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Demanda Guillermo Ccalla SHP
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Expediente :
Secretario :
Cuaderno : Principal
Escrito : 01
Sumilla : Demanda de impugnación de medida
disciplinaria de suspensión de 01 día y
la responsabilidad y daños materiales.
I. EL DEMANDANTE
III. PETITORIO:
A. PRETENSIÓN PRINCIPAL.
B. PRETENSIÓN ACCESORIA.
Quinto.- Que, por Carta de fecha 14 de abril del 2023, el suscrito efectuó sus
descargos con los siguientes fundamentos:
5.1. El día de los hechos, después del almuerzo el Sr. Felimón nos baja de la
camioneta accidentada a Daniel Duran, Pretel y yo. Había una pala 37 y un
cargador, Felimón dice que esa pala tenemos que retrocederla para que el
cargador comience a trabajar en esa área.
5.2. Felimón dice: “Pretel tu baja la pala, Pantigoso tu agarra el cargador para que
vayas trabajando en esa área”, ante esto Felimón se fue a dejar a Daniel Durand a
la otra pala 38 que estaba a unos 500 metros aproximadamente, mi persona dio la
vuelta para la inspección y alrededor no había nada, solamente la pala que se iba a
retroceder, pero aun así estaba lejos; por consiguiente realizo la siguiente acción:
Me subo a la maquina verifico mi cabina, miro los espejos, toco el claxon para dar
el arranque, doy arranque, verifico mis espejos, la cámara de retroceso, toco tres
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presunta infracción del inciso o) del artículo 48 del Reglamento Interno de Trabajo,
atribuyéndoseme una suspensión de 01 días por la siguiente naturaleza:
“(…) ahora bien ,en cuanto a las cusas básicas El operador del
cargador frontal debió realizar una evaluación de los riesgos en
sui área de trabajo. Así mismo, el operador del equipo liviano
debió respetar los 50 metros de distanciamiento con el equipo
pesado.
…………………………………………………..
[Énfasis agregado nuestro]
1
El Principio de Inmediatez, en una relación laboral significa que entre el hecho que motive
una sanción y la sanción debe haber un plazo de tiempo breve. La ausencia de una sanción en
un plazo breve implica el perdón de la falta.
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V. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
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- Código Civil.
Artículo 1984º Daño moral.
El daño moral es indemnizable considerando su magnitud y el
menoscabo producido a la víctima o a su familia.
IX. ANEXOS
Adjunto como medios probatorios, los siguientes:
1.A. Copia simple del DNI del Secretario General – José Luis Gonzales Fabián.
1.B. Copia simple del TOME CONOCIMIENTO de la Nueva Junta Directiva por
el periodo 2022-2023.
1.C. Copia simple de mi Documento Nacional de Identidad.
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POR LO TANTO: