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ABC Consejos de Cinematografía

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2021

CONSEJOS DE
CINEMATOGRAFÍA Y
AUDIOVISUALES

Dirección de Audiovisuales. Cine y Medios


Interactivos
CONTENIDO

3 Sistema Nacional de Cultura- SNCu.

6 Marco normativo.

7 Consejo Nacional de las Artes y la


Cultura en Cinematografía CNACC.

9 Consejos Departamentales y
Distritales Cinematografía y
Audiovisuales.
03

Sistema Nacional de Cultura - SNCu

El Sistema Nacional de Cultura, establecido por


la Ley 397 de 1997 (Ley General de Cultura), se
define como:

“el conjunto de instancias y procesos de


desarrollo institucional, planificación e
información articulados entre sí, que
posibilitan el desarrollo cultural y el acceso
de la comunidad a los bienes y servicios
culturales según los principios de
descentralización, participación y
autonomía”.

El Sistema, en sus 23 años de existencia, ha


facilitado la adecuada gestión de las políticas
culturales en los territorios, desde la generación
de capacidades institucionales locales, la
creación de espacios de participación ciudadana,
hasta la articulación de acciones entre el
Ministerio de Cultura y los entes territoriales.
Instancias

Espacios SNCu Procesos

Conformación del SNCu

Instancias
Son las responsables de la formulación, ejecución y
seguimiento de las políticas y de los planes de cultura en los
ámbitos departamental y municipal, en el país estas
instancias obtienen su denominación según la estructura
orgánica de la entidad territorial (ejemplo: Secretaria de
Cultura, Dirección de Cultura. Coordinación de Cultura, entre
otros).

Espacios
Los consejos son los espacios de participación del SNCu en
los que converge la sociedad civil (agentes y organizaciones
culturales) y la institucionalidad pública. Existen en el nivel
nacional, departamental, distrital y municipal y están
encargados de asesorar al gobierno nacional y territorial en la
formulación de las políticas, planes, programas y proyectos y
hacer control social a su ejecución.
Procesos

Son el conjunto de acciones que enriquecen, potencian,


transforman y divulgan el ámbito cultural, observando
criterios democráticos, participativos y multiculturales. De
conformidad con el Decreto 1589 de 1998, los procesos del
Sistema Nacional de Cultura son los siguientes:

Procesos de desarrollo y fortalecimiento institucional:


Fomentan y promueven la cooperación interinstitucional
desde el punto de vista organizativo, administrativo,
financiero y programático dirigido a las instancias
encargadas de coordinar y ejecutar programas y
proyectos culturales en las entidades del orden nacional y
territorial.
De planeación: Se orienta a la formulación de los planes
territoriales de cultura y del Plan Nacional de Cultura y su
integración con los planes de desarrollo.
De financiación: Identifica y canaliza los recursos públicos y
privados nacionales, territoriales e internacionales para la
ejecución de los programas y proyectos en el sector cultural.
06

Marco normativo

Ley 397 de 1997.


Ley General de Cultura.
http://bit.ly/ley397de1997

Decreto 1080 de 2015.


http://bit.ly/Decreto10802015

Resolución 1021 del 03 de mayo de


2016.
http://bit.ly/Res1021de2016
07
Consejo Nacional de las Artes y la
Cultura en Cinematografía - CNACC

Es el órgano rector del Fondo para el Desarrollo


Cinematográfico, creado por la Ley 814 de 2003 o Ley de
cine. Tiene representación de diversos sectores y es
presidido por el Ministerio de Cultura.

¿Cada cuánto sesiona?


2 veces al año

¿Quién ejerce la secretaría técnica?


Proimágenes Colombia

¿Cada cuánto se eligen?


