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Intro Tecnicas Juridicas

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Gabriela Valle Flores

280263768
Introducción al derecho
Gabriela verdugo
6/Nov/22
Actividad 2
“Técnicas Jurídicas del
Derecho”
Silogismo jurídico
Es el razonamiento de aplicación de las normas del derecho, se puede decir que
es aquel tipo de argumento en el que sus premisas contienen información jurídica,
específicamente, una de sus premisas puede interpretarse como una norma, y la
otra como un hecho. La interpretación está constituida por:

 Premisa mayor, es la norma genérica.


 Premisa menor, es la conducta que declara realizado el supuesto de la
norma
 conclusión, es el castigo que se le imputa a los sujetos implicados en el
caso de las consecuencias del derecho
con esto podemos decir que el silogismo es un argumento deductivo en el
que se infiere una conclusión a partir de dos premisas.
García Máynez, lo ejemplifica de la siguiente manera:
Premisa mayor: El que cometa el delito de falsificación de moneda, se le aplicara
de seis meses a cinco años de prisión y multa de cien mil a tres mil pesos.
Premisa menor: “X” persona ha cometido el delito de falsificación de moneda.
Conclusión: debe aplicarse a “X” de seis meses a cinco años de prisión y multa de
cien a tres mil pesos.

Interpretación de la ley
La interpretación es esclarecer el sentido de una expresión. Para interpretar a la
ley hay que interpretar los textos legales que remontan al momento en el que
fueron formuladas así tomar en cuenta las circunstancias existentes en la
aplicación, interpretar a la ley es simplemente investigar el contenido de la
voluntad legislativa, con el auxilio de la fórmula que la expresa.
Si bien podemos decir La interpretación de la ley es el proceso interpretativo que
consiste en establecer algún sentido de las normas jurídicas que forman el
derecho legislado. Se trata de un tipo de interpretación jurídica. En particular es
realizado por los jueces que deciden de un caso de acuerdo con la legislación
aplicable al mismo.

la interpretación puede ser:

 A letra, conforme a la escritura del texto de la norma jurídica


 Lógico, cuando la expresión es oscura, incompleta, se requiere encontrar
significado.
 Autentica o legislativa, la que realiza el propio legislador
 Judicial o jurisprudencial, la que llevan a cabo los jueces y tribunales.
 Doctrina o privada, la que lleva a cabo los tratadistas.

Integración de la norma
Es aquel procedimiento de integración jurídica mediante la cual ante un hecho en
particular que no tiene regulación se le aplica una ley que regula un caso
semejante, debido a que entre ambos existe una misma identidad de razón.
Aquello no se aplica en leyes que establezcan excepciones o restrinjan derechos.
Existen situaciones en las cuales el legislador al crear la norma jurídica no previo
es lo que conocemos como lagunas de la ley, las cuales pueden ser resueltas
jurídicamente de acuerdo con los principios del derecho, a esto se le conoce como
la teoría de plenitud hermética del orden jurídico.
Esta teoría sugiere que cuando no hay controversia ni cuestión alguna que no
tenga una solución jurídica adecuada, que no puede ser resuelta por el derecho,
inclusive, en los casos en que no exista una norma jurídica existen las reglas de
integración que consisten en:

 Analogía
 Equidad
 Los principios generales del derecho

Reglas de interpretación e integración


Es la creación y constitución de un derecho, o la tipificación de un delito no
establecido en la ley recurriendo a otras normas, a la Analogía, a los Principios
Generales del Derecho y a la Doctrina, para aplicarlos al caso particular .
Como lo menciona en el artículo 14 en los párrafos tercero y cuarto señala las
reglas de integración e interpretación en material penal y civil.
“En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y
aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley
exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o
a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de esta se fundará en los principios
generales del derecho”
Ley y resoluciones judiciales
Las leyes son las que los legisladores crean de acuerdo con los procesos
legislativos señalados con anterioridad, en el presente libro, leyes que se
encuentran sujetas a todos los seres humanos de acuerdo con sus actos y hechos
jurídicos, el hacer o no hacer determinada conducta, por lo que da como resultado
una consecuencia que se aplicará con una sanción de conformidad con el
procedimiento que se someten ante los tribunales, dependiendo de cada caso.

 El fin último del derecho es el orden y el mejor modo de asegurar éste


consiste en dar a los preceptos jurídicos la claridad, fijeza y permanencia de
las leyes escritas, tales leyes deberán ser fielmente respetadas por los
tribunales.
 El derecho debe ser igual para todos, todo el mundo debe conocer los
preceptos legales y se deben sujetar sin distinción de género, raza, etc.
 El respecto de los jueces hacia la aplicación de la ley esta garantía de
libertad que concede nuestra constitución en los artículos 14 y 16 ya que
todo ciudadano, no debe ser expuesto al capricho y la arbitrariedad, de
éstos, si no es sometido a una justicia firme, que se administre de acuerdo
con los principios oficialmente establecidos y claramente identificables.

