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TDR Pistas y Veredas Pampa Hermosa

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CAPÍTULO III

REQUERIMIENTO

3.1. TERMINOS DE REFERENCIA

TERMINOS DE REFERENCIA

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE


TÉCNICO DEL PROYECTO:

“AMPLIACION DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES DEL


BARRIO PAMPA HERMOSA DE LA LOCALIDAD PAMPAS EN EL DISTRITO DE
PAMPAS DE LA PROVINCIA DE TAYACAJA DEL DEPARTAMENTO DE
HUANCAVELICA” Código Único de Inversiones N° 2599211.

1 DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Contratación del Servicio de Consultoría de Obra para la Elaboración del Expediente Técnico
del Proyecto: “AMPLIACION DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES DEL
BARRIO PAMPA HERMOSA DE LA LOCALIDAD PAMPAS EN EL DISTRITO DE PAMPAS DE LA
PROVINCIA DE TAYACAJA DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA” Código Único de Inversiones
N° 2599211.

2 FINALIDAD PÚBLICA
La implementación del siguiente proyecto permitirá brindar adecuadas condiciones para la
transitabilidad vehicular y peatonal del Barrio Pampas Centro, del Distrito de Pampas, lo
cual permitirá contribuir al cierre de la brecha de porcentaje de población con condiciones
inadecuadas de movilidad urbana.

3 ANTECEDENTES

La Municipalidad Provincial de Tayacaja, en su ámbito jurisdiccional, ha dispuesto llevar a


cabo la fase de inversión a través de la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto
del Inversión: “AMPLIACION DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS
LOCALES DEL BARRIO PAMPA HERMOSA DE LA LOCALIDAD PAMPAS EN EL
DISTRITO DE PAMPAS DE LA PROVINCIA DE TAYACAJA DEL DEPARTAMENTO DE
HUANCAVELICA”, el cual se elaborará bajo las consideraciones de perfil declarado viable
con Código Único de Inversiones N° 2599211.
4 OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN

4.1. OBJETIVO GENERAL


Contratación de persona natural o jurídica a fin de realizar la consultoría de elaboración del
expediente técnico del Proyecto de Inversión: “AMPLIACION DEL SERVICIO DE
MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES DEL BARRIO PAMPA HERMOSA DE LA
LOCALIDAD PAMPAS EN EL DISTRITO DE PAMPAS DE LA PROVINCIA DE TAYACAJA
DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA” con Código Único de Inversiones: 2599211,
el cual deberá ser aprobado por el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios del
Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento (PMIB).

4.2. OBJETIVO GENERAL

 Realizar trabajo de campo e informes técnicos a fin de levantar la información sobre el estado
actual de la infraestructura vial, del proyecto a fin de determinar la envergadura del proyecto.
 Proyectar los componentes de Infraestructura Vial.
 Obtener el presupuesto real de ejecución de obra.

5 MARCO LEGAL

 Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado con el Decreto Supremo N° 011-2006-


