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Ensayo Educacion
Ensayo Educacion
Ensayo Educacion
El sistema de educación es un organismo del cual forman parte los principios, las
normas y procedimientos que establecen la forma en que se crean los nuevos
integrantes de la sociedad, aunque actualmente estamos conscientes de que se
ha debilitado y que es uno de los motivos que nos ha llevado a la crisis actual, es
decir, altos índices de pobreza, desigualdades y analfabetismo; es aquí, donde
debemos de cambiar nuestro espíritu educador, tenemos que fijarnos como meta
primordial que el aprendizaje no sea como antes, cuando el estudiante sólo recibía
datos y los memorizaba, sino que se debe buscar que aprenda a aprender y a
convivir; estar conscientes de que es necesario despertar en cada persona el
“hambre del conocimiento”, ya no es suficiente la parte teórica, puesto que en la
actualidad necesitamos gente con habilidades, destrezas, conocimientos y
valores, pero sobre todo que tengan los métodos necesarios para lograrlos.
Haciendo énfasis en lo anterior, puedo afirmar que él ser humano tiene diversos
significados; por una parte se dice que es meramente racional, es decir, tiene que
subsanar las necesidades de origen espiritual e intelectual; es un ente social por
naturaleza que en la búsqueda de su supervivencia se ha transformado por
diversos procesos hasta llegar a modificar el contexto que lo ha revolucionado; lo
que lo ha llevado a establecer normas de convivencia que permiten armonizar el
clima de convivencia entre los miembros que integran su espacio. El Derecho es
inherente a la persona humana pues emana de la naturaleza misma del hombre, y
por esta razón no es creado por los órganos de Estado, es decir, que el Derecho se
encuentra Constituido por normas que rigen a todos los hombres por su simple
calidad de ser humano.
Todo hombre, al preguntarse por qué obligan las leyes, intuitivamente sabe que el
mero ejercicio del poder no constituye su fundamento, pues tener el poder no es
sinónimo de ser justo. Por eso intuye también que, en última instancia, la ley
humana sólo es verdadera ley cuando respeta la verdad sobre el hombre. Si se
aparta de ella, se convierte en violencia, en ley del más fuerte al servicio de una
autoridad corrompida.
Podríamos decir que la Ley General de educación está compuesta por 8 capítulos
y 85 artículos los cuales fungen como una guía que supone que debe impartir la
educación en México y pone de manifiesto las herramientas que se deben de
proporcionar para una formación correcta a ciudadanos mexicanos
Los artículos que están plasmados en el capítulo uno, abarcan que todo individuo
tiene derecho a recibir educación y que el Estado tiene la obligación de prestar los
servicios educativos básicos a toda la sociedad para que ésta pueda cursar la
educación preescolar, primaria y secundaria. Siendo la educación primaria y
Secundaria Obligatoria y por ende un deber por parte de los padres que sus hijos
las cursen además que la educación que se imparta sea laica y gratuita en donde
el estado deberá apoyar económicamente a través de sus distintos organismos
para poder impulsar la investigación científica y tecnológica la educación impartida
por el estado; se debe permitir a cada individuo, primero que nada el desarrollo
integral, el desarrollo de sus facultades, crearles una consciencia de nacionalidad
y soberanía, promover un idioma común, cuidando y preservando lenguas
indígenas, fortalecer el conocimiento y la práctica de la democracia, así como
promover valores de Justicia, como igualdad y respeto de los derechos humanos,
fomentar actitudes de investigación científica y potenciar al máximo en los
alumnos la creación artística, estimular la educación física y la práctica del
deporte, hacer de los alumnos personas solidarias e interesadas por el cuidado del
medio ambiente. Se dice que la educación que se proporcione tiene como objetivo
reconocer la validez de los estudios y el cumplimiento de esta ley debe de ser por
parte de las autoridades educativas de la Federación, de las entidades federativas
y los municipios en términos que la ley establece.
