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TDR Mejoramiento. Rehabilitacion de Caminos Vecinales

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SIVIA

SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA DESARROLLO URBANO Y RURAL (SGIDUR)

julio de 2020

TÉRMINO DE REFERENCIA
SERVICIO PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO
DENOMINADO: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD
VEHICULAR EN EL TRAMO: BALSAMUYOCC - RETIRO - DESVÍO
MONTERRICO - ROSARIO ACÓN, DISTRITO DE SIVIA - HUANTA –
AYACUCHO”.

“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR EN EL


TRAMO: BALSAMUYOCC - RETIRO - DESVÍO MONTERRICO - ROSARIO
ACÓN, DISTRITO DE SIVIA - HUANTA – AYACUCHO”.

PLAZO DE ELABORACIÓN 30 DÍAS

PRESUPUESTO PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO


Elaboración del Expediente técnico S/ 32,000.89
PRESUPUESTO TOTAL S/ 32,000.89

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SIVIA
Sub Gerencia de Infraestructura Desarrollo Urbano y Rural (SGIDUR)

TÉRMINOS DE REFERENCIA.

I. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Contratación del servicio para la elaboración del Expediente Técnico denominado:


“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR EN EL TRAMO:
BALSAMUYOCC - RETIRO - DESVÍO MONTERRICO - ROSARIO ACÓN, DISTRITO DE SIVIA -
HUANTA – AYACUCHO”.

II. ANTECEDENTES

La Municipalidad es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, tiene personería jurídica de
derecho público y cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; consecuentemente, goza de la facultad para ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Asimismo, representa a los vecinos de su
jurisdicción, organiza y ejecuta los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población y
otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población, promueve los derechos de su población y
el establecimiento de canales de concertación entre los vecinos y los programas sociales, entre otras
acciones, conforme a lo establecido por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; así mismo
como parte importante de las políticas enmarcadas en los objetivos de desarrollo del milenio, en
concordancia y en cumplimiento del Plan Estratégico de Desarrollo del distrito de Sivia .

En aras de cristalizar la ejecución de la inversión en cuestión, la Municipalidad Distrital de Sivia tiene


por prioridad por elaborar el Expediente técnico denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
TRANSITABILIDAD VEHICULAR EN EL TRAMO: BALSAMUYOCC - RETIRO - DESVÍO
MONTERRICO - ROSARIO ACÓN, DISTRITO DE SIVIA - HUANTA – AYACUCHO”.

III. INFORMACIÓN GENERAL DE LA INVERSIÓN

A. Nombre de la Inversión
La inversión se denomina: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR EN
EL TRAMO: BALSAMUYOCC - RETIRO - DESVÍO MONTERRICO - ROSARIO ACÓN, DISTRITO DE
SIVIA - HUANTA – AYACUCHO”.

B. Ubicación
A continuación, se detalla la zona de intervención.
Región : Ayacucho
Provincia : Huanta
Distrito : Sivia

En los mapas siguientes se detalla la macro y micro localización donde se ejecutará el servicio de
mantenimiento del camino vecinal.

Mapa 1. Macro localización de la obra


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C. BASE LEGAL SECTORIAL Y COMPETENCIAS.


Los estudios de pre inversión deben enmarcarse dentro de los alcances de los dispositivos legales y
técnicas vigentes del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en el
Marco de INVIERTE PE
 Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.
 Ley N° 27972, Ley Orgánica De Municipalidades.
 Ley de Procedimiento Administrativo General y modificatorias, Ley N° 27444.
 Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
mediante D.S. Nº 082-2019-EF.
 Decreto Legislativo N° 1432, que modifica el D.L. N° 1252, Decreto Legislativo que crea el
Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la ley N°
27293, ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
 Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones aprobada por la Resolución Directoral Nº
001-2019-EF/63.01(Publicado en el Diario Oficial "El Peruano", el 23 de Enero del 2019).
 Resolución directoral Nª004-2019-EF/63.01 que aprueba la guía general para la identificación,
formulación y evaluación de proyectos de inversión

