosocial.gob.cl/programas_nr/74964/2019/12
7
La Psicología Jurídico Forense ha sido definida como la “Subespecialidad abocada a dar respuesta a las
preguntas psicolegales provenientes del sistema de justicia. En esta línea, es entendida como la ciencia que
enseña la aplicación de todas las ramas y saberes de la Psicología frente a las interrogantes de la Justicia,
cooperando continuamente con la administración de Justicia, mostrándose en el foro (tribunal), mejorando el
ejercicio del Derecho.” Maffioletti, F., Contreras, L., y Coliñir, N. (colab.). (2019). La Psicología Jurídica y el
Sistema de Justicia. Valencia: Tirant lo Blanch. p. 36.
8
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM.
Departamento de protección y restitución de derechos. Septiembre 2015. p. 4 y SENAME, Orientaciones
Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM. Departamento de protección
y restitución de derechos. Septiembre 2019. p. 3.
9
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM.
Departamento de protección y restitución de derechos. Septiembre 2015, p. 11 y SENAME, Orientaciones
Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM. Departamento de protección
y restitución de derechos. Septiembre 2019, p. 11
10
Solicitantes pueden ser Tribunales de Familia, Tribunales con competencia común en materias
proteccionales, intervinientes en el proceso penal (Fiscalía, Defensoría y Jueces de Garantía u Oral en lo Penal)
y entidades extranjeras (como Agencias de adopción, servicios de protección con los que existen convenios de
colaboración, consulados).
11
Diagnósticos en el ámbito proteccional corresponden a: Diagnóstico Social, Diagnóstico Psicológico,
Diagnóstico Integrado, Diagnóstico de habilidades parentales.

2
Componente: Pericias forenses proteccionales o para la acción legal realizadas1213

El componente consiste en la realización de pericias forenses proteccionales y pericias


forenses para la acción penal que son elaborados principalmente por psicólogos y
trabajadores sociales.
Las pericias forense proteccional corresponden a “la evaluación de las condiciones de
protección en que se encuentra el niño(a) o adolescente, para recomendar la adopción de
medidas cautelares y/o de protección atingentes a las características del niño(a) o
adolescente, de su familia y de las condiciones para el ejercicio de la parentalidad ofrecidas
por las políticas de protección universal existentes en el entorno comunitario” 14.

Desde el Tribunal, se realiza una pregunta jurídica que debe ser respondida por los DAM.
De este modo se pueden realizar Pericias sobre las condiciones de protección del NNA
para emitir un Informe de las condiciones de protección del NNA, la que se realiza a partir
de las siguientes actividades: i) revisión documental de todos los antecedentes del NNA en
la Red SENAME y los antecedentes judiciales; ii) entrevistas al o los/as adulto/s de la familia
a cargo del cuidado del NNA, a terceros (profesionales del intersector, profesionales
tratantes, vecinos, otros, y al NNA; iii) aplicación de pruebas psicológicas al NNA en caso
de tener que profundizar la evaluación en una determinada área; iv) evaluación del sistema
representacional1516de apego del o los adultos a cargo; v) solicitud de diagnóstico
psiquiátrico de NNA ante la detección de sintomatología de trastornos de salud mental.

Asimismo, se puede realizar una Pericia sobre el ejercicio de la parentalidad17, para emitir
Informe de ejercicio de la parentalidad, la que implica realizar: i) revisión documental, ii)
entrevistas a terceros; iii) entrevistas al o los adulto/s responsables del cuidado del NNA;
iv) evaluación de las condiciones de vida familiar en visita domiciliaria; v) completar
instrumento de evaluación del ejercicio de la parentalidad.

En el caso de pericias psicológica y/o social a NNA víctimas de vulneraciones constitutivas


como delitos, se “evalúan el testimonio de niños, niñas y adolescentes y realizan informes
de daño psíquico atribuible a una presunta vulneración de derechos constitutiva de delito.
(….) Ello se relaciona directamente con el acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes
víctimas de delitos y con evitar la victimización secundaria de éstos en el proceso de
investigación y sanción a los agresores”18. Lo anterior se realiza a con i) una valoración del
testimonio, para la cual se puede realizar entrevista investigativa utilizando la guía
desarrollada por el Ministerio Público o utilizar la metodología utilizada por el Centro de
Asistencia a Víctimas de Atentados Aexuales (CAVAS) de la Policía de Investigaciones de

12
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM.
Departamento de protección y restitución de derechos. Septiembre 2019
13
La Ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia refiere en su artículo 46 que “Será aplicable a los informes
periciales dispuestos en el artículo 315 del Código Procesal Penal, que señala los contenidos.”
14
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM.
Departamento de protección y restitución de derechos. Septiembre 2019, p.16
15
Se refiere al “concepto que el niño tiene de sí mismo y de la figura de apego, los recuerdos de la relación y
las expectativas sobre la propia relación. Los modelos representacionales más importantes y significativos son
el modelo de sí mismo, entendido como mapa interno que uno construye sobre uno mismo, y el modelo de los
otros” (Moreno, R., 2010, p.20). La teoría del apego se define como la tendencia de las personas a desarrollar
lazos afectivos significativos por parte de los bebés y sus cuidadores principales. Esta tendencia natural e inicial
en la vida se va traduciendo en las conductas que van desarrollando los niños para conseguir proximidad de las
figuras de apego, ya sea en momentos de dificultad, miedo o ansiedad. (…) Estas formas de comportamiento
surgen a partir de representaciones mentales internalizadas, denominadas estilos de apego (Bowlby,1969 en
Morales Silva, Susana, & Santelices Alvarez, María Pía. (2007). Los Modelos Operantes Internos y sus
Abordajes en Psicoterapia. Terapia psicológica, 25(2), 163-172.
16
Esta evaluación se realiza a través de la aplicación del cuestionario, “Parental Bonding Instrument” (PBI) de
Parker, Tupling y Brown (1979), que es un cuestionario de autorreporte para adultos que evalúa las relaciones
con los padres durante la infancia. Aunque sigue el modelo representacional, en su construcción utiliza las
dimensiones de "cuidado" y "sobreprotección" para evaluar estas relaciones y no utiliza las tradicionales
dimensiones del apego. A pesar de ello, es posible colegir claras referencias a la teoría de Bowlby y otorga la
posibilidad de convertir sus dimensiones en las clásicas categorías de apego (Albala & Sepúlveda, 1997 en
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM.
Departamento de protección y restitución de derechos. Septiembre 2019. p. 21).
17
La parentalidad es entendida como aquella que considera las capacidades y habilidades que ponen en
práctica los padres y madres para asegurar a sus hijos sustento, afecto, educación, socialización y protección.
18
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea de Acción Diagnóstico. Modalidad diagnóstico ambulatorio DAM.
Departamento de protección y restitución de derechos. Septiembre 2015. p. 6.

3
Chile. Ii) Evaluación Psicológica de Daño Psíquico, la cual consiste en valorar las
consecuencias sociales y psicológicas (secuelas o lesión psíquica) del delito, establecer y
demostrar el nexo causal entre la situación investigada y el daño social, lesiones psíquicas
y secuelas emocionales presentes en el sujeto.

De este modo, es posible tener 4 tipos de informes a partir de las pericias penales o
proteccionales y según quiénes lo requieran: 1) Tribunales de Familia y 2) Fiscalía. En el
caso de solicitudes de entidades extranjeras, se entrega el tipo de informe que se solicite,
en el marco del rango de acción de un DAM.

1. Tribunales de familia: Informe de condiciones de protección del niño/a o adolescente e


Informe del Ejercicio de la Parentalidad.
2. Fiscalía: Informe de Valoración del Testimonio e Informe de Evaluación Psicológica del
Daño.

El proceso de producción de este servicio comienza con el NNA que ingresa a un proceso
diagnóstico tras la orden emitida por un Tribunal de Familia o Fiscalía. Este proceso de
diagnóstico finaliza con el envío del resultado de la evaluación diagnóstica proteccional al
Tribunal correspondiente. La evaluación aporta antecedentes para que la Jueza o Juez
tome la medida más adecuada para la situación proteccional del NNA, que puede incluir la
derivación a oferta de protección pertinente especializada y/o a otras prestaciones sociales,
si la situación de vulneración lo amerita, así como puede evitar la internación innecesaria,
cuando es posible la protección en el medio familiar y comunitario .

Los proyectos se ejecutan durante todo el año y, tienen una duración máxima de 3 años, la
que está establecida en los Convenios. Son implementados en todas las regiones del país,
teniendo un alcance de 79 proyectos al año 2020. En noviembre de 2020 se publicó el
Séptimo concurso público de proyectos para la Línea de acción: diagnóstico, modalidad
diagnóstico ambulatorio (DAM), desconociéndose el proceso y programación de traspaso a
la nueva oferta asociada al nuevo Servicio.

Programa de Prevención Focalizada – PPF

El PPF comenzó el año 2013. Es una intervención que buscar atender “situaciones de
mediana complejidad que afectan a NNA de un territorio determinado, entendiendo por
mediana complejidad la presencia de situaciones y/o conductas que se constituyen en
evidentes señales de alerta de cronificación de vulneraciones de derechos ya presentes,
que provocan daño y/o amenazan los derechos de niños/as y adolescentes, y que se
manifiestan a nivel familiar”.

Las vías de ingreso al programa son las siguientes:


- Derivación de la Red SENAME, como Oficinas de Protección de Derechos, entre otros.
- Derivación de las redes locales, como establecimientos educacionales, centros de salud,
Municipio, otros programas u organizaciones del territorio.
- Demanda espontánea
- Detección directa del equipo interventor
- Derivaciones de Tribunales de Familia o con competencia común de aquellos niños,
niñas y adolescentes que cumplan con la definición del sujeto de atención.

Propósito: Niños, niñas y adolescentes menores de 18 años víctimas de vulneraciones de


derechos asociadas a una mediana complejidad19, interrumpen las vulneraciones de
derechos de las que han sido víctimas, favoreciendo la reparación 20 del daño.

Los bienes y/o servicios (componentes) que entrega el programa son 3. Se desprenden del
Plan de Intervención Individual (PII) que elabora una dupla psicosocial (psicólogo/a y de

19
Se entenderá por vulneraciones de mediana complejidad aquellas como negligencia moderada, testigo de
violencia intrafamiliar no constitutiva de delito, maltrato físico y/o psicológico moderado.
20
La reparación se entiende como un abordaje que busca que los sujetos “puedan disponer de nuevo de su
existencia sin terror, sin arbitrariedades sin impunidad, puedan transformar esas afectaciones y trascender de
una condición de víctima a sujeto de derechos. (Rebolledo; Rondón, 2010, p. 49)

4
trabajador/a social), a partir del diagnóstico inicial de la situación completa (individual,
familiar, comunitaria) de cada NNA. El PII corresponde a un instrumento de planificación y
seguimiento de cada NNA atendido/a en tanto comprende el diagnóstico, los objetivos de
intervención para cada componente y las actividades que se utilizarán para lograrlos,
indicando su frecuencia y simultaneidad, resultados intermedios esperados y plazo
estimado para lograr dichos objetivos.

Componente 1: Niñas, niños y adolescentes reciben atención psicosocial integral en


consideración de sus recursos, necesidades y etapas del desarrollo

A nivel personal o individual se busca “fortalecer los recursos personales de los niños, niñas
y adolescentes en consideración a la etapa del desarrollo en la que se encuentran. Para
ello, se requiere identificar los factores protectores y o recursos que ha utilizado para hacer
frente a la vulneración y que requerirían ser potenciados para superar dicha vulneración.
Como también, los factores de riesgo presentes en el niño, niña o adolescente que han
contribuido a la mantención de la o las vulneraciones de derecho”.

El componente es ejecutado por una dupla de psicólogo/a y de trabajador/a social. El tiempo


de ejecución para cada una de las actividades se estipula en cada PII, debiendo ejecutar al
menos 1 sesión semanal con el NNA. El tiempo de duración de la intervención individual
puede durar entre 6 a 10 meses.

Componente 2: Adultos responsables de NNA reciben atención psicosocial con foco


en la superación de la vulneración de derechos, fortaleciendo sus competencias
parentales o marentales.

Se considera que la intervención con la familia “centrada en el fortalecimiento de


competencias parentales y marentales21 es crucial e ineludible para lograr la reparación del
daño y la restitución de los derechos vulnerados de los niños/as y adolescentes”22.

El componente es ejecutado por una dupla de psicólogo/a y de trabajador/a social.

El tiempo de ejecución para cada una de las actividades se estipula en cada PII, debiendo
ejecutar al menos una sesión semanal con la familia y/o adulto responsable. El tiempo de
duración de este componente es de 6 a 10 meses.

Componente 3: Profesionales del programa realizan gestiones de redes


intersectoriales como parte del plan de intervención de los NNA

Este componente, se desarrolla en el nivel sociocomunitario. Contempla gestiones que los


profesionales de los programas efectúan en la red intersectorial (pública y privada) para
generar mejores condiciones de vida a los NNA y/o sus familias. Los ámbitos que
comprende incluyen el educacional, de salud, de asesoría legal y jurídica, protección social,
etc.23. Al igual que en los demás componentes, las actividades de éste se enmarcan en el
plan de intervención individual (PII) de cada NNA.

Asimismo, también se busca incorporar a personas del entorno familiar y/o socio-
comunitario que puedan, por un lado, apoyar el ejercicio de la parentalidad/marentalidad, y
por otro, constituirse en co-garantes de derechos del niño/a o adolescente. A estas
personas se les invita a participar de espacios de formación y/o información individual y/o
grupal24, por ejemplo, en los cuales se aborde los derechos de la niñez y adolescencia,
características de la etapa del desarrollo en la cual se encuentre el niño/a o adolescente, u
otros temas acordes al plan de intervención. Es importante que estos co-garantes sean

21
Es el conjunto de capacidades que permiten a los padres (o adultos a cargo) afrontar de modo flexible y
adaptativo la tarea vital de ser padres (o madres), de acuerdo con las necesidades evolutivas y educativas de
los hijos e hijas y con los estándares considerados como aceptables por la sociedad, y aprovechando todas las
oportunidades y apoyos que les brindan los sistemas de influencia de la familia para desplegar dichas
capacidades
22
Op. cit.p. 20
23
Por ejemplo, establecimientos educacionales, CESFAM, OPD, Programas municipales
24
Mayor detalle disponible en planes de trabajo e informes de actividades en carpetas individuales, a las cuales
el panel de evaluación no tuvo acceso. Dicha información no se encuentra registrada en SENAINFO.

5
identificados por el niño/a o adolescente como un adulto protector y por las familias como
un apoyo en el ejercicio de su parentalidad/marentalidad.

En el nivel sociocomunitario “el aporte que realiza este Programa es identificar y potenciar
recursos o posibles recursos25 que, por un lado, apoyen en el ejercicio de la
parentalidad/marentalidad a los adultos a cargo de la crianza y, por otro, que los niños/as
puedan contar con otros adultos significativos que puedan protegerlos y a quienes puedan
recurrir. Los cuales, además, puedan apoyar la sustentabilidad de los cambios producidos,
una vez que los usuarios/as egresen del programa” 26.

Se espera que las familias queden conectadas con redes que cuenten con estrategias a
implementar una vez egresados y los NNA cuenten con nuevos co-garantes de derechos.

Este componente tiene una duración de 6 a 10 meses.

El egreso exitoso se produce cuando el equipo interventor evalúa que se cumplieron los
objetivos principales del PII y, en consecuencia, se han logrado superar las vulneraciones
de derechos vivenciadas que originaron el ingreso al programa. En el caso que el juez haya
hecho la derivación, es quien debe decretar su egreso, una vez solicitado por los equipos
interventores de las OCAS. El equipo interventor debe realizar un informe de egreso que
derivará al ente derivador. La instancia del egreso, contempla, una revisión del equipo
interventor con el niño/a o adolescente, su familia y los co-garante la ejecución general del
PII: los logros percibidos, dificultades y aprendizajes, y nuevamente se evalúa si se requiere
la inserción de los NNA o sus familias en instancias comunitarias u otros programas
institucionales.

El proyecto y sus componentes se ejecutan durante todo el año y son implementados en


todas las regiones del país y tienen una duración máxima de 5 años, la que está establecida
en los Convenios. El año 2020 hubo 295 proyectos PPF.

Programa de Intervención Integral Especializada – PIE

El PIE comenzó su ejecución el año 2006. El programa está dirigido a niños, niñas y
adolescentes menores de 18 años quienes producto de las vulneraciones de derechos
crónicas presentan sintomatología y problemas de integración social como transgresión de
derechos de otras personas, consumo de drogas, deserción escolar y /o prácticas abusivas
de carácter sexual.

El PIE busca “otorgar intervención reparatoria27 frente a circunstancias de graves


vulneraciones de derechos, que atentan gravemente contra el normal desarrollo del niño,
niña o adolescente”28. Se centra en las interrupciones de las vulneraciones, el desarrollo de
competencias de los adultos a cargo para el ejercicio de la protección, y la intervención
psicosocial y terapéutica reparatoria con los niños, niñas y adolescentes. Todo lo anterior
se realiza en coordinación con sectores complementarios (salud, educación, Protección
Social, entre otros), con los que se busca desarrollar trabajo en red, que se concreta en un
Plan de Intervención Individual con responsabilidades compartidas” 29 30.

Propósito: Niños, niñas y adolescentes menores de 18 años víctimas de vulneraciones de


derechos de alta complejidad interrumpen trayectorias de vulneración de derechos
favoreciendo la reparación del daño.

25
Recursos emocionales, personales, intelectuales, redes familiares, entre otros.
26
SENAME, Orientaciones Técnicas Programa de Prevención Focalizada para niños, niñas y adolescentes
vulnerados en sus derechos (PPF). Marzo 2019. p. 30.
27
SENAME refiere que el concepto de reparación “alude a las víctimas de violaciones a los derechos humanos,
marco en el que es entendida como un proceso de restitución de la dignidad” (SENAME, Orientaciones Técnicas
Línea Programas. Programas de Intervención Integral Especializada (PIE). Julio 2019. p. 2).
28
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea Programas. Programas de Intervención Integral Especializada (PIE).
Julio 2019, p.2.
29
Las responsabilidades compartidas dicen relación con que no puede atribuirse a un sector en particular la
solución de la problemática de la situación abordada.
30
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea Programas. Programas de Intervención Integral Especializada (PIE).
Julio 2019, p.11.

6
Las vías de ingreso al programa son las siguientes:
- Derivación de la Red SENAME, como Oficinas de Protección de Derechos, entre otros.
- Derivación de las redes locales, como establecimientos educacionales, centros de salud,
Municipio, otros programas u organizaciones del territorio.
- Demanda espontánea
- Detección directa del equipo interventor.
- Derivaciones de Tribunales de Familia o con competencia común de aquellos niños,
niñas y adolescentes que cumplan con la definición del sujeto de atención.

Los bienes y/o servicios (componentes) que entrega el programa se desprenden de un Plan
de Intervención Individual (PII) que elabora la dupla psicosocial en conjunto con el niño,
niña o adolescente, a partir del diagnóstico inicial de la situación completa (individual,
familiar, comunitaria) de cada NNA. El PII corresponde a un instrumento de planificación y
seguimiento de cada NNA atendido/a, en tanto comprende el diagnóstico, los objetivos de
intervención para cada componente y las actividades que se utilizarán para lograrlos,
indicando su frecuencia y simultaneidad, resultados intermedios esperados y plazo
estimado para lograr dichos objetivos.

Componente 1: Niñas, niños y adolescentes reciben atención psicosocial integral en


consideración de sus recursos, necesidades y etapas del desarrollo.

El objetivo de este componente es que “el niño, niña o adolescente resignifique 31 su


experiencia de grave vulneración de derechos, y este logro se exprese en la superación de
sintomatología y de las dificultades en la integración social”32. Busca “fortalecer los recursos
personales de los niños, niñas y adolescentes en consideración a la etapa del desarrollo en
la que se encuentran. Para ello, se requiere identificar los factores protectores y o recursos
que ha utilizado para hacer frente a la vulneración y que requerirían ser potenciados para
superar dicha vulneración. Como también, los factores de riesgo presentes en el niño, niña
o adolescente que han contribuido a la mantención de la o las vulneraciones de derecho” 33.

Las actividades señaladas son realizadas por una dupla de psicólogo/a y de trabajador/a
social que debe determinar si las vulneraciones implican solicitar medida de protección
(ingreso a cuidado alternativo) y/o iniciar procesos penales asociados (hacia los adultos de
vulneraciones constitutivas de delito).

El tiempo de ejecución para cada una de las actividades se estipula en cada PII, debiendo
ejecutar al menos 1 sesión semanal con el NNA. Se estima que la intervención individual
debiese durar 12 meses34.

Componente 2: Adultos responsables de NNA reciben atención psicosocial con foco


en la superación de la vulneración de derechos, fortaleciendo sus competencias
parentales o marentales.

El objetivo de este componente es evitar la reiteración de acciones u omisiones que afectan


el desarrollo del niño(a) o adolescente y ampliar y/o fortalecer habilidades del adulto para
garantizar la protección. Esto se justifica bajo el supuesto de que fortaleciendo las
competencias parentales y marentales de los adultos responsables de los NNA se estaría
promoviendo el ejercicio de los derechos que fueron vulnerados y que motivaron el ingreso
y la intervención del programa35.

Parte esencial de este trabajo con los adultos es que asuman la responsabilidad en el
maltrato pasivo o activo del NNA, abordando primero la responsabilización y luego su

31
La resignificación es entendida como aquella que implica un cambio en torno al significado que el sujeto da a
la experiencia vivida, incorporando nuevos contenidos que contribuyan a una comprensión del acontecimiento
que sea más adaptativa y favorezca la coherencia interna, en la medida que no se constituya en el núcleo
central de la vivencia del sí mismo, pero sí sea integrada dentro de la historia vital
32
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea Programas. Programas de Intervención Integral Especializada (PIE).
Julio 2019. p.34
33
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea Programas. Programas de Intervención Integral Especializada (PIE).
Julio 2019. p. 20
34
No se cuenta con información de duración efectiva.
35
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea Programas. Programas de Intervención Integral Especializada (PIE).
Julio 2019. p.28

7
disposición a colaborar con la intervención. La intervención con la familia de origen u otro
adulto que ejerza rol de cuidado permanente se realiza desde el ingreso hasta el egreso de
la modalidad. La fase de egreso implica revisar con los usuarios los logros alcanzados, los
avances y cambios observados por los adultos y NNA. La evaluación de los logros se realiza
a partir de una nueva aplicación del instrumento utilizado para el diagnóstico.

El componente es ejecutado por una dupla de psicólogo/a y de trabajador/a social y el


tiempo de ejecución para cada una de las actividades se estipula en cada PII, debiendo
ejecutar al menos 1 sesión semanal con la familia y/o adulto responsable. Si se ven
cumplidos los objetivos se solicita el egreso a los Tribunales de Familia y en caso de
requerirse apoyo, es posible coordinarse con el PPF para pedir un seguimiento e incorporar
esta sugerencia en el informe de egreso. La intervención debiese durar 12 meses.

Componente 3: Profesionales del programa realizan gestiones de redes


intersectoriales como parte del plan de intervención de los NNA

La gestión intersectorial y el trabajo en redes son transversales durante toda la intervención.


Las Orientaciones Técnicas del programa señalan que “durante la etapa de instalación del
proyecto se debe construir un catastro de organizaciones presentes en el territorio y
establecer protocolos de colaboración con programas de protección universal y especial de
derechos36, relacionados con ámbitos complementarios para la intervención con el niño(a)
o adolescente y con el adulto a cargo”37.

El componente es realizado por una dupla de psicólogo/a y de trabajador/a social. El tiempo


de ejecución para cada una de las actividades se estipula en cada PII, debiendo ejecutar al
menos 1 sesión mensual de habilitación de redes con la familia y/o adulto responsable y el
NNA. El plazo de ejecución del componente es de 12 meses.

El marco Legal que sustenta los tres programas es la Ley de Tribunales de Familia (Ley
19.968 de 2004) y la Ley de Subvenciones (Ley 20.032 de 2005)

Aspectos transversales a los tres programas

Los tres programas cuentan con orientaciones técnicas y administrativas, que establecen
los estándares mínimos que deben cumplir las OCAS en la intervención de los NNA. Esto
contempla enfoques transversales (género, interculturalidad, inclusión e intersectorialidad),
características del modelo de intervención con sus respectivos objetivos, descripción de los
componentes, perfiles de los equipos de trabajo, sistema de supervisión y monitoreo,
sustento teórico, se sugieren instrumentos de evaluación, entre otras cosas.

Los tres programas son supervisados técnicamente y financieramente. La supervisión


técnica es realizada por la Unidad de Protección de Derechos (UPRODE) de cada Dirección
Regional de SENAME, la que realiza visitas a terreno, aplicando informes de proceso
incluidos en el Módulo de Supervisión de SENAINFO; por su parte, la supervisión financiera
es realizada por la Unidad de Supervisión Financiera de cada Dirección Regional, que
controla los gastos del proyecto, y por el Departamento de Protección de Derechos, que
realiza una asesoría y retroalimentación a los UPRODE.. En los programas ambulatorios la
supervisión se realiza de manera bimensual (línea de diagnóstico - DAM) o trimestral (PIE
y PPF).

 Población objetivo y beneficiarios efectivos

Diagnóstico Ambulatorio- DAM

Población Objetivo: NNA menores de 18 años, que, por su situación de grave vulneración
de derechos o sospecha fundada de grave vulneración, asociada a algún nivel de daño y/o
victimización, requieran ser evaluados por solicitud de Tribunales de Familia y/o Fiscalías.

36
Por ejemplo, programa universal de consumo de drogas (SENDA), apoyo escolar, Cesfam, etc.
37
SENAME, Orientaciones Técnicas Línea Programas. Programas de Intervención Integral Especializada (PIE).
Julio 2019. p.35

8
Beneficiarios efectivos: NNA, menores de 18 años a quienes se les está realizando o
realizó la evaluación solicitada en el año correspondiente 38.

