Economies">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

TDR - Liquidacion de Obra Gardenias

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 4

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA SERVICIOS DE LIQUIDACION TECNICO-

FINANCIERA DE LA OBRA DENOMINADA: "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE


TRANSITABILIDAD PEATONAL DEL PSJ. CL. GARDENIAS SECTOR DE A.H.
CENTRO POBLADO DE SAN JACINTO DEL DISTRITO DE NICOLAS DE PIEROLA
PROVINCIA DE CAMANA DEPARTAMENTO DE AREQUIPA"

I. OBJETIVO.

Contratar a la Persona Natural o Jurídica, para la formulación de la liquidación físico


Financiero de la obra ejecutada por la modalidad de ADMINISTRACIÓN DIRETA,
para determinar el costo final de la obra.

II. FINALIDAD.

- Comprobar el cumplimiento de las Metas Físicas programadas en la ficha


técnica aprobado, por cada meta presupuestal.

- Determinar el costo total ejecutado en el cumplimiento de la meta programada,


permitiendo efectuar la rebaja contable de la cuenta que registra la incidencia
de la ejecución de las actividades consideradas en el expediente técnico.

- Determinar el Monto de Inversión y Ejecución de la obra por Administración


Directa teniendo en cuenta toda la documentación sustentada físicamente.

- Determinar los saldos por meta programada.

III. BASE LEGAL.

- Constitución Política del Perú.


- Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
- Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización.
- Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
- Decreto Legislativo 1252, Decreto que crea el Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293,
Ley que Crea el Sistema Nacional de Inversión Pública.
- Legislación de contrataciones y adquisiciones del estado vigentes.
- Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) – Decreto Supremo Nº 010-2009-
VIVIENDA (Publicado el 09 de mayo del 2009)
- Decreto Supremo Nº 011-79-VC (Elaboración de Formulas Polinómicas)
- Ley Nª 29873 Modifica El Decreto Legislativo N° 1017 Ley De Contrataciones
Del Estado.
- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatoria.
- Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría
General de la República.
- Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
- Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG "Normas que regulan la Ejecución de
Obras por Administración Directa".
- Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG, Normas de Control Interno del
Sector Público.
- Resolución Ministerial No.789-2011EF/10, que aprueba el ROF del OSCE.
IV. ALCANCE.

Realizar la Liquidación física Financiera de la obra denominada: "MEJORAMIENTO


DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD PEATONAL DEL PSJ. CL. GARDENIAS
SECTOR DE A.H. CENTRO POBLADO DE SAN JACINTO DEL DISTRITO DE
NICOLAS DE PIEROLA PROVINCIA DE CAMANA DEPARTAMENTO DE
AREQUIPA", ejecutadas mediante modalidad de ADMINISTRACIÓN DIRECTA

V. DESCRIPCION DEL SERVICIO


La persona Natural o Jurídica, responsable de la ejecución de la Liquidación Técnico
financiera, está la Liquidación física y financiera tendrá adjuntado los documentos
Técnicos, Financieros y Administrativos en el informe” según los anexos del presente
TDR de Liquidaciones por Administración Directa, siendo las principales actividades
las siguientes:
1. Revisión del expediente técnico inicial, expediente técnico s de obras que
fueron aprobados por la entidad durante la ejecución de la obra, así como la
documentación conformante de estos, también revisará los registros
financieros.
2. El consultor deberá realizar una revisión detallada de la ejecución de los
componentes, y partidas presupuestales de la obra ejecutada
3. Realizar visitas y verificaciones de ejecución de los metrados que contenga el
expediente técnico, adicionales y deductivos aprobados por la entidad.
4. La entidad proporcionará toda la documentación técnica, pre liquidación de
corresponder y los registros financieros conformantes de la misma serán
brindadas por el ares correspondiente (físico), al inicio del servicio y puesta a
disposición del profesional en la sede institucional, bajo su cuidado en el uso y
responsabilidad, de corresponder el retiro por motivos de fotocopiado se
realizará previa autorización y registro del área que corresponda proporcionar
la documentación.
5. Cabe señalar que las coordinaciones con la entidad, serán con los
profesionales encargados de cada área tanto logística, contabilidad, tesorería
y obras.
6. Todo requerimiento de documentación deberá ser solicitada mediante un
documento original y copia al área del cual se necesite la información,
indicado y precisando los documentos o información deseada, adjuntando
para ello la orden de servicio respectiva.

VI. PLAZO DE EJECUCION


El ejecutor realizara la Liquidación física y Financiera de la actividad en un tiempo no
mayor de 20 días calendarios.
VII. PERFIL PROFESIONAL.
 Ingeniero Civil y/o Arquitecto colegiado y habilitado.
 Conocimiento en tema de liquidaciones de actividades.
 Experiencia de haber laborado en la Administración Pública.
 No tener Impedimento de Contratar con el Estado
 Experiencia profesional en ejecución de obras como residente, supervisor o
monitoreo de proyectos, valorización y/o liquidación no menor a 1 año,
acreditado mediante contratos, certificados, constancias u ordenes de servicio.
 Estar inscrito en el RNP

VIII. PRESENTACION DEL SERVICIO:

Liquidación Técnica.
 Informe Técnico de la Liquidación de Obra (Antecedentes, Conclusiones,
Recomendaciones, Relación de documentación Técnico Económico)
 Metrados realmente ejecutados.
 Presupuesto base de obra
 Valorizaciones físicas de obra con metrados
 Resumen de costo total valorizado de obra
 Calendario de avance de obra reprogramado.
 Saldo de materiales valorizados.
 Materiales que adeuda la obra.
 Materiales otorgados en calidad de préstamo de otras obras.
 Ficha técnica de la obra
 Acta de entrega de terreno

Liquidación Financiera
 Informe Financiero (Antecedentes, base legal, procedimiento a tener en
consideración en la documentación, aspectos financieros, movimiento de la
cta., adquisiciones, aspecto personal, conclusiones)
 Ejecución analítica presupuestal por especifica de gasto
 Resumen acumulado de ejecución analítica presupuestal
 Resumen general de movimiento de almacén
 Relación de personal mensual y total
 Balance de comprobación al término de la obra
 Presupuesto programado presupuesto ejecutado
 Balance costo total valorizado. Costo real de la obra.
 Costo real de obra.

ANEXOS
 Panel fotográfico
 Cuaderno de obra original
 Planos post construcción
 Copias de órdenes de servicio
 Copias de órdenes de compra
 Resoluciones
 Certificados de calidad de los materiales
Se entregará el producto final que consta: EXPEDIENTE DE LIQUIDACIÓN TÉCNICA
Y FINANCIERA DE LA OBRA 01 original foliado y 02 copias también foliadas cuya
numeración y contenido será la misma que el original, también adjuntará un CD
conteniendo toda la documentación correspondiente.

IX. FORMA DE PAGO:

El pago será previo informe de conformidad emitida por el Área Usuaria


responsable de la Liquidación Técnico – Financiera.

X. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial de la Liquidación Técnico Financiera es la suma de S/ 4,500.00
(cuatro mil quinientos con 00/100 Soles).

También podría gustarte