 Ley 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento


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 Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento y la
Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento.
 Ley N° 29338 - Ley de Recursos Hídricos y su reglamento
 Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM se aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema
Nacional de Evaluación Ambiental.
 Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado con el Decreto Supremo N° 011-2006-
VIVIENDA y sus modificatorias.
 Directiva Nº 012-2017-OSCE/CD, Gestión de Riesgo en la Planificación de la Ejecución de
Obras.
 Normas internacionales ISO y NTP.
 Normas y criterios de ASTM-American Society for Testing and Materials.
 Normas del ACI -318, ACI – 350.
 Otras normas reconocidas internacionalmente y debidamente justificadas por el Consultor.
 Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento (DNS), del Ministerio de Salud (DIGESA) y del Ministerio de Agricultura (ANA/ALA),
Ministerio de Medio Ambiente (SERNANP), Ministerio de Cultura (CIRA).
 Decreto Supremo Nº 015-2015-MINAM: Modifican los Estándares Nacionales de Calidad
Ambiental para el Agua y establecen disposiciones complementarias para su aplicación.

DE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO

D. Plazo de estudio
El plazo de servicios será no mayor a treinta (30) días calendario, para la presentación del
Expediente Técnico, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, dicho plazo no
comprende los tiempos requeridos para las revisiones, observaciones, absoluciones por parte de la
Gerencia de Infraestructura de la siguiente manera:

La Municipalidad Distrital de Sivia, previa evaluación por la Gerencia de Infraestructura para el


estudio del Expediente Técnico, si existiera observaciones y antes de que emita la conformidad, el
Consultor deberá de levantar las observaciones y/o correcciones que hubiera lugar dentro de los
diez (10) días calendario siguientes para su revisión y aprobación, si en caso persistiera las
observaciones se dará un plazo de cinco (05) días calendario, caso de continuar la tercera
observación se rescindirá el contrato sin perjuicio de las acciones y sanciones de ley.

E. Valor Estimado
El valor estimado del Expediente Técnico es de S/. 32,000.89 (treinta y dos mil con 89/100 soles, El
valor estimado incluye la utilidad y IGV.

DESAGREGADO DE VALOR REFERENCIAL

F. Forma de pago
El pago se realizará en una armada de acuerdo al detalle y condiciones siguientes:
Pago Evento
100% del monto total del 50% A la aprobación por parte de la Sub Gerencia de Infraestructura Desarrollo
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Urbano y Rural, y a la entrega del Expediente Técnico (01 original y 02 copias


contrato. debidamente foliado y en versión digital), previa conformidad de la Sub Gerencia de
Infraestructura Desarrollo Urbano y Rural.
50% a la Aprobación del financiamiento.
TIEMPO COSTO COSTO SUB
ITEM DESCRIPCION CANT
EN MESES UNITARIO PARCIAL TOTAL S/.
1 PERSONAL PROFESIONAL S/.13,000.00
1.01 Ing. Civil (Jefe de Proyecto) 1 1 S/.7,500.00 S/.7,500.00
Ing. Civil Especialista en
1.02 1 1 S/.5,500.00 S/.5,500.00
Carreteras
2 PERSONAL TECNICO S/.6,000.00
2.01 Topógrafo 1 1 S/.2,500.00 S/.2,500.00
Técnico (Cadista, Costos y
2.02 1 1 S/.2,000.00 S/.2,000.00
Presupuesto)

2.03 Técnico (Metrados y Calculo) 1 1 S/.1,500.00 S/.1,500.00

Gastos Viáticos y Salidas al


3 S/.2,000.00
Campo
Movilidad, Ploteos, Impresiones,
3.01 1 1 S/.2,000.00 S/.2,000.00
Copias y otros
4 ESTUDIOS TECNICOS S/.3,654.00
4.01 Estudio técnicos requeridos. 6 1 S/.609.00 S/.3,654.00
COSTO DIRECTO S/.24,654.00
UTILIDAD 10% S/.2,465.40
SUB TOTAL S/.27,119.40
IGV 18% S/.4,881.49
PRESUPUESTO TOTAL
DE ELABORACION DE S/.32,000.89
ESTUDIO

GARANTIA DE EXPEDIENTE TECNICO


La formulación del expediente técnico está sujeto a responsabilidades que esta tendrá vigencia
según el artículo 50°.- responsabilidad del contratista. El contratista es el responsable por calidad y
por los vicios ocultos de los bienes o servicios ofertados por un plazo no menor de un (01) año
contado a partir de la conformidad otorgada por la entidad. En consecuencia, el consultor quedara a
disposición de la entidad Municipalidad Distrital de Paucartambo por un periodo máximo de dos (02)
años para absolver cualquier consulta, observación o modificaciones que se produzcan en la fase de
inversión para su debida autorización y registro correspondiente.