Cuadro 1: Población Objetivo y Beneficiarios Efectivos Período 2017-2020


DAM
Año Población Objetivo(2) Beneficiarios Efectivos

2017 s,i.39 28.443


2018 37.198 31.205
2019 49.067 34.698
2020 50.070 28.873
Total 2017-2020 123.219
Fuente: SENAINFO.
Población Objetivo: Atendidos más listas de espera. (2) Información no disponible para 2017.

En el caso de DAM la distribución de beneficiarios efectivos por sexo es del orden de un


45% hombres y un 55% de mujeres durante todo el periodo. Siendo el único programa
evaluado que tiene una mayor proporción de mujeres dentro de sus atendidos. De acuerdo
a la distribución de los atendidos según tramo etario, se observa que para los DAM dos
tercios de estos tienen entre 4 y 13 años, mientras que un 13% tiene entre 0 y 3 años, y
21% entre 14 y 17. En términos de distribución por causal de ingreso, en el caso de los
DAM más del 80% de los NNA ingresa al proceso de diagnóstico por “Vulneración de
derechos en estudio”, lo que se ajusta al diseño del programa. La concentración de casos
es consistente con la población que tiene cada región donde la Región Metropolitana, la
Región de Valparaíso y Biobío concentran la mayor proporción de NNA atendidos.

Programa de Prevención Focalizada – PPF

Población objetivo: NNA menores de 18 años, víctimas de vulneraciones de mediana


complejidad en el contexto familiar no constitutiva de delito (testigo de violencia intrafamiliar,
maltrato psicológico y/o físico leve a moderado, negligencia moderada), que acudan
personalmente con sus familias o sean derivados por las Oficinas de Protección de
Derechos-OPD, establecimientos u otras instancias locales.

Beneficiarios efectivos: NNA menores de 18 años que están siendo atendidos por el
programa o fueron atendidos en el año correspondiente.

Cuadro 2: Población objetivo y beneficiarios efectivos PPF


Año Población Beneficiarios % Beneficiarios
Objetivo Efectivos respecto a Población
Objetivo
2017 47.754 50.542 106%
2018 52.708 54.579 104%
2019 54.579 54.855 101%
2020 51.438 51.438 100%
Total 2017-2020 206.479 211.414
% Variación 2017-2020 7,7% 1,8%
Fuente: SENAINFO
Población Objetivo: NNA atendidos más listas de espera.

En el caso del PPF la distribución de beneficiarios efectivos según sexo es de 52% de


hombres y 48% de mujeres. Según tramos etarios 36% se concentra en el tramo de 9 a 13
años, 34% en el tramo de 4 a 8 años, 18% en el tramo de 14 a 17 años y 11,3% en el tramo
de 0 a 3 años. La concentración de casos es consistente con la población que tiene cada
región donde la Región Metropolitana, la Región de Valparaíso y Biobío concentran la
mayor proporción de NNA atendidos. En el caso del PPF las causales de ingreso de los
NNA al programa son diversas, existiendo la categoría “Por orden del Tribunal”, lo que

38
Cuantificación provista por SENAME a partir de datos SENAINFO
39
La institución no explicó por qué no se cuenta con esta cifra.

9
significa que no especifica la causal (13,21% de los casos). La causal más frecuente es la
de negligencia (negligencia leve un 19,49% y negligencia moderada un 29,37%). Las
causales identificadas corresponden a lo establecido en el diseño del programa, sin poder
conocer el detalle de lo incluido en la causal “Por Orden del Tribunal”.

Programa de Intervención Integral Especializada – PIE

Población objetivo: NNA menores de 18 años víctimas de graves vulneraciones de


derecho como negligencia grave, abandono, explotación en peores formas de trabajo
infantil, explotación sexual y transgresión de derechos de otras personas y cumplen criterios
de priorización (NNA mayores de 10 años, NNA que se encuentran en residencias y
presentan prácticas abusivas de carácter sexual son prioridad de ingreso a la intervención
especializada realizada por PIE en los territorios que no cuentan con oferta específica en el
tema; completados los cupos que dispone el programa, se generan listas de espera que
serán atendidas por liberación de cupos en el orden de solicitud de ingreso).

Beneficiarios efectivos: NNA menores de 18 años que están siendo atendidos por el
programa o fueron atendidos en el año correspondiente.

Cuadro 3: Población objetivo y beneficiarios efectivos PIE


Año Población Beneficiarios % Beneficiarios
Objetivo Efectivos respecto a Población
Objetivo
2017 45.666 11.620 25%
2018 49.252 12.030 24%
2019 51.149 11.559 23%
2020 12.500 10.602 85%
Total 2017-2020 158.567 45.811
% Variación 2017-2020 72,6% 8,7%
Fuente: SENAINFO
Población objetivo: Considera atendidos más listas de espera.

En el caso de PIE la participación de los hombres en el total de los NNA atendidos es mayor
que la de las mujeres; en el caso de PIE y alcanza el 60%. Respecto a la distribución por
tramo etario, en el caso del PIE, la mayor parte de los casos atendidos se concentra en el
tramo de 14 a 17 años (62,4%), 18,9% en el tramo de 9 a 13 años, 12% en el tramo de 18
años y más. 5,2% en el tramo de 4 a 8 años. La concentración de casos es consistentes a
la población que tiene cada región donde la Región Metropolitana, la Región de Valparaíso
y Biobío concentran la mayor proporción de NNA atendidos. Al evaluar las causales de
ingreso, un 63,5% de las causales de ingreso de los NNA como “Víctimas de negligencia
grave” y un 24,6% como “Protección por orden del Tribunal” (sin detallar la causal), sin que
el panel haya podido acceder a una muestra de carpetas para poder identificar
empíricamente cuáles son los tipos de negligencia o las razones de la orden de protección
del Tribunal, por lo que no se cuenta con información más detallada. Las causales
identificadas corresponden a lo establecido en el diseño del programa

 Identificación de las fuentes de financiamiento

El presupuesto que permite financiar el desarrollo de los programas proviene de dos


programas presupuestarios distintos, ambos pertenecientes a la partida 10, capítulo 07: el
programa 01 “Servicio Nacional de Menores” y el programa 02 de “Administración Directa
y Proyectos Nacionales”. En el caso del primer programa, los recursos que financian los
tres programas corresponden específicamente a transferencias del subtítulo 24, ítem 01
asignación 001 “Subvención de proyectos del área de protección a menores”, mientras que,
en el caso del segundo, se trata de montos de los subtítulos 21, 22, 29 y 31 mediante los
cuales se financian acciones necesarias para dar soporte institucional a la ejecución de los
tres programas evaluados.

En el caso del DAM la asignación específica al programa corresponde a 85,5% del total del
presupuesto del 2021. Los aportes de la institución responsable son de 13,6% y los aportes
en presupuesto de otras instituciones corresponde al 0,87%.

10
En el caso del PPF la asignación específica al programa corresponde a 84,3% del total del
presupuesto del 2021. Los aportes de la institución responsable son de 13,4% y los aportes
en presupuesto de otras instituciones corresponde al 2,3%.

En el caso del PIE la asignación específica al programa corresponde a 84,1% del total del
presupuesto del 2021. Los aportes de la institución responsable son de 13,4% y los aportes
en presupuesto de otras instituciones corresponde al 2,6%.

Se puede destacar que hubo durante el periodo una disminución del presupuesto de un
5,8% (DAM), 10,2% (PPF), 19,4% (PIE) en el total de sus fuentes presupuestarias de
financiamiento. Principalmente de los aportes de otras instituciones públicas. Ninguno de
los programas recibe aportes extrapresupuestarios. Sobre esta disminución, es importante
señalar que a partir del año 2020 se observa una reducción importante en el presupuesto
inicial de los programas, que alcanza una magnitud del 23%. Esta importante reducción no
es el fruto de una reducción efectiva del presupuesto, sino que más bien de un cambio en
la metodología de reporte financiero acordada entre la DIPRES, el MDSF y el Servicio. Este
cambio se relaciona con la gestión presupuestaria del 80 bis, mediante la cual a partir de
2020 SENAME no incluye en su presupuesto inicial los montos asociados al pago de
sobrecupos, sino que los va sumando paulatinamente durante el año

Cuadro N° 1 Fuentes de Financiamiento DAM de los Programas DAM/PPF/PIE 2017-


2021 (miles de $2021)

Variación
Fuentes de Financiamiento 2017 2018 2019 2020 2021 2017-
2021
1.1. Asignación específica al Programa
10.671.807 12.270.665 13.285.055 10.980.946 10.482.585 -1,8%
(24.01.001)
1.2. Aportes institución responsable
DAM (subtítulos 21, 22, 23, 29 y 31) 2.010.063 2.210.649 2.513.049 1.738.513 1.667.584 -17,0%

1.3. Aportes en presupuesto de otras


335.242 258.602 301.128 136.303 106.525 -68,2%
instituciones públicas (Tesoro público)
Total 13.017.112 14.739.916 16.099.232 12.855.763 12.256.694 -5,8%
1.1. Asignación específica al Programa
24.223.691 26.140.387 27.775.472 24.757.528 22.846.969 -5,7%
(24.01.001)
1.2. Aportes institución responsable
4.648.165 5.046.674 5.332.605 4.349.681 3.634.716 -21,8%
PPF (subtítulos 21, 22, 23, 29 y 31)
1.3. Aportes en presupuesto de otras
1.293.743 1.043.797 1.167.045 552.192 614.652 -52,5%
instituciones públicas (Tesoro público)
Total 30.165.599 32.230.858 34.275.122 29.659.400 27.096.337 -10,2%
1.1. Asignación específica al Programa
12.388.438 13.052.253 13.530.098 10.392.005 10.584.913 -14,6%
(24.01.001)
1.2. Aportes institución responsable
2.499.933 2.439.755 2.590.100 2.294.837 1.683.950 -32,6%
PIE (subtítulos 21, 22, 23, 29 y 31)
1.3. Aportes en presupuesto de otras
729.492 590.189 69.632 303.920 321.647 -55,9%
instituciones públicas (Tesoro público)
Total 15.617.863 16.082.197 16.189.830 12.990.762 12.590.510 -19,4%
Total 58.800.574 63.052.971 66.564.185 55.505.925 51.943.541 -12%
Fuente: Anexo 5

2. Resultados de la Evaluación

 Justificación del programa

Respecto del diseño de los tres programas evaluados, es posible señalar que éstos abordan
una necesidad concreta: la vulneración de derechos que sufren NNA. Esto se traduce en
que son víctimas de distintos tipos de violencias, maltratos, negligencia, lo que trae graves
consecuencias en sus vidas (afectar su desarrollo y crecimiento, deteriorar las relaciones
con sus padres y con sus pares, impactar negativamente en el rendimiento escolar, generar
problemas de salud mental y salud física y terminar teniendo mayor consumo de alcohol y
drogas) y para la sociedad en general (costos sociales y económicos). Lo anterior justifica
la intervención del Estado por el impacto de la violencia a nivel individual y social.

11
En el caso específico del DAM, a la anterior necesidad, se suma la de que los jueces y
juezas, requieren de una pericia o diagnóstico especializado que les entregue información
oportuna y de calidad sobre el estado de NNA supuestamente vulnerados para poder tomar
decisiones informadas respecto de qué decisiones tomar frente a dichos NNA. No obstante,
no es posible medir la necesidad que tienen los jueces de información especializada para
tomar sus decisiones respecto de las medidas a aplicar para cada niño/a que ingresa al
sistema judicial, ni tampoco la magnitud de casos que revisan. Esto, porque se desconoce
el número de NNA que ingresan al sistema judicial, y que requieren alguna medida de
protección.

Para efectos de esta evaluación se reformuló la población potencial del PPF y PIE, a partir
de la Primera Encuesta Nacional de Polivictimización en Niños, Niñas y Adolescentes
(2017) de la Subsecretaría de Prevención de Delitos del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública. Esto porque en el caso del PIE y PPF, pese a que es medible la necesidad y se
cuenta con diagnósticos para ambos programas, la información de éstos está
desactualizada, lo que no entrega un diagnóstico claro de la problemática que buscan
solucionar. Existen diferentes encuestas realizadas por Unicef, MDSyF, la Subsecretaría
de Prevención del Delito realizadas durante la última década, y también datos
administrativos que entregan información valiosa, pero el Estado no cuenta con un
instrumento concreto que mida en el tiempo la variación de esta problemática ni sus
consecuencias.

En relación a la estrategia del DAM, ésta es una iniciativa programática acotada que no
tiene intervención. El panel la considera pertinente ya que da respuesta a la necesidad de
apoyar a quienes toman las decisiones en los Tribunales de Familias sobre aquellos casos
que supuestamente han sido gravemente vulnerados en sus derechos. No obstante, a partir
del análisis horizontal de su diseño, es posible señalar que los indicadores generados para
evaluar el desempeño del propósito y del componente no permiten dar cuenta del logro ni
de la calidad de los productos que se generan. Por lo que son importantes aspectos de
mejora para un seguimiento y monitoreo.

