Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Elianni 03

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 10

Asignatura:

Adm Y Legislación Escolar

Tema:

Fundamento Legislativo de la Educación Dominicana

Facilitador:

Pedro Antonio Torres Polanco

Participante:

Matricula.

En la guía y materiales que hemos diseñado para facilitar tu aprendizaje


encuentras la información que requiere. Puedes buscar otras fuentes y
complementar.
Lee con detenimiento el contenido de la constitución y las diferentes
leyes enfócate en las anotaciones principales sobre su contenido en
materia escolar y/o educativa. Y luego llena la guía.

1- Investiga el concepto de: Constitución, Ley, Reglamentos,


Ordenanza, Decreto, Orden Departamental, Circular, Oficio,
Memorandum.
La Constitución, es esa norma jurídica suprema, contiene la consagración de
los derechos fundamentales de las personas y la organización del poder del
Estado que ha surgido de un pacto político fundacional. Además, establece los
mecanismos válidos para la creación de otras normas jurídicas, expresa la
realidad política de un país, es un símbolo de cohesión para sus habitantes y
una expresión del desarrollo cultural alcanzado por ellos21. Se trata de un
producto de la historia, de circunstancias y de realidades que varían de país en
país y de época en época.

La ley, es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto


establecido por la autoridad competente, en que se manda, determina o
prohíbe algo en consonancia con la justicia, cuyo incumplimiento conlleva a
una sanción, usualmente una pena.

Un reglamento, es un documento que establece una norma jurídica para


regular las actividades de los miembros de una comunidad o sitio en general.
Establecen bases para prevenir los conflictos que se puedan producir entre los
individuos.

Un reglamento es una colección ordenada de reglas o preceptos, que por la


autoridad competente se da para la ejecución de una ley o para el régimen de
una corporación, una dependencia o un servicio.

Los reglamentos son una disposición general de categoría inferior a la ley,


dictada por el Gobierno u otros órganos administrativos habilitados para ello.

Una ordenanza, es una norma jurídica que forma parte de un reglamento y


que está subordinada a una ley. Es un instrumento técnico-jurídico de
aplicación local que contribuye a la buena administración y solución de los
problemas.

Las ordenanzas sirven para evitar posibles problemas que perjudiquen el


bienestar de las personas, como delitos, abusos y trampas. También son
importantes porque con su cumplimiento se logra el orden estético de las calles
de un país.

Un decreto, es una resolución escrita de carácter normativo que expide el


titular del Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo. Es un tipo de acto
administrativo que suele emanar del poder ejecutivo y que, generalmente, tiene
un contenido normativo reglamentario.

¿Qué es una orden departamental? Las ordenes departamentales se rigen


por normas, ordenanzas. Está regulada por escrito, de manera que no haya
lugar de discusiones o conflictos. Las órdenes departamentales son órdenes
emitidas por el superior de un departamento administrativo funcional.

Un documento circular, es un documento que informa sobre un tema de


interés general. Un oficio es un documento que comunica una resolución,
dictamen, acuerdos, órdenes, informes o disposiciones.

Un oficio, es un documento oficial, que ha sido realizado con la finalidad de


establecer comunicación entre particulares, empresas o instituciones. Es un
documento que se usa cuando un mismo tema o texto va dirigido a más de un
destinatario.
Un memorándum, es un mensaje escrito que comunica algo de manera
interna en una empresa. Se trata de un anuncio breve que recuerda una
actividad o un tema específico a los trabajadores. Por lo general, está dirigido a
muchas personas y representa los intereses de las compañías. Un
memorándum es un texto breve y puntual sobre un tema en específico.

2- Analiza lo referente al papel del estado en materia de educación.


El Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el
nivel inicial, básico y medio. La oferta para el nivel inicial será definida en la ley.
La educación superior en el sistema público será financiada por el Estado,
garantizando una distribución de los recursos proporcional a la oferta educativa
de las regiones, de conformidad con lo que establezca la ley; El Estado velará
por la gratuidad y la calidad de la educación general, el cumplimiento de sus
fines y la formación moral, intelectual y física del educando. Tiene la obligación
de ofertar el número de horas lectivas que aseguren el logro de los objetivos
educacionales;

Garantizar la calidad

El Estado debe garantizar que los materiales y métodos educativos, la


organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los
docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los
educandos.

Asegurar el acceso

El Estado debe asegurar una justa distribución y acceso a la educación de


todos los ciudadanos.

