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Tribunal Cuarto en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira
JUEZ:
ABG. LUZ DARY MORENO ACOSTA
ACUSADO:
JECKSON LIBARDO NUÑEZ VARGAS
DEFENSOR PUBLICO:
ABG. CARLOS CONTRERAS
FISCAL 16° DEL MINISTERIO PÚBLICO:
ABG.NEISLA MONTILVA
SECRETARIA DE SALA:
ABG. SULIMAR RINCON.
CAPITULO II
HECHO IMPUTADO
Conforme lo expuso el representante del Ministerio Público, en los alegatos de
apertura del juicio, los hechos que dieron inicio a la investigación penal, son los
siguientes:
Narra el Ministerio Publico, que en fecha 17-01-2020, se interpuso denuncia en
la sede del CICPC sub delegación San Cristóbal, por parte del ciudadano JORGE
PEÑUELA, abuelo del niño B.J.S.P., de 09 años de edad, el cual manifestó que su
nieto le comentó que a su escuela fueron un grupo de personas a realizar una charla
sobre “Abuso Sexual” y que él había quedado muy pensativo ya que a él le sucedió
algo así hace unos meses cuando la ex pareja de su madre el ciudadano JECKSON
LIBARDO NUÑEZ VARGAS lo había ido a visitar, con la excusa de que su madre la
cual se encuentra en Chile le había pedido que lo buscara y compartiera con él, eso
sucedió en dos (02) oportunidades, la primera vez lo busca con esa excusa y lo lleva
para su casa ubicada en Cordero, sector Lomas Blancas, vereda 1, casa S/N,
Municipio Andrés Bello, Estado Táchira, presuntamente para compartir un poco,
pero en ese momento en la casa no se encontraban otras personas, solo ellos dos
(02), manifestado el niño que él se encontraba jugando con una pelota y que se le
fue debajo de una cama, y es allí cuando lo sorprende y le baja los pantalones y bajo
amenazas lo penetra con su pene en su área anal, en la segunda oportunidad
aproximadamente a las dos (02) semanas llega de nuevo a la casa donde reside la
victima con sus abuelos maternos, con la excusa de que la madre le pido que lo
buscara para llevarlo a comer helado, como a él le gustan los helados aceptó ir pero
lo lleva nuevamente a su casa y bajo amenazas abusó sexualmente de él, desde
ese momento no lo volvió a ver, manifestando que no realizo la denuncia ni le conto
a nadie porque este ciudadano lo amenazó con hacerle daño, que no debía contarle
nada a nadie, que nadie le iba a creer y que además, iba a quedar mal ante todo el
mundo.
Asimismo, a la víctima se le practicó valoración médico forense.
CAPITULO III
DEL DESARROLLO DEL JUICIO
Con el debido respeto a los derechos y garantías de todas las partes, y en
apego a los principios de la inmediación, la oralidad, la contradicción, publicidad y la
concentración observándose las normas que rigen el sistema acusatorio penal
vigente, se realizó la audiencia de juicio oral y público en las siguientes fechas:
CAPITULO IV
DE LA VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS Y DE LA DETERMINACION PRECISA Y
CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA
ACREDITADOS
PRUEBAS TESTIFICALES:
1.-
PRUEBAS DOCUMENTALES:
CAPITULO V
EXPOSICION CONCISA DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE
DERECHO