Cada dos (2) años

Número de integrantes
Diez (10)
Funciones del Consejo Nacional de las
Artes y la Cultura en Cinematografía
Dirigir el Fondo para el Desarrollo Cinematográfico.
Aprobar el presupuesto del Fondo para el Desarrollo
Cinematográfico para cada vigencia anual.
Establecer, dentro de los dos (2) últimos meses de cada
año mediante acto de carácter general (acuerdo), las
actividades, porcentajes, montos, límites, modalidades de
concurso o solicitud directa y demás requisitos y
condiciones necesarias para acceder a los beneficios,
estímulos y créditos asignables con los recursos del
Fondo para el Desarrollo Cinematográfico en el año fiscal
siguiente.
Decidir y asignar sobre la destinación de los recursos del
Fondo para el Desarrollo Cinematográfico.
Establecer cuando lo considere necesario, subcomités
para efectos de la evaluación y selección técnica y
financiera de los proyectos que participen para acceder a
los beneficios, estímulos y créditos asignables con los
recursos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico.
Apoyar al Ministerio de Cultura para que sus proyectos y
actividades tengan el mayor cubrimiento y el máximo
impacto en el avance del sector cinematográfico.
Mantener informado permanentemente al sector de las
decisiones que tome, a través de medios electrónicos o
cualquiera otro idóneo.
Consejo Nacional de las Artes y la
Cultura en Cinematografía
Composición:

1. Ministro de Cultura: Felipe Buitrago


2. Director de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos: Jaime
Andrés Tenorio Tascón
3. Representante de los productores: Alina Hleap Borrero
4. Representante de los distribuidores: Carlos Armando
Aguilar Espitia
5. Representante de los exhibidores: Gustavo Palacio Correa
6. Representante de los directores: Diana Marcela Diaz Soto
7. Representante del Sector artístico-creativo: Armando Russi
Espitia
8. Representante de los técnicos: Carina Dávila Cabrera
9. Representante de los Consejos Departamentales de Cine:
Luis William Lucero Salcedo
10. Secretaría Técnica: Proimágenes Colombia - Claudia Triana,
Directora
09

Consejos Departamentales y Distritales


de Cinematografía y Audiovisuales.
Son entes que asesoran a las Secretarías de Cultura, los
Institutos de Cultura, los consejos de planeación y al
CNACC sobre las políticas en materia audiovisual y
cinematográfica, correspondientes con las realidades
regionales de cada departamento o distrito.

¿Quién ejerce la secretaría técnica?


La entidad territorial de cultura del departamento.

¿Cada cuánto se eligen?


Los períodos de representación deben ser especificados
en el acto administrativo emitido por la entidad
territorial, preferiblemente en concordancia con los
periodos del CNACC cuyo tiempo de representación es
de hasta dos (2) años, contados a partir la designación y
elección de los consejeros.
Funciones de los consejos
departamentales y distritales de
cinematografía y audiovisuales.

Proponer políticas, planes y proyectos a


desarrollar de acuerdo a las circunstancias del
departamento o municipio.
Asesorar al gobierno local y articular los procesos
y actividades relacionados con el fomento,
promoción y difusión de la actividad y el lenguaje
cinematográfico en el departamento o municipio.
Promover en la región las actividades de creación,
producción, difusión e investigación en diversos
formatos que abarquen el lenguaje
cinematográfico.
Contribuir a la conformación del sistema de
registro cinematográfico -SIREC- e identificar a los
agentes del sector de cada municipio.
Apoyar el desarrollo de procesos de preservación
del patrimonio audiovisual.
Participar de la inclusión de las políticas en el área
cinematográfica dentro del Plan de Desarrollo
Cultural del departamento o municipio.
Establecer mecanismos de interlocución con el
representante de los consejos regionales ante el
Consejo Nacional de las Artes y la Cultura
Cinematográfica. CNACC.
Funciones de la secretaría técnica
de los consejos de cinematografía
y audiovisuales

Presentar al Consejo los informes y documentos


que éste requiere para su normal funcionamiento.
Llevar un registro actualizado de los integrantes
del Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en
Cinematografía -CNACC-.
Elaborar las actas correspondientes y suscribirlas
conjuntamente con el Presidente del Consejo.
Llevar un archivo actualizado de actas y
documentos del Consejo.
Promover la formulación de proyectos de acuerdo
con las propuestas discutidas en el Consejo, y
presentarlas ante instancias de Planeación.
Apoyar a la Dirección de Cinematografía en la
elección del representante de los Consejos
Departamentales y Distritales de Cinematografía
ante el CNACC.
Apoyar logísticamente al Consejo para sus
reuniones.
Las demás que le sean asignadas por el
gobernador o alcalde distrital respectivo.