G. Afectación Presupuestal
La afectación presupuestal será de acuerdo a la cadena de la secuencia funcional de la inversión.
H. Objetivo de la Consultoría
Contar con un servicio especializado en la Elaboración del Expediente Técnico denominado:
“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR EN EL TRAMO:
BALSAMUYOCC - RETIRO - DESVÍO MONTERRICO - ROSARIO ACÓN, DISTRITO DE SIVIA -
HUANTA – AYACUCHO”.

IV. INFORMACIÓN ESPECIFICA

A. Alcance del servicio


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El alcance de la formulación del Expediente Técnico denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO


DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR EN EL TRAMO: BALSAMUYOCC - RETIRO - DESVÍO
MONTERRICO - ROSARIO ACÓN, DISTRITO DE SIVIA - HUANTA – AYACUCHO”.

EL CONSULTOR se encargará de la formulación del estudio dentro de los contenidos mínimos de


LA ENTIDAD:
DATOS PARA EL MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR.
 Memoria Descriptiva y Técnica del Proyecto
 Especificaciones Técnicas
 Hojas de Metrado
 Memoria de Cálculos
 Presupuesto de Obra
 Presupuesto Analítico del Proyecto
 Análisis de Costos Unitarios
 Relación de Insumos
 Fórmula Polinómica
 Cronograma de Ejecución Valorizada
 Programación de Obra
 Mecánica de Suelos
 Planos en General:
 Ubicación y Localización
 Plano clave
 Plano planta, perfiles y secciones
 Planos de detalles Obras de Arte (Elevaciones, Cortes)
 Detalles Constructivos.

El Consultor podrá ampliarlos y/o mejorarlos (sin reducir sus alcances), si considerar que su aporte
constituye la mejor manera de realizar el Estudio. En ningún caso, el contenido de estos Términos
de Referencia reemplazará el conocimiento de los principios básicos de la ingeniería y técnicas
afines, así como tampoco el adecuado criterio profesional; en consecuencia, el Consultor será
responsable de la calidad de los estudios encomendados.

B. Consultor y personal profesional propuesto


i. Consultor, postor o contratista
Podrán ser consultores, postores o contratistas, todas aquellas personas naturales o jurídicas.
Las personas naturales deben encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles y las
personas jurídicas deben haber sido constituidas al amparo de la Ley General de Sociedades y
normas complementarias.
El consultor deberá contar con inscripción vigente en el RNP, en la especialidad de Servicios o
Consultoría de Obras.
El consultor será el responsable por un adecuado planeamiento, programación y conducción de
los estudios, así como por la calidad técnica del mismo, el cual deberá ser ejecutado en
cumplimiento a los TDR y normativas vigentes para este tipo de proyecto.
Para fines del servicio, el consultor deberá disponer de una organización profesional y técnica, y
contar con las instalaciones necesarias con equipos de procesamiento de datos y comunicación
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para cumplir eficientemente sus obligaciones.

Actividades a realizar por la consultoría


 Elaborar el Expediente Técnico.
 EL CONSULTOR en coordinación con los beneficiarios realizarán trabajos de campo; y
estarán evidenciadas mediante la toma de fotografías de cada estudio en el cual evidencien
la presencia del Especialista.
 Coordinará permanentemente con la comunidad beneficiaria y con la SUB GERENCIA DE
INFRAESTRUCTURA DESARROLLO URBANO Y RURAL.
 El proyectista deberá cumplir con los lineamientos establecidos dentro de la Dirección
General para la Ejecución de Obras Publicas bajo la modalidad de Ejecución Presupuestaria
por Administración Directa o Indirecta.
 El CONSULTOR se compromete a mantener durante el estudio, constante comunicación con
las áreas responsables de la Municipalidad Distrital de Sivia, para las entregas parciales
establecidas y subsanar las observaciones que pudieran realizar la SUB GERENCIA DE
INFRAESTRUCTURA DESARROLLO URBANO Y RURAL, referente al Estudio. Asimismo,
deberá mantener las coordinaciones necesarias con los otros profesionales en las otras
especialidades del proyecto.
ii. Personal profesional propuesto
Los profesionales que integran el equipo del consultor deberán tener conocimiento y experiencia
acreditada, según su especialidad, a fin de garantizar la calidad del proyecto, como mínimo los
siguientes profesionales o personales claves:
CANTIDAD CARGO PERFIL PROFESIONAL
Jefe de Proyecto: Ingeniero civil titulado habilitado,
con colegiatura mínima de 02 años.