Potenciar la calidad

El Estado debe potenciar la calidad de la educación.

Conservación, fomento y difusión de la cultura

El Estado debe ofrecer el máximo de oportunidades para la adquisición de la


cultura sin discriminación de ninguna naturaleza

3- Establece correlación entre lo contenido de la constitución y el


objeto de la Ley 66-97, sus fines y principios.

La Constitución de la República Dominicana garantiza la libertad de enseñanza


y establece que la educación primaria es obligatoria. El artículo 11 de la Ley
66-97 establece que el sistema educativo respetará la libertad de educadores y
educandos para sustentar criterios racionales en la búsqueda de la verdad.

La Ley 66-97 también establece que la educación debe ser apropiada y


gratuita, sin importar si es especial o no

En ella se consignan todas las finalidades educativas y los principios que la


rige. Dicha ley tiene ámbito de aplicación en todo el territorio nacional, para
todos los aspectos relacionados con la educación forma, no formal e informal.
Educación en el sector público y privado.

La Ley General de Educación 66”97 rige todo lo referente a los aspectos


pedagógicos y curricular por tanto en ella se establece la estructura académica
del Sistema Educativo Dominicano, el cual está dividido en Niveles Ciclos,
Grados, Modalidades en su artículos del 32 al 47 dentro de los cuales se
establece que el sistema educativo dominicanos estructura en tres niveles
(inicial, básico y medio) incluye en ella la educación especial y educación de
adultos, para cada una de esta incluye, la duración, las funciones de cada nivel
y la forma en que están dividas, esta estructura se establece en la Ley 66”97
en los artículos del 32 al 57.

La Ley 66-97, también conocida como Ley General de Educación, establece los
principios que regulan, organizan y garantizan la educación para los habitantes
de la República Dominicana. La Constitución de la República Dominicana
también define los principios fundamentales de la educación.

La Ley 66-97 garantiza el derecho a la educación de todos los habitantes del


país. También regula la participación del Estado y de los distintos sectores en
el proceso educativo nacional.

El objeto de dicha ley es la garantía del derecho a la educación a todos los


habitantes del país. Este es el instrumento base jurídico en materia Educativa
de la Republica Dominicana.

4- Sintetiza lo establecido en la constitución especialmente en los


articulos artículos 63, 64, 65. Emite tu opinión sobre lo mismo.

Artículo 63.- Derecho a la educación. Toda persona tiene derecho a una


educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y
oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes,
vocación y aspiraciones. En consecuencia: La educación tiene por objeto la
formación integral del ser humano a lo largo de toda su vida y debe orientarse
hacia el desarrollo de su potencial creativo y de sus valores éticos. Busca el
acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y
valores de la cultura; La familia es responsable de la educación de sus
integrantes y tiene derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos
menores.

Artículo 64.- Derecho a la cultura. Toda persona tiene derecho a participar y


actuar con libertad y sin censura en la vida cultural de la Nación, al pleno
acceso y disfrute de los bienes y servicios culturales, de los avances científicos
y de la producción artística y literaria. El Estado protegerá los intereses morales
y materiales sobre las obras de autores e inventores. En consecuencia

Garantizará la libertad de expresión y la creación cultural, así como el acceso a


la cultura en igualdad de oportunidades y promoverá la diversidad cultural, la
cooperación y el intercambio entre naciones

Artículo 65.- Derecho al deporte. Toda persona tiene derecho a la educación


física, al deporte y la recreación. Corresponde al Estado, en colaboración con
los centros de enseñanza y las organizaciones deportivas, fomentar, incentivar
y apoyar la práctica y difusión de estas actividades. El Estado asume el
deporte y la recreación como política pública de educación y salud y garantiza
la educación física y el deporte escolar en todos los niveles del sistema
educativo, conforme a la ley

Para mi entender la Educación, la cultura y deporte forman parte de una trilogía


que ha sido considera como esencial en la vida social de las comunidades. Por
eso, desde la antigüedad, distintas civilizaciones han dejado rastros de sus
manifestaciones culturales, educativas y deportivas, las cuales se han
convertido en sus rasgos distintivos. Se han servido del lenguaje para su
desarrollo y evolución. La educación, junto con la tecnología, ha contribuido al
desarrollo de una cultura planetaria estandarizada.

