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Generaciones DDHH

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GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS

INTRODUCCION

Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de: lugar
de residencia, sexo, origen nacional, raza o color, religión, lengua, o cualquier otra condición;
Son conocidos como los derechos fundamentales ya que estos nacen con la persona, y por
supuesto son de gran ayuda para cualquier ser humano a tener una vida digna, y a ser tratados
como tal. Tienen una cualidad particular:” NO se puede renunciar a ellos”.

Están contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de: tratados, el derecho
internacional consuetudinario, los principios generales, y otras fuentes del DERECHO
INTERNACIONAL, donde establecen las obligaciones que tienen todos los gobiernos de tomar
medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma, a fin de
promover y proteger los derechos humanos, y las libertades fundamentales de los individuos.

SON DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS:

 respetar,
 proteger y
 realizar los derechos humanos.
La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el
disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos.
La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos
humanos contra individuos y grupos.
La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar todas las medidas
positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos.

PRINCIPIOS GENERALES DE LOS DERECHOS HUMANOS:

 Universales e inalienables
El principio de la universalidad de los derechos humanos es “la piedra angular del derecho
internacional de los derechos humanos”.
En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, se dispuso
que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos,
económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las
libertades fundamentales.
Inalienable: Que no es transferible, no se puede enajenar, ni vender
 Interdependientes e indivisibles
Están interrelacionados e interdependientes; El avance de uno facilita el avance de los
otros; De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
 Iguales y NO Discriminatorios
La NO discriminación es un principio transversal en el DERECHO INTERNACIONAL DE
DERECHOS HUMANOS. El cual se aplica a toda persona, y prohíbe todas las formas de
discriminación sobre sexo, raza, color, religión y así sucesivamente.
El principio de la NO discriminación se complementa con el principio de igualdad, como
lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los
seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.
 Imprescriptibles
NO pierden vigencia o validez; Son para toda la vida, no tienen fecha de
caducidad por ningún motivo.

GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS


El reconocimiento legal de los DERECHOS HUMANOS ha tenido una larga historia. Algunos de ellos
han sido incluidos y reconocidos en las leyes mucho antes que otros, donde sólo han sido
aceptados después de largas luchas sociales. A medida que se fueron publicando y reconociendo,
se clasificaron en grupos, a los que se suele denominar las Cuatro generaciones de los derechos
humanos.

CUADRO DE RELACION ENTRE LOS DERECHOS HUMANOS 1, 2, 3 Y 4 GENERACION:

generación de derechos época de aceptación tipo de derechos

Primera generación Finales XVIII y Principios XIX Civiles y políticos

Segunda generación Finales XIX y Principios XX Económicos, Sociales y Culturales

Tercera generación Finales XX Justicia, paz y solidaridad

Cuarta Generación Principios XXI Innovaciones Tecnológicas y globalización

LA PRIMERA GENERACIÓN derechos civiles y políticos.

Se caracterizan porque El Estado debe garantizar el libre goce de estos derechos, creando
mecanismos judiciales para proteger a las personas, así como garantizar su participación en los
asuntos públicos.
Estos derechos fueron los primeros en ser reconocidos, y propuestos por primera vez en la Carta
de Derechos de los Estados Unidos; y en Francia en la Revolución Francesa con la Declaración de
los Derechos del Hombre y del Ciudadano a finales del siglo XVIII. Surgieron como respuesta a los
reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios donde se trata de garantizar
la libertad de las personas, y están destinados a la protección del ser humano individualmente,
contra cualquier agresión de algún órgano público.

“Los Derechos Civiles y Políticos pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar,
sirven para proteger al individuo de los excesos del Estado”.

Estos son:
◘ Derecho a la vida
◘ Toda persona tiene los derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza, sexo,
color, idioma, posición social o económica
◘ Derecho a la libertad
◘ Derecho a la seguridad jurídica
◘ Nadie estará sometido a esclavitud o servidumbre
◘ Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, ni se
le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral
◘ Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o
correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación
◘ Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia
◘ Toda persona tiene derecho a una nacionalidad
◘ En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de
él, en cualquier país
◘ Los hombres y las mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que
desean
◘ Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento
◘ Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas
◘ Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica
◘ El derecho a la libertad religiosa,
◘ El derecho a la propiedad.
◘ El derecho al voto,
◘ El derecho a la huelga, a formar un Sindicato
◘ El derecho a asociarse libremente para formar un partido político.