VIVIENDA ampliatorias y modificatorias.
 Resolución Directoral N°19-2018-MTC/14, Manual de Puentes.
 Resolución Directoral N°16-2016-MTC/14, Manual de Dispositivos de Control del Tránsito
Automotor para Calles y Carreteras.
 Ley N°29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de edificaciones.
 Ley N°27157, Ley de Regularización de Edificaciones.
 Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
 Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
 Ley N° 28611, Ley General del Ambiente.
 Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.
 Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto Ambiental.
 Ley N° 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres.
 Decreto Supremo Nº 011-79-VC, Régimen de Elaboración de Fórmulas Polinómicas.
 Directiva N°012-2017-OSCE/CD. Gestión de Riesgos en la Planificación de la Ejecución de
Obras.
 Resolución Suprema Nº 021-83-TR, Normas Básicas de Seguridad e Higiene en Obras de
Edificación y normatividad asociada.
 Decreto Supremo N° 057-04-PCM, Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos y
modificatorias.
 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N°
344-2018-EF y sus modificatorias.
 Ley N° 31084 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
 Ley N° 27783 - Ley de Bases de La Descentralización.
 Ley N° 27972- Ley Orgánica de Gobiernos Municipales.
 Directiva N° 001-2011-EF/68.01-Directiva General del Sistema Nacional de Inversión
Pública Aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011- EF/68.01.
 Resolución Ministerial N° 372-2004-EF-15 que deja sin efecto las resoluciones
ministeriales N° 458-2003-EF-15 Y 694-2003-EF-15.
 LEY N° 26842 Ley General de Salud.
 LEY N°29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, sus modificatorias y su Reglamento.
 DECRETO DE URGENCIA N° 025-2020: Dictan medidas urgentes y excepcionales
destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en
el territorio nacional.
 DECRETO DE URGENCIA N° 026-2020: Decreto de Urgencia que establece diversas
medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus
(COVID-19) en el territorio nacional.
 DECRETO DE URGENCIA N° 029-2020, dictan medidas complementarias destinadas al
financiamiento de la Micro y Pequeña Empresa y otras medidas para la reducción del
impacto del COVID-19 en la Economía Peruana.
 DECRETO SUPREMO N° 031-2020: Decreto de urgencia que dicta medidas
complementarias para reforzar los sistemas de prevención control vigilancia y respuesta
sanitaria para la atención de la emergencia producida por el COVID -19.
 DECRETO SUPREMO N° 044-2020-PCM, precisando por Decretos Supremos N° 045 y 046-
2020- PCM, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves
circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.
 DECRETO SUPREMO N° 008-2020-SA: Decreto Supremo que declara en Emergencia
Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de
prevención y control del COVID-19.
 DECRETO SUPREMO N° 010-2020-TR: Decreto que desarrolla disposiciones para el
Sector Privado sobre el trabajo remoto previsto en el Decreto de urgencia N° 026-2020 Decreto
de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la
propagación del COVID-19.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 055-2020-TR: Aprueban el documento denominado Guía
para propagación del COVID-19.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 072-2020-TR: Aprueba documento técnico denominado
“Guía para la aplicación del trabajo remoto”.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 95-2020-MINSA: Aprueba el documento técnico: Plan
Nacional de Reforzamiento de los Servicios de Salud y Contención del COVID-19.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 135-2020/MINSA: Aprueba el documento técnico
 ¨Especificación técnica para la confección de mascarillas faciales textiles para uso comunitario¨.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 193-2020/MINSA: Aprueba el documento técnico:
 ¨Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas pro COVID-19 en el Perú¨.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL 183-2020/MINSA: Aprueba la directiva Sanitaria N° 287-
2020MINSA/DGIESP, Directiva administrativa que regula los procesos, registros y accesos
a la información para garantizar el seguimiento integral de los casos sospechosos y
confirmados d COVID-19 (SISTEMA INTEGRADO COVID-19-SICOVID-19).
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL 231-2020/MINSA: Aprueba la Directiva Sanitaria N°095-
MINSA/2020/DIGEMID, Directiva Sanitaria para el control y vigilancia de los dispositivos de
diagnósticos in vitro: Prueba rápida y moleculares para COVID-19.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 312-2020/MINSA, se aprueba el documento técnico:
“Protocolos de Exámenes Médicos Ocupacionales y Guía de Diagnostico de los Exámenes
Medico Obligatorios por Actividad” y sus modificatorias.
 DIRECTIVA ADMINISTRATIVA N° 28777-MINSA/2020/DGIESP.
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2020/MINSA, se aprueba el Documento Técnico:
“LINEAMIENTOS PARA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON
RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID -19¨
 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 265-2020/MINSA, que modifica el Documento Técnico:
“LINEAMIENTOS PARA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON
RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID -19¨
 DECRETO SUPREMO N° 083-2020-PCM, Decreto Supremo que prorroga el Estado de
Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a
consecuencia del COVID-19 y establece otras disposiciones.
 Resolución Ministerial N° 687-2020-MINSA; Lineamientos de validación de procedimientos
diagnóstico del SARS-CoV-2
 Resolución Ministerial N° 928-2020-MINSA; Plan de preparación y respuesta ante posible
segunda ola pandémica por COVID-19
 Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA; Lineamientos para la vigilancia, prevención y
control de la salud por exposición al SARS-CoV-2.
 Otras normas aplicables.
6 CONSIDERACIONES GENERALES

6.1. Descripción y cantidad de servicio a contrata

La Municipalidad Provincial de Tayacaja - Pampas, considera el desarrollo del


proyecto comprendiendo todos los estudios y diseños necesarios en las
especialidades involucradas para la construcción del proyecto, de modo que,
permitan cumplir con las metas definidas e indicadas en las etapas y en el ámbito
del estudio; debiendo el consultor preparar el expediente técnico con el cual la
Entidad pueda ejecutar la obra sin necesidad de adicionales, rectificaciones y
problemas de orden técnico-constructivo. La cantidad de servicio de consultoría es
un (01) expediente técnico

6.2. Características de presentación

 Presentación en archivadores de palanca.