El Secretario Técnico de cada Consejo, participará en


sus reuniones con voz pero sin voto.
Espacios de incidencia
El sector cinematográfico del departamento o
distrito.
Gobernación - Plan Departamental del período.
Secretarías departamentales de cultura o
Institutos departamentales o distritales de
cultura.
Consejo departamental de Cultura.
Asamblea departamental.
Concejo municipal.
Consejos municipal, distrital y departamental de
planeación
Consejo municipal de Cultura
Dirección de Cinematografía
CNACC
Exitos de la gestión de los consejos
de cinematografía y audiovisuales

Ante el CNACC:

2011 Por solicitud del Consejo de Cine del Valle


del Cauca, se separaron las convocatorias de
cortometraje de ficción y documental del FDC.
2015 Los Consejos de Cinematografía proponen
la creación de la convocatoria FDC “Relatos
Regionales". Cortometrajes producto de esta
convocatoria han representado al país en
festivales internacionales como Sundance, “Bajo
la Sombra del Guacarí”, 2019 y Clermont-
Ferrand, “Elena”, 2019.
2019 Creación del estímulo largometraje
regional y estímulos con enfoque poblacional
dentro del portafolio del Fondo de Desarrollo
Cinematográfico FDC 2020.
Conformación de un consejo departamental o
distrital de cinematografía y audiovisuales.

ART. 53. (Res. 1021 de 2016 —Integración de los consejos


departamentales y distritales de cinematografía. Los consejos
departamentales y distritales de cinematografía se integrarán a
razón de uno por cada departamento y cada distrito, como
mínimo en la siguiente forma, teniendo en cuenta que se trate
de personas o entidades representativas o con influencia en la
jurisdicción territorial respectiva:

Un representante de las entidades encargadas de la


formación en realización (Universidades, instituciones de
formación técnica, entre otros).
Un representante de los exhibidores o encargados de
procesos de formación de públicos (Salas de cine, centros
culturales, colectivos de apreciación audiovisual, entre
otros).
Un representante de los productores (casas productoras,
empresas de servicios técnicos,
productores independientes).
Un representante de los realizadores.
Un representante de los técnicos (camarógrafos,
luminotécnicos, sonidistas, montajistas, entre otros).
Proceso de creación de un consejo
departamental o distrital de
cinematografía y audiovisuales.

El gobernador o alcalde distrital mediante acto


administrativo define mínimo lo siguiente:
número de integrantes y los miembros adicionales
si lo estima pertinente
la forma de elección de todos los miembros del
consejo en garantía de una convocatoria amplia y
participativa y sin perjuicio de aquellos miembros
que se establezcan de designación directa.
Requisitos de los candidatos a conformar el
consejo
Periodo de funcionamiento.
Sistemas de quórum.
Demás aspectos pertinentes para el
funcionamiento de dichos consejos.

PAR. 2º—En la conformación de los consejos


departamentales y distritales de cinematografía, se
seguirá el mismo criterio de gratuidad y participación
ad honorem en la forma prevista en el Decreto 1080
de 2015. Del mismo modo, tendrá en cuenta la
dinámica local del sector.
Pasos de conformación o renovación de un
consejo departamental o distrital de
cinematografía.

1. La entidad territorial encargada de la Secretaría Técnica


del Consejo, realiza una convocatoria pública con
suficiente tiempo de antelación a la fecha de la elección
(se recomiendan mínimo 15 días hábiles, este tiempo
debe estar estipulado en el acto administrativo de
creación del Consejo).

La convocatoria debe hacerse pública a través de todos


los medios de comunicación posibles: radio, prensa,
televisión, correos electrónicos y redes sociales para que
sea amplia e incluyente.

La elección se realizará en el marco de una asamblea del


sector, en la convocatoria se debe invitar a participar a
todos los agentes del sector cinematográfico y
audiovisual.