Jefe de Proyecto o Acreditación:


Responsable de la Elaboración  Copia de Título Profesional.
01
del Expediente Técnico La experiencia del personal se acreditará con
PERSONAL CLAVE cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia
simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii)
constancias o (iii) certificados o cualquier otra
documentación que, de manera fehaciente,
demuestre la experiencia del personal propuesto.
NOTA:
a. Para el presente estudio, se ha determinado equipo de profesionales como mínimo; en tal sentido, según las necesidades, durante la
ejecución de servicios, el contratista podrá asignar o contratar al personal profesional o técnico para servicios específicos, a fin de
garantizar la calidad del servicio y cumplir con el objeto de la convocatoria dentro de los plazos establecidos, sin incurrir en penalidades.
Los responsables del estudio, deberán permanecer en la zona durante el plazo de servicios, a fin de garantizar el cumplimiento y dedicación
exclusiva, y así evitar los retrasos y penalidades .

REQUERIMIENTO MINIMO EN EQUIPAMENTO DEL POSTOR:

01 ESTACION TOTAL
01 GPS DIFERENCIAL
01 CAMIONETA
02 EQUIPOS DE CÓMPUTO DE ÚLTIMA GENERACIÓN
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01 IMPRESORA
01 CAMARA FOTOGRAFICA

El postor podrá sustentar la tenencia de los equipos y/o maquinaria (con dichas características)
con declaración jurada insertada en la propuesta técnica.

V. DE LA PRESENTACIÓN DEL PRODUCTO FINAL


El expediente Técnico, anexos, el cual debe ser entregado en medio magnético en archivos
modificables y físicos, (01 original y 02 copias). La SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA
DESARROLLO URBANO Y RURAL, facilitará el modelo de rotulado de los archivadores.
Los originales de los planos serán presentados en formatos A-1, A-2 o A-3, debidamente incluido en la
carpeta para planos.
Para los planos de diseño, presupuesto de obra y programación de obra, se recomienda utilizar
software de mayor difusión en el medio que facilite su revisión en forma eficaz y eficiente.
Incluir la base de datos del Presupuesto en S10 y/o RW7.

EL CONSULTOR, deberá entregar los discos compactos con los archivos correspondientes al
Expediente Técnico. Dicha información deberá ser editable.

VI. CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTUDIO

8.1.- CONTENIDOS MÍNIMOS DEL EXPEDIENTE TECNICO

La elaboración de los estudios de pre inversión del proyecto de inversión, se desarrollará dentro del
marco establecido por el Decreto Legislativo Nº 1252 del 01 de diciembre del 2016, DL que crea el
Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y deroga la Ley Nº 27293 Ley
del sistema nacional de inversión pública. Y el Decreto Legislativo Nº 1432 que modifica el DL 1252. Así
como también el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del DL Nº 1252; la
directiva general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Aprobada
mediante resolución Nº 01-2019-EF/63.01
El contenido del estudio se desarrollará de acuerdo al siguiente esquema.
El proyecto surgirá como una propuesta de solución al problema identificado en un proceso de
planeamiento. La formulación del proyecto sólo debe realizarse luego de buscar optimizar los recursos
que utilizan los servicios a intervenir a través de medidas de gestión y/o gastos de capital menores,
siendo el Estudio de Pre inversión parte de la fase de Formulación y Evaluación del ciclo de inversión y
de carácter obligatorio; por lo anterior, el desarrollo del estudio deberá basarse en información obtenida
de los trabajos de campo (información primaria) y complementada con información secundaria.
Dicho lo anterior, deberá efectuarse trabajos de campo y gabinete necesarios para el desarrollo de los
mismos, así como la preparación de informes, diseños preliminares, planos y/o croquis de la propuesta
de solución técnica, estimaciones de costos, análisis económicos, financieros y demás trabajos que se
requiera para el desarrollo adecuado del estudio.
DATOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL CAMINO VECINAL
 Memoria Descriptiva y Técnica del Proyecto
 Especificaciones Técnicas
 Hojas de Metrado
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 Memoria de Cálculos
 Presupuesto de Obra
 Presupuesto Analítico del Proyecto
 Análisis de Costos Unitarios
 Relación de Insumos
 Fórmula Polinómica
 Cronograma de Ejecución Valorizada
 Programación de Obra
 Mecánica de Suelos
 Planos en General:
 Ubicación y Localización
 Plano clave
 Plano planta, perfiles y secciones
 Planos de detalles Obras de Arte (Elevaciones, Cortes)
 Detalles Constructivos.

