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PODER

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INSTRUCCIÓN DE PODER

OTORGARAN: Los señores:


a) El(la) Sr.(a) Morales Laura Alejandra Jessica, Con C.I. No. 7092337 LP, soltera, con
Domicilio en Ciudad Satelite Plan 175 calle 19c Nº 1341, ocupación administrador de
empresas, hábil por derecho.-
b) El(la) Sr.(a) Salazar Martinez Diego, Con C.I. No. 10927312 LP, soltero, con Domicilio en
Altto Llojeta Calle Santa Cruz Nº 20, ocupación Ingeniero Comercial, hábil por ley.-
c) El(la) Sr.(a) Rodriguez Chavarria Luis Fernando, Con C.I. No. 8382638 LP, soltero, con
Domicilio Zona Villa Victoria Calle Sorata #1215, ocupación Ingeniero en Sistemas, hábil por
derecho.-
d) El(la) Sr.(a) Mendoza Paz Jasson Douglas, Con C.I. No. 6948017 LP, soltero, con
Domicilio en Zona Pampahasi Av. Ciudad del Niño #17, ocupación Tecnico Informatico, hábil
por ley.-

e) El(la) Sr.(a) Huraquino Serón Carolina Daiana, Con C.I. No. 9910270 LP, soltera, con
domicilio en la Zona Panticirca Calle 14 #101, ocupación Administrador de Empresas, hábil
por ley.-

En su calidad de socios de la Sociedad AUTO ZONE S.R.L., en cumplimiento de la


resolución de Asamblea de socios de fecha 23 de septiembre de 2022, y la escritura de
constitución social testimonio No. 07/09 extendido ante e(lal) Notario(a) Dr.(a) Raúl Estevez M.
en fecha 22 de junio de 2023, que en su parte pertinente, formaran parte integrante del
presente testimonio, confieren Poder General y Bastante, cual por derecho se requiere en favor
del(de la) Gerente General y representante legal señor(a): Rossio Kalid Bacarreza Marza,
Con C.I. No. 7354698 Or, soltera, con Domicilio en calle Boqueron y Rio Bamba #1138,
ocupación Administradora de Empresas, hábil por derecho.-
OBJETO: Para que en su calidad de Gerente General, en representación de las acciones y
derechos de la Sociedad Auto Zone S.R.L., actúe en todo lo concerniente a dicha sociedad y
realice los siguientes actos administrativos, jurídicos y materiales

1.- ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: Administrar, manejar y representar a la


Sociedad con absoluta personería ante autoridades administrativas, ministerios, legislativas,
municipales, prefecturales, judiciales, laborales, extrajudiciales, autárquicas, semi-autárquicas,
privadas, bancarias, organismos, organizaciones, corporaciones, policiales, Servicio Impuestos
Nacionales, Aduanas y personas particulares en el país y/o en el extranjero; celebrar toda
clase de contratos, estipulando alquileres, rentas, remuneraciones, reembolsos, formas de
pago, plazos y otros, organizar, dirigir y vigilar la Sociedad, contratar y retirar personal de
apoyo, nombrando y renombrando, destituyendo y fijando salarios de los empleados, personal
especializado, fijar sus condiciones de trabajo y remuneraciones; suscribir contratos de trabajo,
finiquitos, liquidaciones; pagar todo género de impuestos; firmar balances y estados de
cuentas, concurrir a convocatorias, licitaciones, propuestas, pujas abiertas, mejorar propuestas
y suscribir documentos emergentes de los mismos y otros; elaborar los planes sistemas de
trabajo y reglamentos internos; comprar y vender toda clase de bienes muebles, valores,
equipos, acciones, cuotas de capital y otros; prestar servicios, fijar plazos, precios, percibir
dinero, extender facturas, recibos y cancelaciones, cobrar y percibir cuanto se adeude a la
Sociedad por cualquier concepto; celebrar y ejecutar todos los contratos que sean menester
para la realización de las finalidades de la Sociedad, suscribir escrituras públicas y privadas,

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así como todo género de contratos, sean civiles, administrativos, de servicios y otros en fin
realizar toda clase de trámites y gestiones sin limitación alguna, celebrar contratos emergentes
de la gerencia, administración y comercialización de la Sociedad; comprar y vender
mercaderías, materias primas, maquinarías, repuestos y toda clase de bienes muebles,
importar y exportar, realizar despachos aduaneros, firmando póliza y toda clase de
documentos, firmar correspondencia, retirar y recoger cargas, encomiendas, paquetes,
postales y otros.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2.- FACULTADES BANCARIAS: Manejar abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, cajas de
ahorro, dentro y fuera del país, con la prohibición de girar letras de cambio de favor y cheques
con insuficiencia de fondos; registrar su firma, girar cheques y ordenes de pago, endosar,
cobrar, protestar cheques, descontar, solicitar estados de cuentas, girar, aceptar, cobrar,
endosar, protestar, descontar letras de cambio, pagarés, vales, suscribirlos por aval, suscribir
contratos de avance de cuenta corriente, obtener boletas de garantía, acreditivos, avales
bancarios y todo género de documentos mercantiles; efectuar depósitos a plazo fijo o a la vista,
ya sea en el país o en el extranjero; gestionar créditos y préstamos bancarios en las diferentes
entidades financieras de la República, con garantías reales y/o personales, asimismo solicitar
préstamos particulares también con garantías reales y/o personales, préstamo civiles,
supervisados, prendarios, hipotecarios o de cualquier índole, realizando todo tipo de
operaciones bancarias y/o financieras, percibir dineros provenientes de los préstamos, aceptar
y cobrar cheques, modificar, cambiar, rescindir y novar cualquier clase de contratos de
cualquier índole que fuera; suscribir y otorgar instrumentos privados y escrituras públicas;
recoger y recobrar dineros de toda clase, pagar y redimir obligaciones y efectuar todas las
operaciones bancarias necesarias para el buen funcionamiento de la Sociedad y el logro de
sus objetivos, firmar contratos, cobrar dineros, convenir, fijar plazos. - - - - - - - - - - - -