LA SEGUNDA GENERACIÓN los derechos económicos, sociales y culturales.

“Su función consiste en exigir la acción del Estado, para garantizar el acceso de todos a unas
condiciones de vida adecuadas”.

Estos derechos fueron incorporados poco a poco en la legislación a finales del siglo XIX y principios
del siglo XX. Tratan de fomentar la igualdad real entre las personas, ofreciendo a todas las mismas
oportunidades para que puedan desarrollar una vida digna. Su reconocimiento en la historia fue
posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que sean denominados como Derechos de
la Segunda Generación.
La razón de ser de ellos, se basa en el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a
la vigencia de la democracia, y solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y
culturales que garanticen el desarrollo por igual de los hombres y los pueblos.

Estos son:
◘ El derecho a la seguridad social y las prestaciones por desempleo
◘ derechos económicos, sociales y culturales
◘ Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias
◘ Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses
◘ Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado
◘ Toda persona tiene derecho a la salud física y mental
◘ Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia
especiales
◘ Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades (La educación
primaria y secundaria es obligatoria).
◘ Derecho a una vivienda digna;
◘ Derecho al agua;
◘ Derecho a los servicios de salud necesarios (asistencia social, asistencia médica, seguridad
social y cobertura sanitaria universal);
◘ Derecho a una alimentación adecuada;
◘ Derecho al medio ambiente, incluyendo "el derecho a disfrutar de un entorno ambiental
seguro para el desarrollo de la persona".

La vigencia de estos derechos se encuentra condicionada a las posibilidades reales de cada país, de
allí que la capacidad para lograr la realización plena de los mismos varía de país a país. Estos
derechos pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, esto
no significa que el País pueda utilizar como excusa para el NO cumplimiento de sus obligaciones;
decir que NO posee los recursos cuando en realidad SI dispone de ellos; En este aspecto, deben
verificarse los indicadores de desarrollo integral en relación con la distribución que hace el Poder
Público de sus ingresos en razón de la justicia social.

“Tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, al trabajo, la educación


y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos”.

LA TERCERA GENERACION derechos de Justicia, paz y solidaridad

“Son también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos”.

la tercera generación de derechos, surge a partir de finales de los setenta para incentivar el
progreso social y elevar el nivel de vida de todos los países; Su función es la de promover unas
relaciones pacíficas y constructivas que permitan afrontar los nuevos retos a los que se enfrenta la
Humanidad. El contenido de estos derechos no está totalmente terminado, todavía se encuentran
en proceso de definición.

Entre ellos están:


◘ Derecho a la paz y a la coexistencia pacífica
◘ Derecho a la autodeterminación
◘ Derecho a la independencia económica y política
◘ Derecho a la identidad nacional y cultural
◘ Derecho a el entendimiento y confianza
◘ La cooperación internacional y regional
◘ La justicia internacional
◘ El uso de los avances de las ciencias y la tecnología
◘ La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos
◘ El medio ambiente limpio
◘ El patrimonio común de la humanidad
◘ El desarrollo que permita una vida digna
◘ Los derechos del consumidor.
◘ El libre desarrollo de la personalidad.
◘ Derecho a la manipulación genética

CUADRO COMPARATIVO DE 3 GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS

DERECHOS HUMANOS CUARTA GENERACIÓN

Implica a las innovaciones tecnológicas y la globalización.