***Capitulo I. Disposiciones generales***
Artículo 1o.- Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación,
entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los
particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios.
Artículo 4o.- Todos los habitantes del país deben cursar la educación preescolar,
la primaria y la secundaria.
Artículo 5o.- La educación que el Estado imparta será laica y, por lo tanto, se
mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
Artículo 6o.- La educación que el Estado imparta será gratuita.
I.- Determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la
educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la
formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la
opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales
involucrados en la educación en los términos del artículo 48
Artículo 23.- Las negociaciones o empresas a que se refiere la fracción XII del
apartado A) del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos están obligadas a establecer y sostener escuelas cuando el número de
educandos que las requiera sea mayor de veinte.
Artículo 24.- Los beneficiados directamente por los servicios educativos deberán
prestar servicio social, en los casos y términos que señalen las disposiciones
reglamentarias correspondientes. En éstas se preverá la prestación del servicio
social como requisito previo para obtener título o grado académico.
Artículo 28.- Son de interés social las inversiones que en materia educativa
realicen el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares.
III.- Emitir directrices, con base en los resultados de la evaluación del sistema
educativo nacional, que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes
a mejorar la calidad de la educación y su equidad.
Artículo 30.- Las instituciones educativas establecidas por el Estado, por sus
organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con
reconocimiento de validez oficial de estudios, así como las Autoridades Escolares,
otorgarán a las autoridades educativas y al Instituto todas las facilidades y
colaboración para las evaluaciones a que esta sección se refiere.
Artículo 38.- La educación básica, en sus tres niveles, tendrá las adaptaciones
requeridas para responder a las características lingüísticas y culturales de cada
uno de los diversos grupos indígenas del país, así como de la población rural
dispersa y grupos migratorios. Para el caso de los servicios educativos
correspondientes a los tipos medio superior y superior, las autoridades educativas
promoverán acciones similares.
Artículo 53.- El calendario que la Secretaría determine para cada ciclo lectivo de
educación preescolar, de primaria, de secundaria, de normal y demás para la
formación de maestros de educación básica, se publicará en el Diario Oficial de la
Federación.
Artículo 54.- Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y
modalidades.
Artículo 57.- Los particulares que impartan educación con autorización o con
reconocimiento de validez oficial de estudios deberán:
II.- Cumplir con los planes y programas de estudio que las autoridades educativas
competentes hayan determinado o considerado procedentes;
Artículo 59.- Los particulares que presten servicios por los que se impartan
estudios sin reconocimiento de validez oficial, deberán mencionarlo en su
correspondiente documentación y publicidad.
Se habla sobre la validez de los estudios realizados dentro del sistema educativo
nacional en toda la república punto la Secretaría podrá establecer procedimientos
por medio de los cuales se expidan certificados, constancias, diplomas, o títulos a
quienes acrediten conocimientos parciales o terminales que correspondan a cierto
nivel educativo, grado escolar, adquiridos en forma autodidacta coma de la
experiencia laboral o a través de otros procesos educativos.
Artículo 60.- Los estudios realizados dentro del sistema educativo nacional
tendrán validez en toda la República.
Artículo 61.- Los estudios realizados fuera del sistema educativo nacional podrán
adquirir validez oficial, mediante su revalidación, para lo cual deberá cumplirse con
las normas y criterios generales que determine la Secretaría conforme a lo
previsto en el artículo 63 de esta Ley. Párrafo reformado DOF 22-03-2017
I.- Participar con las autoridades de la escuela en la que estén inscritos sus hijos o
pupilos menores de edad, en cualquier problema relacionado con la educación de
éstos, a fin de que, en conjunto, se aboquen a su solución.
III.- Colaborar con las autoridades escolares para la superación de los educandos
y en el mejoramiento de los establecimientos educativos.
XI.- Conocer el presupuesto asignado a cada escuela, así como su aplicación y los
resultados de su ejecución.