Relación entre ambos


la resolución judicial es el acto procesal de un juez o tribunal destinado a atender
las necesidades del desarrollo del proceso o a su decisión.
El artículo 220 del Código Civil Federal contempla como resoluciones judiciales las
siguientes:
Decretos, si se refieren a simples determinaciones de trámite en un juicio. Autos
cuando decidan cualquier punto dentro del negocio. Sentencias, cuando decidan
el fondo del negocio.
La ley es la norma jurídica obligatoria y general dictada por legítimo poder para
regular a conducta de los hombres o para establecer los órganos necesarios para
el cumplimiento de sus fines.
Las relaciones que pueden existir entre las resoluciones judiciales y la ley son tres:

 Resoluciones basadas en ley.


El juez en un conflicto legal es quien va a decir conforme a ley quien tiene
el menor derecho de hacer valer su pretensión en el proceso judicial y la
decisión o resolución va a tener el carácter de obligatoria, pudiendo
imponerla por la fuerza en caso dado haciendo uso del aparato coercitivo
estatal.

 Resoluciones de ausencia de ley.


Al respecto dice el artículo 14 de nuestra Constitución: En los juicios del
orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra, o a la
interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios
generales del derecho.

 Resoluciones en contra de la ley.


Una sentencia contraria a la ley es cuando ya no es impugnable y cuando
ya no es susceptible de ser controlada por los medios de tutela de la
legalidad y de la constitucionalidad por haberse dejado pasar la oportunidad
para ello.

Conflicto de leyes en el tiempo


Toda ley tiene un ámbito temporal y espacial de validez, o lo que es lo mismo, sólo
obliga por cierto tiempo y en determinada porción de espacio.
El conflicto de leyes en el tiempo son normas jurídicas que rigen todos los hechos
que, durante el lapso de su vigencia ocurren en concordia o coincidencia con el
supuesto que regulan y prescriben. Si uno de estos supuestos se realiza mientras
una ley está en vigor, las consecuencias jurídicas que la disposición señala deben
imputarse al hecho condicionante.
Planiol, sostiene que Las leyes son retroactivas cuando vuelven al pasado, sea
para apreciar las condiciones de legalidad de un acto, sea para modificar o
suprimir los efectos ya realizados de un derecho. Fuera de estos casos, no hay
retroactividad y la ley puede modificar los efectos futuros de hechos o de actos
incluso anteriores, sin ser retroactiva

Conflictos de leyes en el espacio


los conflictos de leyes en el espacio no solamente se refieren a la determinación
del ámbito espacial de validez de la norma jurídica, sino a la del personal de
vigencia de los preceptos legales. No se trata únicamente de inquirir qué ley debe
aplicarse en tal o cual lugar, sino de saber si a una cierta persona debe aplicársele
su propia ley o la extranjera. Otras veces el conflicto existe entre preceptos de
diferentes provincias de un mismo Estado, o entre leyes de distintas partes de la
Federación.
Una terminología más técnica para denominar a los “conflictos de leyes en el
espacio”, es “problemas sobre la autoridad extraterritorial de la ley”. Estos
conflictos se reducen siempre a establecer el carácter territorial o extraterritorial de
determinado precepto. En principio, las leyes vigentes en un Estado se aplican
dentro del territorio del mismo.

Irretroactividad de la ley y Retroactividad de la ley


La irretroactividad de la ley es un principio jurídico que impide la aplicación de una
nueva ley a actos realizados de acuerdo con otra anterior que los autorizaba o a
hechos producidos con anterioridad al comienzo de su vigencia.
En la actualidad, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
establece dentro de su artículo 14, el principio de irretroactividad de la ley, al tenor
de la siguiente redacción: “A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de
persona alguna”
Por otro lado, la Retroactividad de la ley es la eficacia excepcionalmente
reconocida a la ley en virtud de la cual puede afectar hechos, actos o situaciones
jurídicas ocurridas con anterioridad al momento de la iniciación de la vigencia.
Se puede decir que la retroactividad legal cuando una ley, reglamento u otra
disposición obligatoria y general, dictada por autoridad de Derecho o de hecho, ha
de extender su eficacia sobre hechos y a consumados; esto es, anteriores en el
tiempo a la fecha de su sanción y promulgación.
Conclusión
Las técnicas jurídicas nos enseñan la interpretación del derecho en casos
concretos; o en otras palabras “es el arte de la interpretación y aplicación de los
preceptos del derecho vigente”. Nos habla de cómo entenderlo, hablarlo y hasta
como escribirlo; hay distintos tipos de interpretación como lo son: privada,
integración, judicial y vigencia nos explica que se usan para hechos y actos
jurídicos, tiene como objetivo estudiar los problemas que surgen cuando un
juzgador está obligado a aplicar las normas jurídicas generales al caso concreto
que le fue planteado y que está obligado a resolver.

formato APA

silogismo jurídico. (2013). silogismo jurídico. https://revistas.ugca.edu.com


integración de las normas. (2016). integración
jurídica. http://files.uladech.edu.pe/
retroactividad de la ley. (2019). archivos jurídicos https://archivos.juridicas.unam.mx/

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