 Debe contar con índice y separadores.
 Todos los componentes deben estar foliados.
 Adjuntar Cd o Dvd con archivos editables en software de origen.
 Todo el expediente técnico debe estar firmado por el consultor (jefe de
proyecto) en cada una de sus páginas conformantes, y en cada
especialidad, según corresponda.
 Textos impresos en hojas Bonn tamaño A4.
 Planos ploteados en hojas Bonn en escalas legible y normadas, a color,
presentados en micas |transparentes.
6.3. Contenido mínimo del expediente técnico (según los lineamientos del PMIB)

. ÍNDICE GENERAL

1. FORMATOS
1.1. FORMATO 07A
1.2. FORMATO 08A
1.3. FORMATO 12B
1.4. INDICE GENERAL
2. RESUMEN EJECUTIVO
3. MEMORIA DESCRIPTIVA
4. ESTUDIOS BÁSICOS
4.1. ESTUDIO TOPOGRÁFICO
4.2. ESTUDIO DE TRÁFICO
4.3. ESTUDIO DE MECÁNICA DE SUELOS, DISEÑO DE MEZCLA, ESTUDIO DE LAS
CANTER
4.4. ESTUDIO HIDROLÓGICO
4.5. ESTUDIO DE SEÑALIZACIÓN Y SEGURIDAD VIAL
4.6. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
4.7. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
4.8. ESTUDIO DE GESTIÓN DE RIESGOS
4.8.1. IMPLEMENTACION PLAN COVID
5. MEMORIA DE CÁLCULO
5.1. DISEÑO GEOMETRICO
5.2. DISEÑO DE PAVIMENTO Y JUNTAS
5.3. DISEÑO HIDRÁULICO
6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
6.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
6.2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTIDAS
6.3. DISEÑO DE PAVIMENTO Y JUNTAS
7. METRADOS
7.1. RESUMEN DE METRADOS
7.2. PLANILLA DE METRADOS
7.3. PLANILLA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS
8. PRESUPUESTO
8.1. ANALISIS DE COSTOS UNITARIOS
8.2. RESUMEN DE PRESUPUESTO
8.3. PRESUPUESTO ACTUALIZADO
8.4. DESAGREGADO DE GASTOS GENERALES
8.5 DESAGREGADOS DE GASTOS DE SUPERVISIÓN
8.6 LISTADO DE INSUMOS
8.7 FORMULA POLINOMICA
8.8 CÁLCULO DE FLETES
8.9 CÁLCULO DE MOVILIZACIÓN Y DESMOVILIZACIÓN DE EQUIPOS
8.10 COTIZACIONES
8.11 CUADRO COMPARATIVO DE PRECIOS
9 CRONOGRAMA
9.5 CRONOGRAMA FISICO DE OBRAS
9.6 PROGRAMA DE EJECUCION DE OBRAS
9.7 CALENDARIO DE AVANCE DE OBRAS VALORIZADO
9.8 CRONOGRAMA ADQUISICION DE MATERIALES Y USOS DE EQUIPOS
10 PANEL FOTOGRAFICO
11 ANEXOS
11.5 PLAN DESVIO VEHICULAR
11.6 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y OPERATIVIDAD DE LA INFRAESTRUCTURA
SANITARIA
11.7 RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE
11.8 PADRÓN DE BENEFICIARIOS
11.9 CUADRO DE BRECHAS
11.10 PLAN DE MONITOREO ARQUEOLÓGICO
11.11 ACTA DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE TERRENO
11.12 ACTA DE COMPROMISO DE DEMOLICIÓN
11.13 DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICADOS
12 PLANOS

6.4. Entregables por parte del consumidor


El consultor remitirá un (01) juego en original del expediente técnico con firmas en original
en todos los componentes de éste (jefe del proyecto en todas las páginas y firmas de los
especialistas según corresponda), el cual servirá para la evaluación correspondiente.
Una vez lograda la aprobación del expediente técnico por parte de la Gerencia de
Desarrollo Urbano, el original será remitido al PMIB del MVCS, por lo cual el consultor,
remitirá un (01) juego en original, con el contenido igual al expediente técnico aprobado.
Una vez lograda la aprobación por parte del PMIB del MVCS, el consultor remitirá un (01)
juego en original del expediente técnico con firmas en original en todas los componentes
de este, con el contenido igual a la aprobación en el MVCS.

6.5. Valor referencial

El monto del valor referencial para la Elaboración del Expediente Técnico es de S/


100,000.00 (Cien mil con 00/100 soles), calculados al mes de julio del 2023. Los costos
incluyen los gastos generales, utilidades, IGV. Dicho monto comprende también el pago
del personal profesional y técnico calificado, personal de apoyo, materiales, equipos y todo
cuanto hecho y de derecho es necesario para el cabal cumplimiento del objeto del
contrato.
6.5.1. Presupuesto de pago Disgregado:

AMPLIACION DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LAS VÍAS LOCALES DEL BARRIO PAMPA
HERMOSA DE LA LOCALIDAD PAMPAS EN EL DISTRITO DE PAMPAS DE LA PROVINCIA DE TAYACAJA
DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA
NIVEL DEL ESTUDIO EXPEDIENTE TECNICO
PLAZO 120 DIAS CALENDARIOS
COSTO
Nº CONCEPTO UNID CANT COEF COSTO UNIT
PARCIAL
A. EQUIPO PROFESIONAL 51,000.00
1.00 JEFE DE PROYECTO MES 4.00 1.00 6,000.00 24,000.00
2.00 ESPECIALISTA EN MECANICA DE SUELOS MES 2.00 1.00 5,000.00 10,000.00

3.00 ESPECIALISTA EN ESTUCTURAS MES 2.00 1.00 4,500.00 9,000.00

ESPECIALISTA EN METRADOS COSTOS Y


4.00 MES 2.00 1.00 4,000.00 8,000.00
PRESUPUESTOS
B. OBTECION DE PERMISOS, AUTORIZACIONES Y TRABAJOS DE CAMPO 27,424.54

1.00 ESTUDIO TOPOGRAFICO GLB 1.00 1.00 8,000.00 8,000.00

2.00 ESTUDIO DE MECANICA DE SUELOS GLB 1.00 1.00 7,000.00 7,000.00

3.00 ESTUDIO DE TRAFICO GLB 1.00 1.00 3,000.00 3,000.00

4.00 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL GLB 1.00 1.00 4,000.00 4,000.00

5.00 CADISTAS GLB 1.00 1.00 4,000.00 4,000.00

6.00 PLOTEO D EPLANOS GLB 1.00 1.00 924.54 924.54

7.00 FOTOCOPIAS GLB 1.00 1.00 500.00 500.00


COSTO DIRECTO (C.D) 78,424.54
OTROS GASTOS 2,400.00
1.00 MATERIAL DE ESCRITORIO GLB 1.00 1.00 400.00 400.00
ALQUILER DE CAMIONETA + CONDUCTOR
2.00 GLB 1.00 1.00 2,000.00 2,000.00
+ COMBUSTIBLE + VIATICOS
UTILIDAD (5%) 3921.23
SUB TOTAL (S.T) 84745.76
IGV 15254.24
COSTO TOTAL DE ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO 100,000.00

6.6. Forma de pago

La Forma de pago se efectuará de acuerdo al siguiente detalle:


o 20 % a la presentación del primer informe, conteniendo el plan de trabajo, el
cual se presentará como máximo a los 03 días calendarios de firmado el
contrato.
o 30% a la aprobación por parte de la Municipalidad Provincial de Tayacaja
mediante acto resolutivo.
o 50% del monto total, a la aprobación del Programa de Mejoramiento Integral
de Barrios del Ministerio de Vivienda y Construcción y Saneamiento.
6.7. Lugar y plazo de ejecución de la prestación

a) Lugar:
 Lugar : Barrio Pampa Hermosa
 Distrito : Pampas
 Provincia : Tayacaja
 Departamento : Huancavelica

b) Plazo:

El plazo de ejecución de la consultoría de obra para la elaboración del


expediente técnico es de Sesenta (120) días calendarios, contados a partir del
día siguiente que se cumplan las siguientes condiciones:

 Se haya suscrito el contrato entre las partes.

El plazo de la elaboración del expediente técnico no comprende el periodo de


revisión, absolución de observaciones y aprobación del mismo, a fin de lograr
la opinión favorable al expediente técnico y su aprobación mediante acto
resolutivo.

ENTREGABLE: expediente técnico, según el contenido mínimo exigido en los


presentes términos de referencia y a la normativa técnica vigente del Programa
de Mejoramiento Integral de Barrios del Ministerio de Vivienda Construcción y
Saneamiento, sellado y visado por los profesionales propuestos en los
correspondientes acápites de su especialidad, según corresponda.

Nota: en caso que el consultor no haya levantado las observaciones en el plazo concedido se aplicará la
sanción y/o penalidad correspondiente en concordancia a lo establecido en la ley de contrataciones
del estado y su reglamento.

7 CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS:

7.1. Especialidad y categoría del consultor de obra


El consultor de obra debe contar con inscripción vigente en el RNP en la especialidad de
CONSULTORÍA EN OBRAS URBANAS, EDIFICACIONES Y AFINES, categoría “B” o superior.

7.2. Condiciones de los consorcios:


De conformidad con el numeral 49.5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado, el número máximo de consorciados es de dos (02) integrantes.

El porcentaje mínimo de participación de cada consorciado, es de 50%.

Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para


el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia, es de 50%.

7.3. Del personal:


Personal clave
Cargo Profesión Experiencia
Experiencia efectiva mínima de doce (12) meses, como jefe de
proyecto y/o jefe de estudios y/o evaluador en la elaboración y/o
formulación de expedientes técnicos y/o estudios definitivos de
Jefe de Proyecto Ingeniero Civil proyectos iguales o similares al objeto de la convocatoria, que se
computa desde la colegiatura.

Experiencia efectiva mínima de seis (06)


meses, como especialista en estructuras y/o diseño estructural
Especialista en en la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos y/o
Ingeniero Civil
Estructuras y estudios definitivos de proyectos en general, que se computa desde
Obras de Arte la colegiatura.

Experiencia efectiva mínima de seis (06)


meses, como especialista en mecánica de suelos en la elaboración
Especialista en Ingeniero Civil y/o formulación de expedientes técnicos y/o estudios definitivos de
proyectos en general , que se computa desde la colegiatura.
Mecánica de Suelos

Experiencia efectiva mínima de seis (06)


Especialista en meses, como especialista en metrados y/o costos y/o presupuestos
Metrados, Costos y Ingeniero Civil en la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos y/o
Presupuestos estudios definitivos de proyectos en general, que se computa desde la
colegiatura.

Acreditación:

De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la capacidad técnica y profesional será
verificada por el órgano encargado de las contrataciones para la suscripción del contrato,
debiendo presentar los siguientes documentos:
I. De la formación académica:
Copia de los diplomas que acrediten la formación académica requerida del plantel profesional
clave, en caso que el grado o título profesional requerido no se encuentre publicado en el
Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales a cargo de la de la
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU.

Acotaciones:
i) La Entidad debe aceptar las diferentes denominaciones utilizadas para acreditar
la carrera profesional requerida, aun cuando no coincida literalmente con aquella
prevista en los requisitos de calificación.

39
ii) La colegiatura y habilitación de los profesionales serán acreditados por el
contratista para el inicio de su participación efectiva en la ejecución de la
prestación, tanto para los profesionales titulados en el Perú como para los
titulados en el extranjero, los cuales deberán ser presentados por el contratista a
la Sub Gerencia de Estudios de Proyectos de Inversión Pública, sin requerimiento
alguno por parte de la Entidad.

II. De la experiencia mínima:


(i) Copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o
(iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia
del personal profesional clave propuesto. Ello sin perjuicio de que, ante dudas relacionadas
con la veracidad o exactitud de la información contenida en los documentos presentados,
la entidad realice la fiscalización respectiva.

Acotaciones:

i. Los documentos que acreditan la experiencia del personal deben incluir como
mínimo los nombres y apellidos del profesional, el cargo desempeñado, el
plazo de la prestación indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el
nombre de la Entidad u organización que emite el documento, la fecha de
emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento.
ii. En caso estos documentos establezcan el plazo de la experiencia adquirida
por el profesional en meses sin especificar los días la Entidad debe considerar
el mes completo.
iii. De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el
cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el
periodo traslapado.
iv. Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a
veinticinco (25) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
v. Asimismo, la Entidad valorará de manera integral los documentos presentados
para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los
documentos presentados la denominación del cargo o puesto no coincida
literalmente con aquella prevista en los requisitos de calificación, se deberá
validar la experiencia si las actividades que realizó el profesional
corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido.