Por su parte, en cuanto a la estrategia del PPF y del PIE, el panel considera que su
pertinencia es parcial. Si bien cada uno de sus componentes cuentan con el sustento teórico
sobre los ámbitos de acción que se abordan (nivel individual NNA, adulto responsable y
nivel sociocomunitario asociado al modelo ecológico de Bronfenbrenner) y son pertinentes
para contribuir al logro del propósito, no es posible dar cuenta de cómo abordan las causas
del problema identificado y cómo se articulan entre ellos para cumplir el objetivo. En otras
palabras, no se entrega evidencia empírica que respalde la elección de éstos de manera
aislada y como un modelo articulado, y de cómo se adapta a la realidad de Chile y las
particularidades de su territorio. En relación al componente de gestión de redes, como está
planteado en su diseño refiere más a actividades a desarrollar y ni PPF ni PIE compromete
algún producto asociado a las gestiones realizadas, por lo que el panel considera que tal
cual está formulado no es posible considerarlo un componente. Adicionalmente, resulta
complejo de operacionalizar los conceptos que se abordan en la estrategia tanto de PPF y
PIE, por ejemplo, la interrupción de las vulneraciones, la evitación de la cronificación, los
recursos resilientes o la capacidad de resignificar el maltrato. Por último, no queda claro
cómo se incluyen los enfoques transversales en la estrategia de los dos programas, si bien
se entregan lineamientos teóricos, no se explicita cómo se trabaja en cada uno de los
componentes y la estrategia no entrega en sus orientaciones información adicional sobre la
cuantificación de la población que atienden según género, discapacidad, pertenencia a
alguna etnia y/o población migrante, lo cual se considera relevante para que posteriormente
las OCAS puedan elaborar sus propuestas de intervención.

Asimismo, los indicadores de PPF y PIE construidos para su monitoreo, en algunos casos,
no son pertinentes en su diseño y por lo tanto no permiten medir el logro del propósito y de
sus componentes, por ejemplo, se presenta un indicador relativo al cumplimiento de los
objetivos del PII, sin embargo, se desconoce cuántos y cuáles son los objetivos que se
están evaluando, o en el caso de los componentes, el indicador referido a las atenciones
que se entrega dice relación solamente con el cumplimiento de una atención psicosocial
individual, cuando en las orientaciones técnicas se estipula una atención semanal durante
el proceso de intervención. A esto se suma que, en algunos casos, no es posible cuantificar

12
los indicadores propuestos, por ejemplo, determinar los cambios o mejoras entre las
evaluaciones pre y post para NNA y sus adultos responsables; de este modo, no fue posible
dar cuenta del cumplimiento de sus propósito ni del logro de sus componentes.

Por otra parte, el diseño de la estrategia del PIE y PPF considera que todos los hitos de la
intervención los implemente la misma OCA, lo que a juicio del Panel no es lo más pertinente,
en tanto son los mismos equipos quienes realizan el diagnóstico, aplicando diferentes
instrumentos de evaluación, y los que ejecutan los programas y, después, vuelven a evaluar
a los beneficiarios. Si bien, es necesario que los equipos interventores realicen su
diagnóstico para poder evaluar, el panel considera que lo anterior abre espacios para falta
de imparcialidad, en tanto estarían siendo juez y parte de su propia intervención.

 Implementación del programa

En relación a la gestión y organización de los tres programas evaluados, la estructura


organizacional que tiene SENAME, de contar con responsabilidades y funciones de carácter
más bien transversal, es decir, que dentro de los equipos regionales y los departamentos a
nivel central los diferentes miembros realizan labores asociadas a todos los programas que
tiene la institución, a juicio del panel dificulta la comprensión global e identificación de
responsabilidades respecto de la gestión de cada programa. Por lo tanto, de la planta total
de funcionarios que tiene el SENAME, no es posible determinar cuántos de estos trabajan
en el diseño, gestión financiera, técnica y supervisión de cada programa, tanto a nivel
regional como a nivel central. Si bien cada modelo de gestión y distribución de funciones y
responsabilidades tiene sus ventajas y desventajas, a juicio del panel, la oferta
programática del SENAME es tan amplia, y al mismo tiempo, especializada que esta
transversalidad de funciones es considerada más como una desventaja que una ventaja.
Asimismo, se observa que la responsabilidad de la gestión e implementación recae
principalmente sobre cada Dirección Regional y los supervisores técnicos deben responder
a las necesidades técnicas de todos los programas, lo que a juicio del panel no responde a
la especialidad requerida y mencionada.

Hallazgos que se levantaron en el marco de esta evaluación, dan cuenta de la existencia


de diversos problemas respecto de los equipos de las OCAS y que, a juicio del panel,
pueden estar afectando la calidad de las intervenciones. A partir de entrevistas a actores
clave surgieron temas como que existe alta rotación de profesionales, sobrecarga laboral,
poco tiempo para el autocuidado, entre otros, información que coincide con lo presentado
en un estudio de Unicef (2019)40. Por otra parte, el principal hallazgo del estudio de Unicef
es que los equipos tienen poca experiencia profesional. Al respecto, la encuesta realizada
en el marco de dicho estudio, da cuenta que 1 de 3 profesionales encuestados reportó
contar con 2 años o menos de experiencia laboral en temáticas de infancia. El PPF es el
programa que tiene alrededor de la mitad de sus profesionales con 2 años o menos de
experiencia, mientras el DAM es el que cuenta con equipos de mayor experiencia laboral.
En términos de formación el PPF es el programa que tiene menor especialización, siendo
el DAM el que tiene mayor formación y especialización. En cuanto al PIE, éste se encuentra
en un rango intermedio.

Dentro de las funciones de SENAME se encuentra la de diseñar y supervisar los proyectos


que ejecuta cada OCA. Las orientaciones técnicas de cada programa, que se actualizan
cada ciertos años, explicitan el diseño y estrategia que deben ejecutar cada OCA y que se
plasman finalmente en los convenios que firman. Sobre el diseño, los tres programas
evaluados cuentan con sus propias Orientaciones Técnicas, donde se especifican los
lineamientos técnicos mínimos que deben contener los diferentes programas. El Panel
considera que no es posible dar cuenta de si la estrategia opera en concordancia con su
diseño, porque no se cuenta con información sistematizada que permita conocer qué se
realiza y cómo se realizan los diagnósticos en el caso del DAM y los procesos de
intervención en el caso del PPF y PIE. Para los tres programas se cuenta con información
de ingreso y de egreso de los NNA a las intervenciones, sin embargo, en el caso del DAM,
la información respecto de los tipos de diagnósticos que se realizaron y sus resultados, no
se encuentran en la plataforma SENAINFO. En el caso del PIE y PPF, el Panel desconoce

40
UNICEF (2019) “Estudio para el fortalecimiento de los programas ambulatorios del Servicio Nacional de
Menores”. Centro de Estudios Justicias y Sociedad, Pontificia Universidad Católica de Chile.

13
si se realizaron las diferentes actividades y los resultados de éstas, por ejemplo, los
instrumentos que se aplicaron para el diagnóstico, los resultados de éstos, los objetivos del
Plan de Intervención Individual, las sesiones que se realizaron por NNA, familia y número
de gestiones en el caso del componente de redes. Se desconoce el tipo de intervención
que se realiza en el caso del PIE y PPF. Esto porque la mayoría de la información se
encuentra en las carpetas individuales de NNA las que están en las respectivas OCAS y no
se encuentran digitalizadas. Las OCAS no tienen la obligación de ingresar la información a
SENAINFO, en caso de tener la posibilidad de hacerlo, y en otras situaciones, no existen
campos para completar en esta plataforma cierta información, por ejemplo, cuáles son los
objetivos de cada PII. Por otro lado, las tres orientaciones técnicas revisadas entregan
enfoques transversales que deben estar a la base de los proyectos de intervención, y no se
cuenta con evidencia para señalar si éstas se consideran o no en las intervenciones.

Existen lineamientos técnicos de supervisión y cada Dirección Regional es la responsable


de ejecutarla. Si bien existen reportes e informes que reflejan que esta supervisión se
realiza, no se cuenta con información sistematizada a nivel agregado que permita conocer
qué se realiza en la intervención de los diferentes programas, cómo se realiza, y si se
cumplen los mínimos requeridos en las orientaciones técnicas pertinentes. Toda la
información de las intervenciones se encuentra en las carpetas individuales de cada NNA
y éstas se encuentran en las oficinas de cada OCA que ejecuta proyecto (están disponibles
al NNA y su familia, Tribunales y SENAME). Esta falta de sistematización a nivel agregado
de las supervisiones técnicas refleja escaso análisis de la información que se levanta
respecto a lo que realizan las OCAS, y, por lo tanto, de cómo se encuentran los NNA y qué
están recibiendo como atención; y lo más relevante, información clave para retroalimentar
el diseño de las políticas a seguir en este ámbito, conocer los resultados de los diferentes
programas a nivel global, por cada OCA, región y por cada proyecto, rescatar experiencias
exitosas, compartirlas y establecer plazos de mejora para aquellas que no cumplen los
resultados esperados.

El DAM y PIE cuentan con criterios de priorización. En el caso del DAM responden a la
decisión de un juez de requerir un diagnóstico, y, dada la existencia de listas de espera, se
entregan cuatro criterios de priorización, los que son los más significativos ítems asociados
a probabilidad de revictimización o daño psicosocial. En el caso del PIE, también existen
cuatro ámbitos donde se explicitan ítems, y dentro de éstos algunos son considerados
‘ítems críticos’ los que, independiente del resultado de otros ítems, implican el ingreso
inmediato al programa. Si bien al panel le hacen sentido estos criterios de priorización, no
se entrega sustento teórico de éstos en las orientaciones técnicas, lo que es algo deseable
y pertinente. Adicionalmente, el panel no contó con información sistematizada para emitir
un juicio evaluativo sobre la aplicación de los criterios mencionados y del uso de las rúbricas
que se entregan en las orientaciones técnicas; contar con ello es muy relevante para
analizar la magnitud de las listas de espera y los movimientos de estas. Dado lo anterior,
no es posible analizar los tiempos de espera de los NNA que son identificados con estos
criterios de vulneraciones, y de cómo funcionan los criterios de priorización establecidos.

Respecto de la plataforma de información SENAINFO, ésta ha experimentado diversas


mejoras desde su inicio, sin embargo, todavía tiene falencias en la generación de
información sobre los NNA y los proyectos a los que asisten. Por ejemplo, las categorías
de respuestas para variables de ingreso y egreso no son excluyentes, o la forma en que
están categorizadas dificultan su comprensión; por otra parte, las OCAs no están obligadas
a completar todos los campos de información, por lo que existe un subreporte en la mayoría
de las categorías. No existe una producción de información agregada por parte de SENAME
que permita retroalimentar a las Direcciones Regionales sobre los resultados de las
intervenciones y a partir de estos, realizar cambios en la oferta programática o en el diseño
de la oferta, e incluso realizar análisis de trayectoria para hacer seguimiento de los casos.

Por último, se considera un aspecto deficitario del programa la baja articulación con otros
programas o servicios externos a SENAME, pese a que PIE y PPF tienen un componente
de gestión de redes. Si bien existen convenios entre SENAME y diferentes instituciones
como MINSAL, SENDA, JUNJI, éstos, a juicio del panel, son bastante generales, y no
estipulan las particularidades que podrían requerir los diferentes programas (DAM, PIE,
PPF) y cómo se priorizan los cupos en los programas de estas instituciones para los
beneficiarios de SENAME. La información que se reporta y sistematiza refleja que se han

14
realizado gestiones de redes intersectoriales, sin embargo, no es posible saber si éstas son
pertinentes a las necesidades de los NNA y sus familias, y si éstas se mantienen en el
tiempo. Lo anterior, porque no existe una sistematización que dé cuenta de si efectivamente
los proyectos cuentan con un catastro de los servicios y programas públicos y privados que
se encuentran a nivel sociocomunitario de cada NNA.

 Desempeño del programa

 Eficacia

El objetivo definido a nivel de propósito de DAM “Apoyar la toma de decisiones de los


solicitantes41, aportando información mediante la realización de evaluaciones y diagnósticos
en el ámbito proteccional42, respecto de las situaciones de niños, niñas y adolescentes
presuntas víctimas de vulneración de derechos, constitutivas o no de delito”. A continuación
se presenta el indicador de eficacia.

Cuadro N° 2 Indicador de Propósito - DAM


Enunciado Fórmula de cálculo 2017 2018 2019 2020
Eficacia/Producto (N° de diagnósticos
Porcentaje de realizados por el DAM
diagnósticos en año t en un tiempo 38,4%
47% 32,4%
realizados por los menor a 38 días
proyectos de corridos desde la (18365 / (14034 / (5890.0 / 30,4%44.
Diagnóstico orden de tribunal/N° 39043) 36537) 18166.0)
Ambulatorio (DAM) total de diagnósticos
en un tiempo menor realizados por el DAM
de 38 días corridos en año t)*100
desde la orden de
tribunal respecto al Metas45
M: 47.0 M: 61.2 M: 32.3 M: 38.4
total de (9693.0/206 (11987.0/19 (3134.0/971 (8651.0/225
diagnósticos 44.0)*100 573.0)*100 2.0)*100 26.0)*100
realizados por los
DAM cada año43
Fuente: SENAINFO y Formulario Indicadores de Desempeño año 2020, DIPRES.

