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Cód de Ética
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Cód de Ética
Código de Ética
de la
Función Pública
Dirección Jurídica.
Departamento de Asuntos Jurídicos.
CODIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Publicación No.1455-A-2010
CONSIDERANDO
Que en virtud que los servidores públicos, como individuos tienen la capacidad
para elegir y optar en el ejercicio de sus funciones, entre lo que es deseable
para la colectividad y aquello que puede resultar dañino para la misma, por lo
tanto los valores y principios éticos se convierten en un elemento indispensable
para atender de mejor manera las demandas sociales. En ese sentido la
formación de los servidores públicos de la Administración Pública Centralizada
y Paraestatal, con una sólida cultura ética y de servicio a la sociedad,
convencidos de la dignidad e importancia de su tarea cotidiana, debe ser el
propósito y compromiso de cualquier gobierno.
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III. Función Pública.- Aquella actividad desarrollada por los órganos del
Estado, consistente en satisfacer de una manera regular, contínua y
uniforme, necesidades públicas de carácter esencial o fundamental, a
través del ejercicio de sus atribuciones.
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Respeto.- Es la actitud que todo servidor público debe guardar frente a los
demás, a efecto de aceptar, comprender y considerar durante el ejercicio de
sus funciones los derechos, libertades y cualidades que cada individuo posee,
reconociendo de esta manera el valor de la condición humana, lo que le
permitirá poder brindar a los miembros de la sociedad un trato digno, cortés,
cordial y tolerante.
Integridad.- Todo servidor público debe ejercer sus funciones con plena
rectitud y probidad, atendiendo siempre la verdad, fomentando la credibilidad
en las instituciones y la confianza por parte de la sociedad.
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c) Hacer valer su influencia ante otro servidor público, a fin de que éste agilice,
retarde o deje de hacer tareas relativas a sus funciones.
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DE LAS SANCIONES
Dado en el Palacio de Gobierno, residencia Oficial del Poder Ejecutivo del Estado,
en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a los 05 días del mes de septiembre del
año dos mil nueve.
Juan Sabines Guerrero, Gobernador del Estado.- Noé Castañón León, Secretario
General de Gobierno.- Samuel Toledo Córdova Toledo, Secretario de la Función
Pública.- Rubricas.
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