Varios autores afirman que está surgiendo una cuarta generación de derechos humanos. Sin
embargo, el contenido de la misma no es claro, estas personas no presentan una propuesta única,
Ya que toman algunos derechos de la tercera generación y los incluyen en la cuarta, tales como: el
derecho al medio ambiente, o aspectos relacionados con la bioética e informática;

Otros señalan que el elemento diferenciador sería que, mientras las tres primeras generaciones se
refieren al ser humano como miembro de la sociedad; los derechos de la cuarta generación harían
referencia en la profundización de los derechos del individuo sobre sus preferencias personal e
individual: el libre desarrollo de su cuerpo, su estilo vida y aun su muerte.
Igualmente, los temas como: El ciberespacio, junto a las nuevas tecnologías e inventos, se presenta
como un nuevo mundo omnipresente donde surgen nuevos derechos, o los derechos tradicionales
toman una nueva dimensión; Nos referimos al derecho al acceso a la tecnología, la libertad de
expresión en las redes, el derecho a la libre distribución de la información

Entre los derechos que podrían estar dentro de la cuarta generación se pueden citar:

◘ El derecho de acceso a la informática.


◘ El derecho de acceso a la sociedad de la información en condiciones de igualdad y no
discriminación.
◘ Al uso del espectro radioeléctrico (es el subconjunto de radiaciones electromagnéticas,
para servicios los servicios en línea sean satelitales o por vía de cable: como la televisión, la
telefonía, el acceso a Internet móvil y la radio por el espacio; es de carácter limitado, que
constituye un bien de dominio público, sobre el cual el Estado ejerce su soberanía),
◘ El derecho a formarse en las nuevas tecnologías.
◘ El derecho a la autodeterminación informativa.
◘ El derecho al Habeas Data y a la seguridad digital. (El Habeas Data es el derecho que
tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan
recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.)
protege a las personas contra el uso abusivo de información personal, sobre todo cuando
esta ha sido obtenida de forma ilícita o fraudulenta
ART 15 de la Constitución Política: “Todas las personas tienen derecho a su intimidad
personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se
hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y
privadas”.
La ciberseguridad o la seguridad digital es el área de una empresa u organización
enfocada en procesos informáticos y telemáticos para proteger toda la infraestructura
física y digital relacionada con la tecnología computacional; también puede definirse como
la capa de protección para los archivos de información

AUTORES DE LA CUARTA GENERACIÓN:


JAVIER BUSTAMANTE afirma que la cuarta generación viene dada por los derechos humanos en
relación con las nuevas tecnologías,

PAULO BONAVIDES afirma que los DERECHOS DE CUARTA GENERACIÓN deberían ser:

 el derecho a la democracia,
 el derecho a la información y
 el derecho al pluralismo (pluralismo se denomina el sistema en el cual se acepta, tolera y
reconoce la variedad de doctrinas, posiciones, pensamientos, tendencias o creencias
dentro de una sociedad).

Mientras RIOFRÍO habla de la CUARTA GENERACIÓN como DERECHOS DIGITALES, donde se


encontrarían una nueva gama de derechos, tales como:
 el derecho existir digitalmente;
 el derecho a la identidad digital;
 la reputación digital;
 la libertad y la responsabilidad digital;
 la privacidad virtual, al olvido y al anonimato;
 el derecho al big-reply; “replicar”, “repetir”, volver a publicar. de tal manera, de ser
posible, el mensaje llegue al otro lado del mundo. “el derecho al big-reply del cibernauta
debe cumplir con los principios de autenticidad, integridad, precisión y relevancia. Se debe
garantizar que el mensaje difundido sea esencialmente el mismo que el original. Además,
en el reply deberán constar claramente las debidas indicaciones de autoría”
 el derecho al domicilio digital;
 el derecho a la técnica, al update, al parche: “hace referencia a pequeños cambios, como
pequeñas actualizaciones o correcciones, de sistemas operativos e instalación de parches,
sin necesidad de cambiarlo”.
 el derecho a la paz cibernética, a la seguridad informática; y,
 el derecho al testamento digital.
https://www.corteidh.or.cr/tablas/r33897.pdf RIOFRIO

LA INCLUSIÓN DE ESTOS DERECHOS EN LA CUARTA GENERACIÓN HAN SIDO DE GRAN POLÉMICA:

◘ DESPENALIZAR EL ABORTO sobre las mujeres que deciden interrumpir su embarazo;


Solamente puede acceder a un procedimiento de aborto legal cuando el embarazo
deteriora, afecta o compromete su salud, también cuando el embarazo agrava algún
padecimiento físico o mental preexistente o crónico. De igual forma cuando el embarazo
impide continuar con algún tratamiento médico o terapéutico
tres causales de la ley del aborto en Colombia:
1. Cuando existe peligro para la salud física o mental de la mujer.
2. Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida extrauterina.
3. En caso de violación, transferencia de óvulo fecundado o inseminación artificial no
consentida
.
◘ LIBERTAD PERSONAL EL USO DE ESTUPEFACIENTES;
De acuerdo con la Ley 30 de 1986, la dosis mínima o dosis personal de droga es aquella
que una persona porta o conserva para su propio consumo, la cual no puede exceder los 20
gramos de marihuana, cinco gramos de hachís, un gramo de cocaína o de cualquier
sustancia a base de cocaína y hasta dos gramos de metacualona.
Con el Decreto 1844 de 2018, firmado por el presidente de la República Iván Duque
Márquez y los ministros de Justicia, Defensa e Interior, penaliza el porte y tenencia de la
dosis mínima de droga. La multa es equivalente a 8 salarios mínimos legales vigentes.

◘ dar igualdad jurídica al MATRIMONIO DE PERSONAS DEL MISMO SEXO y garantizarles el


derecho a adoptar y formar una familia; En Colombia el matrimonio entre personas
del mismo sexo es legal desde el 28 de abril de 2016.
◘ dar estatus jurídico a la MUERTE DIGNA O EUTANASIA
La palabra eutanasia proviene de las voces griegas eu = bueno y thanatos = muerte,
"Buena muerte". Este término ha evolucionado y actualmente hace referencia al acto de
acabar con la vida de otra persona a petición suya, con el fin de minimizar el sufrimiento.
La muerte digna es el concepto que permite designar el derecho que ostenta todo paciente
que padece una enfermedad irreversible e incurable, que se halla en un estado de salud
terminal, de decidir y manifestar su deseo de rechazar procedimientos: quirúrgicos
invasivos, de hidratación, y de alimentación.

CONCLUSION

Los DERECHOS HUMANOS son inherentes para todas las personas, desde el momento en que
nace, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen étnico, religión,
lengua, o cualquier otra condición. “Todos los seres humanos tienen los mismos derechos, y NO
se puede renunciar a ellos”. Están interrelacionados, son interdependientes e indivisibles.

Están Los derechos civiles y políticos, reconocidos tras la Revolución Francesa, los cuales los
conocemos como derechos de primera generación; los derechos sociales y económicos, reconocidos
como conquistas del movimiento obrero, son los derechos de segunda generación; los derechos de
tercera generación han sido desarrollados tras las guerras mundiales, el derecho a la paz, a un
medio natural sano; y por último la cuarta generación que implica a las innovaciones tecnológicas,
internet y la globalización.

Se habla de la importancia de Fomentar el aprendizaje y conocimiento de los mismos, como vía para
prevenir violaciones a los mismos, apoyar a las víctimas y avanzar en el respeto y protección de la
dignidad humana.

Los Derechos Humanos tienen una exigencia ÉTICA, de Responsabilidad Social y valores comunes,
porque simbolizan un firme compromiso con el respeto, la justicia, la protección de la libertad, el
bienestar y la paz, todos aquellos principios que son inherentes al mismo hombre.

“Sin justicia y sin respeto por los derechos humanos no puede haber paz.”
Irene Khan, abogada bangladeshí
https://www.youtube.com/watch?v=xHYTZFNfH2U GENERACIONES DE DDHH

https://www.youtube.com/watch?v=WhqNFkgHdzs GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS

https://www.youtube.com/watch?v=frvPLANo2e8 HISTORIA DE LOS DERECHOS


HUMANOS

TALLER
GENERACIONES DE DERECHOS HUMANOS
1. ¿Qué relación tiene los DERECHOS HUMANOS con la ETICA?
2. ¿Considera importante el conocimiento y aplicación de los DDHH para su ejercicio
profesional? ¿Explique por qué?
3. ¿Qué derecho considera importante agregar a la CUARTA GENERACION DE DERECHOS
HUMANOS?
4. ¿Agregue una píldora de valor referente al tema, con su respectiva reflexión?

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