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PODER
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PODER
e) El(la) Sr.(a) Huraquino Serón Carolina Daiana, Con C.I. No. 9910270 LP, soltera, con
domicilio en la Zona Panticirca Calle 14 #101, ocupación Administrador de Empresas, hábil
por ley.-
2.- FACULTADES BANCARIAS: Manejar abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, cajas de
ahorro, dentro y fuera del país, con la prohibición de girar letras de cambio de favor y cheques
con insuficiencia de fondos; registrar su firma, girar cheques y ordenes de pago, endosar,
cobrar, protestar cheques, descontar, solicitar estados de cuentas, girar, aceptar, cobrar,
endosar, protestar, descontar letras de cambio, pagarés, vales, suscribirlos por aval, suscribir
contratos de avance de cuenta corriente, obtener boletas de garantía, acreditivos, avales
bancarios y todo género de documentos mercantiles; efectuar depósitos a plazo fijo o a la vista,
ya sea en el país o en el extranjero; gestionar créditos y préstamos bancarios en las diferentes
entidades financieras de la República, con garantías reales y/o personales, asimismo solicitar
préstamos particulares también con garantías reales y/o personales, préstamo civiles,
supervisados, prendarios, hipotecarios o de cualquier índole, realizando todo tipo de
operaciones bancarias y/o financieras, percibir dineros provenientes de los préstamos, aceptar
y cobrar cheques, modificar, cambiar, rescindir y novar cualquier clase de contratos de
cualquier índole que fuera; suscribir y otorgar instrumentos privados y escrituras públicas;
recoger y recobrar dineros de toda clase, pagar y redimir obligaciones y efectuar todas las
operaciones bancarias necesarias para el buen funcionamiento de la Sociedad y el logro de
sus objetivos, firmar contratos, cobrar dineros, convenir, fijar plazos. - - - - - - - - - - - -
3.- FACULTADES JUDICIALES: Asumir personería por la Sociedad en juicio o fuera de él,
iniciar demandas civiles, ejecutivas, coactivas, ordinarias, voluntarias, preparatorias de
demanda, juicios penales, laborales, ante cualquier autoridad judicial o administrativa,
municipal, prefectural y otras, enjuiciar y proseguir lo iniciado en todas sus instancias y
recursos; presentar toda clase de escritos, memoriales, testimonios, títulos, documentos o
requerir en igual forma, contestar siempre que las mismas se hayan notificado personalmente
y en forma legal a la Sociedad, reconvenir y contestar reconvenciones, ofrecer y presentar toda
clase de pruebas y tachar las contrarias; presentar y responder incidentes, excepciones y
tercerías; jurar y llamar a juramentos; intervenir en juicios de quiebra, concurso preventivo y
concurso de acreedores, pedir endosos y desgloses, acumulaciones, secuestros, retenciones,
arraigos, depósitos, embargos, remates, adjudicaciones y otros; solicitar mandamientos,
apremios, ordenes instruidas, comisiones, exhortos, desistir, retirara demandas y otros;
nombrar depositarios, peritos, amigables componedores, jueces árbitros y otros; asistir a
audiencias, pedir desahucios, constituirse en parte civil, prestar instructivas juradas; solicitar y
admitir transacciones, deducir y tramitar recursos de amparo constitucional y administrativo;
interponer demandas de inconstitucionalidad a inaplicabilidad de leyes, decretos o
resoluciones de cualquier género, interponer recursos de nulidad, seguir procesos
contenciosos administrativos, interponer recursos sobre ilegalidad de impuestos ante toda
clase de autoridades del SIN, tasas o tributos, interponer demanda contra el poder legislativo,
pedir resoluciones y sentencias; presentar alegatos, solicitar excusas, recusar, acusar