3.- FACULTADES JUDICIALES: Asumir personería por la Sociedad en juicio o fuera de él,
iniciar demandas civiles, ejecutivas, coactivas, ordinarias, voluntarias, preparatorias de
demanda, juicios penales, laborales, ante cualquier autoridad judicial o administrativa,
municipal, prefectural y otras, enjuiciar y proseguir lo iniciado en todas sus instancias y
recursos; presentar toda clase de escritos, memoriales, testimonios, títulos, documentos o
requerir en igual forma, contestar siempre que las mismas se hayan notificado personalmente
y en forma legal a la Sociedad, reconvenir y contestar reconvenciones, ofrecer y presentar toda
clase de pruebas y tachar las contrarias; presentar y responder incidentes, excepciones y
tercerías; jurar y llamar a juramentos; intervenir en juicios de quiebra, concurso preventivo y
concurso de acreedores, pedir endosos y desgloses, acumulaciones, secuestros, retenciones,
arraigos, depósitos, embargos, remates, adjudicaciones y otros; solicitar mandamientos,
apremios, ordenes instruidas, comisiones, exhortos, desistir, retirara demandas y otros;
nombrar depositarios, peritos, amigables componedores, jueces árbitros y otros; asistir a
audiencias, pedir desahucios, constituirse en parte civil, prestar instructivas juradas; solicitar y
admitir transacciones, deducir y tramitar recursos de amparo constitucional y administrativo;
interponer demandas de inconstitucionalidad a inaplicabilidad de leyes, decretos o
resoluciones de cualquier género, interponer recursos de nulidad, seguir procesos
contenciosos administrativos, interponer recursos sobre ilegalidad de impuestos ante toda
clase de autoridades del SIN, tasas o tributos, interponer demanda contra el poder legislativo,
pedir resoluciones y sentencias; presentar alegatos, solicitar excusas, recusar, acusar

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rebeldías y deserciones, apelar, compulsar, solicitar nulidad y usar todo género de recursos
ordinarios, como el recurso directo y extraordinario de nulidad, en suma ejercer todos los
medios de defensa y protección previstos por los Códigos sustantivos y adjetivos, cualquiera
sea la competencia o jurisdicción donde el Gerente debe hacer prevalecer y/o defender los
derechos de la Sociedad, someter a la Sociedad a juicio arbitral, designar abogados,
apoderados, representantes y procuradores, delegados y otros funcionarios dentro y fuera del
país, delegar en parte sus atribuciones, otorgar poderes especiales para la atención y trámite
de asuntos determinados concretando sus facultades, sustituir y resumir en todo o en parte
este mandato cuantas veces estime conveniente, en fin ejercer cuanta facultad, gestión, acto o
trámite convenga a los intereses de la Sociedad, actuando siempre de acuerdo a las leyes, las
escrituras sociales y recomendaciones de los socios, presentar escritos, solicitudes,
memoriales, solicitar testimonios, copias legalizadas, certificaciones, formular reclamos,
observaciones, objeciones, realizar todos los trámites necesarios, y en suma cuanta diligencia
sea necesaria para el buen éxito del presente mandato, sin que por falta de cláusula expresa o
especial se refute de insuficiente.

3.- PROHIBICIONES Y LIMITACIONES.- El ejercicio del presente mandato estará sometido a


las siguientes limitaciones y prohibiciones: El apoderado no podrá emitir o girar los Títulos
valores para los actos que impliquen un beneficio personal o en garantía o de favor; no podrá
girar cheques sin verificar previamente la existencia de saldo suficiente que permita al Banco
girado cubrir los mismos de manera oportuna. Tampoco podrá emitir títulos valores que no
estén respaldados en su pago por el flujo financiero o bancario de la Empresa; no podrá utilizar
las facultades concedidas en el presente mandato para realizar actividades ajenas al giro
comercial de la Sociedad o en contravención a las normas jurídicas en vigencia; el mandato
será ejercido bajo los principios de eficiencia, eficacia y oportunidad, buscando siempre
proteger y resguardar el patrimonio de la Empresa y optando por la alternativa que signifique
menor costo económico.- - - - En suma, practicar cuantos actos, trámites, gestiones y
diligencias sean necesarios y conducentes para el buen completo y mejor éxito del presente
mandato, sin que por falta u omisión de cláusula o facultad expresa alguna, deje de surtir sus
efectos legales, ni se alegue falta de personería en el(la) apoderado(a) o se tache de
insuficiente el presente mandato.-

Morales Laura Alejandra Salazar Martinez Diego


Jessica
C.I. 10927312 LP
C.I. 7092337 LP

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Rodriguez Chavarria Luis Mendoza Paz Jasson
Fernando Douglas
C.I. 8382638 LP C.I. 6948017 LP

Huraquino Serón Carolina Bacarreza Marza Rossio


Daiana Kalid
C.I. 9910270 LP C.I. 7354699 OR

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