7.4. Del equipamiento estratégico


Presentar, de acuerdo a la siguiente relación de equipo mínimo:

Ítem Descripción Cantidad

1 Computadora portátil 01

2 Impresora multifuncional 01

3 Plóter 01

4 Estación total 01

Acreditación:

De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del
artículo 139 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la capacidad técnica y
profesional será verificada por el órgano encargado de las contrataciones para la suscripción
del contrato, debiendo presentar: copia de documentos que sustenten la propiedad, la
posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la
disponibilidad del requisito de calificación equipamiento estratégico. En el caso que el
postor ganador sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito pueden
estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes (no cabe presentar declaración
jurada).

7.5. Experiencia del postor de consultoría obra en la especialidad


Requisitos:

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a (1) VECES el


valor referencial de la contratación, por la contratación de servicios de consultoría de obra
iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los diez (10) años anteriores a la
fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la
conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda.
Se consideran servicios de consultoría de obra iguales o similares a la elaboración
y/o reformulación de expedientes técnicos y/o estudios definitivos de obras de
construcción, mejoramiento, ampliación y reparación (o combinación de estos) en
expedientes técnicos y/o estudios definitivos de pistas y veredas, y afines a los
antes mencionados.
Acreditación:

La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i)


contratos u órdenes de servicios y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o
(ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con
Boucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento
emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en
el mismo comprobante de pago.

8. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN

8.1. CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL

Calificaciones del Personal Clave:

a) Formación Académica
Requisitos:
1 ) Jefe de Proyecto
Ingeniero Civil
2 ) Especialista en Estructuras y Obras de Arte
Ingeniero Civil
3 ) Especialista en Mecánica de Suelos
Ingeniero Civil
4 ) Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos
Ingeniero Civil

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del
contrato.
b) Experiencia del Personal Clave

Requisitos:
a) Jefe de Proyecto
Experiencia efectiva mínima de doce (12) meses, como jefe de proyecto y/o jefe
de estudios y/o evaluador en la elaboración y/o formulación de expedientes
técnicos y/o estudios definitivos de proyectos iguales o similares al objeto de la
convocatoria, que se computa desde la colegiatura.
b) Especialista en Estructuras y Obras de Arte
Experiencia efectiva mínima de seis (06) meses, como especialista en estructuras
y/o diseño estructural en la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos
y/o estudios definitivos de proyectos en general, que se computa desde la
colegiatura.
c) Especialista en Mecánica de Suelos
Experiencia efectiva mínima de seis (06) meses, como especialista en mecánica
de suelos en la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos y/o estudios
definitivos de proyectos en general, que se computa desde la colegiatura.
d) Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos
Experiencia efectiva mínima de seis (06) meses, como especialista en metrados
y/o costos y/o presupuestos en la elaboración y/o formulación de expedientes
técnicos y/o estudios definitivos de proyectos en general, que se computa desde
la colegiatura.

. Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

c) Equipamiento Estratégico

Requisitos:

Ítem Descripción Cantidad

1 Computadora portátil 01

2 Impresora multifuncional 01

3 Plóter 01

4 Estación total 01

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1
del artículo 139 del Reglamento este requisito de calificación se acredita para la
suscripción del contrato.

8.2. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD


Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a (1) veces el valor
referencial de la contratación, de servicios de consultoría de obra iguales o similares al
objeto de la convocatoria, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la
presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad o
emisión del comprobante de pago, según corresponda.
2
Se consideran servicios de consultoría de obra iguales o similares a la elaboración y/o
reformulación de expedientes técnicos y/o estudios definitivos de obras de construcción,
mejoramiento, ampliación y reparación (o combinación de estos) en expedientes técnicos y/o
estudios definitivos de pistas y veredas, y afines a los antes mencionados.

Acreditación:

La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u
órdenes de servicios y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii)
comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con
Boucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento
emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en
el mismo comprobante de pago.

43
3.2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN

A CAPACIDAD LEGAL
HABILITACION
Requisitos:

El postor deberá Contar con Registro Nacional de Proveedor Vigente como Consultor de Obras, en
la Especialidad de Consultoría en Obras de Urbanas, Edificaciones y afines – Categoría B o
superior.