Se recomienda solicitar el registro de los agentes del


sector interesados en participar de la elección tanto a los
votantes como a los candidatos.

Las personas que participen de la Asamblea y voten por


sus representantes, deben haber diligenciado la ficha de
registro previamente.
Pasos de conformación o renovación de un consejo
departamental o distrital de cinematografía.
2. En el marco de la Asamblea cada subsector (Directores,
Productores, Exhibidores, Academias, Técnicos y Artistas
Creativos), deben elegir a sus representantes a través de
votación.

Se sugiere realizar mesas de trabajo por cada subsector,


con el objetivo de consolidar las necesidades y posibles
soluciones para cada uno de ellos, en estas mesas de
trabajo se puede realizar la elección de cada
representante, con ello las personas electas quedan
comprometidas con los participantes de su mesa de
trabajo.

Una vez realizada la elección de cada representante, los


nuevos consejeros deberán presentarse a la Asamblea y
elegir quién de ellos los representará, es decir deberán
realizar la elección del representante del consejo de
cinematografía, quien será el vocero del consejo ante
instancias como el Consejo Departamental de Cultura.

Si llegase a estar desierta una o varias representaciones


se recomienda convocar a una nueva elección realizando
invitaciones personalizadas a los agentes que se hayan
detectado para el subsector en específico y no realizar la
elección con cualquier agente participante de la Asamblea
sin la idoneidad, sólo por la premura de definir
representantes.
Pasos de conformación o renovación de un consejo
departamental o distrital de cinematografía.
3. La entidad territorial de cultura redacta el acta de la
elección, donde se registra lo sucedido en la asamblea, el
resultado de las votaciones y los elegidos.

4. La entidad territorial encargada de la Secretaría Técnica


del Consejo, expide un acto administrativo de
reconocimiento al nuevo Consejo, especificando el nombre y
número de cédula de sus miembros, los sectores que
representan y vigencia que tendrá.

5. La entidad convocante deberá diligenciar el formato de


registro SIREC, con los datos de los nuevos miembros del
Consejo de Cinematografía.
http://www.mincultura.gov.co/areas/cinematografia/SIR
EC/Paginas/default.aspx

6. Enviar los siguientes documentos a la Dirección de


Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos:
Acto administrativo de creación del consejo de
cinematografía y audiovisuales.
Acta de elección del consejo.
Listado de asistencia a la elección del consejo.
Acto administrativo de reconocimiento del consejo
vigente.
Formato SIREC, firmado por la Secretaría Técnica del
consejo.

Estos documentos serán revisados por la Dirección de


Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos y si están correctos
se procede a la activación del consejo en el SIREC.
¿Quiénes participan de los consejos?

Gestores del sector cinematográfico que representen a:


Instituciones encargadas de la formación. (Universidades,
cineclubes, entre otros)
Exhibidores (Salas de Cine, Centros Culturales)
Productores (Canales regionales o locales de televisión,
casas productoras, empresas de servicios, productores
independientes)
Directores (Realizadores de cortos, largos o
documentales)
Técnicos (Camarógrafos, luminotécnicos, sonidistas,
montajistas)
Artistas Creativos (Directores de Arte, Directores de
Fotografía, Actores, Guionistas, entre otros)
Todos los otros representantes previstos en el acto
administrativo de creación.

¿Quiénes no pueden participar de los consejos?

Los miembros de los Consejos no podrán encontrarse


incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o
incompatibilidad previstas en la Constitución Política y en
la ley para desempeñar cargos públicos o ejercer
funciones públicas, en particular las establecidas en el
artículo 122 de la Constitución Política y 38 y 39 de la Ley
734 de 2002.”
Los servidores públicos de la institución departamental o
distrital de cultura o los miembros de la Junta directiva de
la misma.
Quien tengan deudas pendientes con el Fondo Mixto de
Cultura del departamento o distrito, con la respectiva
Secretaría de Cultura o con el Ministerio de Cultura.
Dirección de Audiovisuales.
Cine y Medios Interactivos

Contacto: Xiomara Rojas


xrojas@mincultura.gov.co

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