VII. DE LAS OBSERVACIONES


Las observaciones por parte de la Entidad contratante deberán ser levantadas por el Consultor, en un
plazo no mayor de diez (10) días calendario, por cada etapa de los estudios. Si las observaciones
persistieran por segunda vez, se dará un plazo de cinco (05) días calendario para que pueda absolver;
si persistiera las observaciones en más de dos oportunidades o no se absolvieran en los plazos
establecidos en los Términos de Referencia, será causal para la resolución del contrato sin perjuicio de
las acciones y sanciones de ley.

VIII. DE LAS PENALIDADES (D.S. N° 082-2019-EF)


En caso de incumplimiento o retraso injustificado del contratista, se aplicará las penalidades por mora,
según la Directiva N° 001-2019-MDP-GM/OGA-ULP “Disposiciones que regulan las contrataciones de
bienes, servicios y consultorías cuyos montos sean iguales o menores a ocho (8) UIT en la
Municipalidad Distrital de Sivia”

De acuerdo al artículo 132° penalidades; artículo 133°.- Penalidades por mora en la ejecución de la
prestación; artículo 134°.- Otras penalidades; artículo 135° Causales de resolución por incumplimiento;
artículo 136°.- Procedimiento de resolución de contrato. Artículo 137°.- Efectos de Resolución de
Contrato.
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la
Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso. La penalidad se
aplica Automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente formula:

Penalidad diaria = 0.10 x monto


F x plazo en días

Donde F tiene los siguientes valores:


Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y
ejecución de obras: F = 0.40.
Para plazos mayores a sesenta (60) días.
b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25.
b.2) Para obras: F = 0.15.
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OTRAS PENALIDADES
Además, se aplicará las siguientes penalidades adicionales por incumplimiento de funciones según
detalle siguiente:

(0.050) de la (UIT), Por falsedad en la firma de los profesionales así mismo se comunicará a las
instancias pertinentes, (esta será aplicada por cada hoja detectada).
(0.050) de la (UIT), Por incumplimiento de presentación de los formatos, estudios y/o requisitos
mínimos solicitados en el presente TDR, (Estas Serán por cada formato, Estudio y hoja
falseada). (0.040) de la (UIT), Por incumplimiento de presentación de los Planos mínimos
requeridos (Estas Serán por cada Plano no presentado según TDR).
(0.100) de la (UIT), Por la presentación de planos conteniendo falsedad en los mismos siendo
previamente verificados en campo, (esta será por cada plano que presente falsedad).
(0.250) de la (UIT), Por la no presentación de todos los estudios en digital en sus formatos de
origen esto para verificar y evaluar el estudio presentado.

Estas penalidades adicionales serán previo informe sustentatorio del área usuaria en
conformidad a la visita de monitoreo a las instalaciones de la Obra y levantamiento de acta
correspondiente, indicando dichas observaciones en el caso de ausencias y en el caso de
retrasos y presentación de fallas se adjuntará copia de ingreso de documento y copia de fallas
en informes.

IX. DE LA AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO


El consultor está obligado a proporcionar a la ENTIDAD, su e-mail, para que se le notifique a su correo
electrónico como medio de comunicación valido para el cómputo de plazos, aplicación de penalidades,
resolución del contrato u otros relacionados al contrato suscrito en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones, observada previamente por la entidad.
b) Retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato.
c) Devolución del proyecto para la absolución de observaciones.
d) Otros que la entidad crea conveniente comunicar.

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