Importante
De conformidad con la Opinión N° 186-2016/DTN, la habilitación de un postor, está relacionada
con cierta atribución con la cual debe contar el proveedor para poder llevar a cabo la actividad
materia de contratación, este es el caso de las actividades reguladas por normas en las cuales se
establecen determinados requisitos que las empresas deben cumplir a efectos de estar habilitadas
para la ejecución de determinado servicio o estar autorizadas para la comercialización de ciertos
bienes en el mercado.

Acreditación:

Mediante la presentación de Copia simple del Registro nacional de proveedor (RNP), en la categoría
B.
Importante
En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar este requisito.

B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL


B.1. CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE
FORMACIÓN ACADÉMICA
Requisitos:

1) Jefe de Proyecto
Ingeniero Civil

2) Especialista en Estructuras y Obras de Arte


Ingeniero Civil

3) Especialista en Mecánica de Suelos


Ingeniero Civil

4) Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos


Ingeniero Civil

Acreditación:

De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139
del Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Importante
De conformidad con el artículo 186 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con las mismas
calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra. Asimismo, el jefe del
proyecto para la elaboración del expediente técnico debe cumplir con las calificaciones exigidas
en el artículo 188 del Reglamento.

B.2. EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE


FORMACIÓN ACADÉMICA
Requisitos:

1) Jefe de Proyecto
Experiencia efectiva mínima de doce (12) meses, como jefe de proyecto y/o jefe de estudios
y/o evaluador en la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos y/o estudios
definitivos de proyectos iguales o similares al objeto de la convocatoria, que se computa
desde la colegiatura.
2) Especialista en Estructuras y Obras de Arte
Experiencia efectiva mínima de seis (06) meses, como especialista en estructuras y/o diseño
estructural en la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos y/o estudios definitivos
de proyectos en general, que se computa desde la colegiatura.
3) Especialista en Mecánica de Suelos
Experiencia efectiva mínima de seis (06) meses, como especialista en mecánica de suelos en
la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos y/o estudios definitivos de proyectos
en general, que se computa desde la colegiatura.
4) Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos
Experiencia efectiva mínima de seis (06) meses, como especialista en metrados y/o costos
y/o presupuestos en la elaboración y/o formulación de expedientes técnicos y/o estudios
definitivos de proyectos en general, que se computa desde la colegiatura.

Acreditación:

De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139
del Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Importante
De conformidad con el artículo 186 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con la misma
experiencia establecida para el residente de obra. Asimismo, el jefe del proyecto para la
elaboración del expediente técnico debe cumplir con la experiencia exigida en el artículo 188 del
Reglamento.
C EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Requisitos:

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a (1) Veces el valor referencial de
la contratación, por la contratación de servicios de consultoría de obra iguales o similares al objeto de
la convocatoria, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se
computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según
corresponda.

Se consideran servicios de consultoría de obra iguales o similares a la elaboración y/o reformulación


de expedientes técnicos y/o estudios definitivos de obras de construcción, mejoramiento, ampliación y
reparación (o combinación de estos) en expedientes técnicos y/o estudios definitivos de pistas y
veredas, y afines a los antes mencionados.

Acreditación:

La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes
de servicios y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago
cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con Boucher de depósito, nota de
abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema
financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago15.

Los postores pueden presentar hasta un máximo de veinte (20) contrataciones para acreditar el
requisito de calificación y el factor “Experiencia de Postor en la Especialidad”.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se
debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los
comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, las veinte
(20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la
Especialidad.

Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en


B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
B.3 EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO

Requisitos:

Ítem Descripción Cantidad

1 Computadora portátil 01

2 Impresora multifuncional 01

3 Plóter 01

4 Estación total 01

Acreditación:

De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
En el caso de servicios de supervisión en ejecución, solo se considera como experiencia la parte del
contrato que haya sido ejecutada durante los diez (10) años anteriores a la fecha de presentación de
ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los
respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores
en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las
obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de
consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se
presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales

caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar
la documentación sustentatoria correspondiente.

Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una


reorganización societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.

Cuando en los contratos, órdenes de servicio o comprobantes de pago el monto facturado se


encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato,
de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la
Experiencia del Postor en la Especialidad.
Importante
 El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda,
debe valorar de manera integral los documentos presentados por el postor para acreditar la
experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del
objeto contractual no coincida literalmente con el previsto en las bases, se deberá validar la
experiencia si las actividades que ejecutó el postor corresponden a la experiencia requerida.