Respecto de este primer indicador, no se cuenta con antecedentes que permitan


fundamentar el por qué se estableció ese plazo específico de 38 días corridos desde la
orden de tribunal. Por otra parte, la institución indica que éste es posible de ser calculado
sobre la base de los registros SENAINFO; no obstante, también señala que la información
registrada en SENAINFO corresponde a la fecha que la OCA ingresa el caso a la lista de
espera, no desde la emisión de la solicitud desde el Poder Judicial (PJUD), por lo que el
número de días efectivos podría ser mayor al calculado. Se observa que este indicador ha
empeorado su desempeño, es decir, son menos los diagnósticos que se cumplen en el
tiempo estipulado. Considerando el 30,4% del año 2020, se puede señalar que un 70% de
los diagnósticos realizados se entrega en un plazo mayor al establecido.

Respecto de las metas establecidas, el 2018 sólo se alcanzó un 38,4% respecto del 61,2%
comprometido. Al año siguiente (2019), la meta disminuye a un 32,3% bajando
significativamente la exigencia. El año 2020 no se alcanza la meta establecida (logro de un
30,4% respecto de un 38,4% planteado, probablemente producto de la pandemia.

Es fundamental que este diagnóstico sea oportuno, es decir, en el menor tiempo posible, y
la evolución del indicador da cuenta que cada año son menos los equipos que logran
cumplirlo. La disminución de la oferta, el aumento de las derivaciones, así como, la prioridad

41
Solicitantes pueden ser Tribunales de Familia, Tribunales con competencia común en materias
proteccionales, intervinientes en el proceso penal (Fiscalía, Defensoría y Jueces de Garantía u Oral en lo Penal)
y entidades extranjeras (como Agencias de adopción, servicios de protección con los que existen convenios de
colaboración, consulados).
42
Diagnósticos en el ámbito proteccional corresponden a: Diagnóstico Social, Diagnóstico Psicológico,
Diagnóstico Integrado, Diagnóstico de habilidades parentales.
43
Indicador PMG Año 2017, 2018, 2019 y 2020
44
SENAME no remitió numerador y denominador de este indicador
45
Formulario Indicadores de Desempeño año 2020, DIPRES.

15
que tiene el 80bis por sobre otros casos, en opinión del panel retrasan los tiempos
establecidos como oportunos. Además, el panel considera que las metas establecidas son
poco exigentes.

Dentro de los indicadores que no pudieron ser cuantificados se encuentran: i) Porcentaje


de Magistrados que califican favorablemente los diagnósticos recibidos y, ii) Tiempo
promedio que permanecen los casos en lista de espera.

La información disponible permite afirmar que no se ha alcanzado el logro del propósito en


el periodo evaluado en un estándar adecuado.

Programa de Prevención Focalizada (PPF) y Programa de Intervención Integral


Especializada – PIE

El objetivo definido a nivel de propósito para PPF es “Niños, niñas y adolescentes menores
de 18 años víctimas de vulneraciones de derechos asociadas a una mediana complejidad 46,
interrumpen las vulneraciones de derechos de las que han sido víctimas, favoreciendo la
reparación del daño47 48“.

A su vez, el objetivo a nivel de propósito para PIE es “Niños, niñas y adolescentes menores
de 18 años víctimas de vulneraciones de alta complejidad49 interrumpen trayectorias50 de
vulneración favoreciendo la reparación51”.

Cuadro N° 3: Indicadores de Propósito - PPF y PIE


Enunciado Fórmula de
2017 2018 2019 2020
cálculo
PPF
Eficacia/ Resultado (Nº de niños, niñas
final y adolescentes
Porcentaje de niños, egresados del
niñas y adolescentes, proyecto que
egresados del proyecto cumplen con más
91%
que cumplen más del del 50% de los
68%52 74%53 90% (19.652/21.
50% de los objetivos del objetivos del PII en
565)
PII el año t/ Nº de
niños, niñas y
adolescentes
egresados en el
periodo t)*100
PIE

46
Se entenderá por vulneraciones de mediana complejidad aquellas como negligencia moderada, testigo de
violencia intrafamiliar no constitutiva de delito, maltrato físico y/o psicológico moderado
47
Lo que implica evitar la cronificación.
48
Las orientaciones técnicas del Programa establecen, por tanto, que se debe fortalecer las competencias de
cuidado y crianza de familias y/o adultos significativos de los niños, niñas, adolescentes, de manera de restituirle
a estos últimos, los derechos vulnerados, asociados a mediana complejidad, tales como negligencia moderada,
testigo de violencia intrafamiliar no constitutiva de delito, maltrato físico y/o psicológico moderado, evitando su
cronificación, buscando la reparación de del daño.
49
. Se entenderá por graves vulneraciones de derechos, lo siguiente: situación de calle, consumo abusivo de
drogas, maltrato infantil grave, explotación sexual comercial infantil, u otras problemáticas que atentan
gravemente contra el normal desarrollo del niño, niña o adolescente, según Ley 20.032. Sistema de atención a
la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores del SENAME y su régimen de subvención. 2005.
50
Interrumpe trayectoria; hace referencia al itinerario de vida de los sujetos; el proceso que marca el comienzo
y fin de un ciclo de vida entendido como un todo unitario
51
La reparación se entiende como un abordaje que busca que los sujetos “puedan disponer de nuevo de su
existencia sin terror, sin arbitrariedades sin impunidad, puedan transformar esas afectaciones y trascender de
una condición de víctima a sujeto de derechos. (Rebolledo; Rondón, 2010, p. 49)
52
No comparable con indicador 2019, y 2020 ya que se calcula en base a cumplimiento del PII y no aquellos
que cumplen más del 50% del PII) No se entregó información sobre la metodología de calculo de este indicador.
53
No comparable con indicador 2019, ya que se calcula en base a cumplimiento del PII (no aquellos que
cumplen más del 50% del PII)

16
Enunciado Fórmula de
2017 2018 2019 2020
cálculo
(Nº de niños,
niñas y
Eficacia/Resultado adolescentes
final egresados del
Porcentaje de niños, proyecto que
niñas y adolescentes, cumplen con más
91%55 90,4%
egresados del proyecto del 50% de los 57%54 88%
que cumplen más del objetivos del PII (3.790/4.19
50% de los objetivos del en el año t/ Nº de 1)
PII. niños, niñas y
adolescentes
egresados en el
periodo
t)*100
Fuente: SENAINFO

Los resultados 2017 y 2018 no son comparables con los años 2019 y 2020 por un cambio
en la metodología de cálculo (el año 2019 se introducen tramos, considerando como
cumplimiento el logro de más de un 50% de los objetivos). Aun cuando su evolución es
positiva en el periodo de evaluación, el panel considera que la medición de este indicador
no entrega información sobre el cumplimiento o no del propósito del programa, debido a
que su operacionalización es por tramos56, y no por cuantificación real de porcentaje de
cumplimiento de los objetivos, lo que permitiría analizar resultados aumentando el
porcentaje de exigencia (esto es, analizar cuántos han cumplido por ejemplo un 75% de los
objetivos, un 80% y así sucesivamente)57.
Por otra parte, este indicador no permite evaluar el logro del propósito debido a no contarse
con argumentos que justifiquen que más de un 50% de logro sea un éxito, sin que la
institución haya justificado o planteado los fundamentos para definir dichos tramos.

En cuanto al indicador “Porcentaje de niño(a)s y adolescentes egresados de PPF con plan


de intervención completo que no reingresan en un periodo de 24 meses siguientes al
Sistema de Protección o Justicia Juvenil”, solo se cuenta con su cuantificación para el año
2020, en que alcanza a 68,8%. En el caso del PIE, para el mismo año el indicador alcanza
a un 65,1%. Al contarse solo con la cuantificación para el 2020, el panel no puede emitir
juicio acerca de la evolución del indicador.

No se cuenta con la cuantificación de indicadores de calidad para ninguno de los tres


programas evaluados. Las razones planteadas por SENAME son que, aunque en las
Orientaciones Técnicas de los programas se incorporan instrumentos de satisfacción de los
NNA, y en el caso de DAM también de la satisfacción de jueces o fiscales, esta información
no se registra en SENAINFO puesto que se les exige a las instituciones sólo el registro de
una actividad en cada ámbito a efectos del pago de subvenciones. Aunque la realización
de estas encuestas es exigida en las Orientaciones Técnicas, la institución señala que la
información asociada a ellas se encuentra en las OCAS y que SENAME no tiene una
sistematización de sus resultados ni controla que se efectúen. De este modo, si bien en
algunas regiones pudieran estarse aplicando esos instrumentos, no existe evidencia de ello.
El panel considera que lo planteado es una deficiencia muy importante, en la medida que
no controla que se ejecute lo que la misma institución establece en sus Orientaciones
Técnicas, y desaprovecha la posibilidad de contar con información valiosa para el monitoreo
y evaluación de los programas.

Dados los antecedentes anteriores, el panel no puede emitir un juicio fundado respecto del
logro a nivel de propósito ni para PPF ni para PIE.

54
No comparable con indicador 2019, ya que se calcula en base a cumplimiento del PII (no aquellos que
cumplen más del 50% del PII).
55
No comparable con indicador 2019, ya que se calcula en base a cumplimiento del PII (no aquellos que
cumplen más del 50% del PII)
56
Cumple 100% de los objetivos, cumple 50% o más, cumple menos del 50%, Interrumpe el proceso.
57
Ello requiere la revisión de carpetas individuales, lo que había sido considerado en el marco de un estudio
complementario contemplado en el marco de la presente evaluación, pero que no pudo efectuarse debido a la
situación de pandemia.

17
 Economía

Los tres programas evaluados suman en total presupuestos iniciales que oscilan entre
$65.026.381 en 2019 y $54.513.509 en 2020, siendo PPF el que por regla general ha tenido
mayor presupuesto (máximo de $33.108.078 en 2019 y mínimo de $29.107.208 en 2020)
contando DAM y PIE con presupuestos muy similares en cada año. En efecto, DAM alcanza
un máximo $15.798.104 (2019) y mínimo de $12.681.870 (2017), mientras que PIE alcanza
un máximo de $16.120.199 (2019) y mínimo de $12.686.842 (2020). Es importante señalar
que los tres programas presentan una dinámica de presupuesto muy similar en la ventana
de análisis, caracterizada por dos períodos. El primero de ellos comprendido entre los años
2017 y 2019 en que se constatan aumentos del orden de 6% por año, consistentes con el
aumento anual del presupuesto de la institución. Sin embargo, a partir del año 2020 se
observa una reducción importante en el presupuesto inicial de los programas, que alcanza
una magnitud del 23%. Esta importante reducción no es el fruto de una reducción efectiva
del presupuesto, sino que más bien de un cambio en la metodología de reporte financiero
acordada entre la DIPRES, el MDSF y el Servicio. Este cambio se relaciona con la gestión
presupuestaria del 80bis, mediante la cual a partir de 2020 SENAME no incluye en su
presupuesto inicial los montos asociados al pago de sobrecupos, sino que los va sumando
paulatinamente durante el año, lo que, tal como se verá más adelante en el informe, implica,
a partir de 2020, ajustes relevantes entre el presupuesto inicial, el presupuesto vigente y el
devengado de los programas.

Por otro lado, al analizar la capacidad de la institución de planificar el flujo de sus recursos
se constata diferencias importantes entre presupuesto inicial y gasto devengado en los años
2017 y 2020: DAM presenta aumentos de 15,4% y 7,6%, PPF, de 14,5% y 28,8% y PIE de
19,5%y 2,8% para esos años. Estos aumentos se deben principalmente a cambios
metodológicos en los años respectivos. En el primer caso se trató de un aumento en el
presupuesto para el pago de transferencias, con el fin de financiar el pago de deuda
histórica 80bis, mientras que, en el año 2020, la diferencia se produce por el cambio en
metodología, ya mencionado, para la ejecución de los recursos del 80bis, esto es, la no
inclusión de dichos recursos en el presupuesto inicial, sino su adición paulatina al
presupuesto vigente conforme el año transcurre. Salvo estos cambios, en los años 2018 y
2019 se observan diferencias menores entre presupuesto inicial y gasto devengado: DAM
presenta aumentos de 2,8% y 3,6%; PPF, aumentos de 8,9% y 4,9% y PIE de 6,2%y 4,7%
respectivamente, lo que da cuenta de que, aislando el efecto de las modificaciones
metodológicas mencionadas, se constata una adecuada capacidad de planificar flujos de la
institución

Finalmente, es necesario destacar que los tres programas reciben recursos adicionales de
Tesorería General de la República para efectos del pago de aguinaldos a los funcionarios
de las OCAS. Dependiendo del programa y del año que se trate, estos recursos ascienden
a una proporción del orden del 1% al 5% del presupuesto inicial de los programas, siendo
DAM el programa en que estos montos alcanzan menor importancia relativa (1% en 2020)
y PIE en donde tienen mayor importancia relativa (5% en 2017). Dado el procedimiento de
prorata utilizado por la institución tanto para este gasto como para el gasto administrativo
de los programas evaluados, esta proporción es el reflejo de dicho procedimiento más que
del gasto efectivo que ha involucrado el financiamiento de este gasto en cada programa.

 Eficiencia

Es importante mencionar que durante el desarrollo de la evaluación se constató que la


institución no lleva un sistema de presupuesto y gasto que le permita individualizar en todo
momento y para todos sus programas la información financiera por subtítulo presupuestario,
limitándose la estimación de presupuesto y gasto generada en cada uno de los subtítulos
21, 22, 29 y 31, a una prorrata de la información de presupuesto y gasto global institucional.
En este procedimiento la importancia relativa (ponderador para la prorrata del presupuesto
y gasto de los subtítulos 21, 22, 29 y 31) de cada programa se estima a partir de la fracción
del presupuesto en transferencias (subtítulo 24) de cada programa respecto al total.
Considerando este procedimiento, estimaciones como el gasto en administración resultan
en esencia iguales para todos los programas, sin que pueda contarse con ningún nivel de
detalle adicional. Es importante señalar que la Dirección de Presupuestos y la
Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo Social han establecido

18
instrucciones respecto a cómo proceder para la estimación de gasto administrativo de los
programas58, siendo el principal insumo del procedimiento indicado la dedicación de la
jornada laboral de funcionarios y funcionarias de la institución destinadas a la realización
de tareas administrativas requeridas por los programas. Dado que la Institución no cuenta
con este tipo de información no es posible implementar la modalidad de estimación indicada
por la Dirección de Presupuesto y la Subsecretaría de Evaluación Social. En definitiva, a
juicio del panel, esta modalidad de estimación, a pesar de ser la única factible considerando
la información con que cuenta la institución, adolece de limitaciones sustantivas que
debilitan la calidad de los análisis de eficiencia efectuados tanto periódicamente por la
institución como de los indicadores de eficiencia estimados en el contexto de la presente
evaluación.

Considerando lo anterior, el gasto en administración estimado en cada año alcanza para


los tres programas un monto muy similar. Es así como se constata que el año de menos
gasto en administración es 2020, con una proporción que oscila entre 14,4% para DAM y
14,3% para PPF y PIE. Por el contrario, el año con mayor gasto en administración
observado es el 2019 con 17,7 para DAM, 17,4% para PIE y 14,3% para PPF. Estos gastos
sitúan a los programas entre aquellos de mayor gasto en administración, comparándolos
con aquellos evaluados por DIPRES en el marco de las Evaluaciones de Programas
Gubernamentales (EPG) del año 2020. Sin embargo, no todos son directamente
comparables, ya que muchos de dichos programas tienen un porcentaje considerable de
inversión y/o subsidios directos a sus beneficiarios. Sin embargo, si con el objeto de
aumentar la comparabilidad se considera el gasto en administración de DAM, PPF y PIE Y
respecto del gasto constatado para otros programas de SENAME que hayan sido evaluados
en modalidad EPG, se puede hallar referencias para el 2016, año en que se evaluó los
programas de Justicia Juvenil - Libertad Asistida Especial, observándose que el gasto en
administración ascendió a un porcentaje cercano al 4%. Sin embargo, el 2019 se evaluó el
Programa de Centros Residenciales el año, ocasión en la que se estimó un 36% de gasto
en administración59. Dada la naturaleza de los servicios contemplados en DAM, PPF y PIE,
resulta más adecuado compararlo con los programas de Justicia Juvenil - Libertad Asistida
Especial, resultando el gasto en administración de los programas objeto de la presente
evaluación significativamente más altos que el de los programas evaluados el 2016. En
definitiva, la evidencia comparativa da cuenta de un gasto en administración alto para DAM-
PPF y PIE. Sin perjuicio de lo anterior y tal como señaló la institución reitera que, dadas las
diferentes metodologías de cálculo utilizadas los indicadores de eficiencia obtenidos no
serían comparables.

Cuadro N° 4 Gasto por beneficiario DAM, PPF, y PIE 2017-2021 (miles de $2021)

Programa 2017 2018 2019 2020


DAM $515 $485 $481 $479
PPF $680 $642 $655 $677
PIE $1.593 $1.416 $1.466 $1.733
Fuente: Elaboración propia del panel sobre la base de Información Anexo 5 de Información de Presupuesto y
Gasto del Programa e información beneficiarios SENAINFO

Para efectos de la formulación de juicios respecto a la magnitud de estos costos unitarios


se revisó literatura respecto a los costos de implementación de estrategias de intervención
ambulatoria en materia de protección de menores, búsqueda que no encontró con
benchmarks comparables/relevantes.

Por último, es importante señalar que la debilidad metodológica de la gestión financiera de


los recursos asignados a la institución dificulta significativamente la profundidad y calidad
de los análisis efectuados, puesto que, sumado a los problemas señalados, los sistemas
de registro no permiten siquiera individualizar presupuesto y gasto por componente en cada

58
Instrucciones para el llenado de Formulario Web Proceso de Monitoreo o Seguimiento de Programas e
Iniciativas Públicas 2020, Ejecución de programas e iniciativas sociales y no sociales entre el 01 de enero y el
31 de diciembre de 2020, Dirección de Presupuesto y Subsecretaría de Evaluación Social del Ministerio de
Desarrollo Social, Diciembre 2020.
59
En la EPG de 2019 se evaluaron administraciones directas (CREAD de Lactantes), donde se efectuó una
separación de los roles del equipo del programa en administrativos e intervención, imputando así una mayor
proporción de gasto al gasto en administración. En consecuencia, el porcentaje de gasto en administración
constatado en dicha evaluación debe considerarse sólo a manera de referencia en la presente evaluación.

19
programa. Esta debilidad es a juicio del Panel un aspecto clave en la modernización de
estos programas a la luz de la creación de la nueva institucionalidad en materia de
Protección.

 Desempeño Global

Respecto del Diseño


Los tres programas evaluados abordan una necesidad concreta que refiere a la vulneración
de derechos que sufren NNA, lo que trae graves consecuencias a nivel individual como para
la sociedad, ya que supone importantes costos sociales y económicos justificando la
intervención del Estado.

Respecto de la estrategia de los tres programas, se considera que la estrategia del DAM es
pertinente, aunque presenta falencias en los indicadores de seguimiento de su propósito y
componentes. En el caso del PIE y PPF, la pertinencia a juicio del panel es más bien parcial.
Esto porque no se logra ver en su diseño las diferencias sustanciales que hay entre ambos
programas, la cual es por tipo de vulneración, sin embargo, dicha clasificación carece de
sustento teórico que la respalde. Además PIE y PPF tienen los mismos componentes, los
que se diferencian por la intensidad y duración de la intervención, y donde el foco en el PPF
está puesto en las capacidades resilientes y en el PIE en la resignificación de las
vulneraciones. Sin embargo, no queda claro cómo se operacionalizan estos conceptos así
como se desarrollan en la intervención. Asimismo, los indicadores construidos para su
monitoreo son inadecuados, por lo que es una estrategia que no puede dar cuenta del
cumplimiento de su propósito ni del logro de sus componentes. En el caso de los PIE y PPF,
no existe una operacionalización de los conceptos que se encuentran en sus objetivos,
como la interrupción de las vulneraciones, el cumplimiento de los objetivos de los planes
individuales, y de los cambios que producen las diferentes intervenciones que realizan con
NNA y sus adultos cuidadores.

Respecto de la implementación
La estructura organizacional que tiene el SENAME, de contar con responsabilidades y
funciones de carácter más bien transversales, donde las funciones están especificadas,
pero no se identifica quiénes trabajan para determinados programas o líneas, a juicio del
Panel dificulta la comprensión global y la identificación de responsabilidades respecto de la
gestión de cada programa. De la planta total de funcionarios que tiene el Servicio, no es
posible determinar cuántos de estos trabajan en cada programa, tanto a nivel regional como
a nivel central. El panel considera que esto, si bien tiene sus ventajas y desventajas, la
oferta de SENAME es tan amplia y, al mismo tiempo, especializada que no queda clara esta
especialización.

Todo el proceso interventivo de NNA en los tres programas queda plasmado en las carpetas
individuales que guardan las OCAS. Esta información no se encuentra sistematizada
porque no es posible conocer qué y cómo se realiza la intervención. Por lo que si bien, los
tres programas cuentan con sus propias Orientaciones Técnicas, las que plantean el marco
teórico, y principales hitos de los programas, con sus actividades mínimas y productos en
el caso del DAM, no es posible verificar que cada proyecto estén cumpliendo todas las
actividades mínimas que se estipulan y sus resultados. Tampoco existe evidencia que se
estén aplicando los enfoques transversales en las intervenciones, cuyos lineamientos se
encuentran en las orientaciones técnicas de cada programa, sin embargo, no se entrega
una bajada práctica de cómo aplicarlo en los diferentes programas.

Los programas cuentan con criterios de elegibilidad, en el caso del DAM responden a la
decisión de un juez de requerir un diagnóstico y esto se aplica; PPF y PIE: están
determinados por los tipos de violencia que sufren los NNA (baja, mediana y alta
complejidad). En el caso del PPF no es excluyente, ya que el PIE, si bien está en todas las
regiones del país, su oferta no es suficiente, por lo que el PPF tiene que absorber esta
demanda, lo que refleja que no necesariamente se aplican estos criterios. Por su parte, el
Tribunal de Familia tiene la potestad de priorizar los/as NNA que ingresan a los programas
de protección (80 bis). Todos los programas cuentan con criterios para priorizar la entrada
de casos nuevos debido a la existencia de listas de espera, las cuales han ido en aumento

20
en el período de evaluación. Se desconoce si efectivamente se utilizan dichos criterios y
cuáles son los más recurrentes dado que no se encuentra sistematizada esta información.

La plataforma de información Senainfo tiene falencias relevantes en la generación de


información, las OCAs no están obligadas a completar todas sus variables, por lo que existe
un subreporte en los campos para seguir la trayectoria de los NNA.

Los programas cuentan con un sistema de supervisión, con lineamientos que se han ido
modificando los últimos años, y donde se ven importantes mejoras a partir del 2019, no
obstante, no existen reportes sistematizados a la fecha con información donde rindan
cuenta de cómo están funcionando los diferentes programas por región, por OCAS, por
Líneas de programa, etc. No existe una gestión de la información que permita ir entregando
esto de manera pertinente para la mejora de los programas, así como tampoco una
rendición de “cuentas” técnicas y de procesos a nivel más global, y que, en definitiva,
corrobore que las actividades mínimas que se solicitan en las orientaciones técnicas se
realicen y que cumplen su propósito.

Respecto de la Eficiencia
La gestión financiera de los programas es precaria, hecho que se constata en: la
inexistencia de centros de costos separados por programa, lo que impide a la institución
gestionar por separado en cada programa, tanto el presupuesto vigente como el gasto
devengado; La inexistencia de centros de costos por programa también redunda en que la
institución no cuenta con insumos que permitan gestionar/monitorear y cuantificar
eficazmente los recursos necesarios para la producción de los productos contemplados en
cada componente; La institución no lleva control efectivo del gasto administrativo
devengado de cada programa, limitándose su estimación a un prorrateo del presupuesto
institucional de los subtítulos 21, 22 y 29, en función de la importancia relativa de cada
programa en el presupuesto de transferencias; En relación con la eficiencia de los
programas en el uso de sus recursos, más allá de las limitaciones de la metodología
utilizada para estimar el gasto en administración, se observa que el gasto administrativo
estimado para los programas oscila entre 14,5% y 18,1%, lo que resulta significativamente
alto si se compara con el gasto administrativo de los programas SENAME que fueron objeto
de EPG el año 2016, esto es los programas de Justicia Juvenil - Libertad Asistida Especial,
instancia en la que se constató un porcentaje de gasto en administración cercano al 4%;
No es posible calcular el costo de cada componente por niño/a para el caso de PIE y PPF.

Respecto de los Resultados Eficacia y Calidad


La mayoría de los indicadores de eficacia y calidad no han podido ser medidos y la
información entregada por SENAME es parcial, y generalmente no comparable.

En el caso del DAM, el año 2020 66% de los diagnósticos solicitados fue realizado en un
plazo mayor a los 38 días corridos. No se obtuvo información para los otros años en el
indicador sobre tiempo promedio que permanecen los casos en lista de espera. La
institución señala que el dato registrado en SENAINFO corresponde a la fecha que la OCA
ingresa el caso a la lista de espera, y no a la fecha de emisión de la solicitud desde el Poder
Judicial, por lo que el número de días efectivos podría ser mayor al calculado.

En relación a los resultados del PPF y PIE, respecto de su indicador sobre el porcentaje de
casos que cumplen el 50% de los objetivos de su PII, no existen antecedentes que
fundamenten la definición de un 50% de cumplimiento. A juicio del panel este indicador no
permite evaluar el logro del propósito debido a no contar con argumentos que justifiquen
que un más de un 50% de logro es considerado un éxito. Asimismo, se desconoce el tipo
de objetivos y el número de objetivos que tienen los planes de intervención individual, por
lo que se considera que este indicador no entrega información relevante.

El panel considera que no es posible dar cuenta del logro del propósito ni de los
componentes de los tres programas considerados en esta evaluación. Los indicadores que
pudieron ser cuantificados, como ya se mencionó, no son pertinentes y los indicadores para
medir calidad no pudieron ser medidos.

21
3. Principales Recomendaciones

Las recomendaciones que se presentan a continuación fueron elaboradas para la nueva


institucionalidad considerando que son quienes van a tener que diseñar nuevos programas
para responder a las necesidades aquí planteadas.