El deporte puede mejorar la vida social y cultural al acercar a las personas y


comunidades. Los deportes pueden ayudar a superar las diferencias y fomentar
el diálogo, y así ayuda a romper los prejuicios, los estereotipos, las diferencias
culturales, la ignorancia, la intolerancia y la discriminación.

5- Elabora una síntesis de la Ley de Protección a Niños, niñas y


adolescentes en lo referente al derecho a la educación, rol del
estado, la familia y la escuela. Deberes y derechos.

Art. 45.- DERECHO A LA EDUCACION. Todos 10s niños, niñas y adolescentes


tienen derecho a la educación integral de la más alta calidad, orientada hacia el
desarrollo de sus potencialidades y de las capacidades que contribuyan a su
desarrollo personal, familiar y de la sociedad. Asimismo, deberán ser
preparados para ejercer plenamente sus derechos ciudadanos, respetar 10s
derechos humanos y desarrollar 10s valores nacionales y culturales propios, en
un marco de paz, solidaridad, tolerancia y respeto. Párrafo I.- La educación
básica es obligatoria y gratuita. Tanto 10s padres y madres como el Estado son
responsables de garantizar 10s medios para que todos 10s niños y niñas
completen su educación primaria básica. Párrafo 11.- En ningún cas0 podrá
negarse la educación a 10s niños, niñas y adolescentes alegando razones
como: la ausencia de 10s padres, representantes o responsables, la carencia
de documentos de identidad o recursos económicos o cualquier otra causa que
vulnere sus derechos.

Art. 60.- RESPONSABILIDAD DEL ESTADO. El Estado, con la activa


participación de la sociedad, debe garantizar programas y medidas especiales
de protección para niños, niñas y adolescentes, privados de la familia biológica
o adoptiva, temporal o definitivamente.

Art. 59.- DERECHO A SER CRIADO EN UNA FAMILIA. Todos 10s niños, niñas
y adolescentes tienen derecho a vivir, ser criados y desarrollarse en el sen0 de
su familia de origen. Excepcionalmente, en 10s casos en que ello sea imposible
o contrario a su interés superior, tendrán derecho a vivir, ser criados y
desarrollarse en una familia sustituta, de conformidad con este Código. En
ningún cas0 puede considerarse la falta de recursos económicos como un
motivo para separar a 10s niños, niñas y adolescentes de su familia de origen.
Párrafo I.- La separación de un niño, niña o adolescente de su familia solo
podrá ser el resultado de una decisión judicial y únicamente en 10s casos
previstos por este Código, siempre que se compruebe que el hogar familiar no
garantiza un ambiente adecuado a su interés superior, que permita el
desarrollo del niño, niña o adolescente.

Art. 49.- DERECHO A SER RESPETADOS POR SUS EDUCADORES. Todos


10s niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser tratados con respeto y
dignidad por parte de sus educadores.

Art. 2.- DEBERES DE LOS NINOS, NINAS Y ADOLESCENTES. El Estado, a


través de sus instituciones, 10s medios de comunicación, la familia y la
comunidad en general, promoverá el foment0 de valores y principios, a fin de
que 10s niños, niñas y adolescentes puedan cumplir con 10s siguientes
deberes: Honrar a la Patria a través del respeto a sus símbolos, héroes y
heroínas; Valorar y respetar la familia como núcleo social, honrando y
obedeciendo a sus padres o responsables, quienes, a su vez, deben aceptar y
respetar sus derechos y no contravenir el ordenamiento jurídico; Actuar con
apego a 10s principios de la convivencia democrática, solidaridad social y
humana; Respetar la libertad y diversidad de conciencia, pensamiento, religión
y cultura;
Art. 1.- SUJETO PLENO DE DERECHO. Todos 10s niños, niñas y
adolescentes son sujetos de derecho. En consecuencia, gozan de todos 10s
derechos fundamentales consagrados a favor de las personas, especialmente
aquellos que les corresponden en su condición de persona en desarrollo, y 10s
consagrados en este Código, la Constitución de la Republica, la Convención de
10s Derechos del Niño y demás instrumentos internacionales.

6- Elabora un cuadro estableciendo la correlación de la Ley 136-03,


Ley 66-97 y la constitución.

Ley 136-03 Ley 66-97 La constitución.