 En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva


“Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.

Importante
 Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o ajustarse el requerimiento, se
solicita la autorización del área usuaria y se pone de conocimiento de tal hecho a la dependencia que
aprobó el expediente de contratación, de conformidad con el numeral 72.3 del artículo 72 del
Reglamento.

 El cumplimiento de los Términos de Referencia se realiza mediante la presentación de una declaración


jurada. De ser el caso, adicionalmente la Entidad puede solicitar documentación que acredite el
cumplimiento del algún componente de estos. Para dicho efecto consignará de manera detallada los
documentos que deben presentar los postores en el literal a.5) del numeral 2.2.1.1 de esta sección de las
bases.

 Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias para
ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no mediante declaración jurada.
CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje: 100 Puntos)

FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE / METODOLOGÍA


PARA SU ASIGNACIÓN
A. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD 50 puntos
Evaluación:
M = Monto facturado
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado Acumulado por el postor por la
equivalente a 2 VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA prestación de servicios de
CONTRATACIÓN, por la contratación de servicios de consultoría en la especialidad.
consultoría de obra iguales o similares al objeto de la M >= [2] veces el valor
convocatoria, durante los diez (10) años anteriores a la fecha referencial:
de la presentación de ofertas que se computarán desde la [50] puntos
fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago,
según corresponda. M >= [1.5] veces el valor
Acreditación: referencial y < [2]veces el valor
referencial:
La experiencia en la especialidad se acreditará con copia [25]puntos
simple de (i) contratos u órdenes de servicios y su respectiva
conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes M > [1] veces el valor referencial
de pago cuya cancelación se acredite documental y y < [1.5] veces el valor
fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, referencial:
reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido [10] puntos
por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o
mediante cancelación en el mismo comprobante de pago 14.
Las disposiciones sobre el requisito de calificación
“Experiencia del postor en la especialidad” previstas en el
literal C del numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección
de las bases resultan aplicables para el presente factor.

B. METODOLOGÍA PROPUESTA 50 puntos


Evaluación:
Se evaluará la metodología propuesta por el postor para la
ejecución de la consultoría de obra, cuyo contenido mínimo es
el siguiente: Presenta la metodología
sustente de acuerdo a la
a) Antecedentes. necesidad el servicio.
b) Objetivos. 50 puntos
c) Calendario de Trabajo de las Actividades a Realizar
de acuerdo a los TDR. Presenta la metodología pero
d) Presentar una descripción de todas las actividades, que no sustente de acuerdo a la
durante la ejecución de la consultoría. necesidad del servicio.
e) Mejoramiento del detalle de los entregable y/o 20 puntos
informes.
f) Metodología propuesta para el desarrollo de los No presenta metodología
trabajos. sustentado.
g) Plan de trabajo.
h) Manejo de Software a utilizar en el desarrollo de la 00 puntos
consultoría.
i) Conclusiones.
j) Recomendaciones. PUNTAJE / METODOLOGÍA
PARA SU ASIGNACIÓN
Acreditación:

FACTORES DE EVALUACIÓN

Se acreditará mediante la presentación del documento que


sustente la metodología propuesta.

Importante
 Los factores de evaluación elaborados por el órgano encargado de las contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, guardan vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la
contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos de
Referencia ni los requisitos de calificación.

 Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo especificado son descalificadas.

EVALUACIÓN ECONÓMICA (Puntaje: 100 Puntos)

PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTOR DE EVALUACIÓN
PARA SU ASIGNACIÓN
A. PRECIO

Evaluación: La evaluación consistirá en asignar


un puntaje de cien (100) puntos
Se evaluará considerando la oferta económica del postor. a la oferta de precio más bajo y
otorga a las demás ofertas
Acreditación: puntajes inversamente
proporcionales a sus
Se acreditará mediante el registro del monto de la oferta en el respectivos precios, según la
SEACE o documento que contiene la oferta económica (Anexo N° siguiente fórmula:
7), según corresponda.
Pi = Om x PMP
Oi

Donde:

I = Oferta.
Pi = Puntaje de la oferta a
evaluar.
Oi = Precio i.
Om = Precio de la oferta más
baja.
PMP = Puntaje máximo del
precio.

PUNTAJE TOTAL 100 puntos

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