Respecto del diseño


Diseñar programas constituidos a partir de un diagnóstico que entregue información
actualizada sobre la cuantificación y caracterización de la población potencial y objetivo,
que los programas se diseñen a partir de modelos de intervención que cuenten con
evidencia empírica y adaptarlos al contexto nacional y territorial y las diferentes poblaciones
que lo habitan. Que en su diseño queden establecidas las causas del problema que se
aborda y los cambios y/o productos que se busca producir.

Realizar pilotajes de los modelos de intervención considerados y así tener evidencia a nivel
local de los que tienen resultados positivos para escalar su implementación. Esto aplica
para los tres programas evaluados.

Diseñar indicadores que midan el logro del propósito y de los componentes de los nuevos
programas, operacionalizando los conceptos que se aborda, e incluyendo medios de
verificación que se puedan digitalizar. Incluir indicadores de producto y proceso para los
componentes, y de satisfacción de beneficiarios.

Mejorar la articulación intersectorial de los tres programas y su bajada a nivel local. Por
ejemplo, la priorización de cupos para NNA y sus adultos responsables en la atención de
salud, principalmente salud mental y que ésta se haga efectiva en todo el territorio, de
manera de no depender de la voluntad de los profesionales que se encuentran a cargo.
Incluir presupuestos asociados a la articulación y que quede establecido en los convenios
de colaboración.

Incluir un equipo encargado del diagnóstico y ejecución del PII y otro externo, que no sean
las mismas OCAs, encargado de la evaluación (inicial y ex post) de los NNA y de los adultos
responsables.

Utilizar instrumentos de evaluación de NNA, adultos responsables, y situación social, que


sean estandarizados y validados para la población chilena para todos los proyectos de cada
programa, y así establecer una medida estandarizada y comparable entre éstos.

Respecto de la implementación
Crear un sistema de información y seguimiento de los casos, que permita monitorear los
procesos y productos de cada componente, con campos y categorías excluyentes, con
medios de verificación digitalizados y cuyo reporte sea obligatorio para quien ejecute el
programa. Asimismo que permita cruzar información con otros sectores del Estado.

Desarrollar, aplicar y sistematizar una supervisión técnica que no solo retroalimente sobre
el proceso de supervisión, sino que también informe sobre la efectividad y calidad de los
proyectos, generando reportes a nivel regional, por programa, y por proyecto. El
fortalecimiento de las modalidades de supervisión y por sobre todo el tránsito desde una
modalidad muestral y espaciada temporalmente a una modalidad poblacional y
permanente, que posibiliten la implementación de sistemas de información como los
propuestos, permitiría aplicar una política efectiva de incentivos al desempeño, lo que,
actualmente no es posible debido a las debilidades de los sistemas de información
institucionales descritos en extenso en el presente informe.

Evaluar en profundidad la implementación de los programas, considerando experiencia de


las OCAS y satisfacción usuaria, de modo de comenzar nuevo ciclo con información actual
de los programas.

Generar un sistema de apoyo y orientación técnica hacia OCAs, que incluya la realización
de capacitaciones a OCAS a partir de los hallazgos de evaluación de implementación y los
aspectos deficitarios que se observan en las intervenciones, en la aplicación de los
diferentes enfoques transversales, en la profundización de las diferentes herramientas

22
(enfoques terapéuticos, trabajo con familias, habilidades parentales, medidas de
autocuidado, reporte de la información, etc.) con las que deben contar los diferentes
equipos, en el uso y aplicación de instrumentos de evaluación, y en las necesidades que
tienen, las que debieran ser levantadas por los equipos regionales. Generar instancias de
socialización de experiencias exitosas de intervención de PIE y PPF y retroalimentación de
las prácticas entre los diferentes equipos.

Levantar información de satisfacción respecto de estas capacitaciones e incluir mejoras al


respecto.

Respecto de la Eficiencia
Implementar un sistema contable por centro de costos en cada programa, que permita
individualizar de manera precisa los costos específicos que implica la producción de los
bienes y servicios que integran los componentes de los programas.
Dicho sistema de información debería contemplar, además, algún mecanismo que permita
individualizar la dedicación horaria de los funcionarios de la institución, de manera tal de
poder contar con insumos de mayor calidad para el cálculo de indicadores de eficiencia en
el uso de los recursos.

Evaluar la eficiencia en el uso de los recursos de cada programa, a partir del nuevo sistema
de información. Ello facilitaría substancialmente, por ejemplo, la estimación de presupuesto
inicial, vigente y devengado, así como el gasto administrativo no sólo por programa sino
que de cada uno de sus componentes.

Desarrollar un estudio de costos de los programas. En efecto, dado que en la actualidad no


se cuenta con referencias nacionales e internacionales que puedan ser utilizadas como
benchmarks que permitan juzgar el costo unitario de las prestaciones, resulta
imprescindible la realización de un estudio tal como el mencionado, y así, determinar el
costo real de entregar servicios de protección ambulatoria de calidad.

23
RESPUESTA DE INSTITUCIÓN RESPONSABLE

A INFORME FINAL DE EVALUACIÓN


ORO. N° 4245 /
ANT.: Oficio Ord. N° 1829, de 24 de junio de 2021,
de la Dirección de Presupuestos.

\CAO T.: Informa respuesta institucional frente a


resultados de la evaluación de programas
EcE \ gubernamentales, Proceso 2021
la DEJUS11CIA gestionado por DIPRES.

TE
'?ECOANTIAGO
30 JUL 2021

DE : HERNÁN LARRAÍN FERNÁNDEZ


Ministro de Justicia y Derechos Humanos

A : SRA. CRISTINA TORRES DELGADO


Directora de Presupuestos

En atención al oficio referenciado en el antecedente, agradezco a usted el estudio remitido,


el que será un insumo relevante en la labor que desarrolla el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, destacando las conclusiones y recomendaciones por su claridad. Estas al encontrarse
respaldadas mediante antecedentes concretos y certeros, facilita el análisis que corresponde hacer
para instalar las conversaciones que se deben realizar con todos los actores participantes de la
ejecución de los Programas de "Prevención Focalizada para Niños, Niñas y Adolescentes
vulnerados en sus Derechos (PPF)", "Intervención Integral Especializada (PIE)" y de la Iniciativa
"Proyecto de Diagnóstico Ambulatorio (DAM)" todos del Servicio Nacional de Menores.
Asimismo, relevar la existencia de las observaciones de carácter técnico, las que nos
permitirán visualizar nuevos cursos de acción o modificar los ya existentes, que nos lleve a
propender al fortalecimiento de la gestión, y poder así realizar un traspaso impecable a la nueva
institucionalidad, lo que sin duda será de gran importancia para asegurar el logro de los objetivos de
este Ministerio, así como del Servicio Nacional de Menores, en lo que resta de tiempo hasta su
término en octubre de este año.
Conforme a esto último es dable destacar que, respecto del resultado de la evaluación de
los programas e iniciativa previamente individualizados, se ratifica que el cambio en esta política
pública referida a la protección de la infancia y en particular al modelo de atención diseñado para la
atención de niños, niñas y adolescentes vulnerados, es el camino adecuado que debemos seguir.
En ese tenor, el paso siguiente es la puesta en marcha del nuevo Servicio Nacional de Protección
Especializada a la Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, por lo que es
importante que el resultado de esta evaluación sea compartido con ese Ministerio, ya que le
corresponderá asumir los desafíos y compromisos que emanan de esta evaluación.
Finalmente, aprovecho la instancia para resaltar las condiciones en que se ha desarrollado
la Evaluación de los Programas Gubernamentales, con una coordinación y disposición adecuadas
por parte del equipo del Departamento de Evaluación de Programas Públicos de su Institución. Es
necesario, por lo pronto, manifestar la necesidad de fortalecer la ejecución del proceso de evaluación
de programas, permitiendo asegurar la calidad del mismo. Sin perjuicio de esto, los informes
robustos que se recibieron en la presente oportunidad, fueron de gran utilidad para la presente labor,
lo que facilitó la comprensión de todas las etapas que conforman este proceso, así como la
ejecución de las mismas, destacando también el nivel de participación instaurado en esta instancia
de trabajo, lo que fortalece la comprensión de los programas y políticas públicas vinculadas, la
coordinación y entrega de información de forma pertinente y potencia la calidad de los informes, así
como de los compromisos que de ellos emanen.

Se adjunta respuesta que el Servicio Nacional de Menores emitió en el contexto de¡ resultado
de la Evaluación de Programas Gubernamentales de¡ presente año.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

, -

4, ,1IERNAN LARRAIN FERNANDEZ


MltflS1'RO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

) 13L/dCA ,APP/OB
" ;SISID:6d398O /
Distribución:
- Gabinete Ministro.
- Gabinete Subsecretario de Justicia.
- Servicio Nacional de Menores.
- Oficina de Planificación y Presupuesto.
- División de Reinserción Social.
- Unidad de Planificación y Control de Gestión.
- Sección Partes, Archivo y Transcripciones.

803980
Respuesta SENAME a Informe Final del Panel Evaluador

Evaluación Programas Gubernamentales

Programas Diagnóstico Ambulatorio (DAM), Programa de Prevención Focalizada (PPF) y


Programa de Intervención Integral Especializada (PIE), período 2017 - 2020

Antecedentes de la evaluación

la evaluación consignada en este informe corresponde a la evaluación de tres de los 12


programas ambulatorios de la red SENAME. Estos programas representan tres instancias de
intervención previa a la separación familiar, constituyendo tres puntas de un circuito de atención
de cuatro niveles: Diagnóstico y derivación (DAM), intervención de prevención focalizada (PPF),
intervención de reparación especializada (PIE) e intervención de reparación de alta complejidad (no
evaluados en esta instancia). El primer nivel considera dos modalidades (DAM y el componente
Protección de las Oficinas de Protección de Derechos), el segundo nivel cuenta con un solo
programa, mientras que el tercero y el cuarto comprenden 6 y 3 respectivamente.

Este proceso de evaluación se da en el marco de un proceso extenso de evaluación, rediseño e


implementación de una nueva oferta programática de protección, de acuerdo a los compromisos
de Gobierno asumidos para el período 2018-2022, impulsado por el Acuerdo Nacional por la Infancia
y el dar un nuevo trato a la niñez vulnerada del país.

La actual administración de SENAME ha enfocado sus esfuerzos en preparar el proceso de


separación de¡ Servicio Nacional de Menores en dos nuevos servicios especializados: el Servicio
Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia, y el Servicio Nacional de
Reinserción Social Juvenil. Estas dos instituciones, en conjunto con el Sistema de Garantías de
Derechos de la Niñez, se sumarán a la Defensoría de la Niñez y el programa de Representación
Jurídica Mi Abogado en la conformación de un sistema de protección y restitución de derechos de
entidades especializadas, reemplazando el conjunto a los roles que actualmente se concentran en
el Servicio Nacional de Menores, en su misión de "Contribuir a la prevención, promoción, protección
y restitución de los derechos de nifias, nifos y adolescentes vulnerados en sus derechos, as/como a
la responsabilización e inclusión social de jóvenes que infringieron la ley".

A fin de definir el ámbito de acción de¡ Servicio de Protección Especializada a la Niñez y


Adolescencia, la ley 21.302 establece nuevas líneas programáticas, las cuales excluyen las acciones
de promoción y prevención, que se traspasan a la Subsecretaría de la Niñez de manera gradual en
la medida en que entre en vigencia la ley que Crea el Sistema de Garantías de Derechos de la Niñez.

Evaluaciones recientes

En preparación a la separación de las funciones de protección, y en atención a la duración de


los procesos de creación de nuevos programas (exante, formulación presupuestaria, ejecución
piloto y escalamiento), se inició en el año 2018, junto al ingreso del proyecto de ley para la creación
del nuevo servicio de protección, un proceso de reformulación de la oferta programática de
protección. Este proceso, impulsado por la urgente necesidad de reformar el sistema de cuidado
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: .

alternativo y fortalecer las respuestas previas, para evitar la cronificación de vulneraciones y llegar
a la separación familiar. Este proceso inició con dos estudios financiados por UNICEF para
diagnosticar e informar el rediseño de programas; uno respecto al acogimiento familiar, ejecutado
por CIDENI, y otro respecto a todos los programas ambulatorios del Servicio, ejecutado por la
Pontificia Universidad Católica de Chile. En base a estos estudios concluidos el año 2019, sumados
al informe del Comité de Derechos del Niño de la ONU del 2018, se trabajó el diseño de nuevos
circuitos programáticos, complementarios entre sí, para el cuidado alternativo y ambulatorio. En
virtud de las conclusiones de estos estudios, se priorizó:

El desarrollo del sistema de residencias familiares en cuidado alternativo, a fin de poner


término a las residencias masivas;
El aumento de oferta en familias de acogida, reformulando orientaciones técnicas para
trabajo diferenciado en familias extensa y externa, a fin de establecerla como alternativa
prioritaria al momento de la separación familiar;
El diseño de programas de captación y evaluación de familias de acogida, a fin de contar con
un mayor número de familias externas aptas para desinternar niños, niñas y adolescentes
en cuidado residencial, con énfasis en primera infancia. Esta prioridad, y la anterior, se
reforzó tras la evaluación EPG 2019 de los CREAD Lactantes y Preescolares.
la creación de nuevos programas de intervención, en ambos extremos del circuito, a fin de
iniciar una estrategia de transformación gradual de la oferta de protección ambulatoria en
los territorios a largo del país en los ámbitos más críticamente evaluados;
S. los programas de diagnóstico, pendiente de las definiciones al respecto de la línea que
finalmente se consignaran en la ley 21.302, incorporando la función de seguimiento, y en la
ley de Garantías, a fin de ser consistente con el rol de las Oficinas Locales de Niñez
6. Los programas de intervención de reparación y restitución de derechos dirigidos a
adolescentes, víctimas de maltrato grave, abuso sexual y otras vulneraciones, a fin de ser
consistentes con los lineamientos de la ley 21.302 y su sistema de apoyos intersectoriales.