El presente Código - La presente ley Establece las


tiene por objeto garantiza el derecho de aspiraciones y el
garantizar a todos los compromiso asumido
todos los habitantes del
niños, niñas y por la sociedad y el
adolescentes que se país a la educación. Estado de la República
encuentren en el Regula, en el campo Dominicana, que es
territorio nacional el consolidar la
educativo, la labor del
ejercicio y el disfrute democracia mediante el
pleno y efectivo de sus Estado y de sus fortalecimiento del
derechos organismos estado de derecho, a
fundamentales. Para partir de una conciencia
descentralizados y la de
tales fines, este Código de participación y
define y establece la los particulares que empoderamiento de
protección integral de recibieren autorización respeto a la ley y sus
estos derechos o reconocimiento oficial instituciones.
regulando el papel y la
relación del Estado, la a los estudios que
sociedad, las familias y imparten. Esta ley,
10s individuos con 10s además, encauza la
sujetos desde su
participación de los
nacimiento hasta
cumplir 10s 18 aiios de distintos sectores en el
edad proceso educativo
nacional.
Art. 1.- SUJETO PLENO Art. 4.- La educación Artículo 63.- Derecho a
DE DERECHO. Todos dominicana se la educación. Toda
los niños, niñas y fundamenta en los persona tiene derecho a
adolescentes siguientes principios: a) una educación
La
Son sujetos de derecho. integral, de calidad,
En consecuencia, Educación es un permanente, en
gozan de todos los derecho permanente e igualdad de condiciones
derechos irrenunciable del ser y oportunidades, sin
fundamentales humano. Para hacer más

consagrados a favor de efectivo su Limitaciones que las


las personas, cumplimiento, cada derivadas de sus
especialmente aquellos persona tiene derecho a aptitudes, vocación y
que les corresponden una educación integral aspiraciones. En
en su consecuencia:
que le permita el
condición de persona desarrollo de su propia
en desarrollo, y 10s individualidad y la
consagrados en este realización de una
Código, la Constitución
de la actividad socialmente
útil
República, la
Convención de 10s
Derechos del Niño y
demás instrumentos
internacionales.

7- Analiza el contenido del Reglamento del estatuto del docente y


escribe sobre sus deberes y derechos en una síntesis y tus
consideraciones de aplicación de las normativas anteriormente
mencionadas en las escuelas en los momentos actuales.
De los derecho Articulo 33.- El docente investido del cargo por una acción
de la Dirección General de Recursos Humanos de la SEE tiene 10s
siguientes derechos: Permanecer en 10s cargos y funciones mientras su
trabajo y conducta Sean enteramente satisfactorios y realizados conforme a
los términos de la Ley General de Educación 66-97, el presente Reglamento
y de las normas vigentes. Expresar libremente sus opiniones de cualquier
naturaleza, sin otras limitaciones que las impuestas por la moral social, la
Ley General de Educación y las normas civilizadas de convivencia. Los
docentes en el ejercicio de sus funciones tendrán derecho a agruparse en
asociaciones profesionales, académicas y afines conforme a1 precept0
constitucional sobre el derecho de libre asociación y reunión, sin desmedro
del cumplimiento de sus responsabilidades.

De los Deberes Articulo 34.- Sin perjuicio de 10s demás deberes que
establezca la reglamentación y 10s consensuados entre las partes en virtud del
ejercicio de las funciones encomendadas, el docente tendrá los siguientes
deberes: a) Respetar, cumplir y hacer cumplir la Ley General de Educación 66-
97, 10s Reglamentos y las disposiciones generales vigentes. Asistir regular y
puntualmente a1 trabajo, así como cumplir con las normas laborales internas y
las estipulaciones contractuales vigentes. Cumplir con el calendario y horario
escolar establecido por el Consejo Nacional de Educación, tal como lo
establece el Artículo 138 de la Ley General de Educación 66-97. b) c) -19-
Cumplir con el currículo oficial establecido para el nivel o modalidad en que el
docente labora.

Nombra las principales ordenanzas actuales del sistema educativo


dominicano.

Ley General de Educación 66-97: Establece el derecho a la educación para los


niños, niñas y adolescentes dominicanos.

Ordenanza 4'99: Establece el reglamento de las instituciones educativas


públicas.

Ordenanza 4'2000: Establece el reglamento de las instituciones educativas


privadas.

Ordenanzas 1'96 y 1'98: Establecen el sistema de evaluación del currículo del


nivel inicial, básico, medio, especial y de adultos.

Ordenanzas 1-2015 y 2-2015: Establecen el currículo para los niveles iniciales


y primarios.

Ordenanza 03-2013: Modifica la estructura académica del sistema educativo


dominicano.

También podría gustarte