III.- Colaborar con las instituciones educativas en las que estén inscritos sus hijas,
hijos o pupilos, en las actividades que dichas instituciones realicen.
II.- Colaborar para una mejor integración de la comunidad escolar, así como en el
mejoramiento de los planteles;
IV.- Proponer las medidas que estimen conducentes para alcanzar los objetivos
señalados en las fracciones anteriores, e
Artículo 73.- Los consejos de participación social a que se refiere esta sección se
abstendrán de intervenir en los aspectos laborales de los establecimientos
educativos y no deberán participar en cuestiones políticas ni religiosas.
El capítulo ocho nos explica cuáles son las faltas que puede cometer un docente,
así como los tipos de sanciones que varían dependiendo de la gravedad de la falta
Asimismo menciona las documentaciones que deben efectuarse en caso de
cometer una infracción y el seguimiento que se debe hacer.
II.- Suspender el servicio educativo sin que medie motivo justificado, caso fortuito
o fuerza mayor;
IV.- No utilizar los libros de texto que la Secretaría autorice y determine para la
educación primaria y secundaria;
V.- Incumplir los lineamientos generales para el uso de material educativo para la
educación preescolar, la primaria y la secundaria;
X.- Ocultar a los padres o tutores las conductas de los alumnos que notoriamente
deban ser de su conocimiento;
I.- Multa hasta por el equivalente a cinco mil veces el salario mínimo general
diario vigente en el área geográfica y en la fecha en que se cometa la infracción.
Las multas impuestas podrán duplicarse en caso de reincidencia, o
Artículo 77.- Además de las previstas en el artículo 75, también son infracciones a
esta Ley:
II.- Incumplir con lo dispuesto en el artículo 59, La autoridad que dicte la resolución
adoptará las medidas que sean necesarias para evitar perjuicios a los educandos.
Artículo 84.- La autoridad educativa dictará resolución dentro de los treinta días
hábiles siguientes, a partir de la fecha:
I.- Del acuerdo de admisión del recurso, cuando no se hubiesen ofrecido pruebas
o las ofrecidas no requieran plazo especial de desahogo, y
II.- De la conclusión del desahogo de las pruebas o, en su caso, cuando haya
transcurrido el plazo concedido para ello y no se hubieren desahogado.
El futuro de México realmente se encuentra en los jóvenes, por eso desde nuestra
actualidad tenemos que tomar las riendas de la responsabilidad, y empezar a
formar desde los hogares personas con valores, entusiastas, motivadas, con
ganas de superación, es decir, debemos de sembrar semillas que brinden frutos
extraordinarios en el futuro de nuestro país. Necesitamos cambiar nuestra
mentalidad y empezar a formar material humano de calidad para poder cumplir
con la sociedad tan exigente en la que nos encontramos inmersos hoy en día; lo
importante de todo esto es aprovechar al máximo los recursos que tenemos a
nuestro alcance.
El hecho de cumplir con todos los artículos estipulados en esta Ley General de
educación nos conducirá a la formación de un país más organizado y nos abrirá
un panorama para conocer y exigir nuestros derechos como personas en la
educación. Su buen funcionamiento permitiera formar una sociedad equitativa y
capaz de brindar una formación integral, aspecto que nos orientara hacia una
buena Calidad Educativa Mexicana. Por ello, con las nuevas transformaciones que
se están haciendo en la educación se dice que debemos de formar alumnos
responsables de sus actos, que tengan presentes sus derechos, pero sin obviar
sus obligaciones; esta educación que brindemos debe de ser inclusiva y de
excelencia, que mas que nada se refiere al saber responder a las necesidades de
los educandos y sobre todo lograr al máximo el aprendizaje en los alumnos.
Finalmente, relaciono todo lo anterior con una frase de Nelson Mandela, que
afirma lo siguiente: “La educación es el arma más poderosa que puedes usar para
cambiar el mundo”.