La priorización del punto 4 se fundamenta en que los programas de prevención focalizada, de


acuerdo al estudio UC-UNICEF, son los más débiles del sistema, con una alta cobertura a nivel
nacional, pero muchas veces siendo la única oferta en el territorio, recibiendo el menor monto de
subvención de los programas de intervención, y presentando los mayores niveles de sobredemanda
de la red, lo que da pie a que el 40% de los niños, niñas y adolescentes que egresan de los PPF
vuelven a ingresar a la red SENAME al término de 12 meses, dando así cuenta de la baja efectividad
del programa para responder a la diversa complejidad de las vulneraciones que atiende. De esta
manera, se diseña como respuesta el programa Multimodal Territorial, a fin de ofrecer un programa
con respuestas flexibles a la necesidad de los niños, niñas y adolescentes y sus familias, incluso
cuando este sea el único programa en un territorio. Este programa implica mayores recursos de
subvención y requiere de un significativo aumento de oferta para dar cabida a la actual demanda
de primeros ingresos a la red de intervención ambulatoria. Por otra parte, los programas de
reparación y restitución de derechos de alta complejidad fueron priorizados dado que su naturaleza
de hiperfocalización en función de vulneraciones de derechos graves redunda en sobreintervención
o intervención parcial, pues los niños, niñas y adolescentes que han sufrido estos niveles de daño
_____ .SENAME

suelen presentar más de una de estas circunstancias (situación de calle, explotación sexual o
conductas de transgresión sexual, entre otras). Adicionalmente, esta hiperfocalización se refleja en
que los programas sólo se instalan en capitales regionales, dificultando el acceso a niños, niñas y
adolescentes de otras localidades, quienes suelen ser atendidos en programas diseñados para una
menor complejidad de atención. A fin de preparar una alternativa para crecer en esta línea de
oferta, se priorizó este rediseño, dando pie al Programa Especializado en Polivictimización que, con
un enfoque integral y un mismo nivel de financiamiento para todas las causales de ingreso, busca
dar atención a niños, niñas, y principalmente adolescentes que presentan trayectorias de alta
vulneración y por tanto evitar el traslape y sobreintervención, y aumentar la cobertura territorial
del programa.

Oportunidad de mejora en programas a través de la evaluación

En este contexto, se acoge favorablemente la evaluación de DIPRES, con cuyos resultados se


esperaba ratificar la necesidad de transformación de estos programas, y preparar el rediseño de las
líneas que se modifican significativamente en el Servicio de Protección Especializada "Mejor Niñez".
Por otra parte, modificaciones estructurales derivadas de la ley 21.302, tales como el
establecimiento de una División de Supervisión, Evaluación y Acreditación, o el desarrollo de un
nuevo sistema de registro integral de atenciones, también se podrían alimentar de elementos
analizados esta evaluación.

Comentarios generales al proceso de evaluación

El proceso de evaluación se inició en diciembre, con la preparación de las fichas de los tres
programas y entrega de información en carpeta compartida y reuniones explicativas. la etapa
inicial, de definición de las matrices de evaluación de los programas, estuvo fuertemente
determinada por la existencia de un estudio complementario que permitiría cuantificar los
indicadores propuestos, que no son obtenibles desde fuentes de información centralizadas sino que
requieren de la revisión de información de los planes de intervención individuales que se encuentra
en las carpetas físicas disponibles en cada programa. En base a estas primeras solicitudes de
información, el panel fue solicitando nuevos datos de forma esporádica. No todas las solicitudes
pudieron ser satisfechas, pues referían a información no sistematizada.

la suspensión del estudio complementario tras la entrega del preinforme, debido a las
condiciones sanitarias que impedían el desarrollo de un estudio presencial, afectó severamente la
estructura y alcance de la evaluación, como se describe en detalle en la siguiente sección.

El preinforme entregado fue observado en más de 110 comentarios, sin incluir los realizados
a anexos. Las observaciones fueron revisadas y discutidas con el Pane, y DIPRES decidió rechazar la
primera versión remitida. La segunda versión, si bien tuvo cambios significativos en estructura y
orden, no solucionó la mayoría de las observaciones de fondo planteadas en la primera versión,
relativa a la fundamentación de juicios ("el panel no valida los indicadores de los programas"), el
alcance de las observaciones más allá del ámbito de acción de los programas, la aparente poca
claridad respecto al rol de la supervisión técnica y la no inclusión de antecedentes ya
proporcionados. En opinión del equipo que revisó ambos documentos, el que los preinformes no se
trabajen con control de cambios dificulta el seguimiento de las observaciones. Se solicita considerar
este formato de trabajo para futuras revisiones.

Debido a la suspensión del estudio complementario, se solicitó a SENAME en la primera quincena


de abril proponer cálculos alternativos en base a la información disponible para contar con alguna
cuantificación de indicadores. Se remitió una propuesta con algunos ejemplos, se recibieron nuevas
preguntas, y finalmente los nuevos cálculos fueron remitidos en su totalidad por correo electrónico
a DIPRES el día 5 de mayo, con sus respectivas explicaciones. Lamentablemente, no se encuentran
totalmente incorporados en el informe final, como tampoco lo están los datos de supervisión
enviados inicialmente el 1 de abril, y luego reenviados a solicitud de DIPRES el 5 de mayo.

Observaciones específicas del Servicio al Informe Final

Alcance del análisis: La principal limitación del estudio es no haber podido hacer el estudio
complementario. SENAINFO no es una plataforma integrada para gestión o estudios, sino para
gestión de pagos, para lo cual no se requiere el registro de todas las acciones que se realizan en la
plataforma. La totalidad de acciones debe ser respaldada en las carpetas de intervención individual
físicas, presentes en cada proyecto. Debido a que no se realizó este estudio complementario de
carpetas individuales, agendado para los meses de marzo y abril, y a limitaciones efectivas de
sistematización, se consideró información que no se encuentra en SENAINFO como inexistente
(información en carpetas individuales, informes de supervisión, informes de evaluación anual), lo
cual afecta la interpretación y el alcance de los análisis. Como ejemplo, el EPG de 2019 sobre los
CREAD de Lactantes, que efectivamente realizó un análisis de carpetas, permitió identificar áreas de
mejora en los tiempos de intervención, las intervenciones con familias de origen y las acciones de
despeje de circunstancias familiares al ingreso a los centros.

La requerida modernización del sistema está recogida en la Ley 21.302, que indica la creación de un
nuevo sistema de registros y gestión de la información centrado en la intervención. Este cambio
permitirá un mayor desarrollo de evaluación e investigación, permitiendo el desarrollo de evidencia
en base a la ejecución de los programas nacionales. La digitalización de documentos de derivación,
seguimiento e intervención es un esfuerzo transversal en el sistema de protección, y requiere de
recursos significativos en recursos informáticos y de almacenamiento en nube tanto en el sistema
público como en los organismos ejecutores. Además de los recursos financieros y técnicos
requeridos para alcanzar esta transformación, es necesario velar por la necesidad de balancear la
carga administrativa y de reportabilidad de los ejecutores de programas sociales con el tiempo
efectivamente dedicado a la intervención.
Indicadores: los sistemas de indicadores actuales son deficientes, en buena parte por las
limitaciones de la información sistematizada, se ha trabajado con la Subsecretaría de Evaluación
Social de MDSF en mejorarlos año a año a través del sistema de monitoreo y seguimiento de
programas sociales, y generar nuevas paramétricas. Mejor Niñez, contando con una división
especializada para esto, podrá trabajar de mucho mejor manera un sistema integrado de monitoreo
y evaluación de programas, generando a través de su reglamento de registro de intervenciones
nuevas variables y características de exigibilidad en la compleción de la información.

Respecto al cálculo para los indicadores propuestos, dado que no se realizó el estudio, se solicitó a
SENAME un cálculo en base a datos disponibles, el que se adjunta a esta ficha y fue enviado por
correo electrónico el día 5 de mayo a la coordinadora de la evaluación por parte de DIPRES.
Lamentablemente esta información no fue incluida en el informe final, lo que implica que no se
cuenta con un análisis de dichos resultados.

Ámbito de acción: Parte significativa del análisis de las limitaciones de los programas, refiere a
dificultades generales de¡ sistema de protección, su financiamiento, la coordinación intersectorial y
la exigibilidad de derechos, sin mayor distinción entre actores y responsables. Si bien se comparte
el diagnóstico respecto a dificultades de coordinación, las demandas de mayor oferta o velocidad
de respuesta desde entidades diferentes al Servicio Nacional de Menores no son abordables desde
los programas, lo que reduce la aplicabilidad de la evaluación a compromisos que el Servicio pueda
abordar. Se espera que la Ley de Garantías a la Niñez y Adolescencia y el consejo intersectorial de
Mejor Niñez y su referente local sean capaces de mejorar la priorización y entrega efectiva de
servicios a los niños, niñas y adolescentes atendidos por los programas en evaluación.

Cuantificación poblaciones: El panel determinó modelos propios para la estimación de población


potencial en PPF y PIE que el Servicio no compartió, en tanto corresponden a estimaciones sobre la
población censal en base a un subconjunto de respuestas en la encuesta nacional de
polivictimización cuya selección obliga al uso de criterios arbitrarios, prefiriendo en tal caso usar a
la población censal sin filtros, aun cuando esto no es consistente con las definiciones de población
potencial de MDSF.

Respecto a la población objetiva y beneficiarios atendidos de los años 2017 a 2020, el Panel informó
en la primera versión de¡ informe final como fuente las fichas de monitoreo y seguimiento anual de¡
banco de programas sociales de MDSF, sin embargo estas cifras no coinciden con las reportadas en
el caso de los PIE, dando pie a una interpretación errónea de las coberturas en el período en análisis.
En respuesta a la observación, se modificó la fuente citada a "informado por SENAME". SENAME
mantiene como cifras oficiales las reportadas año a año en las Fichas de Seguimiento y Monitoreo
a MDSF y disponibles en https://programassociales.ministeriodesarrollosocial.gob.cl/programas
Estas cifras de población objetivo corregidas se destacan en amarillo y corresponden a:
Cuadro 21: Cobertura Años 201 7-2020 PIE

% Beneficiarios % Beneficiarios
Población Población Beneficiarios respecto a respecto a
A no
Potencial Objetivo efectivos Población Población
Potencial Objetivo

(a) (b) (c) (c)/(a) (c)/(b)

2017 2.620.976 11.404 11.620 0,44% 102%

2018 2.615.179 11.748 12.030 0,46% 102%

2019 2.615.580 12.030 11.559 0,44% 96%

2020 2.621.105 10.602 10.602 0,40% 100%

Fuente: Elaboración propia en base a Encuesto Nacional de Polivictimización de NNA y Ministerio de


Desarrollo Social y Familia.

Gasto: Debido al cambio de metodología en la definición de los presupuestos por programa, que
inicialmente consideraba el presupuesto de plazas convenidas y el gasto del año anterior de
sobrecupos como proyección de gasto, a la separación de ambos elementos, dejando sólo las plazas
convenidas en el presupuesto inicial y agregando los sobrecupos en la medida en que se ejecuta
este gasto en el año 2020, no es posible la comparación entre años incompletos.

Conclusión

El Servicio valora el proceso de Evaluación de Programas Gubernamentales, al que se ha sometido


en múltiples ocasiones, y comparte muchas de las limitaciones de implementación y
recomendaciones para los sistemas de información central planteadas en el informe, sin embargo,
al no contar con análisis de indicadores de resultados, es difícil poder asumir compromisos
concretos relativos a los programas en análisis.

A pesar de ello, el programa de Prevención Focalizada (PPF) se encuentra en proceso de ser


reemplazado por el Programa Multimodal Territorial, que cuenta con evaluación exante favorable y
recursos para su implementación en el informe financiero de¡ Servicio de Protección Especializada.
Por otra parte, el programa de Diagnóstico Ambulatorio (DAM) se encuentra en proceso de
reformulación, en virtud de los requerimientos de la nueva línea programática de¡ Servicio de
Protección Especializada, para lo cual se cuenta con los plazos de desarrollo de un nuevo reglamento
programático considerados en la ley 21.302. Finalmente, respecto al programa PIE, particularmente
en su vinculación al sistema 24horas de servicios intersectoriales para adolescentes, se considera su
rediseño como una de las tareas a desarrollar para el nuevo Servicio, en virtud de la implementación
de sus nuevos mecanismos nacional y regional de trabajo intersectorial.

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